POLITICA
La Justicia suspendió la aplicación de las reformas laborales incluidas en el mega DNU de Javier Milei
Héctor Daer y Pablo Moyano, dos de los líderes de la Confederación General del Trabajo (CGT) (Foto: NA – Juan Vargas).Por mayoría, la Cámara dio lugar a la cautelar presentada ante la Justicia de Trabajo por la CGT. (Foto: TN)
La Justicia dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el mega DNU de Javier Milei. De esta manera, y por mayoría, la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a un pedido de la CGT.
“Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”, asegura el fallo firmado por los tres jueces de la Cámara, María Dora González, José Alejandro Sudera y Andrea E. García Vior.
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El juez Sudera y su par García Vior votaron a favor, mientras que González votó en disidencia y pidió girar el pedido a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para definir la competencia. De esta forma, por mayoría, la Cámara dio lugar a la cautelar presentada ante la Justicia de Trabajo por la CGT.
Originalmente, este pedido de la Central Sindical había sido rechazado porque en el momento del ser presentado, el DNU todavía no estaba vigente. Sin embargo, luego de que se habilitara la feria judicial para el tratamiento de esta solicitud, los jueces tuvieron en cuenta la demanda y ahora se deberá esperar a que se resuelva la cuestión de fondo.
Entre otras consecuencias, las reformas laborales comprendidas en el megadecreto del Gobierno impulsó la manifestación a Tribunales del miércoles pasado y el anuncio de un paro general -el primero desde mayo de 2019- previsto para el 24 de enero.
El Título IV del DNU, suspendido por la justicia este miércoles, incluye una restrictiva reglamentación del derecho de huelga en diversas actividades que son consideradas servicios esenciales, obligadas a garantizar el 75% del servicio, y otras que se califican de “actividades de importancia trascendental”, que estarán obligadas a garantizar el 50% del servicio.
La dura crítica a Milei por eludir al Congreso
En el fallo, el juez Alejandro Suera criticó al Presidente por no enviar el proyecto al Congreso de la Nación para su tratamiento. Así lo manifestó en los argumentos que hizo antes de emitir su voto.
“No se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal”, expresó.
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“En lo que hace al trámite legislativo que el decreto pretende obviar, cabe mencionar que el Presidente de la Nación se encuentra facultado a convocar al Congreso a sesiones extraordinarias (art. 99 inc. 9 de la Constitución Nacional) y que tanto el Reglamento de la Cámara de Diputados como el de la Cámara de Senadores poseen herramientas que permitirían darle mayor celeridad al tratamiento de cada proyecto en caso de que sus autoridades o integrantes de los cuerpos lo requieran”, agregó.
Sudera también advirtió que Milei “no ha explicado por qué se consideró que la norma dictada no alteraba el estado de situación de un sector socialmente vulnerable, en tanto hace a las condiciones de trabajo, a la vigencia de principios estructurales de la normativa tutelar, a las consecuencias de la disolución del contrato de trabajo y a las garantías que hacen al ejercicio de los derechos derivados de la libertad sindical”.
“Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema”, añadió el camarista. A este voto adhirió su par García Vior.
Qué reformas laborales preveía el DNU de Javier Milei y quedaron suspendidas
DNU de Javier Milei: qué pasa con las indemnizaciones por despido
- En casos de despido sin justa causa, la indemnización será de un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses.
- Para empleados excluidos de convenio colectivo, el tope de la indemnización será el del convenio aplicable al establecimiento o el más favorable, si hay más de uno.
- La base de cálculo incluirá la mejor remuneración mensual devengada durante el último año, sin considerar el Sueldo Anual Complementario ni conceptos de pago semestral o anual. La base de cálculo no podrá ser inferior al 67% del importe correspondiente a un mes de sueldo.
DNU de Javier Milei: qué pasa con el período de prueba
- El período de prueba se extenderá de tres a ocho meses.
- Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante este lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización pero con obligación de preavisar.
- Se prohíbe contratar al mismo trabajador más de una vez usando el período de prueba.
DNU de Javier Milei: qué dice sobre los sindicatos y huelgas
- Limitación al ejercicio del derecho de huelga, exigiendo cobertura mínima en servicios esenciales.
- Ataque a los recursos de las organizaciones sindicales, eliminando cláusulas de solidaridad y poniendo obstáculos para la recaudación de cuotas sindicales.
- Regulación restrictiva de las asambleas sindicales.
DNU de Javier Milei: relaciones de independencia
- Posibilidad de reemplazar la indemnización por fondos de cese laboral mediante negociación colectiva.
- Apertura para eliminar relaciones de dependencia en establecimientos de hasta 5 trabajadores.
- Modificación de la presunción de existencia de contrato de trabajo en casos de prestación de servicios y facturación periódica.
Noticia que está siendo actualizada.
POLITICA
En qué canal pasan San Martín de Tucumán vs. San Telmo por el Reducido de la Primera Nacional hoy
San Martín de Tucumán y San Telmo se enfrentan este domingo desde las 21.10 en el estadio La Ciudadela con arbitraje de Andrés Gariano en el encuentro de vuelta de los cuartos de final del Reducido de la Primera Nacional que otorga el segundo ascenso a la Liga Profesional 2025. El cotejo se transmite en vivo por TyC Sports, canal que se puede sintonizar online en las plataformas digitales Flow, DGO, Telecentro Play y TyC Sports Play. Además, en canchallena.com se puede seguir el minuto a minuto con información y estadísticas actualizadas al instante.
En la ida el Ciruja se impuso 2 a 1 como visitante, por lo que tiene una distancia a favor de un gol además de la ventaja deportiva que lo favorece en caso de igualdad en la serie. Es decir que para quedar eliminado debe caer por al menos dos goles de diferencia.
La previa del partido
El conjunto tucumano fue el mejor equipo de la etapa regular del certamen con 81 puntos en la zona A gracias a 24 triunfos, nueve empates y cinco caídas. En la final del campeonato perdió ante Aldosivi de Mar del Plata 2 a 0 y, por ello, decantó en el Reducido desde donde busca volver a la máxima división.
El Candombero, por su parte, fue quinto en el grupo B con 62 unidades producto de 18 alegrías, 11 igualdades y nueve derrotas. En la primera etapa del Reducido eliminó a Gimnasia de Jujuy 1 a 0.
Probables formaciones
- San Martín de Tucumán: Darío Sand; Axel Bordón, Juan Orellana, Agustín Dattola, Lucas Diarte; Gustavo Abregú, Pablo Hernández, Juan Cuevas; Matías García, Matías García y Junior Arias. DT: Diego Flores.
- San Telmo: Brian Bustos; Martín Vallejos, Hector González, Agustín Lamosa, Rodrigo Ayala; Gabriel Ramírez, Emiliano Franco, Iñaki Lartirigoyen; Alex Julián Cossi, Rodrigo González y Alex Julián Cossi. DT: Alfredo Grelak.
En la previa, el favorito al triunfo según los pronósticos de las apuestas es el local con una cuota máxima de 1.83 contra 6.17 que cotiza su derrota, es decir una alegría del visitante. El empate, que favorece a San Martín, llega a 3.20.
El Reducido de la Primera Nacional tiene un semifinalista y es Nueva Chicago, que el sábado venció a Quilmes 1 a 0 como local y avanzó porque en el primer cotejo fue parda 0 a 0. Una vez que se cierren todas las llaves (las otras son Deportivo Madryn vs. Gimnasia de Mendoza y San Martín de San Juan All Boys) se diagramarán los cruces.
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