POLITICA
Tucumán activó el Registro Público Provincial de Ficha Limpia

El gobernador de Tucumán, Osvaldo Jaldo, presentó en el Salón Blanco el Registro Público Provincial de Ficha Limpia, creado por la Ley N.º 9977 para verificar las condiciones de acceso y permanencia en cargos públicos provinciales.
La herramienta alcanza a postulantes a cargos electivos y a funcionarios designados en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, además de organismos autárquicos, municipios y comunas. Según se informó durante el acto, el régimen comprende a quienes ocupen puestos desde el rango de subdirector hacia arriba.
“La provincia da un paso adelante para elevar los estándares de idoneidad y calidad institucional”, afirmó Jaldo. El mandatario señaló que la norma surgió del debate entre bloques legislativos y del trabajo conjunto de los tres poderes del Estado.
El registro verificará condenas y deudas alimentarias
La Ley de Ficha Limpia establece inhabilitaciones para quienes tengan condenas confirmadas en doble instancia por delitos con penas superiores a tres años y para quienes figuren como deudores alimentarios en el registro judicial.
La fiscal de Estado, Gilda Pedicone de Valls, explicó que el sistema funcionará como un filtro previo para candidaturas y designaciones. “Cualquier funcionario de rango superior al subdirector y cualquier candidato a un cargo electivo tienen que acreditar que no se encuentran en esas situaciones”, sostuvo.
La Dirección General de Innovación y Desarrollo Digital diseñó la plataforma, que deberá resguardar la integridad, la publicidad y la accesibilidad de la información, conforme a la normativa de protección de datos personales.
Las candidaturas deberán presentar una declaración jurada
La directora del Registro Público Provincial de Ficha Limpia, Laura Escobar, indicó que quienes aspiren a un cargo electivo deberán descargar y completar una declaración jurada disponible en el portal del registro. Luego deberán presentarla ante la Junta Electoral Provincial.
La Junta remitirá esa documentación al registro para verificar las causales de inhabilitación previstas por la ley. El organismo comunicará si la persona está habilitada o inhabilitada para competir, según corresponda. Quienes resulten electos deberán volver a presentar la declaración antes de asumir.
Escobar afirmó que el objetivo es “verificar las causales de inhabilitación de quienes pretendan desempeñar un cargo público electivo o de designación” y resguardar las condiciones de idoneidad exigidas por la normativa.
Jaldo destacó el alcance del sistema en toda la administración pública
Durante la presentación, el gobernador sostuvo que la medida trasciende el plano electoral. “Esta es una medida institucional”, dijo, al remarcar que abarca a funcionarios de los tres poderes del Estado provincial.
El ministro de Gobierno y Justicia, Regino Amado, señaló que Tucumán se convirtió en la décima jurisdicción del país, incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en aplicar una norma de Ficha Limpia. También destacó que la ley provincial alcanza tanto a postulantes como a personas que ejercerán funciones públicas.
Por su parte, el secretario de Gobierno, Raúl Albarracín, afirmó que el portal permitirá consultas públicas, gratuitas y de libre acceso sobre la habilitación de las personas comprendidas por el régimen.
Del acto participaron el vicegobernador Miguel Acevedo; el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Daniel Leiva; autoridades judiciales, legisladores nacionales y provinciales, integrantes del gabinete, intendentes y representantes de organismos estatales.
El funcionamiento del registro requerirá la coordinación entre el Ministerio de Gobierno y Justicia, la Fiscalía de Estado, el Poder Judicial, la Junta Electoral Provincial y otros organismos con competencia en la materia.
POLITICA
Un gobernador irá a la Justicia para intentar frenar la aplicación de la Ley de Tierras en su provincia

En las últimas horas se confirmó que uno de los gobernadores recurrirá a la Justicia para intentar frenar la aplicación de la Ley de Tierras. Se trata del gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, que instruyó al fiscal de Estado provincial, Eduardo Duarte, para oponerse a las operaciones de compra de tierras que puedan afectar los intereses de la provincia.
El decreto provincial se conoció después de que la Corte Suprema dejara sin efecto una resolución judicial que había suspendido la aplicación del artículo del DNU que eliminó las restricciones para la compra de tierras por parte de extranjeros. El máximo tribunal no se pronunció sobre la constitucionalidad del régimen, sino que consideró que la organización que había iniciado esa demanda no tenía legitimación suficiente para plantear el reclamo en esos términos.
Passalacqua justificó la medida en la necesidad de preservar el territorio provincial y cuestionó el impacto que, según sostuvo, tiene la nueva situación sobre Misiones. “No podemos permitir que nuestro suelo quede desprotegido”, afirmó el gobernador, quien remarcó además que la provincia posee una extensa frontera internacional con Brasil y Paraguay, una importante biodiversidad y una economía con fuerte presencia de pequeños productores.
La decisión quedó plasmada en el decreto 1935, firmado este viernes, que le encomienda a la Fiscalía de Estado ejercer las acciones judiciales y defensas que considere necesarias frente a la derogación de la Ley 26.737. Esa norma establecía restricciones para la titularidad de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras y fue dejada sin efecto por el artículo 154 del DNU 70/2023.
POLITICA
Villa La Angostura: la Justicia rechazó un planteo mapuche en un juicio por tierras y advirtió sobre una posible “maniobra procesal”

El juez Francisco Astoul Bonorino, a cargo del juzgado de Villa La Angostura, rechazó in limine el pedido de intervención voluntaria de la Comunidad Mapuche Lof Melo y de José Lucas Melo en el juicio que la Comunidad Mapuche Lof Kinxikew inició contra María Cristina Broers, propietaria de un predio ubicado a unos 35 kilómetros de esa localidad neuquina, donde ambas comunidades mantienen un prolongado litigio territorial.
La comunidad Lof Quintriqueo, identificada como Kinxikew, promovió una acción reivindicatoria con el objetivo de recuperar un espacio del que había sido desalojada en el marco de un proceso judicial por usurpación.
En ese expediente, la comunidad integrada por miembros de la familia Melo intentó incorporarse a la demanda civil con una pretensión que, según expuso, estaba vinculada con la ocupación y el reconocimiento de la propiedad comunitaria de esas tierras. Sin embargo, el magistrado rechazó la presentación, realizada a través del abogado Luis Virgilio Sánchez.
Una adhesión sin pretensión propia
En su resolución, el juez señaló que el Lof Melo se presentó como “legitimado activo necesario”, es decir, como litisconsorte necesario de la parte actora, bajo el argumento de que el predio está ocupado por la comunidad y constituye “tierras indígenas”.
No obstante, advirtió que, en el objeto de su presentación, la comunidad se limitó a manifestar su adhesión a la demanda, sin formular una pretensión procesal propia.

Para Astoul Bonorino, esa adhesión no configura un litisconsorcio ni modifica la composición de las partes del proceso. Se trata, según explicó, de personas que comparecen para expresar su acuerdo con lo solicitado por la parte actora, sin que se advierta “la utilidad o el sentido de su admisión como partes”.
El magistrado también señaló una contradicción en el planteo. Si la intención del Lof Melo hubiera sido reclamar para sí el mismo derecho que invoca el Lof Kinxikew, la presentación resultaría “a todas luces contradictoria”.
El motivo es que la propia demanda describe la convivencia de ambas comunidades en el territorio y reconoce expresamente la posesión y la propiedad comunitaria del Lof Kinxikew.
Una presentación “rayana a la mala fe procesal”
Más allá de los aspectos formales, el juez cuestionó el momento en que se produjo la intervención del Lof Melo y consideró que su actuación “luce rayana a la mala fe procesal”.
En ese sentido, observó que la comunidad había sido mencionada desde el inicio de la demanda, aunque nunca fue citada formalmente al proceso. Sin embargo, se presentó espontáneamente después de que se rechazara la recusación con causa promovida por la actora original, una decisión que fue confirmada por la Cámara de Apelaciones el 13 de junio de 2025.
Una vez incorporada al expediente, la comunidad intentó recusar al magistrado sin expresión de causa, sin aportar nuevos hechos o argumentos y sin explicar los motivos de esa presentación fuera de la oportunidad procesal correspondiente.

Astoul Bonorino calificó de “peculiar y poco frecuente” la presentación escalonada de supuestos litisconsortes de una misma parte, especialmente cuando se trata de comunidades que, según sus propios argumentos, conviven de manera pacífica y coordinada en el territorio.
A partir de esa secuencia, concluyó que el planteo “parece acercarse más a una maniobra procesal” destinada a sortear el rechazo de la recusación con causa presentada originalmente.
De todos modos, el fallo no impuso sanciones ni declaró formalmente la existencia de mala fe procesal. La expresión utilizada por el juez se enmarca en la valoración que realizó sobre las circunstancias y los tiempos de la presentación.
La contradicción sobre la titularidad de las tierras
Otro de los puntos centrales de la resolución fue la incompatibilidad que el magistrado advirtió entre la postura del Lof Melo y los términos de la demanda a la que pretendía adherirse.
El juez sostuvo que no resulta coherente reclamar para sí un territorio y, al mismo tiempo, respaldar una acción judicial que reconoce la posesión y la propiedad comunitaria de otra comunidad sobre ese mismo espacio.

En el escrito presentado, el Lof Melo no incorporó hechos nuevos ni desarrolló una pretensión independiente. Por el contrario, adhirió a una demanda que describe su presencia en el inmueble, pero que reconoce expresamente los derechos invocados por el Lof Kinxikew.
“Nos encontramos ante una situación que no puede tener efecto alguno en la constitución o modificación de las partes procesales. Se trata simplemente de personas que comparecen al proceso a manifestar que están de acuerdo con lo solicitado por la actora en su demanda”, sostuvo Astoul Bonorino.
De ese modo, el magistrado concluyó que la presentación no reunía las condiciones necesarias para justificar la intervención de la comunidad como parte en el expediente.
Un conflicto territorial con más de una década de litigios
El conflicto por esas tierras se tramita en la Justicia neuquina y se remonta a 2011, cuando se produjo la ocupación del predio. La propietaria documentó sus derechos sobre el inmueble y, a lo largo de los años, distintos jueces dictaron resoluciones favorables a su posición e incluso ordenaron el desalojo de las tierras.
En agosto pasado se concretó el desalojo de una de las fracciones ocupadas, mientras que la ejecución de la medida en el sector restante quedó inconclusa.
Semanas después, el magistrado ordenó completar el procedimiento y libró un nuevo mandamiento judicial para ejecutar el desalojo en la superficie que todavía permanece ocupada.
La resolución que rechazó la intervención del Lof Melo se inscribe en ese extenso proceso judicial, en el que continúan en disputa los derechos sobre el territorio y las condiciones para hacer efectiva la restitución del inmueble.
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POLITICA
El Reino Unido anunció que las nuevas licencias de hidrocarburos en las Islas Malvinas requerirán su autorización final

El Gobierno del Reino Unido confirmó este jueves que cualquier nueva licencia de hidrocarburos en las Islas Malvinas deberá contar con el consentimiento del secretario de Estado de Asuntos Exteriores, un dato que ubica a Londres como autoridad final sobre los permisos petroleros futuros en momentos de renovada tensión con la Argentina por la explotación de recursos en el Atlántico Sur.
La definición había sido adelantada el 15 de septiembre ante la Cámara de los Comunes y se formalizó ahora en una respuesta parlamentaria ante la Cámara de los Lores.
La respuesta oficial del 1 de octubre precisa que, aunque el gobierno de las islas conserva la responsabilidad sobre el marco regulatorio y ambiental, ninguna licencia nueva puede emitirse sin la aprobación final del secretario de Estado británico, un requisito que Londres ya había mencionado ante la Cámara de los Comunes el 15 de septiembre. Lo que en la superficie podía leerse como un respaldo diplomático a lo que resuelven los isleños se confirma, en los hechos, como una supervisión directa del Gobierno central, que se erige en filtro último de cualquier autorización futura.
Una pregunta en los Lores destapó el mecanismo
La aclaración llegó como respuesta a una consulta formal del conservador Lord Moynihan, integrante de la Cámara de los Lores, presentada el 17 de septiembre y registrada en el sistema de preguntas parlamentarias del Reino Unido bajo el identificador HL3722. El legislador había pedido precisiones sobre las evaluaciones de impacto ambiental de los nuevos yacimientos y sobre el respaldo del Gobierno británico al desarrollo de esos proyectos. El planteo, dirigido en un primer momento al Ministerio para la Seguridad Energética, terminó derivado al Foreign Office.
La respuesta estuvo a cargo de Lord Wood of Anfield, subsecretario parlamentario de Estado para Europa, Europa del Este, Seguridad Internacional y Crecimiento. “El Gobierno del Reino Unido mantiene una postura coherente respecto al derecho de las Islas Malvinas a desarrollar sus recursos naturales. Este derecho es fundamental para su autodeterminación, que este Gobierno defenderá con firmeza”, sostuvo el funcionario, según consta en el sitio oficial del Parlamento británico. A continuación, formalizó el punto central: “Cualquier nueva licencia de hidrocarburos requiere el consentimiento del secretario de Estado, quien actúa de conformidad con la legislación aplicable de las Islas Malvinas; no emitimos comentarios sobre licencias individuales”.
El mensaje que Londres envía a la Argentina
Al elevar la decisión sobre nuevas licencias al nivel del secretario de Estado para Asuntos Exteriores, cargo que ocupa Ed Miliband, el Reino Unido institucionaliza su rol de autoridad final en la materia y envía una señal política precisa hacia Buenos Aires: cualquier cuestionamiento legal o económico a los permisos petroleros ya no se dirige contra el gobierno local de las islas, sino contra el Ejecutivo de Londres. La jugada se produce en paralelo a la ofensiva judicial y diplomática que impulsa la Argentina contra las compañías que operan en la zona.
El Gobierno de Javier Milei denunció penalmente a esas empresas y promovió procedimientos administrativos para sancionarlas. La Justicia Federal de Río Grande, a través de la jueza Mariel Borruto, ordenó a Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited abstenerse de iniciar o continuar obras vinculadas al proyecto, una medida cautelar que alcanzó perforaciones, instalaciones submarinas y el inicio de la extracción comercial. El 3 de septiembre, Milei había anunciado un decreto para endurecer las sanciones contra las compañías que operen en las islas sin autorización argentina, además de un proyecto de ley de defensa de la soberanía y fondos para una base naval en Tierra del Fuego. “Las Islas Malvinas son argentinas por historia y por derecho. No hay debate”, afirmó entonces el Presidente.
Sea Lion, el proyecto que queda bajo la lupa

El desarrollo de Sea Lion, el mayor emprendimiento petrolero previsto en aguas próximas al archipiélago, opera bajo licencias ya existentes y no bajo un permiso nuevo. Por esa razón, Londres evitó precisar si el secretario de Estado intervino en la aprobación de su programa de producción, informó Mercopress. La administración de las islas había aprobado en diciembre de 2025 las fases uno y dos del Northern Development Area, el área septentrional del proyecto, aunque un documento posterior de su Consejo Ejecutivo reconoció que aún restaban “numerosos” permisos y consentimientos regulatorios antes de alcanzar el primer petróleo.
Navitas Petroleum, la operadora israelí del emprendimiento, posee una participación del 65%, mientras que Rockhopper Exploration conserva el 35% restante. La primera etapa contempla 11 pozos submarinos conectados al buque flotante de producción, almacenamiento y descarga Aoka Mizu, a los que se sumarían otros 12 en una segunda fase. La producción está prevista para el primer trimestre de 2028, con una estimación oficial de USD 2.000 millones en regalías durante 30 años, según había informado Infobae.
Autodeterminación contra soberanía bilateral
El Reino Unido sostiene que los habitantes de las Islas Malvinas tienen derecho a desarrollar sus recursos naturales bajo el principio de autodeterminación, una posición que reafirmó Wood of Anfield en su respuesta a Moynihan. La Argentina rechaza que ese principio sea aplicable al caso y sostiene que existe una disputa bilateral de soberanía reconocida por la Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada en 1965 a partir del Alegato Ruda, que calificó la situación del archipiélago como colonial y llamó a resolverla mediante negociaciones entre ambos países. Con la centralización del mecanismo de licencias en el Foreign Office, ese litigio diplomático suma ahora un frente adicional: el de la autoridad administrativa directa de Londres sobre cada nuevo permiso de hidrocarburos en el Atlántico Sur.
Diplomacy / Foreign Policy,Energy Markets,Environment,LEGACY: Financials (TRBC),Financials (TRBC level 1),South America / Central America
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