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Un fiscal acusará “arbitrariedad” en el traslado de la causa de la mansión de Pilar a Campana y podría llegar a la Corte

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La Justicia atraviesa un momento particular. Muchos magistrados de Comodoro Py y lo Penal Económico están molestos con la decisión de la Cámara de Casación que con los votos de Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña ordenó el envío del expediente a la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín para que remita el mismo al juzgado federal de su jurisdicción, es decir, al juez González Charvay, señalado por los denunciantes como un magistrado “amigo” de la AFA.

“No todos somos lo mismo, es insólito decir que lo Penal Económico no puede investigar una causa de lavado, yo mismo tengo causas de lavado”, dijo molesto a TN un magistrado cuya identidad este medio se reserva. “Se está manchando el nombre de la Justicia en general”, agrega un colega, pero esta vez de Comodoro Py.

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En este contexto, el fiscal fiscal general de Casación, Mario Villar prepara un nuevo recurso para intentar revertir la decisión de la Cámara de Casación. Según pudo saber TN, presentará un recurso extraordinario Federal que tiene que ser declarado admisible por la misma sala que intervino, es decir, Borinsky, Barroetaveña y Alejandro Slokar. En caso de que la solicitud sea denegada, Villar tiene decidido ir en queja a la Corte, para intentar que sea el máximo tribunal quien tenga la palabra final sobre quién debe investigar el caso.

Según fuentes del sector, algunos de estos ejemplares fueron vistos en una mansión de Pilar con pistas y helipuerto. (Foto: Telenoche).

En la Justicia dicen que un punto a favor que tiene Villar es que Casación no trató el problema de la competencia territorial sino lo material, es decir, que el lavado de dinero es competencia federal y que por ese motivo debía salir del ámbito de lo Penal y Económico.

“En ese caso sería Rafecas el competente, algo que Villar ya había dicho en un escrito anterior”, aseguran en los tribunales. Para Villar, la decisión de Casación puede considerarse arbitraria (el haber enviado el caso a San Martín para que termine en Charvay), lo que la convierte en causa de admisibilidad del recurso extraordinario.

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Hay quienes dicen que Borinsky cometió una contradicción en su última resolución, ya que en mayo había votado en sentido contrario. El juez lo niega. La Cámara de Casación señaló en aquel entonces que no debía sacarle el expediente de la mansión de Pilar a la jueza Straccia. Incluso sostuvo que abrir la contienda atentaba contra la celeridad procesal. ¿Qué pasó entonces? Como sea, para Villar este cambio es otro argumento de arbitrariedad.

Cómo es por dentro la mansión de Pilar vinculada a presuntos testaferros de “Chiqui” Tapia. (Foto: TN)
Cómo es por dentro la mansión de Pilar vinculada a presuntos testaferros de “Chiqui” Tapia. (Foto: TN)

¿Qué pasa si los jueces de Casación rechazan el pedido del fiscal, que se producirá antes del 31 de agosto? Recurrirá directamente en queja ante la Corte Suprema de Justicia.

La respuesta de Mariano Borinsky

En diálogo con TN, Mariano Borinsky aseguró que jamás cambió su parecer respecto a las cuestiones de competencia de esta causa. En su primera intervención no habilitó al fiscal sobre el cuestionamiento al trámite de las actuaciones y en la segunda actuación habilitó un planteo constitucional sobre cuál era el juez natural de la causa que debía continuar con la investigación.

“En mi primera intervención, sostuvo que en los problemas de tramite no son susceptibles de que intervenga Casación. Digo que la cuestión de tramite no es federal y no le haga lugar al fiscal. En primera instancia validé a la Cámara de San Martín y a Campana”, le dijo a este medio.

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A su vez, agregó: “El delito de lavado de dinero, cuando solo se investiga ese posible delito, es federal, nunca es competente lo Penal y Económico. Además los tres jueces dijimos que es federal”.

Ante la consulta sobre por qué entonces no enviaron el caso al primer juez del expediente, Daniel Rafecas, Borinsky explicó: “Porque las cuestiones de competencia son entre dos, teníamos dos opciones, no había una tercera. Rafecas nunca reclamó el caso”.

Los posibles próximos pasos de Villar

Los que conocen a Villar aseguran que el fiscal sostiene que no puede concebir que esta clase de “arbitrariedades” en la Justicia no tengan un remedio en el sistema. Es que la decisión de Casación realmente sorprendió a propios y extraños.

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Hasta acá Ana Lucía Conte y Luciano Nicolás Pantano no explicaron cómo hicieron para comprar una mansión valuada por la Corte en U$S20 millones. Tampoco consta que la Justicia haya posado su mirada hacia los dirigentes de la AFA que podrían estar vinculados con esta propiedad.

Para la Justicia no debería ser tan complejo, a priori, saber quién es el verdadero dueño, en caso de que no sea la jubilada o el monotributista. Se conocieron tarjetas azules de los autos a nombre del hijo del tesorero de la AFA. El destino de la investigación es por ahora una incógnita. Habrá que esperar a conocer las medidas de Charvay.

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La discusión se produce después de que la Justicia resolviera que el expediente por la compra de una mansión de 105.000 metros cuadrados en Pilar, donde fueron encontrados 54 vehículos de alta gama, pase al juzgado federal de Campana. La investigación está vinculada con una hipótesis de presunto lavado de activos alrededor de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).

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Hasta la reciente resolución, la causa permanecía en el fuero Penal Económico de la Ciudad de Buenos Aires. El expediente había pasado previamente por el juzgado de Rafecas y luego había generado una disputa de competencia con la Justicia de Campana, hasta quedar radicado en el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 10.

La defensa de Luciano Nicolás Pantano y Ana Lucía Conte, integrantes de Real Central SRL, sociedad que figura como propietaria del inmueble, y presuntos testaferros de Pablo Toviggino, había reclamado que la investigación fuera trasladada a Campana. Entre sus argumentos, sostuvo que la competencia territorial debía quedar determinada por el lugar donde está ubicada la propiedad.

Villar, en cambio, había defendido la permanencia del expediente en el fuero Penal Económico porteño. El fiscal había señalado que la investigación no se limitaba a la compra del inmueble de Pilar, sino que apuntaba desde el comienzo a una presunta maniobra de lavado de activos de mayor escala.

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En ese planteo había destacado que Real Central SRL tiene su sede social en la Ciudad de Buenos Aires, al igual que su antecesora, Central Park Drinks SRL. También había señalado que la escritura de compraventa del inmueble fue firmada en un domicilio porteño.

El fiscal había mencionado además distintos puntos de la Ciudad que, de acuerdo con la hipótesis investigada, estarían vinculados con el circuito de fondos bajo análisis. Entre ellos figuran financieras de la avenida Corrientes, un estudio jurídico de la calle Lavalle relacionado con Juan Pablo Beacon y la facturación de Recomi SA. También había mencionado un domicilio ubicado en Montevideo y Quintana como el lugar donde se habría entregado efectivo.

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Pablo Toviggino, AFA, AFA (Asociación de Fútbol Argentino)

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La Corte Suprema frenó la contradenuncia de Cristina Kirchner a Federico Sturzenegger por el caso del “dólar futuro”

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La Corte Suprema de Justicia rechazó por inadmisible el pedido de la expresidenta Cristina Kirchner en su rol de querellante para investigar al expresidente del Banco Central y actual ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, por supuestas irregularidades en la compra de dólares a futuro al inicio del gobierno de Mauricio Macri.

La denuncia contra Sturzenegger había sido motorizada por un grupo de legisladores kirchneristas cuando Cristina Kirchner fue llamada a indagatoria en 2016 por el juez Claudio Bonadio por el caso del “dólar futuro” en contra del kirchnerismo.

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En ese expediente, tanto Cristina Kirchner como Axel Kicillof, entonces ministro de Economía y actual gobernador, y el extitular del Banco Central Alejandro Vanoli, fueron sobreseídos, en una decisión que la Corte ya dejó firme el 5 de diciembre de 2024.

Cristina Kirchner, el pasado 1° de septiembreHernan Zenteno –

En la contradenuncia que apuntó al macrismo, el kirchnerismo denunció a Sturzenegger por “defraudación a la administración pública” por haber pagado los contratos de dólar a futuro con los precios de la devaluación y a Bonadio por haber favorecido la comisión de ese presunto delito y haber citado a declaración indagatoria a Cristina Kirchner.

Según los denunciantes, las medidas habrían “modificado las condiciones en que estos habían sido celebrados, en perjuicio de los intereses estatales y en favor de particulares”.

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El entonces juez federal Sergio Torres sobreseyó a Sturzenegger, al sostener que su actividad en cuanto a la ejecución de los contratos a futuro se vio acotada al cumplimiento de cuanto habían formalizado las autoridades que lo [precedieron], tanto en su cargo como en el directorio de aquella sede crediticia”.

Cristina Kirchner, aceptada como querellante por la Cámara Federal, apeló al afirmar que Torres no había investigado debidamente. Sin embargo, la Sala I de la Cámara Federal confirmó la decisión.

La querella recurrió, pero la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal también rechazó la presentación del abogado Carlos Beraldi. Fue así como la expresidenta llegó con un recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia, que hoy fue rechazado.

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En el fallo de este jueves, la Corte Suprema, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, consideró el recurso inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación.




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El dictamen de Inocencia Fiscal II quedó listo y el Senado podrá tratarlo junto con la reforma del Banco Central

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Tras horas de incertidumbre, el senador radical Flavio Fama (Catamarca) estampó este mediodía la firma que faltaba, tras un plenario realizado ayer en la Cámara alta, y el proyecto del Gobierno de Inocencia Fiscal II quedó con dictamen de mayoría y listo para ser sancionado, en caso de ir al recinto, a partir del jueves próximo, tras cumplirse los siete días reglamentarios.

En medio de un clima de desconfianza en ascenso entre el oficialismo libertario y dialoguistas, las comisiones de Justicia y Asuntos Penales; y Presupuesto y Hacienda del Senado se reunieron horas atrás en busca de un despacho que quedó frenado por Fama, que dio quorum en el convite y luego se retiró del debate.

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De esta manera, la iniciativa en cuestión podría ser sancionada en los próximos días -de haber consenso para ir al recinto- junto a la modificación de la Carta Orgánica del Banco Central, entre otros asuntos. El objetivo principal del texto es ampliar el régimen vigente a partir de la eliminación de los topes de ingresos -$1.000 millones- y patrimonio -$10.000 millones- que, hasta ahora, limitaban el acceso al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias administrado por la ARCA.

Con el proyecto –aprobado ya por Diputados-, cualquier contribuyente con residencia fiscal en Argentina podrá adherirse al esquema, que reemplaza la declaración jurada tradicional por un mecanismo de presentación reducida. Otro de los puntos centrales es precisar bajo qué condiciones la ARCA impugna una declaración simplificada. En ese sentido, se establece que el organismo solo podrá formular observaciones cuando detecte una diferencia de al menos el 15% sobre el “impuesto determinado” y no sobre el saldo final a pagar, como ocurría antes.

El pleno de la Cámara baja el 26 de agosto pasado, cuando se aprobó la ley de Inocencia Fiscal (Prensa Diputados)

En tanto, en el articulado se introduce una regla de razonabilidad: no habrá discrepancia significativa si el monto nominal de la diferencia es igual o inferior al 5% del umbral del Régimen Penal Tributario, equivalente a $5.000.000. También se habilita una ventana de subsanación de 15 días hábiles para que el contribuyente rectifique e ingrese el saldo adeudado sin que se configure la causal de impugnación.

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La ley estipula que la carga probatoria recae de forma exclusiva sobre la ARCA, que solo podrá fundar sus impugnaciones en datos declarados, registros sistémicos o información aportada por terceros. Al mismo tiempo, amplía el bloqueo al uso de presunciones: junto con la inoponibilidad del incremento patrimonial no justificado, se veda hasta el 31 de diciembre de 2027 la presunción por depósitos bancarios. Las demás requerirán respaldo probatorio externo y no podrán sustentar ajustes de forma aislada, lo que reduce la discrecionalidad del organismo recaudador frente a los contribuyentes adheridos.

Además, la reforma incorpora un alivio directo para las pequeñas y medianas empresas. Las MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales tendrán una reducción automática del 25% en determinadas multas formales.

Durante el debate en la Cámara baja, La Libertad Avanza acordó con sus aliados excluir de manera total e incondicional a los funcionarios públicos de los beneficios del régimen. Los representantes de los tres poderes del Estado que hayan ejercido cargos de alta responsabilidad pública en los últimos cinco años podrán usar el sistema simplificado solo para presentar su declaración jurada y pagar el saldo correspondiente, pero no accederán a la presunción de exactitud ni a ninguna otra protección tributaria.

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Por último, en cuanto a los dólares no declarados, el proyecto no establece una amnistía general, sino que modifica el marco bajo el cual la ARCA podrá investigar el patrimonio, con el objetivo de incentivar la incorporación de esos activos al circuito formal. Ayer expusieron, en el plenario de las dos comisiones, el contador especializado en derecho tributario Martín Caranta y el abogado especializado en derecho tributario Juan Martín Jovanovich.

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La causa de las vacunas: Hugo Sigman fue indagado, entregó un escrito y se negó a contestar preguntas

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Luego de que su llamado sea reprogramado en tres oportunidades, el empresario Hugo Sigman fue indagado hoy, de manera virtual, por el juez federal Ariel Lijo en la causa que investiga una presunta maniobra para favorecer determinados intereses en la compra de vacunas durante la pandemia del coronavirus.

El empresario, acusado de haber sido beneficiado por un supuesto plan del Gobierno de Alberto Fernández, no contestó preguntas del juez ni del fiscal y su defensa consistió en declarar oralmente por alrededor de una hora y entregar un escrito, con el que negó que sus empresas hayan sido beneficiadas por decisión del Gobierno y pidió su sobreseimiento.

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En el centro de la acusación del fiscal Carlos Stornelli se encuentra la negativa del Gobierno a cerrar un acuerdo con la firma Pfizer, en agosto de 2020, supuestamente para favorecer los intereses económicos de un grupo de laboratorios que contaban con “socios locales” en la Argentina. Entre estos socios locales, se encuentran dos empresas de Sigman.

Sigman considera que la demora inicial en la compra de las vacunas estuvo vinculada a las condiciones jurídicas que habría exigido la propia Pfizer.

A su vez, sostiene que las empresas suyas que intervinieron luego en el proceso, Mabxience y Elea Phoenix, no tuvieron un rol comercial sino técnico y que los pagos no estuvieron atados a decisiones del Estado argentino.

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Hugo Sigman con Cristina KirchnerArchivo

Respecto a la primera, sostiene que fue contratada por AstraZeneca en calidad de proveedor industrial, para fabricar en Garín el principio activo de la vacuna contra el Covid.

En relación a Elea Phoenix, asegura que fue contratada para participar técnicamente en una parte del ensayo clínico de la vacuna desarrollada por la empresa china Sinopharm. Según un comunicado que compartieron desde su entorno, Elea cobró un honorario previamente determinado por esa tarea y no intervino en las negociaciones con el Estado.

Además, sostiene que Pfizer, Elea Phoenix y Sinergium Biotech trabajan juntos desde 2011 en la producción local de la vacuna Prevenar 13, y que esa relación continuó después de la pandemia, incluso con un proyecto de 2024 para fabricar Prevenar 20.

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Su abogado defensor en esta causa es el exministro de Justicia Mariano Cuneo Libarona.

Silvia Gold y Hugo SigmanSiglo 21

La indagatoria de Sigman, prevista primero para mayo, luego para junio y más tarde para comienzos de este mes, fue virtual, por pedido de su defensa, puesto que el empresario vive en España y tiene 83 años.

Es la última ronda de 15 indagatorias ordenada por el fiscal Stornelli. Lijo deberá ahora resolver la situación procesal de todos ellos, entre quienes se encuentran el infectólogo Pedro Kahn y la exministra de Salud, Carla Vizzoti.

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La exfuncionaria no respondió preguntas y presentó un escrito de más de 100 páginas con el que negó irregularidades y sostuvo que su intervención durante 2020 estaba concentrada en cuestiones sanitarias, técnicas y epidemiológicas y no en la negociación comercial de los contratos.

Ginés González García también formó parte del caso, pero falleció en 2024.




beneficiado por un supuesto plan,Federico González del Solar,Coronavirus en la Argentina,Conforme a

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