ECONOMIA
Registro de palomas, carnet de mochilero y otras normas que el Gobierno considera obsoletas: las claves del proyecto de Ley Hojarasca

El Poder Ejecutivo quiere eliminar cerca de 70 leyes consideradas obsoletas y aún vigentes en la Argentina, con la meta de reducir la burocracia y actualizar la normativa estatal. La iniciativa, conocida como “ley hojarasca”, surgió por impulso de Federico Sturzenegger, titular del ministerio de Desregulación, incluye la anulación de normas como la exigencia de un carnet de mochilero o el registro estatal de palomas mensajeras y obtuvo hoy media sanción de la Cámara de Diputados.
De acuerdo con Sturzenegger y su equipo, las leyes seleccionadas para derogación han dejado de tener sentido práctico debido al avance tecnológico, regulaciones más recientes o simplemente porque nunca efectivamente se aplicaron. Entre los fundamentos, el proyecto remarca el principio según el cual “nadie está privado de hacer lo que la ley no prohíbe”, por lo que no corresponde autorizar explícitamente lo ya permitido. Esto alcanza a disposiciones como la que habilitaba la transmisión de televisión en color.
La “ley hojarasca” también busca eliminar comisiones estatales en desuso y reducir el financiamiento oficial a organismos y premios que, según la propuesta, ya no justifican su permanencia. Entre los excluidos se cuentan la Federación Argentina de Municipios y el Círculo de Legisladores, además de la suspensión de fondos para galardones como el Premio Nacional de la Calidad o incentivos culturales, y la remoción de distintos beneficios impositivos otorgados años atrás.
En muchos casos, precisa el ministerio de Desregulación, muchas de estas normas nunca tuvieron aplicación práctica porque no fueron reglamentadas o cayeron en desuso, transformándose en un entramado legal sin efecto real sobre la administración pública.
Estas son algunas de las principales leyes que busca derogar el Gobierno en la “ley hojarasca” son las siguientes:
- Ley N° 94 (1864). Inhabilitaba por diez años a cualquier autoridad que hiciera azotar a una persona. El motivo de su derogación es que la pena de azotes está prohibida por la Constitución Nacional y resulta anacrónica.
- Ley N° 3.863 (1899). Otorgaba beneficios impositivos a compañías de seguro agrícola y sumaba el seguro agrícola a privilegios de gastos de cosecha. Quedó sin sustento tras la derogación de los artículos pertinentes del Código Civil.
- Ley N° 16.789 (1965). Obligaba a las reparticiones estatales a comprar automóviles nacionales para su uso. Se deroga por ser una traba que impide la eficiencia en el uso de recursos públicos.
- Ley N° 20.400 (1973). Prohibía operaciones mano de obra de personas que no ofrezcan voluntaria y espontáneamente sus servicios. Se considera a esta norma precursora en la lucha contra la trata de personas. Fue superada por legislación posterior en la materia.

- Ley N° 20.843 (1974). Establecía el “padrinazgo presidencial” y la gratuidad de la educación para los ahijados presidenciales. Se deroga por resultar innecesaria, ya que la educación pública gratuita es un beneficio general. La norma reflejaba una costumbre originada en la presidencia de José Figueroa Alcorta.
- Ley N° 21.778 (1978). Facultaba a las empresas estatales a convocar licitaciones y celebrar contratos destinados a la exploración y explotación de hidrocarburos, superados por la Ley N° 17.319 y sus modificaciones.
- Ley N° 22.109 (1979). Habilitaba al Poder Ejecutivo a “disponer el aislamiento de
- enfermos o sospechosos de viruela y sus contactos» y disponía reglas de vacunación. Se deroga al haberse dictado posteriormente una ley de vacunación integral.
- Ley N° 23.678 (1989). Determina fórmulas para liquidar las regalías petroleras a liquidar desde 1989, entre otros extremos. Esta norma dejó de aplicarse.
- Ley N° 24.675 (1996). Refiere a la actuación de los Auxiliares de la Justicia ante la Justicia Nacional. Fue declarada inválida por una acordada de la Corte.
- Ley N° 448 (1871). Otorgaba un premio en metálico al descubridor de minas de carbón. Se deroga por carecer de sentido en un contexto de descarbonización de la economía.
- Ley N° 3.235 (1895). Es una ley sobre adquisición de armamento de fines del siglo XIX. Se volvió completamente obsoleta frente a los mecanismos vigentes.
- Ley N° 16.879 (1965). Concede diversas exenciones impositivas a la industria nacional adjudicataria de licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. Nunca se aplicó.
- Ley N° 18.569 (1970). Regularizaba el uso de la microfilmación en el Ejército. El avance tecnológico la dejó sin efecto.
- Ley N° 19.648 (1972). Declaraba de interés nacional la explotación de carbón y combustibles sólidos. Se deroga por la política de reducción del uso de carbón.
- Ley N° 20.114 (1973). Permitía a la Armada emplear microfilmación. Ya no tiene sentido práctico por el avance digital.
- Ley N° 20.577 (1973). Declaraba de interés nacional las innovaciones en transmisión televisiva, sujetas a aprobación legislativa. Se deroga por inadecuación ante los avances tecnológicos.
- Ley N° 21.895 (1978). Autorizaba las emisiones de televisión a color. Resulta innecesaria por la existencia de un marco normativo moderno en comunicaciones. Y el proyecto lo considera “regresivo y contrario a los principios constitucionales sancionar una ley que permite realizar una actividad que no perjudica a terceros”.
- Ley N° 23.756 (1989). Habilitaba el uso de microfilmación en organismos estatales. El método dejó de usarse.
- Ley N° 23.888 (1990). Encomienda al Poder Ejecutivo la realización de un Censo Técnico Permanente de Infraestructura en localidades urbanas y rurales del país. El censo nunca se hizo.
- Ley N° 14.034 (1951). Imponía pensas de prisión a “argentinos que propiciaran sanciones políticas o económicas contra el Estado”. Se deroga por su carácter persecutorio y por ser contraria a los principios constitucionales.
- Ley N° 18.312 (1969). Creaba el Fondo para el Desarrollo de la Producción de Papel Prensa y Celulosa. Se elimina por limitar la libertad de prensa y expresión.
- Ley N° 19.787 (1972). Esta ley del gobierno de facto de Alejandro Agustín Lanusse declaraba de interés nacional la difusión de la “música argentina” y le otorgaba beneficios impositivos. Según el proyecto tenía “motivaciones de control sobre la cultura por parte de un gobierno militar”.

- Ley N° 20.120 (1973). Regulaba reuniones en lugares cerrados, imponía avisos y autorizaciones policiales. Obligaba a los organizadores de reuniones públicas en lugares cerrados a dar previo aviso y autoriza a la policía a ingresar para revisar que se cumplan las normas. Se deroga por violar libertades constitucionales.
- Ley N° 20.802 (1974). Establecía el carnet de mochilero de uso obligatorio para los que soliciten ayuda de terceros desplazarse con fines turísticos, lo que habilitaba la detención policial sin causa. Se deroga por violar el derecho a la libre circulación.
- Ley N° 20.959 (1975). Otorgaba privilegios de libre circulación y estacionamiento a legisladores y funcionarios del Congreso. Se deroga por contradecir el principio de igualdad ante la ley.
- Ley N° 20.983 (1975). Obligaba a medios de comunicación estatales a difundir temas turísticos por un mínimo diario de 60 minutos. Se deroga por desuso y por estar regulado por normas posteriores.
- Ley N° 22.875 (1983). Imponía medidas de defensa nacional de dudosa aplicabilidad. Sancionada después de la guerra de Malvinas y basada en las “hipótesis de conflicto” de entonces, se deroga “generar inseguridad jurídica”.
- Ley N° 22.964 (1983). Permitía internar a pacientes con lepra en forma compulsiva. Se deroga por estigmatizar enfermedades y por ser “de corte netamente medieval”.
- Ley N° 14.041 (1951). Permitía la formación de acopio permanente de materiales para la Marina de Guerra. Se deroga por carecer de operatividad y ser una potestad administrativa.
- Ley N° 14.800 (1959). Obligaba a quien demuela una propiedad con salas de teatro a construir un teatro con características similares al inmueble demolido. El proyecto considera que la norma “reduce los incentivos a la instalación de nuevos teatros. El resultado es una pérdida de recursos para la cultura y estructuras edilicias que por años quedan abandonadas, lo cual en algunos casos finalmente requiere la intervención estatal”.
- Ley N° 17.752 (1968). Promueve la construcción, equipamiento y explotación de hoteles nuevos para turismo internacional. Es una ley que desde 1978 no tiene aplicación.
- Ley N° 19.340 (1971). Obliga a los propietarios que interrumpen una construcción a reportar dicha interrupción. El trámite exigía presentar balances, con cuadros
- de pérdidas y ganancias, bienes y deudas. “No tiene razón de ser en la actualidad”.
- Ley N° 19.363 (1971). Permitía sorteos entre compradores de entradas de cine, financiado con un impuesto a las entradas. Se deroga por ineficiencia y porque el costo del sorteo supera el beneficio.
- Ley N° 20.308 (1973). Creaba el Fondo Naval para Actividades Náuticas, con fondos de la Armada, lo que “implica un vehículo para el uso de recursos propios para fines propios”. Se deroga por falta de relevancia y transparencia.
- Ley N° 20.496 (1973). Declaraba de interés nacional el uso de fertilizantes, ya regulado por ley posterior.
- Ley N° 20.876 (1974). Declaraba de interés nacional la apicultura y “prohibía la introducción del capital extranjero en el sector”. Se deroga por haber quedado sin efecto la prohibición y por inutilidad de la ley.
- Ley N° 21.056 (1975). Obliga a empresas de transporte a exhibir material promocional de turismo. Se deroga por imponer costos injustificados al sector privado.
- Ley N° 21.145 (1975). Otorga un privilegio a los artistas de compañías teatrales para viajar y alojarse a un precio reducido en los servicios que presten empresas estatales. Se deroga por la reducción de la oferta estatal y la falta de uso.
- Ley N° 21.159 (1975). Imponía cursos obligatorios de formación turística a empleados públicos. Se deroga por desuso y redundancia.
- Ley N° 22.426 (1981). Regulaba la transferencia de tecnología y marcas extranjeras, exigiendo aprobación estatal. Se deroga por violar la libertad de contratación y comercio.
- Ley N° 22.963 (1983). Exigía autorización oficial para el uso de mapas en etiquetas de productos y otros usos. Se deroga por ser una injerencia excesiva y generar costos innecesarios.
- Ley N° 23.419 (1986). Exigía a empresas públicas y estatales informar al Poder Ejecutivo sobre perforaciones en el subsuelo. Se deroga por resultar redundante y burocrática.
- Ley N° 23.634 (1988). Declara de interés nacional y prioritario cría de conejos y crea la Comisión Nacional de Cunicultura. Se deroga por ser un organismo ineficaz y un gasto innecesario.
- Ley N° 24.057 (1992). Regulaba trámites y organismos hoy disueltos.
- Ley N° 24.127 (1992). Instituía el “Premio Nacional a la Calidad” en el sector privado y la administración pública, financiado con recursos estatales. El proyecto considera que debe derogarse porque “el sector privado no necesita que el Estado lo premie por tener procesos eficientes. En cualquier caso, será el mercado quien lo premie, a mayor eficiencia obtendrá mayores ganancias”.
- Ley N° 24.298 (1994). Creaba el Programa Nacional para la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior. Se deroga por ser declamativa y por estar cubierta la función por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Ley N° 24.960 (1998). Instituía el premio “Prevención de las Adicciones” que tiene como finalidad incentivar la participación en la prevención de la drogadependencia. Se deroga porque los organismos de lucha contra las adicciones no requieren una ley para establecer planes u otorgar premios.
- Ley N° 25.750 (2003). Conocida como la “ley de Bienes Culturales”. Restringía la propiedad extranjera en medios de comunicación hasta el 30% de su capital accionario. Se deroga por considerarse inconstitucional y restrictiva de la inversión extranjera.
- Ley N° 26.227 (2007). Creaba el Consejo Federal de la Juventud. Se deroga por superposición de funciones y por ser innecesaria la estructura burocrática.
- Ley N° 26.688 (2011). Declaraba de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos. Se deroga por ser una norma meramente declamativa sin consecuencias prácticas.
- Ley N° 27.171 (2015). Obligaba a la Federación Colombófila Argentina a “constatar el año de nacimiento y la matrícula de las palomas mensajeras de carrera que determine su pertenencia al Registro Nacional de Desarrollo y Potencial Colombófilo”. En suma, obligaba a registrar palomas mensajeras. Se deroga por innecesaria intervención estatal en actividades asociativas privadas.
- Ley N° 20.984 (1975) y Ley N° 24.807 (1997). Creaban organismos para integrantes del sector público financiados con fondos nacionales. Se derogan para eliminar estructuras innecesarias y liberar recursos.
- Ley N° 11.380 (1926). Autorizaba al Banco de la Nación Argentina a ampliar plazos de préstamos a Sociedades Cooperativas, en base en una ley derogada hace 50 años. Se deroga por falta de utilidad y sustento normativo.
- Ley N° 12.307 (1936). Establecía premios a la pintura y literatura, a otorgar por institutos que ya no existen. La competencia corresponde hoy a la Secretaría de Cultura y al Fondo Nacional de las Artes.

- Ley N° 13.521 (1949). Exceptuaba del pago de impuestos a gestiones para obtener excepciones al servicio militar obligatorio, que dejó de existir en 1994, por lo que la gestión carece de objeto.
- Ley N° 14.578 (1958). Creaba el Fondo Especial de Obras y Servicios Públicos, a financiar con recursos de un artículo derogado. Actualmente es un fondo sin recursos.
- Ley N° 17.584 (1967). Creaba el Fondo Nacional Permanente para Estudios de Preinversión, que dejó de existir hace años.
- Ley N° 20.085 (1973). Instituía el “Complejo Portuario de Ultramar en Aguas Profundas” en Cabo San Antonio. El proyecto nunca superó la etapa de prefactibilidad.
- Ley N° 20.299 (1973). Establecía un régimen de seguros estatales para el comercio exportador ante riesgos no cubiertos por aseguradoras privadas, en un esquema de alta intervención estatal, ya abandonado.
- Ley N° 20.327 (1973). Creaba el organismo Ediciones Culturales Argentinas dependiente de Cultura, que dejó de publicar y cuya función es cubierta por el sector editorial privado.
- Ley N° 20.543 (1973). Otorgaba créditos y beneficios a arrendatarios y aparceros que adquieran predios, beneficios que hace tiempo que o están disponibles.
- Ley N° 20.956 (1975). Encomendaba a Agua y Energía Eléctrica estudios para aprovechar energía mareomotriz en el litoral marítimo. El proyecto nunca avanzó y la empresa ya no existe.
- Ley N° 23.671 (1989). Creaba un Comité de Análisis y Seguimiento para recursos crediticios del tratado con España. Sus funciones corresponden hoy a la Secretaría de Hacienda y el Comité ya no está activo.
- Ley N° 24.731 (1996). Establecía que el Ministerio de Economía debía publicar un informe anual de tecnología industrial. La norma ha dejado de ser operativa.
- Decreto Ley N° 12.795/44. Regulaba la inscripción y exclusión en el Registro de Comerciantes en Granos por la Comisión Nacional de Granos y Elevadores, organismos que ya no existen y cuyas inhabilitaciones no se aplican.
- Ley N° 20.984 (1975). Crea el Círculo de Legisladores de la Nación Argentina – “Circulo de Legisladores”-. “Proponemos eliminar el financiamiento por parte del Estado Nacional. Los legisladores que quieran participar y aportar para dicho Círculo podrán seguir haciéndolo con sus propios fondos”, señaló el proyecto.
- Ley N° 24.807 (1997). Crea la Federación Argentina de Municipios. Se propone su modificación para que el financiamiento de dicha Federación no provenga de las arcas del Estado Nacional.
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ECONOMIA
Multas automáticas por atrasarse ante ARCA: cómo es el proyecto para graduarlas que recibió Caputo tras la fuerte suba

Luego de que el Gobierno implemente un aumento de más de 100.000% de las multas automáticas —las que se aplican ante la demora de apenas un día en la presentación de la declaración jurada—, la discusión volvió al centro de la escena. Es que el ministro de Economía, Luis Caputo, recibió un proyecto para graduarlas en función del tipo de contribuyente.
En diciembre de 2025, la aprobación de la Ley de Inocencia Fiscal disparó el monto de las sanciones por incumplimientos formales. La multa para personas humanas saltó de $220 a $220.000, y para personas jurídicas, de $400 a 440.000 pesos. El ajuste generó preocupación en el sector privado y en especialistas tributarios, que advirtieron sobre el carácter desproporcionado de la medida. Durante el debate parlamentario, la oposición planteó la necesidad de establecer escalas diferenciadas según la capacidad contributiva, pero la bancada de La Libertad Avanza (LLA) no modificó la propuesta original.
El impacto de este esquema se volvió motivo de debate en la comunidad tributaria y en los despachos oficiales. La contadora Sonia Becherman, integrante del equipo que asesoró al ministro en el diseño del nuevo proyecto de Inocencia Fiscal, relató la dinámica de esos intercambios: “Si lo planteamos en las reuniones (lo de las multas automáticas). Es más, Miriam Roldan, muy voluntariosa, hizo un proyecto para explicar la situación y trata de enviar algún aporte para que sea tomado. Fue recibido en mano, pero no podemos dar ninguna cuestión positiva”.
En Economía no hubo ningún tipo de manifestación al respecto de esta iniciativa, aunque según pudo saber anteriormente Infobae, no hay intención en revertir la situación.

El texto presentado al equipo económico propone un “régimen de proporcionalidad, incentivo y subsanación formal”. Cuando el infractor califica como Micro, Pequeña o Mediana Empresa, o es persona humana, sucesión indivisa o entidad sin fines de lucro que no figura como gran contribuyente, las multas fijas o graduables se reducirían entre un 80% y un 20% según el segmento.
Además, contempla un “plazo de gracia” para regularizar la situación sin sanción, que puede llegar a 90 días corridos para microempresas y personas humanas. Si la omisión se subsana dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación, la sanción queda condonada totalmente. El proyecto también incluye una cláusula de exclusión: si el contribuyente incurre en la falta más de seis veces en el mismo año calendario, pierde todos los beneficios y se le aplican los montos completos.
El documento explica que la actualización de valores respondió a la inflación, pero advierte que la sanción tal como está diagramada no contempló diferencias en la capacidad de pago. La autora de la iniciativa remarca que un monto uniforme puede resultar asfixiante para un pequeño contribuyente y, al mismo tiempo, insignificante para una gran empresa. Por eso el proyecto busca que la escala de sanciones guarde relación con la estructura y recursos de cada obligado. En la práctica, los contribuyentes más chicos suelen tener menos recursos administrativos y contables para cumplir al día con sus obligaciones, por lo que requieren plazos más razonables de notificación y subsanación.
El aumento de más de 100.000% de las multas automáticas y las repercusiones negativas que generó llevaron a que en su momento Caputo prometiera cambios en como las iba a implementar ARCA: cuando ocurra el vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada, en vez de intimar y aplicar la multa automáticamente ARCA iba a enviar un recordatorio por 10/15 días hábiles y una vez transcurrido ese plazo recién ahí va a intimar y aplicar la multa, pero eso no se cumplió.

Noelia Girardi, gerente de impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, sostuvo: “Hoy por hoy, ese plazo de 15 días que se había prometido no se está cumpliendo. Lo que sí está pasando es que los contribuyentes tienen un plazo de espera para poder gozar de los beneficios de la reducción de la multa del 50 por ciento. La norma, como estaba redactada, ya preveía que, si el contribuyente regularizaba la multa dentro de los 15 días en los que le llegaba la notificación, podía acceder a una reducción del 50% del valor de la misma”.
En esa misma línea, CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, detalló que si la declaración jurada vence y no se presenta, la infracción se configura en ese momento, aunque exista un plazo adicional. “Antes de la reforma, el fisco intimaba y, si dentro de los 15 días hábiles administrativos se presentaba la declaración y se abonaba la multa, la reducción del 50% era de pleno derecho. Ahora, el plazo adicional depende de la categoría del contribuyente”, aseguró.
Así, aquellos que acceden a este plazo pueden regularizar sin que se intime la sanción de inmediato. Pero si persiste la omisión, ARCA notifica y aplica la multa. Domínguez aclaró que la sanción no se ejecuta de modo automático y que, si existe una causa de fuerza mayor, no correspondería aplicar la multa. Por lo que si el contribuyente no paga, y se inicia un sumario, puede ejercer su defensa.
En el sector tributario, la preocupación por la actualización de las multas automática y la aplicación por parte del fisco nacional continúa. Es por eso que los contadores que se reunieron con el ministro le reiteraron en cada uno de los encuentros que se debe encontrar una solución al respecto sobre todo por el impacto en las pequeñas y medianas empresas (pymes) en un contexto de caída del consumo.
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ECONOMIA
La confianza del consumidor cayó 4,8% en julio y registró la mayor baja interanual desde la pandemia

La confianza del consumidor volvió a caer en julio. El Índice de Confianza del Consumidor (ICC) se ubicó en 40,67 puntos, con una baja del 4,78% respecto de junio.
La cifra interrumpió tres meses consecutivos de recuperación. En mayo y junio, el indicador había mostrado señales de mejora.
La comparación interanual resultó aún más preocupante. El ICC retrocedió 12,3% frente a julio de 2024, marcando la mayor caída anual desde julio de 2020, cuando la pandemia de Covid-19 había provocado un desplome del 13,6%.
El índice lo elabora el Centro de Investigación en Finanzas (CIF) de la Universidad Torcuato Di Tella. El relevamiento estuvo a cargo de Poliarquía Consultores, que trabajó sobre una muestra de 1.000 casos en 40 centros urbanos entre el 2 y el 16 de julio.
Qué mide el índice de confianza del consumidor y por qué es clave
El ICC captura la percepción de los hogares sobre tres dimensiones: su situación económica personal, la evolución de la economía general y la predisposición para comprar bienes de mayor valor como electrodomésticos, autos o inmuebles.
El indicador también separa entre condiciones presentes y expectativas futuras. Esta distinción permite ver si el problema es solo la coyuntura actual o si los hogares también perdieron esperanza en lo que viene.
Los economistas siguen de cerca este índice porque suele anticipar el comportamiento del consumo privado. Y el consumo privado, a su vez, representa uno de los principales motores de la actividad económica.
Cuando la confianza cae, las familias postergan compras importantes. Ese freno termina impactando en las ventas, la producción y el empleo.
La confianza sigue lejos de su mejor momento reciente
El ICC alcanzó su punto máximo en enero de 2025, cuando llegó a 47,38 puntos. Desde entonces acumula una caída del 14,16%.
Sin embargo, todavía se mantiene 14,24% por encima del piso registrado en enero de 2024. En ese momento, el índice había descendido a 35,6 puntos durante las primeras mediciones del año.
La trayectoria del indicador muestra un patrón volátil. Tras tocar fondo a principios de 2024, recuperó terreno durante gran parte del año hasta alcanzar su pico en enero de 2025. Desde ahí comenzó un deterioro gradual que se aceleró en julio.
El deterioro llegó a todas las regiones del país
La caída de la confianza no respetó geografías. Se registró en las tres regiones relevadas, aunque con distinta intensidad.
El Gran Buenos Aires (GBA) sufrió el mayor golpe mensual. El ICC cayó 6,35% hasta los 38,12 puntos. En la Ciudad de Buenos Aires, la disminución fue del 6,24%.
El Interior mostró una retracción más moderada del 1,68%. Aun así, esta región continuó exhibiendo el nivel de confianza más elevado del país, con 45,55 puntos.
En la comparación interanual, todas las regiones marcaron retrocesos significativos. CABA registró una caída del 15,66%, el GBA descendió 13,56% y el Interior retrocedió 8,72%.
Los hogares de menores ingresos fueron los más golpeados
Entre los sectores de ingresos bajos, la confianza se desplomó 11,47% respecto de junio y quedó 20,42% por debajo del nivel de un año atrás, evidenciando un deterioro mucho más pronunciado que en otros segmentos.
Los hogares de ingresos altos, en cambio, mostraron una caída mensual de apenas 1,45%. La baja interanual alcanzó el 7,70%, menos de la mitad que en los sectores vulnerables.
La brecha entre ambos extremos volvió a ampliarse. El índice quedó en 35,99 puntos para los hogares de menores ingresos y en 43,45 puntos para los de mayores recursos.
En los sectores de bajos ingresos, el deterioro atravesó todos los componentes del indicador. La percepción sobre la situación personal cayó 11,93%, la visión sobre la economía general retrocedió 11,87% y la predisposición para adquirir bienes durables e inmuebles disminuyó 10,20%.
La diferencia en la intensidad de la caída sugiere que la incertidumbre económica impacta de manera desigual. Los hogares con menos margen financiero reaccionan con mayor sensibilidad ante señales negativas.
La visión sobre la economía general fue el componente que más cayó
El subíndice de Situación Macroeconómica registró el mayor descenso mensual entre todos los componentes. Cayó 8,49% en julio.
Por su parte, el indicador de Situación Personal retrocedió 3,89%. La disposición para la compra de Bienes Durables e Inmuebles mostró una disminución más moderada, del 0,48%.
En la comparación con julio de 2024, el componente de Situación Personal fue el que evidenció la mayor caída, con un retroceso del 14,98%. El índice de Bienes Durables e Inmuebles descendió 11,46%, mientras que el de Situación Macroeconómica cayó 10,54%.
Dentro de este último componente, la evaluación de la economía en el corto plazo mostró el mayor deterioro. Registró una baja mensual de 10,4% y una caída interanual del 17,9%.
Estos números reflejan que los consumidores no solo están preocupados por su situación personal. También perdieron confianza en el rumbo general de la economía.
Las expectativas futuras también se derrumbaron
El deterioro no se concentró únicamente en la percepción del presente: el subíndice de Expectativas Futuras disminuyó 7,19% respecto de junio, mientras que el de Condiciones Presentes retrocedió solo 1,24%.
En términos interanuales, las condiciones actuales se ubicaron 13,55% por debajo de las registradas en julio de 2024. Las expectativas para los próximos meses mostraron una caída del 11,38%.
La combinación de ambos factores resulta particularmente preocupante. Indica que los hogares no solo evalúan negativamente el presente, sino que tampoco ven mejoras en el horizonte cercano.
La intención de comprar bienes durables mostró comportamientos dispares
La predisposición para adquirir bienes durables e inmuebles mostró una baja marginal a nivel nacional. Sin embargo, hubo diferencias marcadas entre regiones.
En la Ciudad de Buenos Aires, el subíndice registró una caída del 17,5% mensual. La intención de compra de electrodomésticos se desplomó 21,8%, mientras que la de automóviles e inmuebles descendió 11,3%.
En contraste, el indicador aumentó 4,2% en el Gran Buenos Aires y 1,8% en el Interior del país.
A nivel nacional, la intención de compra de estos bienes se mantuvo prácticamente estable respecto del mes anterior. Aun así, continuó ubicándose más de 11% por debajo de los niveles observados un año atrás.
La disparidad regional sugiere que el impacto de la incertidumbre económica no es uniforme. En algunas zonas, los consumidores mantienen cierta disposición a realizar compras importantes, mientras que en otras la cautela se profundiza.
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ECONOMIA
De manera sorpresiva, el petróleo volvió a los USD 100: cuáles son los pros y las contras para la Argentina

El mercado internacional del petróleo volvió a encender las alarmas. El barril de Brent, la referencia para gran parte del comercio mundial de crudo, superó nuevamente los 100 dólares. Ahora fueron nuevos atentados de rebeldes hutíes contra petroleros sauditas en el Mar Rojo, que afectaron el transporte de crudo.
A diferencia de otros ciclos alcistas impulsados por una recuperación de la demanda mundial, esta vez el detonante es el recrudecimiento del conflicto en Medio Oriente. La escalada entre Estados Unidos e Irán, sumada a los ataques contra buques comerciales en el Mar Rojo y a las amenazas sobre el Estrecho de Ormuz —por donde circula cerca del 20% del petróleo que consume el planeta— volvió a instalar el temor a una interrupción del suministro global.
Los mercados reaccionaron casi de inmediato. Ante la posibilidad de que una parte significativa de la oferta quede comprometida, los operadores comenzaron a incorporar una “prima de riesgo” en el precio del crudo. El resultado fue un fuerte rally que llevó al Brent nuevamente por encima de los tres dígitos.
Para el mercado local el escenario presenta una combinación de oportunidades y desafíos.

El primer efecto positivo aparece por el lado de las exportaciones. Con un barril más caro, cada tonelada de petróleo exportada genera mayores ingresos de divisas. Esto beneficia especialmente a Vaca Muerta, cuya producción viene creciendo sostenidamente y se consolidó como uno de los principales motores de generación de dólares del país.
Según estimaciones del mercado, Un barril de petróleo a USD 100 le permite a la Argentina sumar unos USD 5.000 millones adicionales en sus exportaciones de hidrocarburo. Además, ya avanzado el segundo semestre puede implicar un ingreso adicional de divisas en épocas de mayor escasez por motivos estacionales. Es decir que ingresarán pocos dólares del campo, pero habría más oferta por la balanza energética.
Las empresas argentinas del sector que cotizan en Wall Street tuvieron ayer un impacto favorable. Vista fue la más beneficiada, con una suba en la cotización de 3%, rozando nuevamente los USD 70. YPF operó casi todo el día en alza pero terminó con una leve baja del 1%. Igual se mantuvo cerca de los USD 52, un precio muy alto para su recorrido histórico.
Además del incremento en las exportaciones, un precio internacional elevado mejora la rentabilidad de las compañías petroleras y vuelve económicamente viables proyectos que con un barril de USD 60 o USD 70 resultarían menos atractivos. En otras palabras, un petróleo caro acelera inversiones, aumenta la perforación de nuevos pozos y fortalece las perspectivas de expansión del sector energético argentino.
Sin embargo, el beneficio para las exportaciones convive con un efecto menos favorable para los consumidores. Aunque la Argentina produce petróleo, el mercado local no está completamente desconectado de las cotizaciones internacionales. Las refinerías toman como referencia el valor del crudo y también enfrentan mayores costos cuando deben importar combustibles o derivados.

Por esa razón, un Brent por encima de los USD 100 suele traducirse en una mayor presión para aumentar los precios de la nafta y el gasoil. El traslado no siempre es inmediato, ya que depende de la política económica y de las decisiones regulatorias, pero el incentivo económico para ajustar los valores internos aumenta considerablemente. Por ahora, no habría planes de YPF de volver a incrementar el valor en los surtidores, pero depender de cómo sigue la cotización internacional.
La economía más dinámica impulsada por mayores exportaciones energéticas puede favorecer el ingreso de divisas al país. Pero, al mismo tiempo, el sector agropecuario depende intensamente del gasoil para sembrar, cosechar y transportar la producción.
Si el combustible aumenta, también lo hacen los costos operativos del productor, reduciendo parte de la rentabilidad. Para Argentina, el regreso del petróleo a los USD 100 resume una de las paradojas de las economías productoras de energía.
Por un lado, significa más exportaciones, más ingreso de dólares y un fuerte incentivo para el desarrollo de Vaca Muerta. Por otro, implica una presión creciente sobre el precio de los combustibles, mayores costos para el transporte y la producción y un nuevo desafío para contener la inflación.
El otro aspecto a tener en cuenta es que el salto adicional del barril complica la baja de la inflación en Estados Unidos. Por lo tanto, se aleja la posibilidad de una rebaja de tasas por parte de la Reserva Federal. Al contrario, crecerían las temores de una próxima suba de tasas, que había quedado casi descartada.
De hecho, la tasa a diez años voló hasta 4,70% anual, lo que impactó negativamente en los mercados. Los bonos argentinos lo sufrieron y el riesgo país volvió a superar los 430 puntos básicos, lo que aleja la posibilidad de salir a buscar financiamiento a los mercados.
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