ECONOMIA
Los factores que le permiten al BCRA mantener tasas bajas sin presión sobre el dólar

Las tasas en pesos siguen debajo de la inflación y crecen las dudas sobre cuánto tiempo podrá sostenerse la estabilidad cambiaria
20/05/2026 – 13:10hs
El rendimiento de las colocaciones en pesos continúa deteriorándose frente al avance de los precios. Actualmente, las tasas ofrecidas por los plazos fijos quedaron por debajo de las proyecciones inflacionarias y profundizaron el escenario de tasas reales negativas.
En el segmento mayorista, las colocaciones más grandes —que suelen acceder a mejores rendimientos— muestran una tasa efectiva anual cercana al 25,3%. Ese retorno se ubica varios puntos por debajo de la inflación estimada para 2026, aunque se mantiene alineado con las previsiones de corto plazo para los próximos doce meses.
Para los pequeños ahorristas, el panorama es todavía menos favorable. La mayoría de las entidades financieras paga tasas nominales anuales que oscilan entre el 15% y el 21% para depósitos minoristas, lo que deja rendimientos efectivos que apenas logran superar el 23% anual.
Dólar quieto y más ingreso de divisas: la estrategia que sostiene el BCRA
La calma cambiaria es uno de los factores que hoy le permite al Banco Central sostener un esquema de tasas reducidas sin generar una presión inmediata sobre el dólar.
Con un mercado cambiario abastecido por la liquidación de exportaciones y el ingreso de divisas provenientes de deuda, el sistema financiero puede operar con tasas cercanas al 20% sin provocar una salida masiva hacia la moneda estadounidense.
Desde GMA Capital destacaron que el ingreso de dólares ayudó a contener el tipo de cambio. «El fuerte ingreso de divisas (u$s7760 millones en el primer cuatrimestre) producto de la cosecha y las colocaciones de deuda (u$s4815 millones en el mismo período y US$10.900 millones desde octubre pasado) permitieron contener el tipo de cambio por debajo de los $1400″, señaló la consultora.
En ese contexto, adicionaron: «En la medida en que el mercado perciba que la oferta de dólares es suficiente para sostener la estabilidad cambiaria, puede tolerar tasas negativas en el corto plazo».
Alertas sobre la sostenibilidad del esquema
Sin embargo, varios analistas advierten que este equilibrio podría volverse más frágil cuando disminuya el ingreso estacional de divisas.
Desde Outlier explicaron a TN que el mercado apuesta a que la desaceleración inflacionaria termine recomponiendo el rendimiento real de las tasas. «En la práctica, esto implica jugar a que la tasa vuelva a ser positiva en términos reales cuando la inflación baje claramente por debajo del 2% mensual», señalaron.
La preocupación principal pasa por la debilidad en la demanda de pesos. Según GMA Capital, si el flujo de dólares pierde fuerza y el Banco Central mantiene la misma dinámica monetaria, las tasas actuales podrían dejar de ser suficientes para sostener la estabilidad cambiaria.
El desafío que enfrenta el Banco Central
El presidente del BCRA, Santiago Bausili, reconoció recientemente que la recuperación en la demanda de pesos avanza más lentamente de lo previsto, aunque evitó anticipar cuándo podría consolidarse.
Para distintas consultoras, ese factor será clave en los próximos meses. Si aumenta la demanda de dinero, el programa económico podría sostenerse con menor tensión. Pero si eso no ocurre, el Gobierno podría verse obligado a optar entre subir las tasas o aceptar una mayor volatilidad cambiaria.
Desde Outlier resumieron el escenario con una advertencia: «A la larga, las tasas pasivas van a tener que volver a ser positivas en términos reales, lo cual puede lograrse con una combinación de baja de inflación y subas de tasas nominales, y en algún momento el techo de hecho del tipo de cambio nominal va a tener que ajustar al alza, acotando el nivel de apreciación real».
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ECONOMIA
Registro de palomas, carnet de mochilero y otras normas que el Gobierno considera obsoletas: las claves del proyecto de Ley Hojarasca

El Poder Ejecutivo quiere eliminar cerca de 70 leyes consideradas obsoletas y aún vigentes en la Argentina, con la meta de reducir la burocracia y actualizar la normativa estatal. La iniciativa, conocida como “ley hojarasca”, surgió por impulso de Federico Sturzenegger, titular del ministerio de Desregulación, incluye la anulación de normas como la exigencia de un carnet de mochilero o el registro estatal de palomas mensajeras y obtuvo hoy media sanción de la Cámara de Diputados.
De acuerdo con Sturzenegger y su equipo, las leyes seleccionadas para derogación han dejado de tener sentido práctico debido al avance tecnológico, regulaciones más recientes o simplemente porque nunca efectivamente se aplicaron. Entre los fundamentos, el proyecto remarca el principio según el cual “nadie está privado de hacer lo que la ley no prohíbe”, por lo que no corresponde autorizar explícitamente lo ya permitido. Esto alcanza a disposiciones como la que habilitaba la transmisión de televisión en color.
La “ley hojarasca” también busca eliminar comisiones estatales en desuso y reducir el financiamiento oficial a organismos y premios que, según la propuesta, ya no justifican su permanencia. Entre los excluidos se cuentan la Federación Argentina de Municipios y el Círculo de Legisladores, además de la suspensión de fondos para galardones como el Premio Nacional de la Calidad o incentivos culturales, y la remoción de distintos beneficios impositivos otorgados años atrás.
En muchos casos, precisa el ministerio de Desregulación, muchas de estas normas nunca tuvieron aplicación práctica porque no fueron reglamentadas o cayeron en desuso, transformándose en un entramado legal sin efecto real sobre la administración pública.
Estas son algunas de las principales leyes que busca derogar el Gobierno en la “ley hojarasca” son las siguientes:
- Ley N° 94 (1864). Inhabilitaba por diez años a cualquier autoridad que hiciera azotar a una persona. El motivo de su derogación es que la pena de azotes está prohibida por la Constitución Nacional y resulta anacrónica.
- Ley N° 3.863 (1899). Otorgaba beneficios impositivos a compañías de seguro agrícola y sumaba el seguro agrícola a privilegios de gastos de cosecha. Quedó sin sustento tras la derogación de los artículos pertinentes del Código Civil.
- Ley N° 16.789 (1965). Obligaba a las reparticiones estatales a comprar automóviles nacionales para su uso. Se deroga por ser una traba que impide la eficiencia en el uso de recursos públicos.
- Ley N° 20.400 (1973). Prohibía operaciones mano de obra de personas que no ofrezcan voluntaria y espontáneamente sus servicios. Se considera a esta norma precursora en la lucha contra la trata de personas. Fue superada por legislación posterior en la materia.

- Ley N° 20.843 (1974). Establecía el “padrinazgo presidencial” y la gratuidad de la educación para los ahijados presidenciales. Se deroga por resultar innecesaria, ya que la educación pública gratuita es un beneficio general. La norma reflejaba una costumbre originada en la presidencia de José Figueroa Alcorta.
- Ley N° 21.778 (1978). Facultaba a las empresas estatales a convocar licitaciones y celebrar contratos destinados a la exploración y explotación de hidrocarburos, superados por la Ley N° 17.319 y sus modificaciones.
- Ley N° 22.109 (1979). Habilitaba al Poder Ejecutivo a “disponer el aislamiento de
- enfermos o sospechosos de viruela y sus contactos» y disponía reglas de vacunación. Se deroga al haberse dictado posteriormente una ley de vacunación integral.
- Ley N° 23.678 (1989). Determina fórmulas para liquidar las regalías petroleras a liquidar desde 1989, entre otros extremos. Esta norma dejó de aplicarse.
- Ley N° 24.675 (1996). Refiere a la actuación de los Auxiliares de la Justicia ante la Justicia Nacional. Fue declarada inválida por una acordada de la Corte.
- Ley N° 448 (1871). Otorgaba un premio en metálico al descubridor de minas de carbón. Se deroga por carecer de sentido en un contexto de descarbonización de la economía.
- Ley N° 3.235 (1895). Es una ley sobre adquisición de armamento de fines del siglo XIX. Se volvió completamente obsoleta frente a los mecanismos vigentes.
- Ley N° 16.879 (1965). Concede diversas exenciones impositivas a la industria nacional adjudicataria de licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. Nunca se aplicó.
- Ley N° 18.569 (1970). Regularizaba el uso de la microfilmación en el Ejército. El avance tecnológico la dejó sin efecto.
- Ley N° 19.648 (1972). Declaraba de interés nacional la explotación de carbón y combustibles sólidos. Se deroga por la política de reducción del uso de carbón.
- Ley N° 20.114 (1973). Permitía a la Armada emplear microfilmación. Ya no tiene sentido práctico por el avance digital.
- Ley N° 20.577 (1973). Declaraba de interés nacional las innovaciones en transmisión televisiva, sujetas a aprobación legislativa. Se deroga por inadecuación ante los avances tecnológicos.
- Ley N° 21.895 (1978). Autorizaba las emisiones de televisión a color. Resulta innecesaria por la existencia de un marco normativo moderno en comunicaciones. Y el proyecto lo considera “regresivo y contrario a los principios constitucionales sancionar una ley que permite realizar una actividad que no perjudica a terceros”.
- Ley N° 23.756 (1989). Habilitaba el uso de microfilmación en organismos estatales. El método dejó de usarse.
- Ley N° 23.888 (1990). Encomienda al Poder Ejecutivo la realización de un Censo Técnico Permanente de Infraestructura en localidades urbanas y rurales del país. El censo nunca se hizo.
- Ley N° 14.034 (1951). Imponía pensas de prisión a “argentinos que propiciaran sanciones políticas o económicas contra el Estado”. Se deroga por su carácter persecutorio y por ser contraria a los principios constitucionales.
- Ley N° 18.312 (1969). Creaba el Fondo para el Desarrollo de la Producción de Papel Prensa y Celulosa. Se elimina por limitar la libertad de prensa y expresión.
- Ley N° 19.787 (1972). Esta ley del gobierno de facto de Alejandro Agustín Lanusse declaraba de interés nacional la difusión de la “música argentina” y le otorgaba beneficios impositivos. Según el proyecto tenía “motivaciones de control sobre la cultura por parte de un gobierno militar”.

- Ley N° 20.120 (1973). Regulaba reuniones en lugares cerrados, imponía avisos y autorizaciones policiales. Obligaba a los organizadores de reuniones públicas en lugares cerrados a dar previo aviso y autoriza a la policía a ingresar para revisar que se cumplan las normas. Se deroga por violar libertades constitucionales.
- Ley N° 20.802 (1974). Establecía el carnet de mochilero de uso obligatorio para los que soliciten ayuda de terceros desplazarse con fines turísticos, lo que habilitaba la detención policial sin causa. Se deroga por violar el derecho a la libre circulación.
- Ley N° 20.959 (1975). Otorgaba privilegios de libre circulación y estacionamiento a legisladores y funcionarios del Congreso. Se deroga por contradecir el principio de igualdad ante la ley.
- Ley N° 20.983 (1975). Obligaba a medios de comunicación estatales a difundir temas turísticos por un mínimo diario de 60 minutos. Se deroga por desuso y por estar regulado por normas posteriores.
- Ley N° 22.875 (1983). Imponía medidas de defensa nacional de dudosa aplicabilidad. Sancionada después de la guerra de Malvinas y basada en las “hipótesis de conflicto” de entonces, se deroga “generar inseguridad jurídica”.
- Ley N° 22.964 (1983). Permitía internar a pacientes con lepra en forma compulsiva. Se deroga por estigmatizar enfermedades y por ser “de corte netamente medieval”.
- Ley N° 14.041 (1951). Permitía la formación de acopio permanente de materiales para la Marina de Guerra. Se deroga por carecer de operatividad y ser una potestad administrativa.
- Ley N° 14.800 (1959). Obligaba a quien demuela una propiedad con salas de teatro a construir un teatro con características similares al inmueble demolido. El proyecto considera que la norma “reduce los incentivos a la instalación de nuevos teatros. El resultado es una pérdida de recursos para la cultura y estructuras edilicias que por años quedan abandonadas, lo cual en algunos casos finalmente requiere la intervención estatal”.
- Ley N° 17.752 (1968). Promueve la construcción, equipamiento y explotación de hoteles nuevos para turismo internacional. Es una ley que desde 1978 no tiene aplicación.
- Ley N° 19.340 (1971). Obliga a los propietarios que interrumpen una construcción a reportar dicha interrupción. El trámite exigía presentar balances, con cuadros
- de pérdidas y ganancias, bienes y deudas. “No tiene razón de ser en la actualidad”.
- Ley N° 19.363 (1971). Permitía sorteos entre compradores de entradas de cine, financiado con un impuesto a las entradas. Se deroga por ineficiencia y porque el costo del sorteo supera el beneficio.
- Ley N° 20.308 (1973). Creaba el Fondo Naval para Actividades Náuticas, con fondos de la Armada, lo que “implica un vehículo para el uso de recursos propios para fines propios”. Se deroga por falta de relevancia y transparencia.
- Ley N° 20.496 (1973). Declaraba de interés nacional el uso de fertilizantes, ya regulado por ley posterior.
- Ley N° 20.876 (1974). Declaraba de interés nacional la apicultura y “prohibía la introducción del capital extranjero en el sector”. Se deroga por haber quedado sin efecto la prohibición y por inutilidad de la ley.
- Ley N° 21.056 (1975). Obliga a empresas de transporte a exhibir material promocional de turismo. Se deroga por imponer costos injustificados al sector privado.
- Ley N° 21.145 (1975). Otorga un privilegio a los artistas de compañías teatrales para viajar y alojarse a un precio reducido en los servicios que presten empresas estatales. Se deroga por la reducción de la oferta estatal y la falta de uso.
- Ley N° 21.159 (1975). Imponía cursos obligatorios de formación turística a empleados públicos. Se deroga por desuso y redundancia.
- Ley N° 22.426 (1981). Regulaba la transferencia de tecnología y marcas extranjeras, exigiendo aprobación estatal. Se deroga por violar la libertad de contratación y comercio.
- Ley N° 22.963 (1983). Exigía autorización oficial para el uso de mapas en etiquetas de productos y otros usos. Se deroga por ser una injerencia excesiva y generar costos innecesarios.
- Ley N° 23.419 (1986). Exigía a empresas públicas y estatales informar al Poder Ejecutivo sobre perforaciones en el subsuelo. Se deroga por resultar redundante y burocrática.
- Ley N° 23.634 (1988). Declara de interés nacional y prioritario cría de conejos y crea la Comisión Nacional de Cunicultura. Se deroga por ser un organismo ineficaz y un gasto innecesario.
- Ley N° 24.057 (1992). Regulaba trámites y organismos hoy disueltos.
- Ley N° 24.127 (1992). Instituía el “Premio Nacional a la Calidad” en el sector privado y la administración pública, financiado con recursos estatales. El proyecto considera que debe derogarse porque “el sector privado no necesita que el Estado lo premie por tener procesos eficientes. En cualquier caso, será el mercado quien lo premie, a mayor eficiencia obtendrá mayores ganancias”.
- Ley N° 24.298 (1994). Creaba el Programa Nacional para la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior. Se deroga por ser declamativa y por estar cubierta la función por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Ley N° 24.960 (1998). Instituía el premio “Prevención de las Adicciones” que tiene como finalidad incentivar la participación en la prevención de la drogadependencia. Se deroga porque los organismos de lucha contra las adicciones no requieren una ley para establecer planes u otorgar premios.
- Ley N° 25.750 (2003). Conocida como la “ley de Bienes Culturales”. Restringía la propiedad extranjera en medios de comunicación hasta el 30% de su capital accionario. Se deroga por considerarse inconstitucional y restrictiva de la inversión extranjera.
- Ley N° 26.227 (2007). Creaba el Consejo Federal de la Juventud. Se deroga por superposición de funciones y por ser innecesaria la estructura burocrática.
- Ley N° 26.688 (2011). Declaraba de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos. Se deroga por ser una norma meramente declamativa sin consecuencias prácticas.
- Ley N° 27.171 (2015). Obligaba a la Federación Colombófila Argentina a “constatar el año de nacimiento y la matrícula de las palomas mensajeras de carrera que determine su pertenencia al Registro Nacional de Desarrollo y Potencial Colombófilo”. En suma, obligaba a registrar palomas mensajeras. Se deroga por innecesaria intervención estatal en actividades asociativas privadas.
- Ley N° 20.984 (1975) y Ley N° 24.807 (1997). Creaban organismos para integrantes del sector público financiados con fondos nacionales. Se derogan para eliminar estructuras innecesarias y liberar recursos.
- Ley N° 11.380 (1926). Autorizaba al Banco de la Nación Argentina a ampliar plazos de préstamos a Sociedades Cooperativas, en base en una ley derogada hace 50 años. Se deroga por falta de utilidad y sustento normativo.
- Ley N° 12.307 (1936). Establecía premios a la pintura y literatura, a otorgar por institutos que ya no existen. La competencia corresponde hoy a la Secretaría de Cultura y al Fondo Nacional de las Artes.

- Ley N° 13.521 (1949). Exceptuaba del pago de impuestos a gestiones para obtener excepciones al servicio militar obligatorio, que dejó de existir en 1994, por lo que la gestión carece de objeto.
- Ley N° 14.578 (1958). Creaba el Fondo Especial de Obras y Servicios Públicos, a financiar con recursos de un artículo derogado. Actualmente es un fondo sin recursos.
- Ley N° 17.584 (1967). Creaba el Fondo Nacional Permanente para Estudios de Preinversión, que dejó de existir hace años.
- Ley N° 20.085 (1973). Instituía el “Complejo Portuario de Ultramar en Aguas Profundas” en Cabo San Antonio. El proyecto nunca superó la etapa de prefactibilidad.
- Ley N° 20.299 (1973). Establecía un régimen de seguros estatales para el comercio exportador ante riesgos no cubiertos por aseguradoras privadas, en un esquema de alta intervención estatal, ya abandonado.
- Ley N° 20.327 (1973). Creaba el organismo Ediciones Culturales Argentinas dependiente de Cultura, que dejó de publicar y cuya función es cubierta por el sector editorial privado.
- Ley N° 20.543 (1973). Otorgaba créditos y beneficios a arrendatarios y aparceros que adquieran predios, beneficios que hace tiempo que o están disponibles.
- Ley N° 20.956 (1975). Encomendaba a Agua y Energía Eléctrica estudios para aprovechar energía mareomotriz en el litoral marítimo. El proyecto nunca avanzó y la empresa ya no existe.
- Ley N° 23.671 (1989). Creaba un Comité de Análisis y Seguimiento para recursos crediticios del tratado con España. Sus funciones corresponden hoy a la Secretaría de Hacienda y el Comité ya no está activo.
- Ley N° 24.731 (1996). Establecía que el Ministerio de Economía debía publicar un informe anual de tecnología industrial. La norma ha dejado de ser operativa.
- Decreto Ley N° 12.795/44. Regulaba la inscripción y exclusión en el Registro de Comerciantes en Granos por la Comisión Nacional de Granos y Elevadores, organismos que ya no existen y cuyas inhabilitaciones no se aplican.
- Ley N° 20.984 (1975). Crea el Círculo de Legisladores de la Nación Argentina – “Circulo de Legisladores”-. “Proponemos eliminar el financiamiento por parte del Estado Nacional. Los legisladores que quieran participar y aportar para dicho Círculo podrán seguir haciéndolo con sus propios fondos”, señaló el proyecto.
- Ley N° 24.807 (1997). Crea la Federación Argentina de Municipios. Se propone su modificación para que el financiamiento de dicha Federación no provenga de las arcas del Estado Nacional.
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ECONOMIA
Zona Fría: el Gobierno busca ahorrar $272.000 millones con el nuevo régimen y se esperan aumentos en la boleta de gas

El Gobierno busca restringir el subsidio de gas del régimen de Zona Fría a las regiones con clima severo, una medida que modificaría el acceso al beneficio para 1,2 millones de hogares y permitiría un ahorro fiscal de $272.099 millones. La reforma se debate en la Cámara de Diputados, junto con un paquete legislativo que también incluye la ley Hojarasca. Según el mensaje que envió el Gobierno al Congreso, el fondo fiduciario sustentado en un recargo del 7,5% sobre el gas resulta insuficiente para costear los subsidios, lo que obligó al Tesoro Nacional a realizar aportes adicionales.
El régimen se creó en 2002 con el objetivo de compensar las asimetrías tarifarias en las regiones con temperaturas más bajas y garantizar el acceso al servicio de gas natural a los usuarios residenciales de esas zonas. Sin embargo, su ampliación, sancionada en 2021 por iniciativa del diputado Máximo Kirchner, multiplicó el número de beneficiarios de 950.000 a 4 millones de hogares, casi la mitad de los usuarios residenciales de gas por red. Este crecimiento abarcó zonas que, según la narrativa del Ejecutivo, carecen de condiciones climáticas extremas—como Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe—, lo que llevó al Gobierno actual a calificar el esquema como “fiscalmente insostenible”.
El proyecto oficial plantea excluir a las provincias incorporadas en esa última extensión y limitar la asistencia a la Patagonia, Malargüe (Mendoza) y la Puna, en línea con el criterio original del régimen. Actualmente, los descuentos oscilan entre el 30% y el 50%, aunque el porcentaje depende de cada región. La normativa actual está vigente hasta finales de 2031.
El secretario de Energía Daniel González afirmó durante la Jornada de Energía ON, organizada por Diario de Río Negro, que el objetivo oficial es “normalizar el sector energético”, eje de la política de desregulación promovida por el Poder Ejecutivo en hidrocarburos, gas y electricidad. González señaló respecto al régimen de zona fría: “Lo que está vigente es una aberración. Hay zonas incluidas dentro del régimen que en verdad son templadas y donde el resto del sistema que no tiene zonas frías subsidiadas, independientemente del tipo de consumidor”.
Remarcó que la propuesta es “volver a la zona fría original patagónica y subsidiar el consumo”, a la vez que resaltó: “No vamos a subsidiar ni los impuestos ni el cargo fijo, sino el metro cúbico efectivamente consumido”. El funcionario anticipó un “ahorro importante para el fisco” si el Congreso aprueba los cambios.
Según pudo saber Infobae, actualmente la norma genera un déficit de $485.000 millones. En tanto, de aprobarse la ley, el ahorro para las arcas del Estado sería de $272.099 millones.

La modificación de la norma excluiría a un total de 1,2 millones de hogares de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y San Luis, entre otras provincias que fueron incluidas en 2021.
Hay quienes aseguran que la provincia más damnificada por la modificación de la regulación será Córdoba. En diálogo con Infobae al Regreso, Martín Llaryora advirtió que la reforma pondría en riesgo el subsidio para “600 mil hogares”, equivalente a “casi 2 millones de habitantes” de la provincia.
En este sentido, Llaryora calificó la iniciativa como un “daño tremendo” no solo para Córdoba, sino también para Buenos Aires, Santa Fe, San Juan, San Luis, Salta, La Rioja, Catamarca y Jujuy. El mandatario estimó que el ajuste representaría “casi $12.000 millones de transferencia directa desde las familias de clase media y hogares de trabajadores”. Finalmente, solicitó: “No nos saquen la zona fría, que fue una conquista de años”, a la vez que propuso ampliar el alcance del beneficio en lugar de restringirlo.
De aprobarse la nueva norma, los usuarios que residan en las zonas ampliadas perderán el beneficio, excepto quienes se inscriban en el Subsidio Energético Focalizado (SEF). Según el texto oficial del proyecto y fuentes oficiales, podrán continuar percibiendo el subsidio quienes acrediten ingresos por debajo de tres Canastas Básicas Totales, así como hogares con Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP), veteranos de Malvinas o titulares de Certificado Único de Discapacidad.

Esta redefinición excluye de la Zona Fría a 55 departamentos en Buenos Aires, 13 en Córdoba, 12 en La Pampa, 8 en San Luis y 8 en Santa Fe, entre otras áreas. En este escenario, se analizaron “compensaciones” para provincias “cálidas” —como Misiones, Jujuy, Salta, Catamarca y Tucumán— que recibirán asistencia mediante subsidios eléctricos durante el verano, considerando el consumo energético elevado por calor extremo registrado en el norte del país.
El proyecto impulsado por el Gobierno responde a la dificultad para sostener el fondo fiduciario con el recargo actual del 7,5%. Según la consultora CEPA, la ampliación de 2021 incrementó el costo fiscal sin respetar el criterio climático que justificaba la creación original del régimen, ya que incorporó regiones con consumos considerablemente menores a los de la Patagonia. La reforma propuesta limita el beneficio a hogares vulnerables incluidos en el SEF y residentes en zonas efectivamente frías, aunque no detalla si el fondo fiduciario será suficiente ni define el monto exacto del subsidio, aspectos que quedarán en manos del Poder Ejecutivo.
A modo de ejemplo, según estimó un estudio de IERAL Fundación Mediterránea, un usuario residencial de Bahía Blanca que quede fuera del SEF afrontará un aumento en la factura del gas de hasta el 100%. Aquellos incluidos en el sistema focalizado mantendrán el subsidio, aunque igualmente serán alcanzados por aumentos debido al cambio en la base de cálculo. El informe sostiene que las subas más significativas recaerán sobre los hogares de las zonas ampliadas que, por sus ingresos, no califiquen para conservar el beneficio.
El Poder Ejecutivo no precisó cómo afectará la reforma a entidades de bien público, como clubes y parroquias, ni comprometió la ejecución de nuevas obras de infraestructura vinculadas al acceso al gas. Además, el monto final del subsidio no será fijado por ley, sino ajustado por el Poder Ejecutivo.
De esta manera, en caso de aprobarse la reforma, solo se subsidiará el consumo de gas efectivo en sectores identificados como vulnerables y localizados geográficamente en zonas de clima severo.
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ECONOMIA
Estas familias cobrarán dos pagos extra de ANSES en junio por más de $90.000

Se trata del Complemento Leche y del diferencial por el aumento de la Tarjeta Alimentar, que llegarán de manera automática a las cuentas
20/05/2026 – 11:43hs
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) activará en junio dos pagos adicionales para titulares de asignaciones sociales, beneficios que se acreditarán automáticamente y sin necesidad de realizar trámites.
Se trata del Complemento Leche y del diferencial correspondiente al aumento de la Tarjeta Alimentar, dos adicionales que comenzarán a pagarse junto con las prestaciones habituales entre el 8 y el 22 de junio.
Según pudo saber iProfesional, las asignaciones familiares tendrán además un incremento del 2,6%, porcentaje que surge de la actualización mensual por inflación correspondiente al IPC de abril.
El aumento alcanza a la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo y las asignaciones familiares del sistema SUAF, aunque estos beneficios no incluyen aguinaldo.
Cuáles son los dos pagos adicionales de junio
El primero de los adicionales es el Complemento Leche del Plan de los Mil Días, destinado a titulares de AUH con hijos de hasta 3 años y a embarazadas desde el tercer mes de gestación.
El monto actualizado será de $54.675 por cada hijo o embarazo alcanzado por el programa y se deposita automáticamente por cruce de datos, sin inscripción previa.
El segundo pago adicional corresponde al aumento del 38% de la Tarjeta Alimentar, actualización que el Gobierno decidió aplicar tras dos años sin modificaciones en ese beneficio.
Qué montos extra cobrarán las familias
Los importes adicionales que recibirán los beneficiarios en junio son los siguientes:
- Complemento Leche: $54.675 por hijo de hasta 3 años
- Embarazadas desde el tercer mes también acceden al adicional
- Tarjeta Alimentar: diferencia cercana a $20.000 para familias con un hijo
- Hogares con dos hijos: recibirán alrededor de $30.000 extra
- Familias con tres hijos o más: cobrarán unos $40.000 adicionales
Todos los pagos se acreditan automáticamente y sin trámite Tanto la Tarjeta Alimentar como el Complemento Leche se acreditarán junto con la AUH y la Asignación por Embarazo dentro del calendario habitual de pagos previsto para junio.
AUH: ¿cómo quedan los nuevos montos que regirán desde junio de 2026, tras la suba confirmada?
Las prestaciones sociales de ANSES, como la Asignación Universal por Hijo (AUH), tendrán en junio de 2026 una actualización del 2,6%, en sintonía con el índice de inflación registrado en abril. El incremento también alcanzará a las jubilaciones, de acuerdo con el esquema de movilidad vigente implementado durante la gestión de Javier Milei.
Con la actualización de junio, la AUH pasará a $144.562 por mes. Sin embargo, una parte de ese monto se retiene un 20% hasta la presentación de la documentación escolar y sanitaria, por lo que el pago efectivo será de aproximadamente $115.650. En el caso de la AUH por discapacidad, el valor ascenderá a $472.095.
Para conocer fecha y lugar de cobro, los titulares deben ingresar al portal de ANSES on su CUIL y Clave de la Seguridad Social.
Quiénes pueden acceder a la AUH
Este beneficio está destinado a madres, padres o tutores de niños menores de 18 años en situaciones de informalidad laboral, desempleo o empleo en el servicio doméstico. En casos de discapacidad, no rige el límite de edad.
La AUH es una prestación mensual que paga la ANSES y está sujeta al cumplimiento de requisitos vinculados a educación y salud.
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