POLITICA
Anulan el fallo que consideró inocentes a los interventores kirchneristas del Incaa

La Cámara Federal de Casación Penal anuló las absoluciones de dos exdirectores del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa) y de dos productores audiovisuales y mandó a dictar un nuevo fallo tras el juicio en el que fueron juzgados por defraudación.
En el proceso se investiga el manejo del Fondo de Fomento Cinematográfico en el período 2002-2013.
Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, hicieron lugar al recurso de casación del fiscal y ordenaron dictar un nuevo fallo.
El Tribunal Oral Federal N.º 2 había absuelto a los exdirectores del Incaa Liliana Mazure y Jorge Alvarez y a Fernando Rubén Sokolowicz y Pablo Luis Rovito, acusados del delito de defraudación en perjuicio de la administración pública.
El juicio estuvo a cargo de los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Néstor Costabel. Comenzó el 3 de junio de 2025 y culminó el 14 de octubre de ese año. Habían sido procesados hace 18 años por el juez Claudio Bonadio.
Ahora, la Casación revocó las absoluciones y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.
La causa se inició a raíz de una denuncia anónima en el año 2007. A lo largo del proceso estuvieron imputados distintos funcionarios públicos y productores audiovisuales y, finalmente, la fiscalía elevó a juicio a los tres presidentes que se sucedieron al frente del Incaa durante el período 2002-2013 (el primero, Jorge Coscia, falleció antes del comienzo del debate) y a tres productores audiovisuales.
Dos de ellos habían intervenido en una producción audiovisual alcanzada por la imputación (Fernando Rubén Sokolowicz y Pablo Luis Rovito) y el restante, Alejandro Juan Tossenberger, en otra. Este último fue absuelto por falta de acusación fiscal al cierre del debate.
La maniobra investigada se relaciona con irregularidades en la suscripción y ejecución de convenios celebrados entre las autoridades del INCAA y distintos productores audiovisuales, en virtud de los cuales se habrían liberado indebidamente fondos del Fondo de Fomento Cinematográfico para la producción de proyectos audiovisuales.
La acusación señaló que los funcionarios que administraban los fondos no dispusieron de las medidas necesarias para comprobar la efectiva progresión de la obra cinematográfica. También se habían advertido presuntas falencias en las rendiciones de gastos que presentaron las productoras.
La fiscalía sostuvo que muchas de las producciones cinematográficas en cuestión nunca se hicieron, lo que, según la acusación, generó un perjuicio económico al Estado.
El monto total del perjuicio económico causado al INCAA en los múltiples expedientes administrativos relevados en el caso, según el alegato final del fiscal, superaría los $16.000.000.
En las películas cuestionadas vinculadas a los dos productores respecto de quienes el fiscal mantuvo la acusación, el monto involucrado es de $1.600.000, a diciembre de 2013.
En su caso, el fiscal que instruyó el caso, Gerardo Pollicita, entendió que Sokolowicz y Rovito acordaron el proyecto “La Historia de América Latina”, una serie de 63 episodios (50 capítulos más un resumen de otros 13).
Aunque los productores “percibieron la totalidad del aporte del INCAA”, que ascendió a $16.000.000, pago que se realizó durante las presidencias de Coscia y Álvarez, “solo se entregaron 18 de los 63 capítulos convenidos”, había sostenido la acusación.
La Sala IV consideró arbitrario el análisis de los hechos y el derecho efectuado por el tribunal oral y, por eso, anuló la conclusión absolutoria a la que arribó.
Sostuvo la Casación que el tribunal oral partió de una premisa equivocada para la determinación del alcance de los deberes a los cuales los presidentes del Incaa imputados en la causa debían adecuar el manejo del Fondo de Fomento Cinematográfico; y señalaron que ese error fue el que impactó en el examen de los hechos del caso.
El fallo de Casación destacó que la ley de Fomento a la Actividad Cinematográfica Nacional, que sirvió de marco a los convenios, no podía ser considerada absoluta aun cuando la aplicación de fondos se tratara de una facultad discrecional que no había sido reglamentada.
Desde esa óptica, señalaron los camaristas que el correcto abordaje del caso implicaba el examen de la razonabilidad de la actuación de los funcionarios imputados, tomando en cuenta tanto la citada ley del cine como la de Ética en el Ejercicio de la Función Pública.
El juez Hornos mencionó que, a partir de la reforma constitucional de 1994 y de la aprobación de la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, el Estado argentino se comprometió a maximizar sus esfuerzos por enaltecer deberes y obligaciones en el ejercicio de la función pública, promoviendo la probidad y la transparencia.
Y se comprometió a adoptar las medidas necesarias para establecer sistemas apropiados de contratación pública, basados en la transparencia, la competencia y criterios objetivos de adopción de decisiones, que sean eficaces, entre otras cosas, para prevenir la corrupción.
El juez Borinsky puso de resalto que los funcionarios públicos, en quienes el Estado deposita el cumplimiento y la ejecución de sus funciones en virtud del rol especial que desempeñan, son quienes mayores deberes y responsabilidades tienen hacia la sociedad y, precisamente por esa circunstancia, se reclama y espera que cumplan sus funciones con responsabilidad, ética y transparencia.
Puntualizó que el delito de defraudación agravada, en juego en el caso, puede asumir cualquiera de las modalidades de los fraudes previstos en el Código Penal, pero con la particularidad de que el sujeto pasivo de la conducta es el Estado, lo que constituye precisamente la razón de la agravante.
Por otra parte, el tribunal revisor observó que el perjuicio patrimonial también fue descartado arbitrariamente en la sentencia absolutoria.
Advirtió que no se realizó un examen integral y razonado de los peritajes contables incorporados al debate, ya que se trata de prueba técnica especialmente destinada a esclarecer la existencia o no de uno de los requisitos para la configuración del delito imputado por el Ministerio Público Fiscal.
En particular, con relación al expediente que involucra la imputación del delito a dos productores, precisaron que el tribunal oral no había explicado con fundamentos suficientes cómo los incumplimientos contractuales de su parte, que fueron admitidos por el propio sentenciante, resultaban compatibles con la afirmación de que no hubo perjuicio patrimonial.
absoluciones,Hernán Cappiello,Conforme a
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Un nuevo indicio refuerza la idea de un acuerdo con Milei por US$5 millones para promover $LIBRA

Entre los elementos recuperados del teléfono del lobista Mauricio Novelli surgió una imagen con un texto borroso en el que, días antes del lanzamiento de la moneda $LIBRA, se describía un presunto acuerdo de 5 millones de dólares para condicionar la actuación del presidente Javier Milei en redes.
Un análisis técnico de aquella imagen, ordenado en abril por el fiscal Eduardo Taiano, determinó ahora que Novelli interactuó con aquel texto en una nota de su celular. Se trata de un nuevo indicio que refuerza la idea de un acuerdo con el presidente Javier Milei en la promoción de la moneda.
“Se confirma que el contenido textual estuvo presente en la aplicación Apple Notes del dispositivo y que el usuario interactuó con dicha nota –mediante apertura, edición o modificación– en los momentos registrados”, dice el informe judicial, que ya fue incorporado a la causa.
Sobre Novelli pesa la sospecha de haber oficiado de nexo entre Hayden Mark Davis, creador de la moneda $LIBRA, que acabó sospechada de estafa, y el presidente Javier Milei, que la promocionó en su cuenta de X.
El texto dentro de la imagen hallada en su teléfono, generada el 11 de febrero de 2025 —tres días antes del lanzamiento del activo—, describe las características de un presunto acuerdo monetario con Davis.
“Hola amigos, este es el acuerdo final discutido con H.“ dice la cabeza del texto, que continúa: “$1,5 M de tokens líquidos o cash como adelanto».
En el renglón de abajo dice: «$1,5M de tokens líquidos o cash = Milei anuncia en Twitter que su asesor es Hayden Davis/Kelsier/la familia Davis». Y por último: «$2M en tokens o cash = contrato firmado en persona con Milei por asesoría en blockchain/AI para el gobierno argentino y/o Javier Milei y revisión con Javier y Karina“.
De acuerdo con el nuevo informe de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (Datip), la actividad del teléfono de Novelli indica que la imagen se generó de manera espontánea por el mismo sistema operativo cuando el usuario mantenía abierta y en primer plano la aplicación “Notas” del celular.
“Esta correlación permite inferir —señalan los expertos de la Datip— que las imágenes son generadas automáticamente por el sistema producto de la interacción del usuario con la aplicación de Notas en ese preciso momento”.
Los peritos destacaron también que “no existe evidencia técnica que permita confirmar que estas imágenes específicas hayan sido efectivamente remitidas o recibidas por los canales de comunicación analizados”, en referencia a WhatsApp, Facebook Messenger y otras plataformas.
Es uno de los puntos que el fiscal Taiano buscaba esclarecer sobre la imagen.
La información de la foto analizada por la Justicia hace juego con varios eventos que rodearon al lanzamiento del activo.
Los US$ 5 millones coinciden, por caso, con el monto total que Hayden Davis comenzó a mover desde sus cuentas virtuales el 30 de enero, día en el que el empresario se reunió con Milei y Novelli y el Presidente anunció en redes que el estadounidense lo estaba “asesorando” en temas de blockchain y criptoactivos.
Está probado por la Justicia que parte del dinero que Davis movió aquel día acabó su recorrido en cuentas virtuales que manejaban Novelli y Terrones Godoy. Se desconoce, en cambio, el destino de otra parte de ese dinero. Por ejemplo, ese 30 de enero un jubilado argentino recibió de Davis más de un millón de dólares virtuales, apenas 42 minutos después de que el presidente Milei hiciera el comunicado en X junto a Davis. El jubilado lo giró rápidamente a una tercera cuenta, cuyo propietario se desconoce.
También se desconoce a quién le giró Davis 499 mil dólares virtuales en el momento exacto en que comenzaba su reunión con el Presidente, a las 14 horas.
Otro capítulo en la trama $LIBRA son los 100 millones de dólares que Hayden Davis admitió tener bajo su control, como resultado de haber retirado los fondos del proyecto el mismo día de su lanzamiento, lo que precipitó el derrumbe de la moneda.
En una entrevista concedida a un influencer norteamericano, en la que calificó al proyecto $LIBRA como un “plan que salió miserablemente mal”, Davis justificó el retiro de los fondos al asegurar haber detectado a usuarios desconocidos haciendo compras masivas de la moneda segundos después del tuit de Milei.
Mencionó que su idea original era volver a inyectar ese dinero cuando Milei respaldara, una vez más, el proyecto en sus redes sociales. Eso se frustró, dijo Davis, cuando el Presidente borró su tuit y se distanció del proyecto.
En esa misma entrevista, Davis sostuvo que los involucrados en el proyecto eran “Mauricio” y “Manuel” del Tech Forum, en referencia a Novelli y Manuel Terrones Godoy, el otro protagonista local del lanzamiento.
Tras el colapso, el Presidente sostuvo que había actuado de buena fe y que no estaba al tanto de los pormenores del proyecto.
presunto acuerdo de 5 millones de dólares,un jubilado argentino,Federico González del Solar,Conforme a
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El Gobierno sancionó a la Superliga y la intimó a entregar documentación en 10 días

El Gobierno apercibió a la Superliga Profesional del Fútbol Argentino y la intimó a entregar documentación en un plazo de 10 días hábiles administrativos. La medida fue dictada por la Inspección General de Justicia el 20 de mayo, en el marco de la veeduría informativa dispuesta por el Ministerio de Justicia para revisar documentación societaria, contable y financiera vinculada al funcionamiento de la entidad.
La sanción es leve en términos jurídicos: se trata de un apercibimiento con publicación íntegra a cargo de la Superliga en un diario de mayor circulación nacional, no de una multa ni de una intervención. Sin embargo, el movimiento no es menor en términos administrativos y políticos, porque la IGJ dejó asentado que la entidad incumplió el requerimiento de los veedores y dificultó las tareas de fiscalización.
La resolución, firmada por el inspector general Alejandro Ramírez, ordena además que la Superliga permita el acceso a la documentación requerida por el veedor designado. El organismo advirtió que, si la entidad no cumple dentro del nuevo plazo, podrá avanzar con sanciones mayores. En el oficialismo leen ese punto como la base para sostener una escalada administrativa si persiste la falta de colaboración.
La decisión se da mientras el Ejecutivo mantiene en pausa nuevos pasos contra la AFA, a la espera de una definición de la Justicia civil. En Nación sostienen que la entidad que conduce Claudio Tapia presentó una apelación contra la veeduría y que el recurso fue concedido por la Cámara, por lo que prefieren aguardar ese pronunciamiento antes de avanzar con apercibimientos o medidas compulsivas.
El escenario de la Superliga es distinto. Según consta en la resolución, el veedor Diego Coste se presentó el 7 de mayo en la sede social inscripta de la entidad, ubicada en Olga Cossettini 771, piso 4, en la Ciudad de Buenos Aires. Allí fue recibido por la abogada Candelaria Moirano, quien no permitió la compulsa de la documentación e información requerida.
En esa visita, Coste dejó un requerimiento formal y otorgó un plazo de cinco días hábiles para que la entidad aportara la información en soporte digital o indicara la modalidad en que sería entregada. La IGJ sostuvo que, vencido ese plazo, no había constancia de contestación ni pedido de ampliación. Por eso consideró acreditado el incumplimiento del requerimiento y avanzó con el apercibimiento.
La veeduría fue dispuesta por la Resolución Ministerial 188/2026 por un plazo de 180 días hábiles. El expediente se inició para relevar documentación presentada por la Superliga ante la falta de contestación de vistas vinculadas con los balances correspondientes a los ejercicios económicos 2020 a 2024. La IGJ también busca compulsar decisiones económicas y financieras adoptadas por sus órganos sociales en relación con la AFA y verificar posibles inconsistencias entre el objeto social de la entidad y la actividad efectivamente desplegada.
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La resolución también explicita el alcance de la tarea del veedor. Entre los objetivos figuran analizar estados contables y financieros de 2017 a 2025, con apertura amplia de cuentas y partidas, identificar actos que pudieran implicar violaciones a la ley, al estatuto o a los reglamentos de la entidad, y recabar cualquier otra información necesaria para el ejercicio del control estatal. Ese punto muestra que la ofensiva no se limita al último balance, sino que apunta a reconstruir el funcionamiento económico de la Superliga en relación con el fútbol argentino.
En el Ministerio de Justicia distinguen ese expediente del frente abierto con la AFA. La conducción de Tapia viene resistiendo la veeduría y mantiene judicializada la discusión sobre las facultades de control del Gobierno nacional. La Casa Rosada busca evitar una medida que pueda ser objetada por prematura mientras la Cámara Civil no se pronuncie, pero al mismo tiempo sostiene la presión sobre el costado documental de la investigación.
La Ley 22.315 habilita a la IGJ a sancionar a asociaciones civiles, fundaciones y entidades que no provean información, entreguen datos falsos, infrinjan obligaciones legales o estatutarias, o dificulten el ejercicio de las funciones de fiscalización del organismo. El esquema sancionatorio incluye apercibimientos, publicación a cargo del infractor y multas.
Gobierno, Superliga
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Cuadernos: Las defensas de los empresarios analizan denunciar a Stornelli tras la declaración del encargado

Un grupo de abogados de los empresarios acusados de pagar sobornos en la causa de los cuadernos de las coimas analiza denunciar al fiscal federal Carlos Stornelli, que llevó adelante la investigación del caso, con el argumento de que supuestamente presionó a los testigos.
La decisión surgió tras la declaración del portero del edificio de Cristina Kirchner, Julio César Silva, en la que se retractó de sus afirmaciones anteriores cuando había contado haber visto el ingreso de bolsos, supuestamente con dinero, al inmueble de Juncal y Uruguay. Ahora declaró que no había visto bolsos.
Silva había sido ofrecido por la fiscalía para corroborar el ingreso de los conocidos bolsos con dinero a ese domicilio, pero cuando lo interrogó el juez Germán Castelli dijo que no fue así y que había cometido un delito al declarar cosas que no eran ciertas.
Silva dijo que cuando se allanó el departamento, alrededor de las 18.30, el oficial a cargo del operativo se comunicó telefónicamente con el juez Claudio Bonadio y le informó que el procedimiento no había arrojado resultados positivos para la investigación.
Según el testigo, escuchó que Bonadio le respondía que el allanamiento no debía finalizar hasta tanto se encontraran elementos de valor para la causa.
Ante las preguntas del tribunal sobre cómo había podido oír al juez, Silva explicó que se encontraba junto al oficial que hablaba con Bonadio y que la conversación resultaba audible.
El allanamiento recién concluyó a las 00:30, con el secuestro de unos cuadros que había en el inmueble.
Luego, Castelli le consultó si había visto a Daniel Muñoz, secretario de Cristina Kirchner, ingresar al inmueble con bolsos.
El testigo respondió que pocas veces. El vocal solicitó entonces que se le exhibiera la declaración testimonial que Silva había prestado en 2018 ante el juzgado de Bonadio, en la que afirmaba algo distinto.
Finalmente, el testigo sostuvo que no había leído aquella declaración y que su contenido no era cierto. Explicó que no leyó lo que estaba escrito y que se sintió incómodo. Recordó que los funcionarios le recordaban que tenía dos hijas y que terminó firmando la declaración sin leerla.
“Cometí un delito y lo acepto. Firmé, pero no estaba de acuerdo. Ni lo leí”, aseguró Silva. “Eso de que venían con bolsos y valijas, eso yo no lo dije”, afirmó ante las preguntas puntuales que le formuló el juez Germán Castelli.
En su declaración de 2018, que fue exhibida, el encargado había dicho: “Él [por Muñoz, el secretario de Néstor Kirchner] venía solo. Nunca lo vi con Kirchner. Entre 2007 y 2010, Muñoz venía con personas y he visto movimientos de bolsos y valijas con una frecuencia semanal o a veces de 15 días, pero no puedo precisar cuántas veces”.
Ahora se retractó. Dos hijas del encargado, gracias a la intervención del secretario de Cristina Kirchner, trabajaron en el Ministerio de Planificación. Una de ellas lo hizo hasta que asumió Mauricio Macri, en 2015, según reconoció el propio encargado; la otra recaló en el Incaa de Colón, Entre Ríos.
Como un contraataque para debilitar la acusación, un grupo de abogados que representa tanto a empresarios como a exfuncionarios kirchneristas está ahora evaluando presentar una denuncia ante la justicia, según dijeron sus allegados.
El objeto de esa presentación sería investigar a los funcionarios del Poder Judicial intervinientes y al fiscal Stornelli.
Sostienen los abogados que quieren hacer extensiva la denuncia a otros hechos que consideran irregulares ya rechazados por el tribunal oral, la Casación y la Corte.
acusados de pagar sobornos,Hernán Cappiello,Conforme a
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