POLITICA
Guerra de facciones sin respiro

La guerra de facciones que agita al gobierno de Javier Milei es tan vertiginosa que no da respiro para festejar triunfos propios o derrotas ajenas. Santiago Caputo, el “Mago del Kremlin”, podría solazarse en estas horas con la crisis política que desató su rival, Karina Milei, al pretender retirar del Senado el pliego de la candidata a camarista María Verónica Michelli, con el perverso argumento de que es cuñada del periodista Hugo Alconada Mon.
“El Mago” no había llegado a descorchar una botella cuando estalló un incendio en su sala de máquinas. Ese incendio se llama Facundo Leal. Es el extitular de la agencia de control de los aeropuertos, ORSNA. También el empleado de planta de la empresa de telecomunicaciones Arsat, en cuyo directorio se sienta en calidad de representante del sindicato telefónico. Leal fue, en la gestión de Alberto Fernández, presidente de Arsat.
Los padecimientos libertarios comenzaron cuando el juez Lino Mirabelli y el fiscal Fernando Domínguez, de San Isidro, pusieron bajo la lupa a Gerardo Boschin por el robo de material tecnológico en un depósito contratado por Arsat en San Fernando. Mientras ocurrían los hechos, Boschin era subgerente de contrataciones y compras de la compañía. Después fue presidente de la empresa Trenes Argentinos. Pero siguió figurando como subgerente de Arsat hasta el lunes pasado. Parecería ser un funcionario apreciado por sus superiores.
En esa línea de investigación se allanaron dos propiedades de Leal. Un departamento en el barrio porteño de Palermo y una casa en Mendoza. En esos domicilios se encontró dinero en efectivo por alrededor de 2,4 millones de dólares; varios tipos de droga: cocaína, ketamina y éxtasis; una balanza que se usaría para pesar drogas; y 19 aparatos electrónicos de los que se utilizan en las prácticas de espionaje.
La continuidad de Leal entre los gobiernos de Fernández, cuando presidió Arsat, y de Milei, cuando presidió el ORSNA, genera preocupaciones transversales. Esa permanencia deriva de un método: Santiago Caputo resolvió adquirir llave en mano planteles enteros de la gestión anterior, casi siempre ligados a Sergio Massa. A pesar de sus vicios. O a raíz de sus vicios.
Bajo Fernández, Leal reportaba a Massa. Mas aún, cuando terminó la gestión peronista y los empresarios del sector le preguntaban por su eventual continuidad, él contestaba: “Voy a estar donde me diga Sergio”. Esa lealtad de Leal se debe a su antiguo vínculo con los mendocinos José Luis Manzano y Daniel Vila, del entorno más cercano a Massa. Estas complicidades se desplegaban casi siempre en las noches de “Roldán”. Massa, que ya tenía bastantes disgustos con las fechorías de sus amigos Pablo Toviggino y Javier Faroni, en la AFA, ahora tiene que soportar los sobresaltos que llegan desde las telecomunicaciones.
En los últimos tiempos, Leal se había convertido en la sombra de otro mendocino allegado a Vila: el ex secretario de Transportes Luis Pierrini. En esta nueva especialidad habría adquirido otra dependencia: la de Leonardo Scatturice. Muy relacionado con el entorno de Donald Trump, este empresario es el dueño de la accidentada Flybondi y también contratista de Trenes Argentinos para el tendido de fibra óptica en las estaciones ferroviarias.
Scatturice tiene una relación estrechísima con el “Mago” Caputo, gracias a quien una de sus compañías, Tactic Global, consiguió un contrato con la SIDE para realizar actividades de lobbying. Es la consultora en la que presta servicios el supuesto amigo de Trump, Barry Bennett, quien dejó de visitar Buenos Aires con la frecuencia de otros tiempos. Ahora prefiere Asunción del Paraguay, donde Scatturice está más enfocado. La contratación de Tactic Global fue motivo de una denuncia de la dirigente liberal María Eugenia Talerico, que investiga la jueza Eugenia Capuchetti. El principal señalado es el extitular de la SIDE Sergio Neiffert, por violación de la ley de Inteligencia.
Estas relaciones acentúan los interrogantes sobre la conducta de Leal. Su departamento de Palermo tenía todo el aspecto de haber funcionado como una “cueva” de Inteligencia. Sobre todo por los dispositivos electrónicos y el dinero en efectivo. Estos datos justifican algunas preguntas que se hacen quienes conocen de cerca este entramado. ¿Es verdad que Leal tenía una subordinación informal con el área de Contrainteligencia de la SIDE, donde opera “la voz sentimental de Buenos Aires”? ¿Los aparatos en su poder formaban parte del misterioso equipaje de Laura Belén Arrieta? Es la empleada de varias empresas de Scatturice que llegó como única pasajera de un vuelo que no fue inspeccionado por la Aduana. Es por esa irregularidad que se multiplican las especulaciones.
El vuelo se realizó en un avión del poderoso empresario radicado en Miami y la inspección pudo evitarse gracias a una orden informal que recibió una agente aduanera a través del teléfono de Arrieta. A pesar del paso de los meses, el juez Pablo Yadarola sigue con dificultades para identificar cuál fue el celular con el que se conectaron Arrieta y la funcionaria. Ahora se abriría otra posibilidad para desentrañar el acertijo. Si es verdad que intervino Leal, su teléfono tal vez registra la llamada recibida. Aunque aquí se presenta otro inconveniente: Leal no entregó la clave para que revisen su celular. Un alivio para una gran legión de poderosos que en estas horas se muestran aterrados. Porque, aunque se logre mantener bloqueado el teléfono, no es tan fácil bloquear la lengua del funcionario, que a la ansiedad por el trance que atraviesa agrega la de la abstinencia en el consumo de esas sustancias que atesoraba. “Pusimos la vara muy alta”, dijo el jefe de Gabinete, Manuel Adorni.
El calvario de Leal tiene desvelados a autoridades y empresarios de telecomunicaciones, pero también al sector de la construcción aeroportuaria. Habría testimonios de que su paso por el ORSNA coincidió con pedidos se sobornos a compañías que realizaban obras en estaciones aéreas. Todas las versiones señalan a un ingeniero civil, Juan Alberto Sosa, quien prestaría servicios como asesor del ORSNA con rango equivalente al de gerente. Sosa realizaría sus riesgosas manualidades a la vista de innumerables pasajeros de aeroparque en la confitería “Tostado”. Imprudencias del exhibicionismo.
Es una ironía que Las Fuerzas del Cielo, que lidera el “Mago” Caputo, encuentren su tormento en el sector de la aeronavegación. La carga del desasosiego se deposita en las espaldas de la sucesora de Leal en el ORSNA, la intrépida Noelia Ruiz, autodenominada “la killer de Santi”. Por Caputo. Antigua colaboradora del opulento Federico Salvai y de Cristian Ritondo durante la gestión de María Eugenia Vidal, Ruiz fue designada en Arsat pero se dedicó durante meses a borrar cualquier rastro de las investigaciones que se habían ordenado, desde el Ministerio de Economía, sobre el fideicomiso del régimen de protección de Tierra del Fuego en el que operaban Rubén Cherñajovsky, socio hoy de Salvai, y Nicolás Caputo, tío del “Mago”.
Desde allí pasó al ORSNA, cargo que, en medio del escándalo Leal, le roba horas de sueño. Sin ir más lejos, el día en que se allanó la casa del funcionario en Mendoza “la killer” habría viajado por tierra a esa provincia. Seguro que fue una simple coincidencia. Pero la Ley de Murphy es implacable.
Era imprescindible, en especial para el “Mago” Caputo, que la gran extensión que cubren Arsat, Trenes y Privatizaciones no estuviera sometida a un terremoto como el de estos días. En especial porque se estaba planificando la privatización de Arsat, que ya casi tenía dueño. Ahora la curiosidad es retroactiva. Por ejemplo, en el mundo de las telecomunicaciones circula la información sobre los giros multimillonarios que se habrían realizado desde el Enacom, el ente que controla las comunicaciones, hacia Arsat, con la excusa de financiar tendidos de fibra óptica con el Fondo del Servicio Universal. Es la caja destinada a subsidiar esas instalaciones en zonas que no atraen al mercado. ¿Es verdad que durante la gestión del massista Claudio Ambrosini en el Enacom y de Leal en la Arsat se crearon innumerables empresas para apropiarse de esos recursos? ¿Es cierto que muchas fueron puestas en manos de punteros bonaerenses para financiar estructuras dentro del PJ? Hay quien jura tener la lista y los montos. Habladurías.
La situación penal de Leal fue confiada a Marcelo Rochetti. Este penalista tiene derecho a repetir la humorada de uno de sus más lúcidos colegas cuando dice: “Mi estudio se precia de jamás haber defendido a un inocente”. Rochetti patrocinó, entre otros, al célebre barrabrava “Rafa” Di Zeo. Fue por eso que debió renunciar a la jefatura de Gabinete de Ritondo en el Ministerio de Seguridad bonaerense de la gestión Vidal, después de una denuncia de Elisa Carrió. La razón por la que el logorreico Leal quedó a cargo de Rochetti es sencilla: Rochetti es el alter ego de Ritondo, Ritondo es un satélite de Manzano, y Manzano es el padrino empresarial de Leal.
Para que el blindaje tenga un seguro adicional, Ritondo es un aliado sistemático del “Mago” Caputo. Bennett fue testigo de esa amistad en las oficinas de Scatturice. La alianza Caputo/Ritondo desata paranoias en el entorno de la señorita Milei. Porque Rochetti defiende también a Toviggino. Es decir, defiende al presunto dueño de la plataforma desde la que se divulgaron los tórridos audios de Diego Spagnuolo, que hablan de que la hermana del Presidente y los Menem cobraban coimas del 3% para asignar negocios en el área de Discapacidad. 3%: una limosna al lado de lo que movía Leal. Habrá que ver si el funcionario detenido, además de contar con la pericia de Rochetti, se beneficia también con una supuesta propensión a la clemencia del juez Mirabelli. Se ganó esa fama cuando examinó con infinita misericordia aquel brindis “de mi querida Fabiola que nunca debió realizarse”.
Las sospechas que despierta la camaradería del “Mago” con Ritondo van más allá de esas expansiones de Spagnuolo. La jueza Capuchetti está a cargo de una denuncia del diputado Rodolfo Tailhade contra Adorni por los servicios domésticos que su custodia policial habría prestado a su esposa Bettina Angeletti, otra célebre aeronavegante. Ritondo tiene una antigua relación con Capuchetti, heredada de una amistad con el padre de la magistrada. La señorita Milei teme que los Adorni caigan en el abismo de esa afinidad. Es decir, que Ritondo trabaje para el “Mago” castigando a Bettina y a Manuel. Pero Ritondo esta vez no la tiene tan fácil. Desde el lado de Karina Milei presiona la controvertida Silvia Majdalani, unida a Pilar Ramírez y Darío Wasserman a través de un amigo común: el ecuménico Daniel Angelici. Ritondo vs Majdalani. “Pochoclo”, diría “Pepe” Albistur, otro viejo conocido de Leal. Conclusión: Capuchetti está tupacamarizada en estas horas por la feroz guerra libertaria.
El mundo del fútbol atraviesa todo el mapa del poder. El simpatiquísimo “Turco” Alejandro Calián, compañero de correrías de De Paul, acompañó al mediocampista del Inter Miami en infinitas travesías, casi siempre en el avión que se imputa a Toviggino y que pilotea ese gran administrador de silencios que es Gustavo Carmona. “El Turco” sería quien se encargó de trasladar hasta Buenos Aires una millonada de dólares obtenida por los capitostes de la AFA de la reventa de entradas del mundial de Qatar.
Además, Calián se precia entre sus amigos de haber acumulado 25 millones de dólares en muy pocos meses uniendo puntas entre el universo del lavado de dinero y las financieras de personajes como Elías Piccirillo o Ariel Vallejo. Por esas travesuras María Servini y Ariel Lijo allanaron sus oficinas y su departamento. “Es raro, porque él no tiene ni el DNI a su nombre”, comentó su biógrafo. “El Turco” estuvo seis meses a la sombra por un negocio de importación fraudulenta de motos Harley Davidson. Sus compinches dicen que sueña con volver a los sótanos de la Aduana y que creyó encontrar la puerta en Scatturice, que también es sponsor de Gimnasia y Esgrima La Plata. Seguro compró la fantasía de que el empresario, que recomendó como jefe de ARCA a Andrés Vázquez, podría ser cómplice de esas picardías.
Las relaciones con el subsuelo del fútbol contaminan todos los rincones de la vida pública y comprometen también al sector judicial. En la actualidad hay un ejemplo sobresaliente y es el que ofrecen los Mahiques. Juan Bautista, el ministro de Justicia, tuvo responsabilidades en la FIFA por delegación de Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino, a quien llama, con cariño, “Tovi”. Su padre, el camarista de Casación Carlos Mahiques, fue señalado por muchos testigos por haber festejado su cumpleaños en la ostentosa mansión que se atribuye a Toviggino en la localidad de Villa Rosa.
Ayer el camarista volvió a abrazar su hobby de legendario “Boxindanga”, se calzó los guantes, y redactó una insólita carta a Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara que integra. Allí Mahiques solicita que el máximo tribunal penal del país reflexione sobre las relaciones entre el periodismo y la Justicia para garantizar que la libertad de expresión quede limitada a las coberturas que son “rectas y objetivas”. No indica quién determinaría que se cumplen esas condiciones tan vidriosas. Mahiques se queja de que el periodismo informe sobre la vida de los jueces, que los retrate con sentido crítico o con ironía, y pide que se establezcan sanciones para evitar que se dañe la imagen del Poder Judicial.
La presentación de Mahiques ofrece innumerables curiosidades. Para empezar por las más superficiales, llama la atención que utilice las comillas para enfatizar algunos conceptos. Con sólo apelar al chat GPT se podría evitar ese desagradable error estilístico. Minucias. Hay peculiaridades más sustantivas en el texto. Por ejemplo, no se entiende por qué esa garantía de censura que pretende para los funcionarios judiciales no la extiende a otros servidores del Estado que trabajan en el Poder Ejecutivo o en el Legislativo. Tampoco queda claro por qué agrede a los ministros de la Corte reclamando la creación de una oficina de prensa que comunique con profesionalismo las noticias judiciales. Esa dependencia ya existe y es la Dirección de Comunicación de la Corte, a cargo de Ariel Neuman, que ha mejorado muchísimo la relación entre los tribunales y la prensa.
En su nota, Mahiques también propone que se elabore un código para reglamentar la ética de los jueces. En este caso, tampoco se entiende por qué el juez es tan peyorativo con el Consejo de la Magistratura, que integra Barroetaveña en representación de sus pares, y que es el encargado de esa regulación con procedimientos específicos.
El legendario “Boxindanga” pretende, además, que haya algún tipo de amonestación para los funcionarios judiciales que suministran informaciones a los periodistas. Por ahí comienza a mostrar la hilacha de su drama. El enemigo no sería la prensa, sino los jueces que Mahiques tiene del otro lado del pasillo. Con ese reclamo desnuda la encarnizada pelea que divide a la corporación de Comodoro Py, de la que él forma parte, con enfrentamientos históricos que involucran a la misma Cámara de Casación.
Más allá de sus inconsistencias conceptuales y operativas, la solicitud de Mahiques sorprende por su falta de ductilidad política. Ese déficit llama en serio la atención porque de este camarista pueden discutirse su solidez teórica o su moralidad profesional, pero es indudable su pericia para navegar en el poder. A tal punto que ocupa su cargo como producto de un traslado y ha logrado que no se cuestione esa situación, que es más visible que la de Leopoldo Bruglia o la de Pablo Bertuzzi, ya que él ni siquiera procede del fuero federal.
Es notable que Mahíques decida abrir un cuestionamiento por momentos insultante al trabajo de la prensa cuando su hijo Juan Bautista es ministro de un gobierno que se propone odiar al periodismo más de lo que ya lo odia. Más torpe todavía resulta que lo haga en el exacto momento en que ese hijo debe guardar un silencio vergonzoso, después de haber recomendado al Presidente enviar al Senado el pliego de una profesional, María Verónica Michelli, que ve cómo ahora la discriminan por ser pariente de un periodista que ejerce su oficio con ejemplar independencia. Ser cuñada de un periodista es una incompatibilidad para ejercer la magistratura. ¿Y ser padre de un ministro? No hacía falta que los Mahiques siguieran ilustrando con actitudes novedosas el poco aprecio que tienen por la libertad de expresión. Condolencias para Juan Bautista, que retrocede 20 casilleros en su carrera hacia la Procuración General de la Nación.
Pero lo más increíble de la falta de astucia de Mahiques es que pretenda abrir un debate sobre las relaciones entre los jueces y el periodismo desde una butaca del avión que lo llevó a Lago Escondido. Como se demostró en la audiencia del Senado en la que le prorrogaron su cargo en la Justicia, si hay una materia sobre la que sería mejor que este magistrado guarde silencio es aquella sobre la que quiere discutir. Como dirían los grandes penalistas, con su carta “Mahiques volvió al lugar del crimen”. Eterno Freud.
Carlos Pagni,Justicia Federal,SIDE,Mendoza,Conforme a,Justicia Federal,,Revés para el Gobierno. Un juez frenó el cierre de una unidad del INTA y suspendió la venta de inmuebles,,Involucrado en el AFAgate. Quién es Carlos Mahiques, el juez que denunció “persecución mediática”,,$LIBRA. La oposición le pide al jefe de los fiscales que gire los fondos para reanudar la investigación
POLITICA
El Programa de Ciudadanía por Inversión es contrario a la Constitución

El art. 20 de la Constitución argentina establece que las personas extranjeras, para obtener la ciudadanía, deben residir dos años de forma continua en el territorio nacional, salvo que dicho plazo se acorte cuando quien la solicite alegue y pruebe ciertos servicios prestados a la República Argentina.
En 1869 se sancionó la ley de ciudadanía (ley 346), que estableció como requisito de acceso a la ciudadanía, además de los dos años de residencia, la acreditación de alguno de los servicios allí previstos, entre los que se encontraban -entre otros- haber desempeñado con honradez algún empleo para la Nación o las provincias, establecido en el país una nueva industria, introducido una invención útil o ejercido el profesorado en el campo de la educación o la industria. También dispuso que la petición de ciudadanía debía tramitarse ante el juez federal competente con el contralor del Ministerio Público Fiscal.
El modelo constitucional argentino en torno a la ciudadanía por naturalización y su correspondiente reglamentación legal no contemplaron como un “servicio prestado” al país la mera “compra de ciudadanía” mediante una inversión ni la sola acreditación de una determinada capacidad patrimonial. Los servicios exigidos remiten a aportes efectivamente realizados y no a la mera disponibilidad de recursos económicos. De este modo, aun cuando algunos de esos servicios pudieran requerir la utilización de capital, la inversión constituía, en todo caso, el instrumento mediante el cual se materializaba una contribución al país y no el servicio mismo. Sustituir esa lógica por un sistema en el cual la capacidad económica opera directamente como título habilitante supone modificar cualitativamente el concepto histórico de la naturalización: se pasa de una ciudadanía asentada en la residencia y en la vinculación efectiva con la sociedad argentina a otra en la que el patrimonio puede convertirse, por sí solo, en una vía de acceso al vínculo jurídico-político que exige la ciudadanía.
A esto se agrega que, si la persona extranjera que “compra la ciudadanía” tiene una posición privilegiada en cuanto a la obtención de la misma respecto de otras personas extranjeras, entonces, también se afecta el derecho a la no discriminación con motivo de la posición económica. Una distinción de esta naturaleza exige una justificación objetiva, razonable y proporcional particularmente consistente, pues de lo contrario la ciudadanía deja de organizarse sobre condiciones vinculadas con la residencia, la integración o los servicios prestados al país para quedar parcialmente estratificada según la capacidad de pago. El resultado es una suerte de ciudadanía a dos velocidades: una sometida al régimen general y otra, privilegiada, disponible para quien cuenta con el patrimonio suficiente para adquirirla.
Mediante el dictado del DNU 366/2025 se sustituyeron varios artículos de la ley 346 y se estableció un nuevo régimen de ciudadanía, a través del cual las personas extranjeras que acrediten “haber realizado una inversión relevante en el país”, sin importar el plazo de residencia –cuando el resto de las personas extranjeras debe cumplir con los dos años de residencia permanente–, podrán obtener la carta de ciudadanía por naturalización, que será otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones (organismo descentralizado ubicado en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros) a través de un acto administrativo, desplazando la intervención judicial que históricamente caracterizó al procedimiento de naturalización. De los considerandos, no surge ningún argumento que justifique -tal como lo exige el art. 99.3 de la Constitución argentina- la existencia de una objetiva situación excepcional que haya impedido seguir con los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes, y por ende, cuando esto sucede, la consecuencia constitucional prevista es la nulidad absoluta e insanable del decreto de necesidad y urgencia dictado. Mucho más aún cuando la potestad de legislar sobre naturalización y nacionalidad está expresamente atribuida al Poder Legislativo en el art. 75.12 de la Constitución argentina.
En el caso “Yang, Liping” (2026), la Cámara Nacional Electoral resolvió declarar nulo el DNU 366/2025 respecto de la supresión de la competencia judicial en la concesión de la ciudadanía por naturalización. Entre sus argumentos se destaca aquel que afirma que las consideraciones expuestas por el Poder Ejecutivo Nacional “expresan razones de oportunidad, mérito o conveniencia que incumben a la decisión del Poder Legislativo, pues no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del régimen de naturalización, sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé”. Y acá surgen con toda evidencia los efectos nocivos para el sistema republicano y la interdicción de la suma del poder público que tiene la posición obturadora sostenida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la ausencia de legitimación procesal y de caso o controversia para impugnar de forma general a los decretos de necesidad y urgencia que no cumplen con los requisitos de habilitación constitucional para su dictado: como solo se puede cuestionar judicialmente a un DNU respecto de los derechos subjetivos que este afecta, por más que en una causa se compruebe que un DNU es nulo de nulidad absoluta, continúa vigente para el resto de la sociedad (aunque la nulidad constitucional establecida por los convencionales constituyentes de 1994 tenga efectos derogatorios generales y retroactivos).
A pesar de los argumentos constitucionales expuestos, el ministro de Economía acaba de anunciar la puesta en marcha del Programa de Ciudadanía por Inversión a través de dos mecanismos que consisten en realizar un aporte directo y no reembolsable al Tesoro Nacional por la suma de US$350.000 o suscribir un título público de US$800.000 creado específicamente para este Programa. También ofrece un “combo familiar”: un grupo integrado por un solicitante principal, su cónyuge y dos hijos menores, podrá solicitar la ciudadanía por US$500.000.
Cuando la ciudadanía abandona la idea de expresión de pertenencia, integración y no discriminación para ofrecerse exclusivamente a cambio de una suma de dinero, se degrada el sentido originalista de la misma. La República Argentina puede atraer inversiones o ponerle precio a un título público, pero lo que el orden constitucional claramente no permite es poner en venta la condición de ciudadano.
El autor es doctor en Derecho (UBA) y profesor de Derecho Constitucional y Derechos Humanos (UBA y UNLPam)
Andrés Gil Domínguez,LA NACION,Política
POLITICA
La Corte Suprema se reúne este viernes y podría fallar sobre la Ley de Tierras

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó para este viernes a las 9 a un Acuerdo Extraordinario para emitir un nuevo fallo sobre la Ley de Tierras que podría dejar vigente nuevamente las restricciones derogadas por el decreto del Gobierno, confirmaron fuentes judiciales a TN.
Antes de fijar la fecha, los jueces redujeron a 24 horas el plazo para que las partes presenten las impugnaciones contra la integración de los dos conjueces sorteados para el expediente y habilitó días y horas inhábiles.
El tribunal tiene para resolver un pedido de medida cautelar que, si prospera, pondría nuevamente en vigencia las restricciones a la venta de campos a extranjeros derogadas por el decreto 70/2023.
Este caso fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre los que se incluyen las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, y está vinculado con el proceso colectivo impulsado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Concretamente, los involucrados pidieron una aclaratoria, ya que su amparo colectivo fue tratado como caso conexo al del CECIM y buscan “que se precise” si el fallo produce algún efecto sobre su expediente
Para intervenir en este expediente fueron designados los conjueces Diego Barroetaveña, de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Ambos aceptaron el cargo.
Como suplentes quedaron Jorge Morán, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y Eduardo Farah, juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
En la resolución emitida este jueves por la Corte, se aclaró: “en atención a las particulares circunstancias de la causa, corresponde abreviar el plazo para que dicha integración quede consentida, el que se fija en 24 horas”. Habitualmente, el plazo es de 72 horas.
El expediente a resolver llegó después del fallo de la semana pasada, en el que la Corte revocó una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del decreto 70/2023 por el que Javier Milei derogó la ley 26.737. Los jueces consideraron que el CECIM no cuentan con legitimación activa para cuestionar la medida. El fallo de la Corte generó fuertes críticas de la oposición y la amenaza de tratar en el Congreso, en una sesión especial, la caída de todo el DNU 70/2023.
Por el revuelo que generó la decisión, la Corte emitió un comunicado donde aclaró que solo resolvió “un aspecto procesal”, con una decisión que “se ajusta estrictamente” a sus precedentes. Que no afectaba “a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales”.
“Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”, remarcó el máximo tribunal.
POLITICA
Rechazan por unanimidad el pedido de Máximo y Florencia Kirchner para suspender el decomiso de sus bienes

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la pretensión de Máximo y Florencia Kirchner de suspender el remate de sus bienes para ejecutar la condena de la causa Vialidad, donde su madre Cristina Kirchner cumple una condena de seis años de prisión.
El remate de los bienes de la expresidenta, hasta cubrir la suma de 645 millones de dólares, depende ahora de una resolución de la Corte Suprema de Justicia, que desde hace cuatro meses tiene en sus manos el asunto.
Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña declararon inadmisibles sendos recursos de casación interpuestos por Máximo y Florencia Kirchner, y por Sebastián Sánchez, director titular de las empresas Hotesur y Los Sauces.
Los recursos cuestionaban la resolución del Tribunal Oral Federal 2 del 14 de septiembre de 2026, que había rechazado los planteos contra la ejecución de esos bienes, dispuesta el 26 de agosto último.
Máximo y Florencia Kirchner pretendían que se suspendiera el trámite del incidente de ejecución patrimonial y que se avanzara con medidas cautelares hasta que la Corte resolviera la queja vinculada con el decomiso.
Por su parte, Hotesur y Los Sauces S.A. cuestionaban que se hubiera diferido su intervención en el incidente respecto de los bienes de su titularidad.
La Sala IV consideró que los recursos eran formalmente inadmisibles porque la resolución cuestionada no era recurrible. No constituía una sentencia definitiva ni era equiparable a ella, ni impedía la continuación del trámite, dijeron los jueces. Tampoco los que reclamaban demostraron un perjuicio actual de imposible o tardía reparación posterior.
La Cámara de Casación destacó que las cuestiones planteadas no habían sido resueltas definitivamente, sino que su tratamiento fue diferido y podía ser retomado en la oportunidad procesal correspondiente. De esa manera, declaró inadmisibles los recursos y permitió que continúe el trámite de ejecución del decomiso dispuesto en la causa Vialidad, por un monto actualizado de aproximadamente 685.000 millones de pesos.
111 inmuebles
Lo que está en juego por ahora es la ejecución patrimonial de la condena y el remate virtual de los 111 inmuebles de la causa Vialidad que propusieron los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.
Hay un segundo pedido fiscal para avanzar con el decomiso de otros 141 inmuebles, 46 autos y más de US$ 5,6 millones en efectivo de Florencia Kirchner que fueron secuestrados en su caja de seguridad del Banco Galicia.
Las defensas de Cristina Kirchner y de Máximo y Florencia se opusieron a que el decomiso alcance bienes de los hijos del matrimonio presidencial -si se toma en cuenta los que generó también el fallecido Néstor Kirchner-, pues ninguno de los se encuentra entre los condenados por Vialidad.
No obstante, el Tribunal Oral Federal 2 y la Cámara Federal de Casación —en un voto dividido— rechazaron ese planteo al entender que los fondos eran parte del objeto del delito, por más que hubieran sido heredados luego por los hijos de Néstor y Cristina Kirchner. Ese fallo es el que fue cuestionado ante la Corte Suprema de Justicia.
El Tribunal Oral Federal 2 no puede ejecutar el decomiso de 111 inmuebles hasta que la Corte Suprema resuelva los recursos de queja de las defensas, pendientes desde fines de mayo, cuando la Sala IV de Casación rechazó los recursos extraordinarios de Cristina Kirchner y sus hijos.
Hasta ahora, los acusados vienen teniendo éxito en demorar la ejecución. La Corte ya se pronunció sobre otro aspecto de la ejecución. En julio pasado, los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron las quejas contra la actualización del monto calculado sobre la base del Índice de Precios al Consumidor, que quedó fijado en 684.990.350.139,86 pesos.
Resta, en cambio, la definición sobre los bienes con los que se cubrirá esa suma. Aunque la Corte resolviera, el decomiso tampoco se completaría de inmediato, pues falta terminar de realizar dos pasos previos.
El primero es que el Cuerpo de Peritos Tasadores entregue la valuación de los inmuebles. El segundo es que la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte responda una consulta del Tribunal Oral Federal 2, vinculada con el reglamento aprobado por la Acordada 22/2025, sobre qué propiedades quiere el máximo tribunal para su propio uso.
Es decir, como es la Corte la que resuelve sobre los bienes decomisados en un delito, tiene prioridad para elegir aquellos que considere que son de utilidad pública para su funcionamiento; los que directamente no irían a remate, sino incorporados a su patrimonio o al del Poder Judicial.
Recién entonces, según el tribunal, podrá avanzarse con el cambio de titularidad de los inmuebles que pasen a manos de la Corte Suprema y con el remate del resto de los bienes, para lo que se dispuso la creación de una plataforma de subastas online, que es utilizada en todas las causas donde el Poder Judicial subasta bienes.
En paralelo, los fiscales pidieron un segundo decomiso, más amplio que el primero: 141 inmuebles, 46 automotores, 5.656.134 dólares y otros 53.280,24 pesos.
ejecutar,Hernán Cappiello,Conforme a
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