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Reforma laboral: la jugada del Gobierno entre los empresarios que apunta a debilitar al poder sindical

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El Gobierno promueve la multiplicación de los convenios por empresa, incentivados por la reforma laboral, con el objetivo de descentralizar la negociación colectiva y, en el fondo, quitarle al gremialismo la enorme capacidad de presión que brinda el tradicional unicato sindical.

Por eso en las últimas semanas, a partir del interés de grandes compañías y de pymes, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, mantiene reuniones con empresarios para brindarles más información acerca de la posibilidad de “juntarse con sus empleados y fijar las reglas de la relación laboral en la propia empresa”. “El sindicato no entra, no hay que pagarle peaje a nadie”, como lo destacó el funcionario en el Congreso Nacional de Pymes que se realizó en junio.

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“Si un empleado ve un sueldo bruto de un millón y cobra 700.000, tiene que saber que a la pyme le cuesta 1.400.000 -les dijo Sturzenegger-. Siéntense con sus empleados, eliminen esos peajes y armen un convenio mutuo que les sirva a ambas partes”.

El ministro Federico Sturzenegger, al salir de la Casa Rosada (Foto: RS Fotos)

Entre quienes colaboran con Sturzenegger para esos contactos empresariales figura la diputada nacional Verónica Razzini, hoy en La Libertad Avanza tras haber llegado a su banca por el PRO, que es toda una especialista en darle pelea al gremialismo: fue la fundadora y presidenta del Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB), donde agrupó a pymes afectadas por protestas sindicales extorsivas y tuvo un papel clave para fallos judiciales que terminaron con procesamientos y detenciones para quienes bloquearon empresas, e incluso para los cambios en la Ley Bases y en la Ley de Modernización Laboral que penalizan los bloqueos.

Una de las claves de la reforma laboral es que antes un convenio de actividad prevalecía sobre uno de empresa o regional, salvo que el inferior fuera más favorable. Ahora, los convenios colectivos de ámbito menor (como los de empresa o región) prevalecen sobre los convenios de actividad, incluso si resultan menos favorables para el trabajador, quitando poder a los sindicatos.

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Para la CGT, esa medida apunta a fragmentar la representación gremial y, además, habilita la negociación de convenios “a la baja”, ya que antes la discusión por actividad establecía un piso que podía mejorarse a nivel de cada empresa, pero ahora se convertirá en un techo que les pondrá limitaciones a los trabajadores.

Gerardo Martínez, uno de los directivos de la CGT

Lo explicitó el secretario de Relaciones Internacionales de la CGT, Gerardo Martínez (UOCRA), cuando en febrero pasado, antes de sancionarse la Ley 27.802, advirtió que “hay temas que no se negocian: la ultraactividad, la prevalencia de convenios por empresa y el techo del aporte solidario”, ya que buscan “romper el modelo sindical argentino” y “erosionar derechos colectivos”.

A partir de las consultas a Sturzenegger, varias empresas están analizando la posibilidad que brinda la nueva legislación laboral en este rubro, aunque hay mucha cautela por la reacción negativa del sindicalismo y por las eventuales trabas judiciales que puedan aparecer.

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El dilema para el Gobierno es que aun los convenios de empresa, como los de actividad, tienen que ser firmados por los sindicatos que tienen personería gremial y delegados del establecimiento, por lo que la aspiración de debilitar al poder sindical tradicional no será sencilla.

Karina Milei y la diputada Verónica Razzini

Aun así, la Ley 27.802 de Modernización Laboral facilita la creación de sindicatos de empresa, algo que la legislación hasta ahora permitía, pero no se expandió por el predominio fomentado de los sindicatos por actividad. La nueva norma permite que un sindicato obtenga la personería si al menos por 6 meses tiene más afiliados cotizantes en esa empresa que el sindicato con personería preexistente, aunque este último sea un sindicato de actividad, una unión o una asociación de otro grado.

Para eso hacen falta, en principio, trabajadores que decidan crear un sindicato de empresa, desafiando a a la organización gremial con personería y, además, consiguiendo ventajas concretas que antes no tenían. Eso implica, al mismo tiempo, que los empresarios acepten darles beneficios a esos trabajadores que resuelvan romper con el sindicato que hoy los representa.

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Una de las frases que trascendió de los representantes libertarios para promocionar los convenios por empresa, por ejemplo, es: “Depende mucho de las ganas que tengan los trabajadores porque son ellos los que van a tener el poder. Esto no se trata de quitarles el poder a ellos. Por el contrario, esto es empoderarlos a ellos y al empleador, y correr a las cámaras y a los sindicatos”.

La CGT rechaza los cambios que promueven los convenios por empresa

La jugada del Gobierno, en realidad, no puede generalizarse ni aplicarse de manera automática en todas las empresas: se podrá intentar en aquellas compañías que tengan una reducida sindicalización ya que la resistencia del gremio con personería a perder su poder dará lugar a un conflicto prolongado.

Si efectivamente se incrementan los sindicatos de empresa será un duro golpe para la dirigencia que lidera los sindicatos por actividad, que son el corazón del modelo sindical argentino acuñado en 1945 por Juan Domingo Perón porque los más representativos reciben por parte del Estado la personería gremial, esa llave decisiva que les otorga derechos exclusivos como firmar los convenios colectivos y administrar las obras sociales.

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De todas formas, un asesor legal de empresas advirtió a Infobae sobre un riesgo de esta apuesta de Sturzenegger: “El Gobierno parte de la premisa de que con sindicatos de empresa se debilitan las grandes concentraciones de poder que tienen los sindicatos nacionales, pero no se dan cuenta que eso también generaría un sobrecosto para las empresas. La conducción de un sindicato de empresa van a ser empleados de la misma empresa y, por ende, toda la conducción, comisión directiva más los delegados que pueden llegar a tener, van a tener tutela sindical en la misma empresa y ante un conflicto de lo que puede llegar a ser lograr la representación de ese sindicato de empresa, el conflicto va a ser dentro de los establecimientos de la empresa, no en la actividad, como pasa hoy con la UOM, por ejemplo».

Hugo Moyano, titular del Sindicato de Camioneros, en riesgo por los convenios por región que quieren empresarios del interior

En una frecuencia similar, como anticipó Infobae, la reforma laboral derivó en que cámaras empresariales de unas 10 provincias resolvieran “desengancharse” del convenio colectivo de trabajo que rige en el transporte automotor de cargas a nivel nacional y firmar convenios regionales según la realidad económica de cada zona.

Se trata de una rebelión que afecta a la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC), una de las tres cámaras del sector, y que pondrá en crisis a esta entidad y también al poder centralizado del Sindicato de Camioneros.

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En la CGT interpretan que la ofensiva del Gobierno apunta a quebrar el viejo unicato gremial mediante el incentivo a los convenios de empresa y sindicatos de empresa, con una medida complementaria: jaquear el financiamiento sindical a través de los límites a las cuotas solidarias y aportes especiales. Entre los sindicalistas crece cada vez más la sensación de que la reforma laboral desatará una batalla que, por ahora, es de resultado impredecible.

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POLITICA

Manuel Adorni presentó su justificación de bienes: dijo que su evolución patrimonial tiene “sustento razonable y verificable”

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El exjefe de Gabinete Manuel Adorni presentó esta mañana, casi tres meses después de dejar el Gobierno, un escrito para justificar su patrimonio en la causa por presunto enriquecimiento ilícito que avanza en su contra.

“La evolución patrimonial de Manuel Adorni durante el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026 encuentra sustento razonable y verificable en la prueba documental, contable y técnica que se acompaña, y en la que oportunamente se incorporará, sin que exista enriquecimiento apreciable alguno que no admita explicación”, anunció el escrito, que lleva la firma de su abogado, Matías Ledesma.

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La primera fecha que tenía Adorni para justificar en la Justicia su evolución patrimonial era el 26 de agosto, pero logró postergar la entrega de este escrito hasta ahora.

La clave de la estrategia de defensa de Adorni fue decir que había escondido ingresos en sus declaraciones juradas por más de US$500.000; según él, provenientes de una inversión en criptomonedas previa a llegar al Gobierno. Adorni presentó esta versión, por primera vez, en una entrevista con José del Rio en LN+. Horas más tarde de esta supuesta confesión, rectificó sus declaraciones juradas de bienes para incorporar ese dinero. Sin esos fondos que ahora dice que tenía desde antes de llegar al Gobierno, sus números no cerraban.

Manuel Adorni, cuando defendió en LN+ su crecimiento patrimonial y dijo que había invertido en bitcoins, pero que no declaró nunca las gananciasAugusto Famulari –

En su escrito de hoy, Adorni acompañó documentación que, de acuerdo con su defensa, acredita que efectivamente poseía esas inversiones antes de asumir como funcionario público. ¿Cuál es la prueba que aporta Adorni de que eran suyas desde antes de llegar al Gobierno las billeteras virtuales con las que se compraron las criptomonedas que después se convirtieron en dólares? Que Adorni tiene las claves privadas para operar esas billeteras.

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Dice el escrito presentado hoy: “Dado que las billeteras virtuales no cuentan con datos de titularidad, es entonces la tenencia de la clave privada la que permite acreditar la propiedad de una billetera, con lo cual, la sola tenencia de la clave privada hace a la titularidad de la billetera”. Adorni acompañó un acta en la que un escribano público dio fe de que él tenía esas claves. Pero el acta es de septiembre de este año. No hay un registro similar que dé cuenta de que las claves las tenía Adorni también cuando se operó con esas billeteras. Además, el exjefe de Gabinete sostiene que las criptomonedas las compró con ahorros que tenía “por fuera del sistema financiero”.

De todos modos, para la fiscalía, aun si se tuviera como válida la explicación de las bitcoins, seguía habiendo una diferencia que no estaba explicada. Según la defensa de Adorni, en cambio, no hay una “desproporción manifiesta” entre los ingresos y los egresos, diferencia que el fiscal del caso, Gerardo Pollicita, calculó en más de 43 millones de pesos. “La diferencia de $43.068.549 que arroja el cotejo de flujos en pesos representa el 15,8% de los egresos totales reconstruidos ($272.820.832,20) y el 18,7% de los ingresos lícitos computados ($229.752.283,20). Se trata de una brecha residual, no de una desproporción manifiesta”, dice el escrito de la defensa del exjefe de Gabinete.

Adorni y Bettina Angeletti, en 2023, en la Casa Rosada

La defensa de Adorni afirmó que, “a diferencia de lo que el dictamen postula respecto de la magnitud del ‘salto patrimonial’, resulta perfectamente compatible con los márgenes de imprecisión propios de toda reconstrucción de flujos económicos de un grupo familiar a lo largo de dos años y medio, edificada sobre estimaciones de tipo de cambio, criterios de depuración de movimientos internos y partidas cuyo pagador ‘no pudo identificarse’ -extremo que el propio dictamen reconoce respecto de los comprobantes de ARCA del punto (x)-”.

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En cuanto a la rectificación que hizo Adorni de su declaración para sumar los dólares que originalmente no había declarado, la defensa sostuvo que eso no puede ser tomado como un indicio en su contra, y dijo: “El legislador no ve en la rectificativa un indicio de ocultamiento; ve una conducta que merece tratamiento benigno, porque restablece por iniciativa propia la exactitud de lo declarado y permite al Estado percibir el tributo sin necesidad de tener que esperar a que el Tribunal Fiscal de la Nación confirme el acto de determinación tributaria”.

El escrito de la defensa del exjefe de Gabinete agrega: “Sería sistemáticamente incoherente que una conducta expresamente incentivada por la ley tributaria se transformara, en sede penal, en indicio de la malicia que el tipo requiere”.

En su escrito de hoy, Adorni justificó lo que él presenta como un ocultamiento al fisco del resultado de inversiones en bitcoin entre 2014 y 2017. “El origen de esos fondos se explica en el contexto del ahorro familiar informal extendido en la Argentina de esos años: la costumbre de mantener ahorros personales en efectivo y en moneda extranjera, por fuera del sistema bancario y del radar de ARCA, no es una práctica excepcional ni indicativa de un propósito ilícito, sino una conducta extendida en amplios sectores de la sociedad argentina como resguardo frente a la inestabilidad macroeconómica, la volatilidad cambiaria y las sucesivas restricciones al acceso a moneda extranjera vigentes en distintos períodos de las últimas décadas -entre ellas, el cepo cambiario vigente entre 2011 y 2015, y nuevamente desde 2019-”, afirma el escrito.

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Ahora, el fiscal Pollicita deberá analizar esta presentación. Si considera que la justificación de Adorni no es suficiente, podrá pedir su declaración indagatoria por enriquecimiento ilícito. El juez de la causa es Ariel Lijo.

Las obras de Indio Cuá

Adorni niega haber pagado 245.929 dólares por las reformas que hizo en la casa del country Indio Cua, como declaró el contratista Matías Tabar. Según la defensa, gastó 174.954,58 dólares, cifra que coincide -según sostiene el escrito- con lo que el “estudio contable acredita como efectivamente desembolsado y lo que, de manera enteramente independiente, el perito arquitecto determina como valor real de mercado de la obra”.

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El exjefe de Gabinete dio también una explicación sobre por qué recurrió a terceras personas a nombre de quienes quedaron facturadas compras de bienes que eran para él y su familia. Se trata de una adquisición, en agosto del año pasado, de un “monitor gamer” y dos proyectores para videojuegos que le costaron, en total, 5.848.589 pesos, mucho más que su sueldo de ese mes. También, de una compra en un local de sommiers y ropa blanca que quedó registrada a nombre de Gisela Kocsis por $8.183.383.

“Resulta evidente que nunca hubo animosidad de ‘utilizar a terceros’, sino que Gisela Kocsis [funcionaria de la Casa Rosada] era la secretaria de Manuel Adorni, un funcionario de alto rango que por las funciones que cumplía, por las presiones a las que estaba sometido, y por la gran carga horaria, requería de la asistencia en distintos temas personales -generalmente de menor relevancia- y confiaba en quien sabía que podía confiar: una persona diligente con quien trabajaba todos los días, cuya dinámica le permitía a él delegar en ella distintas cuestiones”.

La casa del country Indio Cua y la constancia del registro que demostró que estaba a nombre de la mujer de Adorni, que no la había declarado ante la Oficina Anticorrupción

Pero no fue la única funcionaria que figura como compradora de bienes que, en realidad, eran de Adorni. “La situación de Laura Daniela Schiuma -también mencionada en este punto del requerimiento- es diferente. Porque, sin perjuicio de que trabajaban juntos, eran amigos con Manuel Adorni y se conocían hace muchos años. Fue en ese contexto en el que Manuel, excepcionalmente y ante la necesidad de realizar una compra, le solicitó a la nombrada que le prestara su tarjeta de crédito; situación sumamente habitual cuando existe una relación de confianza previa”, dice el escrito de la defensa.

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Por último, en cuanto a Luis Enrique Aluju, la tercera persona que se sospecha que Adorni utilizó para hacer compras que no quería que quedaran registradas a su nombre, la defensa dijo que el propio Aluju, cuando declaró en los tribunales de Comodoro Py “aclaró que el proyector lo había comprado él, que era para él y que lo tenía en su casa”. Según el escrito, Aluju lo envió a lo de Adorni -y no a su casa- “para que hubiera alguien que se lo pudiera recibir”.

La defensa de Adorni afirmó, como cierre de su presentación, que “se encuentra satisfecha, en esta etapa, la carga de explicación razonable, verosímil, comprobable, lícita y proporcionada que exige la norma, por lo que corresponde tener por debidamente contestado el requerimiento fiscal”.

Le corresponderá ahora a la fiscalía hacer esa evaluación para determinar cómo sigue la causa.

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La Justicia procesó a 8 altos mandos iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA

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La Justicia procesó a ocho altos mandos iraníes y libaneses por el atentado a la mutual judía AMIA. Las medidas las dispuso el juez federal, Daniel Rafecas, por el ataque terrorista del 18 de julio de 1994 que provocó 85 muertes, 151 heridos y graves daños materiales.

El magistrado determinó en la resolución que el atentado fue decidido por la cúpula del gobierno iraní y ejecutado por Hezbollah. Además calificó los hechos como delitos de lesa humanidad y genocidio, y le impuso un embargo de U$S500.000.000 a cada uno de los procesados.

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Los procesamientos son para Alí Fallahijan (exMinistro de Inteligencia iraní), Alí Velayati (ex Ministro de Relaciones Exteriores iraní), Mohsen Rezai (ex Comandante de la Guardia Revolucionaria iraní), y Ahmad Vahidi (Comandante de la fuerza Al Quds, de la Guardia Revolucionaria).

Según la resolución, desde los cargos que ocupaban dentro del régimen iraní y sus estructuras, estos cuatro procesados decidieron y participaron en la organización del atentado y posibilitaron que quienes luego actuaron sobre el terreno consumaran el atentado.

Sumado a Hadi Soleimanpour (ex Embajador de Irán en la Argentina), Mohsen Rabbani (activista religioso fundamentalista radicado en Buenos Aires desde 1983 y Consejero Cultural de la Embajada iraní en Argentina) y Ahmad Asghari (ex agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria), en calidad de “cómplices necesarios”. El magistrado les imputó a estos tres procesados haber contribuido en forma esencial al plan criminal, desde el ámbito diplomático y la red local iraní.

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El juez además procesó a Salman Raouf Salman (o Samuel El Reda, agente libanés de Hezbollah) como responsable de haber coordinado la etapa final del atentado. En cambio, dispuso la falta de mérito respecto de los imputados Abdallah Salman y Hussein Mouzannar. No trató la situación del Líder Supremo iraní Alí Khamenei y del líder de Hezbollah Imad Mughniyeh, que murieron en 2026 y 2008, respectivamente. Así como tampoco del libanés vinculado a Hezbollah Alí Hussein Abdallah, que murió en 2020.

Las claves del procesamiento a ocho altos mandos iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA

  • En el fallo de procesamiento a ocho altos mandos iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA Rafecas dio por probado que los terroristas compraron una camioneta Renault Trafic el domingo 10 de julio de 1994, que acondicionaron y cargaron con 300 kg de amonal y TNT.
  • Al vehículo lo dejaron preparado el 15 de julio de ese año, en un estacionamiento a cuatro cuadras de la AMIA. Esperaron para hacerla explotar tres días después, a media mañana, el momento de mayor concurrencia al edificio elegido como blanco terrorista.
  • El magistrado dispuso las medidas gracias al régimen de juicio en ausencia (Ley 27.784), que permitió avanzar en el proceso penal más allá de que los acusados estén prófugos, asegurando su derecho a contar con un defensor y manteniendo todas las demás garantías del debido proceso.
  • De esta manera, la decisión de los acusados de mantenerse prófugos en el extranjero dejó de ser un impedimento para que la Justicia analice las pruebas reunidas y resuelva su situación.

AMIA, Daniel Rafecas, Irán

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Atentado a la AMIA: procesaron a siete iraníes y un libanés como responsables del ataque y avanza el juicio en ausencia

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El juez federal Daniel Rafecas procesó a siete iraníes y un libanés responsables del atentado a la AMIA y la Justicia avanza así hacia un juicio oral en ausencia.

Por el ataque a la mutual judía, ocurrido en 1994, murieron 85 personas y hubo 151 heridos.

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Rafecas dispuso los procesamientos en un fallo de más de 600 páginas. A cada uno de los procesados les impuso un embargo de U$S 500.000.000.

Fuentes judiciales informaron a que el juez dio por probado que los terroristas compraron una camioneta Renault Trafic el domingo 10 de julio de 1994, la acondicionaron y cargaron con 300 kilos de amonal y TNT. También, que la dejaron preparada en un estacionamiento público a cuatro cuadras de la AMIA y aguardaron hasta la media mañana del lunes 18 para hacerla explotar en un momento de alta concurrencia al edificio elegido como blanco.

El juez aplicó el régimen de juicio en ausencia (ley 27.784), que permite avanzar aunque los acusados estén prófugos. Se les garantiza el derecho a contar con un defensor.

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Rafecas sostuvo que la decisión de cometer el atentado fue adoptada en agosto de 1993 por parte de las máximas instancias del régimen iraní y encomendada a Hezbollah, agrupación proiraní con sede en El Líbano, que organizó su ejecución, mediante una red de apoyo regional y local, con base en la Triple Frontera (Ciudad del Este, Paraguay; Foz de Iguazú, Brasil, y Puerto Iguazú, Argentina).

Los delitos por los que fueron procesados fueron homicidios y lesiones reiteradas, agravados por odio racial o religioso y por el uso de un medio idóneo capaz de causar un peligro común, además de daño agravado por motivos discriminatorios.

Rafecas calificó el atentado como un crimen de lesa humanidad.

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Como responsables centrales del atentado fueron procesados Alí Fallahijan, por aquel entonces Ministro de Inteligencia iraní; Alí Velayati, por aquel entonces Ministro de Relaciones Exteriores iraní; Mohsen Rezai, quien era Comandante de la Guardia Revolucionaria iraní; Ahmad Vahidi, comandante de la fuerza Al Quds (de la Guardia Revolucionaria.

La resolución sostuvo que estos cuatro acusados decidieron y participaron en la organización del atentado.

Como cómplices necesarios fueron procesados Hadi Soleimanpour, que fue embajador de Irán en la Argentina; Mohsen Rabbani, activista religioso fundamentalista radicado en Buenos Aires desde 1983 y consejero cultural de la embajada iraní en Argentina, y Ahmad Asghari, que era agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria.

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Rafecas les imputó a los tres haber contribuido “en forma esencial” al plan criminal, desde el ámbito diplomático y la red local iraní.

El último de los procesados fue Salman Raouf Salman (o Samuel El Reda), agente libanés de Hezbollah. A él se lo señala como responsable de haber coordinado la etapa final del atentado.

Los procesamientos podrán ser apelados por el defensor oficial Hernán Silva.

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