Connect with us

POLITICA

El duro voto en disidencia de Rosenkrantz en el caso por la ley de tierras: del ambiente como “coartada” a su crítica por la reacción al “descontento” social

Published

on



El juez Carlos Rosenkrantz se diferenció de sus pares de la Corte Suprema de Justicia al intervenir en un nuevo caso por la ley de tierras e hizo un duro voto en disidencia.

Hoy, el máximo tribunal dictó una medida cautelar “interina” con la que repuso los límites a la venta de superficies a extranjeros. El fallo de hoy fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.

Advertisement

Fue después de que la acordada de la semana pasada, con la que había puesto en vigencia el artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/2023, que derogaba la ley de tierras, provocara un fuerte impacto político e institucional. De hecho, la oposición había activado una ofensiva en el Congreso para voltear todo el DNU 70/2023.

Rosenkrantz firmó en disidencia porque consideró que la Corte carecía de competencia para dictar una medida cautelar o interina ante un nuevo planteo realizado por una asociación ambientalista, dos comunidades indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, quienes defienden la ley de tierras y reclamaban la inconstitucionalidad del DNU 70/2023.

El juez sostuvo que debía remitirse la causa a la justicia federal de Bariloche sin dictar ninguna medida a fin de que allí se diese trámite a la causa. Entre las razones que esgrimió, Rosenkrantz remarcó que “la mera referencia genérica al medio ambiente no puede convertirse en una coartada para que los jueces dispongan medidas cautelares, siquiera interinas”.

Advertisement

Además, advirtió que “el descontento que en distintos sectores de la sociedad pudo haber causado la sentencia” de la Corte de la semana pasada, cuando repuso el artículo 154 del DNU 70/23, que eliminaba los límites a la venta de tierras a extranjeros, “no justifica adoptar decisiones que la Constitución y las leyes no permiten”.

“Un proceder así solamente debilitará la confiabilidad del Poder Judicial de la Nación, del que depende su aptitud para resolver de un modo que todos puedan aceptar los conflictos que muchas veces enfrentan a los argentinos”, argumentó Rosenkrantz.

Advertisement

El juez recordó que la semana pasada la Corte Suprema revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata en la causa impulsada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim). El máximo tribunal entendió que el Cecim, que había invocado que estaba en juego la soberanía, no tenía legitimación activa para promover el caso. Y fue muy crítico al advertir a los tribunales inferiores sobre reconocerles capacidad de iniciar acciones colectivas a actores que no tienen esa representatividad.

Rosenkrantz subrayó que en el planteo presentado por Odarda, Árbol de Pie y las comunidades indígenas, los actores alegaron que estaban legitimados en tanto defensores de la soberanía nacional e “invocaron la necesidad de defender la ‘legalidad constitucional’ en su carácter de ciudadanos, el ‘medio ambiente’ y los ‘derechos humanos de los pueblos indígenas’”.

“Ninguno de estos argumentos fue analizado en ‘C.E.C.I.M.’, pues allí este Tribunal sólo revisó la legitimación fundada en la defensa de la soberanía nacional y, sobre esa base, rechazó la demanda”, señaló Rosenkrantz.

Advertisement

Y continuó: “Esta circunstancia —el rechazo de la pretensión por ausencia de legitimación fundada en un título distinto y no por consideraciones de fondo que pudieran ser comunes a ambas acciones— es lo que justifica remitir esta causa al juzgado de origen a fin de que continúe su trámite ante sus jueces naturales”.

Por otra parte, Rosenkrantz argumentó que la Ley 26.854 rige de manera específica la concesión de medidas cautelares en procesos judiciales donde interviene el Estado Nacional. Aclaró que el artículo 2, inciso 2 de la ley, habilita a un juez incompetente a dictar una medida cautelar únicamente si se acredita la existencia de sectores socialmente vulnerables, la afectación de la vida digna (CADH), la salud, derechos alimentarios o derechos de índole ambiental.

En el caso de Árbol de Pie, remarcó el juez, “esas condiciones no están cumplidas”. Los actores peticionaron la medida cautelar con base exclusiva en el “peligro de violación de la integridad territorial de las comunidades originarias” y el riesgo de que la aplicación del artículo 154 del DNU 70/2023 genere derechos adquiridos de extranjeros sobre grandes extensiones de tierras.

Advertisement

Como los demandantes no encuadraron su petición dentro de ninguno de los supuestos taxativos contemplados en el artículo 2, inciso 2, de la Ley 26.854, el juez consideró que “no es legalmente posible dictar una medida cautelar en esta oportunidad”.

El juez también cuestionó que la Corte, siendo incompetente, dicte una medida interina en este caso, ya que no existen -dijo- “circunstancias graves y objetivamente impostergables”.

Tampoco encuentra justificación, sostuvo Rosenkrantz, el dictado de una medida cautelar, ni de una interina, en lo dispuesto por el artículo 32 de la ley general del Ambiente. “En la demanda no hay una sola indicación que permita inferir, siquiera mínimamente, que habría un peligro ambiental grave o irreversible que hiciera impostergable la adopción de una medida excepcionalísima. Como se dijo, la medida cautelar solicitada no fue fundada en la protección del ambiente”, puntualizó.

Advertisement

Por último, el magistrado subrayó que, “por amplio que pudiere ser el criterio con el que corresponda interpretar las reglas procesales en materia ambiental, la mera referencia genérica al medio ambiente no puede convertirse en una coartada para que los jueces dispongan medidas cautelares, siquiera interinas”.

En concreto, según la visión del magistrado, “no corresponde emitir ningún pronunciamiento en esta etapa procesal sencillamente porque este Tribunal carece de competencia para ello”.

“Tomar una decisión en esta causa sin que otro tribunal se haya pronunciado previamente implicaría ejercer una competencia originaria fuera de los supuestos previstos por la Constitución Nacional”, apuntó.

Advertisement

De esta manera, Rosenkrantz se diferenció de Rosatti, Lorenzetti y los conjueces Barroetaveña y Pérez Curci, y consideró que la causa debía ser remitida, sin dictar cautelar alguna, al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche a fin de que continúe su trámite en esa sede.




al intervenir en un nuevo caso por la ley de tierras,había puesto en vigencia el artículo 154,Conforme a

Advertisement

POLITICA

El fallo de la Corte sobre la Ley de Tierras descomprimió las tensiones entre el Gobierno y sus aliados y podría cambiar la agenda legislativa

Published

on


La Corte Suprema le dio un salvavidas político al Gobierno al restablecer, de manera provisoria, las restricciones a la venta de tierras rurales a extranjeros. La decisión llegó cuando el oficialismo enfrentaba la posibilidad de que sus aliados habituales acompañaran a la oposición en el Congreso para recuperar esos límites.

El problema para la Casa Rosada estaba en el artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras. Con esa disposición, quedaron eliminadas las restricciones específicas que la norma establecía para la adquisición de campos por parte de extranjeros.

Advertisement

Ese aspecto de la política libertaria no convencía al PRO, a la Unión Cívica Radical y a otros sectores que suelen votar con el Gobierno. Los aliados estaban dispuestos a dar quórum en la sesión convocada por la oposición para la semana próxima, con el objetivo de avanzar contra la derogación y restablecer límites a esas operaciones.

La amenaza había obligado al oficialismo a preparar una respuesta. La estrategia consistía en avanzar con una norma que recuperara ciertas restricciones y permitiera acercar posiciones con los bloques dialoguistas. Martín Menem, el presidente de la Cámara Baja, estaba dispuesto a ceder para evitar que esa diferencia terminara en una nueva derrota parlamentaria.

Martín Menem, presidente de la Cámara de Diputados. Foto: Cámara de Diputados/Gustavo Molfino

Ahora, la Corte le simplificó el trabajo. Con una medida cautelar interina, suspendió los efectos del artículo que derogaba la ley y repuso sus restricciones. La resolución tiene carácter provisional: no constituye una definición de fondo sobre la constitucionalidad de la derogación.

Advertisement

Sin embargo, su efecto político es inmediato. El Gobierno encuentra una salida para una discusión que amenazaba con dividirlo de sus aliados y facilitarle a la oposición los votos necesarios para avanzar en el recinto.

Una salida para concentrarse en la eliminación de las PASO

La prioridad de la Casa Rosada es evitar quedar trabada en este tipo de controversias. La compra de tierras por extranjeros era uno de esos frentes; la discapacidad es otro asunto en el que el oficialismo también está dispuesto a hacer concesiones.

El objetivo central del Gobierno es avanzar con la derogación de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Para eso, necesita ordenar su relación con los aliados y reducir las discusiones que consumen su margen de negociación parlamentaria.

Advertisement

En ese escenario, el fallo descomprime el conflicto por las tierras. La restitución provisoria de las restricciones atiende el punto que preocupaba a los dialoguistas y reduce la presión sobre el oficialismo para ofrecer una solución legislativa inmediata.

Los votos de la Corte y la lectura política sobre Mahiques

La decisión se tomó por cuatro votos contra uno. La mayoría estuvo integrada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. El expediente fue enviado al juzgado federal de Bariloche para que continúe su trámite.

Según pudo saber TN, Rosenkrantz diferenció la situación de la asociación ambiental demandante de la del Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM), pero consideró que la Corte no estaba habilitada para disponer una cautelar, aunque fuera transitoria. Su posición era remitir la causa a Bariloche sin establecer una protección mientras se tramitaba el reclamo. En la práctica, esa alternativa habría mantenido operativa la derogación de la Ley de Tierras.

Advertisement

Continue Reading

POLITICA

La Justicia suspende el fallo que declara inconstitucional el decreto de Milei, pero no la obligación de pagar

Published

on



El Gobierno apeló la sentencia que lo obliga a cumplir de inmediato la ley de financiamiento universitario. Lo hizo con un escrito de 42 páginas en el que reiteró su postura sobre la necesidad de indicar con qué ingresos se va a solventar el aumento del gasto público que provocará su implementación.

El juez Diego Martín Cormick aceptó la apelación del Gobierno y, por lo tanto, quedó suspendida su decisión anterior que declaraba inconstitucional el decreto de Javier Milei que frenaba el pago a las universidades.

Advertisement

Sin embargo, la obligación de pagar por parte del Estado sigue vigente porque aún queda en pie la medida cautelar que había dispuesto el propio juez y que exigía recomponer los salarios docentes y no docentes, actualizar las becas estudiantiles y girar los fondos de funcionamiento a las universidades.

Efectivamente, en su decisión, Cormick informó a las partes del juicio que se dará “continuidad al trámite de ejecución de cumplimiento” sobre las obligaciones de pagar.

El recurso enviado al juez fue firmado por representantes del Ministerio de Capital Humano y la Procuración del Tesoro, y apunta contra el fallo del 6 de octubre que hizo lugar al amparo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y de los rectores de universidades públicas. Esa sentencia declaró inconstitucional el decreto 759/2025 y ordenó al Poder Ejecutivo cumplir “de inmediato” la ley de financiamiento, con las normas reglamentarias necesarias.

Advertisement

Esto suma un nuevo capítulo a la historia del financiamiento universitario durante la gestión de Javier Milei, que no solo acumula episodios en Tribunales y en el Congreso, sino también movilizaciones en las calles. La apelación del Gobierno recuerda esa historia, cuando en octubre del año pasado el Parlamento aprobó la normativa. Sus artículos 3 y 4, según la apelación presentada, aluden a una “recomposición presupuestaria” correspondiente al ejercicio 2024, así como una “actualización presupuestaria bimestral” de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas para el ejercicio de 2025.

Clase abierta de la UBA frente a tribunales. La UBA realizó un reclamo con clases abiertas frente al Palacio de Tribunales, para pedir al Máximo Tribunal de la Nación que se expida a la brevedad sobre la Ley de Financiamiento Universitario.

“Por su parte, el artículo 7 prevé –sin brindar mayores precisiones– la asignación de una partida especial destinada a la carrera de Investigador Científico”, continúa el racconto realizado por el Gobierno. Y agrega que el noveno artículo de la ley sostiene que el Poder Ejecutivo adecuará partidas.

Menos de un mes después de que se aprobara la ley de financiamiento universitario, el Gobierno firmó el Decreto 759/2025, que es el declarado inconstitucional por la sentencia que ordenó el cumplimiento de la ley. El Ejecutivo citó en su apelación contra esa sentencia que el texto de este decreto menciona que “la ley se ejecutará cuando el Honorable Congreso de la Nación determine las fuentes de su financiamiento”.

Advertisement

El Gobierno señaló “no “condicionó” o “suspendió” la vigencia de la Ley», sino que, según su punto de vista, quedó supeditada a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley N° 24.629. Esta normativa establece que “toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos”.

Cuarta marcha federal por la educacion pública universitaria apunta a que la administración de Javier Milei cumpla la Ley de Financiamiento Universitario, que busca garantizar los fondos. Marcha del Congreso a Plaza de MayoMartín Cossarini

No es la primera vez que el Gobierno sale a defender el decreto sobre la ley de financiamiento universitario en los Tribunales. En diciembre del año pasado, según manifestó en su apelación, el juzgado a cargo de Martín Cormick había resuelto “inaplicar” el decreto.

El Gobierno cuestionó esa decisión y entonces debió intervenir la Cámara, que en marzo de este año mantuvo lo decidido en primera instancia. Entonces, el Ejecutivo recurrió a la Corte Suprema mediante la presentación de un recurso extraordinario que el máximo tribunal desestimó.

Advertisement

Luego de ese periplo judicial se llegó al fallo del pasado 6 de octubre que ordena al Gobierno cumplir la ley de financiamiento universitario, lo que fue recientemente apelado por el oficialismo.




recurrió a la Corte Suprema,Conforme a

Advertisement
Continue Reading

POLITICA

Nuevo estallido interno en el PJ: el kirchnerismo acusó a Kicillof de querer que Cristina Kirchner continúe presa

Published

on


La posibilidad de lograr la unidad entre el sector Axel Kicillof y el que conduce Cristina Kirchner es cada vez más difícil. Por momentos, parece imposible. Inviable. Ya no solo se trata de la desconfianza que impera en ese vínculo tortuoso, sino que también está atravesada por acusaciones cada vez más espesas.

Lo que desató el último capítulo de la interna del peronismo en la provincia de Buenos Aires fue la definición que brindó el Jefe de Gabinete bonaerense, Carlos Bianco, en el canal de streaming Cenital.

Advertisement

“Se hablaba de un dictamen en octubre (del consejo de Derechos Humanos de la ONU), ojalá que suceda. No soy abogado, entiendo que el dictamen no es vinculante para la justicia argentina. Es una instancia intermedia que tendrá que evaluar la justicia argentina y ojalá que lo haga por la positiva”, sostuvo el funcionario bonaerense.

Al ser consultado por la posibilidad de alienearse a una eventual candidatura de CFK, en el caso de que haya un cambio en su situación judicial, Bianco fue contundente: “No sé. Habrá que discutirlo el año próximo. Nosotros dijimos que este año no se discuten candidaturas. El año que viene veremos cuál es la situación, quién convocó más, quién representa más”.

Advertisement

La mano derecha de Kicillof dejó en claro que el Movimiento Derecho al Futuro (MDF) será muy cauto en sus movimientos, más allá de si Cristina Kirchner puede ser candidata o no. No cambian la postura. Se definirá el año que viene y se verá, cuando se reúnan todos alrededor de la mesa, quién tiene más espalda para ser el candidato del peronismo.

Las expresiones de Bianco desataron el enojo en el corazón de La Cámpora, que le contestaron a través de las redes sociales. El primero en hacerlo fue el ex senador nacional Martín Doñate, quien hizo un recuento de los motivos por los que es importante lo que diga la ONU y dejó entrever que el funcionario bonaerense pretende que la ex presidenta no quede libre.

“A esta altura, por la responsabilidad que acumulás Carlos Bianco, y con este tipo de posicionamientos tan deleznables, te estás volviendo un gran problema para la unidad nacional que requiere la hora”, sostuvo el dirigente de Río Negro. En ese sentido, agregó: “Se trata de la proscripción y persecución a Cristina, conductora de nuestro movimiento, dos veces presidenta y amada por millones de argentinos, a la que intentaron asesinar y hoy someten a la muerte civil mediante el escarnio mediático y judicial”.

Advertisement

El mensaje que escribió Facundo Tignanelli en sus redes sociales

Acto seguido a esa definición, Doñate precisó: “Pese a todo eso, Cristina aun conserva un enorme respaldo popular y electoral. Defender su libertad es defender el derecho del pueblo a elegirla. Frente a eso, tu posición pública es, como mínimo, irresponsable e ingrata. Y la porfiada ingratitud, como enseña la secular historia, repta en el subsuelo de la traición y el olvido”. El contenido del mensaje fue extremadamente duro.

“Poner en duda todo esto es un grave daño para la democracia y para el Estado de derecho. Hablamos de compromisos internacionales que la Argentina asumió y debe honrar, aunque sus consecuencias incomoden, y hay dudas jurídicas que dicen más de una posición política que del derecho”, sostuvo el rionegrino respecto a la postura de Bianco sobre si es o no vinculante.

En esa línea, agregó: “La Argentina ya conoció elecciones con el peronismo y sus líderes proscriptos, y quienes ganaron así gobernaron con la legitimidad prestada. Llegar a 2027 con Cristina presa e inhabilitada sería repetir ese simulacro de democracia, con el agravante de que esta vez habría quienes, desde nuestras filas, estarían dispuestos a ser parte de esa coreografía”

Advertisement

El ex senador nacional Martín Doñate cuestionó con dureza a Carlos Bianco

Otro que apuntó contra Bianco, aunque sin nombrarlo, fue el diputado provincial Facundo Tignanelli, hombre fuerte de La Cámpora en la provincia de Buenos Aires. “Al final la corte si revisa sus decisiones y revierte los efectos de lo dicho en menos de una semana. Por lo tanto la conclusión política es que los que hablan de “imposibilidad jurídica de participación electoral” son aquellos a los que les conviene que este presa», aseguró.

En el cristinismo están convencidos que Bianco expresó en público lo que Kicillof piensa en privado. Y ellos lo traducen como la conveniencia de que Cristina Kirchner siga presa para que su condición judicial le abra paso a una candidatura presidencial del gobernador bonaerense. En los hechos, el Jefe de Gabinete explicó lo que distintos abogados han dicho en público respecto a la influencia de lo que pueda decir la ONU. El problema es su nombre, su rol y la interna, que genera otra dimensión en sus expresiones.

El clima está caldeado desde ayer, cuando desde un sector del kicillofismo dejaron entrever que no estaba asegurado el acuerdo con el cristinismo para que Máximo Kirchner sea el presidente del congreso en el PJ Bonaerense. La información generó ruido en las arterias del sector de CFK y el enojo empezó a crecer. Sin embargo, Kicillof bajó una orden rápida, dejó sin efecto cualquier especulación y aseguró que el acuerdo se cumplirá tal cuál estaba hablado.

Advertisement

“Jugó bien Axel ahí”, reconocen en La Cámpora. Un día después, la tensión volvió a aumentar a la máxima expresión y desató un ola de cuestionamientos a Bianco y, en consecuencia, a Kicillof. La interna nunca termina. Y, difícilmente, pueda culminar el año que viene.

Axel Kicillof,Carlos Bianco,conferencia,Buenos Aires,gobierno,provincia,política,funcionarios,prensa,Argentina

Advertisement
Continue Reading

Tendencias