POLITICA
Tras la tensión por los últimos desmarques, Javier Milei se reunió con Patricia Bullrich en Olivos

El presidente Javier Milei recibió hoy a la jefa del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, en la quinta de Olivos. Fue después de que los últimos intentos de la exministra de Seguridad de diferenciarse del Gobierno provocaran tensión en las filas del oficialismo y sembraran dudas sobre su futuro político de cara a las elecciones de 2027.
“Conversación profunda con el Presidente. Hablamos de todo lo que vengo planteando, con total sinceridad”, afirmó Bullrich en la red social “X” apenas terminó la reunión con Milei en la residencia de Olivos.
La senadora cerró su mensaje con la sigla que el asesor Santiago Caputo suele utiilizar en sus mensajes: TMAP, que significa “todo marcha de acuerdo al plan”.
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@JMilei,pic.twitter.com/bzYEg3r2ZR,October 9, 2026,Conforme a
POLITICA
El duro voto en disidencia de Rosenkrantz en el caso por la ley de tierras: del ambiente como “coartada” a su crítica por la reacción al “descontento” social

El juez Carlos Rosenkrantz se diferenció de sus pares de la Corte Suprema de Justicia al intervenir en un nuevo caso por la ley de tierras e hizo un duro voto en disidencia.
Hoy, el máximo tribunal dictó una medida cautelar “interina” con la que repuso los límites a la venta de superficies a extranjeros. El fallo de hoy fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.
Fue después de que la acordada de la semana pasada, con la que había puesto en vigencia el artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/2023, que derogaba la ley de tierras, provocara un fuerte impacto político e institucional. De hecho, la oposición había activado una ofensiva en el Congreso para voltear todo el DNU 70/2023.
Rosenkrantz firmó en disidencia porque consideró que la Corte carecía de competencia para dictar una medida cautelar o interina ante un nuevo planteo realizado por una asociación ambientalista, dos comunidades indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, quienes defienden la ley de tierras y reclamaban la inconstitucionalidad del DNU 70/2023.
El juez sostuvo que debía remitirse la causa a la justicia federal de Bariloche sin dictar ninguna medida a fin de que allí se diese trámite a la causa. Entre las razones que esgrimió, Rosenkrantz remarcó que “la mera referencia genérica al medio ambiente no puede convertirse en una coartada para que los jueces dispongan medidas cautelares, siquiera interinas”.
Además, advirtió que “el descontento que en distintos sectores de la sociedad pudo haber causado la sentencia” de la Corte de la semana pasada, cuando repuso el artículo 154 del DNU 70/23, que eliminaba los límites a la venta de tierras a extranjeros, “no justifica adoptar decisiones que la Constitución y las leyes no permiten”.
“Un proceder así solamente debilitará la confiabilidad del Poder Judicial de la Nación, del que depende su aptitud para resolver de un modo que todos puedan aceptar los conflictos que muchas veces enfrentan a los argentinos”, argumentó Rosenkrantz.
El juez recordó que la semana pasada la Corte Suprema revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata en la causa impulsada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim). El máximo tribunal entendió que el Cecim, que había invocado que estaba en juego la soberanía, no tenía legitimación activa para promover el caso. Y fue muy crítico al advertir a los tribunales inferiores sobre reconocerles capacidad de iniciar acciones colectivas a actores que no tienen esa representatividad.
Rosenkrantz subrayó que en el planteo presentado por Odarda, Árbol de Pie y las comunidades indígenas, los actores alegaron que estaban legitimados en tanto defensores de la soberanía nacional e “invocaron la necesidad de defender la ‘legalidad constitucional’ en su carácter de ciudadanos, el ‘medio ambiente’ y los ‘derechos humanos de los pueblos indígenas’”.
“Ninguno de estos argumentos fue analizado en ‘C.E.C.I.M.’, pues allí este Tribunal sólo revisó la legitimación fundada en la defensa de la soberanía nacional y, sobre esa base, rechazó la demanda”, señaló Rosenkrantz.
Y continuó: “Esta circunstancia —el rechazo de la pretensión por ausencia de legitimación fundada en un título distinto y no por consideraciones de fondo que pudieran ser comunes a ambas acciones— es lo que justifica remitir esta causa al juzgado de origen a fin de que continúe su trámite ante sus jueces naturales”.
Por otra parte, Rosenkrantz argumentó que la Ley 26.854 rige de manera específica la concesión de medidas cautelares en procesos judiciales donde interviene el Estado Nacional. Aclaró que el artículo 2, inciso 2 de la ley, habilita a un juez incompetente a dictar una medida cautelar únicamente si se acredita la existencia de sectores socialmente vulnerables, la afectación de la vida digna (CADH), la salud, derechos alimentarios o derechos de índole ambiental.
En el caso de Árbol de Pie, remarcó el juez, “esas condiciones no están cumplidas”. Los actores peticionaron la medida cautelar con base exclusiva en el “peligro de violación de la integridad territorial de las comunidades originarias” y el riesgo de que la aplicación del artículo 154 del DNU 70/2023 genere derechos adquiridos de extranjeros sobre grandes extensiones de tierras.
Como los demandantes no encuadraron su petición dentro de ninguno de los supuestos taxativos contemplados en el artículo 2, inciso 2, de la Ley 26.854, el juez consideró que “no es legalmente posible dictar una medida cautelar en esta oportunidad”.
El juez también cuestionó que la Corte, siendo incompetente, dicte una medida interina en este caso, ya que no existen -dijo- “circunstancias graves y objetivamente impostergables”.
Tampoco encuentra justificación, sostuvo Rosenkrantz, el dictado de una medida cautelar, ni de una interina, en lo dispuesto por el artículo 32 de la ley general del Ambiente. “En la demanda no hay una sola indicación que permita inferir, siquiera mínimamente, que habría un peligro ambiental grave o irreversible que hiciera impostergable la adopción de una medida excepcionalísima. Como se dijo, la medida cautelar solicitada no fue fundada en la protección del ambiente”, puntualizó.
Por último, el magistrado subrayó que, “por amplio que pudiere ser el criterio con el que corresponda interpretar las reglas procesales en materia ambiental, la mera referencia genérica al medio ambiente no puede convertirse en una coartada para que los jueces dispongan medidas cautelares, siquiera interinas”.
En concreto, según la visión del magistrado, “no corresponde emitir ningún pronunciamiento en esta etapa procesal sencillamente porque este Tribunal carece de competencia para ello”.
“Tomar una decisión en esta causa sin que otro tribunal se haya pronunciado previamente implicaría ejercer una competencia originaria fuera de los supuestos previstos por la Constitución Nacional”, apuntó.
De esta manera, Rosenkrantz se diferenció de Rosatti, Lorenzetti y los conjueces Barroetaveña y Pérez Curci, y consideró que la causa debía ser remitida, sin dictar cautelar alguna, al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche a fin de que continúe su trámite en esa sede.
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POLITICA
La Corte Suprema frenó la derogación de la Ley de Tierras y volvieron las restricciones para extranjeros – Nexofin

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió suspender provisoriamente la derogación de la Ley de Tierras y, de esta manera, volvieron a regir las restricciones para la adquisición de tierras rurales por parte de ciudadanos extranjeros.
El máximo tribunal dictó una medida cautelar interina que dejó en suspenso los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado las limitaciones establecidas por la Ley 26.737. La decisión se tomó luego de una presentación realizada por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre ellos las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon.
El expediente está vinculado con un proceso colectivo impulsado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Los demandantes habían solicitado una aclaración debido a que su amparo colectivo había sido tratado como un caso conexo al iniciado por el CECIM y buscaban determinar qué efectos tenía la decisión de la Corte sobre su expediente.
La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
Fallo a favor del Gobierno: la Justicia rechazó el pedido de la oposición para frenar la derogación de la Ley de Tierras
En los últimos días, el máximo tribunal aceleró el trámite del expediente y convocó a conjueces para poder conformar una mayoría. Barroetaveña, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, y Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza, fueron sorteados para intervenir en el caso.
Además, la Corte redujo a 24 horas el plazo para recusar a los conjueces, pese a que habitualmente este tipo de trámite cuenta con un plazo de 72 horas.
El tribunal consideró que el reclamo presentado por la asociación estaba relacionado con “asuntos concernientes a la tutela del daño ambiental”.
A partir de esa definición, la Corte decidió devolver la causa al Juzgado Federal de Bariloche, donde se había iniciado el expediente, para que allí se analice el planteo de los demandantes.
Sin embargo, mientras se determina si quienes impulsaron la demanda cuentan con legitimación para hacerlo y se evalúa el pedido de protección judicial, los ministros resolvieron dictar una medida cautelar provisoria.
La decisión implica que, hasta tanto avance el proceso judicial, quedan suspendidos los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023. En consecuencia, vuelven a estar vigentes las limitaciones que establece la Ley 26.737 sobre la adquisición de tierras por parte de extranjeros.
Rosenkrantz cuestionó la decisión
El juez Carlos Rosenkrantz se pronunció en contra de la medida. Si bien coincidió en que la legitimación de la asociación demandante era diferente de la que correspondía al CECIM, consideró que la Corte Suprema no tenía competencia para dictar una medida cautelar en este caso.
Para el prestigioso jurista, tampoco correspondía adoptar una decisión provisoria de estas características mientras se analiza la situación procesal de los demandantes.
“Un proceder así solamente debilitará la confiabilidad del Poder Judicial de la Nación”, sostuvo el magistrado en su voto en disidencia.
De esta manera, la Corte Suprema restableció de forma provisoria las restricciones previstas en la Ley de Tierras, mientras la Justicia Federal de Bariloche analiza el planteo de fondo y determina cómo debe continuar el proceso judicial.
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Luego del fallo de la Corte que impacta en la Ley de Tierras, el Gobierno asegura que la oposición no tiene los votos para derogar el DNU 70

El oficialismo de La Libertad Avanza es muy optimista y cree que la oposición no logrará el quórum para sesionar en la Cámara de Diputados el próximo 15 de octubre, cuando pretende tratar y derogar el DNU 70/2023. La expectativa positiva creció luego de conocerse que la Corte Suprema suspendió este viernes el artículo del megadecreto que derogaba la Ley de Tierras, por lo que se restablecieron los límites sobre la venta de tierras rurales a extranjeros.
La decisión del Máximo Tribunal coincide temporalmente con las gestiones que está realizando la Casa Rosada para dar de baja la pretensión de la oposición de derogar el DNU 70, algo a lo que aspira desde el momento mismo en el que fue publicado —diciembre de 2023—, pero que no consiguió apoyo de bloques provinciales y aliados que son fundamentales para conseguir la mayoría absoluta.
Esta iniciativa de la oposición más dura había vuelto a tener alguna posibilidad luego de que la Corte rechazara la judicialización del artículo 154 del DNU por parte del Centro de Ex Combatientes de Malvinas (CECIM) de La Plata. Los jueces alegaron que no tenían legitimación para invocar la protección de soberanía, por lo que la derogación de la Ley de Tierras había vuelto a quedar vigente. Por eso, los legisladores contrarios al Gobierno propusieron voltear la totalidad del decreto y que las restricciones volvieran a estar vigentes.
“Si eso se produce, prácticamente se cae el Gobierno”, dijo tajantemente una altísima fuente de la Casa Rosada a Infobae. Y es que la medida resulta la base de la desregulación económica que inició la administración nacional que comanda Javier Milei. En total, la normativa contempla 366 artículos con derogaciones en leyes varias y nuevas reglamentaciones.

Como el artículo 154 del DNU se trata de un proceso colectivo, la Corte debió resolver primero el caso del CECIM, pero una organización ambiental (Asociación Civil Árbol de Pie) también había judicializado esa misma cuestión bajo un argumento diferente: se invocaba el derecho a un ambiente sano. Finalmente, esta mañana se conoció que el Máximo Tribunal dictó una medida cautelar interina hasta que los tribunales inferiores analicen la cuestión.
Esto le da tiempo al oficialismo para resolver la cuestión de la Ley de Tierras por una vía política. Es por ese mismo motivo que hay bloques aliados que ya les comunicaron a los espacios más opositores que no darán número para el quórum. “Está realmente muy difícil”, se sinceró uno de los diputados que más se está moviendo para que el DNU 70 sea tratado en sesión y sea volteado.
Como lo adelantó Infobae la semana pasada, el oficialismo ya había desplegado una estrategia para separar la discusión de la Ley de Tierras de la del DNU y, así, darles una vía de escape a los aliados que no tienen intención de anular el megadecreto desregulador. Esta decisión implicaba revivir el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada e incluir la limitación de la venta de terrenos rurales a extranjeros nuevamente. Se trata de una postura contraria a la que tenían meses atrás, cuando buscaban desregularlo por completo. Pero la presión social por no reducir las restricciones hizo que el oficialismo cediera.

Ayer se conoció la convocatoria de ese proyecto a un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General. “Con eso algunos de los aliados se nos bajaron. Nosotros ya estábamos sin número antes de eso, así que después de conocer esa noticia el panorama se hizo más difícil”, comentó a Infobae uno de los legisladores opositores.
A esta altura, quienes siguen pujando por la realización de la sesión del 15 de octubre comenzaron a proponer que se saque el DNU 70 del temario. El objetivo es que ese tema no impida que se consiga quórum y que se puedan votar en el recinto los proyectos de Discapacidad y de Morosidad.
En la Casa Rosada reaccionaron con alivio a la noticia de la Corte Suprema. “Nos saca un quilombo de encima”, afirmó un funcionario de primera línea con despacho en Balcarce 50. Aunque no veían que fuera a prosperar la avanzada opositora, les configuraba un escollo de cara a otras negociaciones significativas que el oficialismo debe encarar en ambas cámaras del Congreso.
El ala política del Gobierno intenta sumar votos para dos de sus iniciativas prioritarias: la eliminación de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y la aprobación del Presupuesto 2027.

La estrategia del Ejecutivo para la reforma política no pasa por un entendimiento colectivo con los 13 gobernadores que viajaron a Francia. En cambio, la Casa Rosada optará por una negociación caso por caso, atendiendo los reclamos, las necesidades electorales y el peso parlamentario de cada distrito.
Santilli tendrá a cargo profundizar esos contactos individuales, tanto con los mandatarios provinciales como con los enviados del PRO, con quienes se mantienen reuniones periódicas cada dos semanas en la Casa Rosada. La semana pasada ese encuentro estuvo en riesgo por tensiones entre el partido fundado por Mauricio Macri y el Ejecutivo, aunque finalmente se concretó.
La eliminación de las PASO figura como el punto de mayor resistencia, porque concentra objeciones incluso dentro del propio arco aliado. Por eso, en el oficialismo no descartan aceptar una contrapropuesta que permita construir un texto de consenso. Algunos dirigentes de La Libertad Avanza (LLA) aseguran que los votos ya están, aunque voces internas expresan dudas sobre esa certeza.
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