POLITICA
Descoordinaciones, gobernadores rebeldes y el “factor Tini”: por qué Milei sufrió un calvario en el Congreso

La Casa Rosada era un hervidero: reuniones no programadas para encauzar lo que ya parecía insolucionable, llamados telefónicos cargados de tensión a distintos puntos del país y discusiones internas que no disimulaban la bronca contenida. Ese clima tenía una justificación política válida: 130 días, 4 sesiones y 17 borradores después de la presentación de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, el oficialismo empezaba a aceptar la caída del tan famoso como malogrado Capítulo III que habilitaba la venta de tierras a ciudadanos y empresas del extranjero. Sin embargo, cuando todavía algunos ministros se negaban a digerir esa realidad, el grito de un funcionario de primerísimo nivel presagió el peor final.
-¡Cerramos la grieta! ¡No se puede creer, esto es una cosa de locos! Listo, cerremos todo…
La queja retumbó tan fuerte entre las paredes de la planta baja de Balcarce 50 que varios curiosos se acercaron y rodearon al hombre que permanecía con el celular en la mano. Miraba fijo la pantalla. Estaba indignado. “Abatido”, definiría él mismo más tarde. No era para menos: acababa de toparse con una publicación de Tini Stoessel en Instagram que podría haber sido posteada por Cristina Kirchner. Uno de los tantos bellos paisajes de Argentina, con picos montañosos nevados y verdes pinos en la línea del horizonte, servían de telón de fondo a una frase que no admitía segundas lecturas: “La Patria no se vende”. Cinco palabras para 22 millones de seguidores. “Game over, muchachos. Nos ganaron”, sentenció el colaborador de Javier Milei que, un poco en broma y un poco en serio, empezó a hablar del “efecto Tini”.
La Libertad Avanza se esperaba las críticas de Lali Espósito, Ca7riel, Dillom, La Joaqui y Nicky Nicole, pero le costó procesar que figuras como la reconocida cantante y ex protagonista de Violetta o la estrella teen Emilia Mernes se plegaran al rechazo de un proyecto legislativo tan plagado de complejidades. “No hay que darle demasiadas vueltas: nosotros, que nos la damos de genios de la batalla cultural, perdimos la guerra comunicacional. Si hasta se nos plantó Lisandro Martínez. La única que nos faltaba era que se plegara Leo Messi”, evaluaba, con evidente sorna, uno de los miembros de la Mesa Política que estuvo más activo en las negociaciones en busca de votos con las provincias. Otro integrante coincidió y abrió una arista “a tener en cuenta”: “El timing fue pésimo porque después del Mundial nos hicimos los nacionalistas, nos abrazamos a Malvinas, criticamos la campaña en contra de Argentina y prometimos expulsar a extranjeros que nos agredan. Y en el medio quedamos como rifando la Patagonia. Es raro”. El senador Luis Juez lo resumió ante los micrófonos con su verborragia tradicional: “Defendimos mal el debate sobre Tierras. Nos faltó inteligencia y picardía. Los campeones del relato instalaron un título horrible y nos terminan acorralando a todos”. Los datos duros lo respaldan: un informe de la consultora Reputación Digital descubrió que las redes sociales, la pecera donde LLA dice nadar como pez en el agua, se llenaron con 69% de mensajes negativos sobre la iniciativa que se debatía en la Cámara alta.
Pese a todo, y con el naufragio de la modificación de la Ley de Tierras ya consumado, la Rosada probó manotazos de ahogado para no entregarse tan fácilmente a la aceptación del golpe: por ejemplo, dirigió duros señalamientos a la organización Amnistía Internacional, una de las convocantes a la marcha antiextranjerización. “Viene una ONG británica y te dice que Milei quiere vender el glaciar perito moreno y vos le crees jajaj disculpame hermano no sabia que eras retrasado mental”, escribió en X el caputista Agustín Romo en la previa de una movilización de la que participó la Confederación General del Trabajo (CGT), la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP), las dos CTA y el PJ en sus múltiples vertientes, incluidos La Cámpora y el Movimiento Derecho al Futuro (MDF) de Axel Kicillof. Afuera del Congreso hubo balas de goma, gases lacrimógenos y camiones hidrantes después de que un grupo de encapuchados le tirara proyectiles a los agentes de seguridad.
El resto de la historia es conocida: aunque la Inviolabilidad consiguió la media sanción en el Senado, quedó renga y plagada de dificultades varias. Fue una sesión larga, con 39 oradores anotados. “Todos querían su discursito para el reel porque el proyecto se transformó en algo mega trending topic”, analizaba un operador libertario mientras esperaba el sufragio de los distintos capítulos. La jornada dejó un rosario de movimientos políticos para el recuerdo: en primer lugar, la ausencia de Victoria Villarruel, presidenta en ejercicio por el viaje de Milei a Ecuador y Colombia, que se adelantó a propósito para que la vice no tuviera que desempatar en el caso de ser necesario dado lo justo del “poroteo”; en segundo lugar, el pedido de los senadores Anabel Fernández Sagasti (PJ-Mendoza) y Flavio Fama (UCR-Catamarca) para votar de manera remota se giró a la Comisión de Asuntos Constitucionales sin el menor pataleo del propio kirchnerismo que se había enrolado en la defensa de la digitalidad; por último, el intento del peronismo de vaciar el recinto y que el texto volviera a discutirse en comisiones fue rechazado por 38 legisladores, entre ellos Maximiliano Abad, Carlos Arce, Julieta Corroza, Sonia Rojas Decut y Daniel Kroneberger, cinco que se oponían a acompañar el capítulo vinculado a la venta de tierras.
Un paréntesis obligado: el mileísta Joaquín Benegas Lynch pidió la palabra para intentar explicar que ser el dueño y director de una compañía que gestiona ventas de parcelas en Argentina y a la vez apoyar la parte del proyecto que fue extirpado por Patricia Bullrich no implicaba un conflicto de intereses. “Con este criterio no podría votar nadie”, se excusó. Mientras subía la temperatura del palacio legislativo haciendo referencia a “la presión de la izquierda más rabiosa” y “la ignorancia de los tibios del medio”, el hermano de “Bertie” atacó a la oposición dejando asentado en la versión taquigráfica que “la ley que supuestamente defendía la soberanía nacional permite comprar tierra a los Estados extranjeros”.
La Ley de Propiedad Privada encendió un mensaje de alerta para un ecosistema libertario que tiene en carpeta reformas trascendentales para su futuro: las modificaciones al Banco Central, Inocencia Fiscal II, el Súper RIGI, el régimen de Zona Fría y, con la mira puesta en el objetivo de la reelección 2027, la eliminación o suspensión de las PASO.
El problema es que, apenas empezó la búsqueda de responsables, la interna volvió a comerse al oficialismo. Durante buena parte de esta semana, en los despachos violetas hubo una suerte de todos contra todos en versión parlamentaria. Los reproches circularon de oficina en oficina y, como suele pasar cuando algo sale mal, cada tribu encontró rápidamente la explicación en la impericia ajena. “Santilli no aceleró con los gobernadores”, cuestionaron los que creen que el jefe de Gabinete y ex ministro del Interior debió haber advertido antes que algunos de sus interlocutores habituales estaban abandonando el barco. “Patricia no hizo bien los números finos”, respondieron quienes consideran que Bullrich se quedó encerrada en su propio esquema de conducción del Senado. “Sturzenegger no explicó”, completaron quienes apuntan contra el autor intelectual de buena parte de las reformas que Milei quiere convertir en leyes.

“El Coloso” aparece otra vez en el centro del vendaval por ser uno de los menos dispuestos a ceder cuando la matemática del Congreso exige abandonar la pureza ideológica. “Mandamos reformas demasiado grandes y ambiciosas”, se quejaba un miembro del bloque todavía caliente por el desenlace. Otro, bastante menos diplomático, se despachó sin metáforas: “Vive en una nube de pedo”. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado aguanta embates internos no sólo porque defendió hasta último momento la necesidad de modificar el régimen vigente sino porque se resistió con especial énfasis a las concesiones que “Pato” negoció con bloques dialoguistas para intentar salvar la iniciativa. Los cortocircuitos llegaron a su punto máximo el 19 de julio, cuando la sesión terminó pasando a cuarto intermedio porque no aparecían los votos; en aquellas horas, el propio Sturzenegger llamó personalmente a varios legisladores para transmitirles su rechazo a una cláusula que reafirmaba la facultad constitucional de las provincias para imponer restricciones propias sobre la compra de tierras. La jefa del bloque intentaba ceder para sumar voluntades; por atrás, el funcionario pedía endurecer posiciones.
Si bien sus íntimos lo describen incómodo con el “fuego amigo” y por eso bajó la perilla de sus apariciones mediáticas, nada indica que esté dispuesto a modificar su interpretación de este y otros episodios políticamente conflictivos. De hecho, después de que Marcelo Orrego anunciara en San Juan un acuerdo con Vicuña por U$S 250 millones, eligió utilizar el caso como ejemplo de lo que, a su juicio, perdió la Argentina con el naufragio del capítulo cuestionado. “Vilipendiaron los cambios a la Ley de Glaciares que hoy derrama prosperidad. Quizás no hay conciencia que el capítulo de la Ley de Tierras hubiera permitido esto mismo, pero en todo el país. Se trataba de elegir entre el miedo y la prosperidad”, agitó en redes.
Sturzenegger no monopolizó los pases de factura en Casa Rosada. Cerca de Santiago Caputo, aunque cautos en sus movimientos, aprovecharon el traspié para cuestionar otra vez la estrategia electoral de Karina Milei y los primos Menem. El argumento de este sector plantea una pregunta en apariencia sencilla: si los acuerdos políticos con los gobernadores van a ser fundamentales para aprobar reformas y, más adelante, asegurar las condiciones para la reelección de Milei, ¿por qué todavía no están definidos con claridad los entendimientos territoriales para 2027? Es otra variante de una vieja disputa libertaria: construir La Libertad Avanza hasta el último rincón del país y competir contra todos, o resignar posiciones propias para mantener asociados a dirigentes que después tienen senadores y diputados capaces de inclinar una votación.

La rebelión de esta semana le dio combustible a ese interrogante que circula en los pasillos del poder, especialmente cuando los colaboracionistas Osvaldo Jaldo, de Tucumán; Gustavo Sáenz, de Salta; y Rolando Figueroa, de Neuquén fueron de los primeros en desmarcarse del tsunami que se estaba gestando en el Senado.
Y es ahí donde aparece uno de los datos políticos más trascendentes para comprender por qué el Gobierno terminó bajando una de sus banderas: en la Cámara alta, La Libertad Avanza consiguió consolidar un universo de 44 senadores propios y aliados que ya le permitió aprobar iniciativas trascendentes y que funciona como un cordón sanitario frente al peronismo. Desarmarlo por la Ley de Tierras podía ser mucho más costoso que aceptar una derrota parcial. Bullrich lo dejó prácticamente escrito en el comunicado que difundió su equipo para explicar el repliegue: “El consenso alcanzado demuestra la madurez política de una mayoría parlamentaria comprometida con impulsar reformas estructurales sin resignar la búsqueda de acuerdos duraderos. La decisión refleja el compromiso con una dinámica de trabajo basada en el diálogo, la búsqueda de consensos y el fortalecimiento de iniciativas que otorguen mayor seguridad jurídica, respetando el carácter federal de las decisiones y garantizando un debate legislativo serio y responsable”. Destacable: un mensaje de paz y de amor impropio de los liberales libertarios.
¿El comportamiento de Jaldo, Sáenz, Figueroa y otros senadores que responden a diversos gobernadores anticipa entonces una rebelión generalizada de los territorios del interior contra Milei? En el Gobierno están convencidos de que no. También en las provincias. “No va a cambiar nada. Esta era una ley que, paradójicamente, les daba más poder a los mandatarios pero que fue comunicada pésimo”, analiza un dirigente que conversa habitualmente con varios caciques. Y completa con un diagnóstico más incómodo para Balcarce 50: “El Gobierno tiene menos coordinación política que antes. Patricia está muy sola y muy celosa de su coordinación en el Senado. Y tienen que frenar algunas ideas de Sturze para entrar en un círculo más virtuoso. Hay que elegir las balas que quedan, sacar el Presupuesto y después ya arranca la rosca por las elecciones”.

La Quinta de Olivos necesita comprender esa lógica porque, según admiten los pocos que visitan con frecuencia ese lugar, la pelea verdaderamente disruptiva todavía no ocurrió: el proyecto que desvela a Karina Milei es la reforma electoral y la necesidad de que el año que viene no haya primarias. La hermana presidencial está convencida de que las PASO constituyen un problema para la pretensión de quedarse en el poder un segundo mandato: permiten ordenar oposiciones fragmentadas, facilitan la construcción de coaliciones y agregan una instancia electoral que puede funcionar como una gran encuesta nacional antes de la contienda definitiva. Por eso, el Gobierno está dispuesto a negociar casi todo alrededor de esas cuatro letras. Como anticipó Infobae, en las conversaciones con los líderes provinciales ya circularon desde eventuales acuerdos electorales en formato clásico hasta promesas de menor competencia libertaria en los distritos donde los gobernadores busquen retener el poder.
Así las cosas, los mismos que esta semana obligaron a mutilar el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada son los que mañana deberán aportar voluntades para modificar las reglas de juego de 2027. Y, como si faltaran complejidades, esa discusión encuentra a Milei atravesando una etapa bastante menos cómoda en la opinión pública que la que siguió al triunfo legislativo de 2025.

El Índice de Confianza en el Gobierno de la Universidad Torcuato Di Tella cayó 6,5% en julio y quedó en 1,94 puntos sobre cinco. Un relevamiento nacional de Poliarquía reveló que el 66% de la población prefiere un cambio respecto de la situación económica actual. Hugo Haime & Asociados encuentra algo parecido cuando pregunta por el clima emocional: 34% identifica la bronca como sentimiento predominante y 39% habla de tristeza frente a sólo 20% de esperanza. Y Management & Fit agrega, en un informe publicado hace pocas horas, una arista particularmente delicada: 43,2% piensa que el país estará peor dentro de un año y 58,6% desaprueba la gestión violeta. Apenas un puñado de los últimos estudios que llegaron a las manos del gabinete. Y todo eso sin contar que el Banco Central registra 20,9 millones de personas que tienen algún tipo de deuda financiera y 5,8 millones que acumulan al menos una obligación con más de 90 días de atraso; en apenas doce meses se agregaron casi dos millones y medio de morosos.
El calvario que La Libertad Avanza sufrió en el Congreso tiene una importancia que excede largamente a las hectáreas que un extranjero podrá o no comprar en Argentina: la derrota del Capítulo III expuso una administración con problemas para coordinar a quienes redactan las reformas, quienes las defienden, quienes buscan los votos y quienes tienen que comunicar para qué sirven. Por eso en Balcarce 50 todavía recuerdan con fastidio aquella historia de Instagram que decidió colgar online Tini; no porque crean que una cantante pueda definir por sí sola el destino de una ley, sino porque su frase funcionó como una síntesis brutal de todos sus errores. Y, en paralelo, como un recordatorio: con tantas penurias económicas en el horizonte, no pueden permitirse demasiados traspiés más antes de que empiece la campaña.
Javier Milei,La Rural,acto público,Sociedad Rural Argentina,Buenos Aires,discurso
POLITICA
El Programa de Ciudadanía por Inversión es contrario a la Constitución

El art. 20 de la Constitución argentina establece que las personas extranjeras, para obtener la ciudadanía, deben residir dos años de forma continua en el territorio nacional, salvo que dicho plazo se acorte cuando quien la solicite alegue y pruebe ciertos servicios prestados a la República Argentina.
En 1869 se sancionó la ley de ciudadanía (ley 346), que estableció como requisito de acceso a la ciudadanía, además de los dos años de residencia, la acreditación de alguno de los servicios allí previstos, entre los que se encontraban -entre otros- haber desempeñado con honradez algún empleo para la Nación o las provincias, establecido en el país una nueva industria, introducido una invención útil o ejercido el profesorado en el campo de la educación o la industria. También dispuso que la petición de ciudadanía debía tramitarse ante el juez federal competente con el contralor del Ministerio Público Fiscal.
El modelo constitucional argentino en torno a la ciudadanía por naturalización y su correspondiente reglamentación legal no contemplaron como un “servicio prestado” al país la mera “compra de ciudadanía” mediante una inversión ni la sola acreditación de una determinada capacidad patrimonial. Los servicios exigidos remiten a aportes efectivamente realizados y no a la mera disponibilidad de recursos económicos. De este modo, aun cuando algunos de esos servicios pudieran requerir la utilización de capital, la inversión constituía, en todo caso, el instrumento mediante el cual se materializaba una contribución al país y no el servicio mismo. Sustituir esa lógica por un sistema en el cual la capacidad económica opera directamente como título habilitante supone modificar cualitativamente el concepto histórico de la naturalización: se pasa de una ciudadanía asentada en la residencia y en la vinculación efectiva con la sociedad argentina a otra en la que el patrimonio puede convertirse, por sí solo, en una vía de acceso al vínculo jurídico-político que exige la ciudadanía.
A esto se agrega que, si la persona extranjera que “compra la ciudadanía” tiene una posición privilegiada en cuanto a la obtención de la misma respecto de otras personas extranjeras, entonces, también se afecta el derecho a la no discriminación con motivo de la posición económica. Una distinción de esta naturaleza exige una justificación objetiva, razonable y proporcional particularmente consistente, pues de lo contrario la ciudadanía deja de organizarse sobre condiciones vinculadas con la residencia, la integración o los servicios prestados al país para quedar parcialmente estratificada según la capacidad de pago. El resultado es una suerte de ciudadanía a dos velocidades: una sometida al régimen general y otra, privilegiada, disponible para quien cuenta con el patrimonio suficiente para adquirirla.
Mediante el dictado del DNU 366/2025 se sustituyeron varios artículos de la ley 346 y se estableció un nuevo régimen de ciudadanía, a través del cual las personas extranjeras que acrediten “haber realizado una inversión relevante en el país”, sin importar el plazo de residencia –cuando el resto de las personas extranjeras debe cumplir con los dos años de residencia permanente–, podrán obtener la carta de ciudadanía por naturalización, que será otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones (organismo descentralizado ubicado en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros) a través de un acto administrativo, desplazando la intervención judicial que históricamente caracterizó al procedimiento de naturalización. De los considerandos, no surge ningún argumento que justifique -tal como lo exige el art. 99.3 de la Constitución argentina- la existencia de una objetiva situación excepcional que haya impedido seguir con los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes, y por ende, cuando esto sucede, la consecuencia constitucional prevista es la nulidad absoluta e insanable del decreto de necesidad y urgencia dictado. Mucho más aún cuando la potestad de legislar sobre naturalización y nacionalidad está expresamente atribuida al Poder Legislativo en el art. 75.12 de la Constitución argentina.
En el caso “Yang, Liping” (2026), la Cámara Nacional Electoral resolvió declarar nulo el DNU 366/2025 respecto de la supresión de la competencia judicial en la concesión de la ciudadanía por naturalización. Entre sus argumentos se destaca aquel que afirma que las consideraciones expuestas por el Poder Ejecutivo Nacional “expresan razones de oportunidad, mérito o conveniencia que incumben a la decisión del Poder Legislativo, pues no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del régimen de naturalización, sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé”. Y acá surgen con toda evidencia los efectos nocivos para el sistema republicano y la interdicción de la suma del poder público que tiene la posición obturadora sostenida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la ausencia de legitimación procesal y de caso o controversia para impugnar de forma general a los decretos de necesidad y urgencia que no cumplen con los requisitos de habilitación constitucional para su dictado: como solo se puede cuestionar judicialmente a un DNU respecto de los derechos subjetivos que este afecta, por más que en una causa se compruebe que un DNU es nulo de nulidad absoluta, continúa vigente para el resto de la sociedad (aunque la nulidad constitucional establecida por los convencionales constituyentes de 1994 tenga efectos derogatorios generales y retroactivos).
A pesar de los argumentos constitucionales expuestos, el ministro de Economía acaba de anunciar la puesta en marcha del Programa de Ciudadanía por Inversión a través de dos mecanismos que consisten en realizar un aporte directo y no reembolsable al Tesoro Nacional por la suma de US$350.000 o suscribir un título público de US$800.000 creado específicamente para este Programa. También ofrece un “combo familiar”: un grupo integrado por un solicitante principal, su cónyuge y dos hijos menores, podrá solicitar la ciudadanía por US$500.000.
Cuando la ciudadanía abandona la idea de expresión de pertenencia, integración y no discriminación para ofrecerse exclusivamente a cambio de una suma de dinero, se degrada el sentido originalista de la misma. La República Argentina puede atraer inversiones o ponerle precio a un título público, pero lo que el orden constitucional claramente no permite es poner en venta la condición de ciudadano.
El autor es doctor en Derecho (UBA) y profesor de Derecho Constitucional y Derechos Humanos (UBA y UNLPam)
Andrés Gil Domínguez,LA NACION,Política
POLITICA
La Corte Suprema se reúne este viernes y podría fallar sobre la Ley de Tierras

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó para este viernes a las 9 a un Acuerdo Extraordinario para emitir un nuevo fallo sobre la Ley de Tierras que podría dejar vigente nuevamente las restricciones derogadas por el decreto del Gobierno, confirmaron fuentes judiciales a TN.
Antes de fijar la fecha, los jueces redujeron a 24 horas el plazo para que las partes presenten las impugnaciones contra la integración de los dos conjueces sorteados para el expediente y habilitó días y horas inhábiles.
El tribunal tiene para resolver un pedido de medida cautelar que, si prospera, pondría nuevamente en vigencia las restricciones a la venta de campos a extranjeros derogadas por el decreto 70/2023.
Este caso fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre los que se incluyen las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, y está vinculado con el proceso colectivo impulsado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Concretamente, los involucrados pidieron una aclaratoria, ya que su amparo colectivo fue tratado como caso conexo al del CECIM y buscan “que se precise” si el fallo produce algún efecto sobre su expediente
Para intervenir en este expediente fueron designados los conjueces Diego Barroetaveña, de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Ambos aceptaron el cargo.
Como suplentes quedaron Jorge Morán, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, y Eduardo Farah, juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
En la resolución emitida este jueves por la Corte, se aclaró: “en atención a las particulares circunstancias de la causa, corresponde abreviar el plazo para que dicha integración quede consentida, el que se fija en 24 horas”. Habitualmente, el plazo es de 72 horas.
El expediente a resolver llegó después del fallo de la semana pasada, en el que la Corte revocó una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del decreto 70/2023 por el que Javier Milei derogó la ley 26.737. Los jueces consideraron que el CECIM no cuentan con legitimación activa para cuestionar la medida. El fallo de la Corte generó fuertes críticas de la oposición y la amenaza de tratar en el Congreso, en una sesión especial, la caída de todo el DNU 70/2023.
Por el revuelo que generó la decisión, la Corte emitió un comunicado donde aclaró que solo resolvió “un aspecto procesal”, con una decisión que “se ajusta estrictamente” a sus precedentes. Que no afectaba “a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales”.
“Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”, remarcó el máximo tribunal.
POLITICA
Rechazan por unanimidad el pedido de Máximo y Florencia Kirchner para suspender el decomiso de sus bienes

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la pretensión de Máximo y Florencia Kirchner de suspender el remate de sus bienes para ejecutar la condena de la causa Vialidad, donde su madre Cristina Kirchner cumple una condena de seis años de prisión.
El remate de los bienes de la expresidenta, hasta cubrir la suma de 645 millones de dólares, depende ahora de una resolución de la Corte Suprema de Justicia, que desde hace cuatro meses tiene en sus manos el asunto.
Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña declararon inadmisibles sendos recursos de casación interpuestos por Máximo y Florencia Kirchner, y por Sebastián Sánchez, director titular de las empresas Hotesur y Los Sauces.
Los recursos cuestionaban la resolución del Tribunal Oral Federal 2 del 14 de septiembre de 2026, que había rechazado los planteos contra la ejecución de esos bienes, dispuesta el 26 de agosto último.
Máximo y Florencia Kirchner pretendían que se suspendiera el trámite del incidente de ejecución patrimonial y que se avanzara con medidas cautelares hasta que la Corte resolviera la queja vinculada con el decomiso.
Por su parte, Hotesur y Los Sauces S.A. cuestionaban que se hubiera diferido su intervención en el incidente respecto de los bienes de su titularidad.
La Sala IV consideró que los recursos eran formalmente inadmisibles porque la resolución cuestionada no era recurrible. No constituía una sentencia definitiva ni era equiparable a ella, ni impedía la continuación del trámite, dijeron los jueces. Tampoco los que reclamaban demostraron un perjuicio actual de imposible o tardía reparación posterior.
La Cámara de Casación destacó que las cuestiones planteadas no habían sido resueltas definitivamente, sino que su tratamiento fue diferido y podía ser retomado en la oportunidad procesal correspondiente. De esa manera, declaró inadmisibles los recursos y permitió que continúe el trámite de ejecución del decomiso dispuesto en la causa Vialidad, por un monto actualizado de aproximadamente 685.000 millones de pesos.
111 inmuebles
Lo que está en juego por ahora es la ejecución patrimonial de la condena y el remate virtual de los 111 inmuebles de la causa Vialidad que propusieron los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.
Hay un segundo pedido fiscal para avanzar con el decomiso de otros 141 inmuebles, 46 autos y más de US$ 5,6 millones en efectivo de Florencia Kirchner que fueron secuestrados en su caja de seguridad del Banco Galicia.
Las defensas de Cristina Kirchner y de Máximo y Florencia se opusieron a que el decomiso alcance bienes de los hijos del matrimonio presidencial -si se toma en cuenta los que generó también el fallecido Néstor Kirchner-, pues ninguno de los se encuentra entre los condenados por Vialidad.
No obstante, el Tribunal Oral Federal 2 y la Cámara Federal de Casación —en un voto dividido— rechazaron ese planteo al entender que los fondos eran parte del objeto del delito, por más que hubieran sido heredados luego por los hijos de Néstor y Cristina Kirchner. Ese fallo es el que fue cuestionado ante la Corte Suprema de Justicia.
El Tribunal Oral Federal 2 no puede ejecutar el decomiso de 111 inmuebles hasta que la Corte Suprema resuelva los recursos de queja de las defensas, pendientes desde fines de mayo, cuando la Sala IV de Casación rechazó los recursos extraordinarios de Cristina Kirchner y sus hijos.
Hasta ahora, los acusados vienen teniendo éxito en demorar la ejecución. La Corte ya se pronunció sobre otro aspecto de la ejecución. En julio pasado, los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron las quejas contra la actualización del monto calculado sobre la base del Índice de Precios al Consumidor, que quedó fijado en 684.990.350.139,86 pesos.
Resta, en cambio, la definición sobre los bienes con los que se cubrirá esa suma. Aunque la Corte resolviera, el decomiso tampoco se completaría de inmediato, pues falta terminar de realizar dos pasos previos.
El primero es que el Cuerpo de Peritos Tasadores entregue la valuación de los inmuebles. El segundo es que la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte responda una consulta del Tribunal Oral Federal 2, vinculada con el reglamento aprobado por la Acordada 22/2025, sobre qué propiedades quiere el máximo tribunal para su propio uso.
Es decir, como es la Corte la que resuelve sobre los bienes decomisados en un delito, tiene prioridad para elegir aquellos que considere que son de utilidad pública para su funcionamiento; los que directamente no irían a remate, sino incorporados a su patrimonio o al del Poder Judicial.
Recién entonces, según el tribunal, podrá avanzarse con el cambio de titularidad de los inmuebles que pasen a manos de la Corte Suprema y con el remate del resto de los bienes, para lo que se dispuso la creación de una plataforma de subastas online, que es utilizada en todas las causas donde el Poder Judicial subasta bienes.
En paralelo, los fiscales pidieron un segundo decomiso, más amplio que el primero: 141 inmuebles, 46 automotores, 5.656.134 dólares y otros 53.280,24 pesos.
ejecutar,Hernán Cappiello,Conforme a
DEPORTE1 día agoEscándalo total en la AFA: reventa millonaria, un homenaje paupérrimo a Messi y el pedido urgente de renuncia a Chiqui Tapia
INTERNACIONAL2 días agoDespués de su prohibición, las plataformas de apuestas deportivas y los casinos en línea ya están fuera de servicio en Brasil
POLITICA2 días agoMarcha contra la Corte: sectores del PJ, la izquierda, gremios y piqueteros protestan por el fallo que libera la venta de tierras para extranjeros


















