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POLITICA

Fernando Marín recordó a Maradona y lanzó una fuerte crítica: “No tenés derecho a dejar morir una leyenda”

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Fernando Marín debutó con su columna en Infobae en Vivo y repasó historias de su trayectoria en la televisión argentina, su vínculo con figuras del deporte y su mirada sobre Diego Maradona, en medio del desarrollo del juicio por las condiciones en que sucedió su muerte. “No tenés derecho a dejar morir una leyenda”, expresó.

Durante su paso por el estudio de Infobae a las Nueve, donde dialogó con Gonzalo Sánchez, Tatiana Schapiro, Ramón Indart y Cecilia Boufflet, el productor, responsable de ciclos como Mesa de Noticias, Video Show, Calabromas y Cantaniños, trazó un recorrido por los hitos de la televisión argentina.

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“Mesa de Noticias se terminaba de escribir diez minutos antes del vivo. Le metíamos actualidad hasta último momento”, explicó. En ese contexto, describió el ritmo de trabajo: “Era maravilloso”. También mencionó al equipo que lo acompañaba, entre ellos Gustavo Yankelevich, Cris Morena y Fernando Bravo.

Fernando Marín y Diego Maradona, una relación a prueba del tiempo

Además, se refirió a su relación con Maradona, a quien conoció cuando el futbolista tenía 17 o 18 años. Allí evocó su experiencia durante el Copa Mundial de la FIFA 2018. “Ese lapso que estuve con Maradona en Rusia, lo que desplegaba era algo tan fuerte, tan especial”, dijo. Y agregó: “Me agarró fuerte el brazo y me dice: ‘¿Usted sabe todo lo que yo lo respeto a usted?’”.

Al referirse a la figura del exfutbolista, planteó una distinción entre ídolo y leyenda. “Para mí Maradona es una de las pocas leyendas que tiene la Argentina”, afirmó. En ese sentido, explicó: “Ser leyenda o ídolo hay un océano entre una cosa y la otra”.

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Comparó esa categoría con otras figuras como René Favaloro, Carlos Monzón y Juan Domingo Perón. “La leyenda trasciende los espacios”, sostuvo. Sobre Lionel Messi, indicó: “Es un ídolo, pero todavía no es una leyenda”.

El productor también cuestionó las explicaciones en torno a la muerte de Maradona. “No tenés ningún derecho a dejar morir una leyenda”, expresó. Y añadió: “Me da mucha bronca escuchar que dicen que el carácter de Maradona impedía ayudarlo”.

El productor trajo a Roberto Gómez Bolaños intuyendo que sus entrañables personajes podían ser un éxito también en Argentina. Cincuenta años después, siguen vigentes (Foto/Archivo personal Fernando Marin)

En su análisis, destacó la intensidad del exjugador. “Nunca fue contradictorio a sus sentimientos”, dijo. Y señaló: “Sabía que tenía problemas y que no los dominaba”.

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Marín repasó además su trayectoria en el mundo del deporte, donde produjo peleas de Monzón y eventos como la Copa Davis. También recordó su vínculo con el ambiente nocturno internacional y figuras del espectáculo, aunque aclaró que esas historias “quedan para otro día”.

En el cierre, volvió sobre la figura de Maradona y su impacto. “Era una persona que provocaba una mirada de amor”, afirmó. “No podías caminar sin que la gente quisiera mirarlo”.

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• De 7 a 9: Infobae al Amanecer: Nacho Giron, Luciana Rubinska y Belén Escobar

• De 9 a 12: Infobae a las Nueve: Gonzalo Sánchez, Tatiana Schapiro, Ramón Indart y Cecilia Boufflet

• De 12 a 15: Infobae al Mediodia: Maru Duffard, Andrei Serbin Pont, Jimena Grandinetti, Fede Mayol y Facundo Kablan

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• De 15 a 18: Infobae a la Tarde: Manu Jove, Maia Jastreblansky y Paula Guardia Bourdin; rotan en la semana Marcos Shaw, Lara López Calvo y Tomás Trapé

• De 18 a 21: Infobae al Regreso: Gonzalo Aziz, Diego Iglesias, Malena de los Ríos y Matías Barbería; rotan en la semana Gustavo Lazzari, Martín Tetaz y Mica Mendelevich

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POLITICA

La Cámara del Trabajo dejó en suspenso el fallo del juez que frenó la reforma laboral

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La Cámara del Trabajo otorgó efecto suspensivo a la apelación del Estado Nacional contra la medida cautelar decretada por el juez Horacio Ojeda que frenó más de 80 artículos de la reforma laboral, según el fallo al que accedió . De esta manera, la iniciativa aprobada en el Congreso está en vigencia hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

Así lo resolvieron los camaristas de la Sala VIII, María Dora González y Víctor Pesino, que con su decisión dejaron en suspenso lo fallado en primera instancia por Ojeda, titular del juzgado del Trabajo N° 63 y quien el 30 de marzo pasado dictó una medida cautelar innovativa en la que hizo lugar a un pedido de la CGT para suspender 82 artículos de la normativa de la ley 27.802.

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La semana pasada, el Gobierno presentó un recurso de per saltum ante la Corte Suprema para que levante la suspensión que se había impuesto sobre los principales artículos de la reforma laborala pedido de laConfederación General del Trabajo (CGT).

El Ministerio de Capital Humano celebró en redes sociales el fallo de la Cámara del Trabajo con un comunicado. “La Cámara Laboral revocó la decisión del juez Ojeda y declaró la vigencia de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional”, expresó la cartera que depende de Sandra Pettovello, quien tiene bajo su órbita la Secretaría de Trabajo.

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La medida cautelar de Ojeda había frenado por tres semanas la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las limitaciones al derecho a huelga por sectores de actividad, el cálculo de las indemnizaciones sin contemplar los aguinaldos y otros pagos, la creación del banco de horas, la fragmentación de las vacaciones, el pago en cuotas de las indemnizaciones, el traspaso de la Justicia nacional laboral a la ciudad de Buenos Aires y la derogación de la Ley de Teletrabajo, entre otros puntos de la iniciativa denominada de “modernización laboral”.

Ojeda es juez laboral desde 2012. Previamente fue empleado judicial y también fue asesor en asuntos legislativos del exministro de Trabajo Carlos Tomada durante el kirchnerismo. Su medida quedó ahora en suspenso.

Noticia en desarrollo

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Horacio Ojeda,@JMilei,@MinJusticia_Ar,@juanbmahiques,@ProcuTesoroAR,pic.twitter.com/iTE5mxQxXe,April 23, 2026,el Fondo de Asistencia Laboral,Conforme a

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POLITICA

La Cámara del Trabajo revocó la cautelar que frenaba la reforma laboral y restableció la vigencia de 83 artículos

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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió modificar el efecto concedido al recurso de apelación presentado por el Estado nacional en la causa que discute la reforma laboral y dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la aplicación de una parte significativa de la ley. La decisión fue adoptada por la Sala VIII del tribunal, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino.

La resolución se dictó en el expediente “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ acción declarativa”, en trámite ante el Juzgado N° 63, y revisa el alcance del recurso interpuesto por el Estado contra la medida cautelar innovativa dictada el 30 de marzo. En ese antecedente, el juez Enrique Ojeda había hecho lugar al planteo de la Confederación General del Trabajo y suspendido la vigencia de una cantidad relevante de artículos de la Ley 27.802, publicada en el Boletín Oficial el 6 de ese mes.

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Según surge de la resolución de Cámara, el Estado había apelado esa decisión y el recurso fue concedido el 7 de abril “en relación y con efecto devolutivo”, lo que implicaba que la cautelar seguía vigente durante la tramitación de la apelación. Frente a ese encuadre, el Estado se presentó en queja para que se modificara el efecto del recurso y se le otorgara carácter suspensivo.

El comunicado que posteó Sandra Pettovello para difundir que la Cámara Laboral validó la Reforma Laboral (X)

La Sala VIII hizo lugar a ese planteo y fundó su decisión en lo dispuesto por el artículo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. Esa norma establece que cuando una cautelar suspende, total o parcialmente, los efectos de una disposición legal, la apelación debe concederse con efecto suspensivo, salvo que se verifiquen supuestos excepcionales vinculados a la tutela de derechos especialmente protegidos.

En ese sentido, los jueces sostuvieron que, prima facie, en el caso no se encontraban configuradas esas excepciones. Destacaron además que la cautelar había suspendido la vigencia de una cantidad significativa de artículos de una ley sancionada por el Congreso, lo que activa el régimen especial previsto en la norma. Bajo ese criterio, señalaron que corresponde que sea la Cámara —en tanto tribunal colegiado— la que evalúe la confirmación o revocación de la medida, en función de la entidad institucional del acto cuestionado.

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Con ese encuadre, el tribunal resolvió “modificar la resolución del 7 de abril de 2026 y otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación deducido por el Estado Nacional”. La consecuencia inmediata es que la cautelar deja de tener efecto mientras se sustancia el trámite ante la Cámara.

Desde el punto de vista práctico, la decisión implica que los artículos de la reforma laboral que habían sido suspendidos recuperan vigencia en esta etapa del proceso. La medida cautelar, que había tenido efecto inmediato y alcance general, queda sin aplicación hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo.

La presentación original de la CGT había cuestionado una parte sustancial de la reforma laboral, con argumentos centrados en la afectación de derechos laborales y sindicales. Entre los puntos objetados se incluyeron modificaciones al régimen de indemnizaciones, cambios en las condiciones de contratación, alteraciones en la jornada laboral y disposiciones vinculadas a la representación sindical.

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El fallo de primera instancia había considerado acreditados los requisitos para dictar una medida cautelar, en particular la verosimilitud del derecho invocado y el riesgo de daño irreparable, y sobre esa base dispuso la suspensión de 83 artículos de la ley.

El Estado nacional apeló esa decisión a través de la Procuración del Tesoro de la Nación, donde cuestionó la procedencia de la cautelar, la legitimación de la CGT y el alcance de la resolución judicial. También sostuvo que no existía un caso concreto que justificara la suspensión de una norma de carácter general sancionada por el Congreso.

Además de la apelación, el Gobierno presentó un recurso extraordinario por “per saltum” ante la Corte Suprema, con el objetivo de que se revise la suspensión de la reforma laboral.

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La Ley 27.802 forma parte del paquete de reformas impulsadas por el Gobierno en materia económica y laboral. El Ejecutivo sostiene que introduce cambios destinados a modificar el funcionamiento del mercado de trabajo, con el objetivo de reducir la litigiosidad y promover la formalización del empleo.

En resumen, la intervención se inscribe en la estrategia judicial del Gobierno, con participación del Ministerio de Justicia de la Nación, a cargo de Juan Bautista Mahiques. En tanto, desde el sector sindical, la norma es cuestionada por considerar que implica una reducción de derechos laborales y una alteración del sistema de protección vigente.

Con la decisión de la Cámara, el expediente continúa su trámite en una nueva etapa. El tribunal deberá analizar los planteos de fondo formulados por las partes y definir si corresponde confirmar o revocar la medida cautelar en función de los argumentos jurídicos presentados.

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Hasta tanto se produzca esa definición, la reforma laboral se mantiene vigente en los términos establecidos por la ley. La discusión judicial sigue en curso y no se descarta su eventual tratamiento por la Corte Suprema en instancias posteriores.

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POLITICA

Qué dice la denuncia del Gobierno contra periodistas

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El Gobierno nacional, a través de la Casa Militar, inició acciones legales contra dos periodistas tras la difusión de un informe grabado en el interior de la Casa Rosada. La presentación judicial quedó en manos del juez Ariel Lijo en los tribunales de Comodoro Py, bajo cargos vinculados a la divulgación de secretos políticos y militares.

Distintas entidades periodísticas condenaron fuertemente la prohibición de ingreso de trabajadores de prensa a la Casa Rosada.

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La denuncia sostiene que el accionar periodístico vulneró la seguridad de las instalaciones y expuso datos estratégicos del Poder Ejecutivo Nacional. Por su parte, la administración libertaria tomó medidas administrativas inmediatas sobre los involucrados.

La presentación señala a Luciana Geuna e Ignacio Salerno, integrantes del equipo de TN. Ambos participaron en la realización de un informe emitido el domingo pasado en el programa Y mañana qué, donde exhibieron diversos sectores del palacio de gobierno.

El Gobierno afirma que los periodistas grabaron material de forma furtiva, sin autorización de las autoridades. La Casa Militar argumenta que el video muestra sistemas de vigilancia, equipos de comunicación y dispositivos de control de acceso que deben mantenerse bajo reserva.

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La acusación cita posibles delitos contra la seguridad nacional previstos en el Código Penal y la Ley Nacional de Inteligencia, bajo el argumento de que el material facilita inteligencia sobre los movimientos del Presidente.

El mandatario, quien se encontraba de viaje en Israel durante la emisión del material, utilizó su cuenta en la red social X para criticar la labor de los periodistas. Milei calificó el hecho como una conducta delictiva y reclamó consecuencias para los responsables, en línea con sus frecuentes cuestionamientos públicos hacia sectores de la prensa.

“BASURAS REPUGNANTES. Me encantaría ver a esas basuras inmundas que portan credencial de periodistas (95%) que salgan a defender lo que hicieron estos dos delincuentes. Espero que esto llegue hasta los máximos responsables. CIAO!“, escribió este miércoles por la tarde.

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Además de la causa judicial, la Casa Rosada aplicó una medida inmediata sobre Ignacio Salerno. Según fuentes oficiales, el periodista perdió su acreditación para ingresar al edificio.

La Secretaría de Comunicación y Medios califica el hecho como una falta grave al reglamento de convivencia, el cual prohíbe registrar imágenes en espacios no autorizados dentro del predio.

Ignacio Salerno perdió su acreditación para ingresar a Casa RosadaRodrigo Nespolo

La normativa vigente de la Secretaría de Comunicación prohíbe transmitir en vivo o registrar videos en zonas restringidas. El reglamento estipula que la transgresión de estas normas constituye una falta grave que habilita a la revocación de las acreditaciones otorgadas a los cronistas.

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Los responsables de seguridad nacional enfatizaron que el video expuso riesgos injustificados para el funcionamiento del Ejecutivo y la integridad del primer mandatario, puesto que precisa la ubicación de despachos y salas de reuniones estratégicas.

Luego de que se prohibiera el ingreso de periodistas a la Casa Rosada entidades periodísticas condenaron la medida y solicitaron que sea eliminada. Organizaciones periodísticas como el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) y la Asociación de Periodistas de la República Argentina (Apera) marcaron la “gravedad institucional” y la “enorme preocupación” que implica la decisión.

Fopea expresó “su rechazo ante la decisión del gobierno nacional de no permitir el ingreso de los periodistas acreditados a la Casa Rosada, una medida que afecta de manera generalizada a la totalidad de los trabajadores de prensa que cubren habitualmente la actividad del Poder Ejecutivo”. La entidad periodística remarcó que “se trata de una medida de extrema gravedad institucional, ya que altera las condiciones básicas para la cobertura periodística del principal ámbito de funcionamiento del Poder Ejecutivo Nacional”.

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“Esta decisión no solo afecta el ejercicio del periodismo, sino que impacta directamente en el derecho de la ciudadanía a acceder a información sobre los actos de gobierno. En los hechos, implica limitar la posibilidad de que la sociedad conozca, comprenda y controle la actividad de sus gobernantes”, subrayó Fopea.



El Gobierno nacional, a través de la Casa Militar, inició acciones legales contra dos periodistas,Distintas entidades periodísticas condenaron fuertemente la prohibición,pic.twitter.com/Z46PtFT74k,April 22, 2026,Agenda,Luciana Geuna,Javier Milei,,Fecha confirmada. Cuándo es la marcha universitaria,,Próximo lunes. La Bancaria anunció un paro en el Banco Central y no abastecerá ni trasladará dinero a las entidades financieras ese día,,Fin de semana largo. A quiénes les corresponde el feriado del viernes 1° de mayo,Agenda,,Feria del Libro. La grilla con las actividades y los invitados más destacados,,Próximo lunes. La Bancaria anunció un paro en el Banco Central y no abastecerá ni trasladará dinero a las entidades financieras ese día,,En detalle. Quiénes pueden entrar gratis a la Feria del Libro

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