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ECONOMIA

Ingresos Brutos en tickets: por qué el impuesto que mostrarán podría no ser el que realmente pagás

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Las provincias poco a poco comenzaron a adherir al Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, una iniciativa valiosa que permitirá visibilizar la carga tributaria contenida en los precios. Pero su diseño no es neutro: según cómo lo implemente cada provincia, se puede transparentar la presión fiscal o, por el contrario, ofrecer una imagen incompleta -e incluso engañosa- de la carga real de Ingresos Brutos.

El régimen parte de una premisa simple: que el consumidor identifique qué parte del precio corresponde a impuestos. A nivel nacional, la obligación alcanza al IVA y otros tributos indirectos, y en ese marco, las provincias fueron invitadas a avanzar con Ingresos Brutos.

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Allí surge el verdadero debate: si conviene informar una alícuota, un importe estimado, o ambas cosas. La diferencia no es menor. Informar solo la alícuota evita presentar como exacto un monto que, por la propia mecánica del impuesto, solo puede estimarse.

Por qué Ingresos Brutos no se deja transparentar fácilmente

A diferencia del IVA, Ingresos Brutos es un impuesto de carácter acumulativo: grava las sucesivas etapas de la cadena de comercialización sin neutralizar el tributo soportado previamente. Como consecuencia, el impuesto se incorpora al precio, generando un efecto de imposición «en cascada». Esa incidencia acumulada no aparece reflejada en los regímenes provinciales de transparencia, y reconstruirla en cada ticket sería impracticable.

Una alternativa sería transparentar esa limitación incorporando una leyenda que aclare que no refleja la carga total contenida en el precio, sino apenas una aproximación vinculada a la última etapa comercial.

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La cuestión adquiere una complejidad adicional en los contribuyentes sujetos al Convenio Multilateral, donde la base imponible se distribuye entre distintas jurisdicciones, lo que dificulta aún más la determinación de la incidencia atribuible a una jurisdicción determinada.

Y ello se extiende más aún si consideramos que la mayoría de las provincias aplican regímenes de recaudación que incrementan aún más la carga real del impuesto.

Distintos modelos provinciales

CABA y Mendoza optaron por informar la alícuota aplicable. Es un esquema menos impactante en términos comunicacionales, pero más prudente técnicamente: evita exhibir como cierto un monto que puede distorsionar la carga real.

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Entre Ríos fue más allá: exige informar no solo la alícuota, sino también el impuesto estimado. El modelo tiene valor pedagógico porque traduce la carga fiscal a un monto concreto, pero abre una zona gris evidente: ese importe no necesariamente coincidirá con el impuesto que determine el contribuyente, ya que la reglamentación no estableció la fórmula del cálculo, y sin una metodología uniforme, la transparencia pierde comparabilidad.

El caso más cuestionable es Chubut. La provincia obliga, exclusivamente a los contribuyentes del Convenio Multilateral, a informar un «valor aproximado» del impuesto. Para calcularlo, la resolución adopta una fórmula que consiste en aplicar sobre el precio de la operación, la alícuota «promedio» del 3,5%, y el coeficiente unificado.

En apariencia, la formula luce razonable, pero arroja un resultado, cuando menos, engañoso.

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La dificultad radica en que, bajo el Convenio Multilateral, el coeficiente unificado no refleja la atribución de una operación en particular, sino una pauta de distribución construida a partir de la participación relativa que tuvo cada jurisdicción en la actividad del contribuyente durante períodos anteriores. Por ello, utilizar ese coeficiente para estimar la incidencia de una venta concreta puede arrojar resultados poco representativos. Si ese coeficiente de Chubut es bajo, el ticket mostrará un importe ínfimo, que podría llevar al consumidor a concluir que Ingresos Brutos casi no incide en el precio.

La distorsión del régimen chubutense se acentúa cuando exige aplicar una alícuota «promedio» del 3,5%, que es significativamente inferior a la que deben aplicar los únicos sujetos obligados hasta el momento a cumplir el Régimen, que son los grandes supermercadistas, alcanzados a una alícuota del 5%.

Por último, Córdoba, aún no adhirió formalmente. Solo dictó una norma preparatoria, en la cual justificó la falta de implementación del régimen en los costos de implementación y en la necesidad de armonizar criterios con las restantes jurisdicciones, aun cuando esas dificultades no justificarían demoras respecto de contribuyentes locales.

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Transparencia sí, pero sin distorsionar

La transparencia fiscal al consumidor es más que bienvenida: mejora la información disponible y permite elevar la conciencia del verdadero contribuyente, el consumidor. Pero no basta con mostrar un dato en el comprobante; ese dato debe ser técnicamente razonable, intelectualmente honesto y no inducir a errores de interpretación.

Si las provincias avanzan en la exhibición de importes estimados de impuesto, deberían construir criterios metodológicos comunes, que arrojen resultados homogéneos entre provincias. Asimismo, debería aclararse expresamente que el impuesto estimado no refleja la carga acumulada del tributo en el precio final, sino solo la incidencia de éste en la última etapa de la cadena comercial.

En definitiva, celebramos la iniciativa de transparentar los impuestos, pero para que cumpla su verdadera función, el régimen debe reflejar su verdadero impacto con la mayor fidelidad posible. De otro modo, corre el riesgo de desinformar y terminar oscureciendo, paradójicamente, aquello que pretende transparentar.

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ECONOMIA

Conflicto portuario: el Gobierno oficializó la reducción temporaria del 20% de las tarifas de practicaje

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La resolución establece la instrumentación del recorte tarifario acordado con el sector

Se dispuso la disminución en un 20% de las tarifas vigentes para el servicio de practicaje o pilotaje
Se dispuso la disminución en un 20% de las tarifas vigentes para el servicio de practicaje o pilotaje
  1. Reactivación de la prestación del servicio de practicaje y pilotaje de manera regular
  2. La suspensión de los efectos del Decreto Nº 690/26
  3. La conformación de una mesa intersectorial con el objeto de establecer un nuevo reglamento de los servicios de practicaje y pilotaje
  4. La disminución en un 20% de las tarifas vigentes para el servicio de practicaje o pilotaje
Según los datos del Ministerio de Desregulación, el practicaje argentino se encuentra entre los más caros del mundo. EFE/ STR
Según los datos del Ministerio de Desregulación, el practicaje argentino se encuentra entre los más caros del mundo. EFE/ STR

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El costo estructural de la nueva Carta Orgánica del BCRA: por qué esta estabilidad no es neutral

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Como era de esperar, la reforma anunciada de la Carta Orgánica del Banco Central se estructura sobre la premisa de que la inflación es “siempre y en todo lugar un fenómeno monetario” y que el mandato múltiple de la institución (que hoy incluye el empleo y el desarrollo con equidad social) constituye una “consagración de la ignorancia”. En su lugar, impone un mandato único y excluyente: preservar el valor de la moneda.

Si bien la erradicación de la altísima volatilidad nominal argentina es una urgencia indiscutible, un análisis riguroso apoyado en la teoría económica revela que esta reforma esconde un profundo sesgo distributivo: promete estabilidad, pero a costa de institucionalizar la anemia del crecimiento, la caída del salario real y del empleo, fundamentalmente para los sectores de menores ingresos.

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El proyecto asume que estabilizar los precios es un acto puramente técnico y aséptico. Sin embargo, desarrollos recientes en la frontera del mainstream económico (ver Lorenzoni y Werning (2023); Afrouzi, Halac, Rogoff y Yared (2024, 2026) o Ravenna y Walsh (2025)), demuestran formalmente que la política monetaria es, por definición, una política distributiva.

Por ejemplo, aun cuando Afrouzi, Halac, Rogoff y Yared (2026) defienden firmemente la independencia del Banco Central y la fijación de compromisos inflacionarios, su trabajo demuestra que una autoridad monetaria capaz de comprometerse con la estabilidad de precios mantiene la inflación baja, pero acepta que la participación salarial y el producto queden permanentemente en un nivel inferior. No es un costo de transición que se disipa: es una propiedad de la estabilidad. Menor inflación de equilibrio se corresponde con menor participación salarial de equilibrio y con márgenes de ganancia más altos.

Al prohibirle por ley al BCRA considerar el empleo o la equidad, la nueva Carta Orgánica no está despolitizando la moneda; está decidiendo legalmente que el costo del ajuste recaiga siempre sobre los trabajadores.

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La objeción inmediata es que la inflación también castiga a los trabajadores, fundamentalmente a aquellos de menores ingresos (Ravenna y Walsh (2025)). Es cierta y está documentada. En un trabajo reciente, Afrouzi, Blanco, Drenik y Hurst (2026) muestran que los salarios reales se licúan y que recomponerlos depende de la capacidad de cambiar de empleo, que no todos tienen. Pero también muestra que el costo de la estabilización implica la privatización de estos ajustes: cada trabajador debe resolver sus problemas de forma individual.

Es decir, el argumento sobre el impacto distributivo de la inflación no debilita la oposición a esta reforma: lo completa. Como sostienen Lorenzoni y Werning (2023), la inflación es la manifestación de un conflicto distributivo no resuelto. La inflación y la desinflación por contracción monetaria transfieren desde el mismo lado; lo que cambia es el canal, no el signo. Suprimir el síntoma derrotando a una de las partes no resuelve el conflicto: lo cristaliza.

Conviene aquí despejar un equívoco respecto de la tan mentada “independencia” de la autoridad monetaria. El BCRA ya es una entidad autárquica desde 1992 y su Carta Orgánica establece desde entonces que no está sujeto a órdenes ni instrucciones del Poder Ejecutivo. Ese artículo el proyecto no lo modificó en la reforma de 2012, ni se modifica ahora.

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Lo que cambió a lo largo de las últimas tres décadas no fue la independencia operativa sino los mandatos, las herramientas y —sobre todo— la forma concreta en que esa independencia se ejerció que depende del régimen de designación y remoción de los directores.

Pero de ahí no se sigue lo que el relato oficial sugiere. En primer lugar, porque la Carta Orgánica reformada en 2012 permitió el desarrollo de diferentes esquemas de política a lo largo del tiempo, pero siempre en línea con la forma en la cual cada directorio decidió ejercer su autonomía. En segundo lugar, y más importante, es que este proyecto de reforma no genera una nueva estructura legal en nombre de la independencia, solo agrava la posibilidad de remover a las autoridades del BCRA.

De este modo, la tan mentada “independencia” no es un dispositivo neutral que permite alcanzar la estabilidad: es el mecanismo institucional mediante el cual el gobierno de Milei busca apropiarse del control de la autoridad monetaria por los próximos años.

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En efecto, basta mirar quién ejerce hoy esa autonomía para entender los motivos reales de este proyecto. Los diez integrantes del directorio del Banco Central fueron designados en comisión por decreto y ninguno cuenta con el acuerdo del Senado.

Sobre ese directorio el proyecto tiende un régimen de remoción que exige dos tercios de ambas cámaras, sin modificar en nada el mecanismo de designación: ni escalonamiento de mandatos, ni desfase respecto del ciclo presidencial, ni límite a la reelección, ni plazo máximo para los nombramientos en comisión. El resultado es una asimetría difícil de justificar desde cualquier posición. Para poner un director alcanza con un decreto y, eventualmente, una mayoría simple. Para sacarlo harán falta dos tercios de Diputados y del Senado.

Súmese que el proyecto fue elaborado por el ministro de Economía, el ministro de Desregulación y el propio presidente del Banco Central, y el cuadro se completa: la norma que blinda al directorio fue redactada, en parte, por quienes lo integran. No es un detalle de implementación. Es la diferencia entre independencia y captura. La primera exige que el nombramiento sea tan exigente como la remoción; si no, lo que se blinda no es la institución sino a quienes la ocupan en el momento de sancionar la ley.

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Por supuesto, desde perspectivas teóricas alternativas estos resultados no son tan novedosos. Para la economía política postkeynesiana esta captura e hiper independencia de la autoridad monetaria es el vehículo legal para instaurar lo que la literatura denomina una “política de ingresos basada en el miedo” (Setterfield, 2007).

Al carecer de herramientas cooperativas para coordinar precios y salarios, el único mecanismo que le queda a la ortodoxia es un Banco Central aislado para frenar la inflación utilizando la amenaza del desempleo y la asfixia del crédito como dispositivos disciplinadores. Se suprime la espiral inflacionaria, sí, pero institucionalizando la precarización y la inseguridad laboral permanente.

En el debate público argentino es intuitivo creer que “apagar la maquinita” cerrando las vías de financiamiento al sector público resolverá automáticamente el problema de los precios. Sin embargo, la tradición estructuralista (Olivera, 1960, 1967) nos advierte que la inflación periférica responde también a graves cuellos de botella productivos y a la vulnerabilidad externa.

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Estas restricciones, junto con las implicancias dinámicas de una economía atrapada en una “trampa bimonetaria”, implican que intentar estabilizar los precios exclusivamente contrayendo la liquidez o anclando variables nominales suele empujar al país a “zonas de incompatibilidad”. En estos escenarios, el tipo de cambio necesario para evitar una crisis de balanza de pagos es tan alto que resulta socialmente intolerable, pulverizando el poder adquisitivo (Gerchunoff y Rapetti (2016) o Dvoskin y Feldman (2018a, 2018b)).

La estabilización no puede ser sinónimo de la paz de los cementerios. Aprobar este proyecto en su redacción actual implica transformar al BCRA en una institución diseñada para externalizar los costos del conflicto distributivo hacia el sector productivo y el trabajo.

Hay un punto adicional que prácticamente no se discute y no requiere compartir ninguna de las objeciones anteriores para preocupar. El proyecto elimina la estabilidad financiera del mandato del Banco Central, y lo hace conservando la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias dentro de la institución, con un superintendente que sigue siendo miembro del directorio.

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La combinación no tiene precedente regional. Brasil, Uruguay y Paraguay supervisan a los bancos desde el banco central y, coherentemente, incluyen la estabilidad financiera en su mandato. Perú es el único de la región con mandato único, y puede permitírselo precisamente porque la supervisión bancaria está fuera: la ejerce una Superintendencia separada. El proyecto argentino copia el mandato peruano y se queda con el supervisor adentro.

El resultado es que el BCRA conserva todas sus herramientas de prestamista de última instancia —los redescuentos y adelantos por iliquidez del artículo 17 no se modifican, incluido el régimen extraordinario que habilita exceder los máximos por mayoría absoluta del directorio— pero pierde el objetivo legal que las justifica. Y las conserva bajo un régimen de remoción cuya primera causal remite a las prohibiciones del artículo 19 sin exigir gravedad ni evidencia manifiesta, que sí se exigen para las demás. Si una asistencia de emergencia se recalifica después como exceso del marco de iliquidez transitoria —la distinción entre banco ilíquido e insolvente, que nunca es nítida en el momento de decidir—, el acto queda expuesto como causal de remoción.

Lo notable es que nada de esto era necesario. El objetivo declarado se alcanza igual con un mandato jerarquizado, que es el modelo del Banco Central Europeo que el propio mensaje invoca: estabilidad de precios como misión primaria y, sin perjuicio de ella, cuidado de la estabilidad del sistema financiero. Es apenas una oración, pero su omisión sugiere que la exclusividad del mandato responde menos a un problema de diseño que a una afirmación doctrinaria.

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En definitiva, Argentina necesita imperiosamente derrotar la inflación, y claramente, esto requiere redefinir el espacio institucional para el desarrollo de políticas monetarias, fiscales, cambiarias y financieras consistentes. La evidencia académica demuestra que desarrollar senderos de sólido crecimiento económico, estabilidad nominal y equidad distributiva, implica coordinar expectativas mediante pactos de ingresos, transformar la matriz productiva para relajar la restricción externa, y contar con un Banco Central que, si bien debe ser responsable y técnico, no puede estar legalmente ciego ante el desarrollo y la equidad social del país al que sirve.

*El autor es presidente del Banco de la Provincia de Buenos Aires

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ECONOMIA

Mercados: el riesgo país argentino vuelve a subir, mientras Wall Street retoma el alza

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Las bolsas de Nueva York exhiben este viernes indicadores en alza y nuevamente cerca de su nivel récord, luego de conocido un reporte de empleo en los EEUU, aunque la tendencia no se traslada a los activos argentinos.

El índice S&P Merval de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires cae 0,1%, en los 3.100000 puntos, en la sexta caída en pesos para el panel líder. En agosto el retroceso se aproxima al 5 por ciento. El Merval en dólares se aleja de la barrera de los 2.000 puntos, en un piso desde el 22 de mayo.

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Los bonos soberanos en dólares -Bonares y Globales- registran números mixtos, mientras que el riesgo país de JP Morgan aumenta en 13 unidades para la Argentina, en los 450 puntos básicos, un máximo desde el 10 de junio.

Fuente: Rava Bursátil-precios en dólares (actualizado a las 12:50 horas)

Entre los ADR y acciones de compañías argentinas que son operados en dólares en Nueva York se imponen las bajas, encabezadas por Bioceres (-4,8%) y Loma Negra (-2,7%).

Las acciones estadounidenses suben vertiginosamente mientras los inversores asimilaban un inesperado descenso en la creación de empleo y sus implicaciones para las decisiones de política monetaria de la Reserva Federal.

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El promedio industrial Dow Jones sube un 0,3%, mientras que el S&P 500 gana un 0,5%. El Nasdaq Composite aumenta un 1,3% tras una jornada mixta en los mercados.

La atención se centró en el informe de empleo de julio en los EEUU, que mostró que la economía perdió inesperadamente 23.000 puestos de trabajo, mientras que la tasa de desempleo descendió ligeramente hasta el 4,1%. Los economistas encuestados por Bloomberg esperaban que se crearan 80.000 puestos de trabajo y que el desempleo se situara en el 4,2% durante el mes.

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“Si bien los debates en torno a la inflación y la vertiginosa inversión en inteligencia artificial han eclipsado la relativa estabilidad del mercado laboral en los últimos meses, el informe del viernes ofrece un dato clave para la Reserva Federal a la hora de sopesar una subida de los tipos de interés en su próxima reunión”, definió Yahoo Finance.

Los expertos de Balanz precisaron que “la creación de empleo no agrícola en Estados Unidos en julio sorprendió nuevamente a la baja tras mostrar una caída de 23.000 nuevos puestos, bastante por debajo de los 80.000 esperados. Es más, los datos de junio se revisaron a la baja hacia 20.000 desde 57.000 reportados inicialmente, con lo que la revisión a dos meses de la creación de empleo fue negativa en 103.000 (desde -74.000 en junio). Buena parte de la sorpresa negativa en los datos vino por el sector privado que tuvo una creación de empleo de 30.000 puestos, por debajo de los 82.000 esperados”.

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“A pesar de estos datos, y dado que proviene de una encuesta distinta, la tasa de desempleo se redujo de manera inesperada a 4,1% desde 4,2% (se esperaba ese número). La tasa de participación se redujo también de manera inesperada a 61,4% desde 61,5% (se esperaba 61,6%), alcanzando el valor más bajo desde febrero 2021. El mercado esta incorporando una suba de 25 puntos básicos en la tasa de política monetaria de la Fed recién para diciembre”,agregaron desde Balanz.

Los precios del petróleo crudo retoman las subas. El barril de Brent del Mar del Norte gana 1,2%, a USD 83,45 en los contratos con entrega en octubre. El barril de crudo ligero de Texas aumenta 1,3%, a USD 78,32 en las posiciones para septiembre.

“Mientras coincidan una moderación del mercado laboral, menores presiones salariales y petróleo más barato, el escenario seguirá siendo favorable para el oro. El verdadero riesgo para esta narrativa sería que la inflación vuelva a acelerarse o que los próximos datos de empleo demuestren que julio fue simplemente una anomalía”, aportó Sergio Cisternas, analista de mercados EBC Financial Group.

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