POLITICA
La izquierda presentó un habeas corpus para “evitar detenciones arbitrarias” en una movilización que hará el sábado

Los dirigentes del Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) Alejandro Bodart y Celeste Fierro presentaron una acción de habeas corpus para “evitar detenciones arbitrarias” en la denominada “Marcha de la Bronca”, que el Frente de Izquierda impulsa y que se realizará este sábado por la tarde, en un recorrido desde la Plaza del Congreso hasta Plaza de Mayo, con consignas opositoras al gobierno de Javier Milei. Los organizadores buscan contrarrestar la posible aplicación del protocolo antipiquetes.
Bodart y Fierro −ambos exlegisladores porteños− sostuvieron en su presentación judicial que formalizan la solicitud de habeas corpus “en favor de todas las personas que participen o transiten por la manifestación denominada ‘Marcha de la Bronca’, prevista para el día 19 de septiembre de 2026 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de evitar detenciones arbitrarias y cualquier afectación a su integridad por parte de las fuerzas de seguridad en el marco de la aplicación del denominado ‘Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación’”.
Los dirigentes del MST consideraron que el protocolo antipiquetes habilita “la intervención inmediata de las fuerzas de seguridad sin orden judicial previa, calificando cualquier reunión o corte parcial de calles como un delito flagrante y permitiendo la detención arbitraria de manifestantes”. Argumentaron que “esta normativa vulnera derechos constitucionales fundamentales, tales como la libertad de expresión, la libertad ambulatoria y el derecho de reunión pacífica”.
“Se solicita que se mandate a las fuerzas de seguridad cumplan su función acorde a los estándares internacionales de derechos humanos, a los fines de garantizar el pleno ejercicio de manifestarse y peticionar ante las autoridades, salvaguardado la integridad física de quienes participan de las protestas. En particular, se ordene que el personal de las fuerzas de seguridad porte visiblemente su nombre, apellido y rango”, pidieron Bodart y Fierro en la presentación judicial, que aún no tiene juzgado a cargo designado.
Como antecedente, los integrantes del Frente de Izquierda y de los Trabajadores-Unidad que firmaron la solicitud de habeas corpus señalaron que, en la manifestación contra el proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada, el 6 de agosto, en la Plaza del Congreso, “las fuerzas de seguridad avanzaron sobre la masiva protesta en un Congreso vallado y la aplicación de este protocolo derivó en detenciones masivas e ilegales y uso de la fuerza desproporcionado, dejando una gran cantidad de heridos por la fuerza de seguridad nacional y de la ciudad de Buenos Aires”. remarcaron que “existe riesgo cierto e inminente de que esta situación se repita”.
Al insistir sobre el antecedente de la manifestación del 6 de agosto, en la presentación se subrayó el pedido de que “se disponga la designación de veedores judiciales que supervisen el accionar de las fuerzas de seguridad durante el operativo del 19 de septiembre de 2026″.
Según puntualizaron los dirigentes del MST en su requerimiento judicial, “el Ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de la ministra Alejandra Monteoliva, confirmó ante las consultas de distintos medios de comunicación que aplicará un dispositivo especial de control en la zona”.
“El derecho a la protesta es una manifestación esencial de la vida democrática y una herramienta legítima de participación ciudadana. Su criminalización, mediante la aplicación de un protocolo que habilita la represión indiscriminada y las detenciones arbitrarias, constituye una grave regresión en materia de derechos humanos. El Poder Judicial tiene el deber de actuar como garante de la Constitución Nacional y de velar por la supremacía del Estado de derecho”, concluyeron Bodart y Fierro.
El FIT-U impulsa una “autoconvocatoria” de unas 200 organizaciones a la “Marcha de la Bronca”, que tiene como consigna “En el camino de derrotar a Milei, su plan y sus cómplices con la huelga general”. La manifestación comenzará frente al Congreso, a las 15.30 y, una hora después, comenzará la marcha hacia Plaza de Mayo, por la Avenida de Mayo. Los organizadores esperan una concurrencia de “varias decenas de miles” y anuncian réplicas de la marcha central en distintas ciudades de todo el país.
Al confluir en Plaza de Mayo, la protesta culminará con la lectura de un documento crítico de la gestión Milei, a cargo de artistas, y el cierre musical con una versión de “La Marcha de la Bronca”, de Miguel Cantilo.
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POLITICA
Una Corte que perdió la sensibilidad contextual

La Corte Suprema parece haber perdido, desde hace tiempo, una de sus principales virtudes institucionales, la “sensibilidad contextual”. Me refiero a lo que el académico norteamericano Martin Shapiro considerara uno de los elementos más distintivos de la racionalidad decisoria de los buenos tribunales, para asegurar su propia supervivencia institucional.
Luego del 2001, y con Ricardo Lorenzetti a la cabeza, la Corte Suprema supo hacer un esfuerzo notable para recuperar legitimidad social, en un contexto severamente hostil al tribunal.
Desde hace años, en cambio (me arriesgaría a decir que desde el fallo “Muiña” y, sobre todo, a partir de los conflictos internos que se han sucedido en el tribunal), la Corte Suprema se muestra desnorteada, lo que la lleva a reaccionar, como en estos casos, de modo incomprensible y torpe.
Algunos ejemplos de lo que señalo se derivan del mismo lenguaje utilizado por el tribunal en sus comunicaciones recientes cuando, con sobreactuado énfasis, afirma lo que de otro modo sabe que niega. Así, en el fallo “CECIM” (cuando la Corte dejó sin efectos los límites a la venta de tierras a extranjeros), en una inédita aclaratoria dada a conocer al día siguiente, sostuvo que la decisión tomada era meramente “procesal” y “técnica”, y que por tanto no afectaba lo “sustantivo” del caso (cuando, en los hechos, ¡la Corte volvía a dar vida al artículo de un decreto que derogaba una ley!).
Y ahora, cuando señala que su fallo “de ninguna manera puede ser considerado como un apartamiento o una modificación de criterio” respecto de lo decidido en ‘CECIM’ (cuando se trata de un apartamiento inexplicable, decidido con una velocidad prodigiosa).
Oportunismo
En segundo lugar, subrayaría el problema que representa para nosotros, ciudadanos, esta discrecionalidad y -lamento decirlo- oportunismo que viene mostrando la Corte en sus decisiones. Una vez más, en el fallo “Árbol de Pie”, los jueces de la Corte presentan enfáticamente como virtud lo que reconocen, entonces, como defecto: se proclaman a sí mismos “celosos custodios de la Constitución Nacional” y atentos “ante las circunstancias concretas de cada caso” (SIC).
Pero lo cierto es que ninguna persona atenta a su actuación puede, de buena fe y con buenas razones, explicar por qué es que esa Corte “celosa custodia” de la Constitución hace tres años que permite la subsistencia legal del DNU 70/2023, que es manifiestamente inconstitucional (al derogar leyes, modificar Códigos, etc.). Ello así, cuando tiene en su poder decenas de causas que le permitirían tomar una decisión al respecto, aun alguna como “CGT”, bien fundada y con irreprochable legitimación.
Tampoco se entiende cómo se compatibiliza esa incomprensible demora frente a lo imperioso (salvaguardar la Constitución, pudiendo y debiendo hacerlo como principal custodio de las reglas del juego democrático) con una decisión como “Árbol de Pie”, tomada con un incomprensible atolondramiento.
No se entiende tampoco cómo trató la cuestión de la legitimación en un caso y en otro (volveré sobre esto enseguida); ni por qué no atendió ambas causas conjuntamente y como causas conexas (y no sucesivamente, y de este modo); ni por qué en este caso concede una cautelar que en “CECIM.” fulminaba; ni por qué algunos jueces dicen que ahora no pueden conceder una cautelar, cuando en otros casos similares lo hacían, como parece señalarle Lorenzetti y la mayoría a Rosenkrantz, frente a su parcial disidencia. Ellos remarcan: “El Tribunal cuenta con atribuciones suficientes para disponer las medidas necesarias para preservar los bienes jurídicos que se invocan como afectados, más allá de las reglas que rigen su competencia, ie. en Ibarrola”.
Finalmente, querría llamar la atención sobre el elemento jurídico que apareció como la “mera cuestión técnica” o “procesal” de la que “únicamente” se ocupara la Corte en “CECIM”, y que también juega un papel central en “Árbol de Pie”: la cuestión de la legitimación activa (en lo que nos interesa, si el demandante tiene un interés directo en la causa, necesario para sostener su reclamo).
El complejo tema “técnico” de la legitimación es, junto con otras cuestiones “técnicas” de índole similar (como la “jurisdicción” o “competencia” del tribunal), la gran “excusa jurídica” que vienen utilizando nuestros tribunales para intervenir en los casos que quieren intervenir, y no hacerlo cuando no quieren.
Lo cierto es que tener una concepción más “abierta” o “cerrada” de la legitimación conlleva consecuencias legales importantísimas: tribunales más abiertos a la ciudadanía, o más cerrados a sus demandas. Y no hay nada inherente a los requisitos esenciales del rule of law, que exija que se adopte una versión más amplia o restringida de la legitimación.
Puertas abiertas
En India, en los años 80, a través de jueces como Bhagwati J, y en casos como P.U.D.R. v. India, o Metha v. Union of India, la Corte propuso que “las puertas del tribunal” quedaran “abiertas de par en par a los pobres y a los menesterosos” y avanzó una concepción radicalmente amplia sobre la legitimación.
Las dos mejores Cortes Constitucionales de la región -la de Colombia y la de Costa Rica– han favorecido también formas de legitimación amplísimas, amparadas en ciertos recursos jurídicos existentes (la tutela, la acción popular, la acción de incumplimiento).
En los Estados Unidos, hasta fines del siglo XIX, los requerimientos en la materia de legitimación eran muy laxos, pero por razones distintas comenzaron a endurecerse en las últimas décadas, en particular a partir de casos como Lujan v. Defenders of Wildlife, de 1992, y la intervención del juez conservador y originalista Antonin Scalia. Scalia fue quien más promovió una versión cada vez más restrictiva de la legitimación, exigiendo en la demanda la presencia de una “lesión real,” un “carácter concreto”, una conexión de “causalidad” fuerte, y una clara “posibilidad de reparación.”
En la Argentina, el reformado artículo 43 de nuestra Constitución fue muy generoso en la materia (permitiendo con amplitud la solicitud de amparos o cautelares en defensa de los derechos), y fue la propia Corte la que, a través de interpretaciones no fácilmente justificables, fue ampliando o restringiendo casi a piacere los requerimientos de legitimación. En “CECIM”, la legitimación operó como su “excusa técnica” para intervenir sobre el fondo del asunto (volviendo a dar vida al art. 154 del DNU 70/2023) cuando decía no lo hacía, mientras que en “Árbol de Pie”, la Corte decidió sobre el fondo del asunto pero “precautoriamente” y sin resolver la cuestión de la legitimación, que en “CECIM” parecía tener tan clara. Minucias.
En mi opinión, en un aquí y ahora caracterizado por graves violaciones de derechos constitucionales (que se prolongan en el tiempo); y por una crisis extrema de la representación política; constituye un gran problema que la Corte se incline por una concepción restrictiva de la legitimación, porque de ese modo cierra una de las últimas vías de reparo institucional que le quedan a la ciudadanía para reclamar por sus derechos. Más grave todavía es que lo haga invocando exigencias “técnicas” que le impedirían decidir de otro modo; y aún peor que lo haga discrecionalmente, sin que podamos conocer, como ciudadanos, cuándo, por qué y de qué modo es que podemos reclamar por nuestros derechos.
Roberto Gargarella,LA NACION,Política
POLITICA
Tras el fallo de la Corte sobre la Ley de Tierras, el Gobierno considera que la oposición no reunirá quórum para rechazar el DNU de Milei

El Gobierno recibió como una señal favorable el nuevo fallo de la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras y considera que puede desarticular la sesión opositora convocada para avanzar contra el DNU 70/2023. En la Casa Rosada creen que la restitución provisoria de las restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros elimina uno de los principales argumentos que utilizaron distintos bloques para impulsar el rechazo integral del decreto.
La Corte suspendió interinamente los efectos del artículo 154 del DNU 70, que había derogado la Ley 26.737, hasta que el Juzgado Federal de Bariloche resuelva sobre la legitimación de los demandantes y analice el pedido de cautelar. La decisión no resolvió la constitucionalidad del decreto ni cerró definitivamente la discusión judicial.
En Nación sostienen que ese escenario modifica la negociación parlamentaria. El oficialismo viene hablando con bloques aliados y confía en que la oposición no reunirá el quórum necesario para abrir la sesión especial, aunque continuará las conversaciones durante los próximos días para evitar que el DNU llegue al recinto.
La lectura que hacen en Balcarce 50 es que los diputados que cuestionaban específicamente la eliminación de los límites a la extranjerización de tierras ya no necesitan acompañar el rechazo completo del decreto para mantener esas restricciones vigentes. La Justicia dejó suspendido el artículo cuestionado mientras continúa el expediente.
Ese cambio también puede modificar la estrategia que el Gobierno venía preparando en Diputados. Hasta esta semana, el oficialismo analizaba volver a incorporar un capítulo sobre tierras rurales dentro del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada para ofrecerles una alternativa legislativa a los bloques dialoguistas.
Ahora, en la Casa Rosada evalúan no avanzar con ese proyecto ni sumar nuevamente el capítulo de Tierras mientras la cuestión siga judicializada. La posición que gana espacio es evitar reabrir una discusión que el Ejecutivo considera políticamente costosa y esperar la resolución de los tribunales inferiores.
El giro supone abandonar, al menos por ahora, el intento de volver a discutir en el Congreso las restricciones que el Gobierno había eliminado mediante el DNU 70. En sectores del Ejecutivo reconocen que la liberalización de la compra de tierras por extranjeros nunca tuvo suficiente respaldo político ni social y que insistir con el tema puede generar un conflicto innecesario.
POLITICA
Sin la ley de tierras, la oposición insistirá con la sesión especial con otros dos proyectos incómodos para Milei

El fallo de la Corte Suprema, que restablece los límites a la venta de tierras a extranjeros, le dio aire al Gobierno. La resolución favorece sus intentos por desactivar la megasesión convocada por la oposición para rechazar el DNU 70/23 sin pagar un costo político significativo. Si el número para habilitar el debate en el recinto estaba lejos, ahora todavía más.
Es que ofrece una vía de escape a los diputados indecisos, mayoritariamente de bloques provinciales, que se encontraban en la incómoda posición de tener que defender una cuestión sensible para sus distritos, pero sin intención de hacer caer el megadecreto y desobedecer a sus gobernadores. “Les dio la excusa perfecta”, dijo un legislador opositor, sobre el curso de acción que podrían adoptar ahora los cordobeses que responden a Martín Llaryora o los santafesinos de Provincias Unidas, como Gisela Scaglia.
Los apoyos para alcanzar el quorum se reducirían hoy a 115 votos, incluso en el cálculo más favorable, según el conteo de algunos diputados al tanto de las negociaciones. Una cifra que deja a la oposición a 14 voluntades de las 129 necesarias para habilitar el debate en el recinto.
Pese al giro que representa, la definición de la Corte resultó “hiperesperable” tanto para libertarios como para opositores, aunque con efectos políticos bien distintos para unos y otros. Esta semana, legisladores de Unión por la Patria (UP) y otros bloques críticos ya daban por descontado que, a más tardar el martes, llegaría un “salvataje” por parte del máximo tribunal. Y por ende, asumían la dificultad de dar con las voluntades necesarias para avanzar con la sesión.
Sin embargo, anticipaban que llevarían hasta las últimas consecuencias el intento de voltear el DNU 70/23 del Gobierno. “No podemos, no debemos bajarnos”, advertían. Tras el pronunciamiento de la Corte, ratificaron la convocatoria para el próximo jueves 15 de octubre, si bien admiten algunos que “se diluye el corazón de la convocatoria”.
En efecto, la ausencia de límites a la venta de tierras a extranjeros tocó de lleno la discusión sobre la soberanía y despertó un fuerte rechazo social y cuestionamientos de buena parte del arco político. La polémica empujó a legisladores de Unión por la Patria, Provincias Unidas, la Coalición Cívica, Encuentro Federal, la izquierda y algunos bloques provinciales a cerrar filas en defensa de la normativa, envalentonados por la posibilidad de retomar una vieja disputa: hacer caer el megadecreto de Milei.
Discapacidad y morosidad
Despejada, a priori, la cuestión de tierras, la oposición buscará apoyarse el próximo jueves en otros dos focos críticos para el Gobierno, que fueron incluidos estratégicamente en el temario de la convocatoria: la prórroga de la emergencia en discapacidad y la que refiere a morosidad familiar. Dos temas que podrían servir de anzuelo para convencer a los indecisos de bajar al recinto.
También sigue de cerca la marcha universitaria convocada para ese mismo día en reclamo de mayor financiamiento, con la expectativa de que la movilización sume presión política.
A fines de contener la avanzada, el oficialismo intentará dar señales de “autonomía” respecto de la decisión de la Corte la próxima semana e insistirá con la maniobra que ya había ensayado para desactivar la sesión: incorporar el debate sobre la Ley de Tierras al tratamiento en comisiones del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.
Aunque los libertarios ya evaluaban esta alternativa, la decisión tomó forma el miércoles, cuando sus aliados les exigieron una respuesta inmediata en una reunión con representantes de LLA y el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, convocada originalmente para discutir el Presupuesto.
De esta forma, el próximo miércoles podría presentarse una propuesta basada en los planteos de los bloques dialoguistas para derogar el artículo 154 del DNU 70/23 —hoy suspendido transitoriamente por la Corte— e introducir modificaciones a la Ley de Tierras.
Eso sí, según advierten algunos libertarios, sin alterar los topes establecidos en la normativa, una disputa que el oficialismo ya perdió en el Senado cuando intentó elevar al 25% el límite del 15% de tierras que pueden quedar en manos extranjeras.
Con esta iniciativa, el Gobierno buscaría establecer un “marco jurídico” para la adquisición de tierras por extranjeros y, sobre todo, separar esa discusión del DNU 70/23, con el objetivo de blindar el megadecreto frente a un eventual rechazo legislativo.
restablece los límites a la venta de tierras a extranjeros,,sus intentos por desactivar la megasesión,https://t.co/C44QwN7TSY,October 9, 2026,Delfina Galarza,Congreso Nacional,Conforme a
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