POLITICA
Mandan a un tribunal oral a revisar si corresponde anular la condena a Guillermo Moreno por la falsificación de datos del INDEC

La Cámara Federal de Casación abrió la puerta para evaluar si corresponde anular la condena a Guillermo Moreno a 3 años de prisión en suspenso y 6 años de inhabilitación para ocupar cargos públicos por falsear datos del INDEC cuando era secretario de Comercio durante el kirchnerismo, porque entiende que se encuentra prescripta por el paso del tiempo.
Los jueces de la Sala II del tribunal, Mariano Borinsky y Alejandro Slokar, rechazaron un recurso extraordinario del fiscal ante la Casación Mario Villar, evitaron que el caso vaya a la Corte y convalidaron la decisión por la cual ordenaron al tribunal oral que hizo el juicio que evalúe si la causa contra Moreno y su exnúmero dos Beatriz Paglieri se encuentra prescripta.
Los magistrados declararon inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por el fiscal y con ello quedó firme la decisión por la cual se ordenó al tribunal oral la revisión del fallo, a 17 años desde que ocurrieron los hechos.
Los magistrados consideraron que el escrito del fiscal Villar no cumplía con los recaudos que la ley exige para la admisibilidad del recurso, y dijeron que no iba dirigido contra una sentencia definitiva, por lo cual decidieron su desestimación por inadmisible.
Los jueces basaron su fallo en el criterio sostenido por la propia Corte Suprema de Justicia en lo relativo a los requisitos exigidos para la interposición del recurso extraordinario. El tribunal oral ahora queda ahora obligado a dictar un nuevo pronunciamiento sobre la prescripción ajustado al estándar trazado por los jueces Borinsky y Slokar que ya señalaron que el asunto puede estar prescripto ya que la causa lleva más de 17 años de tramitación.
La causa se originó en una denuncia presentada en febrero de 2007 vinculada a la actuación de Moreno en el INDEC durante su gestión como secretario de Comercio Interior.
El Tribunal Oral Federal N° 2, integrado por Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini, condenó a Moreno y a Paglieri a una pena de tres años en suspenso por los delitos de abuso de autoridad en concurso ideal con destrucción e inutilización de registros públicos. La coimputada Marcela Filia fue absuelta y el fallo quedó firme y fue consentido por la propia fiscalía.
El 1° de julio de 2026, la Sala II, por mayoría de los jueces Slokar y Borinsky, con la disidencia del juez Javier Carbajo, había hecho lugar a los recursos de casación de ambas defensas, y ordenando que se dicte un nuevo fallo.
El tribunal oral había rechazado el planteo de prescripción al considerar que mientras Filia fuera funcionaria en el INDEC no operaba ese supuesto, aun cuando hubiera sido absuelta por una decisión firme y consentida por el fiscal.
La mayoría de Casación revocó ese criterio al sostener que el principio de que la causa no prescribe cuando un imputado es funcionario público tiene el propósito de evitar que corra el término mientras quien ocupa ese cargo pueda influir negativamente u obstaculizar el avance de la investigación. Y además dijo que el imputado que suspende los plazos no debe ocupar cualquier cargo público, sino uno que tenga incidencia sobre el asunto del proceso.
El tribunal oral había reconocido al absolver a Filia que no surgía de las constancias del expediente cuáles fueron las actividades que desarrolló en el INDEC, ni el cargo para el que fue contratada. Sin embargo, entendió que se trataba de una empleada administrativa que cumplió órdenes propias de sus funciones.
Pero la Cámara de Casación entendió que ese déficit no podía ser suplido luego para sustentar la suspensión del plazo. Ahora los jueces del Tribunal Oral Federal 2 deberán revisar nuevamente si corresponde o no declarar prescripto el caso.
la condena,Hernán Cappiello,Conforme a
POLITICA
“Les vamos a caer con todo el peso de la ley”: el Gobierno porteño repudió el ataque a las mujeres trans en Palermo

El jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Macri, repudió los ataques a las mujeres trans en Palermo y aseguró que no permitirá que los delitos queden impunes.
“Los ministros de Justicia y de Seguridad ya están avanzando con la investigación para identificar a estos delincuentes. Les vamos a caer con todo el peso de la ley”, escribió el funcionario en su cuenta de X.
En esa línea, la ministra de Cultura porteña, Gabriela Ricardes, apuntó: “En la Ciudad de la diversidad y del abrazo a todos, repudio absolutamente el ataque en Palermo a las mujeres trans. Que les caiga todo el peso de la ley a los culpables que atacaron, además, la convivencia y el respeto de todos los porteños”.
El hecho ocurrió en la madrugada del lunes. Según reconstruyeron las víctimas, eran entre 50 y 60 jóvenes, la mayoría en bicicleta, que rodearon a las mujeres mientras estaban paradas sobre una de las calles internas y las golpearon con palos, conos y escobas.
La secuencia comenzó la noche del domingo y se extendió hasta el lunes a la madrugada, primero con burlas y provocaciones. Ante la reacción de las víctimas, los agresores regresaron armados y atacaron salvajemente a las trabajadoras sexuales.
Los atacantes filmaron todo el ataque y subieron las imágenes a Instagram y TikTok bajo la consigna “A correr a los trabas”, acompañadas de emojis de risa y mostrando la violencia como un espectáculo.
La fiscal especializada en discriminación Andrea Scanga ya está al frente del caso.
POLITICA
Por la visita del Papa, el Gobierno amplió el control aéreo y autorizó el uso de la fuerza ante un acto hostil

A días de la visita del papa León XIV a la Argentina, el Gobierno nacional dispuso la ampliación temporal de las Reglas de Protección Aeroespacial, un protocolo que habilita el uso de la fuerza como último recurso contra aeronaves de origen externo declaradas hostiles.
Por medio de la publicación del Decreto N° 1334/2026 en el Boletín Oficial, se confirmaron nuevas restricciones al tránsito aéreo y una coordinación reforzada entre autoridades civiles y militares. El objetivo declarado es proteger los actos papales que tendrán lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba y Luján entre el 8 y el 11 de noviembre.
De esta manera, la norma amplía las reglas aprobadas en 2016 para las Zonas de Operaciones Restringidas TMA Baires y TMA CBA. Se trata de los espacios que comprenden sectores de alta circulación aérea alrededor de los aeropuertos y las ciudades de Buenos Aires y Córdoba.
Como punto central de las modificaciones, las autoridades habilitaron “el uso de la fuerza por parte de los medios del Sistema de Defensa Aeroespacial para el derribo y/o destrucción de vectores incursores de origen externo declarados ‘hostiles’”.

En este sentido, el uso de la fuerza implicará “el empleo del poder de fuego disponible por parte de la aeronave interceptora contra la estructura del vector incursor, con el objeto de anular su capacidad de vuelo impidiendo la continuidad de su trayectoria”. Asimismo, deberá contemplarse un plan para minimizar el riesgo de daños a la vida y/o bienes en la superficie.
Para que eso ocurra, el decreto exige la comprobación de un “acto hostil”. La definición abarca desde un ataque armado, el uso o la amenaza inminente de usar una aeronave como arma contra personas, intereses vitales de la Nación u objetivos estratégicos.
Entre los indicios que pueden ser evaluados como hostiles figuran la presencia de armamento o la persistencia, pese a las advertencias, de una trayectoria, una altura o una velocidad compatibles con un ataque contra un blanco determinado.
No obstante, la declaración de hostilidad corresponderá al comandante conjunto aeroespacial, una vez confirmada la situación. Pero la aplicación de la regla que habilita el empleo de armas deberá contar con la aprobación del ministro de Defensa, Carlos Presti, una atribución que el presidente Javier Milei delegó para este operativo y que no podrá ser transferida a otra autoridad.

También deberán intervenir medios militares que estén bajo el comando o control operacional de la autoridad de ejecución, que tendrán el objetivo de evitar la afectación de un interés vital o de un objetivo de valor estratégico.
Por otro lado, el decreto diferencia de manera expresa el tratamiento de las aeronaves civiles. Ante el incumplimiento de una instrucción, la respuesta prevista es la interceptación y la orden de aterrizaje en el lugar que se indique.
En línea con esto, establecieron que el Comando Conjunto Aeroespacial dirigirá la respuesta operativa y deberá coordinar con la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) las restricciones que se apliquen a los vuelos. La ANAC, a su vez, deberá adoptar las medidas necesarias y aportar el apoyo requerido por el mando militar.
La norma no establece una prohibición general de vuelos, pero sí habilita a las autoridades a graduar las limitaciones según el escenario y a desviar aeronaves civiles fuera de un área afectada si fuera necesario para preservar la seguridad operacional.
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En este sentido, remarcaron que “cada evento irregular configurará una degradación de la situación aeroespacial en la zona afectada, a los efectos de la aplicación de las Reglas de Protección Aeroespacial”.
Así, en caso de detectarse una irregularidad en una de las zonas restringidas, el Comando Conjunto Aeroespacial podrá asumir distintos niveles de conducción sobre el área y sobre los servicios de navegación aérea de la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA).
El primer nivel será el control por coordinación. En ese escenario, el mando militar informará al supervisor del servicio de navegación aérea para que adopte medidas y, cuando sea posible, desvíe vuelos civiles de la zona involucrada.
En un segundo nivel, denominado control total bajo subordinación directa, los controladores continuarán con sus tareas habituales, aunque deberán aplicar las restricciones que ordene el Comando Conjunto.
El nivel más amplio es el control total integral, el cual permite despejar el área de aeronaves civiles para que operen exclusivamente medios militares y deja toda autorización de vuelo bajo control militar, según lo dispuesto previamente. La decisión sobre qué nivel aplicar quedará en manos del comandante conjunto aeroespacial y dependerá de cada situación.
Por último, las autoridades informaron que el gasto del operativo será cubierto con partidas asignadas al Ministerio de Defensa, el Ejército, la Fuerza Aérea y el Estado Mayor Conjunto.
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POLITICA
El Gobierno autorizó el derribo de “aeronaves hostiles” durante la visita del papa León XIV

El Gobierno amplió las Reglas de Protección Aeroespacial para reforzar la seguridad durante la visita del papa León XIV a la Argentina, prevista entre el 8 y el 11 de noviembre. La medida habilita, como último recurso y bajo condiciones específicas, el derribo de aeronaves de origen externo declaradas hostiles en sectores del espacio aéreo de Buenos Aires y Córdoba que quedarán sujetos a restricciones especiales.
La decisión quedó establecida mediante el decreto 1334/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Defensa, Carlos Presti. La norma también delegó en el titular de este último Ministerio la facultad de aprobar el uso de la fuerza durante ese período, una atribución que no podrá transferir a otra autoridad.
El Ejecutivo fundamentó las medidas en la concurrencia de autoridades nacionales y extranjeras y en las concentraciones masivas previstas durante las actividades del pontífice en la ciudad de Buenos Aires, Córdoba y Luján. Según los considerandos, ese escenario exige reforzar la protección de las personas y de los objetivos de valor estratégico.
La autorización de derribo no se activa por el solo incumplimiento de las instrucciones de los controles aéreos. Antes de recurrir a las armas, deberán agotarse los procedimientos de identificación, interceptación, advertencia y orden de aterrizaje, además de confirmarse un acto hostil.
El decreto define esa situación como un ataque armado o el uso -o la amenaza inminente de uso- de una aeronave u otro medio aéreo como arma contra personas, intereses vitales de la Nación u objetivos estratégicos. Para determinarlo, exige indicios objetivos, como el empleo de armamento o la persistencia, después de las advertencias, de una trayectoria, altitud o velocidad compatibles con un ataque a un blanco determinado.
La declaración de hostilidad quedará a cargo del comandante conjunto aeroespacial, Almirante Marcelo Alejandro Dalle Nogare, quien deberá comunicarla de inmediato al ministro de Defensa y a los medios que intervengan en el operativo. La aplicación de la fuerza requerirá luego la aprobación del ministro y deberá ejecutarse con medios militares bajo el comando o control operacional de esa autoridad militar. También deberán adoptarse precauciones para evitar o reducir los daños a personas y bienes en la superficie.
La disposición establece condiciones adicionales para las aeronaves civiles: solo podrán ser alcanzadas por esa medida ante un “ataque armado o una amenaza inminente y cierta contra la vida de las personas que no pueda ser neutralizada por otros medios”. Si únicamente desobedecen las instrucciones, la respuesta deberá limitarse a la interceptación y la orden de aterrizaje.
El texto encuadra el operativo en la defensa nacional frente a agresiones de origen externo. Las situaciones que involucren aeronaves de origen interno, en cambio, permanecerán sujetas a la Ley de Seguridad Interior, que contempla el empleo de elementos de combate de las Fuerzas Armadas solo de manera excepcional y con una declaración previa del estado de sitio.
El Comando Conjunto Aeroespacial coordinará con la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) las restricciones necesarias para las dos zonas alcanzadas. El organismo civil deberá instrumentarlas y brindar el apoyo que requiera la conducción militar.
Ante irregularidades, el comandante podrá establecer distintos niveles de control según la gravedad de la situación. El primero contempla coordinar con los servicios de navegación aérea y desviar, cuando sea posible, los vuelos civiles fuera del área afectada. Un segundo nivel permite mantener esos servicios bajo subordinación directa del Comando Conjunto Aeroespacial.
La instancia de mayor control prevé despejar el espacio aéreo de aeronaves civiles para permitir la actuación exclusiva de los medios militares. En ese supuesto, las autorizaciones de vuelo quedarán sujetas al control de tránsito aéreo militar y a las restricciones que establezca el comando.
Las disposiciones tendrán vigencia desde el 8 hasta el 11 de noviembre, inclusive. En el texto de la normativa se indica que los gastos del operativo se cubrirán con partidas presupuestarias del Ministerio de Defensa correspondientes al Ejército, la Fuerza Aérea y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas.
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