POLITICA
Tasas municipales en Berisso: vencimientos de agosto y plan de pagos con beneficios y cuotas
La Municipalidad de Berisso informa que el jueves 22 de agosto vence la cuota 7 de la Tasa por Servicios Generales y el lunes 26 la cuota 7 de la tasa de comercio.
Los pagos deben efectuarse únicamente con la boleta digital que se puede gestionar de distintas maneras:
– Acceder a www.berisso.gob.ar, hacer clic en el botón «Obtené tus boletas» e ingresar los datos de partida y/o patente y período.
– Escribir por whatsapp al 221 4645569/70 y detallar el tipo de tasa, datos del objeto (Partida, Dominio o Legajo), año y período que se desea abonar. Esta vía está disponible únicamente para mensajes de lunes a viernes de 8 a 15.30 hs.
– Enviar un mail a gestiontributaria@berisso.gob.ar, o a dip@berisso.gob.ar, y especificar el tipo de tasa, datos del objeto (Partida, Dominio o Legajo), año y período que se desea pagar.
– Concurrir a la Dirección de Ingresos Públicos de Avenida Montevideo y calle 15 y obtener el comprobante para abonar por distintos medios o escanear con el celular el código QR y pagar con tarjeta de crédito/débito.
– Portal de Autogestión: acceder a www.berisso.gob.ar y hacer clic en «Nuevo Portal de Autogestión». Paso 1: Optar por «registrarme» (se puede crear una nueva cuenta, o ingresar con las cuentas de Facebook o de Gmail). Al ingresar, se debe elegir Mi perfil y completar cada uno de los campos. En Tasas, se procede a seleccionar la tasa y luego a vincular el objeto con los datos identificatorios (Partida-Dominio-Legajo). A continuación, se selecciona el período y «agregar para pago». El próximo paso es hacer clic en Pagar y luego en Iniciar Pago. El sistema lo redireccionará a la página de E Pagos donde deberá seleccionar si desea abonar con tarjeta de crédito/débito, efectivo (Pago Fácil, Banco Nación, etc.) homebanking o mediante billeteras virtuales.
– Berisso Muniapp: Se puede bajar desde la tienda de celulares con Android e iOS. Una vez instalada, se podrá optar por registrarse u operar con la cuenta de Gmail o Facebook. El siguiente paso es vincular la tasa municipal y operar en el Portal de Autogestión desde el celular. Esta app cuenta con un botón para poder contactarse vía whatsapp con la Dirección de Ingresos Públicos y obtener ayuda en línea.
Plan de pagos
Por otra parte, se recuerda que el 31/08/2024, culmina el plan de pagos de tasas, derechos y contribuciones que contempla quitas de hasta el 50 % de los intereses, recargos y multas para pagos al contado en 1 ó 2 cuotas, o en hasta 18 cuotas con interés de financiación para deudas vencidas al 31/12/2023.
Quienes deseen confeccionar su convenio podrán realizarlo de manera remota escribiendo por correo electrónico a gestiontributaria@berisso.gob.ar, o dip@berisso.gob.ar, o por whatsapp a través de 221 464-5569 ó 464-5570. La Dirección de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Berisso informa que, el sábado 3 de agosto, la dependencia, ubicada en Av. Montevideo y calle 15, no atenderá al público debido a que se llevarán a cabo tareas de mantenimiento de los sistemas informáticos.
Los trabajos consisten en llevar a cabo tareas regulares de monitoreo, actualización y limpieza para prevenir problemas antes de que ocurran. En tal sentido, esto ayuda a minimizar el tiempo de inactividad no planificado y a mantener la productividad del personal en un nivel óptimo. (www.REALPOLITIK.com.ar)
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POLITICA
El Gobierno eliminó una exigencia para habilitar centros y servicios de salud mental y adicciones
El Gobierno modificó el procedimiento para habilitar y fiscalizar instituciones, centros y servicios de salud mental publicado en diciembre del año pasado, pocos días antes de que finalizara la gestión de Alberto Fernández. A través de una resolución de las autoridades sanitarias, se eliminó una consulta vinculante con una comisión especial –que pasará a tener un rol consultivo– para agilizar esos trámites, de acuerdo con el texto publicado hoy en el Boletín Oficial.
“La resolución precedente (4107/23) provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”, señalaron desde el Ministerio de Salud. “Esta situación –continuaron– no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. Por lo tanto, la modificación obedece no solo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 [de la ley de salud mental], sino a efectivizar el procedimiento de forma eficiente y expeditiva”.
Por ese artículo de la legislación sancionada por el Congreso en 2010, la cartera sanitaria, como autoridad de aplicación, es responsable de fijar “en consulta con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con la colaboración de las jurisdicciones” los requisitos de habilitación y fiscalización de los servicios de atención de salud mental en el sector público, privado y las obras sociales.
Para el Gobierno, la Resolución 6155/2024 también adapta ahora esas tareas a la simplificación de procesos en el Estado prevista en la Ley Bases. “Adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos [por los lugares de atención especializada] a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente”, plantean en Salud. Y consideran, a la vez, que “fortalece la red de servicios” al crear “los dispositivos comunitarios necesarios”. La definición de esos servicios incluye la atención de las adicciones y a los equipos interdisciplinarios “para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”.
Este conjunto de “normas mínimas” para la habilitación y el control de los establecimientos y los servicios de salud mental y consumos rige para los lugares de atención ambulatoria (consultorios o gabinetes, centros, hospitales de día con/sin internación o comunitarios, emprendimientos de inclusión sociolaboral y servicios de atención domiciliaria), dispositivos residenciales (con apoyo bajo, moderado o alto y estancia transitoria o prolongada) y lugares con internación (servicios de salud mental en hospitales, clínicas o sanatorios).
Dictamen consultivo
De acuerdo con la resolución de diciembre del año pasado firmada por la exministra Carla Vizzotti, el trámite de habilitación empezaba –como en la nueva resolución– con la solicitud de habilitación del administrador de la institución, centro o servicio vía la plataforma online de trámites a distancia oficial.
Pero si bien la autorización para funcionar también la tramitaba la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, dentro del Ministerio de Salud, la evaluación inicial de las solicitudes debía ser “en conjunto” con la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica para la Implementación de los Estándares de los Servicios de Salud Públicos y Privados. Ahora, de acuerdo con los fundamentos publicados en el Boletín Oficial, esa intervención deja de ser vinculante y pasa a ser consultiva cuando así sea requerida.
Esa comisión permanente de trabajo se formó por una resolución de 2022 con tres representantes designados por Salud y otros tres por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Quedaban exceptuados de su intervención solo los consultorios de salud mental, en cuya habilitación participaba únicamente la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
Con la modificación publicada hoy, sus miembros intervendrán “en caso de que existan incongruencias con los estándares fijados” en un anexo de la resolución y a requerimiento de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental y Consumos Problemáticos para “asistencia técnica, colaboración e intervención”.
En esos casos, una vez finalizada la inspección del lugar a habilitar, la comisión tendrá que emitir opinión “sobre el cumplimiento de los estándares normados” en 30 días hábiles para la administración pública a contar desde la llegada del expediente. Cumplido ese plazo sin esa opinión, regirá el silencio de la administración como en el resto de los procedimientos administrativos del Estado nacional.
Lo mismo se aplica para la fiscalización de los establecimientos y servicios de salud mental y consumos problemáticos, como lo define la nueva resolución, que reemplaza a la 4107 de diciembre del año pasado.
Antes, ese dictamen pasaba a la Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y Consumos Problemáticos para remitir el expediente de nuevo a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras para continuar el trámite de habilitación.
“Esta nueva normativa promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, lo que hace necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”, argumentan en el ministerio a cargo de Mario Lugones.
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