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POLITICA

Tras más de 30 audiencias, se conocerá el veredicto por el hundimiento del ARA San Juan

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El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dará a conocer este miércoles el veredicto del juicio por el hundimiento del submarino ARA San Juan, que causó la muerte de sus 44 tripulantes.

Durante el juicio, se analizó la responsabilidad penal de cuatro exoficiales de la Armada: el contralmirante Luis López Mazzeo, el excapitán de navío Claudio Villamide, el capitán de navío Héctor Alonso y el capitán de fragata Hugo Correa. Se los acusa de incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte, en concurso ideal.

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El proceso comenzó el pasado 3 de marzo en la ciudad de Río Gallegos, estuvo a cargo de los jueces Gabriel Reynaldi, Enrique Baronetto, Luis Giménez y Guillermo Quadrini, y se realizaron más de 30 audiencias. El lunes concluyeron los alegatos de las defensas y el juicio ingresó en su tramo final.

El proceso judicial busca establecer si existieron responsabilidades penales por parte de exoficiales de la Armada Argentina en relación con el estado y la operación del buque durante su última misión.

La acusación sostiene que, tras la avería reportada el 15 de noviembre de 2017 no se adoptaron las medidas de seguridad previstas, como ordenar la navegación en superficie ni convocar de inmediato a especialistas.

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Durante las primeras audiencias, el tribunal escuchó el requerimiento a juicio de la causa donde la fiscalía aseguró que el hundimiento no fue un evento fortuito, sino una “tragedia previsible”. Durante la instrucción, se detectaron fallas críticas de mantenimiento y alertas previas —como informes de la SIGEN y de la propia Inspección General de la Armada— que advertían sobre el deterioro de las baterías y la falta de ingresos a dique seco, los cuales habrían sido ignorados.

Los miembros de la Armada Argentina acusados en el juicio. (Foto: Gentileza La Opinión Austral)

Según las abogadas de la querella, Valeria Carreras y Lorena Arias, las pruebas reunidas durante la instrucción y el debate oral son “abrumadoras” y demuestran incumplimientos que derivaron en la tragedia.

Las letradas cuestionaron las estrategias de las defensas, a las que calificaron de “tecnicismos” destinados a eludir la responsabilidad, y recordaron que los imputados negaron problemas en el buque y culparon a otros sectores.

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En diálogo exclusivo con TN, Carreras dijo: “Llegamos a juicio luego de 8 años y 8 meses desde que se hundió el submarino ARA San Juan y ese fue un logro en sí mismo, porque nos precedieron dos sentencias que procesaron a los acusados”.

“Ahora llegamos al veredicto, luego de 4 meses de juicio oral aquí en Río Gallegos y sabremos si ese veredicto coincide con la prueba producida y con lo sostenido durante años por esta querella de 34 familiares de los tripulantes. Ese submarino yace en el fondo del mar esperando también, rogamos que no vuelva a ser abandonado a su suerte como cuando zarpó sin estas en condiciones de hacerlo. Esperamos justicia», agregó la abogada de la querella mayoritaria.

El caso

El ARA San Juan zarpó de la Base Naval Mar del Plata el 25 de octubre de 2017 en una misión de patrullaje. El 15 de noviembre se produjo la falla crítica.

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El submarino, con 44 tripulantes a bordo, desapareció y su casco resistente fue hallado un año después a unos 907 metros de profundidad en el Atlántico Sur, donde se confirmó que sufrió una implosión.

ARA San Juan, Río Gallegos, Santa Cruz

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La fiscalía amplió la acusación contra las empresas petroleras que exploran cerca de Malvinas

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El fiscal federal Carlos Stornelli amplió la acusación por la explotación petrolera “clandestina” en torno a las Islas Malvinas y sumó como imputadas a Rockhopper Exploration PLC y a dos de sus subsidiarias, Rockhopper Exploration (Oil) Limited y Rockhopper Exploration (Hydrocarbons) Limited, además de Navitas Petroleum Development and Production Limited.

Esta última es la misma empresa que días atrás fue apuntada por una jueza federal de Río Grande, que le ordenó frenar los trabajos en el proyecto Sea Lion.

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Además, el fiscal pidió enviar un exhorto al Reino Unido para que, por vía diplomática, informe la composición del grupo Rockhopper; y otro a Israel, para relevar la estructura societaria de Navitas Petroleum Development and Production Limited y sus eventuales vínculos comerciales con las empresas británicas.

La causa, que tramita en el juzgado de Ariel Lijo, había comenzado apuntando solo contra Desire Petroleum Limited por explorar y explotar hidrocarburos en la plataforma continental argentina, cerca de las Islas Malvinas, desde 2012, sin autorización del Estado.

Esa imputación se apoyaba en dos resoluciones de la Secretaría de Energía de hace más de una década: la 130/2012, que había declarado esas actividades “ilegales y clandestinas”, y la 457/2013, que directamente inhabilitó a la empresa por veinte años para operar en el país. Dijo entonces que actuaba usufructuando una licencia de exploración otorgada por autoridades británicas en las islas, sin permiso argentino.

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Fotografía del 13 de septiembre de 2026 de un cartel The Falkland Island en Puerto Argentino/Stanley en Islas MalvinasJUAN IGNACIO RONCORONI – EFE

Ahora, el fiscal amplió la imputación a partir de documentación remitida por la Cancillería. Desire Petroleum seguía figurando, al menos hasta marzo de este año, entre las empresas con participación en licencias hidrocarburíferas británicas (PL003a, PL003b, PL004a, PL004b, PL004c y PL005, todas en la plataforma continental próxima a Malvinas) pero con Rockhopper Exploration (Oil) Limited y, sobre todo, con Navitas Petroleum Development and Production Limited, de origen israelí.

Rockhopper Exploration Limited ya había sido sancionada en su momento por la Secretaría de Energía mediante las resoluciones 131/2012 y 476/2013 por participar en actividades de exploración y explotación ilegítimas en la plataforma continental.

El gobierno de las islas publicó en marzo de este año una lista actualizada de licencias de producción en la que Rockhopper Exploration (Hydrocarbons) figura con una participación del 35% en las licencias PL032 y PL033, y en el propio área de descubrimiento Sea Lion. El 65% restante de esas licencias, otra vez, quedaba en manos de Navitas Petroleum Development and Production Limited como operadora.

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Navitas Petroleum Development and Production Limited aparece como operadora tanto en las licencias que comparte con Desire Petroleum como en las que comparte con Rockhopper.

Se trata de la misma empresa que la semana pasada fue objeto de una medida cautelar dictada por la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, en el marco de una acción de daño ambiental promovida por la Asociación Civil de Abogados, Abogados/as y Profesionales Ambientalistas y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata, que le ordenó abstenerse de ejecutar el proyecto Sea Lion.

La jueza entendió que la firma no había tramitado nunca la evaluación de impacto ambiental que exige la ley argentina.

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Para profundizar la investigación, Stornelli pidió al juzgado que la Secretaría de Energía remita los expedientes completos de las resoluciones sancionatorias de 2012 y 2013 y toda otra actuación vinculada a las cuatro empresas ahora imputadas.

Además, que la Cancillería envíe el expediente completo detrás del informe de la Secretaría de Malvinas; que preste declaración testimonial la embajadora Paula Iris Di Chiario, autora de ese informe; que la Jefatura de Gabinete de Ministros informe sobre denuncias ambientales previas contra las empresas; que el Ministerio de Seguridad reporte si hay actuaciones de las fuerzas federales vinculadas a estas actividades cerca de Malvinas.

Además, solicitó que se libren exhortos de cooperación penal internacional al Reino Unido para obtener la información societaria de las tres empresas del grupo Rockhopper y a Israel, para relevar la estructura societaria de Navitas Petroleum Development and Production Limited y sus eventuales vínculos comerciales con las empresas británicas.

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la acusación,Hernán Cappiello,Conforme a

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Los Sauces: qué se investiga en la causa por la que Cristina y Máximo Kirchner irán a juicio oral

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El Tribunal Oral Federal 5 fijó para el viernes 23 de octubre a las 10 el inicio del juicio oral y público en la causa Los Sauces. Allí deberán responder la expresidenta, Cristina Kirchner, su hijo Máximo Kirchner y los empresarios Lázaro Báez, Cristóbal López, entre otros imputados, por presunta asociación ilícita y lavado de activos a través de la inmobiliaria familiar.

Los Sauces S.A. se constituyó el 7 de noviembre de 2006 por Néstor Kirchner, Cristina Kirchner y Máximo Kirchner. Tras la muerte del expresidente, el paquete accionario quedó, según la instrucción, en un 45% para Cristina, 32,5% para Máximo y 22,5% para Florencia.

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La sociedad empezó a facturar en enero de 2009. El expediente nació de una denuncia de la entonces diputada Margarita Stolbizer y recayó en el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Rívolo. En diciembre de 2016 la firma fue intervenida. El 4 de abril de 2017 Bonadio procesó a los principales acusados.

La hipótesis fiscal es que la inmobiliaria no operó como un negocio de mercado. Entre 2009 y 2016 facturó $25.968.042,30 a empresas de Báez y del Grupo Indalo, cerca del 88% de su facturación. El grupo de López y Fabián De Sousa aportó unos $18,5 millones, mientras que las firmas de Báez, cerca de $7 millones. La acusación sostiene que esos pagos disimulaban el retorno de fondos por la adjudicación de obras públicas.

Los fiscales sostienen también que los accionistas retiraron más de 10 millones de pesos de la sociedad y usaron gratuitamente algunos de los inmuebles. La imputación se investiga bajo la hipótesis de asociación ilícita y lavado de activos.

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El inmueble más citado es el dúplex de los pisos 8 y 9 del Madero Center, en Puerto Madero, más cocheras. López lo ocupó a través de Inversora M&S y Alcalis de la Patagonia.

Cristina Kichner y sus hijos, Florencia y Máximo.

Según la investigación, entre 2012 y 2017 pagó alrededor de 1,7 millones de dólares pero una tasación judicial posterior ubicó el valor de mercado cerca de la mitad o menos de lo pactado.

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La Armada apartó a nueve militares involucrados en la denuncia por maniobras de fraude

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Tras el fuerte impacto que causó el escándalo por la participación de personal militar y civiles de la Armada en presuntas maniobras de fraude, la fuerza naval dispuso el pase a disponibilidad de nueve militares involucrados.

Aunque en la denuncia presentada en la Justicia se mencionaba la participación de 23 personas involucradas, entre militares y civiles pertenecientes a la fuerza naval, el jefe de la Armada, almirante Juan Carlos Romay, apartó de sus funciones a ocho capitanes de corbeta y un suboficial comprometidos en el escándalo Al margen del proceso judicial, por su situación de revista se les aplicará el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas. Respecto al personal civil, la situación es diferente y se maneja por otros marcos regulatorios.

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La decisión fue adoptada de acuerdo con la normativa vigente, marcada por la ley para el personal militar y el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas, informaron las autoridades navales en un comunicado.

El jefe de la Armada, almirante Juan Carlos Romay, recibe una condecoración entregada por el presidente de Paraguay, Santiago Peña, en AsunciónGaceta Ma

La denuncia

La propia Armada había presentado ante la Justicia una denuncia penal por maniobras de fraude en el proceso de liquidación de haberes, que se habrían sucedido entre julio de 2022 y enero de 2026, con un perjuicio estimado en $938 millones. Fuentes navales, sin embargo, dijeron a que las investigaciones internas siguen adelante –al margen de la actuación judicial- y revelaron que el monto podría llegar a $1600 millones.

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Entre los marinos apartados se encuentra el capitán de navío Ariel Baltasar Atanasoff, jefe del Departamento Revista de la Armada,cuya esposa María del Carmen Prieto, aparece entre las beneficiarias de los pagos indebidos, aunque no integra la fuerza naval. Percibió $152,2 millones en 46 acreditaciones en su cuenta bancaria.

La Armada informó que la sanción preventiva al personal militar tendrá vigencia “hasta tanto se determine la eventual responsabilidad disciplinaria del personal involucrado”

En la denuncia penal se indica que otras tres personas sin relación con la fuerza naval cobraron sumas de dinero. Se trata de Andrés Santana (percibió $99,4 millones), Amalia Cristina Díaz ($91,9 millones) y Natalia Carolina Yahia ($90,4 millones), se indica en la presentación judicial, que recayó en el juzgado federal N° 2, a cargo del magistrado Sebastián Ramos.

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Las maniobras irregulares comprenderían la liquidación de falsos viáticos por viajes al exterior, “cobros fantasma” mediante identidades fraguadas y suplementos con retornos. Incluso, en el edificio Libertad, sede de la Armada, trascendió que la teniente de navío que detectó el fraude habría recibido un ofrecimiento de dinero para que no lo revelara a sus superiores.

Según la presentación judicial, para la liquidación de viáticos falsos por servicios en el exterior se habrían asignado montos en moneda extranjera por misiones de comisiones que no se realizaban. En algunos casos, las misiones existían, pero una vez que terminaban se continuaba realizando el pago pese a que no correspondía.

También se investiga si para los “cobros fantasma” se utilizaban números de CUIL de personal retirado o dado de baja de la fuerza. En cuanto a los “suplementos con retorno”, se liquidaban asignaciones, como horas extras y y especialidades como buceo y otros ítems, a personal que no cumplía esas tareas, lo que obligaba a un retorno del 50% de lo cobrado, según trascendió.

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La Armada informó oficialmente que ante la detección de irregularidades en el área responsable de la liquidación de haberes al personal, se inició una actuación administrativa que permitió determinar “inconsistencias en las acreditaciones de los sueldos”.

Al comunicar el pase a disponibilidad del personal militar involucrado, la fuerza naval ratificó la “política de tolerancia cero frente a cualquier situación de fraude, corrupción, irregularidad o conducta contraria a la ética y a los valores que rigen a la institución y que pueda menoscabar su prestigio y buen nombre”.




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