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POLITICA

ARCA dejará de apelar en los juicios para gravar con el Impuesto a las Ganancias a las jubilaciones

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Tras la reiterada doctrina de la Corte Suprema de Justicia que dijo que es inconstitucional descontar el impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dejará de presentar apelaciones en los juicios por ese cobro.

Con esta decisión, no solo los jubilados podrán acortar sus procesos, sino que se reducirá la cantidad de causas por este motivo que se tramitan en la Corte Suprema de Justicia.

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Las causas por reajuste de jubilaciones son las que ocupan el 60% de los expedientes de la Corte Suprema de Justicia. Esta medida, si bien se refiere a los casos iniciados por ARCA, tiende a bajar los casos que involucran a jubilados.

Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti en el acto de Presentación del Proyecto de Reglamento para la Selección de Magistrados del Poder Judicial de la Nacióncorte suprema de justicia; política; selección de juecesCSJN

ARCA decidió dejar de apelar los fallos que impedían que se aplique el impuesto a las ganancias en los haberes jubilatorios, ante la reiterada jurisprudencia de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que, desde 2019, declaró la inconstitucionalidad de esos descuentos para los contribuyentes de la clase pasiva.

A través de la Instrucción General 4/2026 SDGASJ, ARCA reconoció “la reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema en materia de haberes jubilatorios” y dispuso cambiar la “estrategia procesal a seguir”: dejar de apelar en este tipo de causas ante el máximo tribunal o desistir de los recursos que ya se han presentado y aún no fueron resueltos.

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“Ello, con el objeto de no generar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional”, se afirmó. Esto implica además que caerán los casos que estén en la Corte por este motivo.

La decisión tiene su fundamento en el fallo que dictó el 26 de marzo de 2019 la Corte Suprema de Justicia en la causa conocida como “García, María Isabel c/ AFIP s/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, en la que se declaró la inconstitucionalidad de la norma que gravaba con el impuesto a las ganancias los haberes jubilatorios de la contribuyente. El caso se hizo conocido en el mundo jurídico como “el fallo García”.

En aquel momento, los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco sostuvieron que era inconstitucional cobrar el impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones.

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El fallo sostuvo que el principio de igualdad que surge de los artículos 16 y 75, inciso 23 de la Constitución Nacional, impide clasificaciones y categorizaciones discriminatorias entre contribuyentes.

Indicaron que si bien el Poder Legislativo tiene una amplia libertad para ordenar, agrupar, distinguir y clasificar los objetos y sujetos imponibles, el establecimiento de categorías para la percepción de los impuestos debe ser compatible con el principio de igualdad.

Al momento de presentar la demanda, en 2015, la jubilada tenía 79 años, graves problemas de salud y los descuentos en su haber jubilatorio oscilaban entre el 29,33% y el 31,94%.

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Según estableció la Corte, “el envejecimiento y la discapacidad son causas determinantes de vulnerabilidad, lo cual implica que se requiera de mayores gastos para hacer frente a tal situación, siendo que, en el caso, la contribuyente tenía 79 años al momento de interponer la demanda y padecía problemas de salud que se tuvieron por acreditados”.

En ese contexto, en aquel fallo, la Corte puso en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de adoptar un tratamiento diferenciado para la tutela de jubilados en condiciones de vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad, que conjugue ese factor relevante con el de la capacidad contributiva potencial y ordenó reintegrar a la actora desde el momento de la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago, los montos que se hubieran retenido por aplicación de las normas descalificadas.

Y, por último, dispuso que hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, no podrá descontarse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional.

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El máximo tribunal resolvió de manera colectiva, aplicando la doctrina en distintos fallos, entre los cuales destacó que las modificaciones introducidas en la ley no alteraban el criterio jurisprudencial.

La Corte dijo que las modificaciones estuvieron fundadas en criterios patrimoniales que no revelaban un trato diferenciado para la tutela de personas jubiladas y en condiciones de vulnerabilidad.

Según la instrucción de ARCA, “los representantes fiscales no deberán interponer recursos extraordinarios contra los decisorios respectivos ni recursos de queja ante la denegatoria de los remedios federales ya presentados” y “en aquellos juicios en los cuales se haya interpuesto el remedio federal y el mismo aún no hubiera sido sustanciado, los representantes fiscales deberán proceder a su desistimiento”.

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En ese marco, se destacó que “cuando el temperamento adoptado por la Cámara Federal de Apelaciones que corresponda implique el rechazo sistemático de los recursos de apelación articulados por el organismo contra las sentencias dictadas en primera instancia, los representantes fiscales deberán consentir las mismas respecto de la cuestión de fondo y, en su caso, proseguir la vía recursiva con relación a la imposición de honorarios profesionales y costas en contra del organismo. Ello, con el objeto de no generar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional”.

Se aclaró que esta estrategia no aplicará “en aquellos supuestos en los que la actora carezca de legitimación activa (como asociaciones o colegios) ni en “aquéllos juicios en los que la representación fiscal considere que, por alguna circunstancia fáctica, existen posibilidades de revertir el criterio de la instancia judicial”.




Hernán Cappiello,Conforme a

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POLITICA

Moyano echó a un dirigente de Camioneros imputado por un fraude de USD 10 millones en un hotel sindical

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Claudio Balazic, ex secretario Administrativo del Sindicato de Camioneros y ex hombre de confianza de Hugo Moyano, fue echado este jueves del gremio por una asamblea extraordinaria, aunque ya está imputado en una causa judicial por fraude de unos 10 millones de dólares en el hotel 15 de Diciembre en Mar del Plata.

La convocatoria al congreso sindical para expulsar al dirigente se adoptó de manera urgente, hace 24 horas, ante la inminencia de un agravamiento de la situación de Balazic ante la Justicia, según fuentes de Camioneros.

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El expediente, radicado en la Unidad Funcional N° 10 de Delitos Económicos a cargo del fiscal Carlos David Bruna, investiga supuestos sobreprecios en servicios y alimentos del hotel del sindicato, ubicado en Santa Fe 2373, en pleno centro marplatense, a 4 cuadras del Casino y a 2 cuadras de la playa Bristol.

Claudio Balazic, el dirigente que fue echado del Sindicato de Camioneros

En realidad, la causa se inició a partir de una denuncia judicial presentada el 12 de septiembre de 2025 por Héctor “Yoyo” Maldonado, secretario de Prensa, Cultura y Turismo de Camioneros y estrecho allegado a Hugo Moyano, luego de lo cual, en octubre pasado, el líder del sindicato apartó de sus cargos a Balazic y a Paulo Villegas, secretario Tesorero de Camioneros.

La tensión en Camioneros por la denuncia judicial y el desplazamiento de los dos dirigentes del secretariado fue creciendo porque hubo indicios de que respondía a la dura interna del sindicato: a la semana del apartamiento de Balazic y Villegas, se arrojaron volantes con la leyenda “Marcelo Aparicio dejá de robarle a Hugo M., vos también participaste” frente a la sede del gremio.

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Aparicio, conocido como “Feúcho”, es secretario Gremial de Camioneros y cercano a Pablo Moyano, secretario adjunto del sindicato, que mantuvo una prolongada pelea con su padre, Hugo, por fuertes diferencias acerca de la crítica situación financiera de la obra social.

Los congresales del Sindicato de Camioneros fueron convocados de urgencia para decidir la expulsión de Claudio Balazic

Aunque padre y hijo dieron muestras de haberse reconciliado hace tres meses, en la asamblea donde se echó a Balazic, sugestivamente, Pablo Moyano y Aparicio no estuvieron sentados junto al líder de Camioneros sino en las últimas filas del salón del hotel Intersur, en el barrio de San Telmo, donde se hizo el encuentro.

Durante la asamblea, a la que no concurrió Balazic para defenderse, se dieron detalles acerca de las supuestas irregularidades cometidas por el acusado. Por ejemplo, según uno de los congresales presentes, el ex dirigente de Camioneros habría cerrado 6 habitaciones del hotel para unirlas, las alquilaba para eventos o fiestas y las cobraba con facturas emitidas a su nombre.

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Además, de acuerdo con la misma fuente, se habría verificado que el acusado llegó a encargar a proveedores unos 53 mil kilos de pescado por año, como constaría en pedidos facturas que están en poder de la Justicia, y que no habrían tenido que ver con servicios del hotel.

David Bruna, fiscal de Mar del Plata

Según se informó en la asamblea, como consecuencia de las presuntas irregularidades detectadas, el sindicato presentaría también una denuncia judicial contra algunos proveedores de mercadería del hotel.

Además de Balazic y Villegas, en la causa están imputados un contador y varios ex empleados del hotel, y bajo análisis de la Justicia figurarían cheques firmados por algunos de los directivos desplazados.

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“La causa está en pleno trámite, se recolectaron pruebas, en especial documentación y testimonios del personal del hotel, y siguen están trabajando los peritos contables e informáticos”, dijo una fuente judicial.

El escándalo del fraude en el hotel marplatense sacudió al Sindicato de Camioneros porque coincide con las innumerables quejas de los afiliados por el corte de prestaciones médicas por la crisis de la obra social, los acuerdos salariales a la baja y las protestas que hubo en la rama de recolección de residuos por no haber recibido indemnizaciones por la llamada “Ley Moyano”.

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POLITICA

María Soledad Morales. Mentiras, traiciones y escándalos, en el camino a las condenas por el crimen

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Ya estaba curtida de periodistas nacionales San Fernando del Valle de Catamarca cuando, el 15 de agosto de 1997, comenzó el segundo y definitivo juicio por el asesinato de María Soledad Morales. El movimiento de los móviles con sus antenas parabólicas y la incesante procesión de mujeres y hombres desconocidos en el centro cívico de la capital se convirtieron desde ese día, y durante 87 jornadas, en una nueva postal cotidiana para una provincia que, siete años antes, había implosionado y se había partido en dos.

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El crimen de la estudiante había despabilado a una sociedad que se mostraba mansa ante el poder aparentemente inquebrantable de la dinastía de los Saadi. El homicidio había dejado al descubierto un secreto a voces: el de las fiestas de sexo y drogas de los «hijos del poder», amparados en un aparato aceitado que los cobijaba con un manto de impunidad. Y la presencia del periodismo nacional alimentó la rebelión de los oprimidos y algunos sectores políticos vernáculos entrevieron en aquellas marchas del silencio capitaneadas por una monja y dos padres atravesados por el dolor la posibilidad real del cambio de paradigma en Catamarca.

La investigación atravesó distintas fases, la intervención federal de la provincia sacudió las estructuras del poder real catamarqueño y el caso Morales -y la acusación sobre Luis Luque, hijo del viejo Ángel, uno de los fieles laderos del patriarca Vicente Leónidas Saadi y sus herederos- abrieron en la provincia una grieta que dividió a la sociedad. Fue como si la hubiese dejado al desnudo y todos pudieran ver lo que, durante décadas, callaron u ocultaron con esmero o con hipocresía.

La atención mediática (aquí en una llegada de Luque) fue una constante del caso María Soledad

El primer juicio, en 1996, corrió el telón de esa trama shakespeariana que regía a la sociedad catamarqueña: se descubrieron amantes, se develaron traiciones, se negaron grandes verdades y se dieron por ciertas flagrantes mentiras. Televisado en vivo y en directo para todo el país, los argentinos asistieron extasiados al drama y al absurdo: los careos, las acusaciones cruzadas, revelaciones morbosas (como aquel testigo que negaba enfáticamente haber tenido una relación amorosa con esa mujer que le reprochaba por haberle dado «los mejores 40 años de su vida»). Fue una suerte de The Truman Show de provincia andina que terminó abruptamente no porque el protagonista advirtiera que era un títere de un director de cine, sino porque las cámaras de TV habían captado los gestos espurios entre dos jueces que digitaban el devenir de las audiencias de debate.

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Luis Tula y su abogado
Luis Tula y su abogado

Catamarca no se podía permitir un nuevo ridículo como aquel, así que en agosto de 1997 comenzó el nuevo juicio, pero ya no se televisó en vivo. Decenas de periodistas -la mayoría, porteños- debieron seguir las alternativas de las audiencias y las declaraciones de los testigos desde la pantalla de un televisor de tubo, de 20 pulgadas, en un salón frío situado justo encima de la sala de debate. Abajo, solo los tres jueces (otros tres), el fiscal cordobés Gustavo Taranto, los abogados defensores de Guillermo Luque y Luis Tula -los únicos acusados de un crimen que, evidentemente, requirió de muchos más partícipes- y los testigos, además del público, mayormente allegados a los imputados.

Casi todos los testigos eran los mismos que en el juicio anterior. Muchos fueron selectivamente desmemoriados (el «no me recuerdo…», patentado en el primer debate, gozaba todavía de excelente salud) y otros parecían virtuosos de la memoria fotográfica.

La columna vertebral del proceso era determinar si Luque, que en tiempos del crimen estudiaba en la Capital Federal, había estado en Catamarca el fin de semana en que un grupo de jóvenes y hombres se llevó del boliche Clivus a María Soledad para, en una fiesta de excesos y drogas, violarla y matarla. Y años de favores del Estado, deudas, miedos y ventajismos hicieron que, en pos de defender una u otra versión de los hechos, estallaran las polémicas, las acusaciones, las denuncias.

Guillermo Luque, tras la condena como asesino de María Soledad Morales
Guillermo Luque, tras la condena como asesino de María Soledad Morales

«¡Esta es la capital de la mentira!», dijo en aquellos días, con tono mordaz, Ángel Luque, cuando debió declarar en la causa en la que se lo acusaba de haber formado parte de un plan para matar a Tula, coimputado con su hijo, en un aparente intento de hacerlo callar. Resumía en una frase algo que, por entonces, se había convertido en una muletilla en el centro cívico de San Fernando del Valle: cualquier interlocutor se ufanaba de ser el único que decía la verdad entre tantas falsedades. La desconfianza se había vuelto, allí, una forma de vida.

El papel del periodismo

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El periodismo hizo de las suyas: las salidas de los testigos, al cabo de cada declaración, eran tumultuosas; un enjambre de micrófonos, grabadores y viejos teléfonos celulares con tapa rebatible atacaba el rostro del ocasional declarante, que tenía entonces sus cinco minutos de fama. Hubo momentos inconfesables y otros hilarantes, como cuando la madre de Luque, Edith Pretti, arrancó su alocución ante el tribunal diciendo «Yo no sé si hay vida en otros planetas, señor juez…», como introducción a su larga diatriba contra uno de los testigos contra su hijo, José Antonio Gallo Melo, que en alguna ocasión dijo que había tenido un encuentro cercano del tercer tipo. Acusaban a Gallo Melo de ser un ex saadista desencantado.

El fiscal Taranto, figura clave en el juicio
El fiscal Taranto, figura clave en el juicio

Pero, así como hubo declaraciones estrambóticas, también hubo revelaciones, como la de Jesús Muro, al que le tomó dos audiencias decidirse a contar lo que sabía. Dijo que ya no toleraba el peso del secreto que llevaba siete años atragantado y confesó que, desde la barra de Clivus, donde preparaba tragos, había visto a Luque, entre otros jóvenes «del poder», llevarse a María Soledad, que apenas podía caminar, afectada, aparentemente, por bebidas que le habían suministrado. «Se quebró Muro», gritaban en la sala de periodistas y en la calle. Su testimonio fue demoledor para los acusados.

El segundo juicio no tuvo el rating del primero, por razones obvias. Pero, igual, desnudó las intimidades del poder saadista y le puso punto final a la causa, el 27 de febrero de 1998, con las condenas de Guillermo Luque, el hijo del exdiputado de la vieja guardia peronista, a 21 años de prisión por homicidio, y de Tula, que recibió una pena de 9 años de cárcel como «entregador» de la chica para que la drogaran y la violaran.

Los padres de María Soledad, después de la sentencia
Los padres de María Soledad, después de la sentencia

De aquella Catamarca, de aquellos días frenéticos en los que esa ciudad enclavada en el valle entre las sierras de Ancasti y de Ambato fue el epicentro del país, queda el monolito de la ruta 38, frente al Parque Daza. Ya nadie canta, como en aquellos días en que la Argentina toda miraba a la capital de la Fiesta Nacional del Poncho: «¡Estamos todos! ¡Solo falta Sole!».



Fernando Rodríguez,LA NACION,Política

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POLITICA

“No vamos a investigar para atrás”: el Gobierno explicó el alcance de la Ley de Inocencia Fiscal

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El vocero presidencial, Adrián Ravier, sostuvo este jueves que la economía argentina necesita metas estrictas y restricciones fuertes en la política monetaria, al afirmar que el país está deteriorado por las políticas tomadas durante el gobierno kirchnerista.

En declaraciones al programa de streaming Carajo, el funcionario defendió las políticas económicas de la gestión de Javier Milei y aseguró que el proyecto de inocencia fiscal II que el gobierno envió a la Cámara de Diputados traerá múltiples beneficios para las personas que adhieran al régimen.

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“Tenemos los argentinos un dinero atesorado afuera del sistema, abajo del colchón, por distintas razones. Qué bueno sería que todo este sistema sea canalizado a los bancos. El espíritu es hacer un pacto con la sociedad de decir que esta gente que tiene dinero afuera no son delincuentes”, profundizó Ravier.

En esa línea, el vocero agregó: “Te damos la oportunidad de traer el dinero al sistema formal, pero no vamos a estar investigando para atrás”.

El vocero presidencial, Adrián Ravier, en su primera conferencia de prensa en Casa Rosada. (Foto: Presidencia)

Por otro lado, el vocero aseguró que con el paquete de medidas económicas el Gobierno generará una “baja de la tasa de interés y de la inflación, lo que mejorará el consumo claramente, estamos ante la transformación más importante del país”.

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El proyecto de inocencia fiscal

Casi en simultáneo a las declaraciones de Ravier, el Gobierno envió al Congreso el proyecto para realizar cambios a la Ley de Inocencia Fiscal.

“El objetivo es que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin penalidad de ningún tipo”, había planteado el ministro de Economía, Luis Caputo, el miércoles en conferencia de prensa. Y agregó: “Queremos que haya más inversión, y la contracara de la inversión es el ahorro, que hoy están debajo del colchón”.

El proyecto firmado por Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y Luis Caputo propone cambios sobre dos ejes centrales: la modalidad simplificada de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias y el régimen de prescripción tributaria.

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Por un lado, la medida elimina los límites de ingresos o de patrimonio establecidos que restringían el acceso al régimen simplificado para quienes tenían ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio menor a $10.000 millones. Así, el Gobierno busca que todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país puedan optar por esta modalidad.

El ministro de Economía, Luis Caputo, y la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy. (Foto: Presidencia)
El ministro de Economía, Luis Caputo, y la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy. (Foto: Presidencia)

A su vez, los cambios redefinen el concepto de la “discrepancia significativa” que le permite a ARCA romper la presunción de exactitud del contribuyente. En el nuevo texto, se considera una discrepancia cuando la impugnación implique un aumento de impuesto o reducción de quebrantos no inferior al 15% de lo declarado; la diferencia supere el monto fijado en el artículo 1° del Régimen Penal Tributario (Ley 27.430); o se detecte uso de facturas apócrifas o cómputo indebido de ingresos directos.

Leé también: Tras las críticas contra la Argentina, el Gobierno busca arancelar la salud y la educación para extranjeros sin residencia

Además, se incorpora un piso mínimo equivalente al 5% del monto del Régimen Penal Tributario ($5 millones), por debajo del cual no se configura discrepancia significativa aunque se supere el 15%, para evitar —según el texto— que ajustes menores activen impugnaciones “desproporcionadas” contra contribuyentes de buena fe.

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Por otro lado, las modificaciones incorporan la posibilidad de que el contribuyente rectifique su declaración y pague el ajuste dentro de los 15 días de notificado, sin perder por eso los beneficios del régimen.

Adrián Ravier, Gobierno, Ministerio de Economía

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