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POLITICA

En silencio, Chiqui Tapia prorrogó el contrato de la AFA con la empresa de Faroni hasta 2030 y amplió sus facultades

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El 15 de octubre del año pasado, justo antes del comienzo del escándalo, el presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, extendió la relación contractual con la empresa de Javier Faroni y su mujer, Erica Gillette, hasta 2030 para que siga administrando los fondos de la entidad en el exterior. Lo hizo más de un año antes de la finalización del primer contrato, que vencía en diciembre de este año. ¿Por qué? La Justicia sostuvo que el nuevo acuerdo amplió las facultades de la firma TourProdEnter, con sede en Miami, que pasó de actuar como “agente comercial y de cobro”, a administrar los pagos de la AFA.

En diciembre, luego de un allanamiento en la sede de la calle Viamonte, ordenado por el juez federal Luis Armella, reveló el primer contrato entre la entidad que preside Tapia y la empresa de Faroni, fechado el 9 de diciembre de 2021. Ese acuerdo le otorgaba a TourProdEnter una comisión del 30% de todos los ingresos y sumaba otro 10% por cuestiones de logística. A partir de ese momento, la empresa embolsó cerca de US$300 millones provenientes de tres grandes fuentes: sponsors de la selección argentina, derechos de transmisión televisiva e ingresos por los partidos amistosos.

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El documento lo firmaron Tapia y Pablo Toviggino, como presidente y secretario ejecutivo de la AFA, respectivamente, apenas un día después de que la esposa de Faroni presentó una “oferta” de trabajo a la AFA con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

Sin un motivo aparente, en octubre del año pasado, catorce meses antes de su finalización, Tapia extendió el vínculo con la empresa por otro cinco años. Ahora llega hasta el 31 de diciembre de 2030. El nuevo acuerdo argumenta que la prórroga se justificaba “en la buena performance” de la empresa de Faroni y en las “necesidades de continuidad disponible en distintas jurisdicciones”.

El contrato de 2025 lleva la firma de Tapia y Malaspina. No aparece Toviggino.

A diferencia de 2021, la extensión no se informó de manera oficial. No aparece en el temario de la reunión del comité ejecutivo del 16 de octubre, donde se votó el último balance ni en la asamblea ordinaria que tuvo lugar el 28 de ese mes.

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En diciembre pasado, cuando se conoció el primer contrato por el allanamiento judicial, la AFA salió a responder “informaciones periodísticas de carácter tendencioso y carentes de sustento”. Llamativamente, no dijo ni una sola palabra de la prórroga. Solo habló de un contrato “vigente”.

Allanamiento en la sede de la AFA, Viamonte 1366Tadeo Boubon

El contrato de 2025 mantuvo la estructura del primero, incluyendo los porcentajes de las comisiones, pero sumó nuevas facultades. “Este nuevo acuerdo del 15/10/2025 es aún más ambicioso, ya que amplió el rol de TourProdEnter LLC, asignado en el 2021 como “agente comercial y de cobro”, hacia una función de administración operativa de pagos”, destacó el fiscal en lo Penal Económico Emilio Guerberoff en un dictamen de más de 100 carillas que repasa toda la maniobra desde 2021 hasta que estalló el escándalo.

“El Agente (por la empresa) ejercerá sus funciones en todo el mundo, excepto en la República Argentina, donde no tendrá facultades de actuación, sin perjuicio de las facultades de cobro (con la consecuente retribución del Agente) por pagos que empresas con asiento o sucursal en Argentina y/o sus afiliadas realicen en el exterior”, se puede leer en la cláusula tercera.

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El nuevo acuerdo, hasta ahora desconocido, también fue secuestrado por la Justicia en la sede de la AFA de la calle Viamonte. A diferencia del primero, en este caso no aparece la firma de Pablo Toviggino, sino la de Cristian Malaspina, secretario general de AFA y uno de los procesados en la causa por evasión que lleva adelante el juez Diego Amarante.

En los apartados 6.5 y 6.6 del contrato se estableció que, cuando TourProdEnter actuara como agente de cobro, “podría efectuar pagos a AFA en dólares estadounidenses, mediante transferencia bancaria a cualquier cuenta indicada por AFA, o mediante la entrega de valores cotizados, incluidos bonos de deuda soberana argentina, en mercados de capitales argentinos o extranjeros”. Además, se previó que la AFA remitiera mensualmente a TourProdEnter “órdenes de pago a terceros y/o el detalle de gastos que le hubiera solicitado realizar por su cuenta y orden”.

En el nuevo contrato también se permite la cesión a una sociedad afiliada o vinculada a la empresa en cualquier jurisdicción, algo que no estaba previsto en el original.

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Otro dato llamativo. Para este segundo contrato, la empresa de Faroni fijó domicilio en el Aventura ParkSquare, un complejo que combina departamentos de lujo, oficinas y comercios a pocos minutos del Aventura Mall. visitó ese lugar en febrero y comprobó que en la suite 804 ahora funciona la sede de una empresa de hamburguesas denominada “Skinny Louie”. El único rastro de Faroni y su mujer era un cartel, al final de un pasillo, con el nombre de la empresa RentalTourenter, utilizada por la pareja para comprar esas oficinas en 2022, según reveló el diario Clarín.

En el cartel del edificio de Miami todavía aparece el nombre de una empresa de Faroni y su mujer aunque no hay rastros de esa firma.

“El traslado de domicilio y la firma de una extensión temporal automática del contrato el 24/10/2025 -un año antes que venciera el contrato original previsto para el 31/12/2026-, denotan un posible apuro por blindar y perpetuar legalmente la estructura de posibles desvíos de fondos“, sostuvo Guerberoff en un dictamen firmado este jueves y al que tuvo acceso .

Las omisiones en los estados contables

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Ese fiscal intervino a raíz de una denuncia del empresario Guillermo Tofoni que apunta específicamente a los estados contables de la AFA. En poco tiempo, Guerberoff analizó los balances desde 2022 hasta 2025 y concluyó que omitieron el vínculo de la empresa con la empresa de Faroni “con el posible propósito de impedir el conocimiento del verdadero origen, circulación, destino y disponibilidad de fondos que debieron integrar el patrimonio de la AFA”.

La única mención a TourProdEnter aparece en el balance presentado ante la Inspección General de Justicia (IGJ) en junio de 2024. En ese caso la firma de Faroni aparece como deudora de la AFA por la suma de $13.295.951.416,18, unos US$ 14,5 millones al tipo de cambio oficial de ese momento. ”Esa registración tardía, parcial y acotada contrasta con la magnitud de los movimientos bancarios atribuidos a la sociedad extranjera y con las facultades contractuales que le habían sido conferidas desde diciembre de 2021″, destacó el fiscal.

Tapia se recluyó en la Provincia cuando comenzó el escándalo; firmó un acuerdo con Kicillof Prensa PBA

Guerberoff y su equipo trabajaron sobre los balances de 2022, 2023, y 2024 presentados ante la IGJ. En el caso de 2025, tuvieron que remitirse a los datos aportados por los bancos y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) porque la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires no entregó la documentación a tiempo. Esa entidad recibió el último balance tras la maniobra de la AFA de mudar sus oficinas a Pilar.

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En ese balance, según los datos de la Fiscalía, la AFA declaró ingresos totales por $275.645 millones. Y volvió a omitir a la empresa TourProdEnter, que seguía administrando los fondos de la AFA desde al menos cinco bancos de Estados Unidos. Aunque los datos son preeliminares, porque no hay una auditoría completa, Guerberoff planteó que la maniobra con los balances se debe investigar junto con la defraudación que se investiga en otro expediente, en el fuero penal ordinario. Esa causa está a cargo de la fiscal Silvia Russi y tiene todas las pruebas que llegaron desde Estados Unidos.

Los jerarcas de la AFA pretenden hace tiempo que todas las causas se concentren en el juzgado federal de Campana. La maniobra tuvo varios contratiempos. Ahora depende de una decisión de la Cámara en lo Penal Económico, que podría definir en pleno desarrollo del Mundial. Todo indica que ese paquete de causas, en torno a la mansión de Pilar, podría regresar a los tribunales de la avenida Inmigrantes. En ese caso, recalarían en el juzgado de María Verónica Straccia, con buenos antecedentes técnicos. En paralelo, Tapia y Toviggino están atentos a los movimientos de la Justicia de Estados Unidos. reveló hace una semana que tres fiscales, dos en Washington DC y otro en el estado de Florida, investigan los movimientos bancarios de Faroni y su mujer.

Esos documentos revelan la magnitud de la defraudación, con impacto directo en los clubes argentinos. reveló que al menos diez empresas fantasmas, todas registradas en las mismas direcciones de Miami, absorbieron casi US$57 millones de los fondos administrados por Faroni y Gillette. Cuatro de esas sociedades de responsabilidad limitada (LLC, por sus siglas en inglés) fueron creadas por cuatro personas oriundas de Bariloche. Nunca fueron citadas a declarar. Solo hay un informe sobre su patrimonio encargado por el juez Armella a la División Investigaciones Especiales de la Policía Federal.

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En su dictamen, el fiscal Guerberoff analizó la creación de esas empresas fantasma y las transferencias millonarias desde las cuentas de TourProdEnter, que siguen operando. Se destacan Marmasch LLC, con 62 operaciones por casi 15 millones de dólares; Soagu Services, con 54 operaciones; y Velp con 23 transferencias por un total de US$ 3.991.000. También aparecen Delker y Servica INC, dos firmas “gemelas”, creadas el mismo día y en la misma dirección.

Un ranking con las empresas que recibieron el dinero de la AFA desde Miami.

“La concentración de los fondos en un reducido grupo de destinatarios, la reiteración de operaciones durante un período prolongado y la multiplicidad de denominaciones detectadas permiten sostener que la ausencia, en los balances de la AFA, de los movimientos de dinero que traficaron por cuentas de TourProdEnter LLC, tuvo el fin de evitar la trazabilidad del dinero y posibles desvíos que están siendo objeto de investigación en los legajos mencionados en este dictamen”, concluyó el fiscal antes de pedir que todo el material se concentre en una sola causa. Esa decisión ahora quedó en manos del juez Gustavo Meirovich. Otra señal de alerta en las oficinas de Viamonte (y de Pilar).




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Malvinas: el lunes vence el ultimátum y el Gobierno prepara un pedido al Tribunal del Mar para frenar Sea Lion

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El gobierno de Javier Milei se prepara para abrir una nueva instancia en la controversia con el Reino Unido por la explotación petrolera en las Islas Malvinas. El próximo lunes vencerá el plazo de dos semanas que la Argentina concedió a Londres para detener las actividades vinculadas con Sea Lion, el proyecto desarrollado en la Cuenca Malvinas Norte. A partir de entonces, la Cancillería buscará que el Tribunal Internacional del Derecho del Mar disponga medidas provisionales para evitar que el emprendimiento avance antes de que comience la extracción de crudo, proyectada para 2028.

Según reconstruyó Infobae a partir de información oficial y consultas con especialistas en derecho internacional, la presentación aún no tiene una fecha definida. La estrategia se inscribe en el procedimiento anunciado por el Gobierno el 28 de septiembre y podría derivar en una primera resolución durante noviembre.

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La distinción jurídica es central: la Argentina no puede ordenar por sí misma la paralización de Sea Lion. El objetivo oficial es pedir la intervención de una instancia internacional que, tras escuchar a las partes y evaluar los fundamentos, pueda dictar medidas provisorias, imponer restricciones o rechazar el planteo.

El presidente Milei habló ante la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el reclamo de soberanía de Argentina sobre Malvinas

La estrategia combina dos vías. Por un lado, el arbitraje previsto en el Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), que contempla la conformación de un tribunal arbitral. Por otro, una intervención previa del Tribunal Internacional del Derecho del Mar, con sede en Hamburgo, Alemania, que puede resolver pedidos urgentes mientras se constituye aquel órgano.

El arbitraje de fondo puede extenderse durante años. El trámite de las medidas provisionales es más veloz, por lo que concentra las expectativas inmediatas del Gobierno.

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La decisión fue anunciada el 28 de septiembre por la Oficina del Presidente y ejecutada por el ministro de Relaciones Exteriores, Pablo Quirno. El comunicado informó que Milei instruyó a la Cancillería y a los equipos jurídicos a iniciar el arbitraje contemplado en el Anexo VII para impedir las actividades hidrocarburíferas de Sea Lion y otras medidas que, según la posición argentina, puedan agravar la controversia, como nuevos permisos de explotación.

La plataforma petrolera Sea Lion opera en las aguas del océano Atlántico cerca del archipiélago de las islas Malvinas. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El documento también señaló que la Argentina intimó formalmente al Reino Unido a adoptar, en un plazo de dos semanas, las medidas necesarias para impedir el inicio o la continuidad de esas actividades. En caso de incumplimiento, anticipó que recurriría al Tribunal para solicitar medidas destinadas a preservar sus derechos.

El Presidente ratificó el anuncio en su cuenta de X. “Instruí a la Cancillería y a nuestros equipos jurídicos a iniciar el arbitraje internacional contra el Reino Unido por el saqueo ilegal de nuestros recursos a través del Proyecto Sea Lion en la Cuenca Malvinas Norte”, escribió Milei. Luego agregó: “Si en 2 semanas el Reino Unido no frena la explotación ilegítima, vamos a ir al Tribunal Internacional del Derecho del Mar”.

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El canciller Quirno también confirmó que el país notificó al Reino Unido el inicio del arbitraje previsto en la CONVEMAR. Además, advirtió que quienes exploren o exploten recursos naturales en Malvinas sin autorización argentina deberán enfrentar consecuencias.

La sede del Tribunal del Mar donde se debaten los recursos presentados por los países miembros

Qué puede pasar a partir del lunes

El vencimiento del ultimátum constituye un hito diplomático, pero no activa de manera automática la intervención del Tribunal Internacional del Derecho del Mar. La Argentina deberá presentar el pedido, exponer sus fundamentos y demostrar la urgencia de las medidas solicitadas.

El procedimiento está regulado por el artículo 290 de la CONVEMAR. Su párrafo quinto establece que, antes de que se constituya un tribunal arbitral, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar puede disponer medidas provisionales si considera, en principio, que el futuro tribunal tendría jurisdicción y que las circunstancias requieren una intervención urgente.

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La norma prevé un plazo de dos semanas desde la notificación a la contraparte de una solicitud de medidas provisionales cuando los Estados no acordaron otro órgano para examinarlas. Ese requisito procesal debe diferenciarse del ultimátum diplomático formulado por Buenos Aires. Para establecer si ambos plazos comenzaron en forma simultánea será necesario conocer el contenido completo de las comunicaciones entre los gobiernos.

Lo confirmado es que la Argentina notificó al Reino Unido el inicio del arbitraje y trabaja en una presentación para obtener medidas provisionales. Si el pedido se formaliza durante octubre, una primera decisión podría conocerse en noviembre, de acuerdo con los plazos que exhiben antecedentes del Tribunal. No se trata, sin embargo, de un término fijo ni automático.

Los jueces deberán analizar si existe una base suficiente para entender que el tribunal arbitral podría tener competencia sobre el caso y si la continuidad de las actividades puede causar un perjuicio que justifique preservar los derechos discutidos.

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Los argumentos argentinos apuntarán, entre otros aspectos, al carácter no renovable de los hidrocarburos. Una vez extraído, el petróleo no puede restituirse. El planteo también incluiría los efectos de las perforaciones sobre el lecho y el subsuelo marino.

Si los jueces admitieran el pedido, podrían ordenar medidas para impedir que el proyecto avance mientras se tramita el arbitraje. Las medidas provisionales son obligatorias para las partes, según el artículo 290.6 de la Convención. El tribunal arbitral que se conforme después podrá mantenerlas, modificarlas o revocarlas.

El canciller Quirno deberá definir los próximos pasos ante el Tribunal del Mar para garantizar el respeto de los derechos soberanos sobre los recursos de Malvinas

El antecedente de la Fragata Libertad

El caso de la Fragata ARA Libertad, retenida en Ghana en 2012 por una acción de acreedores de la deuda argentina, es el antecedente local que el Gobierno considera relevante. Durante la presidencia de Cristina Kirchner, la Argentina promovió un arbitraje bajo el Anexo VII de la CONVEMAR y pidió medidas provisionales al Tribunal Internacional del Derecho del Mar para conseguir la liberación del buque.

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La solicitud se presentó el 14 de noviembre de 2012. Tras las audiencias de los días 29 y 30 de ese mes, el Tribunal ordenó el 15 de diciembre que Ghana liberara de inmediato y sin condiciones a la fragata, permitiera la salida de su comandante y tripulación y garantizara las condiciones para que abandonara el puerto.

Entre el pedido argentino y la decisión transcurrió cerca de un mes. La medida permitió alcanzar el objetivo urgente sin esperar el resultado del arbitraje de fondo.

Los fundamentos de ambos casos son distintos. En 2012 se discutía la inmunidad de un buque de guerra; en el conflicto actual se debate la explotación de hidrocarburos en espacios marítimos relacionados con una controversia territorial. El mecanismo para requerir una respuesta urgente, en cambio, es comparable.

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También existe un antecedente vinculado con la actividad petrolera. En 2015, Costa de Marfil recurrió a una sala especial del Tribunal en su controversia con Ghana por la delimitación marítima. El litigio incluía perforaciones y explotación de hidrocarburos en un área disputada.

Costa de Marfil pidió la suspensión de las actividades. La sala no aceptó esa pretensión en forma íntegra, pero ordenó a Ghana impedir nuevas perforaciones mientras se desarrollaba el proceso y dispuso otras medidas para proteger los derechos de las partes y el medio marino.

El caso muestra que una jurisdicción internacional puede restringir nuevas actividades hidrocarburíferas sin resolver el fondo de una disputa marítima. En Sea Lion, la primera producción comercial aún no comenzó y las perforaciones de desarrollo están proyectadas para 2027, una circunstancia que incidirá en el análisis de la urgencia y el alcance de las medidas.

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El abogado especializado en derecho internacional público Leopoldo Godio, doctor por la Universidad de Buenos Aires y la Universidad Católica Argentina y director del Instituto de Derecho Internacional del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI), consideró positiva la decisión de recurrir al sistema de solución de controversias de la CONVEMAR. “Yo creo que la estrategia es buena”, afirmó a Infobae.

Sea Lion ya tiene inversiones comprometidas

El proyecto que el Gobierno busca detener dejó de ser una iniciativa exploratoria. Sea Lion se encuentra a unos 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas y su primera producción está prevista para el primer trimestre de 2028.

Las compañías a cargo son Navitas Petroleum, de Israel, que controla el 65 % y opera el desarrollo, y Rockhopper Exploration, del Reino Unido, con el 35 % restante. Rockhopper descubrió el yacimiento en 2010; Navitas se incorporó después y asumió el control operativo mediante una subsidiaria británica.

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A fines de 2025, ambas empresas tomaron la decisión final de inversión para la primera etapa. El plan contempla once pozos submarinos y una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga de petróleo, conocida como FPSO.

Las dos primeras fases utilizarían el Aoka Mizu, una unidad con una capacidad prevista de alrededor de 55.000 barriles diarios. Las compañías, además, impulsan una expansión a través de una segunda unidad flotante.

El 7 de octubre, Rockhopper informó que acordó invertir USD 44 millones para adquirir su participación proporcional del 35 % en la sociedad propietaria de la FPSO OSX-1. La operación integra los preparativos para acelerar el desarrollo de otra zona de Sea Lion. En septiembre, la firma había comunicado la obtención de USD 200 millones mediante mecanismos de ampliación de capital para financiar inversiones relacionadas con el proyecto.

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Las acciones de Buenos Aires también tuvieron consecuencias empresariales. El 2 de octubre, la Oficina del Presidente anunció que Halliburton ratificó que ninguna de sus filiales prestaría servicios al proyecto. Tres días más tarde, Navitas reconoció que las actuaciones argentinas afectaban ciertas contrataciones y que procuraba reemplazar a dos contratistas que, según informó, no cumplieron sus compromisos.

La empresa israelí sostuvo, de todos modos, que continuaba con el desarrollo con respaldo del Gobierno británico y de las autoridades de las islas. Además, afirmó que, con la información disponible, no esperaba un efecto material adverso sobre el proyecto.

Los fundamentos jurídicos de la Argentina

El planteo de la Cancillería se apoyará en tres ejes: la controversia de soberanía reconocida por las Naciones Unidas, las obligaciones de la CONVEMAR sobre espacios marítimos y recursos, y la exigencia de evitar modificaciones unilaterales mientras no se resuelva el conflicto.

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La Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada en 1965, reconoció una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido sobre las Islas Malvinas e instó a ambos países a encontrar una solución mediante negociaciones.

La Resolución 31/49, aprobada el 1 de diciembre de 1976, llamó a las partes a abstenerse de adoptar decisiones que implicaran modificaciones unilaterales de la situación mientras siguiera pendiente el proceso recomendado por la Asamblea General. La norma cumplirá 50 años en diciembre próximo. El Gobierno sostiene que el avance de Sea Lion contradice esa orientación.

La Argentina también buscará vincular el caso con las obligaciones de protección del medio marino y de los recursos ubicados en el lecho y el subsuelo. En ese marco aparece el artículo 83.3 de la CONVEMAR, que exige evitar acciones que obstaculicen o pongan en peligro una solución definitiva mientras está pendiente la delimitación de una plataforma continental.

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Su aplicación a Malvinas será una cuestión discutida. La disposición se refiere a controversias de delimitación marítima y no resuelve, por sí sola, disputas de soberanía territorial.

Esta es una de las principales dificultades de la estrategia argentina. El Tribunal Internacional del Derecho del Mar no tiene una competencia general para decidir a qué país pertenecen las Islas Malvinas: el sistema de solución de controversias de la CONVEMAR se limita a la interpretación y aplicación de la propia Convención.

Por eso, la Argentina deberá plantear una controversia sobre derechos y obligaciones marítimos sin pedir que el Tribunal resuelva la soberanía. El Reino Unido podría objetar que el reclamo exige definir antes quién ejerce soberanía sobre las islas.

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Una discusión de ese tipo apareció en el caso del archipiélago de Chagos. En 2015, un tribunal arbitral examinó una demanda de Mauricio contra el Reino Unido por la creación unilateral de un área marina protegida. El tribunal rechazó algunas pretensiones porque requerían resolver previamente una disputa territorial, aunque concluyó que el Reino Unido incumplió otras obligaciones de la CONVEMAR vinculadas con esa área.

Una argentina en la vicepresidencia del Tribunal

La vicepresidenta del tribunal del mar, la argentina Armas Pfirter

El anuncio oficial coincidió con una novedad institucional en Hamburgo. El 1 de octubre, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar eligió como vicepresidenta a la jurista argentina Frida María Armas Pfirter para el período 2026-2029.

Armas Pfirter integra el Tribunal desde 2023. Entre 1997 y 2023 fue coordinadora general de la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA) y actualmente integra el Comité Ejecutivo del CARI.

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El Tribunal está formado por 21 jueces independientes de distintas nacionalidades y es presidido por Maurice Kamga, de Camerún. Un comunicado del 2 de octubre informó la reorganización de sus salas: Armas Pfirter también integra la Sala de Procedimiento Sumario, que puede disponer medidas provisionales en condiciones específicas, por ejemplo, si el Tribunal no está reunido o no cuenta con quórum.

La presencia de una argentina en la vicepresidencia es un dato institucional, pero no anticipa ventajas procesales ni el contenido de una eventual decisión. Los jueces actúan de forma independiente y no representan a sus gobiernos.

Una decisión que podría llegar en noviembre

Los integrantes del Tribunal del Mar

La discusión inmediata se concentra en el vencimiento del plazo concedido al Reino Unido. La Argentina ya notificó el inicio del arbitraje bajo la CONVEMAR y prepara el pedido para que el Tribunal Internacional del Derecho del Mar evalúe medidas provisionales.

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El Gobierno deberá definir cuándo presentará el escrito y completar los requisitos procesales. Si lo hace durante octubre, los antecedentes permiten contemplar una primera decisión en noviembre. El Tribunal tendrá que determinar si existe competencia preliminar suficiente y si las circunstancias justifican una intervención urgente.

Una resolución podría restringir nuevas actividades, disponer medidas para preservar los derechos en discusión o rechazar la solicitud argentina. No constituiría una definición definitiva sobre la soberanía de las Islas Malvinas.

El arbitraje de fondo continuará por otra vía y puede demorar años. La meta inmediata de la administración de Milei es conseguir que una instancia judicial internacional preserve la situación actual antes de que Sea Lion avance hacia las perforaciones y la extracción de petróleo.

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Cuáles son los límites que vuelven a regir para la venta de campos a extranjeros tras el fallo de la Corte

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Con el fallo de la Corte Suprema, que vuelve a suspender la derogación de la ley de tierras mediante una medida cautelar “interina”, surge el interrogante sobre cuáles son los límites que rigen ahora para la venta de campos a extranjeros.

La confusión radica en las marchas y contramarchas del máximo tribunal sobre esta cuestión. La semana pasada, la Corte revocó una sentencia que declaraba inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23 de Javier Milei, mediante el cual se derogaba la ley de tierras. Para ello, invocó motivos procesales vinculados con la falta de representatividad del Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), que había iniciado la causa. Esa decisión dejó sin efecto las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros.

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Sin embargo, este viernes el Tribunal Supremo volvió a suspender la derogación al responder un planteo de la Asociación Civil Árbol de Pie, que había presentado una acción colectiva para cuestionar la constitucionalidad del mismo artículo. La ONG ambientalista había pedido que se aclarara si el fallo anterior también alcanzaba a su presentación.

Tal como precisó , la Corte devolvió la causa al juzgado federal de Bariloche, donde se inició este caso, para que todo eso se discuta allá. Pero mientras tanto, dictó la medida cautelar “interina” que dispuso “suspender los efectos del artículo 154 del decreto 70/2023 hasta tanto el juez competente [en principio, el de Bariloche] se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud”.

A partir de ahora y hasta que se resuelva la discusión judicial, vuelven a regir los límites establecidos por la Ley 26.737, sancionada en 2011 durante el gobierno de Cristina Kirchner, para la adquisición de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras.

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En concreto, la normativa fija un tope del 15% de tierras rurales en manos extranjeras, tanto a nivel nacional como provincial y municipal, y establece que ninguna nacionalidad puede concentrar más del 30% de ese porcentaje.

La resolución de la Corte reabrió la discusión parlamentaria por la extranjerización de la tierra que derivó en la eliminación del Título III del proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada, que aprobó el Senado a principios de agosto, y que ahora deberá tratar la Cámara de Diputados.

La propuesta libertaria aumentaba el tope al 25% pese a que originalmente apuntaba a borrar cualquier límite. Asimismo, eliminaba el resto de los cupos por nacionalidad y zona núcleo (o equivalente) por titular, y prohibía únicamente la compra de tierras por Estados extranjeros.

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Entre otros de los puntos controvertidos que no sumaron avales en ela Cámara alta destacan que autorizaba compras en zonas ribereñas.

En el caso de zonas de frontera, exigía la autorización de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional.




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Las filminas del cineasta de Javier Milei y su curiosa charla sobre la «batalla cultural» en Tigre

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Santiago Oría, el cineasta de Milei y director de Realizaciones Audiovisuales de Presidencia de la Nación. Dio una charla sobre batalla cultural en Tigre.
Santiago Oría, el cineasta de Milei y director de Realizaciones Audiovisuales de Presidencia de la Nación. Dio una charla sobre batalla cultural en Tigre.

El discurso electoral de Martín Menem

La foto final del encuentro de LLA en Tigre.
Martín Menem, en el encuentro de La Libertad Avanza en Tigre.
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