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ECONOMIA

Declaraciones juradas: prorrogan la presentación de Ganancias hasta fines de agosto, pero mantienen la fecha de pago

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ARCA extendió el período para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias para personas humanas, pero mantuvo la fecha de pago. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Tras mantener una nueva reunión con contadores, el ministro de Economía, Luis Caputo, resolvió postergar la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias a personas humanas correspondientes al período fiscal 2025 hasta el 27 de agosto. Sin embargo, no se modificó la fecha de pago, que continuará siendo el 27 de julio.

Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmaron que “se extiende el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas 2025 del Impuesto a las Ganancias Personas Humanas”.

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“La nueva fecha límite será el 27 de agosto de 2026. El ingreso del saldo de la obligación (Pago) se mantiene el 27/07. La medida busca facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”, explicaron desde el organismo recaudador.

Cabe destacar que es la segunda vez que ARCA opta por extender los plazos de presentación de los documentos correspondientes. A fines de mayo, había postergado el envío de los papeles vinculados tanto para Ganancias como para Bienes Personales e Impuesto Cedular.

ARCA afip
El pago de las declaraciones juradas de Ganancias para personas humanas quedó en la misma fecha que antes: 27 de julio.

Esa disposición estableció de manera extraordinaria que el plazo para cumplir con las obligaciones vence el 27 de julio de 2026, tanto para personas humanas como para sucesiones indivisas, abarcando a los inscriptos en el régimen general y a quienes optan por la Declaración Jurada Simplificada. Por otro lado, las declaraciones juradas informativas reguladas por las Resoluciones Generales 2.442 y 4.003 podrán entregarse hasta el 31 de julio de 2026.

Según informó el organismo, la decisión respondió a pedidos realizados por entidades profesionales de ciencias económicas que solicitaron más tiempo para confeccionar correctamente las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025.

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En el encuentro de esta semana, el tema central fue el proyecto de ley para modificar la Ley de Inocencia Fiscal que el Gobierno enviará a la Cámara de Diputados la semana que viene y el debate sobre el vencimiento de la declaración jurada de Ganancias para personas humanas.

La convocatoria a los contadores se formalizó el martes por la noche, después de que quienes participaron de la primera reunión con el titular del Palacio de Hacienda recibieron la invitación para un nuevo cara a cara. A diferencia de la vez anterior, varios profesionales del sector contable ya habían manifestado públicamente la necesidad de prorrogar el vencimiento del mencionado impuesto.

Caputo contadores
La primera reunión de Luis Caputo con contadores.

El funcionamiento de la Ley de Inocencia Fiscal resulta clave para los objetivos del ministro de Economía, algo que se evidenció durante la conferencia de prensa en la que anunció el programa financiero previsto hasta 2027.

“Lo que estamos enviando ahora es una versión mejorada. Nos reunimos con un grupo de contadores que nos brindaron su perspectiva sobre las razones por las cuales la ley no funcionaba como esperábamos. Incorporamos esas correcciones, pero el mandato del Congreso está, ya que la ley original fue aprobada; no veo razones para que no aprueben una versión mejorada”, señaló Caputo.

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En paralelo, el titular de la cartera económica también profundizó sobre el objetivo de la iniciativa y la magnitud de los recursos involucrados, que serán claves para la remonetización de la economía.

“La Ley de Inocencia Fiscal es muy importante porque ese ahorro que está debajo de los colchones representa una pérdida de poder de compra para la gente, y al mismo tiempo el país no se beneficia de esos fondos. Ese ahorro debería estar capitalizándose o transformándose en inversión. Los bancos y las ALyCs podrían destinar esos fondos a financiar proyectos de infraestructura y pymes. Es una masa crítica muy importante, porque los números oficiales que maneja el Banco Central indican que hay USD 170.000 millones debajo de los colchones”.



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ECONOMIA

Aerolíneas Argentinas suma un vuelo especial a Nueva York para la Final del Mundial tras agotar los dos anteriores: cuánto cuesta

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El tercer vuelo especial de Aerolíneas Argentinas a Nueva York parte el sábado 18 de julio a las 22:00 desde Ezeiza (Reuters)

Aerolíneas Argentinas anunció un tercer vuelo especial a Nueva York para la final de la Copa Mundial de la FIFA 2026 ante la explosión de la demanda de pasajes tras la clasificación de la Selección Argentina. La empresa comunicó que el nuevo servicio partirá del Aeropuerto Internacional de Ezeiza el sábado 18 de julio a las 22:00, con el objetivo de permitir a más hinchas acompañar al equipo nacional en el encuentro más importante del torneo. La decisión de sumar un nuevo vuelo surgió después de que los dos servicios especiales originales se agotaron en menos de 12 horas, reflejando el interés masivo de los pasajeros por viajar a Estados Unidos en las fechas previas a la final.

La programación original de Aerolíneas Argentinas incluyó dos vuelos especiales entre Ezeiza y el Aeropuerto Internacional John F. Kennedy en Nueva York: uno programado para el viernes 17 de julio a las 21:30 y otro previsto para el sábado 18 a las 09:00. De acuerdo con la información oficial, ambos servicios se ofrecieron de manera exclusiva para los seguidores que quisieran vivir la definición de la Copa Mundial directamente en Estados Unidos. La empresa recalcó que los pasajes de estas dos primeras frecuencias se agotaron en tiempo récord, lo que motivó la decisión de ampliar la oferta.

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El estadio de Nueva Jersey será sede del partido más importante del Mundial 2026.
El estadio de Nueva Jersey será sede del partido más importante del Mundial 2026.

Según el comunicado difundido por la compañía, el tercer vuelo especial fija su partida para el sábado 18 de julio a las 22:00 desde el principal aeropuerto internacional de Argentina. El tramo de ida tendrá una tarifa desde USD 2.200 más impuestos, y los boletos se encuentran disponibles a través de aerolíneas.com y agencias de viaje. El servicio se realizará en aeronaves Airbus A330, el modelo de fuselaje ancho que integra la flota de la empresa para rutas de largo alcance. De esta manera, la oferta total de plazas para viajar a Nueva York en el marco de la final se incrementó en respuesta directa a la demanda.

La compañía explicó que la decisión de sumar este nuevo vuelo especial tuvo como principal argumento la velocidad con la que se agotaron los dos vuelos originales. En menos de medio día, los fanáticos que buscaron acompañar a la Selección Argentina en la instancia decisiva ocuparon todos los asientos disponibles en los vuelos especiales previamente anunciados. En ese contexto, Aerolíneas Argentinas procedió a reforzar su programación, sumando una frecuencia adicional para ampliar las posibilidades de viaje antes del partido.

Además de estos servicios extraordinarios, la empresa comunicó que los dos vuelos regulares diarios a Miami durante los días previos a la final también se encuentran completos. El jueves 16 de julio, las salidas operaron a las 08:00 y a las 22:45, mientras que el viernes 17, los horarios disponibles fueron a las 00:30 y a las 22:45. Para el sábado 18, las frecuencias diarias a ese destino partieron a las 08:00 y a las 22:45, cubriendo toda la oferta regular hacia el sur de Florida en la misma ventana temporal. Estos datos muestran la alta demanda acumulada para los destinos en Estados Unidos en torno al evento deportivo.

La cobertura especial de Aerolíneas Argentinas para la Copa Mundial incluyó no solo las frecuencias a Nueva York, sino también una serie de refuerzos hacia las sedes donde jugó la Selección Argentina durante el torneo. La empresa implementó una estrategia de programación dinámica, ajustando su oferta de vuelos a los destinos que concentraron mayor interés por parte de los viajeros y seguidores del equipo nacional. Esta política de refuerzos buscó acompañar el fenómeno social y deportivo que genera la participación argentina en una final de la Copa del Mundo.

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La operación utiliza aviones Airbus A330 para cubrir la demanda extraordinaria generada por la final de la Copa Mundial ( MASTERFILMS)
La operación utiliza aviones Airbus A330 para cubrir la demanda extraordinaria generada por la final de la Copa Mundial ( MASTERFILMS)

En el comunicado oficial, la compañía detalló que la programación especial con tres vuelos directos Ezeiza-Nueva York responde de modo específico a la demanda generada por la clasificación de la Selección. El primer vuelo extra, anunciado el miércoles 16 de julio tras la confirmación del pase del equipo nacional, se agotó en apenas unas horas, lo que llevó a la rápida disposición de una segunda frecuencia. Al completarse esa segunda oferta en igual tiempo, la compañía decidió sumar un tercer servicio para quienes aún buscan viajar al partido decisivo.

La venta de pasajes para el tercer vuelo comenzó de inmediato a través de los canales habituales de la compañía y las agencias de viaje. La tarifa anunciada para el tramo de ida permitió a quienes no lograron adquirir boletos en las primeras 12 horas una nueva oportunidad de viajar a Estados Unidos. El vuelo especial parte en la noche del sábado 18 de julio, garantizando la llegada de los pasajeros con anticipación suficiente para asistir a la final en Nueva York.

La operación de estos servicios especiales utiliza aeronaves Airbus A330, que integran la flota de largo alcance de Aerolíneas Argentinas y operan rutas intercontinentales. La programación de tres vuelos directos en un lapso de dos días representa un esfuerzo logístico particular por parte de la empresa, que debió ajustar su planificación habitual para atender la demanda extraordinaria vinculada al torneo.



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ECONOMIA

El Gobierno unificó el sistema para realizar compras en el exterior: qué cambia en el régimen puerta a puerta

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El Decreto 604/2026 igualó el tratamiento tributario entre el régimen puerta a puerta y el sistema PSP/Courier para determinadas importaciones

El Gobierno avanzó con una reforma del régimen que regula las compras en el exterior mediante el sistema puerta a puerta y también de las exportaciones realizadas por correo. La medida unificó los beneficios tributarios aplicables a los distintos mecanismos de ingreso de mercadería al país, simplificó procedimientos aduaneros y creó un nuevo esquema para facilitar las exportaciones comerciales por vía postal, una modalidad que hasta ahora carecía de una reglamentación específica.

Los cambios quedaron oficializados mediante el Decreto 604/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial. La norma modificó el Decreto 1001/82, que reglamenta el Código Aduanero, y derogó el artículo 8° del Decreto 161/99. Entre otras medidas, igualó el tratamiento tributario de los envíos postales con el régimen courier y estableció que las exportaciones comerciales por vía postal ya no tendrán límites de valor.

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El Poder Ejecutivo explicó en los fundamentos de la medida que el objetivo consistió en simplificar el régimen para los usuarios, reducir las diferencias existentes entre los distintos sistemas de importación y facilitar el acceso de empresas argentinas al comercio internacional, especialmente en un contexto de crecimiento del comercio electrónico transfronterizo.

Uno de los cambios más importantes apunta directamente a quienes realizan compras en el exterior. Hasta ahora coexistían dos regímenes con beneficios diferentes: uno para los envíos que ingresaban a través del operador postal (puerta a puerta) y otro para las operaciones realizadas mediante Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier). Esa diferencia implicaba que una misma compra podía recibir un tratamiento tributario distinto según el canal utilizado para ingresar la mercadería al país.

Empleado de servicio de delivery maneja paquetes de compras internacionales de una tienda online, preparando envíos para entrega domiciliaria, destacando la eficiencia en el proceso de importaciones y aduana. (Imagen ilustrativa Infobae)
La reforma habilitó las exportaciones comerciales por vía postal sin límites de valor y encomendó a ARCA la reglamentación operativa

(Imagen ilustrativa Infobae)

El propio decreto señaló que esa situación generaba incertidumbre para los consumidores, ya que impedía conocer de antemano cuál sería el régimen aplicable a cada operación. Para eliminar esa diferencia, el Gobierno decidió unificar las exenciones tributarias para ambos sistemas. Infobae había anticipado esta medida a fin de 2024. Cuando el Gobierno aplicó los cambios al régimen de courier, ya analizaba también unificar ambos esquemas en algún momento. Finalmente, lo concretó un año y medio después.

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La principal modificación consiste en que los envíos postales pasarán a recibir el mismo tratamiento tributario que determinadas operaciones realizadas mediante el régimen courier.

A partir de la entrada en vigencia del decreto, los envíos postales quedarán exentos del pago de los derechos de importación y de la tasa de estadística cuando el valor de la mercadería no supere el equivalente a USD 400 FOB por envío, con un máximo de cinco envíos por año y por persona.

La norma también aclara qué ocurrirá cuando esos límites sean superados. En esos casos, el excedente quedará sujeto al pago de los tributos correspondientes al régimen general de importación para consumo.

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Además, establece que tanto el Operador Postal como el destinatario serán responsables de la obligación tributaria en las condiciones previstas por la legislación vigente.

Antes de la publicación del Decreto 604/2026, el sistema puerta a puerta administrado por el operador postal tenía una franquicia considerablemente menor.

El artículo 80 del Decreto 1001/82 establecía que los envíos cuyo valor no superara el equivalente a USD 50 podían ingresar con exención de tributos —con excepción de las tasas retributivas de servicios— hasta un máximo de 12 envíos por año y por persona.

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En cambio, el Decreto 1065/24 ya había otorgado beneficios más amplios para el régimen PSP/Courier. Esa norma eximió del pago del derecho de importación y de la tasa de estadística a las importaciones de hasta USD 400 FOB, con un límite de cinco envíos anuales por persona.

Con el nuevo decreto, el Gobierno eliminó esa diferencia y dejó ambos regímenes alineados respecto de esos beneficios.

La decisión retomó una iniciativa que el equipo económico analizó desde tiempo atrás. En noviembre de 2024, Infobae informó que el Gobierno estudiaba modificar el régimen puerta a puerta administrado por Correo Argentino para simplificar el sistema y reducir las diferencias con el régimen courier.

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En ese momento, fuentes oficiales habían explicado que uno de los principales objetivos consistía en homogeneizar los regímenes simplificados, de modo que el tratamiento tributario dejara de depender del canal utilizado para ingresar la mercadería al país. También habían anticipado que Economía analizaba equiparar la franquicia vigente para los envíos postales con la establecida para el régimen courier.

Además de modificar el régimen de compras en el exterior, el decreto incorporó una novedad para quienes venden productos fuera del país.

La norma reglamentó por primera vez las exportaciones comerciales realizadas por vía postal y estableció que no estarán sujetas a límites de valor.

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Para eso, incorporó un nuevo artículo al Decreto 1001/82, que dispone que las exportaciones con finalidad comercial podrán realizarse mediante el operador postal argentino sin un tope económico, mientras que ARCA deberá dictar las normas complementarias y operativas necesarias para poner en marcha el nuevo esquema.

En los fundamentos del decreto, el Gobierno explicó que el Código Aduanero habilitaba el uso de la vía postal tanto para importaciones como para exportaciones, tuvieran o no finalidad comercial. Sin embargo, la reglamentación vigente solo contemplaba las exportaciones sin fines comerciales, como los envíos destinados a ayuda familiar o regalos personales.

Según sostuvo el Poder Ejecutivo, esa ausencia de una reglamentación específica impedía, en la práctica, que productores y comerciantes utilizaran el operador postal argentino para vender mercadería al exterior aprovechando los tratamientos aduaneros simplificados previstos para los países que integran la Unión Postal Universal.

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El decreto también destacó que este tipo de operatoria adquiere una relevancia creciente por la expansión del comercio electrónico transfronterizo, ya que ofrece una alternativa para empresas que no realizan operaciones tradicionales de comercio exterior o que exportan pequeños volúmenes de mercadería.

La reforma también modificó algunos aspectos vinculados con el procedimiento de control de los envíos postales. A partir de ahora, el Operador Postal quedará automáticamente autorizado para actuar en representación del destinatario durante el trámite aduanero.

La única excepción prevista por la norma corresponde a los casos en los que el destinatario comunique de manera fehaciente, antes del ingreso del envío al país, que desea intervenir personalmente o designar otro representante.

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El servicio aduanero continuará realizando los controles habituales sobre los envíos y conservará la facultad de disponer la apertura del paquete cuando lo considere pertinente para verificar la mercadería y determinar el régimen legal aplicable.

El decreto también actualizó el tratamiento aplicable a los envíos postales sin finalidad comercial. En ese punto, mantuvo la exención de los tributos que gravan la exportación para consumo en el régimen general —con excepción de las tasas retributivas de servicios— para los envíos destinados a ayuda familiar o obsequios personales.

La norma estableció que esos envíos podrán realizarse siempre que el valor acumulado no supere el equivalente a USD 5.000 por mes y por remitente.

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ECONOMIA

Morosidad por “partida doble”: 1,3 millones de argentinos incumplen en bancos y en entidades no financieras

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La mora del crédito al sector privado —considerando atrasos de tres meses o más— se quintuplicó en apenas 18 meses (Imagen Ilustrativa Infobae)

El fuerte crecimiento del crédito registrado en los últimos dos años vino acompañado por un marcado deterioro en la capacidad de pago de las familias. La morosidad se disparó en todos los segmentos y alcanzó niveles récord, con un dato que refleja la mayor vulnerabilidad financiera de los hogares: 1,3 millones de personas presentan atrasos simultáneamente en sus obligaciones con bancos y con entidades no financieras.

De acuerdo con un informe de Equilibra, la mora del crédito al sector privado —considerando atrasos de tres meses o más— se quintuplicó en apenas 18 meses, al pasar del 2% en noviembre de 2024 al 9,7% en mayo de 2026. Si bien el incumplimiento es considerablemente mayor entre las personas que entre las empresas (16,1% frente a 3,5%), y más elevado en las entidades no financieras que en las financieras (30,3% contra 7,6%), la tendencia alcista fue generalizada.

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En el caso de las personas, la consultora destacó que la morosidad alcanzó un máximo histórico. Tras caer al 3,4% en noviembre de 2024, el indicador trepó hasta el 16,1% en mayo de este año, más que duplicando el pico de 7,8% registrado a mediados de 2019.

En el caso de las personas, la morosidad alcanzó un máximo histórico. REUTERS/Agustin Marcarian
En el caso de las personas, la morosidad alcanzó un máximo histórico. REUTERS/Agustin Marcarian

El informe señala que hay alrededor de 34,7 millones de personas mayores de 18 años. De ese total, 20,7 millones —casi el 60% de la población adulta— tienen algún tipo de financiamiento formal, ya sea un préstamo o una tarjeta de crédito.

Sin embargo, la cantidad de personas en mora llegó a 5,8 millones en mayo, equivalente al 28% de quienes poseen crédito formal. El trabajo aclara que ese porcentaje supera la tasa de mora medida sobre el monto total de los préstamos a personas (16,1%), ya que un mismo individuo puede tener varias líneas de crédito.

Uno de los datos más relevantes es que 1,3 millones de argentinos presentan incumplimientos tanto en bancos como en entidades no financieras. Este grupo representa el 17% de las 7,6 millones de personas que operan en ambos canales de financiamiento, una situación que Equilibra identifica como de morosidad “por partida doble”.

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A su vez, el mayor nivel de incumplimiento se registra entre quienes sólo acceden al crédito a través de entidades no financieras. En ese segmento, 2,9 millones de personas están en mora sobre un universo de 5,3 millones de clientes, lo que implica una tasa superior al 50%.

Diagrama de Venn con el título "Personas en mora en mayo en millones". Representa "mora", "exclusivo no financiero", "partida doble" y "exclusivo financiero". Fuente: Equilibra, Infobae

En contraste, entre quienes operan exclusivamente con bancos y otras entidades financieras, hay 1,6 millones de morosos sobre un total de 7,8 millones de tomadores de crédito, equivalente al 20%.

La consultora también puso el foco en los jóvenes. Apenas el 40% de las personas de entre 18 y 29 años accede al crédito formal, y la mayor parte de ese financiamiento proviene de entidades no financieras. Dentro de ese universo, casi cuatro de cada diez jóvenes que tomaron crédito están en situación de mora, mientras que entre quienes sólo recurren a entidades no financieras el incumplimiento alcanza al 50%.

Según Equilibra, el deterioro en la capacidad de pago estuvo precedido por un fuerte crecimiento del crédito al sector privado. El fenómeno se produjo tras el equilibrio fiscal y la reducción del financiamiento del Tesoro por parte de los bancos, que permitió redireccionar préstamos hacia empresas y familias. Al mismo tiempo, muchos hogares recurrieron al crédito para compensar la pérdida de poder adquisitivo de sus ingresos.

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En los últimos dos años, la cantidad de personas con financiamiento formal pasó de 17,1 millones a 20,7 millones. Para la consultora, esa expansión puede responder a una combinación de mayor inclusión financiera, un auge del consumo financiado o la necesidad de endeudarse para afrontar gastos corrientes ante ingresos insuficientes.

Por otra parte, el informe detectó diferencias regionales. Mientras la penetración del crédito es más elevada en la Patagonia y el centro del país, las provincias del Norte presentan menores niveles de acceso al financiamiento y, al mismo tiempo, las mayores tasas de morosidad. En esa región, más del 30% de las personas con crédito registra incumplimientos, con la única excepción de Jujuy.

Como conclusión, Equilibra señaló: “La suba exponencial de la mora en menos de dos años- pasó de 2,4 a 5,8 millones de personas- es un problema macroeconómico: el canal del crédito-principalmente en pesos y a individuos- está dañado, por lo cual será difícil revertir la anemia de la demanda interna. Pero como indican las encuestas de opinión pública, además es un problema socio-económico: a las familias no les alcanza el ingreso, la mora no es sólo con el crédito, también viene creciendo el atraso de pagos en expensas, prepagas, cuotas de clubes, etc”.

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