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Expropiación de Aerolíneas: el Gobierno apelará ante la Justicia de EE.UU. el fallo para evitar pagar US$390 millones

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El Gobierno definió apelar ante la misma Cámara que falló contra la Argentina en el juicio por la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral, y buscará evitar el pago de más de US$390 millones a Titan Consortium. Según pudo saber TN, la Procuración del Tesoro prevé presentar este miércoles un pedido de revisión ante la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, un día antes del vencimiento del plazo.

La decisión ya está tomada y el escrito se encontraba este martes en su etapa final de elaboración. La intención es ingresarlo un día antes del vencimiento del plazo, previsto para el jueves 20 de agosto. El encargado de llevar la estrategia es el procurador general del Tesoro, Sebastián Amerio, que trabaja junto a los subprocuradores Santiago Castro Videla, Juan Ignacio Stampalija y Julio Pablo Comadira.

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La presentación buscará que la propia Cámara revise la decisión que confirmó el 21 de julio la sentencia contra el Estado argentino. La defensa había evaluado durante las últimas semanas si avanzar primero por esa vía o dirigirse directamente a la Corte Suprema de Estados Unidos y finalmente optó por agotar una instancia más ante el tribunal de apelaciones.

La estrategia no incluirá un pedido específico para suspender la sentencia o impedir temporalmente que Titan avance con el cobro. En Nación consideran que esa herramienta no encaja correctamente en la etapa actual del expediente. Analizan, sin embargo, otra alternativa procesal que todavía no está definida y que prefieren mantener en reserva.

El objetivo inmediato es mantener abierta la discusión judicial y evitar que quede consolidado el pago de US$390.907.115,55, más los intereses acumulados desde diciembre de 2024. Titan también busca avanzar sobre activos argentinos en Estados Unidos para cobrar la condena.

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El encargado de llevar la estrategia judicial es el procurador del Tesoro, Sebastián Amerio (Foto: prensa Casa Rosada).

La Cámara de Apelaciones del Distrito de Columbia rechazó en julio el planteo de la Argentina y ratificó el fallo de primera instancia. La discusión que llegó a ese tribunal no volvió sobre las condiciones de la estatización de Aerolíneas, sino sobre el plazo que tenía Titan para pedir ante la Justicia estadounidense el reconocimiento y cobro del laudo internacional.

La Argentina sostuvo que la acción había prescripto porque correspondía aplicar un plazo de tres años. Los tribunales estadounidenses rechazaron ese argumento y determinaron que debía utilizarse un período de doce años. Esa interpretación permitió que el reclamo presentado por Titan en 2021 continuara vigente.

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El conflicto tiene su origen en la expropiación de Aerolíneas Argentinas y Austral al grupo español Marsans en 2008. Las empresas accionistas iniciaron posteriormente un arbitraje ante el CIADI, el tribunal del Banco Mundial encargado de resolver controversias entre Estados e inversores extranjeros.

En 2017, el CIADI condenó a la Argentina a pagar alrededor de US$321 millones, más intereses y costas. El Estado intentó anular la decisión, pero ese planteo fue rechazado en 2019. Como el organismo arbitral no ejecuta directamente sus condenas, los acreedores deben recurrir a tribunales nacionales para intentar cobrar.

Los derechos económicos derivados del juicio terminaron posteriormente en manos de Titan Consortium, que en 2021 acudió a la Justicia federal de Washington para pedir el reconocimiento y la ejecución del laudo. Con los intereses acumulados, la condena ya supera los US$390 millones.

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Javier Milei realizó una cadena nacional para anunciar el fallo de la Justicia de EE.UU. por el caso YPF (Foto: Presidencia).
Javier Milei realizó una cadena nacional para anunciar el fallo de la Justicia de EE.UU. por el caso YPF (Foto: Presidencia).

La defensa argentina intentará ahora que la Cámara vuelva a analizar su propia resolución. El planteo puede apuntar a una nueva evaluación por parte de los jueces que intervinieron o solicitar una revisión más amplia dentro del tribunal. El Gobierno no anticipa qué alcance tendrá finalmente el escrito para evitar revelar la estrategia antes de su presentación.

La elección de ese camino también extiende los tiempos antes de una eventual llegada a la Corte Suprema estadounidense. En el Ejecutivo ya habían advertido que pedir primero una revisión ante la Cámara permitía conservar posteriormente la posibilidad de acudir al máximo tribunal si el resultado volvía a ser adverso.

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La Corte Suprema queda así como la siguiente alternativa y no como la vía inmediata. Si la Cámara rechaza el planteo, la Argentina podrá pedirle al máximo tribunal que tome el expediente, aunque su intervención no es automática: los jueces deciden qué casos aceptan revisar.

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En la Casa Rosada sostienen que la política adoptada es estirar los tiempos de todos los litigios relevantes contra el Estado, tanto dentro como fuera del país. En ese marco ubican también la estrategia desplegada en el juicio por YPF, donde la Argentina consiguió recientemente decisiones favorables en instancias de apelación.

El fallo no condena a Aerolíneas Argentinas como empresa, sino al Estado nacional por la expropiación realizada en 2008. La hoja de ruta inmediata queda ahora concentrada en la presentación de este miércoles: la Argentina pedirá que la Cámara revise su decisión y, si no logra revertirla, mantendrá abierta la posibilidad de llevar el caso a la Corte Suprema para intentar evitar el desembolso de más de US$390 millones.

Gobierno, Aerolíneas Argentinas

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La Corte Suprema frenó la contradenuncia de Cristina Kirchner a Federico Sturzenegger por el caso del “dólar futuro”

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La Corte Suprema de Justicia rechazó por inadmisible el pedido de la expresidenta Cristina Kirchner en su rol de querellante para investigar al expresidente del Banco Central y actual ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, por supuestas irregularidades en la compra de dólares a futuro al inicio del gobierno de Mauricio Macri.

La denuncia contra Sturzenegger había sido motorizada por un grupo de legisladores kirchneristas cuando Cristina Kirchner fue llamada a indagatoria en 2016 por el juez Claudio Bonadio por el caso del “dólar futuro” en contra del kirchnerismo.

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En ese expediente, tanto Cristina Kirchner como Axel Kicillof, entonces ministro de Economía y actual gobernador, y el extitular del Banco Central Alejandro Vanoli, fueron sobreseídos, en una decisión que la Corte ya dejó firme el 5 de diciembre de 2024.

Cristina Kirchner, el pasado 1° de septiembreHernan Zenteno –

En la contradenuncia que apuntó al macrismo, el kirchnerismo denunció a Sturzenegger por “defraudación a la administración pública” por haber pagado los contratos de dólar a futuro con los precios de la devaluación y a Bonadio por haber favorecido la comisión de ese presunto delito y haber citado a declaración indagatoria a Cristina Kirchner.

Según los denunciantes, las medidas habrían “modificado las condiciones en que estos habían sido celebrados, en perjuicio de los intereses estatales y en favor de particulares”.

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El entonces juez federal Sergio Torres sobreseyó a Sturzenegger, al sostener que su actividad en cuanto a la ejecución de los contratos a futuro se vio acotada al cumplimiento de cuanto habían formalizado las autoridades que lo [precedieron], tanto en su cargo como en el directorio de aquella sede crediticia”.

Cristina Kirchner, aceptada como querellante por la Cámara Federal, apeló al afirmar que Torres no había investigado debidamente. Sin embargo, la Sala I de la Cámara Federal confirmó la decisión.

La querella recurrió, pero la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal también rechazó la presentación del abogado Carlos Beraldi. Fue así como la expresidenta llegó con un recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia, que hoy fue rechazado.

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En el fallo de este jueves, la Corte Suprema, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, consideró el recurso inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación.




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El dictamen de Inocencia Fiscal II quedó listo y el Senado podrá tratarlo junto con la reforma del Banco Central

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Tras horas de incertidumbre, el senador radical Flavio Fama (Catamarca) estampó este mediodía la firma que faltaba, tras un plenario realizado ayer en la Cámara alta, y el proyecto del Gobierno de Inocencia Fiscal II quedó con dictamen de mayoría y listo para ser sancionado, en caso de ir al recinto, a partir del jueves próximo, tras cumplirse los siete días reglamentarios.

En medio de un clima de desconfianza en ascenso entre el oficialismo libertario y dialoguistas, las comisiones de Justicia y Asuntos Penales; y Presupuesto y Hacienda del Senado se reunieron horas atrás en busca de un despacho que quedó frenado por Fama, que dio quorum en el convite y luego se retiró del debate.

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De esta manera, la iniciativa en cuestión podría ser sancionada en los próximos días -de haber consenso para ir al recinto- junto a la modificación de la Carta Orgánica del Banco Central, entre otros asuntos. El objetivo principal del texto es ampliar el régimen vigente a partir de la eliminación de los topes de ingresos -$1.000 millones- y patrimonio -$10.000 millones- que, hasta ahora, limitaban el acceso al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias administrado por la ARCA.

Con el proyecto –aprobado ya por Diputados-, cualquier contribuyente con residencia fiscal en Argentina podrá adherirse al esquema, que reemplaza la declaración jurada tradicional por un mecanismo de presentación reducida. Otro de los puntos centrales es precisar bajo qué condiciones la ARCA impugna una declaración simplificada. En ese sentido, se establece que el organismo solo podrá formular observaciones cuando detecte una diferencia de al menos el 15% sobre el “impuesto determinado” y no sobre el saldo final a pagar, como ocurría antes.

El pleno de la Cámara baja el 26 de agosto pasado, cuando se aprobó la ley de Inocencia Fiscal (Prensa Diputados)

En tanto, en el articulado se introduce una regla de razonabilidad: no habrá discrepancia significativa si el monto nominal de la diferencia es igual o inferior al 5% del umbral del Régimen Penal Tributario, equivalente a $5.000.000. También se habilita una ventana de subsanación de 15 días hábiles para que el contribuyente rectifique e ingrese el saldo adeudado sin que se configure la causal de impugnación.

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La ley estipula que la carga probatoria recae de forma exclusiva sobre la ARCA, que solo podrá fundar sus impugnaciones en datos declarados, registros sistémicos o información aportada por terceros. Al mismo tiempo, amplía el bloqueo al uso de presunciones: junto con la inoponibilidad del incremento patrimonial no justificado, se veda hasta el 31 de diciembre de 2027 la presunción por depósitos bancarios. Las demás requerirán respaldo probatorio externo y no podrán sustentar ajustes de forma aislada, lo que reduce la discrecionalidad del organismo recaudador frente a los contribuyentes adheridos.

Además, la reforma incorpora un alivio directo para las pequeñas y medianas empresas. Las MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales tendrán una reducción automática del 25% en determinadas multas formales.

Durante el debate en la Cámara baja, La Libertad Avanza acordó con sus aliados excluir de manera total e incondicional a los funcionarios públicos de los beneficios del régimen. Los representantes de los tres poderes del Estado que hayan ejercido cargos de alta responsabilidad pública en los últimos cinco años podrán usar el sistema simplificado solo para presentar su declaración jurada y pagar el saldo correspondiente, pero no accederán a la presunción de exactitud ni a ninguna otra protección tributaria.

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Por último, en cuanto a los dólares no declarados, el proyecto no establece una amnistía general, sino que modifica el marco bajo el cual la ARCA podrá investigar el patrimonio, con el objetivo de incentivar la incorporación de esos activos al circuito formal. Ayer expusieron, en el plenario de las dos comisiones, el contador especializado en derecho tributario Martín Caranta y el abogado especializado en derecho tributario Juan Martín Jovanovich.

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La causa de las vacunas: Hugo Sigman fue indagado, entregó un escrito y se negó a contestar preguntas

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Luego de que su llamado sea reprogramado en tres oportunidades, el empresario Hugo Sigman fue indagado hoy, de manera virtual, por el juez federal Ariel Lijo en la causa que investiga una presunta maniobra para favorecer determinados intereses en la compra de vacunas durante la pandemia del coronavirus.

El empresario, acusado de haber sido beneficiado por un supuesto plan del Gobierno de Alberto Fernández, no contestó preguntas del juez ni del fiscal y su defensa consistió en declarar oralmente por alrededor de una hora y entregar un escrito, con el que negó que sus empresas hayan sido beneficiadas por decisión del Gobierno y pidió su sobreseimiento.

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En el centro de la acusación del fiscal Carlos Stornelli se encuentra la negativa del Gobierno a cerrar un acuerdo con la firma Pfizer, en agosto de 2020, supuestamente para favorecer los intereses económicos de un grupo de laboratorios que contaban con “socios locales” en la Argentina. Entre estos socios locales, se encuentran dos empresas de Sigman.

Sigman considera que la demora inicial en la compra de las vacunas estuvo vinculada a las condiciones jurídicas que habría exigido la propia Pfizer.

A su vez, sostiene que las empresas suyas que intervinieron luego en el proceso, Mabxience y Elea Phoenix, no tuvieron un rol comercial sino técnico y que los pagos no estuvieron atados a decisiones del Estado argentino.

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Hugo Sigman con Cristina KirchnerArchivo

Respecto a la primera, sostiene que fue contratada por AstraZeneca en calidad de proveedor industrial, para fabricar en Garín el principio activo de la vacuna contra el Covid.

En relación a Elea Phoenix, asegura que fue contratada para participar técnicamente en una parte del ensayo clínico de la vacuna desarrollada por la empresa china Sinopharm. Según un comunicado que compartieron desde su entorno, Elea cobró un honorario previamente determinado por esa tarea y no intervino en las negociaciones con el Estado.

Además, sostiene que Pfizer, Elea Phoenix y Sinergium Biotech trabajan juntos desde 2011 en la producción local de la vacuna Prevenar 13, y que esa relación continuó después de la pandemia, incluso con un proyecto de 2024 para fabricar Prevenar 20.

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Su abogado defensor en esta causa es el exministro de Justicia Mariano Cuneo Libarona.

Silvia Gold y Hugo SigmanSiglo 21

La indagatoria de Sigman, prevista primero para mayo, luego para junio y más tarde para comienzos de este mes, fue virtual, por pedido de su defensa, puesto que el empresario vive en España y tiene 83 años.

Es la última ronda de 15 indagatorias ordenada por el fiscal Stornelli. Lijo deberá ahora resolver la situación procesal de todos ellos, entre quienes se encuentran el infectólogo Pedro Kahn y la exministra de Salud, Carla Vizzoti.

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La exfuncionaria no respondió preguntas y presentó un escrito de más de 100 páginas con el que negó irregularidades y sostuvo que su intervención durante 2020 estaba concentrada en cuestiones sanitarias, técnicas y epidemiológicas y no en la negociación comercial de los contratos.

Ginés González García también formó parte del caso, pero falleció en 2024.




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