POLITICA
Causa AMIA: el juez Rafecas sumó a un nuevo acusado para que sea sometido a juicio en ausencia

El juez Daniel Rafecas resolvió este miércoles que Alí Asghar Hejazi sea sometido a juicio en ausencia por su presunta participación en el atentado contra la AMIA.
La decisión se adoptó a pedido del fiscal Sebastián Basso, titular de la UFI AMIA, y se fundó en la “actitud obstructiva” del imputado y en la “ausencia de cooperación efectiva” de Irán ante los pedidos de detención preventiva para una eventual extradición.
Hejazi se suma al resto de los iraníes que ya tienen pedido de captura internacional en la causa y fueron incluidos en el mecanismo de juicio en ausencia: Mohsen Rezai, entonces comandante en jefe del Cuerpo de Guardianes de la Revolución Islámica; Ahmad Vahidi, responsable de la Fuerza Al Quds; Alí Fallahian, a cargo del Ministerio de Inteligencia; y Alí Akbar Velayati, responsable de Asuntos Exteriores.
Hejazi tiene captura nacional e internacional desde el 10 de abril, cuando fue citado a indagatoria. Ese mismo mes se pidió a Interpol la difusión roja. Se publicaron edictos, se requirió a Irán la detención provisoria con base en la Ley 24.767 de Cooperación Internacional en Materia Penal y se notificó al Ministerio de Asuntos Exteriores iraní.
En mayo se le comunicó la declaración de rebeldía por exhortos. El juez consideró cumplidos los requisitos para avanzar sin su presencia y descartó “toda posibilidad razonable de desconocimiento del proceso judicial”.
En la resolución, Rafecas afirmó que el imputado “adoptó una conducta orientada deliberadamente a sustraerse de la acción de la justicia argentina, eludiendo comparecer en el proceso pese a su efectivo y demostrado conocimiento”.
También señaló que, por el rango que ocupó y por la “gran atención internacional” de la causa, resulta “prácticamente imposible” que no hubiera sido informado de los requerimientos. “Pese a tener conocimiento, optó por eludir, no presentarse, responder o acatar” las medidas, concluyó el magistrado.
En el mismo fallo se indicó que las conductas atribuidas pueden considerarse constitutivas de crímenes de genocidio y de lesa humanidad.
El atentado a la AMIA ocurrió el 18 de julio de 1994 cuando un coche bomba destruyó la sede de la mutual judía en Pasteur 633, en el centro de Buenos Aires. Murieron 85 personas. Según la acusación fiscal, la planificación, la decisión y la ejecución del operativo estuvieron a cargo de agencias del régimen iraní “estrechamente ligadas” a las oficinas de Khamenei.
La resolución judicial sostiene que la decisión concreta de atentar contra la AMIA se definió en Teherán, en el Comité Vijeh, un organismo estatal encabezado por el líder supremo y dirigido por Hejazi.
Ese comité, de acuerdo con la investigación, reunía información, analizaba el objetivo y elaboraba la propuesta del ataque.
El juicio en ausencia
La Ley 27.784 fue sancionada en febrero de 2025 y se limita la figura del juicio en ausencia a causas de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, agresión o instrumentos internacionales contra el terrorismo.
El 26 de junio de 2025, Rafecas aceptó los pedidos de familiares y de la fiscalía y ordenó el juicio en ausencia. La Cámara Federal porteña confirmó esa decisión en octubre. El defensor oficial Hernán Silva apeló y el expediente quedó en Casación.
POLITICA
Senado: el oficialismo obtuvo dictamen para el proyecto que modifica el régimen de zonas frías

El proyecto de ley que modifica el régimen de Zonas Frías dio este miércoles un nuevo paso en el Congreso, luego de que un plenario de las comisiones de Minería, Energía y Combustibles y de Presupuesto y Hacienda del Senado comenzó a firmar dictamen con la intención de dejar la iniciativa en condiciones de ser tratada en el recinto en la próxima sesión de la Cámara alta.
La propuesta, impulsada por el Poder Ejecutivo bajo el nombre de “Medidas Energéticas”, que había recibido media sanción de la Cámara de Diputados en mayo último, modifica el régimen vigente de subsidios al consumo residencial de gas natural.
Según afirmó la senadora Flavia Royón (Primero los Salteños), presidenta de la Comisión de Minería, la iniciativa obtuvo dictamen tal cual fue aprobada por Diputados, por lo que estaría en condiciones de convertirse en ley si el Senado lo aprueba sin incluirle cambios. De lo contrario, deberá volver en segunda revisión a la Cámara baja.
La firma del despacho se produjo al término de una reunión de la que participó la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, quien defendió la iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo y justificó los cambios en el exceso cometido por las administraciones kirchneristas al extender el subsidio al consumo de gas a amplios sectores de la población con fines electoralistas.
“Fue claramente una ley que buscó tener votos para las elecciones, pero que no tenía ninguna racionalidad con un esquema de subsidios que tiene que ayudar a las zonas y a las familias que realmente lo necesitan”, afirmó la funcionaria en alusión a la norma sancionada en 2021 por impulso de Máximo Kirchner.
En ese sentido, Tettamanti dijo que “el Gobierno quiere que haya energía, y eso se logra con competencia”, tras lo cual admitió que “hay un segmento de la población que tiene dificultades para el pago de las facturas”, pero volvió a la carga con la idea de que “tiene que haber subsidios para las familias que tienen problemas para pagarlo, no puede haber subsidios generalizados”.
Con el kirchnerismo ausente en el debate, la única voz peronista crítica al proyecto fue la del puntano Fernando Salino, quien se quejó por la pérdida de subsidios que sufrirán amplios sectores de la provincia de San Luis en caso de aprobarse el nuevo régimen.
“En mi provincia se va a incrementar el 55% la tarifa del gas”, afirmó Salino, tras lo cual precisó que con el esquema que propone el Poder Ejecutivo, “en San Luis se perjudican casi 300 mil personas”.
También se quejó el provincial santacruceño José María Carambia, quien calificó la iniciativa como “una forma alternativa de aumentar tarifas” y cuestionó las amplias facilidades que le otorga al Poder Ejecutivo para, dijo, “subir tarifas cuando se le dé la gana”.
La norma en debate en el Senado viene a corregir el régimen de subsidios ampliado en 2021, que llegó a considerar como zona fría a departamentos y localidades de provincias como Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, Salta, San Juan, San Luis, Jujuy y La Rioja.
Según el proyecto, el beneficio se mantendrá para las zonas históricamente comprendidas por el régimen -las provincias de la Patagonia, Malargüe y la Puna-, mientras que en las áreas incorporadas por la reforma de 2021 el acceso quedaría limitado a hogares que acrediten condiciones de vulnerabilidad socioeconómica, entre ellos quienes estén comprendidos en el esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).
Otro de los puntos sensibles de la iniciativa es la modificación de la base de cálculo del descuento. El proyecto plantea que la bonificación se aplique sobre el precio del gas y no sobre el total de la factura, que también incluye cargos de transporte y distribución. Ese cambio fue cuestionado por sectores de la oposición y por legisladores de provincias alcanzadas por el régimen vigente, que advierten sobre un posible impacto en las boletas de los usuarios.
que modifica,Gustavo Ybarra,Conforme a
POLITICA
La Justicia investiga si el departamento de la vecina de Cristina Kirchner se compró con plata de la UOM

La Justicia busca determinar de dónde salió el dinero con el que María Soledad Calle compró el departamento del primer piso de San José 1111, ubicado debajo de la vivienda donde Cristina Kirchner cumple prisión domiciliaria. Una de las hipótesis que se analiza es si los fondos utilizados para adquirir el inmueble pudieron tener origen en la UOM, aunque hasta el momento no existe una conclusión judicial que lo confirme.
El foco está puesto en la relación entre Calle, el sindicato metalúrgico y USEM S.A., la empresa que firmó en 2023 un convenio con la UOM. Dos años después, en agosto de 2025, Calle compró el departamento.
La defensa de Calle aseguró que la propiedad fue adquirida “con recursos propios” y que tenía previsto destinarla a una fundación. Sin embargo, según fuentes judiciales consultadas por TN, esa explicación no terminó de despejar las dudas de los investigadores.
“La explicación de Soledad Calle no aportó claridad”, sostuvo una fuente judicial. Y agregó: “No dio detalle alguno sobre la fundación que usaría esa unidad”.
POLITICA
Condenan a 5 años de prisión al líder mapuche Jones Huala

SAN CARLOS DE BARILOCHE.- El juez federal de Bariloche, Leandro Gómez Constenla, homologó un acuerdo de juicio abreviado mediante el que el líder mapuche Facundo Jones Huala fue condenado a 5 años y 2 meses de prisión por actos de sabotaje e . Según confirmó su abogado defensor, Gustavo Franquet, el cómputo de la pena se realiza desde junio de 2025, momento en que el lonko fue detenido en El Bolsón.
En juicio abreviado, el acuerdo de condena se alcanzó tras una propuesta realizada por la fiscalía de Bariloche y semanas de negociaciones entre las partes, en las que intervino activamente el propio Jones Huala.
Como parte del convenio, el Ministerio Público Fiscal dejó sin efecto los recursos y apelaciones con los que buscaba restituir al condenado al penal de máxima seguridad de Rawson, asegurando su permanencia en la Unidad 14 de Esquel. A esa cárcel chubutense fue trasladado Jones Huala a principios de julio de este año.
El punto central de la discusión radicó en la calificación legal de los hechos.
Hasta último momento, la fiscalía buscó que Jones Huala asumiera su responsabilidad bajo el artículo 210 bis del Código Penal (asociación ilícita para poner en peligro la Constitución Nacional o de estructura militar), con lo cual ofrecía una pena de 5 años y medio o la alternativa de ir a un juicio oral con una escala penal de entre 5 y 20 años de prisión.
Bajo esa acusación, la fiscalía también intentaba probar supuestas “ramificaciones internacionales” entre la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) de Chile y la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) en Argentina.
Tanto Jones Huala como sus defensores rechazaron categóricamente esa figura. Finalmente, la acusación se readecuó al artículo 213 bis del Código Penal –que sanciona la mera pertenencia a una organización transitoria o permanente destinada a imponer sus ideas por la fuerza– conjuntamente con la apología del delito (artículo 213), acusación que dio origen a la causa a partir de la presentación de su libro Entre Rejas, Antipoesía incendiaria en una biblioteca de Bariloche.
De este modo, el dirigente mapuche asumió exclusivamente aquello que sostuvo públicamente de forma constante: que la RAM existió y que él fue integrante de la organización, sin que el acuerdo incluyera arrepentimientos, solicitudes de disculpas ni calificaciones adicionales.
Desde la Gremial de Abogados emitieron duros cuestionamientos al sistema judicial argentino y argumentaron las razones que llevaron a la aceptación de la condena.
A la hora de fundamentar la decisión de evitar el juicio oral por la imputación más grave, advirtieron sobre el riesgo de enfrentar penas considerablemente más altas: “No estábamos en condiciones de decirle, y no le dijimos: ‘Jugate 10 o 12 o 15 años de tu vida a que podés ganar el juicio’”.
A lo largo del proceso, la defensa venía denunciando la falta de imparcialidad en el fuero federal, remarcando que “las decisiones son políticas y se toman en los despachos del Ministerio de Seguridad”.
Finalmente, respecto a la postura adoptada por el líder mapuche en la causa, concluyeron: “Facundo siempre aceptó y asumió ser de la RAM, le guste a quien le guste o le disguste a quien le disguste”.
En febrero de 2025, Jones Huala presentó su libro en una biblioteca de Bariloche y reivindicó los sabotajes mapuches. Además de subrayar que la RAM existe y “es el sector más autonomista del movimiento mapuche”, Jones Huala afirmó que reivindica la liberación nacional “e incluso la lucha armada”.
detenido en El Bolsón,cárcel chubutense,reivindicó los sabotajes mapuches,Paz García Pastormerlo,Conforme a
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