POLITICA
El líder mapuche Facundo Jones Huala fue condenado a más de cinco años de cárcel: los motivos

En un juicio abreviado, Facundo Jones Huala reconoció haber integrado la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) y fue condenado a cinco años y dos meses de prisión.
La conducta por la que fue sentenciado quedó encuadrada en el artículo 213 bis del Código Penal, que establece penas de entre tres y ocho años de prisión para quienes organicen o integren agrupaciones destinadas a imponer sus ideas o combatir las ajenas mediante la fuerza o la intimidación.
La pena acordada es de cumplimiento efectivo. En un primer momento, continuará en prisión hasta 2030, pero para determinar cuánto tiempo resta cumplir, se tendrá en cuenta el período que el dirigente mapuche lleva detenido en prisión preventiva.
Jones Huala fue detenido el 6 de junio de 2025 tras ser localizado en El Bolsón luego de haber participado de una actividad pública relacionada con la presentación de un libro en Bariloche. Desde entonces permaneció privado de su libertad a disposición de la Justicia federal.
La causa que investigó su vínculo con la RAM
La investigación federal se inició con una acusación de mayor alcance y contemplaba distintas figuras penales que finalmente quedaron fuera de la resolución acordada entre la Fiscalía y la defensa.
Entre las imputaciones que fueron analizadas durante el expediente figuraban la intimidación pública, la incitación a la violencia colectiva, la asociación ilícita y la apología del delito.
También estuvo bajo análisis el artículo 210 bis del Código Penal, una figura relacionada con organizaciones destinadas a cometer delitos contra el orden constitucional y que establece penas considerablemente más altas. Sin embargo, esa calificación tampoco formó parte del acuerdo que finalmente fue homologado por el juez.
La hipótesis sobre la que avanzó la investigación sostenía que Jones Huala había ejercido durante años un rol de liderazgo dentro de la RAM. El expediente fue declarado de investigación compleja y, mientras se desarrollaban las distintas medidas de prueba, se produjeron sucesivas prórrogas de la prisión preventiva.
La discusión sobre la calificación legal de los hechos fue uno de los puntos centrales de las negociaciones entre las partes. La Fiscalía había planteado inicialmente una acusación más grave, mientras que la defensa rechazó esa postura y buscó que la resolución se concentrara en la participación de Jones Huala dentro de la RAM.
En el proceso también fue considerada una condena anterior que el dirigente mapuche recibió en Chile.
La resolución fue homologada por el juez federal de Bariloche, Leandro Gómez Constenla, y definió el cierre del expediente mediante el mecanismo de juicio abreviado.
Facundo Jones Huala, condena
POLITICA
Entre Ríos: el ex gobernador Sergio Urribarri enfrentará un nuevo juicio por corrupción

El juez Mariano Budassof dispuso este jueves la remisión a juicio oral y público de la causa por presunto enriquecimiento ilícito en la que está imputado el exgobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri. La decisión alcanzó también al empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros, a quien se lo acusa de ser partícipe necesario.
Urribarri está en prisión desde principios de septiembre. La Corte Suprema rechazó su caso y confirmó de hecho la condena a 8 años de prisión que la Justicia entrerriana le había dictado tras encontrarlo culpable de delitos contra la administración pública. Su primer destino fue la unidad penal de Paraná. Pero luego el Servicio Penitenciario dispuso su traslado a la cárcel-granja de Gualeguaychú.
Con él están su cuñado, Juan Pablo Aguilera, y su exministro de Comunicación, Pedro Báez. Ambos recibieron condenas en la misma causa.
Ahora, el expediente por enriquecimiento ilícito irá a sorteo para definir el Tribunal de Juicio. La acusación se centra en dos factores. El primero, el crecimiento patrimonial que se le atribuye a Urribarri. El segundo, ligado al anterior, la relación económica que habría mantenido con Cardona Herreros. El empresario paraguayo fue contratista del Estado entrerriano durante sus gestiones.
La Fiscalía adelantó que pedirá para el ex gobernador una pena de 5 años y 10 meses de prisión. A esto se suma la devolución del dinero que se habría podido justificar: USD 7 millones, 16 mil euros y $11,5 millones.
Para el empresario, en tanto, el planteo fiscal fue de 5 años de cárcel y el reintegro de los montos sin justificación.
Urribarri y Cardona Herreros deberán afrontar otro frente judicial. Se trata de un expediente por el supuesto pago de coimas. El juez de Garantías Julián Vergara la elevó a juicio en junio del año pasado. La acusación pública solicitó 10 años para el exmandatario y 9 para el hombre de negocios.
Conclusiones coincidentes
Antes, la decisión de Budassof deberá recibir una convalidación. Es que la defensa de Urribarri anticipó que apelará su fallo. Los abogados del ex gobernador entrerriano pretendían que se realizaran nuevas pericias informáticas y contables.

El magistrado resolvió que los cuestionamientos deberán debatirse durante el juicio. Asimismo, destacó que la pericia contable se realizó con participación de una profesional del Ministerio Público Fiscal y de un perito propuesto por la defensa. Ambos arribaron a conclusiones coincidentes, subrayó el juez al exponer su decisión. También consideró que la prueba informática sigue siendo útil para sostener la hipótesis acusatoria.
Antecedentes
Urribarri fue gobernador de Entre Ríos desde 2007 hasta 2015. En 2011 fue reelecto por una amplia mayoría. Se convirtió así en el primer mandatario provincial en alcanzar ese logro con el nuevo texto constitucional aprobado en 2008.
En los años finales de su mandato intentó convertirse en candidato a la presidencia del peronismo. Pero el «baño de realidad» que Cristina Fernández pidió al interior del oficialismo de aquel entonces terminó con sus aspiraciones. Quien compitió por la primera magistratura fue Daniel Scioli. El exmandatario bonaerense prometió el ministerio del Interior en caso de ganar. Pero cayó en el balotaje ante Mauricio Macri.
Urribarri se quedó entonces en Entre Ríos. Estuvo al frente de la Cámara provincial de Diputados. Con la llegada de Alberto Fernández a la presidencia en 2019, recayó en la Embajada ante Israel y Chipre. Debió renunciar en abril de 2022 tras la sentencia que lo condenó por los delitos de negociación incompatible con la función pública y peculado.
El caso por enriquecimiento ilícito comenzó en diciembre de 2015. Fue pocos días después de dejar el cargo de gobernador. En noviembre de 2023, los fiscales Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull pidieron la elevación a juicio del expediente.
POLITICA
La Corte Suprema confirmó la condena de un exdirectivo de Ford por crímenes de lesa humanidad

La Corte Suprema dejó firme hoy la pena a diez años de prisión impuesta a Pedro Müller, un exalto directivo de la empresa Ford condenado por su participación en secuestros y torturas agravadas de trabajadores de la compañía automotriz durante la última dictadura.
La condena confirmada hoy, dictada en 2018, fue la primera en la Argentina contra exdirectivos de una empresa multinacional por crímenes de lesa humanidad. Además de a Müller, que hoy tiene 95 años, el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín había condenado a 12 años de prisión a Héctor Francisco Jesús Sibilla, gerente de seguridad de Ford, que murió. Los hechos investigados sucedieron hace cinco décadas.
En el juicio se consideró acreditado que Müller, gerente de Manufactura de Ford, fue el número dos de la compañía y la autoridad dentro de la planta, donde 24 trabajadores fueron víctimas de delitos que incluyeron secuestros y torturas en 1976 y 1977. Se trataba, en su mayoría, de delegados gremiales. A 17 de los secuestrados se los llevaron de dentro de la fábrica. En el juicio se demostró, según el fallo del tribunal, que personal del Ejército se instaló en la planta con el aval de Ford, acondicionó el quincho y lo usó como sala de torturas. También, que utilizó autos de la compañía. De acuerdo con la sentencia confirmada hoy, lo hizo con la “participación necesaria” de Müller.
Para dictar esta sentencia, la Corte debió convocar a conjueces. La mayoría que confirmó la condena la formaron el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, y los camaristas Juan Ignacio Pérez Cursi (Cámara Federal de Mendoza) y Fernando Poviña (Cámara Federal de Tucumán). Declararon mal concedido el recurso extraordinario con el que la defensa de Müller llegó a la Corte. Dijo que la defensa omitió rebatir todos los fundamentos de la condena. Ricardo Lorenzetti no votó. Carlos Rosenkrantz, en disidencia, consideró que Müller debía ser absuelto.
Müller, nacido en Checoslovaquia el 15 de junio de 1931, está hoy en libertad. El tribunal que lo condenó dispuso que su situación no cambiara hasta que la sentencia quedara firme, lo que ocurrió hoy, y advirtió que después debería cumplir su pena en “una cárcel perteneciente al Servicio Penitenciario Federal”.
El fallo del TOF 1 de San Martín fue confirmado por la Cámara Federal de Casación con los votos de Alejandro Slokar y Carlos Mahiques y la disidencia de Guillermo Yacobucci. Las defensas presentaron recursos extraordinarios y llegaron así al máximo tribunal.
La Corte, en su fallo de hoy, sostuvo que el juicio sobre la eventual participación de civiles en delitos de lesa humanidad no puede hacerse “en abstracto”, sino que “requiere tener en cuenta el contexto histórico en que se desarrolló”. Afirmó que el plan represivo de las Fuerzas Armadas estuvo “especialmente dirigido a las actividades gremiales”, con la convicción de que las fábricas eran un ámbito particularmente “fértil para la actividad subversiva” y que contó con colaboración de empresarios industriales.
Dijo, no obstante, que el análisis contextual de los delitos de lesa humanidad no basta para sustentar “sin más la condena de un individuo” y que en el caso puntual de Ford, se probó que Müller fue responsable de “facilitar la individualización y localización de las personas a detener” (con la entrega de credenciales y legajos de los trabajadores, además de listas de quienes serían detenidos) y de “permitir el alojamiento de algunas de ellas en dependencias de la propia fábrica”.
El voto de Rosenkrantz
Rosenkrantz, en disidencia, votó por dejar sin efecto la condena. En un fallo muy crítico de lo resuelto en la causa, sostuvo que los jueces no pueden manejarse como historiadores ni sociólogos. Este magistrado entendió que se afectaron las garantías de defensa en juicio de Müller y que la “presunción de inocencia” imponía absolverlo “por el beneficio de la duda”.
Sostuvo que, más allá del dato inobjetado de que Müller era gerente de Ford, el tribunal “no indicó ninguna prueba que involucrara personalmente” al acusado “con los delitos imputados”. Dijo que no hubo testigos que hubieran declarado que Müller haya estado presente en el momento de las detenciones o las torturas, ni pruebas de que él tuviera a su cargo “la custodia de la información privada de los empleados” ni el “control sobre el ingreso y egreso” a la fábrica.
Rosenkrantz advirtió que los casos de lesa humanidad deben regirse por las mismas reglas de prueba que los demás delitos, “pues la eventual violación del derecho por parte de los imputados por tales delitos no justifica la violación del derecho por los jueces que tienen el deber constitucional de juzgarlos”.
Sostuvo además que “las dificultades probatorias que pudiesen haber surgido por el paso del tiempo no pueden ser la justificación para reducir el estándar probatorio requerido para dictar una condena penal”.
Afirmó también que la “gravedad de los delitos de lesa humanidad atribuidos” a Müller y “la indignación moral que causa el uso de la fuerza estatal al servicio de un plan de atroz criminalidad no pueden justificar que las condenas por tales delitos se impongan prescindiendo de la exigencia de demostrar más allá de toda duda razonable que los hechos juzgados fueron cometidos por los acusados”.
“No todo lo que convence a profesionales de las ciencias sociales respecto de la ocurrencia de un hecho es apropiado y suficiente como para convencer a jueces de la Nación -dijo Rosenkrantz-. No somos historiadores, ni sociólogos, ni politólogos, quienes para explicar un hecho pueden basarse, entre otras cosas, en consideraciones contextuales. Dado que los jueces podemos imponer penas a personas determinadas, es preciso que razonemos a partir de estándares probatorios elaborados para identificar las contribuciones relevantes a la producción de un ilícito.”
La evidencia, para atribuir la autoría individual de un delito, debe ser “personalizada y circunstanciada”, dijo Rosenkrantz, que sostuvo que eso no se cumplió en el caso de Müller.
El expediente, con la condena confirmada, regresará ahora al TOF 1 de San Martín para la ejecución de la sentencia.
Paz Rodríguez Niell,Conforme a
POLITICA
En medio de la tensión con Patricia Bullrich, una senadora cercana a Karina Milei y Martín Menem gana protagonismo en el Gobierno

Mientras el Gobierno busca ponerle un límite a Patricia Bullrich y sus diferencias públicas, Karina Milei y Martín Menem buscan darle mayor protagonismo a Nadia Márquez, una senadora de su máxima confianza que aparece como candidata para ocupar dos lugares clave en el bloque oficialista en la Cámara alta.
“Nadia es una dirigente muy valorada, tanto por Karina como por Martín, una senadora que viene haciendo un gran trabajo y representa a una provincia pujante de Argentina, así que sí, es una figura importante”, aseguraron a TN en Balcarce 50, luego de que el Gobierno difundiera por sus canales oficiales los detalles de un encuentro encabezado el miércoles por la noche por la neuquina y las máximas autoridades partidarias.
Cerca de la conducción del partido que encabezan la secretaria General de la Presidencia y el titular de la Cámara de Diputados aclaran que la decisión de levantar el perfil de Márquez responde a su consideración dentro del espacio y niegan que el gesto esconda un desplazamiento de Patricia Bullrich de la jefatura del bloque en la cámara alta.
Sin embargo, admiten que la seguidilla de acciones “genera suspicacias” y que es un “respaldo fuerte”. Por su parte, la neuquina compartió en sus redes una foto junto a Karina Milei y Menem y sostuvo: “Una imagen vale más que mil palabras. Aquí mi imagen. Equipazo! Hay para rato!”.
Este sábado, el propio Javier Milei se había mostrado con la senadora durante una visita a Neuquén para inaugurar el nuevo auditorio de la Iglesia Evangélica Bautista “Jesús es Rey”, conducida por Hugo Márquez, padre de la legisladora.
El apoyo público tiene un correlato dentro de la dinámica de poder del bloque en el Senado. Según pudo saber TN, Márquez fue elegida para suceder al fallecido Juan Carlos Pagotto al frente de la Comisión de Acuerdos, un lugar clave que se ocupa de dictaminar sobre los pliegos enviados por el Poder Ejecutivo para el nombramiento o la remoción de jueces, fiscales, defensores oficiales y diplomáticos. A su vez, dos fuentes del oficialismo señalaron que su nombre también aparece para ocupar la silla que corresponde a La Libertad Avanza por el Senado en el Consejo de la Magistratura, el organismo a cargo de la designación, control y remoción de los jueces.
Las designaciones todavía no fueron confirmadas oficialmente y cerca de la legisladora sostienen que lo que es seguro es que los lugares deben ser ocupados por alguien del oficialismo. “Si es ella u otro senador de La Libertad Avanza estamos de acuerdo”, dijeron.
Sin embargo, su nombre aparece como favorito, en un movimiento que refuerza la injerencia de Karina Milei sobre el bloque violeta en el Senado en plena escalada de tensión con Patricia Bullrich. Según había informado este medio, la Casa Rosada consideró que la exministra de Seguridad “cruzó un límite” esta semana, tras difundir un encuentro en sus oficinas de Palermo junto a sus más cercanos colaboradores, entre ellos varios legisladores de La Libertad Avanza.
El encuentro, considerado como un desafío a la autoridad por la presidenta del partido, se suma a una larga lista de diferenciaciones públicas y gestos de autonomía por parte de la senadora que comenzaron a provocar “hartazgo” en el Gobierno.
Su última expresión llegó este jueves, en una presentación en el Colegio de Abogados, donde Bullrich volvió a marcar diferencias con Javier Milei en materia de libertad de prensa y enfatizó que “defender la libertad es defender fundamentalmente a quienes nos cuestionan”. Días atrás, la legisladora había renovado sus reclamos para que los resultados del programa económico “lleguen a todos”.

Aun así, Javier Milei mantiene la postura de “contener” a su exfuncionaria y el Gobierno evita una confrontación abierta, consciente también de la capacidad de negociación de Bullrich con los bloques aliados del Senado y el riesgo que implicaría un conflicto sin cuartel con ella.
POLITICA2 días agoLa oposición cuestionó la suspensión de embargos a las pymes y criticó el plan económico: “Llegaron tarde”
POLITICA2 días agoMilei parte nuevamente a España y en el gobierno dicen que no bajará el tono de sus críticas a Pedro Sánchez
POLITICA2 días agoSindicatos del transporte y de la industria se diferencian de la estrategia de la CGT y deciden acciones propias
















