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ECONOMIA

Cuáles son las 10 cláusulas aplicadas por Mercado Libre que el gobierno bonaerense investiga por abusivas

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El gobierno bonaerense informó las condiciones de contratación en Mercado Libre que considera desfavorables para el consumidor. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires inició una investigación sobre los contratos de Mercado Libre y Mercado Pago a partir de una denuncia del área de Defensa del Consumidor. Según informaron fuentes del Ministerio de Producción bonaerense, el expediente en el que fue imputada la empresa de Marcos Galperin examina posibles cláusulas abusivas en los términos y condiciones que la empresa impone a sus usuarios en la Argentina. La pesquisa podría derivar en una multa de hasta $1.800 millones sobre la empresa si no modifica esos aspectos del contrato.

La Dirección Provincial de Defensa del Consumidor identificó que los contratos de Mercado Libre y Mercado Pago incluyen disposiciones que, presuntamente, infringen la Ley de Defensa del Consumidor y otorgan ventajas desproporcionadas a la empresa y podrían vulnerar derechos de los consumidores. Entre los puntos señalados se encuentran la falta de transparencia en la información sobre costos, la posibilidad de modificar unilateralmente los términos de los contratos, la transferencia de riesgos y responsabilidades a los usuarios, y restricciones al acceso a la justicia, entre otros.

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Montaje de dos retratos de hombres: a la izquierda, un hombre barbudo con camisa de puntos; a la derecha, un hombre de cabello oscuro con chaqueta negra y camisa azul
Marcos Galperin, fundador de Mercado Libre, y Axel Kicillof, gobernador de la provincia de Buenos Aires

Las siguientes diez cláusulas, según información del ministerio de Producción bonaerense, fueron observadas como presuntamente abusivas o incompatibles con los derechos de los usuarios:

  1. No se informa el monto ni el motivo de las tarifas: El contrato establece que, “en algunos casos”, la empresa puede cobrar una tarifa al usuario, pero no especifica el importe, el momento ni la causa de ese cobro. Según la autoridad de defensa del consumidor, firmar algo sin saber el precio no es válido :la legislación vigente obliga a informar el costo con anterioridad al compromiso de pago.
  2. Mercado Libre puede modificar los términos y condiciones de manera unilateral: La empresa se reserva el derecho de alterar las reglas de uso de la plataforma y considera que el usuario acepta automáticamente esos cambios por el solo hecho de continuar usando el servicio. Para la Dirección Provincial, este mecanismo de aceptación tácita no resulta suficiente, ya que los cambios relevantes requieren una aceptación expresa por parte del usuario.
  3. El usuario asume la totalidad de los riesgos si alguien hackea o usa su cuenta: El contrato establece que el usuario es el “único responsable” por todo lo que ocurra en su cuenta, incluyendo fraudes y accesos no autorizados. En Defensa del consumidor sostiene que “la ley dice que Mercado Libre, como empresa de servicios digitales, tiene la obligación de garantizar la seguridad de su plataforma (deber de seguridad), no puede lavarse las manos y zafar de esa responsabilidad”.
  4. La empresa puede retener o debitar fondos para compensar otras deudas: Se detectó una cláusula que permite a Mercado Libre tomar fondos de la cuenta de un usuario para saldar deudas originadas en otros contratos diferentes, bajo la figura de “compensación entre cuentas”. La autoridad provincial señala que esta práctica no está permitida en las relaciones de consumo.
  5. Cláusula de indemnidad a favor de Mercado Libre: El contrato obliga al usuario a “proteger a Mercado Libre y Mercado Pago ante cualquier reclamo de terceros o del Estado relacionado con su actividad en la plataforma”. Según Defensa del Consumidor, esta disposición podría implicar que el usuario deba asumir reclamos originados por posibles errores del propio sistema.
  6. Exención de responsabilidad por fallas en la plataforma: En el caso de los préstamos otorgados a través de Mercado Pago, la empresa se exime de cualquier daño derivado de fallas técnicas del sistema. Además, la carga de la prueba recae sobre el usuario, quien debe demostrar que no realizó la operación cuestionada.
  7. Débito de cuotas de préstamos en cuentas de terceros: El contrato permite que Mercado Pago descuente las cuotas de un préstamo no solo de la cuenta del titular, sino también de cuentas de terceros que la empresa considere “relacionadas”. Según Defensa del Consumidor, “lo más grave es que si esa otra persona quiere demostrar que su cuenta no tiene nada que ver la tuya, la carga de la prueba recae sobre ella (o sea, sobre quien sea ritular de esa cuenta relacionada).“.
  8. Dar por vencido un préstamo por sospechas de incumplimiento: La empresa se reserva la facultad de declarar vencido un préstamo y exigir su pago total si detecta “conductas que razonablemente hicieran previsible” un incumplimiento futuro. El problema radica en que es la propia empresa la que define qué situaciones resultan “razonablemente previsibles”, sin parámetros claros.
  9. Exención anticipada de responsabilidad por daños: El contrato busca liberar de responsabilidad a Mercado Pago por cualquier daño que el usuario pueda sufrir en el uso del servicio. La autoridad de Defensa del Consumidor destaca que “la seguridad y el buen funcionamiento de la plataforma son la esencia misma del servicio, no pueden eximirse de eso antes de que pase algo.”.
  10. Acceso a la justicia en la Ciudad de Buenos Aires: Los contratos de préstamo establecen que cualquier conflicto debe resolverse exclusivamente en los tribunales comerciales de la Ciudad de Buenos Aires. “Obligar a alguien de Rosario, Tucumán o Bariloche a viajar a CABA para reclamar es una limitación legal del acceso a la justicia. Las y los consumidores pueden, en su caso, optar por resolver el conflicto en el domicilio donde reside”, apuntó el organismo bonaerense.

La investigación en curso surge de la intervención de la Dirección Provincial de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Producción de la provincia de Buenos Aires. El organismo fundamentó su actuación en la posible existencia de cláusulas abusivas que podrían afectar a una cantidad significativa de usuarios en la Argentina.

Según explicó el ministerio de Producción provincial, Mercado Libre tiene ahora la posibilidad de formular una propuesta de “adecuación, modificación o supresión de las cláusulas observadas”. En caso de que lo haga, el expediente se cerrará.

Si no lo hace, Mercado Libre “puede ser sancionada con una multa de hasta $1.815.000.000. Ahora la empresa tiene un plazo de cinco días hábiles e improrrogables para presentar su descargo por escrito y acreditar personería y domicilio electrónico y físico en la ciudad de La Plata», agregó el comunicado.

Dos paquetes de cartón de Mercado Libre, con cinta amarilla y el logo, uno grande y otro pequeño, se mueven sobre una cinta transportadora gris en un almacén. El paquete grande dice "Hola, ¡llegué!"
Dos paquetes de Mercado Libre con su icónico branding amarillo se desplazan sobre una cinta transportadora, listos para su entrega en un centro de distribución. (Mercado Libre)

El área de Defensa del Consumidor incluyó en su análisis no solo los términos y condiciones generales de uso, sino también los contratos específicos de préstamos que ofrece Mercado Pago a través de la plataforma. El objetivo es determinar si las cláusulas observadas se adecuan a los principios de información, transparencia, equidad y responsabilidad contemplados en la legislación nacional.

Tras conocerse la imputación, fuentes de Mercado Libre señalaron que la imputación de la provincia de Buenos Aires “corresponde a una instancia inicial de revisión administrativa de oficio, no implica sanción alguna y no surge de reclamos concretos de usuarios afectados”.

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Rechazamos las acusaciones planteadas y presentaremos el descargo correspondiente en tiempo y forma, aportando toda la información y aclaraciones necesarias. Millones de personas utilizan nuestras plataformas todos los días y, en relación con el enorme volumen de operaciones que procesamos, tenemos un nivel muy bajo de reclamos», explicaron en la empresa. Además, señalaron que los usuarios cuentan con “canales de atención y resolución, que permiten resolver la gran mayoría de los casos de manera rápida y eficiente”.



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ECONOMIA

Una provincia lanzó un programa para darle trabajo a 10.000 personas sin empleo: cómo inscribirse

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La convocatoria establece criterios de prioridad para determinados grupos (Imagen Ilustrativa Infobae)

En un contexto en el que el empleo formal continúa mostrando dificultades para absorber a quienes se encuentran fuera del mercado de trabajo, el Gobierno de Córdoba presentó un nuevo programa destinado a facilitar la inserción laboral de 10.000 personas desempleadas de la provincia.

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La iniciativa se denomina Empleo +26 y tiene como objetivo generar oportunidades de trabajo de calidad, promoviendo para sus beneficiarios su incorporación al mercado laboral y favoreciendo tanto su desarrollo personal como el crecimiento económico de la provincia.

El programa está dirigido a personas mayores de 26 años que residan en Córdoba y se encuentren desempleadas o no cuenten con un empleo registrado.

Collage de cinco imágenes: un joven ensamblando componentes electrónicos; dos jóvenes recolectando vegetales; dos jóvenes trabajando en oficinas con computadoras.
El programa está dirigido a personas mayores de 26 años que residan en Córdoba y se encuentren desempleadas o no cuenten con un empleo registrado (Imagen Ilustrativa Infobae)

Además, la convocatoria establece criterios de prioridad para determinados grupos. En primer lugar, tendrán preferencia las personas mayores de 45 años, uno de los segmentos con mayores dificultades para reinsertarse en el mercado laboral.

También se priorizará a quienes residan en los 12 departamentos alcanzados por el Plan de Igualdad Territorial (PIT) —Río Seco, Tulumba, Sobremonte, Ischilín, Cruz del Eje, Minas, Pocho, San Alberto, San Javier, Totoral, Presidente Roque Sáenz Peña y General Roca—, con el objetivo de impulsar el empleo en las regiones con mayores desafíos socioeconómicos.

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El programa ofrece un total de 10.000 vacantes con dos opciones: 5.000 puestos formales en empresas privadas y 5.000 cupos para prácticas laborales pagas, que incluyen capacitación.

  • Empleo formal: Las compañías que sumen personal recibirán del gobierno durante doce meses un aporte económico igual a un Salario Mínimo, Vital y Móvil por cada nueva incorporación. El beneficio se incrementa hasta 1,5 salarios mínimos si la persona contratada supera los 45 años o reside en las zonas contempladas por el Plan de Igualdad Territorial. En este caso, la remuneración del trabajador será de acuerdo al convenio colectivo de trabajo del rubro en el que se desempeñará.
  • Prácticas laborales pagas: Esta opción está dirigida a otras 5.000 personas que accederán a prácticas de 20 horas semanales, durante seis meses, con capacitación en el lugar de trabajo. Recibirán una asignación equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil y podrán utilizar el Boleto Obrero Social.

Cabe mencionar que se reserva el 5% del cupo total destinado a la población con discapacidad y trasplantados y otro 5% a personas en situación de vulnerabilidad.

El programa establece una serie de incompatibilidades. No podrán postularse quienes no acrediten residencia en la provincia de Córdoba ni quienes tengan un empleo registrado en relación de dependencia. Tampoco podrán acceder quienes perciban jubilaciones, pensiones contributivas o retiros por invalidez laboral.

A su vez, quedan excluidos los inscriptos en el Monotributo desde la categoría C en adelante y quienes ya sean beneficiarios de otros programas de empleo de alcance municipal, provincial o nacional.

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Los beneficiarios de la modalidad práctica laboral llevarán a cabo la misma durante 6 meses teniendo una carga horaria de 20 horas semanales. REUTERS/Luisa González
Los beneficiarios de la modalidad práctica laboral llevarán a cabo la misma durante 6 meses teniendo una carga horaria de 20 horas semanales. REUTERS/Luisa González

La normativa también impide que accedan al beneficio el cónyuge o conviviente del empleador, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Asimismo, establece que una misma persona no podrá ser simultáneamente empleador y beneficiario del programa.

El período de inscripción para las capacitaciones permanecerá abierto hasta el 28 de agosto, mientras que la modalidad de empleo formal mantendrá su inscripción habilitada durante todo el año. Para postularse, los interesados deberán seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar al sitio web desarrolloyempleo.cba.gov.ar, buscar Empleo +26 y, en la opción Quiero inscribirme, seleccionar Soy postulante.
  2. Hacer clic en Completá el formulario e iniciar sesión en CiDi para acceder al Formulario Único de Postulantes (FUP).
  3. En el FUP, buscar Empleo +26, presionar Postulación y confirmar la solicitud.
  4. Confirmar o editar los datos personales y validar la información del grupo conviviente.
  5. Completar todos los campos requeridos: datos de contacto, educación, salud y test de habilidades.
  6. Cargar el CUIT de la empresa donde se realizará el entrenamiento laboral, finalizar la postulación y confirmar.
  7. Revisar los datos personales y de contacto, seleccionar los puestos de interés en el Perfil Laboral y guardar las preferencias.
  8. Presionar Aceptar para guardar definitivamente los datos del formulario.

Es importante mencionar que los candidatos deberán previamente buscar la empresa, comercio o empleadores monotributistas para realizar su entrenamiento laboral. La provincia, a través de las oficinas de empleo, articula el programa y facilita el contacto con las diferentes empresas.



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ECONOMIA

UTEDYC confirmó un nuevo acuerdo salarial con subas mensuales atadas al IPC

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La Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC) y las entidades empleadoras Confederación Argentina de Mutualidades (CAM) y Confederación Nacional de Mutualidades de la República Argentina (CONAM) firmaron un nuevo acuerdo paritario para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 807/23, que establece un mecanismo de actualización mensual de los salarios básicos desde julio hasta diciembre de 2026.

El entendimiento fija que los salarios se ajustarán automáticamente todos los meses en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). De esta forma, el esquema de incrementos queda atado a la evolución de la inflación registrada en el mes inmediato anterior.

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Además de definir la modalidad de actualización salarial, el acuerdo incorpora la escala correspondiente a julio de 2026 y establece que las partes firmarán nuevas escalas mensualmente para reflejar cada actualización. También prevé una nueva instancia de negociación durante enero de 2027 para determinar las condiciones salariales que regirán el próximo año.

UTEDYC acordó una actualización mensual de salarios por inflación

El nuevo acuerdo salarial alcanza a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 807/23, que regula las relaciones laborales del personal que presta servicios en mutuales representadas por la CAM y la CONAM.

La principal característica del entendimiento es la implementación de una cláusula de actualización automática de los salarios básicos convencionales. En lugar de fijar porcentajes predeterminados para varios meses, las partes resolvieron que los haberes se ajusten mensualmente tomando como referencia la inflación oficial medida por el INDEC.

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Según lo establecido en el acta, cada actualización salarial se calculará utilizando la variación del IPC correspondiente al mes anterior al de aplicación.

Esto implica que los salarios de julio de 2026 incorporan la inflación registrada durante junio, los haberes de agosto se actualizarán con el IPC de julio, y el mismo mecanismo continuará durante los meses siguientes hasta diciembre.

El calendario de actualizaciones funcionará de la siguiente manera:

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De esta manera, el convenio establece un esquema de actualización mensual que permanecerá vigente hasta finalizar el año.

Cómo funcionará el mecanismo de actualización salarial

El acuerdo determina que el incremento mensual surgirá directamente de la variación porcentual informada por el INDEC para el Índice de Precios al Consumidor.

En la práctica, cada vez que el organismo publique el dato oficial de inflación de un determinado mes, ese porcentaje será utilizado para actualizar los salarios básicos del mes siguiente.

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El sistema permite que los salarios convencionales acompañen mensualmente la evolución del índice inflacionario durante el período comprendido entre julio y diciembre de 2026.

Las partes no establecieron porcentajes fijos adicionales ni sumas extraordinarias dentro del acuerdo firmado. El único parámetro previsto para las actualizaciones mensuales será la variación del IPC oficial.

Este mecanismo también implica que las escalas salariales deberán modificarse todos los meses para reflejar los nuevos valores resultantes de la actualización correspondiente.

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La escala salarial de julio ya fue incorporada al convenio

Como parte del acuerdo, UTEDYC, la CAM y la CONAM incorporaron como Anexo I la escala salarial correspondiente al mes de julio de 2026.

Los valores incluidos en esa escala ya contemplan la actualización derivada de la inflación registrada durante junio.

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Asimismo, las partes acordaron que cada mes suscribirán una nueva escala salarial que incorporará el porcentaje de actualización correspondiente según el IPC publicado por el INDEC.

Cada una de esas escalas pasará a integrar el convenio colectivo como anexos complementarios, permitiendo contar con valores salariales actualizados durante toda la vigencia del acuerdo.

Qué ocurrirá después de diciembre de 2026

El entendimiento firmado entre las partes tiene vigencia hasta la actualización correspondiente al mes de diciembre de 2026.

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Una vez finalizado ese período, el acuerdo establece que representantes sindicales y empleadores volverán a reunirse durante enero de 2027, con el objetivo de analizar las condiciones salariales que regirán para el nuevo período y definir la modalidad de negociación que se aplicará durante 2027.

De esta manera, el convenio deja prevista una nueva instancia paritaria para revisar la evolución de los salarios y establecer las futuras pautas de actualización.

El acuerdo podrá ser homologado por la autoridad laboral

El texto firmado también contempla el procedimiento administrativo posterior a la suscripción del acuerdo.

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En ese sentido, las partes establecieron que cualquiera de los firmantes podrá solicitar la homologación ante la autoridad laboral competente.

La homologación constituye el trámite mediante el cual la autoridad administrativa verifica el acuerdo celebrado entre las partes y le otorga los efectos previstos por la normativa laboral vigente.

Hasta tanto se complete ese procedimiento, el acta refleja el entendimiento alcanzado entre la organización sindical y las entidades empleadoras.

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Qué establece el Convenio Colectivo de Trabajo 807/23

El Convenio Colectivo de Trabajo 807/23 regula las condiciones laborales del personal que presta servicios en mutuales representadas por la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM) y la Confederación Nacional de Mutualidades de la República Argentina (CONAM).

Dentro de ese marco convencional se establecen las categorías laborales, los salarios básicos, las condiciones de trabajo y las distintas cláusulas aplicables a los trabajadores comprendidos por el convenio.

Con el nuevo acuerdo salarial, las partes modificaron exclusivamente las escalas salariales para el período julio-diciembre de 2026 mediante la incorporación del mecanismo de actualización mensual vinculado al IPC.

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El sistema acordado reemplaza la fijación de incrementos porcentuales para varios meses por un esquema de ajustes mensuales calculados sobre la inflación oficial publicada por el INDEC.

Puntos principales del acuerdo salarial de UTEDYC para mutuales

El entendimiento firmado entre UTEDYC, la CAM y la CONAM establece los siguientes aspectos:

  • Actualización mensual automática de los salarios básicos convencionales
  • Ajustes calculados según la variación del IPC del mes inmediato anterior
  • Vigencia del mecanismo desde julio hasta diciembre de 2026
  • Incorporación de la escala salarial de julio como Anexo I del convenio
  • Firma de nuevas escalas salariales todos los meses para reflejar cada actualización
  • Nueva reunión paritaria prevista para enero de 2027
  • Posibilidad de solicitar la homologación del acuerdo ante la autoridad laboral

Con este esquema, los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 807/23 tendrán actualizaciones mensuales de sus salarios básicos convencionales conforme a la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, durante el período comprendido entre julio y diciembre de 2026.

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ECONOMIA

Pese al efecto del RIGI, la inversión bruta interna cayó más de 7% en el primer semestre del año

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Medida en dólares, la inversión alcanzó los USD 7.464 millones (Imagen Ilustrativa Infobae)

La inversión bruta interna volvió a mostrar signos de debilidad en junio y profundizó el deterioro que arrastra desde comienzos de año. En un contexto de actividad económica aún golpeada y sin señales claras de una recuperación sostenida, el nivel de inversión registró una nueva caída interanual, impulsada principalmente por el retroceso en la compra de maquinaria y equipos, mientras que la construcción exhibió una leve mejora.

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De acuerdo con las estimaciones de OJF, la consultora de Orlando Ferreres, la inversión cayó 6,2% interanual en junio medida en términos de volumen físico, descontando el efecto de la inflación. De esta manera, acumuló una contracción de 7,6% durante el primer semestre del año. En tanto, medida en dólares, la inversión alcanzó los USD 7.464 millones.

El principal factor detrás de la baja fue el desempeño en maquinaria y equipos, que registró una caída de 11,2% respecto de junio del año pasado. Dentro de ese rubro, los equipos de producción nacional retrocedieron 9,5%, mientras que los bienes importados mostraron una contracción aún mayor, de 12,7%.

infografia

Como resultado, el segmento acumuló una baja de 12,2% en los primeros seis meses del año, consolidándose como el componente de peor desempeño dentro de la inversión.

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En contraste, la construcción logró mantenerse en terreno positivo durante junio. La inversión en ese sector registró una suba interanual de 0,4%, aunque el balance del semestre continúa siendo negativo, con una caída acumulada de 1,7%.

En conclusión, el informe aseguró que “al promediar el año en curso, la inversión sigue marchando a niveles muy bajos y aún no se ven señales claras que inviten a pensar en una recuperación, aunque ciertos rubros puntuales mostraron mejores números en el sexto mes del año. En efecto, la construcción logró ubicarse nuevamente en terreno positivo y también se registraron leves subas en los patentamientos de vehículos comerciales pesados”.

Hacia adelante, “esperamos que continúe desacelerando la contracción de la inversión, mostrando una mejora paulatina. El factor que puede cambiar esta lenta evolución es el de las inversiones anunciadas bajo el paraguas del RIGI, pero los plazos y cronogramas de estas inversiones son flexibles, sujetos a cierta discrecionalidad”, agregó.

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El esquema de incentivos ya cuenta con 19 proyectos aprobados, que en conjunto representan una inversión comprometida de USD 36.424 millones y la generación estimada de 61.123 empleos directos e indirectos. La mayor parte de las iniciativas corresponde al sector minero, con 10 proyectos, seguido por petróleo y gas (5), energía (2), siderurgia (1) e infraestructura (1).

En paralelo, el Gobierno mantiene 24 proyectos en evaluación, que implican inversiones por USD 111.500 millones y podrían sumar 137.522 puestos de trabajo entre directos e indirectos si obtienen la aprobación.

INDUSTRIA TEXTIL
OJF: «Al promediar el año en curso, la inversión sigue marchando a niveles muy bajos y aún no se ven señales claras que inviten a pensar en una recuperación»

Al mismo tiempo, la baja utilización de la capacidad instalada limita los incentivos para realizar nuevas inversiones, ya que muchas empresas aún cuentan con margen para aumentar la producción sin necesidad de ampliar su infraestructura o incorporar más maquinaria.

El uso de la capacidad instalada de la industria se ubicó en 58,4% en mayo, por debajo del nivel registrado en abril y también del observado en el mismo mes del año pasado, según el Indec.

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El relevamiento sectorial mostró que cinco de los doce bloques industriales se ubicaron por encima del promedio general de 58,4%. Según el Indec, el mayor nivel de utilización correspondió a la refinación del petróleo, con 88,7%, seguida por las industrias metálicas básicas (75,4%), papel y cartón (68,1%), sustancias y productos químicos (65,6%) y productos alimenticios y bebidas (60%).

En contraste, siete sectores quedaron por debajo del promedio. Se trata de productos minerales no metálicos (55,5%), edición e impresión (54%), industria automotriz (45,5%), productos del tabaco (43,2%), productos textiles (42,2%), productos de caucho y plástico (39,6%) y metalmecánica, excluida la fabricación de automotores (38,7%).

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