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ECONOMIA

El dólar despertó, pero no es la mejor inversión en lo que va de junio: cuál lidera

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Los ahorristas están observando que el precio del dólar se despertó en junio y comienza a ofrecer una rentabilidad más atractiva respecto de la tasa en pesos de un plazo fijo, e, incluso, supera a la inflación prevista para todo el mes. Más allá del recorrido ganador del billete estadounidense, en los primeros 18 días del corriente período el verdadero ganador es la renta variable.

Mientras tanto, si se analiza todo el 2026, la inversión más rentable sigue siendo el plazo fijo, donde la versión UVA —que ajusta por el índice de precios al consumidor (IPC)— encabeza el ranking con un rendimiento del 17,7% desde enero hasta el presente.

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En junio, el principal índice de acciones de empresas líderes, el Merval de ByMA, avanzó un 6% desde el inicio del mes hasta el jueves pasado, abarcando prácticamente la primera mitad del período y consolidándose como la opción de inversión más ganadora de dicho lapso. No obstante, el último viernes se registró una baja del 1,5% tras el informe de MSCI, que indicó que la Argentina se mantiene en la calificación de «Standalone» (independiente).

Más allá de los progresos económicos, la entidad señaló que existen motivos, como el cepo cambiario para las empresas, que por el momento no permiten ascender al país al estatus de «Emergente», algo que genera ciertos interrogantes sobre el comportamiento de las cotizaciones en el corto plazo.

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Dólar vs. Plazo Fijo: ¿cuáles son las inversiones más ganadoras de junio?

Luego, entre las alternativas de inversión más ganadoras de los primeros 18 días de junio, se ubican los diferentes mercados del dólar. El billete se despertó en las últimas jornadas debido a una menor oferta de divisas del campo por el fin de la cosecha gruesa, sumada a una mayor demanda estacional de los minoristas por viajes al exterior con motivo de las vacaciones de invierno y el Mundial de fútbol en Estados Unidos, Canadá y México.

En este escenario, el segundo lugar fue ocupado por el dólar blue, que ascendió un 3% en ese lapso. La tercera posición fue para el dólar oficial, que avanzó un 2,8% en la primera parte del mes, según los datos minoristas de venta al público del Banco Nación.

Como referencia, la inflación oficial medida por el Indec fue del 2,1% en mayo, por lo que las alternativas cambiarias mencionadas brindan una renta positiva respecto de ese comparativo y superan al movimiento de los precios de la economía. Incluso, según el último Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) que el Banco Central realiza entre unos 46 economistas, se espera que en todo junio el IPC se ubique nuevamente en el 2,1%.

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Acciones de empresas líderes son las inversiones más ganadoras en los primeros 18 días de junio.

En tanto, con la merma de la inflación de los últimos meses, el plazo fijo UVA rinde en la primera parte de junio un 1,6%, mientras que el plazo fijo tradicional acumula un 1,1% en los primeros 18 días del mes. Ahora bien, por la coyuntura mundial, las opciones más perdedoras de junio son el Bitcoin, que en el período analizado se desplomó un 14% medido en pesos, y el oro, que cayó un 5,3% en el mismo lapso.

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Por el lado de las inversiones más ganadoras de todo el 2026, el plazo fijo UVA lidera el ranking con un rendimiento acumulado del 17,7%. En segundo lugar se ubica el plazo fijo tradicional, con un premio en todo el año del 12%. Y en la tercera posición se encuentra el Merval, que desde el primer día hábil de enero hasta el 18 de junio sumó un incremento del 9,2%.

«Las últimas siete semanas, entre mayo y junio, fueron muy redituables para las acciones argentinas», detalla a iProfesional Andrés Méndez, director de AMF Economía. Y agrega: «En tanto, las demás alternativas no llegan a mantener nominalmente el capital invertido que exhibían al finalizar el año pasado. Si consideramos que en los primeros cinco meses del año el IPC Nacional acumuló una suba del 14,7%, puede señalarse que, hasta el momento, sólo el plazo fijo UVA le viene ganando a la inflación y preservando el poder adquisitivo de los inversores».

Más allá de los tres instrumentos mencionados, el resto de las alternativas de inversión presentan bajas en todo el año, donde se destaca el Bitcoin con un descenso de casi el 30% en pesos en estos últimos seis meses y medio. El oro es otra de las inversiones castigadas en el año, con un descenso acumulado en su cotización del 3,4% en pesos.

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El plazo fijo UVA sigue siendo la mejor inversión de todo 2026.

Acciones y divisas: qué pasará con las inversiones en el segundo semestre

Respecto de qué puede suceder con las principales inversiones en el segundo semestre, todo dependerá del sostenimiento del acuerdo de paz en Medio Oriente, donde las monedas emergentes comenzaron a devaluarse y donde también se espera una mayor debilidad para el dólar a nivel mundial, más allá del leve fortalecimiento que tuvo en junio. En Argentina, la presión cambiaria será mayor por la finalización de la época de cosecha gruesa y el consecuente menor ingreso de divisas.

«Si miramos la continuidad para la segunda mitad del año, surge la pregunta sobre cuál es el refugio adecuado dadas las turbulencias geopolíticas existentes. La estacionalidad en la liquidación de dólares comerciales está llegando a su fin, y así lo demuestran las cotizaciones de junio. ¿Puede esperarse un reposicionamiento del dólar estadounidense?», se pregunta Méndez. Y añade: «Según la suba del precio del dólar de los últimos días, parece que el ‘veranito cambiario’ ya está quedando atrás. No es extraño un debilitamiento del peso para los próximos meses; suele suceder en esta época».

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En cuanto a las tasas de interés en pesos, mientras el movimiento de la inflación sea descendente, no habrá tanta presión para mejorar la renta en moneda doméstica, al menos en el corto plazo. Por el lado de las acciones de las empresas, en el mercado existe un interrogante respecto de cómo será la reacción de los inversores tras el sostenimiento de MSCI de la calificación de Argentina como mercado «standalone». Más allá de esto, el lado positivo, sobre todo para la renta fija, fueron las anteriores calificaciones de mejora para la deuda argentina por parte de Standard & Poor’s (S&P) y Fitch Ratings.

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ECONOMIA

Se redobla el viento de frente y le agrega presión al programa financiero de Caputo para 2027

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Los mercados tuvieron ayer otro día convulsionado, que ahora se concentró en las acciones de tecnología y especialmente en aquellas que están subidas a la ola de la inteligencia artificial. Como consecuencia, el índice Nasdaq cayó 2,6%, mientras que los inversores buscaron refugio en los bonos norteamericanos para no correr riesgos.

Además, el petróleo subió otro escalón y el barril Brent tocó los USD 113, lo cual también aumento el nerviosismo de los inversores.

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El otro dato de la jornada fue que la compra masiva de títulos de Estados Unidos provocó una suba de cotizaciones y por lo tanto una baja de los rendimientos. El bono que se utiliza como referencia, es decir el de diez años, pasó de un día para el otro de rendir 5,1% a 4,94% anual. Hace una semana ese rendimiento tocó el nivel de 5,3 por ciento.

Si bien la baja de los rendimientos luce como algo deseable, en realidad no lo es tanto. Sucede que en este caso el movimiento apareció como una respuesta ante el temor por la salud financiera de las empresas de IA, lo que gatilló compras de activos menos riesgosos, especialmente el bono del Tesoro americano.

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La consecuencia de esta baja de tasas fue, paradójicamente, una suba del riesgo país que volvió a superar los 700 puntos básicos. Pero en este caso al menos no hubo caída de bonos locales, sino que el movimiento se explicó sobre todo por un descenso en el nivel de la tasa considerada libre de riesgo como es la norteamericana.

El clima internacional ya en las últimas semanas viene siendo desfavorable para Argentina y afecta al plan financiero que elaboró Luis “Toto” Caputo para 2027. Por lo pronto está el shock petrolero, que a su vez impulsó la inflación en todo el mundo, incluyendo a los países más desarrollados.

Como respuesta, la Reserva Federal subió la tasa de interés y habría un nuevo incremento en diciembre. El viento de frente y la suba del riesgo país retrasan el regreso de Argentina a los mercados financieros internacionales. Y ya en los últimos dos meses el Tesoro decidió tampoco colocar deuda en el mercado local.

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Los interrogantes surgen porque para el año próximo el propio ministro de Economía había previsto colocar USD 5.000 millones en AO29. Sin embargo, los aumentos de los rendimientos en dólares provocaron que se suspendan estas colocaciones en los últimos dos meses y parece difícil que se puedan reanudar en 2027, en pleno proceso preelectoral.

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Un informe de la consultora LCG advirtió que fuera de las fuentes “seguras” de financiamiento todavía quedaría una brecha de USD 17.000 millones por sobre los vencimientos totales de USD 25.000 millones. “Los recursos potenciales que había preparado el Gobierno ahora están en duda, mayor o menor según el caso”, advirtieron.

Además de las dificultades por conseguir fondos frescos vía el A029, el Gobierno tiene previsto compras de dólares al BCRA (USD 4.900 millones), privatizaciones y “otras fuentes” (USD 3.500 millones), y un saldo remanente del programa financiero de este año, que se estimaba más holgado de lo que está resultando.

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“Todos estos recursos están teñidos de dudas, en mayor o menor medida”, agregaron desde LCG. También detallaron que el Tesoro tiene solo USD 1.200 millones en las cuentas del BCRA y aún debe hacer frente a vencimientos por USD 2.100 millones en lo que resta del año. “Parece improbable -agregaron- que queden USD 3.700 millones de saldo remanente para ser utilizado el año que viene”

El mercado descarta la posibilidad de un default por parte del Gobierno en 2027. Y la apuesta es que hará lo imposible para hacer frente al pago de vencimientos de deuda del año próximo. Caputo dio alguna pista de lo que podrían hacer, al adelantar que en caso de que el mercado local continúe cerrado para colocar a tasas razonables entonces podría recurrirse al swap de monedas que existe con China.

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ECONOMIA

Desalojo “exprés”: qué cambiará para inquilinos y dueños con el proyecto que tuvo media sanción en Diputados

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La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, que modifica los procedimientos de desalojo en inmuebles urbanos y rurales. Como la iniciativa recibió cambios durante su tratamiento, deberá regresar al Senado para que la Cámara alta defina si acepta las modificaciones antes de que pueda convertirse en ley.

La propuesta busca acelerar los desalojos y precisar las obligaciones de propietarios, inquilinos y demás ocupantes. Entre sus puntos centrales, dispone que la acción de desalojo se tramite por el “juicio sumarísimo”, un procedimiento más breve que el ordinario.

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También amplía quiénes pueden iniciar el reclamo. La acción no se limita a los propietarios: procederá a pedido de cualquier persona que invoque un derecho o interés legítimo afectado, sin importar su naturaleza jurídica. Podrá dirigirse contra locatarios, sublocatarios, tenedores precarios, intrusos y otros ocupantes cuyo deber de restituir sea exigible. En el caso de locatarios, sublocatarios o quienes hayan ingresado de forma legítima, procederá cuando hayan incumplido los términos y condiciones de uso del inmueble o se hayan constituido en mora según el contrato.

Falta de pago, intimación previa y devolución de llaves

El proyecto sustituye el artículo 1222 del Código Civil y Comercial. En los contratos con destino habitacional, el locador deberá intimar de manera fehaciente al locatario al pago de la cantidad debida antes de demandar el desalojo por falta de pago. La intimación tendrá que especificar el lugar de pago y otorgar un plazo no inferior a diez días corridos, contados desde su recepción.

Si la locación se extingue por cualquier motivo, el locatario deberá devolver las llaves del inmueble.

La notificación podrá dirigirse al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea real o electrónico. Se considerará válida aun si el inquilino se niega a recibirla o si no puede perfeccionarse por motivos que le sean imputables.

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Vencido el plazo, o si la locación se extingue por cualquier motivo, el locatario deberá restituir la tenencia del inmueble. Si no lo hace, el locador podrá iniciar la acción de desalojo, que deberá sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley.

El dueño no podrá negarse a recibir las llaves ni condicionar su recepción, sin perjuicio de la reserva por las obligaciones pendientes a cargo del inquilino. Si ante el requerimiento del locatario el locador se niega o guarda silencio, el inquilino podrá consignar judicialmente las llaves, y los gastos y costas quedarán a cargo del locador.

Además, el inquilino no adeudará alquileres ni ninguna obligación accesoria desde el día de la notificación fehaciente al locador para que reciba las llaves, siempre que realice la consignación judicial dentro de los diez días hábiles siguientes. Si la consignación se inició después de vencido ese plazo, el inquilino dejará de deber desde que se le notifique al locador el depósito judicial de las llaves.

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Para los desalojos por falta de pago o vencimiento del contrato, el artículo 684 bis prevé que el actor pueda obtener la desocupación inmediata bajo caución juratoria, de acuerdo con el procedimiento y el plazo que hayan previsto las partes. Si no lo pactaron, se aplicará el procedimiento del artículo 680 bis. Si se prueba que el actor obtuvo la medida ocultando hechos o documentos que configuraran la relación locativa o el pago de alquileres, se le impondrá una multa de hasta diez veces el monto del último canon locativo, en favor de la contraparte.

Cuando la acción se dirija contra tenedores precarios, intrusos u otros ocupantes, el juez podrá disponer la entrega inmediata del inmueble. (Infobae)

Ocupaciones, reconocimiento judicial y personas vulnerables

Otro punto relevante del proyecto aprobado en Diputados es el artículo 680 bis, ya mencionado. Cuando la acción se dirija contra tenedores precarios, intrusos u otros ocupantes cuyo deber de restituir sea exigible, el juez podrá disponer la entrega inmediata del inmueble a pedido del actor, en cualquier etapa del juicio posterior a la contestación de la demanda. Para eso, el derecho invocado deberá resultar verosímil y habrá que presentar previamente una caución juratoria.

Cuando el desalojo se funde en cambio de destino, deterioro del inmueble, obras nocivas o uso abusivo o deshonesto, el juez deberá realizar, antes del traslado de la demanda, un reconocimiento judicial dentro de las 72 horas de dictada la primera providencia. La diligencia se hará con asistencia del Defensor Oficial y servirá para identificar a los ocupantes, con su nombre completo, nacionalidad y número de documento o pasaporte.

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El proyecto incorpora además el artículo 680 quater, con resguardos para situaciones de vulnerabilidad. Cuando se acredite la presencia de menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, el juez deberá, antes de ejecutar el lanzamiento, dar intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar. También tendrá que disponer un plazo prudencial, que no excederá los diez días, para asegurar una alternativa habitacional transitoria, sin perjuicio de que el proceso continúe.

En esos casos, la caución juratoria solo será admisible cuando el derecho del actor resulte inequívoco y no se comprometan derechos de terceros ocupantes de buena fe. Si hay dudas, el magistrado podrá exigir una fianza personal o real suficiente para garantizar eventuales daños y perjuicios.

Notificaciones y lanzamiento

Sobre las notificaciones, el artículo 682 establece que, si en el contrato no se constituyó domicilio especial y el demandado no tiene su domicilio real dentro de la jurisdicción, la demanda podrá notificarse en el inmueble cuyo desalojo se requiere o en el domicilio electrónico constituido a tal efecto.

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La normativa que votará el Senado habilita que la demanda se notifique en el inmueble cuyo desalojo se requiere. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El notificador deberá identificar a los ocupantes y pedirles razón de su relación con el demandado y del carácter en que lo ocupan. Para eso queda autorizado a requerir el auxilio de la fuerza pública, de ser necesario.

Según el artículo 684, cuando la notificación se cumpla en el inmueble, el notificador deberá hacer saber la existencia del juicio a cada sublocatario u ocupante presente, aunque no hubiese sido denunciado. También deberá advertirles que la sentencia producirá efectos contra todos y que, dentro del plazo para contestar la demanda, podrán ejercer los derechos que estimen corresponderles. Deberá informar al juez el carácter que invocan los presentes y la existencia de otros ocupantes que surja de manifestaciones de terceros.

Si hay ocupantes ausentes, los trámites no se suspenderán y la sentencia de desalojo producirá efectos también respecto de ellos. El notificador podrá requerir el auxilio de la fuerza pública, allanar domicilios y exigir la exhibición de documentos de identidad u otros que fuesen necesarios.

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El Senado deberá analizar los cambios introducidos en Diputados y decidir si convierte el proyecto en ley. (Comunicación Senado)

Otros cambios y vigencia

El texto no se limita a los desalojos. En su primer capítulo modifica la ley de expropiaciones (21.499). Establece, entre otros puntos, que la indemnización comprenderá el valor objetivo del bien y los daños que sean consecuencia directa e inmediata de la expropiación. El lucro cesante no podrá exceder el 30% del daño emergente, salvo que el expropiado demuestre fehacientemente una afectación superior, y el monto se actualizará por IPC más una tasa de interés. También reforma la ley de regularización dominial (24.374), que exige diez años de posesión pacífica, ostensible y continua, e incluye a los agricultores familiares respecto del inmueble rural donde residen y producen.

Otro capítulo modifica la ley 17.801 del Registro de la Propiedad Inmueble. Habilita la presentación de documentos en soporte digital, fija en 30 días el plazo máximo para la calificación registral y crea el Consejo Federal de Registros de la Propiedad Inmueble y la Red Federal Digital de Publicidad de Inhibiciones.

Entre las disposiciones finales, el proyecto restituye la plena vigencia de la ley 26.737, de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

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Si el Senado lo sanciona, la ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, salvo el capítulo sobre el Registro de la Propiedad Inmueble, que lo hará a los 180 días de esa publicación.

Ley de Tierras

En el marco de la aprobación de la Cámara de Diputados al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada por 124 votos afirmativos, 119 negativos y seis abstenciones, estas últimas decisivas, también se dio otra modificación de importancia. Durante el debate, La Libertad Avanza aceptó reincorporar la Ley de Tierras de 2011, que el Gobierno pretendía derogar, como parte de una negociación para sostener el DNU 70/2023.

La restitución implica mantener las restricciones a la adquisición de campos por parte de extranjeros: limita la titularidad extranjera al 15% de las tierras rurales del país, de cada provincia y de cada municipio, y fija topes para las compras individuales, especialmente en zonas de frontera y áreas con recursos estratégicos.

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La iniciativa también endurece las condiciones para expropiar: exige declaración de utilidad pública, indemnización previa a valor de mercado y reconocimiento de lucro cesante. Por las modificaciones, el expediente deberá regresar al Senado, que definirá si acepta el texto o insiste con la versión original.

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ECONOMIA

Dura advertencia de un economista: “Si el consumo y la inversión no arrancan, vamos a terminar votando en recesión”

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Pablo Goldín, economista: «Para reactivar la economía, el Gobierno deberá aceptar más inflación»

El economista Pablo Goldin advirtió que el país votará en recesión el año próximo si el consumo y la inversión no registran una recuperación.
Imagen dividida con vacas en un campo bajo una gráfica roja descendente a la izquierda y maquinaria minera bajo una gráfica verde a la derecha.
El Estimador Mensual de Actividad Económica marcó un leve avance de 0,1% mensual en agosto y una caída de 1,7% en la comparación interanual. (Imagen Ilustrativa Infobae)
El presidente Javier Milei, tiene que sacrificar la inflación y la estabilidad del dólar si es que quiere retomar el crecimiento, según Goldin. Pero esa decisión no está carente de riesgos (EFE)
El presidente Javier Milei, tiene que sacrificar la inflación y la estabilidad del dólar si es que quiere retomar el crecimiento, según Goldin. Pero esa decisión no está carente de riesgos (EFE)



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