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POLITICA

El Gobierno modificará por decreto el sistema de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia

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El presidente Javier Milei y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques firmaron decreto que modifica el régimen de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y se publicará en el Boletín Oficial en las próximas horas.

La medida modifica lo establecido en el decreto 222 de 2003, firmado por Néstor Kirchner, y reduce instancias administrativas previas a la elevación de pliegos al Senado para su aprobación.

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Entre los cambios más significativos, se elimina la recomendación de contemplar diversidad de género, especialidad jurídica y procedencia regional al proponer candidatos, suprime la publicación de antecedentes en el Boletín Oficial y en diarios de circulación nacional, y quita la etapa de recepción de observaciones e impugnaciones ciudadanas ante el Ministerio de Justicia.

El objetivo del gobierno es acortar los plazos y evitar superposiciones con el procedimiento que se desarrolla en la Cámara alta. Desde que asumió, Milei no pudo nombrar jueces en la Corte.

Según pudo saber TN, la reforma unifica los requisitos de información patrimonial y de cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales, establece un plazo de cinco días para que los postulantes presenten sus declaraciones juradas de bienes conforme a la Ley de Ética Pública y fija un mecanismo específico para que ARCA informe sobre el estado de esas obligaciones.

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En lugar de la publicación tradicional en el Boletín Oficial y dos diarios nacionales, los antecedentes se difundirán ahora en la página web oficial del Ministerio de Justicia, con plazos más breves. Desde el Ejecutivo aseguraron que estas modificaciones no afectan los mecanismos de publicidad, transparencia y participación ciudadana.

Cómo será el nuevo proceso

La normativa vigente hasta este decreto establecía un procedimiento que incluía la publicación del nombre y los antecedentes de los postulantes en el Boletín Oficial y en dos diarios de circulación nacional durante al menos tres días. También preveía un plazo de 15 días para que ciudadanos, organizaciones no gubernamentales y colegios profesionales presentaran observaciones o impugnaciones fundadas ante el Ministerio de Justicia.

Tras esa etapa de evaluación, el Poder Ejecutivo elevaba el pliego al Senado, donde el candidato debía enfrentar otra ronda de impugnaciones y apoyos, además de una audiencia pública, y obtener el acuerdo de dos tercios de los senadores presentes.

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Corte Suprema de Justicia: Ministros Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. Fotos: Comunicación Senado.

El nuevo decreto elimina la etapa de impugnaciones ciudadanas en el Ministerio de Justicia por considerar que constituye una duplicación con el procedimiento que ya se desarrolla en el Senado. También suprime la obligación de publicar los antecedentes en medios gráficos de circulación nacional y moderniza la difusión de la información, que se realizará exclusivamente a través de la página web oficial del Ministerio de Justicia con plazos más reducidos.

Leé también: Milei busca bajar la tensión que generó el caso Adorni en el gabinete e impulsa la vuelta de las conferencias

La Corte Suprema funciona actualmente con tres integrantes, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, tras las vacantes generadas por la renuncia de Elena Highton de Nolasco en 2021 y la de Juan Carlos Maqueda a fines de 2024.

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Los intentos previos del Ejecutivo para cubrir las vacantes, como los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, enfrentaron extensos procesos de impugnaciones y no alcanzaron el respaldo de dos tercios necesario en el Senado. En ese marco, el nuevo decreto busca reducir los tiempos administrativos que, según fuentes oficiales, generaban duplicaciones sin agregar valor sustancial al control institucional.

Gobierno, Corte Suprema de Justicia, decreto

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POLITICA

Campaña anti Argentina: Milei habilitó por decreto a expulsar a los extranjeros que agravien al país o a sus ciudadanos

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El Presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia que establece como nueva causal de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio nacional a cualquier extranjero que promueva o incite mensajes de odio, discriminación o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por motivos de nacionalidad, así como a quienes ultrajen los símbolos patrios, según informó la Oficina del Presidente.

La normativa responde a recientes manifestaciones consideradas hostiles hacia la República Argentina y sus habitantes. El decreto enfatiza que la defensa de la Nación, sus ciudadanos y sus símbolos constituye un principio innegociable para el Gobierno Nacional. “Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, expresó Milei en el comunicado oficial.

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Prohibiciones y fundamentos de la medida

El decreto incorpora formalmente como causa de inadmisión y expulsión del país a los extranjeros que dirijan o inciten expresiones de odio, discriminación y violencia por razones de nacionalidad, y a quienes realicen actos de ultraje contra los símbolos nacionales. La disposición abarca tanto la incitación pública como cualquier manifestación directa que implique un agravio a la identidad nacional.

La decisión fue justificada por el Ejecutivo en función de preservar la integridad social y el respeto hacia la Argentina y sus emblemas. Según la comunicación de la Oficina del Presidente, el endurecimiento en las políticas migratorias busca evitar situaciones que puedan poner en riesgo la convivencia y el orden institucional.

Contexto de la decisión y alcance

La medida surge en un contexto de tensión por recientes expresiones públicas consideradas agravios hacia la Argentina y sus ciudadanos. El Gobierno Nacional sostuvo que la soberanía y el respeto a los símbolos patrios son elementos esenciales que no admiten negociación.

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Con este decreto, el Ejecutivo argentino refuerza su posición respecto a quiénes pueden permanecer en el territorio nacional, advirtiendo que cualquier acto percibido como ataque a la República será motivo suficiente para la denegación de ingreso o la expulsión inmediata, de acuerdo con la nueva normativa. La Oficina del Presidente subraya que la defensa de la Nación y sus principios es prioritaria ante cualquier circunstancia.

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Domestic Politics,War,South America / Central America,Government / Politics

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El Gobierno prohibirá el ingreso al país a extranjeros que “expresen mensajes de odio” contra argentinos

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El Gobierno modificó por decreto la Ley de Migraciones para impedir el ingreso al país de extranjeros que hayan dirigido mensajes de odio o incitado a la violencia contra el pueblo argentino o contra ciudadanos por su nacionalidad. La medida también alcanza a quienes hayan realizado, participado o instigado actos de ultraje contra los símbolos patrios nacionales.

El cambio fue dispuesto mediante el decreto de necesidad y urgencia 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, y permitirá además cancelar la residencia de los extranjeros que incurran en esas conductas, con la posibilidad de ordenarles abandonar el país o disponer su expulsión. En la normativa, el Ejecutivo aclaró que no podrán incluirse dentro de estas causales las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas amparadas por la Constitución.

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En los considerandos del decreto, el Gobierno sostiene que aumentaron considerablemente” los mensajes de odio y los actos de hostilidad y menosprecio dirigidos contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional. Según argumentó, esas manifestaciones representan un riesgo para los ciudadanos y quebrantan “el respeto básico” que deben mantener los extranjeros que pretendan ingresar o permanecer en el territorio nacional.

El texto de la normativa también señala que ese tipo de conductas desnaturaliza el sentido de la política migratoria argentina y afecta las condiciones de “convivencia armónica y paz social”. También se sostiene que las acciones de odio o la propagación de la violencia pueden producir un impacto concreto sobre la integridad, la salud y los derechos de las personas.

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Milei firmó un DNU para impedir el ingreso o expulsar a extranjeros que inciten al odio contra argentinos

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El presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que incorpora nuevas causales para impedir la entrada al país y disponer la expulsión de extranjeros que inciten mensajes de odio, discriminación o violencia contra argentinos por su nacionalidad.

La Oficina del Presidente anunció la decisión y la vinculó con las “recientes manifestaciones de hostilidad” contra la Argentina. El decreto 681/2026 se publicó este jueves en el Boletín Oficial.

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El mensaje del Gobierno tras anunciar la medida

En la parte final del documento, la administración de Milei justificó la decisión por lo que definió como recientes expresiones contra el país y sus habitantes.

“Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, sostuvo la Oficina del Presidente.

Milei firmó un DNU para impedir el ingreso o expulsar a extranjeros que inciten al odio contra argentinos. (Foto: X/@OPRArgentina).

Qué establece el DNU firmado por Javier Milei

El DNU incorporó un nuevo inciso al artículo 29 de la Ley 25.871, que establece las causas por las cuales una persona extranjera puede ser rechazada al intentar ingresar al territorio nacional.

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Según el decreto, la nueva normativa permitirá prohibir el ingreso o expulsar del territorio argentino a extranjeros que promuevan ataques contra el país, sus ciudadanos o sus símbolos.

A partir de la modificación, se impedirá la entrada a quienes hayan dirigido “mensajes de odio en forma oral o escrita” o incitado a la violencia contra el pueblo argentino o contra un ciudadano por su nacionalidad.

La restricción también alcanzará a quienes hayan realizado, participado o incitado a cometer “actos de ultraje de símbolos patrios nacionales”.

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Sin embargo, el texto aclara que no podrán quedar comprendidas dentro de estas causales las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas que formen parte del ejercicio legítimo de derechos constitucionales.

En los fundamentos, el Gobierno sostuvo que aumentaron “considerablemente los mensajes de odio y actos de hostilidad y menosprecio dirigidos específicamente contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional”.

Además, argumentó que esas conductas representan un riesgo para los ciudadanos y afectan las condiciones de “convivencia armónica y paz social” que justifican la admisión y permanencia de extranjeros en el país.

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En qué casos se podrá cancelar la residencia y ordenar una expulsión

El decreto también incorporó estas conductas como causal para cancelar la residencia de una persona extranjera que ya se encuentre dentro del territorio argentino.

La modificación del artículo 62 establece que podrá perder su residencia quien haya difundido mensajes de odio, promovido la violencia contra argentinos por su nacionalidad o participado en actos contra los símbolos patrios.

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En esos casos, la decisión podrá derivar en una intimación para abandonar el país dentro de un plazo determinado o directamente en la expulsión del territorio nacional.

Para adoptar esa medida, las autoridades deberán tener en cuenta “las circunstancias fácticas y personales del interesado”, según establece el nuevo texto del artículo 63.

Javier Milei, DNU, Extranjeros, odio

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