POLITICA
El Gobierno presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema para suspender la Ley de Financiamiento Universitario

En horas de la madrugada, la Procuración del Tesoro de la Nación, liderada por Sebastián Amerio, presentó un Recurso Extraordinario Federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para suspender la aplicación de los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario.
Si bien la norma fue ratificada dos veces en el Congreso (tanto por la sanción como por el posterior volteo del veto que realizó el presidente Javier Milei), en el Gobierno marcan que “el estado actual sigue de imposible aplicación porque no prevé una fuente de financiamiento”.
Cuando se agoten todas las instancias judiciales -el Gobierno no cree que la Corte Suprema logre tomar el caso-, el Poder Ejecutivo se verá obligado a transferir a las Universidades Nacionales un total de $ 2,5 billones. “Una ley no es una expresión de deseo de que queremos que haya más dinero en las universidades, sino de que tiene que haber una formulación responsable”, aluden.
“En ningún momento se previó donde obtener esas partidas. De manera posterior se trató el Presupuesto 2026 y quienes impulsaron esta ley podrían haber dicho de dónde tenían que salir las partidas y tampoco lo hicieron. Frente a esta situación y al agotamiento de los plazos, estamos presentando el recurso hasta que se pueda definir la forma de financiamiento”, concluyeron.

La sanción de la Ley de Financiamiento Universitario fue el resultado de una coalición parlamentaria opositora que, en 2025, logró rechazar el veto presidencial e instalar el reclamo judicial. El oficialismo había bloqueado una propuesta similar en 2024, pero perdió margen de maniobra ante el avance de sectores dialoguistas y opositores. La legislación obliga a actualizar los salarios docentes y no docentes de las universidades nacionales por el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y la sanción de la norma en septiembre de 2025. El fallo también exige la recomposición de todas las becas estudiantiles.
Si el Ejecutivo no apelaba frente a la Corte Suprema, debía empezar a hacer frente con los pagos más inmediatos que supone la ley sancionada el año pasado. El dilema es qué pasará en el ínterin entre que el Ejecutivo pidió la suspensión de la normativa hasta que la Corte Suprema responda el reclamo.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que no existen muchos antecedentes de fallos de la Corte Suprema que respalden la suspensión de este tipo de medidas cautelares, aunque mencionaron tres casos previos —“César Arias”, “Brigadier Estanislao López” y “AEDBA”— en los que se admitió el efecto suspensivo.
Dentro del Ejecutivo persiste el debate técnico sobre cómo instrumentar el pago. Un alto funcionario aclaró a Infobae: “La Corte te tiene que conceder el efecto suspensivo y eso no ocurrió todavía, es altamente improbable que nos lo concedan.” De acuerdo con la normativa vigente, la apelación extraordinaria no suspende la obligación de pago salvo que lo disponga expresamente el tribunal. Si no se suspende, la administración pública está obligada a efectuar la transferencia presupuestaria según los artículos 5 y 6 de la ley.
Actores del sistema universitario plantearon la urgencia de convocar a paritarias para ajustar los salarios según la inflación y sugirieron que el primer rubro a recomponer sea el de las becas estudiantiles. Según informaron abogados de universidades relevantes a Infobae, existen divergencias de opinión sobre la mecánica procesal, pero prima la interpretación de que la obligación de pago comienza en cuanto el fallo de la Corte es notificado.

El Gobierno enfrenta un desafío financiero inmediato: saben que es muy probable que la Corte no quiera tratar el tema por ser una medida cautelar y no un asunto de fondo. Por eso, ya se preparan para lo que será una transferencia de $2,5 billones a las universidades.
La administración de Javier Milei anticipa que esta obligación implicará el retorno del déficit fiscal y reconoce que, al día de hoy, no dispone de los fondos necesarios para cumplir con el fallo.
“Hoy en día no vamos a pagar. Lo digo así porque realmente no tenemos la plata. Ahí tiene que ver qué hace Manuel [Adorni, que por ser jefe de Gabinete es el responsable de redistribuir fondos presupuestarios] con eso para ver cómo se consigue la plata. Pero hoy en día no la tenemos”, indicó a Infobae una fuente inobjetable.
La magnitud del ajuste se observa en una cifra publicada recientemente por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN): las transferencias a las universidades nacionales experimentaron una caída real acumulada del 45,6 % entre 2023 y 2026, de acuerdo con un comunicado difundido semanas atrás por la organización que agrupa a los rectores del país. Según el mismo informe citado por Infobae, la pérdida del poder adquisitivo de los salarios universitarios en ese período supera el 32 %, mientras que la inflación acumulada asciende al 280 % frente a un incremento salarial del 158 %.
educación
POLITICA
Reforma laboral: nuevo revés en la Justicia para la CGT en su intento de frenar la ley

La jueza federal en lo Contencioso Administrativo Macarena Marra Giménez resolvió hoy dejar sin efecto la medida cautelar que suspendía la vigencia de 81 artículos de la ley de “modernización laboral” que aprobó el Congreso de la Nación el 28 de febrero pasado.
El fallo de Marra Giménez, al que tuvo acceso , significa un nuevo revés para la Confederación General del Trabajo (CGT) en su intento de frenar la ley en los tribunales por considerar que algunos artículos son inconstitucionales.
La jueza Marra Giménez ya había resuelto un conflicto de competencia entre la Justicia Nacional del Trabajo y el fuero Contencioso Administrativo Federal apartando a Horacio Raúl Ojeda, el juez laboral de primera instancia que había suspendido la vigencia de 81 artículos de la ley de reforma laborala pedido de la CGT. Se le solicita además al juzgado laboral que intervino la remisión de todos los expedientes vinculados para que tramiten juntos como un proceso colectivo.
Marra Giménez consideró que suspender 81 artículos por una medida precautoria es un “claro abuso”, ya que la complejidad de los temas requiere un análisis profundo que solo debe darse en la sentencia definitiva, que está aún pendiente y que podría recaer en la Corte Suprema de Justicia. Los artículos suspendidos anularon normas vinculadas a la antigüedad laboral, indemnizaciones, mediación, subcontratación, régimen de vacaciones, período de pruebas, entre otros puntos.
La Cámara del Trabajo revocó de manera suspensiva la suspensión de los artículos y les volvió a dar vigencia. Ese fallo estuvo a cargo de los jueces laborales Dora González y Víctor Pesino, a quien al día siguiente de la medida el Gobierno lo impulsó para que continúe en el cargo por cinco años más a pesar de tener edad para jubilarse. La CGT recusó a esos dos camaristas, que también fueron blanco de las críticas de la oposición. El senador Mariano Recalde (PJ) y la diputada Myriam Bregman (Frente de Izquierda) denunciaron “un intercambio de favores” entre el juez y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.
Con la decisión de Marra Giménez no quedaron vigentes ninguna de las medidas judiciales que habían frenado parte de la ley. Ahora resta que se resuelva el fondo del planteo de la CGT, que es el pedido de inconstitucionalidad de la ley.
Interviene en el caso Marra Giménez después de que la Cámara Federal (Sala IV) resolviera que la causa debía tramitar en el fuero Contencioso Administrativo Federal y no en el Laboral, algo que fue objetado por la CGT. La jueza desestimó un pedido de la CGT para apartarla del caso. El argumento fue que, al tratarse de un proceso sumarísimo, la ley procesal prohíbe este tipo de planteos para evitar demoras, y dijo, además, que no había causas para ser desplazada.
La CGT entiende que debe ser la Cámara del Trabajo la que resuelva porque señala que “como a nadie le resultaría atendible llevar un auto para arreglar a un carpintero, o a un oftalmólogo para atender una fractura, una causa laboral debe ser resuelta por especialistas”. Un dirigente de la CGT añadió en diálogo con : “El fuero laboral está próximo a desparecer y será absorbido por la Justicia porteña. No nos queda otra que seguir peleando en el Contencioso Administrativo. Tenemos esperanzas en poder revertir allí parte de la ley”.
La CGT puede apelar el fallo para que sea revisado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Por ahora, la jueza Marra Giménez deberá decidir si la ley es constitucional o no.
El 17 de abril pasado, el Procurador del Tesoro, Sebastián Amerio, presentó el recurso de per saltum ante la Corte Suprema para que levante la suspensión que se había impuesto sobre los principales artículos de la reforma laboral a pedido de la CGT. Ayer, la Corte Suprema rechazó el per saltum y el máximo tribunal espera que la definición se resuelva en las instancias inferiores. Sucedería en el Contencioso Administrativo, aunque es probable que el expediente tenga su destino final en la Corte.
81 artículos de la ley de “modernización laboral”,Ojeda,81 artículos de la ley de reforma laboral,Corte Suprema rechazó el per saltum,Reforma laboral,Conforme a,Reforma laboral,,Reforma laboral. La Corte rechazó tratar el per saltum del Gobierno y espera que la validez se resuelva en instancias inferiores,,»No implica menos derechos». La Sociedad Rural Argentina pidió intervenir en la causa de la CGT para defender la reforma laboral,,Fuertes reducciones. El Gobierno reglamentó un régimen para formalizar trabajadores
POLITICA
ARCA amplió la denuncia contra la AFA por presunta evasión y pidió investigar una posible “asociación ilícita fiscal”

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió una denuncia penal contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por presunta evasión tributaria vinculada al uso de facturación apócrifa y maniobras destinadas a ocultar el destino final de fondos por más de $289 millones.
Según el escrito firmado por autoridades de la Dirección de Control de Grandes Contribuyentes de ARCA, el organismo denunció a la AFA y “a las personas que resultaren autores, coautores, cómplices, encubridores y/o instigadores” de los hechos investigados.
En el documento, ARCA sostuvo que la entidad presidida por Claudio “Chiqui” Tapia habría utilizado “facturación apócrifa” para “ocultar a los verdaderos destinatarios del dinero”, con impacto en el impuesto a las salidas no documentadas.
La maniobra investigada abarca los períodos fiscales 2024 y 2025 y, según la denuncia, involucra un monto total de $289.336.519,66. El organismo también solicitó que se investigue la posible existencia de una “asociación ilícita fiscal”.
Leé también: La Justicia analiza transferencias y movimientos en las billeteras virtuales de Manuel Adorni
La denuncia detalla que la fiscalización comenzó a partir de un análisis sobre posibles créditos fiscales improcedentes y operaciones con proveedores sospechados de emitir comprobantes falsos.
De acuerdo con el escrito, un cruce sistémico realizado por el área investigadora detectó operaciones de la AFA con empresas y contribuyentes incluidos en bases de facturación apócrifa.
Entre las firmas mencionadas aparecen Consultek Consultoría y Servicios SRL, ID Constructoras, Central Hotel SRL, Meroka SRL, Construcciones Far West SRL, Maxstore SA y Logística Winter SRL, entre otras.
A partir de eso, ARCA inició una inspección sobre el impuesto a las ganancias, salidas no documentadas e IVA correspondientes a períodos comprendidos entre 2023 y 2024.
El organismo requirió a la AFA documentación respaldatoria de las operaciones y detalles sobre las obras y trabajos realizados en el predio que la entidad posee en Ezeiza. Además, pidió información sobre ingresos y egresos de personas vinculadas a los servicios prestados por las empresas observadas.
Por su parte, el apoderado de la AFA sostuvo que la información solicitada resultaba difícil de reconstruir por el volumen de movimientos registrados en el predio durante esos años.
Según la presentación, la entidad explicó que durante 2023 y 2024 hubo “incesante entrada y salida de vehículos y personas de orden nacional e internacional”, además de personal propio y tercerizado.
Luego, la AFA informó que muchas de las contrataciones investigadas se realizaron bajo la modalidad “llave en mano”, por lo que las empresas contratadas variaban el personal durante la ejecución de las obras.
Cheques, transferencias y movimientos bancarios
Como parte de la investigación, ARCA también realizó requerimientos a distintas entidades bancarias para reconstruir movimientos financieros y rastrear pagos efectuados por la AFA. Entre los bancos oficiados figuran Santander, BBVA, Galicia, Comafi, Credicoop, Supervielle y Patagonia.
Según el análisis realizado por el organismo, el 22,89% de la facturación observada fue cancelada mediante transferencias bancarias, mientras que el 77,11% restante se pagó con cheques.
La denuncia agrega que se investigaron endosos sucesivos de cheques para reconstruir la trazabilidad de los pagos e identificar a los beneficiarios finales de las operaciones.
ARCA señaló que la documentación bancaria, los movimientos contables y las respuestas obtenidas en las circularizaciones constituyen “un elemento probatorio relevante” para sostener las conclusiones de la fiscalización.
AFA, ARCA, evasion
POLITICA
Los constitucionalistas afirman que no existe ningún impedimento para que Adorni aclare su situación patrimonial

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, insistió ayer con su postura de no ofrecer explicaciones públicas acerca de su situación patrimonial, con el argumento de que eso podría “obstruir” la causa que lo investiga por presunto enriquecimiento ilícito.
Los constitucionalistas consultados por , sin embargo, advierten al unísono que no existe ningún impedimento legal para que el funcionario aclare su situación y van más allá al sostener que debería hacerlo, en función de la ley de ética pública.
Para el catedrático Osvaldo Sammartino, lo dicho por Adorni ayer en su entrevista con Neura es un “disparate jurídico mayúsculo”.
“No sería una interferencia judicial en ningún caso, pero, además, tratándose del jefe de Gabinete, es su deber, ante las serias sospechas de corrupción que han trascendido, brindar públicamente toda la información de la que disponga”, sostiene. “No se trata acá de hechos de su vida privada. Lo que está en tela de juicio es si se sirvió de su función para usar en su provecho recursos públicos o recibir dádivas”, agrega.
Su colega Daniel Sabsay coincide: “No implica entorpecimiento alguno al proceso. Por el contrario, sería importante que se exprese. Ello, por el bien de las instituciones”.
Andrés Gil Domínguez comparte la opinión: “Desde el punto de vista constitucional y convencional, esto es, aplicando la Constitución y los tratados sobre derechos humanos que tienen jerarquía constitucional, y en el marco del pleno ejercicio del derecho de defensa, no existe ningún tipo de impedimento constitucional, convencional ni legal que a él le impida realizar todo tipo de manifestaciones para defenderse y para aclarar la situación”, afirma.
“Por el otro lado de la moneda -sigue-, él, como funcionario público, sobre la base de la ley de ética pública y de las obligaciones emergentes de la Constitución por el cargo que ostenta, que ejerce con responsabilidad política ante el Congreso, tiene la obligación de dar todas las explicaciones para esclarecer este hecho”.
Pedro Caminos, catedrático de Derecho Constitucional, resalta por su parte que las declaraciones juradas de los funcionarios son de carácter público. “Una vez presentadas a la Oficina Anticorrupción, cualquier ciudadano puede acceder a ellas, l artículo 10 de la ley 25.188 de ética pública. La existencia de una causa judicial sobre el funcionario no suprime el carácter público de la declaración”, explica.
Caminos sugiere que Adorni podría estar refiriéndose al artículo 109 de la Constitución, que establece que el Presidente no puede arrogarse el conocimiento de causas pendientes ni restablecer las fenecidas.
“Eso no quiere decir que una persona sujeta a una causa judicial -especialmente si es un ministro- no pueda explicar su situación patrimonial al público: primero, porque explicar la situación patrimonial no interfiere con la actuación de la Justicia y, en el caso de un ministro, porque esa explicación viene exigida por los principios de publicidad y de responsabilidad de los gobernantes”, señala.
Su colega Juan Vicente Sola, en tanto, subraya que al funcionario lo asiste el derecho a guardar silencio, una estrategia judicial válida de principio a fin. “Es uno de los derechos constitucionales claros y más antiguos. Nadie está obligado a declarar contra sí mismo. El jefe de Gabinete puede, en su estrategia de defensa, considerar que no debe opinar públicamente sobre el tema, ya que podría perjudicarlo. Este argumento podrá ser políticamente mal considerado, pero es constitucionalmente válido. Más aún, creo que es una estrategia aceptable en una defensa penal”, afirma.
El constitucionalista Ricardo Gil Lavedra sostiene la misma postura: “El primer interesado en aclarar su situación tiene que ser él. Y no dejar que el estado de incertidumbre que existe respecto de estos sucesos siga menoscabando la confianza de la ciudadanía en sus funcionarios”, dice. “No advierto cómo eso podría constituir un entorpecimiento a la labor de la Justicia”, sostiene.
La explicación
El jefe de Gabinete justificó su silencio al sostener que cualquier declaración pública que realice sobre el tema podría ser interpretada como una intención deliberada de interferir o presionar sobre la Justicia.
Aseguró que su postura responde a una línea de conducta general del Gobierno respecto a las causas judiciales. Aludió al caso de la agencia Andis y también a $LIBRA, aunque omitió que Juan Bautista Mahiques, en una de sus intervenciones públicas como ministro de Justicia, relativizó los resultados de una pericia clave en esa causa.
En línea con casi todos sus colegas, el constitucionalista Pablo Manili destaca que Adorni está “obligado” a dar explicaciones sobre su patrimonio y que “obstruir” una causa judicial significa “destruir pruebas, apretar testigos, pero no dar explicaciones”.
Desde el mismo ángulo, Sammartino agrega: “Lo que sí es una interferencia grave en una causa, si se confirma, es el intento de Adorni de presionar a su contratista antes de la declaración testimonial de este, como parece surgir de chats que el periodismo ha difundido”.
En el expediente judicial, junto con los gastos de la familia Adorni, figuran varios contactos entre el jefe de Gabinete y Matías Tabar, el contratista que realizó remodelaciones en la casa de Indio Cua y trabajos de carpintería para el departamento de Caballito.
Varios de esos contactos se corresponden con el período de los trabajos, pero otros son inmediatamente anteriores a la declaración testimonial de Tabar. A través de ellos, Adorni habría intentado influir en la testimonial del contratista, entienden los investigadores.
El juez Ariel Lijo mandó a peritar el teléfono de Tabar, que bajo juramento y en sede oficial dijo haber cobrado del funcionario un total de 245 mil dólares en negro.
insistió ayer con su postura,“obstruir” la causa que lo investiga,Manuel Adorni,Conforme a,Manuel Adorni,,Minuto a minuto. Manuel Adorni respondió al pedido de Bullrich y da una conferencia de prensa,,»¿Qué pregunta es esa?». El incómodo momento de Adorni y Caputo durante la conferencia de prensa,,“¿Qué es lealtad? ¿Ser cómplice?“. Cristina Pérez le respondió a Adorni luego de que sugiriera que lo traicionó
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