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ECONOMIA

El Gobierno unificó el sistema para realizar compras en el exterior: qué cambia en el régimen puerta a puerta

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El Decreto 604/2026 igualó el tratamiento tributario entre el régimen puerta a puerta y el sistema PSP/Courier para determinadas importaciones

El Gobierno avanzó con una reforma del régimen que regula las compras en el exterior mediante el sistema puerta a puerta y también de las exportaciones realizadas por correo. La medida unificó los beneficios tributarios aplicables a los distintos mecanismos de ingreso de mercadería al país, simplificó procedimientos aduaneros y creó un nuevo esquema para facilitar las exportaciones comerciales por vía postal, una modalidad que hasta ahora carecía de una reglamentación específica.

Los cambios quedaron oficializados mediante el Decreto 604/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial. La norma modificó el Decreto 1001/82, que reglamenta el Código Aduanero, y derogó el artículo 8° del Decreto 161/99. Entre otras medidas, igualó el tratamiento tributario de los envíos postales con el régimen courier y estableció que las exportaciones comerciales por vía postal ya no tendrán límites de valor.

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El Poder Ejecutivo explicó en los fundamentos de la medida que el objetivo consistió en simplificar el régimen para los usuarios, reducir las diferencias existentes entre los distintos sistemas de importación y facilitar el acceso de empresas argentinas al comercio internacional, especialmente en un contexto de crecimiento del comercio electrónico transfronterizo.

Uno de los cambios más importantes apunta directamente a quienes realizan compras en el exterior. Hasta ahora coexistían dos regímenes con beneficios diferentes: uno para los envíos que ingresaban a través del operador postal (puerta a puerta) y otro para las operaciones realizadas mediante Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier). Esa diferencia implicaba que una misma compra podía recibir un tratamiento tributario distinto según el canal utilizado para ingresar la mercadería al país.

Empleado de servicio de delivery maneja paquetes de compras internacionales de una tienda online, preparando envíos para entrega domiciliaria, destacando la eficiencia en el proceso de importaciones y aduana. (Imagen ilustrativa Infobae)
La reforma habilitó las exportaciones comerciales por vía postal sin límites de valor y encomendó a ARCA la reglamentación operativa

(Imagen ilustrativa Infobae)

El propio decreto señaló que esa situación generaba incertidumbre para los consumidores, ya que impedía conocer de antemano cuál sería el régimen aplicable a cada operación. Para eliminar esa diferencia, el Gobierno decidió unificar las exenciones tributarias para ambos sistemas. Infobae había anticipado esta medida a fin de 2024. Cuando el Gobierno aplicó los cambios al régimen de courier, ya analizaba también unificar ambos esquemas en algún momento. Finalmente, lo concretó un año y medio después.

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La principal modificación consiste en que los envíos postales pasarán a recibir el mismo tratamiento tributario que determinadas operaciones realizadas mediante el régimen courier.

A partir de la entrada en vigencia del decreto, los envíos postales quedarán exentos del pago de los derechos de importación y de la tasa de estadística cuando el valor de la mercadería no supere el equivalente a USD 400 FOB por envío, con un máximo de cinco envíos por año y por persona.

La norma también aclara qué ocurrirá cuando esos límites sean superados. En esos casos, el excedente quedará sujeto al pago de los tributos correspondientes al régimen general de importación para consumo.

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Además, establece que tanto el Operador Postal como el destinatario serán responsables de la obligación tributaria en las condiciones previstas por la legislación vigente.

Antes de la publicación del Decreto 604/2026, el sistema puerta a puerta administrado por el operador postal tenía una franquicia considerablemente menor.

El artículo 80 del Decreto 1001/82 establecía que los envíos cuyo valor no superara el equivalente a USD 50 podían ingresar con exención de tributos —con excepción de las tasas retributivas de servicios— hasta un máximo de 12 envíos por año y por persona.

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En cambio, el Decreto 1065/24 ya había otorgado beneficios más amplios para el régimen PSP/Courier. Esa norma eximió del pago del derecho de importación y de la tasa de estadística a las importaciones de hasta USD 400 FOB, con un límite de cinco envíos anuales por persona.

Con el nuevo decreto, el Gobierno eliminó esa diferencia y dejó ambos regímenes alineados respecto de esos beneficios.

La decisión retomó una iniciativa que el equipo económico analizó desde tiempo atrás. En noviembre de 2024, Infobae informó que el Gobierno estudiaba modificar el régimen puerta a puerta administrado por Correo Argentino para simplificar el sistema y reducir las diferencias con el régimen courier.

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En ese momento, fuentes oficiales habían explicado que uno de los principales objetivos consistía en homogeneizar los regímenes simplificados, de modo que el tratamiento tributario dejara de depender del canal utilizado para ingresar la mercadería al país. También habían anticipado que Economía analizaba equiparar la franquicia vigente para los envíos postales con la establecida para el régimen courier.

Además de modificar el régimen de compras en el exterior, el decreto incorporó una novedad para quienes venden productos fuera del país.

La norma reglamentó por primera vez las exportaciones comerciales realizadas por vía postal y estableció que no estarán sujetas a límites de valor.

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Para eso, incorporó un nuevo artículo al Decreto 1001/82, que dispone que las exportaciones con finalidad comercial podrán realizarse mediante el operador postal argentino sin un tope económico, mientras que ARCA deberá dictar las normas complementarias y operativas necesarias para poner en marcha el nuevo esquema.

En los fundamentos del decreto, el Gobierno explicó que el Código Aduanero habilitaba el uso de la vía postal tanto para importaciones como para exportaciones, tuvieran o no finalidad comercial. Sin embargo, la reglamentación vigente solo contemplaba las exportaciones sin fines comerciales, como los envíos destinados a ayuda familiar o regalos personales.

Según sostuvo el Poder Ejecutivo, esa ausencia de una reglamentación específica impedía, en la práctica, que productores y comerciantes utilizaran el operador postal argentino para vender mercadería al exterior aprovechando los tratamientos aduaneros simplificados previstos para los países que integran la Unión Postal Universal.

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El decreto también destacó que este tipo de operatoria adquiere una relevancia creciente por la expansión del comercio electrónico transfronterizo, ya que ofrece una alternativa para empresas que no realizan operaciones tradicionales de comercio exterior o que exportan pequeños volúmenes de mercadería.

La reforma también modificó algunos aspectos vinculados con el procedimiento de control de los envíos postales. A partir de ahora, el Operador Postal quedará automáticamente autorizado para actuar en representación del destinatario durante el trámite aduanero.

La única excepción prevista por la norma corresponde a los casos en los que el destinatario comunique de manera fehaciente, antes del ingreso del envío al país, que desea intervenir personalmente o designar otro representante.

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El servicio aduanero continuará realizando los controles habituales sobre los envíos y conservará la facultad de disponer la apertura del paquete cuando lo considere pertinente para verificar la mercadería y determinar el régimen legal aplicable.

El decreto también actualizó el tratamiento aplicable a los envíos postales sin finalidad comercial. En ese punto, mantuvo la exención de los tributos que gravan la exportación para consumo en el régimen general —con excepción de las tasas retributivas de servicios— para los envíos destinados a ayuda familiar o obsequios personales.

La norma estableció que esos envíos podrán realizarse siempre que el valor acumulado no supere el equivalente a USD 5.000 por mes y por remitente.

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Mercado Pago, a un paso de ser banco tras una autorización clave del BCRA

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La Superintendencia de Entidades Financieras dio el visto bueno técnico al pedido de la fintech. ¿Cuándo llegaría la aprobación definitiva?


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Mercado Pago recibió la aprobación técnica del BCRA para su licencia bancaria en Argentina.
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La fintech busca ofrecer cuentas CBU, habilitando el cobro de salarios directos y más servicios.
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Competirá con bancos tradicionales, pudiendo captar depósitos y expandir la oferta de créditos.

Cuándo podría convertirse Mercado Pago en banco

Qué cambiará para los usuarios de Mercado Pago

Mercado Pago avanza en tres frentes para ganar terreno frente a los bancos



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ECONOMIA

Martín Redrado: "En 2027 vamos a tener tensión con el dólar y hay que estar preparados"

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En el marco del Argentina Fintech Forum 2026, el titular de la Fundación Capital y ex presidente del BCRA, Martín Redrado, anticipó que el 2027 no será sencillo para el Gobierno sostener la tranquilidad del dólar. Justamente en los cambios implementados en la política cambiaria durante el año pasado, Redrado encuentra el origen de la disparada de la morosidad en los préstamos que tuvo su pico en la primera mitad de este año.

“Lamentablemente, en 2027 vamos a tener tensión cambiaria. Nos guste o no nos guste, hay que estar preparados. El Banco Central cambió de política y compró casi 15.000 millones de dólares en lo que va del año”, señaló Redrado.

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Rechazó además el argumento oficial de que la escasez de pesos reduce el riesgo de una nueva presión cambiaria a medida que se acerquen las elecciones. “Dicen que no hay pesos en la economía porque ya se dolarizaron todos. Falso”, dijo, antes de advertir que hasta las elecciones vencen unos 200 billones de pesos en instrumentos emitidos por la Tesorería. “Con un clic en el home banking, vos te salís de eso y es materia prima para una corrida”, alertó Redrado.

Planteó dos variables que deberán seguirse en los próximos meses: la acumulación de reservas y la evolución de la actividad económica. “Hay que mirar cuántos dólares tenemos entrando en marzo y si la economía finalmente arranca”, dijo.

Por otra parte, minimizó que las razones detrás de la suba del riesgo país estén en el plano político: “El riesgo kuka, si estuviera, depende de quién sea el candidato de la oposición, puede llegar recién para junio o julio del año que viene”, afirmó. Sin embargo, sostuvo que el principal foco está en las necesidades de divisas vinculadas a la deuda y a la dolarización de carteras.

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Fintech Forum 2026 - Martín Redrado

“La Argentina tiene los dólares suficientes para hacer frente a la deuda que vence el año que viene. No me cabe duda de que este equipo económico va a hacer lo que sea necesario para pagarla, pero las necesidades de dólares que tiene la Argentina son financieras y por formación de activos externos o dolarización”, señaló el economista.

En ese plano, destacó dos cifras: USD 20.000 millones a pagar como deuda y USD 33.200 millones de dolarización durante el período preelectoral de 2025.

El origen de la mora

En abril del año pasado, recordó, hubo un giro del Gobierno en la política cambiaria: “Veníamos con una devaluación mensual del 2%, que luego cambiaron al 1%, en este sistema de bandas cambiarias. Entonces, yo le preguntaba al equipo económico: sabiendo que las bandas cambiarias eran $1.000 en el piso y $1.400 en el techo, en ese momento, ¿dónde iba a intervenir el Banco Central para comprar divisas?”

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Redrado señaló: “Los funcionarios siempre tienen que estar preparados. Mi pregunta para el equipo económico era ¿cómo se preparaba el gobierno para el peor escenario, cuando toque el techo de la banda? Puede ser inmediato. Uno de ellos me dijo: ‘el escenario es que el dólar llega a $1.000; recién ahí vamos a comprar’. Incluso, el acuerdo con el Fondo le daba discrecionalidad al equipo económico para comprar dólares entre $1.000 y $1.400. Y el equipo económico dijo: ‘No, queremos que el tipo de cambio baje a $1.000 y, en ese momento, vamos a comprar’.

Martín Redrado participó en Argentina FIntech Forum 2026

Ese dólar a $1.000, como es sabido, nunca llegó. “¿Qué pasó con eso? No se compró un solo dólar en términos de acumulación de reservas. El Banco Central llegó desnudo, por no decirlo de otra manera, al período preelectoral. ¿Qué tuvo que hacer entonces? Subir la tasa de interés a las nubes. Eso fue lo que empezó a multiplicar el problema de mora”, señaló Redrado. Y en esa suba de tasas encontró su origen la morosidad en los créditos.

Para el ex presidente del Banco Central, “el problema de mora es por baja en salarios que van por detrás de la inflación y una tasa de interés que el Banco Central la llevó a las nubes para que la gente no se fuera al dólar, sino que se quedara en pesos”.

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También rechazó el discurso oficial referido al pico de casi 13% de morosidad en los créditos al sector privado: “Cuando a mí los funcionarios me dicen que es un problema de privados contra privados, yo les digo que alguna cuota de responsabilidad tienen, porque la política del año pasado llevó a esta situación y han decidido no hacer absolutamente nada”.

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ECONOMIA

Qué cambiará para los usuarios cuando Mercado Pago se convierta en banco

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El BCRA aprobó la instancia técnica de la licencia solicitada por la empresa de Marcos Galperin. Qué pasará con cuentas, sueldos, créditos y tarjetas


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Puntos importantes

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Mercado Pago obtuvo la aprobación técnica del BCRA para convertirse en banco en Argentina.
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La fintech busca que sus usuarios cuenten con un CBU, accedan a más créditos y nuevas opciones de inversión.
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Se espera que esto impulse la competencia en el sistema financiero, ofreciendo más alternativas a millones de personas.

Mercado Pago como banco: qué cambia para los usuarios

1. Cobrar el sueldo directamente en Mercado Pago

2. Más opciones de crédito y tarjetas

3. Plazos fijos y nuevas alternativas de inversión

4. ¿Qué pasará con el dinero que los usuarios tienen en la cuenta?

¿Mercado Pago podrá lanzar su propia criptomoneda?

Qué significa para los bancos tradicionales

Qué falta para que Mercado Pago se convierta en banco



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