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La Justicia fijó una audiencia para definir si reabre la causa por abuso sexual contra Fernando Espinoza

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La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional convocó a una audiencia para el próximo 16 de julio para analizar el pedido de reapertura de la causa por abuso sexual contra el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza.

La decisión de los jueces se dio luego que la denunciante, Melody Rakauskas, presentó un recurso para revertir la resolución que la apartó como querellante y que derivó en el sobreseimiento de Espinoza.

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En la audiencia expondrán durante 20 minutos cada uno el abogado de Rakauskas, Ignacio Barrios, y la defensa de Espinoza. La convocatoria establece que las partes deberán comparecer personalmente y no podrán presentar nuevos escritos.

El nuevo planteo sostiene que la denunciante nunca abandonó el proceso y que la pérdida momentánea de patrocinio legal no podía interpretarse como un desistimiento de la querella.

Raukauskas volverá a encontrarse cara a cara con el intendente denunciado. (Foto: TN / Prensa Municipio de La Matanza)

Según el escrito, tras la renuncia de su abogado anterior, Rakauskas pidió un plazo razonable para designar un nuevo representante y manifestó en todo momento su intención de continuar con la causa.

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La defensa argumentó que el tribunal hizo una interpretación errónea del artículo 82 del Código Procesal Penal al equiparar una situación formal y subsanable con la pérdida definitiva de la legitimación para intervenir en el expediente.

La causa contra Espinoza

Rakauskas denunció que se reunió con Espinoza en tres ocasiones en su departamento con fines laborales. En uno de esos encuentros, en mayo de 2021, el intendente habría comenzado a insinuársele para luego forzarla y manosearla, a pesar de la resistencia de la mujer.

Según consta en la denuncia, durante la cena Espinoza le dijo que estaba contracturado y le pidió masajes. Ella se negó y le aconsejó que descansara, pero la respuesta fue: “No tengas miedo, dale. Las mujeres de mis amigos tienen bigote”. Según Rakauskas, Espinoza se desabrochó la camisa y ella le pidió que se fuera, pero el intendente insistió.

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De acuerdo al relato de la víctima, Espinoza se sacó el pantalón y la llevó a la cama donde comenzó a besarla y a tocarla por encima de la ropa mientras le decía: “Quedate tranquila, siempre te tuve ganas, va a estar todo bien”. Además, le pedía que le practicara sexo oral, intentando a sacarle la ropa. La víctima aseguró que se resistió y Espinoza se terminó yendo.

Leé también: La Justicia rechazó un pedido de la CGT para suspender la aplicación de la reforma laboral

“Bueno listo, ya está, se terminó todo. Me voy, ya está, no te preocupes. Sos una bol… No sabés lo que te perdés, pero bueno, allá vos”, afirmó Espinoza, según la denunciante.

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El intendente de La Matanza fue procesado y enviado a juicio oral por el hecho, sin embargo este miércoles se conoció que fue sobreseído.

Fernando Espinoza, Abuso sexual, La Matanza

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La Corte Suprema frenó la contradenuncia de Cristina Kirchner a Federico Sturzenegger por el caso del “dólar futuro”

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La Corte Suprema de Justicia rechazó por inadmisible el pedido de la expresidenta Cristina Kirchner en su rol de querellante para investigar al expresidente del Banco Central y actual ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, por supuestas irregularidades en la compra de dólares a futuro al inicio del gobierno de Mauricio Macri.

La denuncia contra Sturzenegger había sido motorizada por un grupo de legisladores kirchneristas cuando Cristina Kirchner fue llamada a indagatoria en 2016 por el juez Claudio Bonadio por el caso del “dólar futuro” en contra del kirchnerismo.

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En ese expediente, tanto Cristina Kirchner como Axel Kicillof, entonces ministro de Economía y actual gobernador, y el extitular del Banco Central Alejandro Vanoli, fueron sobreseídos, en una decisión que la Corte ya dejó firme el 5 de diciembre de 2024.

Cristina Kirchner, el pasado 1° de septiembreHernan Zenteno –

En la contradenuncia que apuntó al macrismo, el kirchnerismo denunció a Sturzenegger por “defraudación a la administración pública” por haber pagado los contratos de dólar a futuro con los precios de la devaluación y a Bonadio por haber favorecido la comisión de ese presunto delito y haber citado a declaración indagatoria a Cristina Kirchner.

Según los denunciantes, las medidas habrían “modificado las condiciones en que estos habían sido celebrados, en perjuicio de los intereses estatales y en favor de particulares”.

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El entonces juez federal Sergio Torres sobreseyó a Sturzenegger, al sostener que su actividad en cuanto a la ejecución de los contratos a futuro se vio acotada al cumplimiento de cuanto habían formalizado las autoridades que lo [precedieron], tanto en su cargo como en el directorio de aquella sede crediticia”.

Cristina Kirchner, aceptada como querellante por la Cámara Federal, apeló al afirmar que Torres no había investigado debidamente. Sin embargo, la Sala I de la Cámara Federal confirmó la decisión.

La querella recurrió, pero la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal también rechazó la presentación del abogado Carlos Beraldi. Fue así como la expresidenta llegó con un recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia, que hoy fue rechazado.

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En el fallo de este jueves, la Corte Suprema, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, consideró el recurso inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación.




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El dictamen de Inocencia Fiscal II quedó listo y el Senado podrá tratarlo junto con la reforma del Banco Central

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Tras horas de incertidumbre, el senador radical Flavio Fama (Catamarca) estampó este mediodía la firma que faltaba, tras un plenario realizado ayer en la Cámara alta, y el proyecto del Gobierno de Inocencia Fiscal II quedó con dictamen de mayoría y listo para ser sancionado, en caso de ir al recinto, a partir del jueves próximo, tras cumplirse los siete días reglamentarios.

En medio de un clima de desconfianza en ascenso entre el oficialismo libertario y dialoguistas, las comisiones de Justicia y Asuntos Penales; y Presupuesto y Hacienda del Senado se reunieron horas atrás en busca de un despacho que quedó frenado por Fama, que dio quorum en el convite y luego se retiró del debate.

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De esta manera, la iniciativa en cuestión podría ser sancionada en los próximos días -de haber consenso para ir al recinto- junto a la modificación de la Carta Orgánica del Banco Central, entre otros asuntos. El objetivo principal del texto es ampliar el régimen vigente a partir de la eliminación de los topes de ingresos -$1.000 millones- y patrimonio -$10.000 millones- que, hasta ahora, limitaban el acceso al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias administrado por la ARCA.

Con el proyecto –aprobado ya por Diputados-, cualquier contribuyente con residencia fiscal en Argentina podrá adherirse al esquema, que reemplaza la declaración jurada tradicional por un mecanismo de presentación reducida. Otro de los puntos centrales es precisar bajo qué condiciones la ARCA impugna una declaración simplificada. En ese sentido, se establece que el organismo solo podrá formular observaciones cuando detecte una diferencia de al menos el 15% sobre el “impuesto determinado” y no sobre el saldo final a pagar, como ocurría antes.

El pleno de la Cámara baja el 26 de agosto pasado, cuando se aprobó la ley de Inocencia Fiscal (Prensa Diputados)

En tanto, en el articulado se introduce una regla de razonabilidad: no habrá discrepancia significativa si el monto nominal de la diferencia es igual o inferior al 5% del umbral del Régimen Penal Tributario, equivalente a $5.000.000. También se habilita una ventana de subsanación de 15 días hábiles para que el contribuyente rectifique e ingrese el saldo adeudado sin que se configure la causal de impugnación.

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La ley estipula que la carga probatoria recae de forma exclusiva sobre la ARCA, que solo podrá fundar sus impugnaciones en datos declarados, registros sistémicos o información aportada por terceros. Al mismo tiempo, amplía el bloqueo al uso de presunciones: junto con la inoponibilidad del incremento patrimonial no justificado, se veda hasta el 31 de diciembre de 2027 la presunción por depósitos bancarios. Las demás requerirán respaldo probatorio externo y no podrán sustentar ajustes de forma aislada, lo que reduce la discrecionalidad del organismo recaudador frente a los contribuyentes adheridos.

Además, la reforma incorpora un alivio directo para las pequeñas y medianas empresas. Las MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales tendrán una reducción automática del 25% en determinadas multas formales.

Durante el debate en la Cámara baja, La Libertad Avanza acordó con sus aliados excluir de manera total e incondicional a los funcionarios públicos de los beneficios del régimen. Los representantes de los tres poderes del Estado que hayan ejercido cargos de alta responsabilidad pública en los últimos cinco años podrán usar el sistema simplificado solo para presentar su declaración jurada y pagar el saldo correspondiente, pero no accederán a la presunción de exactitud ni a ninguna otra protección tributaria.

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Por último, en cuanto a los dólares no declarados, el proyecto no establece una amnistía general, sino que modifica el marco bajo el cual la ARCA podrá investigar el patrimonio, con el objetivo de incentivar la incorporación de esos activos al circuito formal. Ayer expusieron, en el plenario de las dos comisiones, el contador especializado en derecho tributario Martín Caranta y el abogado especializado en derecho tributario Juan Martín Jovanovich.

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La causa de las vacunas: Hugo Sigman fue indagado, entregó un escrito y se negó a contestar preguntas

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Luego de que su llamado sea reprogramado en tres oportunidades, el empresario Hugo Sigman fue indagado hoy, de manera virtual, por el juez federal Ariel Lijo en la causa que investiga una presunta maniobra para favorecer determinados intereses en la compra de vacunas durante la pandemia del coronavirus.

El empresario, acusado de haber sido beneficiado por un supuesto plan del Gobierno de Alberto Fernández, no contestó preguntas del juez ni del fiscal y su defensa consistió en declarar oralmente por alrededor de una hora y entregar un escrito, con el que negó que sus empresas hayan sido beneficiadas por decisión del Gobierno y pidió su sobreseimiento.

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En el centro de la acusación del fiscal Carlos Stornelli se encuentra la negativa del Gobierno a cerrar un acuerdo con la firma Pfizer, en agosto de 2020, supuestamente para favorecer los intereses económicos de un grupo de laboratorios que contaban con “socios locales” en la Argentina. Entre estos socios locales, se encuentran dos empresas de Sigman.

Sigman considera que la demora inicial en la compra de las vacunas estuvo vinculada a las condiciones jurídicas que habría exigido la propia Pfizer.

A su vez, sostiene que las empresas suyas que intervinieron luego en el proceso, Mabxience y Elea Phoenix, no tuvieron un rol comercial sino técnico y que los pagos no estuvieron atados a decisiones del Estado argentino.

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Hugo Sigman con Cristina KirchnerArchivo

Respecto a la primera, sostiene que fue contratada por AstraZeneca en calidad de proveedor industrial, para fabricar en Garín el principio activo de la vacuna contra el Covid.

En relación a Elea Phoenix, asegura que fue contratada para participar técnicamente en una parte del ensayo clínico de la vacuna desarrollada por la empresa china Sinopharm. Según un comunicado que compartieron desde su entorno, Elea cobró un honorario previamente determinado por esa tarea y no intervino en las negociaciones con el Estado.

Además, sostiene que Pfizer, Elea Phoenix y Sinergium Biotech trabajan juntos desde 2011 en la producción local de la vacuna Prevenar 13, y que esa relación continuó después de la pandemia, incluso con un proyecto de 2024 para fabricar Prevenar 20.

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Su abogado defensor en esta causa es el exministro de Justicia Mariano Cuneo Libarona.

Silvia Gold y Hugo SigmanSiglo 21

La indagatoria de Sigman, prevista primero para mayo, luego para junio y más tarde para comienzos de este mes, fue virtual, por pedido de su defensa, puesto que el empresario vive en España y tiene 83 años.

Es la última ronda de 15 indagatorias ordenada por el fiscal Stornelli. Lijo deberá ahora resolver la situación procesal de todos ellos, entre quienes se encuentran el infectólogo Pedro Kahn y la exministra de Salud, Carla Vizzoti.

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La exfuncionaria no respondió preguntas y presentó un escrito de más de 100 páginas con el que negó irregularidades y sostuvo que su intervención durante 2020 estaba concentrada en cuestiones sanitarias, técnicas y epidemiológicas y no en la negociación comercial de los contratos.

Ginés González García también formó parte del caso, pero falleció en 2024.




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