POLITICA
Máximo Kirchner rechazó un frente anti-Milei y advirtió: “Nos atamos a cuestiones partidarias que son un sinsentido”

El diputado nacional por Fuerza Patria, Máximo Kirchner, realizó una recorrida por el sur de la provincia de Santa Fe y puso el foco en el armado electoral que se viene en el peronismo para el próximo año. Rechazó un armado anti-Milei y sostuvo que se trata de un “reduccionismo enorme”.
En diálogo con el diario La Capital, el dirigente de Fuerza Patria señaló: “Cuando empezó el gobierno de Milei había mucha gente que, con razón, estaba muy enojada. Cuando vota a un presidente y asume, tiene derecho a estar ilusionada. Y tampoco uno tiene que ir a romper esas ilusiones a patadas sino que muchas veces, con el mayor de los tactos, ir contándole lo que va a pasar sin querer ser pájaro de mal agüero”.
Justamente, Kirchner sostuvo que hoy observan que “el votante eligió a Milei desde el enojo” y marcó que actualmente “está sufriendo las consecuencias de una política que, en términos económicos y a partir de sus medidas, es irreversible”.
“El peronismo, a veces, es como un dodecaedro. Los sectores que organizan en el barrio, universidades, escuelas o fábricas que tienen ánimo, ganas de pelear, pero también sufren las consecuencias. Un militante político tiene los mismos problemas que cualquiera: le cuesta viajar en colectivo o el alquiler. Aun así, decide militar y organizarse”, enfatizó.
Y apuntó: “Planteamos que no sirve destruir al adversario para ganar una elección. Y es uno de los dramas que tiene la Argentina. Hay que construir una opción diferente. Por eso, cuando hablan del frente anti-Milei, no me convence“.

El expresidente del PJ bonaerense explicó que “nos atamos a cuestiones partidarias que son un sinsentido” y ejemplificó: «Algunos pensaron que el Frente de Todos debía ser solamente un frente anti-Macri para que él no esté en el poder, pero vos tenés que mejorar la calidad de vida de la gente, valorar los recursos de los bienes naturales que tiene la Argentina, salarios dignos para las personas, y construir ese contexto de salario digno y no es fácil. No se hace de un día para otro“.
“La sociedad se termina cansando de que los dirigentes vengan y digan que en cuatro días le van a solucionar los problemas, porque es imposible. Es un reduccionismo enorme que, con la capacidad que tenemos de generar ideas, de administrar el Estado, nos direccionemos solamente a que hay que ganarle a Milei. No me interesa destruirlo, me interesa que en la elección juntemos más votos y, cuando seamos gobierno, estemos a la altura de la circunstancia», agregó.
En tanto, consultado sobre las diferencias entre el peronismo en el Área Metropolitana de Buenos Aires y el de las provincias, Kirchner describió que, aunque existen particularidades vinculadas al ritmo y la forma de vida, el patrón común es la gestión y el vínculo con la sociedad. Explicó que en los pueblos del interior, la inseguridad se vive de una forma, mientras que en las grandes ciudades las necesidades pasan por el acceso a la cultura y otros servicios. Sin embargo, enfatizó que las diferencias no se relacionan con la idiosincrasia, sino con la administración estatal y el compromiso de los gobernadores e intendentes.

Respecto al escenario electoral de 2027 y la posibilidad de candidaturas, Kirchner afirmó que la principal figura para el espacio es Cristina Fernández de Kirchner. “Queremos que sea Cristina y entendemos que hay proscripción”, señaló. Criticó la situación judicial que atraviesa la expresidenta y subrayó que, si no logran revertir esa situación, el peronismo deberá buscar un candidato capaz de expresar los intereses del espacio y generar confianza en la ciudadanía.
Dejó en claro que el armado no debe centrarse únicamente en oponerse a Milei, sino en definir líneas programáticas claras que permitan una salida al estancamiento que, según su visión, atraviesa la Argentina desde hace más de una década. La meta, expresó, es construir una propuesta con dos, tres o hasta cuatro ejes sólidos, capaces de ofrecer un horizonte distinto para el país.
“Queremos construir una opción que permita que el país se libere del lugar donde lo están llevando. Hace diez años que la Argentina entró en un tobogán y nunca encuentra el arenero. Es una caída que perjudica a la mayoría de la gente que nunca más encontró un contexto que le permitiera soñar”, completó.
POLITICA
Una jueza federal de Río Grande ordenó frenar la explotación petrolera de Sea Lion en Malvinas

La jueza federal de Río Grande, en Tierra del Fuego, Mariel Borruto, ordenó frenar la explotación petrolera del proyecto Sea Lion en torno a las islas Malvinas. Notificó a las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited que cesen las perforaciones y las emplazó a que en 10 días informen el grado de avance del proyecto.
De este modo, la magistrada hizo lugar a la medida cautelar solicitada por las asociaciones de Abogados, Abogados/as y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA) y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que litiga en este caso.
El financiamiento principal (un 65%) del proyecto proviene de la empresa israelí Navitas Petroleum y el resto de la británica Rockhopper Exploration.
La magistrada, en una resolución de 17 carillas a la que accedió , dispuso además que Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum se abstengan de iniciar, continuar o ejecutar acción del proyecto Sea Lion, que en el fallo es mencionado como León Marino, en castellano.
Además, prohibió eventuales ampliaciones y tareas en los pozos o instalaciones integrados al emprendimiento.
La prohibición alcanza a la perforación del lecho o subsuelo marino, la instalación permanente de infraestructura submarina para extracción o producción, la colocación de conductos, líneas de flujo y estructuras de fondeo.
Además, prohíbe la puesta en funcionamiento de unidades flotantes de producción, almacenamiento o descarga, el inicio de cualquier extracción comercial y también las obras terrestres y portuarias.
La medida regirá hasta que se sustancie ante la autoridad ambiental nacional el procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en la Ley 25.675, o hasta que el propio juzgado disponga lo contrario.
En paralelo, la jueza intimó a las dos empresas a que, dentro de los diez días hábiles judiciales, informen bajo declaración jurada y con documentación respaldatoria el estado actual del proyecto: el cronograma de construcción y perforación, la cantidad y ubicación de los pozos proyectados, las unidades flotantes y de perforación contratadas.
Quiere saber la justicia, además, la nómina de contratistas y subcontratistas, la estructura societaria utilizada, las entidades financieras y aseguradoras involucradas, los desembolsos realizados y pendientes, los estudios ambientales y de riesgo de derrames ya realizados.
También les ordenó preservar íntegramente, sin destruir, modificar u ocultar, toda la documentación técnica, ambiental, societaria, contractual, financiera y asegurativa vinculada al proyecto.
Noticia en desarrollo
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POLITICA
Los fundamentos del fallo que ordenó suspender el avance del proyecto petrolero Sea Lion en las Islas Malvinas

La jueza federal Mariel Borruto, del Juzgado Federal de Río Grande, ordenó suspender el avance del proyecto hidrocarburífero Sea Lion, ubicado a unos 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas, en una medida cautelar dictada en el expediente FCR 13706/2026 a pedido del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA).
En su disposición, la jueza apuntó contra Rockhopper Exploration PLC y Navitas Petroleum Development and Production Limited. La resolución, además de frenar las obras, desarrolla en detalle los argumentos jurídicos que la sustentan, y está basada en distintos fundamentos.
Eje ambiental
El primer fundamento es ambiental. La jueza tuvo por acreditado que ninguna autoridad argentina había iniciado un procedimiento de evaluación de impacto ambiental sobre el proyecto: un informe de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Jefatura de Gabinete, de febrero de este año, confirmó que no existía aviso de proyecto ni trámite iniciado con las empresas mencionadas.
La Ley General del Ambiente (25.675) exige esa evaluación previa para toda actividad capaz de degradar significativamente el ambiente y la Ley 26.659 prohíbe desarrollar actividades hidrocarburíferas en la plataforma continental argentina sin autorización nacional. Para el juzgado, esa omisión configura por sí misma la conducta antijurídica que permite actuar preventivamente: quien debía evaluar el riesgo ambiental no lo hizo y, aun así, avanzó con la ejecución de la obra.
Ese razonamiento se apoya en el principio precautorio, según el cual la falta de certeza científica sobre el impacto de una actividad no puede usarse como excusa para postergar medidas de protección cuando existe riesgo de daño grave.
La resolución citó también la jurisprudencia de la Corte Suprema en los fallos “Mendoza” —sobre la contaminación del Riachuelo— y “Halabi”, que reconocen al ambiente como un bien colectivo, indivisible y no apropiable individualmente, y la doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en su Opinión Consultiva OC-23/17 estableció que el derecho a un ambiente sano protege ecosistemas como el mar aun sin que exista una persona individualmente afectada. Sobre esa base, el juzgado concluyó que la función judicial ambiental no está limitada a intervenir una vez consumado el daño.
Eje en la soberanía
El segundo fundamento es la soberanía. Al analizar la legitimación de los demandantes, la jueza reconoció que la causa promovida por el CECIM “no se agota en una controversia técnico-ambiental”, porque involucra además la defensa de la soberanía nacional sobre Malvinas, a la que calificó como “bien colectivo indivisible” y “interés federal por antonomasia”.
Ese argumento le permitió sostener la competencia del juzgado sobre dos sociedades constituidas en el extranjero, en base al artículo 2603 del Código Civil y Comercial, que habilita a los jueces argentinos a dictar medidas cautelares aunque los bienes o las personas involucradas no se encuentren en el país. La resolución sostuvo que la Ley General del Ambiente y la Ley 26.659 son normas de aplicación inmediata que se imponen por sobre cualquier autorización o título extranjero que las empresas pudieran invocar.

Peligro de demora
El tercer eje es el de la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, los dos requisitos clásicos de toda cautelar. La jueza consideró acreditada la verosimilitud a partir de la existencia y localización del proyecto, la magnitud de las obras previstas —23 pozos, una unidad flotante de producción y una ampliación portuaria en Puerto Argentino— y los antecedentes de las empresas: según documentación oficial incorporada al expediente, Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum LP ya habían sido alcanzadas por resoluciones de 2012, 2013 y 2022 que declararon “ilegales y clandestinas” sus actividades en la plataforma continental y dispusieron su inhabilitación para operar en el país por veinte años.
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El peligro en la demora, por su parte, surgió de que el proyecto ya había superado la etapa conceptual: las empresas habían adoptado la decisión final de inversión en diciembre de 2025 —rechazada formalmente por la Cancillería argentina el 11 de ese mes— y habían comenzado obras de adaptación de infraestructura, según la propia documentación de Rockhopper.
Alcance del fallo
La resolución aplicó, además, un criterio de proporcionalidad al definir el alcance de la medida. La jueza rechazó la fórmula que habían propuesto originalmente las organizaciones demandantes, que era mantener la suspensión hasta que las empresas obtuvieran un Certificado de Aptitud Ambiental: dado que Rockhopper ya tiene una inhabilitación de veinte años, esa condición habría convertido, en los hechos, una medida provisoria en una prohibición definitiva.
Por eso, la suspensión regirá hasta que se sustancie ante la autoridad ambiental argentina el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, o hasta que el juzgado disponga lo contrario. Por el mismo criterio, difirió el pedido de bloquear de manera general nuevos contratos de financiación, pagos o transferencias de las empresas, al considerar que en esta etapa esa prohibición podría alcanzar a terceros no identificados, como bancos o aseguradoras, sin haber sido oídos.
La medida es provisoria y quedará sujeta a revisión una vez que Rockhopper y Navitas —intimadas a presentar en diez días hábiles información detallada sobre el estado del proyecto, sus contratistas, su estructura societaria y financiera— sean notificadas y puedan ejercer su defensa. Por tratarse de empresas domiciliadas en el exterior, esa notificación deberá tramitarse por la vía del Convenio de La Haya de 1965.
Islas Malvinas, Petróleo, justicia federal
POLITICA
Cortocircuito y quiebre entre la Casa Rosada y sus diputados por la ley de discapacidad

“Se incendió todo”, lamentaron desde el bloque de La Libertad Avanza (LLA) en Diputados luego de que se conociera que el proyecto de ley presupuesto 2027 enviado ayer a última hora por el Poder Ejecutivo elimina artículos clave de la ley de emergencia en discapacidad.
El asombro de los legisladores oficialistas quedó expuesto este mediodía en la comisión informativa, donde la oposición y los principales representantes de asociaciones y cámaras de prestadores expresaron su rechazo por las múltiples modificaciones y, sobre todo, por la quita de la actualización del nomenclador. Un punto central en la negociación con los aliados que desató malestar en el Pro y vuelve a foja cero las conversaciones.
“Es lo contrario de lo que veníamos hablando”, se quejaron desde Pro, después de haberse reunido a primera hora de la mañana con representantes de LLA, entre ellos, la diputada Laura Rodríguez Machado -responsable de gestionar el diálogo con los aliados- en busca de alguna explicación sobre el giro repentino en la estrategia.
Sin embargo, fueron los mismos libertarios los que dejaron en claro su asombro ante la maniobra del Poder Ejecutivo. “Ahora vamos a volver a juntarnos. Tenemos que hablar de cero”, admitieron, en un intento de desmarcarse de la Casa Rosada. El episodio dejó al descubierto el cortocircuito y el quiebre que hubo entre el Poder Ejecutivo y sus representantes en la Cámara de Diputados.
Es que hasta última hora de ayer, LLA apostaba a que el Ministerio de Economía incluyera algún guiño a las demandas de los aliados en el presupuesto, que finalmente avanzó en sentido contrario.
La distancia con la Casa Rosada también se hizo evidente cuando la exmacrista Silvana Giudici tomó la palabra durante la comisión y, en un intento por poner paños fríos al conflicto, remarcó la importancia de conseguir un dictamen el próximo 23 e hizo alusión a la división de poderes. “Creemos que este Congreso tiene un tiempo largo para luego tratar el presupuesto y debatir cuáles son las mejores condiciones, no solo las cláusulas mencionadas [por las eliminadas]”, apuntó, sin precisar cómo el oficialismo piensa avanzar en un proyecto de ley “superadora”.
Los cambios del presupuesto
Entre los cambios más resonantes que incluyó la Casa Rosada en el presupuesto propone eliminar el artículo 7 bis de la ley de emergencia, que hasta ahora establecía la actualización obligatoria, automática y mensual de los pagos a prestadores según el índice de IPC.
El Poder Ejecutivo plantea que “el Nomenclador de prestaciones básicas no incluirá valores universales” y habilita a que cada obra social o prepaga fije sus propios valores en la negociación, sobre la base de un mínimo contemplado.
La jugada del Gobierno generó podría tener un costo político alto. “Cambia completamente la discusión”, resumieron cerca de la bancada de Cristian Ritondo.
No es la única modificación que introduce. El proyecto propone volver al esquema de pensión por invalidez, por el cual quienes cuenten con un Certificado Único de Discapacidad (CUD) no podrán percibir ningún tipo de compensación si registran un empleo. Además, deroga los artículos 5º, 8º, 9º y 14 de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad Nº 27.793.
Noticia en desarrollo
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