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POLITICA

Milei pierde con Milei y ni Cristina lo ayuda

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“Yo solo compito contra mí mismo”, le gusta afirmar a Javier Milei.

La máxima con la que responde sobre sus posibilidades de ser reelegido busca tanto descalificar a cualquier rival político-electoral, como subrayar el vacío de adversarios competitivos que le provee la fragmentación y la crisis de liderazgos que padece la oposición. Sin embargo, el espejo le está devolviendo al Presidente la imagen menos deseada.

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La mayoría de las encuestas más serias cerradas en los últimos 10 días muestran que Milei está perdiendo contra Milei. No en la brumosa y lejana intención de voto para elegir en una góndola vacía de alternativas, sino en otros indicadores más concretos.

El índice de aprobación del Presidente no solo sigue descendiendo. Ahora, bastante más de la mitad de los argentinos (entre el 55% y el 63%) considera que la dirección en la que va el país es incorrecta. Pocas señales de alerta podrían ser más contundentes si no fuera porque asoman otras, como la caída de expectativas positivas a futuro, o, mejor dicho, el aumento del porcentaje de consultados que consideran que el año próximo su situación personal empeorará.

A eso se agregan las sonoras derrotas y retrocesos que sufrieron algunos de sus proyectos y medidas en apenas dos días a manos de la política, de amplios sectores de la sociedad y de intereses sectoriales.

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Ahí está la marcha atrás que debió aplicar el Gobierno contra su voluntad en el proyecto de ley de tierras, que el Senado no trató este jueves, y en la liberación del practicaje de barcos, que había paralizado el comercio internacional por vía fluvial y marítima, con un altísimo costo para el país.

Son dos tropiezos que, además del costo político para el oficialismo y el impacto hacia afuera, generaron fisuras en el elenco mileísta. La imagen de Federico Sturznegger, uno de los ministros preferidos del Presidente, es usada en estas horas por varios oficialistas como blanco de su práctica diaria de tiro. “Al Coloso se le empieza a ver que tiene pies de barro”, ironizó una fuente del Senado.

La obstinación para sostener sus proyectos y el desapego por el cálculo de riesgo y la viabilidad de sus ambiciosas iniciativas que caracterizan al ministro de Desregulación es motivo de duras críticas internas, que ya se expresan en voz alta, a pesar de la defensa que de él sigue haciendo el Presidente. A la corte de objetores se habría sumado, según altas fuentes de la Casa Rosada, la hermanísima Karina Milei, dueña del pulgar más poderoso y temido del Gobierno.

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Este contexto parece explicar la intensidad con la que el Presidente ha tratado de instalar anticipadamente el escenario electoral y su pretensión de ser reelegido en la serie de entrevistas concedidas durante los últimos días, aún cuando para las elecciones generales nacionales faltan todavía casi 15 meses. Tanto que hasta buscó adelantar la discusión sobre su futuro compañero o compañera de fórmula. El Prode, en el que fueron inscriptos en el top tres Martín Menem, Patricia Bullrich, Sandra Pettovello, en ese orden, tuvo una efímera popularidad. Su presencia en la agenda pública duró apenas algunas horas.

La discusión pública sigue dominada por asuntos menos gratos para el Gobierno y mucho más actuales. El endeudamiento y la morosidad que padecen y en la que han incurrido millones de argentinos, la fragilidad del consumo masivo, la vuelta del aumento de la pobreza, la falta de empleo y el freno o la reversión de la tendencia bajista de la inflación compitieron en el interés social con una difundida percepción, en tiempo récord, de que el oficialismo se proponía poner en riesgo la soberanía con la ley de tierras.

La narrativa oficialista se chocó de frente con dos realidades. Por un lado, con el nervio nacionalista que activó la ola antiargentina en las postrimerías del Mundial de Fútbol y se expresó contra la ley de tierras. Poco había colaborado en esa dimensión la (muy celebrada por el Gobierno) presencia de la jefa del FMI, Kristalina Georgieva, en el yacimiento de YPF de Vaca Muerta. “Se pareció demasiado al gerente del banco yendo a ver el estado de la casa hipotecada”, fue una mordaz observación que circuló por las redes.

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Por otra lado, y más profundamente, caló la situación económica cotidiana de numerosas familias, con el agravante de que el Gobierno optó por desatender o peor aún por culpar a quienes expresaban esas preocupaciones o críticas.

Como sal sobre heridas recién abiertas operó la descalificación del propio Presidente por supuesta ignorancia de los mínimos rudimentos financieros hacia quienes tomaron deudas que no están pudiendo pagar, sin admisión de responsabilidad alguna del impacto que han tenido algunas políticas y decisiones oficiales o el abuso incontrolado en la fijación de tasas por parte de entidades financieras y billeteras digitales.

Otro tanto generó la provocadora frase del cada vez más provocador ministro de Economía, Luis Caputo, para desacreditar a quienes cuestionan la política económica sobre el sector productivo. Los llamó “tarados que hablan de la industria”, lo que llevó al más que prudente titular de la Unión Industrial, Martín Rapallini, a afirmar que “no son declaraciones felices”. La empatía y la sensibilidad siguen perdiendo por goleada con la arrogancia en la cúpula oficialista.

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“La idea de que ‘Milei y su Gobierno no hablan de mí ni se preocupan por mis problemas’ es un concepto cada vez más instalado, que se esparce como una mancha de aceite por muchos ámbitos sociales y geográficos”, señala un consultor al que el oficialismo suele contratar, pero no necesariamente escucha.

En esa línea, la última encuesta de Poliarquía señala que “siete de cada diez argentinos creen que el Gobierno actúa pensando en ‘algunos sectores’ y no en ‘la mayoría de la gente’ y alcanza los niveles más altos de la serie histórica. En tanto, quienes creen que el Gobierno piensa en la mayoría caen al 25%, el mínimo de la administración de Milei, con valores similares a los que había dejado el gobierno anterior”.

En tanto, el relevamiento de la consultora Escenarios, cerrada hace una semana, expone como primera conclusión un dato más que debería ser de máxima preocupación para la gestión mileísta: “Se quebró el principal activo del Gobierno: la expectativa. El pesimismo prospectivo (52,9% cree que la situación estará peor dentro de un año) más que duplica al optimismo (24,0%), y el rebote registrado en junio (29,9% ‘mejor’) se revirtió en un solo mes. De un malestar transaccional (‘aguanto porque viene algo mejor’) se pasó a un malestar estructural, más difícil de revertir”, señala el informe de Escenarios.

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A eso agrega que ya la herencia recibida dejó de exculpar al Gobierno, aunque el rechazo al pasado sigue vigente. Más del 70% de los consultados responsabiliza a la actual gestión por los problemas de índole económico que padecen. Así no resulta extraño que la calificación de “incorrecta” aplicada a la dirección en la que va el país haya llegado a su nivel más alto, con un 63,4, señalan en sus conclusiones los politólogos Pablo Touzón y Federico Zapata, directores de Escenarios.

En términos político-electorales, al Gobierno no parece irle mejor. Podría decirse que a Milei no lo mejora ni Cristina Kirchner. La reinstalación que hizo de sí misma con su presentación ante el comité de Derechos Humanos de la ONU con el objetivo de que apoye su reclamo de revisión de la condena y, especialmente, la inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos, no cambió el panorama general, aún cuando pareció complicar los intentos de renovación de la principal fuerza opositora que sigue siendo ese archipiélago de facciones, conocido como el panperonismo.

“La Libertad Avanza mantiene una posición de liderazgo [de cara a 2027]: reúne el 32% de las preferencias electorales medido por fuerza política, Pro alcanza el 7%, el kirchnerismo 14% y el peronismo no kirchnerista 21%”, señala Poliarquía. Sin embargo, el informe aclara: “La suma de los espacios políticos afines da 39% vs 35%, la menor diferencia desde que se iniciamos las mediciones con vistas al 2027”.

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En tanto, para Escenarios se registra en el campo opositor una “reperonización sin resolución. La autoidentificación ’peronista kirchnerista’ trepó al 23,3% (desde valores de 17–19% un año atrás), mientras los independientes caen de picos de 34–40% al 22,1% y los (que se autodefinen) libertarios se desinflan del 18% al 9,6%”.

El fenómeno, que entusiasma o consuela al Gobierno por considerarlo divisivo del voto opositor que va del centro a la izquierda, es el crecimiento que viene registrando la dirigente de la izquierda trotskista Myriam Bregman, “la única figura del sistema político con diferencial de imagen positivo [+6,7], con 36,5% de positiva contra 29,9% de negativa”, señala Escenarios.

Sin embargo, Touzón y Zapata advierten que el caso de Bregman “debe leerse menos como emergencia electoral propia que como síntoma doble: de la vacancia de representación juvenil que dejó el derrumbe oficialista en esa cohorte, y la demanda de figuras percibidas como íntegras. El descontento juvenil no migra hacia la moderación: busca radicalidad y autenticidad, y hoy encuentra ese atributo en una outsider de izquierda como antes lo encontró en un outsider libertario”.

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Mientras tanto, el tapón para la renovación que pareció haber reforzado Cristina Kirchner con su presentación, la reposición de una eventual candidatura suya y la difusión del rechazo a Axel Kicillof como candidato a Presidente estaría mostrando algunas fisuras.

Los movimientos y contactos subterráneos, aún más que los muchos de superficie, que despliegan varios gobernadores (hasta los más colaboracionistas con el Gobierno), intendentes y dirigentes como Sergio Massa o el porteño Juan Manuel Olmos son producto de lo que ellos ven como una ventana de oportunidad. Las encuestas parecen validar la existencia de una demanda, tanto como la ausencia de una oferta que la canalice.

Bajo ese prisma debe verse la coalición que se formó para impedir que el proyecto de ley de tierras fuera aprobado en el Senado, de la que participaron senadores que responden a los gobernadores que desde el peronismo más han ayudado al Gobierno. Por ahora, son solo arrestos circunstanciales.

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“El peronismo es un partido del poder que se va a terminar uniendo o dirimiendo sus diferencias para tener un candidato único. Aunque también es cierto que hoy no hay quien logre consenso. Y a muchos nos sobra actitud electoral, pero por ahora nos falta aptitud electoral”, suele responderles a sus interlocutores el siempre hiperactivo Massa, en una síntesis de optimismo y realismo. Un circunloquio para decir que voluntad para candidatearse le sobra, pero hoy no abundan las posibilidades de ser elegido.

Y como para el peronismo la única verdad es la realidad, nada alienta más su optimismo que Milei esté perdiendo contra Milei. Aunque por ahora nadie asome con chances de ganarle. Eso también sostiene la esperanza oficialista. Y al partido le queda mucho por jugarse.




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POLITICA

Qué es una medida cautelar “interina”, la herramienta que utilizó la Corte Suprema para reponer la ley de tierras

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La Corte Suprema de Justicia dictó hoy una medida cautelar “interina” que repuso las restricciones a la venta de campos a extranjeros previstas en la ley de tierras.

“Una cautelar es una medida judicial de resguardo de un derecho”, explicó el constitucionalista Alejandro Carrió.

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Las cautelares son medidas excepcionales y transitorias que, en casos como el que hoy resolvió la Corte, buscan evitar los daños irreparables que podrían producirse mientras la Justicia tramita una causa hasta que toma una decisión que resuelva el caso.

Hay dos requisitos básicos para su dictado: la verosimilitud del derecho (que sea razonable creer que quien reclama tiene razón) y el peligro en la demora (urgencia).

“La solicita quien tiene un interés legítimo para pedir su protección -dijo Carrió-. Se aplica ante el peligro cierto de que ocurra un hecho que afecte ese derecho, siempre que el derecho invocado parezca verosímil.”

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Daniel Sabsay destacó que la medida se “justifica” en situaciones en las que la “velocidad” juega un papel clave para evitar un daño “irreparable”. Magalí Miranda, profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Córdoba, explicó que la medida cautelar puede dictarla incluso un juez incompetente (como pasó hoy con la Corte, que dictó la medida y envió la causa al juzgado de primera instancia de Bariloche, donde debe tramitarse). También, que estas medidas se caracterizan porque la regla es que se dictan sin haber escuchado los argumentos de la otra parte.

Pero en este punto hay una excepción: cuando una medida cautelar se dispone contra el Estado Nacional -como en este caso-, la regla es que sí debe pedírsele previamente un informe al Gobierno. Así lo estableció la ley de medidas cautelares contra el Estado, sancionada en 2013, durante el gobierno de Cristina Kirchner.

Esa misma ley prevé, no obstante, la posibilidad de dictar cautelares sin darle intervención previa al Estado: son las cautelares “interinas”, que -dice la norma- sólo pueden disponerse “cuando circunstancias graves y objetivamente impostergables lo justificaran”. En esos casos -establece la ley-, “el juez o tribunal podrá dictar una medida interina, cuya eficacia se extenderá hasta el momento de la presentación del informe o del vencimiento del plazo fijado para su producción”.

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Las cautelares interinas están reguladas por el artículo 4, inciso 1, tercer párrafo –mencionado por la Corte–. El artículo 2 de esa misma ley –también citado en el fallo– alude a las medidas cautelares “dictadas por juez incompetente” –como lo sería, en este caso, el máximo tribunal, en tanto los inferiores aún no resolvieron la causa, que sólo podría llegarle a la Corte por vía recursiva–. El fragmento mencionado por los jueces en la sentencia de hoy establece que la cautelar contra el Estado dictada por un juez incompetente tendrá eficacia “cuando se trate de un derecho de naturaleza ambiental”, entre otros casos.

El planteo que resolvió la Corte fue presentado por una asociación ambientalista, dos grupos indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, que invocaron la defensa del ambiente y los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz, Horacio RosattiMarcelo Manera –

De hecho, al referirse a la cautelar impuesta, el máximo tribunal también citó la Ley General del Ambiente, que establece que en cualquier estado del proceso judicial pueden solicitarse “medidas de urgencia, aun sin audiencia de la parte contraria, prestando debida caución por los daños y perjuicios que pudieran producirse” y que los jueces pueden disponerlas sin petición de parte.

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En paralelo, el artículo 2° de la ley que regula las cautelares contra el Estado (26.854) también especifica que “ordenada la medida, el juez deberá remitir inmediatamente las actuaciones al juez que considere competente [como lo hizo hoy con el juzgado de Bariloche], quien, una vez aceptada la competencia atribuida, deberá expedirse de oficio sobre el alcance y vigencia de la medida cautelar concedida, en un plazo que no podrá exceder los cinco (5) días”.

Constitucionalistas consultados por cuestionaron la urgencia de tomar una medida como la adoptada por la Corte Suprema esta mañana. “No parece que la próxima sesión de la Cámara de Diputados pueda ser una razón atendible [como un motivo de urgencia para dictar la cautelar interina] aun cuando, por supuesto, no ha sido ese el fundamento del voto mayoritario”, planteó Carrió en las últimas horas.

El fallo de la Corte

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El fallo de la Corte, firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, dice: “Considerando la naturaleza de los derechos invocados (entre los que se encuentran el derecho de obtener una respuesta judicial en tiempo oportuno y el derecho a la protección del medio ambiente), resulta necesario que este Tribunal dicte una medida interina, a fin de asegurar la tutela judicial efectiva, y evitar la producción de daños irreparables mientras el proceso retoma su adecuado cauce”.

Además, agrega que “el Tribunal cuenta con atribuciones suficientes para disponer las medidas necesarias para preservar los bienes jurídicos que se invocan como afectados, más allá de las reglas que rigen su competencia”.

A continuación, suspende los efectos del artículo 154 (aquel que deroga la ley de tierras) del decreto 70/2023 “hasta tanto el juez competente [el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche] se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud de medida cautelar”.

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En cambio, el juez Carlos Rosenkrantz se opuso a la sentencia y votó en disidencia, con alusiones directas a la medida “interina”. Primero, planteó que no le corresponde a la Corte dictar una cautelar “sobre la cual no hubo pronunciamiento de las instancias inferiores”.

El juez Carlos RosenkrantzCSJN

Dice que “el hecho de que exista normativa que permite en ocasiones excepcionales el dictado de medidas cautelares o interinas por juez incompetente” no anula lo anterior, dado que está condicionado por requisitos estrictos. Y “en el caso estas condiciones no están cumplidas”, señala.

Respecto de la cautelar “interina”, afirma que tampoco es posible que un juez incompetente, “como lo es esta Corte en las presentes actuaciones”, dicte una medida interina, dado que “están previstas únicamente para cuando, habiéndose solicitado […] existan ‘circunstancias graves y objetivamente impostergables’ que lo justifiquen. Se trata de medidas accesorias de las medidas cautelares solicitadas en el pleito y tienden únicamente a asegurar la efectividad de aquellas mientras se sustancia el trámite específico que prevé la ley. En el caso […] no corresponde el dictado de una medida interina”.

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Por último, sobre la disposición de una cautelar en virtud de la Ley General del Ambiente, sostiene que “en la demanda no hay una sola indicación que permita inferir, siquiera mínimamente, que habría un peligro ambiental grave o irreversible que hiciera impostergable la adopción de una medida excepcionalísima”.




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POLITICA

Alerta en Economía: el proyecto de discapacidad del Gobierno tendría un costo de hasta $1,2 billones anuales

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La semana que viene la Cámara de Diputados tendrá días de tensión. Luego del feriado del lunes se encadenarán varios días que tendrán como corolario la sesión del jueves en donde el temario incluirá el DNU70/2023 y las proyectos sobre la prórroga de la emergencia en discapacidad y los proyectos para aliviar la situación de los endeudados.

En medio de los movimientos del oficialismo y sus socios para hacer caer la sesión o, en su defecto, que la oposición no se lleve un triunfo parlamentario, aparecieron proyectos de ley tanto para morosidad como para discapacidad de parte del bloque de La Libertad Avanza que, junto a sus socios, se llevaron los dictámenes de mayoría.

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En el caso de discapacidad, y mientras los bloques socios esperan un informe de Economía sobre el impacto en fondos del Presupuesto 2027, el presidente de la comisión de Presupuesto, Bertie Benegas Lynch, le pidió a la Oficina de Presupuesto del Congreso que realice un informe del costo fiscal que tiene el proyecto de ley de discapacidad presentado por LLA

La Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) estimó que el dictamen de mayoría sobre discapacidad -el del oficialismo- podría incorporar 200.000 nuevos titulares de pensiones y generar un costo fiscal anual de hasta $ 1.209.567 millones.

La propuesta plantea un régimen permanente de políticas públicas en lugar de prorrogar la emergencia vigente hasta fines de 2026, que es lo que propone la oposición.

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El proyecto de Presupuesto 2027 contempla una reserva de $3,66 billones para mayores erogaciones en jubilaciones y pensiones. La incorporación gradual de beneficiarios absorbería cerca del 16,4% de esos recursos, de acuerdo con los cálculos del organismo técnico del Congreso.

Los presidentes de las comisiones de Presupuesto y Legislación Penal, Bertie Benegas Lynch y Laura Rodríguez Machado

La oficina elaboró dos escenarios para medir el esfuerzo fiscal de la iniciativa frente a la situación actual.

El primer escenario prevé altas graduales durante 2027, a un ritmo de 16.800 personas por mes. Según el sitio El Parlamentario, bajo esa hipótesis, el costo ascendería a $ 598.912 millones, equivalentes al 0,04% del Producto Bruto Interno (PBI) y a un aumento del 6,1% sobre el gasto total proyectado para pensiones no contributivas.

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La segunda alternativa supone que todos los nuevos beneficiarios percibirán la prestación durante el ejercicio 2028. El desembolso anual alcanzaría $1.209.567 millones, el 0,07% del PBI.

En la actualidad, 1.678.715 personas poseen un Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente y 435.270 de ellas ya cobran una pensión no contributiva por invalidez laboral.

El dictamen establece una pensión para quienes acrediten discapacidad mediante el CUD. El beneficio mantendría su compatibilidad con empleo formal y con actividades registradas en los regímenes tributarios nacionales, siempre que los ingresos no superen dos salarios mínimos, vitales y móviles.

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Otro punto que estaba en discusión es la forma en la que se iba a actualizar el arancel del Sistema de Prestaciones. Originalmente el oficialismo impulsaba que sea trimestral. El bloque libertario asegura que será mensual.

Aliados que firmaron “en disidencia” todavía reclaman precisiones: una redacción más clara que garantice la actualización mensual por inflación, el cronograma de pago de compensaciones adeudadas y que se muestren las partidas presupuestarias concretas destinadas al sector. Martín Menem y el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, se comprometieron a exhibir esas partidas y a introducir modificaciones adicionales al texto.

Desde el Ministerio de Economía, en tanto, trascendió que no están de acuerdo con lo negociado en el dictamen, lo que abre la duda sobre si el capítulo de ajuste al sistema de discapacidad podría sostenerse igualmente dentro del Presupuesto 2027.

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Según el informe publicado, el dictamen no crearía gastos adicionales para los prestadores del Sistema de Prestaciones Básicas, sino que mantendría una obligación ya establecida en la legislación vigente que, hasta ahora, están calculada en $ 278.323 millones la compensación pendiente para esos prestadores.

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Una Corte que perdió la sensibilidad contextual

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La Corte Suprema parece haber perdido, desde hace tiempo, una de sus principales virtudes institucionales, la “sensibilidad contextual”. Me refiero a lo que el académico norteamericano Martin Shapiro considerara uno de los elementos más distintivos de la racionalidad decisoria de los buenos tribunales, para asegurar su propia supervivencia institucional.

Luego del 2001, y con Ricardo Lorenzetti a la cabeza, la Corte Suprema supo hacer un esfuerzo notable para recuperar legitimidad social, en un contexto severamente hostil al tribunal.

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Desde hace años, en cambio (me arriesgaría a decir que desde el fallo “Muiña” y, sobre todo, a partir de los conflictos internos que se han sucedido en el tribunal), la Corte Suprema se muestra desnorteada, lo que la lleva a reaccionar, como en estos casos, de modo incomprensible y torpe.

Algunos ejemplos de lo que señalo se derivan del mismo lenguaje utilizado por el tribunal en sus comunicaciones recientes cuando, con sobreactuado énfasis, afirma lo que de otro modo sabe que niega. Así, en el fallo “CECIM” (cuando la Corte dejó sin efectos los límites a la venta de tierras a extranjeros), en una inédita aclaratoria dada a conocer al día siguiente, sostuvo que la decisión tomada era meramente “procesal” y “técnica”, y que por tanto no afectaba lo “sustantivo” del caso (cuando, en los hechos, ¡la Corte volvía a dar vida al artículo de un decreto que derogaba una ley!).

Y ahora, cuando señala que su fallo “de ninguna manera puede ser considerado como un apartamiento o una modificación de criterio” respecto de lo decidido en ‘CECIM’ (cuando se trata de un apartamiento inexplicable, decidido con una velocidad prodigiosa).

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Oportunismo

En segundo lugar, subrayaría el problema que representa para nosotros, ciudadanos, esta discrecionalidad y -lamento decirlo- oportunismo que viene mostrando la Corte en sus decisiones. Una vez más, en el fallo “Árbol de Pie”, los jueces de la Corte presentan enfáticamente como virtud lo que reconocen, entonces, como defecto: se proclaman a sí mismos “celosos custodios de la Constitución Nacional” y atentos “ante las circunstancias concretas de cada caso” (SIC).

Pero lo cierto es que ninguna persona atenta a su actuación puede, de buena fe y con buenas razones, explicar por qué es que esa Corte “celosa custodia” de la Constitución hace tres años que permite la subsistencia legal del DNU 70/2023, que es manifiestamente inconstitucional (al derogar leyes, modificar Códigos, etc.). Ello así, cuando tiene en su poder decenas de causas que le permitirían tomar una decisión al respecto, aun alguna como “CGT”, bien fundada y con irreprochable legitimación.

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Tampoco se entiende cómo se compatibiliza esa incomprensible demora frente a lo imperioso (salvaguardar la Constitución, pudiendo y debiendo hacerlo como principal custodio de las reglas del juego democrático) con una decisión como “Árbol de Pie”, tomada con un incomprensible atolondramiento.

No se entiende tampoco cómo trató la cuestión de la legitimación en un caso y en otro (volveré sobre esto enseguida); ni por qué no atendió ambas causas conjuntamente y como causas conexas (y no sucesivamente, y de este modo); ni por qué en este caso concede una cautelar que en “CECIM.” fulminaba; ni por qué algunos jueces dicen que ahora no pueden conceder una cautelar, cuando en otros casos similares lo hacían, como parece señalarle Lorenzetti y la mayoría a Rosenkrantz, frente a su parcial disidencia. Ellos remarcan: “El Tribunal cuenta con atribuciones suficientes para disponer las medidas necesarias para preservar los bienes jurídicos que se invocan como afectados, más allá de las reglas que rigen su competencia, ie. en Ibarrola”.

Finalmente, querría llamar la atención sobre el elemento jurídico que apareció como la “mera cuestión técnica” o “procesal” de la que “únicamente” se ocupara la Corte en “CECIM”, y que también juega un papel central en “Árbol de Pie”: la cuestión de la legitimación activa (en lo que nos interesa, si el demandante tiene un interés directo en la causa, necesario para sostener su reclamo).

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El complejo tema “técnico” de la legitimación es, junto con otras cuestiones “técnicas” de índole similar (como la “jurisdicción” o “competencia” del tribunal), la gran “excusa jurídica” que vienen utilizando nuestros tribunales para intervenir en los casos que quieren intervenir, y no hacerlo cuando no quieren.

Lo cierto es que tener una concepción más “abierta” o “cerrada” de la legitimación conlleva consecuencias legales importantísimas: tribunales más abiertos a la ciudadanía, o más cerrados a sus demandas. Y no hay nada inherente a los requisitos esenciales del rule of law, que exija que se adopte una versión más amplia o restringida de la legitimación.

Puertas abiertas

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En India, en los años 80, a través de jueces como Bhagwati J, y en casos como P.U.D.R. v. India, o Metha v. Union of India, la Corte propuso que “las puertas del tribunal” quedaran “abiertas de par en par a los pobres y a los menesterosos” y avanzó una concepción radicalmente amplia sobre la legitimación.

Las dos mejores Cortes Constitucionales de la región -la de Colombia y la de Costa Rica– han favorecido también formas de legitimación amplísimas, amparadas en ciertos recursos jurídicos existentes (la tutela, la acción popular, la acción de incumplimiento).

En los Estados Unidos, hasta fines del siglo XIX, los requerimientos en la materia de legitimación eran muy laxos, pero por razones distintas comenzaron a endurecerse en las últimas décadas, en particular a partir de casos como Lujan v. Defenders of Wildlife, de 1992, y la intervención del juez conservador y originalista Antonin Scalia. Scalia fue quien más promovió una versión cada vez más restrictiva de la legitimación, exigiendo en la demanda la presencia de una “lesión real,” un “carácter concreto”, una conexión de “causalidad” fuerte, y una clara “posibilidad de reparación.”

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En la Argentina, el reformado artículo 43 de nuestra Constitución fue muy generoso en la materia (permitiendo con amplitud la solicitud de amparos o cautelares en defensa de los derechos), y fue la propia Corte la que, a través de interpretaciones no fácilmente justificables, fue ampliando o restringiendo casi a piacere los requerimientos de legitimación. En “CECIM”, la legitimación operó como su “excusa técnica” para intervenir sobre el fondo del asunto (volviendo a dar vida al art. 154 del DNU 70/2023) cuando decía no lo hacía, mientras que en “Árbol de Pie”, la Corte decidió sobre el fondo del asunto pero “precautoriamente” y sin resolver la cuestión de la legitimación, que en “CECIM” parecía tener tan clara. Minucias.

En mi opinión, en un aquí y ahora caracterizado por graves violaciones de derechos constitucionales (que se prolongan en el tiempo); y por una crisis extrema de la representación política; constituye un gran problema que la Corte se incline por una concepción restrictiva de la legitimación, porque de ese modo cierra una de las últimas vías de reparo institucional que le quedan a la ciudadanía para reclamar por sus derechos. Más grave todavía es que lo haga invocando exigencias “técnicas” que le impedirían decidir de otro modo; y aún peor que lo haga discrecionalmente, sin que podamos conocer, como ciudadanos, cuándo, por qué y de qué modo es que podemos reclamar por nuestros derechos.



Roberto Gargarella,LA NACION,Política

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