POLITICA
Piden a la UIF que investigue a Manuel Adorni y su esposa por posible lavado de dinero

El Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE) solicitó formalmente hoy a la Unidad de Información Financiera (UIF) que abra un expediente de inteligencia financiera para analizar la evolución patrimonial y eventualmente denunciar ante la Justicia penal por presunto lavado de activos al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y su esposa Bettina Angeletti ante la existencia de fondos y bienes cuyo origen -según planteó la entidad- no ha sido debidamente acreditado.
Dirigida al titular de la UIF, Matías Gabriel Álvarez, el CIPCE reclamó la adopción de “todas las medidas previstas en las facultades legales y reglamentarias” para realizar un monitoreo intensivo sobre ambos, tras recordar su carácter de Personas Políticamente Expuestas (PEP), con el objetivo de establecer la trazabilidad, el origen y la consistencia económica de su patrimonio.
El pedido se apoya en una serie de elementos que, según el CIPCE, ameritan un escrutinio reforzado: la compra de una vivienda en un barrio privado en noviembre de 2024 y de un departamento en la ciudad de Buenos Aires en noviembre de 2025 -ambas operaciones realizadas cuando Adorni ya ocupaba funciones públicas-, la tenencia de sumas significativas de dinero en efectivo, viajes en aeronaves privadas junto a contratistas del Estado y la realización de operaciones crediticias no bancarias con personas que no evidenciarían capacidad económica suficiente.
Augusto Famulari –
La entidad también incorporó como elemento relevante la entrevista que concedió anoche Adorni a José Del Rio, en LN+, en la que sostuvo que sus ahorros familiares habían sido constituidos “en negro”, es decir, fuera de los circuitos formales de registración tributaria. El jefe de Gabinete admitió haber ocultado ese dinero, “por error”, en sus declaraciones juradas de los años 2023 y 2024. Ese capital, según se desprende de sus declaraciones, era del orden de los US$500.000: “Ahorramos en negro como todos los argentinos”, dijo.
Según la ONG que se especializa en investigar la corrupción y los delitos económicos, ese reconocimiento de Adorni plantea interrogantes sobre el cumplimiento de los estándares de transparencia exigibles a los funcionarios y sobre el origen de los fondos involucrados.
En su presentación, CIPCE citó testimonios de quienes declararon ante la Justicia federal que indicarían que al menos una de las operaciones inmobiliarias no habría sido escriturada por su valor real. De confirmarse, podría encuadrar, según el planteo, en maniobras de simulación susceptibles de ser analizadas bajo la figura de lavado de activos.
El CIPCE subrayó, además, que la adhesión al régimen simplificado de Ganancias previsto en la ley de “Inocencia Fiscal” no limita ni suspende las obligaciones en materia de prevención del lavado de activos ni las facultades de la UIF para analizar operaciones patrimoniales inconsistentes. En ese sentido, recordó que la normativa vigente impone deberes de debida diligencia reforzada para las PEP, precisamente por su mayor exposición a riesgos de corrupción.
Con la firma de su director ejecutivo, Pedro Biscay, CIPCE contextualizó su petición en el contexto internacional. Remarcó que la Argentina se encuentra bajo seguimiento reforzado del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que exige avances en la prevención, detección e investigación del lavado, en particular cuando está vinculado a hechos de corrupción.
En ese marco, el CIPCE sostuvo que una actuación “diligente y oportuna” de la UIF en casos que involucren a funcionarios de alto rango constituye una señal clave de cumplimiento de los estándares internacionales. Por ello, solicitó que se realicen controles de consistencia patrimonial integrales, con cruce de información proveniente de organismos como la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y reportes del sistema financiero.
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La confesión de Adorni lo expuso a ser acusado de omisión maliciosa, un delito con pena de inhabilitación perpetua

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, reconoció ayer que escondió ingresos en sus declaraciones juradas por unos US$500.000; según él, provenientes de una inversión previa a llegar al Gobierno. Aspira a que eso lo ayude en su causa por enriquecimiento ilícito, donde debe explicar el salto en su nivel de vida, pero quedó al límite de la confesión de otro delito: el de omisión maliciosa.
El artículo 268 (3) del Código Penal castiga a quien, por su cargo, “estuviere obligado por ley a presentar una declaración jurada patrimonial y omitiere maliciosamente hacerlo” y a quien «maliciosamente, falseare u omitiere insertar los datos que las referidas declaraciones juradas».
La pena de la “omisión maliciosa” es de 15 días a dos años de prisión y de inhabilitación perpetua. Es un delito más leve que el de enriquecimiento ilícito, que Adorni aspira a eludir con esta admisión.
En la investigación que está en marcha en los tribunales de Comodoro Py ya estaba claro que los ingresos declarados por él no bastaban para explicar los más de 406.681 dólares en gastos -sin contar los corrientes- que se le detectaron desde que es funcionario. A eso se suman los 335.000 dólares en nuevas deudas. Tal como informó , a los investigadores los números no les cierran (sobre todo, los gastos) y el fiscal Gerardo Pollicita se preparaba para avanzar contra Adorni con un requerimiento para que justifique sus bienes.
Ahora, es posible que ese requerimiento se demore, pero los investigadores dicen que seguirán hurgando; que la versión de Adorni deberá ser chequeada. Por el momento, no es más que una explicación que bien podría haber sido diseñada a medida para que cuadre con las exactas necesidades del jefe de Gabinete para sostener que no se enriqueció porque el dinero que quedó a la vista que gastó lo tenía desde antes.
El argumento de Adorni para explicar el origen del dinero que tenía escondido es que lo ganó invirtiendo en criptomonedas. Habrá que investigar ahora la trazabilidad de esa inversión, ¿está a su nombre? ¿se puede determinar si efectivamente era suya? Un funcionario que trabaja en la causa advirtió a que de no ser trazable, el problema será del funcionario porque en este tipo penal se invierte la carga de la prueba. Es Adorni quien debe probar que así se explica su crecimiento patrimonial.
Pero el peor escenario para el jefe de Gabinete tampoco sería el enriquecimiento ilícito, sino que se investigaran posibles delitos detrás ese supuesto enriquecimiento, como un lavado de dinero. Por el momento, la causa de Pollicita y Lijo no parece orientada en ese sentido.
La omisión maliciosa
La defensa de Adorni, como suelen hacer los acusados de este delito, dirá seguramente que su omisión no fue “maliciosa”. Cuando la ley habla de “maliciosamente”, está requiriendo un dolo calificado; una intencionalidad detrás de la decisión de no declarar lo que debió haber declarado. Es lo que en dogmática penal se conoce como un “elemento normativo de recorte”, que reduce el universo de conductas perseguidas.
La explicación que dio Adorni sobre por qué escondió medio millón de dólares al Estado fue que lo hizo para escaparse con su dinero “de la vieja política”. No informó por qué decidió transparentar esos dólares recién ahora, dos años y seis meses después de la asunción de Milei (desplazada del poder la “vieja política”) y justo cuando la Justicia le detectó gastos e inversiones que no se condicen con los ingresos y el patrimonio que Adorni tenía declarados.
Lo que quedó claro fue que se trató de una decisión, que ahora considera “un error”. “Ahorramos en negro como todos los argentinos”, dijo. “No lo declaramos porque la manera de escaparse de la vieja política era tener un ahorro en negro. Nunca se me hubiese ocurrido ahorrar en blanco en aquellos años”, sostuvo ayer.
También admitió que habían declarado a nombre exclusivo de su mujer, Bettina Angeletti, la casa del country Indio Cuá, cuando en rigor también es de él. Informarla así le evitó tener que incluir ese bien en el anexo público de su declaración jurada. De ser solo de ella, correspondía que la consignara en un anexo reservado, pero esto tampoco lo hizo originalmente. Solo la agregó una vez que, avanzada la causa penal, la Justicia pidió abrir ese anexo.
La cita con el GAFI
La semana próxima, el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, y el juez que tiene a su cargo la causa contra Adorni, Ariel Lijo, participarán, como representantes de la Argentina, del plenario del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el organismo que revisa las políticas de la Argentina para combatir el lavado de dinero.
Si bien el país no está en medio de un proceso de evaluación en el GAFI, todo indica que los funcionarios argentinos deberán dar respuestas sobre la ley de inocencia fiscal, que incluye el régimen simplificado de impuesto a las ganancias al que adhirió Adorni. El GAFI genera cada vez más controles para evitar el flujo de capitales ilícitos y esta ley va en sentido contrario.
reconoció ayer,participarán,Paz Rodríguez Niell,Conforme a
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Difirieron la implementación del Código Procesal Penal Federal en Córdoba por razones operativas

El Gobierno nacional difirió la entrada en vigencia del Código Procesal Penal Federal para la jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.
De acuerdo con lo dispuesto mediante la disposición 274/2026, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, la implementación se postergó hasta las 00:00 horas del 8 de marzo de 2027.
La decisión responde a la necesidad de consolidar las condiciones materiales, operativas y tecnológicas que permitan asegurar una transición ordenada y sostenible en una de las jurisdicciones federales de mayor complejidad institucional del país.
La postergación se comunicará a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Consejo de la Magistratura, a la Cámara Federal de Casación Penal, a la Procuración General de la Nación, a la Defensoría General de la Nación, a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso y al Ministerio de Seguridad Nacional, conforme lo establece la resolución. El cronograma de implementación, definido por el Ministerio de Justicia, prevé una puesta en marcha gradual del Código en los distintos distritos federales del país, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 27.150 y sus modificatorias.
Desde la reanudación del proceso de reforma procesal penal federal, el Ministerio de Justicia impulsó la vigencia del sistema acusatorio en varias jurisdicciones, priorizando la consolidación paulatina y la articulación interinstitucional.
Hasta el momento, el nuevo modelo se instaló en nueve distritos federales —incluyendo provincias como Chaco, Formosa, Corrientes, Salta, Jujuy, Santa Fe, Mendoza, San Juan, San Luis, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, La Pampa y Tierra del Fuego— y en regiones de la provincia de Buenos Aires, tales como Bahía Blanca, Mar del Plata y San Nicolás de los Arroyos.
Y aún resta implementar el sistema acusatorio en nueve jurisdicciones federales, entre ellas Córdoba, La Rioja, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, Entre Ríos y Misiones, además de zonas de la provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el caso de Córdoba, la extensión territorial, la densidad poblacional, la dispersión geográfica de las sedes judiciales y el volumen de litigiosidad penal federal han sido señalados como factores determinantes para requerir un análisis específico de las condiciones necesarias para la transición.
La magnitud y complejidad estructural de la Justicia Federal en Córdoba obliga a contemplar una evaluación detallada de los recursos humanos, la infraestructura disponible, la tecnología y la operatividad de los organismos involucrados. El distrito concentra investigaciones vinculadas a delitos complejos, como narcotráfico, criminalidad económica y contrabando, lo que demanda un despliegue técnico y profesional adicional para garantizar la eficacia del sistema acusatorio.
En el proceso de adecuación, se realizaron aportes específicos al Poder Judicial de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación, con el propósito de mejorar las condiciones de funcionamiento y garantizar estándares homogéneos en la operatividad del sistema. Entre las acciones desarrolladas, la cartera de Justicia proporcionó herramientas tecnológicas orientadas a fortalecer el análisis forense digital, mediante la entrega de sistemas UFED y equipamiento especializado que optimizan el tratamiento de evidencia digital y la preservación de la cadena de custodia.
Además, se inició el relevamiento de las estructuras edilicias del Poder Judicial para avanzar en la adecuación y equipamiento de las salas de audiencias requeridas por el modelo acusatorio, incluyendo sistemas audiovisuales, conectividad y registración digital. Paralelamente, se impulsaron instancias de formación y capacitación para magistrados, funcionarios y equipos técnicos, a través de talleres, actividades académicas e intercambios institucionales con distritos donde el sistema ya está vigente.
La decisión de diferir la entrada en vigencia del Código Procesal Penal en Córdoba surge tras evaluaciones técnicas y diagnósticos institucionales que coinciden en la necesidad de profundizar la adecuación edilicia, fortalecer la disponibilidad de espacios y asegurar la operatividad de las salas de audiencias bajo el nuevo modelo.
El proceso fue acompañado por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba —que solicitó formalmente el aplazamiento mediante la Acordada N° 34/2026— y por la Procuración General de la Nación, que presentó un informe de diagnóstico en abril de 2026 destacando diversas necesidades operativas, tecnológicas y de infraestructura.
El relevamiento realizado por las instituciones intervinientes, incluyendo la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Consejo de la Magistratura, ratifica la importancia de garantizar condiciones materiales y operativas óptimas para la implementación. Se estima que la entrada en vigencia del Código solo será efectiva cuando las salas de audiencias se encuentren plenamente operativas y se hayan completado las acciones de capacitación, incluyendo simulacros y talleres de estandarización dirigidos a todos los operadores judiciales.
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Las dudas que dejó Manuel Adorni y que ahora deberá demostrar ante la Justicia: criptomonedas, bienes y declaraciones

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, omitió aclarar múltiples incógnitas durante la entrevista que concedió anoche a LN+ e incurrió en inconsistencias, omisiones y afirmaciones que requerirán documentación fehaciente, trazable y verificable de manera independiente que deberá presentar ante la Justicia federal, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Oficina Anticorrupción (OA).
Los principales puntos críticos, según contadores, expertos antilavado, inversores en criptomonedas y abogados consultados por , son los siguientes:
• Inconsistencia en la cronología de inversiones: ofreció versiones divergentes sobre el inicio de sus operaciones en Bitcoin (“hace 13 años”, “2013-2014”, operaciones exhibidas de 2017-2018), sin lograr reconstruir una secuencia temporal coherente que arroje un monto final que sea con las cotizaciones de 2014 y 2018 (con valores promedios de 527 y 7573 dólares, respectivamente, lo que arrojaría una ganancia muy superior a la declarada por Adorni). Esta inconsistencia afecta la posibilidad de verificar la evolución patrimonial y el origen temporal de los activos.
• Ganancias alegadas sin respaldo técnico idóneo: reconoció utilidades por aproximadamente US$ 300.000, sustentadas en capturas de pantalla de billeteras digitales. Pero no acreditó titularidad, integridad ni correspondencia con registros verificables en blockchain o exchanges.
• Falta de identificación de instrumentos operativos: no precisó direcciones de wallets, sean “calientes” o “frías”, ni plataformas de intercambio utilizadas o cantidades de USDT vendidas. Esta omisión impide la verificación independiente en registros públicos (blockchain) y privados (exchanges), restringiendo la auditabilidad de las operaciones.
• Origen indeterminado del fondeo inicial (FIAT): no acreditó el origen de los fondos con los que él y Angeletti habrían adquirido los criptoactivos, ni su correspondencia con ingresos declarados. Este vacío resulta relevante a efectos de determinar la licitud del capital inicial.
• Falta de correlación entre liquidación de activos y registros bancarios: no aportó evidencia sobre la fecha, modalidad ni destino de la eventual venta de criptoactivos, ni su reflejo en las cuentas bancarias en las que ingresaron esos fondos, lo que impide verificar su entrada al circuito formal, por ejemplo a través de un banco, sea en dólares, pesos u otra moneda.
• Posible inconsistencia en declaraciones juradas patrimoniales: reconoció una modificación en la titularidad del inmueble en el country Indio Cúa previamente omitido o consignado de forma parcial con Angeletti, lo que podría configurar una declaración incompleta o inexacta bajo los estándares de integridad exigidos por la legislación vigente a funcionarios públicos.

• Estructura contractual atípica en operación inmobiliaria: describió un esquema de financiamiento con créditos sin intereses con jubiladas y amigos, sin cronograma de amortización y con formalización posterior, características que se apartan de prácticas usuales y que, en sede judicial, podrían requerir justificación económica y documental adicional.
• Invocación de ingresos de terceros sin acreditación: atribuyó diferencias entre ingresos y consumos a ingresos de su cónyuge, sin aportar documentación respaldatoria suficiente ni consistencia con registros tributarios, lo que impide validar esa fuente de financiamiento.
• Reconocimiento de omisión impositiva: admitió no haber declarado ganancias derivadas de inversiones en criptomonedas, invocando una práctica generalizada de economía “en negro”. Dicha admisión podría resultar relevante a efectos tributarios y eventualmente penales, en tanto no se invocó causal legal que justifique la omisión.
• Demora en la producción de prueba documental: indicó haber tardado tres meses en localizar documentación clave sobre el origen de los fondos, lo que plantea interrogantes sobre su disponibilidad, conservación y consistencia, elementos centrales en procesos de verificación patrimonial.
• Adhesión posterior a régimen de regularización fiscal: se acogió ayer al régimen simplificado de Ganancias creado por la Ley de Inocencia Fiscal, tres meses después de radicada la denuncia penal en su contra. Si bien la herramienta es legal, su utilización en ese contexto temporal podría ser objeto de análisis respecto de sus efectos jurídicos y su alcance frente a eventuales responsabilidades preexistentes.
la entrevista que concedió anoche a LN+,Hugo Alconada Mon,Manuel Adorni,Conforme a,Manuel Adorni,,“Ahorramos en negro”. Manuel Adorni admitió que ocultó ingresos en sus declaraciones juradas por medio millón de dólares,,Con torta de cumpleaños. Karina Milei posteó una foto de la mesa política en medio de las tensiones Adorni-Bullrich,,En redes sociales. La contundente frase de Esteban Bullrich contra Adorni
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