POLITICA
Una investigación demostró que escuchar música puede cambiar la forma en que se recuerdan experiencias pasadas
Toda persona en algún momento experimentó cómo ciertas canciones tienen la capacidad de traer una avalancha de recuerdos. Tal vez sea la melodía que sonó durante el primer lento o el himno de un viaje increíble. La gente suele pensar en estos recuerdos musicales como instantáneas fijas del pasado. Una investigación reciente sugiere que la música puede hacer más que simplemente desencadenar escenas vívidas: incluso puede cambiar la forma en las que uno recuerda.
Un investigador de psicología del Instituto Tecnológico de Georgia en Estados Unidos, en conjunto con las expertas en música de la Universidad de Colorado Boulder, Sophia Mehdizadeh y Grace Leslie, encontraron conexiones intrigantes entre la música, las emociones y la memoria.
Específicamente, escuchar una canción puede cambiar cómo uno se siente sobre lo que recuerda, lo que también podría ofrecer nuevas formas de ayudar a las personas a lidiar con recuerdos difíciles.
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Música, historias y memoria
Al escuchar una melodía, no son sólo los oídos los que se activan; también se activan las áreas del cerebro responsables de las emociones y de registrar lo experimentado. El hipocampo, esencial para almacenar y recuperar recuerdos, trabaja en estrecha colaboración con la amígdala, el centro emocional del cerebro. Esta es, en parte, la razón por la que ciertas obras sonoras no sólo son sorprendentes, sino también profundamente emotivas.
Si bien la capacidad de la música para evocar emociones y desencadenar recuerdos es bien conocida, la investigación también planteó si era posible alterar el contenido emocional de los discos existentes. La hipótesis, explicaron, se basó en el concepto de reactivación de la memoria: la idea de que, al recordar algo, estas áreas se vuelven temporalmente maleables, lo que permite incorporar nueva información.
Un experimento de tres días fue diseñado para comprobar si la música reproducida durante el recuerdo podría introducir nuevos elementos emocionales en la memoria original.
El primer día, los participantes memorizaron una serie de historias cortas y emocionalmente neutrales. Al día siguiente, recordaron estas historias mientras escuchaban canciones positivas o negativas o guardaban silencio. El último día les pedimos que volvieran a recordar los cuentos, pero esta vez sin música. El segundo día, registramos la actividad cerebral con exploraciones de resonancia magnética funcional (fMRI), que miden la actividad cerebral y detectan cambios en el flujo sanguíneo.
El enfoque es análogo a cómo las bandas sonoras de películas pueden alterar las percepciones de los espectadores sobre una escena, pero en este caso se examinó cómo la música tiene la capacidad de cambiar recuerdos reales.
Los resultados fueron sorprendentes. Cuando los sujetos escucharon baladas cargadas de emociones y simultáneamente recordaron historias neutrales, era más probable que incorporaran nuevos elementos emocionales que coincidieran con el estado de ánimo de la canción. Por ejemplo, las historias neutrales recordadas con una melodía positiva de fondo fueron recordadas más tarde como más positivas, incluso cuando la música ya no sonaba.
Aún más intrigantes fueron los escáners cerebrales realizados durante el experimento. Cuando los participantes recordaron historias mientras escuchaban música, hubo una mayor actividad en la amígdala y el hipocampo, áreas cruciales para el procesamiento de la memoria emocional. Esta es la razón por la que una canción asociada con un acontecimiento importante de la vida puede parecer tan poderosa: activa el procesamiento de las emociones y las regiones de la memoria al mismo tiempo.
También se observó evidencia de una fuerte comunicación entre las partes del cerebro que procesan los recuerdos emocionales y las partes involucradas en el procesamiento sensorial visual. Esto sugiere que la música podría infundir detalles en los discos a medida que los participantes imaginaban visualmente las historias.
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Recuerdos musicales
En definitiva, los resultados del experimento mostraron que la banda sonora de nuestra vida actúa como un señuelo emocional, entrelazándose con los recuerdos y alterándolos sutilmente. Pueden ser más flexibles de lo que se pensaba anteriormente y pueden verse influenciados por señales auditivas externas durante el recuerdo.
Aunque se necesita más investigación, los hallazgos tienen implicaciones interesantes tanto para la vida cotidiana como para la medicina.
Para las personas que padecen enfermedades como depresión o trastorno de estrés postraumático (TEPT), donde los recuerdos negativos pueden ser abrumadores, una canción cuidadosamente elegida puede ayudar a replantear esos recuerdos desde una perspectiva más positiva e incluso reducir el impacto negativo con el tiempo. Abre nuevas vías para explorar intervenciones en tratamientos para la depresión y otras afecciones de salud mental.
La investigación destaca el potencial del “fondo musical” que las personas eligen para sus vidas. Los recuerdos, al igual que las canciones favoritas, se pueden remezclar y remasterizar. Lo que uno escucha mientras recuerda, o incluso mientras realiza sus rutinas diarias, podría determinar cómo se van a recordar dichas experiencias en el futuro.
POLITICA
Corrupción: Axel Kicillof y una sospechosa licitación de 4.000 millones de pesos
Un proveedor de la dirección provincial de Cultura y Educación, que conduce Alberto Sileoni, denunció que una licitación pública fue «direccionada» para favorecer a una empresa específica. Esta práctica no sería un hecho aislado, sino una costumbre arraigada en la estructura administrativa de la provincia bajo la gestión de Axel Kicillof.
Para poder comprender la maniobra llevada adelante en este tipo de actos de corrupción administrativa por el gobierno de la provincia de Buenos Aires se requiere un análisis detallado.
Modus operandi
El procedimiento comienza en la etapa de confección de los pliegos licitatorios, específicamente en las «cláusulas técnicas». Estas se redactan con un nivel de detalle tal que solo un proveedor puede cumplir con las especificaciones, garantizando así que este obtenga el contrato. Este proveedor, previamente, ha llegado a un acuerdo de algún tipo con las autoridades responsables.
Para blindar esta maniobra, los pliegos incluyen una cláusula que obliga a cualquier oferente que desee impugnar la licitación a pagar una garantía que puede oscilar entre el 1 y el 5 por ciento del presupuesto oficial de la licitación. En el caso denunciado, la licitación superaba los 4.000 millones de pesos, lo que implicaría un desembolso previo de entre 43 y 131 millones de pesos para cuestionar el proceso. Un verdadero escándalo.
Este monto es reembolsable solo si la impugnación prospera, una posibilidad casi nula dado que la evaluación de las mismas queda en manos de las mismas autoridades que establecieron los pliegos, es decir, en manos de la gestión de Kicillof. “Es como si el ladrón tuviera que juzgarse a sí mismo”, explicó el denunciante.
La licitación que dejó en evidencia la maniobra ilegal
El escándalo estalló tras la publicación del pliego de bases y condiciones generales para la contratación de bienes y servicios, identificado como la licitación pública 9/24, de la dirección provincial de Equipamiento Escolar, dependiente de la subsecretaría de Infraestructura Escolar, actualmente bajo el control de Ariel Alejandro Lambezat. La misma, destinó un estruendoso presupuesto de más de 4.000 millones de pesos que serán destinados a la compra de pupitres, escritorios, sillas y pizarrones.
En el mismo, en el anexo de especificaciones récnicas, llamaron la atención los notables -y para nada casuales- detalles con los que las autoridades bonaerenses describían el producto a entregar. Usualmente, se hace una descripción de las medidas del pupitre, del color y los materiales. En este caso, sin embargo, el nivel de detalle asombró incluso al más desprevenido: estructuras tubulares de acero al carbono de un diámetro de 31,7 y 1,22 mm. de espesor, patas inclinadas acopladas a un tubo metálico soldado de forma continua a cada lateral del soporte superior de la tapa, etcétera.
“Se describe el producto en un detalle exhaustivo. Lo cierto es que el único producto que coincide con lo descripto es, casualmente, el de una de las empresas de la competencia”, explicó el denunciante. “Es un delito muy común que se comete en la provincia de Buenos Aires. A cambio de ello, se le comparte el dinero de la adjudicación a las autoridades bonaerenses. El cual será más que jugoso, teniendo en cuenta que, además del presupuesto de 4.383.140.500, está la posibilidad de ampliarlo en un 100 por ciento”.
Contexto Legal
La ley 2.095, consolidada por la 6.588, y el reglamento decreto 129/23, establecen los porcentajes de garantía necesarios para impugnar los pliegos o los dictámenes de evaluación. En particular, el artículo 93 estipula:
- Impugnación al pliego de bases y condiciones: 1 al 3 por ciento del presupuesto oficial.
- Impugnación a la preselección/precalificación: 1 al 5 por ciento.
- Impugnación a la preadjudicación: 1 al 5 por ciento del monto de la oferta.
Estas disposiciones afectan derechos constitucionales, ya que contradicen principios esenciales del procedimiento administrativo y la garantía de acceso gratuito al mismo. Además, convierten al ciudadano en un actor limitado en su capacidad de cuestionar actos ilegales o arbitrarios de la administración.
Impacto en la transparencia
Las regulaciones mencionadas dificultan la fiscalización de los procesos licitatorios, limitando la capacidad de los oferentes para cuestionar irregularidades. En la práctica, estas normas blindan la actividad licitatoria contra impugnaciones, permitiendo que se perpetúen negocios cuestionables con fondos públicos.
La justificación oficial para estas restricciones es que las impugnaciones retrasan las compras estatales. Sin embargo, este argumento busca encubrir la falta de transparencia y proteger prácticas de dudosa legalidad. La verdadera responsabilidad por los retrasos recae en la administración, que debería optimizar sus procesos y garantizar la legalidad de sus actos.
Implicancias constitucionales
El artículo 14 de la constitución nacional garantiza el derecho de peticionar a las autoridades sin restricciones ni sanciones. Asimismo, el artículo 10 de la constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que los derechos y garantías no pueden ser limitados por regulaciones insuficientes o arbitrarias.
La garantía exigida para impugnar actos administrativos viola estos derechos fundamentales, coartando el derecho de defensa y el debido proceso. La Corte Suprema de Justicia ha sostenido que el estado debe funcionar de manera eficaz y justa, lo que implica permitir el control ciudadano sobre sus actos.
La exigencia de garantías impugnatorias y la redacción dirigida de los pliegos licitatorios constituyen prácticas que fomentan la corrupción administrativa. Estas normas, lejos de garantizar transparencia, crean un marco que desalienta la fiscalización y la defensa de derechos por parte de los ciudadanos y las empresas afectadas.
Es fundamental que la sociedad bonaerense comience a exigir cambios en estas regulaciones para garantizar procesos licitatorios transparentes y justos. La derogación o modificación de estas figuras jurídicas es un paso necesario para combatir la corrupción y proteger los derechos de los ciudadanos y oferentes, promoviendo una administración pública que actúe dentro del marco de la legalidad. (www.REALPOLITIK.com.ar)
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