POLITICA
Punto por punto, cómo quedó la reforma laboral tras el aval de la Cámara del Trabajo

La Cámara del Trabajo otorgó este jueves efecto suspensivo a la apelación que había hecho el Estado nacional contra la medida cautelar que frenaba más de 80 artículos de la reforma laboral, por lo que la normativa vuelve a estar en vigencia hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Así lo dispusieron los camaristas de la Sala VIII María Dora González y Víctor Pesino, quienes dejaron en suspenso el fallo en primera instancia del juez Horacio Ojeda que había hecho lugar a un pedido de la CGT para suspender 82 artículos de la reforma.
La medida cautelar de Ojeda había frenado por tres semanas la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las limitaciones al derecho a huelga, el cálculo de las indemnizaciones sin contemplar aguinaldos, la creación del banco de horas, la fragmentación de las vacaciones, el pago en cuotas de las indemnizaciones y el traspaso de la Justicia nacional laboral a la ciudad de Buenos Aires, entre otros puntos.
Pero la Sala VIII señaló que cuando una cautelar contra el Estado suspende, total o parcialmente, los efectos de una disposición legal, la apelación debe concederse con efecto suspensivo.
“La medida cautelar [presentada por la CGT] suspendió la vigencia de una gran cantidad de artículos de una ley del Congreso y esta circunstancia torna aplicable la norma antes aludida”, expresaron los jueces.
De esta forma, los 82 artículos que estaban puestos en duda vuelven a estar vigentes y la norma mantiene activas las siguietes modificaciones:
Los salarios deben ser pagados en dinero, sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos. Se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que puede ser acordado en los convenios colectivos, regionales o por empresa e incluso por decisión del empleador, como pagos al “mérito personal” del trabajador o productividad. Los únicos habilitados para el pago de salarios serán las entidades bancarias (se eliminó la posibilidad de incorporar a las billeteras virtuales).
Se propone una reducción de la base de cálculo: ya no se considerarán conceptos como vacaciones, el aguinaldo, propinas o premios. Se impone un tope salarial como base remuneratoria, que no puede exceder 3 veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador.
Para desalentar discrecionalidades en litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual. En estos casos, las sentencias podrán ser canceladas en un plazo de 6 cuotas mensuales consecutivas si se trata de grandes empresas. El plazo se estira a 12 cuotas para las pymes.
Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que serán cuentas específicas e inembargables que conformarán los empleadores con el aporte obligatorio y mensual de un porcentaje de las contribuciones patronales. Será del 1% para las grandes empresas y del 2,5% para las pymes.
El empleador deberá conceder el goce de vacaciones durante el período entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Las partes pueden acordar disponerlas fuera de dicho período. También de mutuo acuerdo el empleador y el trabajador podrán convenir el fraccionamiento de las vacaciones siempre que cada uno de los tramos no sea inferior a 7 días.
Se establece la posibilidad de ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas siempre que se respete el descanso de 12 horas entre días de trabajo.
El empleador y el trabajador podrán acordar de manera voluntaria un régimen de compensación a partir de un banco de horas o bien francos compensatorios. Se incorporan los contratos a tiempo parcial por un período de tiempo inferior a la jornada legal.
Se la computará desde el inicio de la relación laboral, incluyendo los sucesivos contratos a plazo que las partes hubieran celebrado. Asimismo, se computará como antigüedad el tiempo de servicio anterior en los casos en que el trabajador hubiese cesado por cualquier causa y reingrese bajo las órdenes del mismo empleador, salvo si hubiese transcurrido un plazo de tres años entre la desvinculación y su reingreso.
Se mantendrá en el 6% la alícuota de aportes patronales que deberán hacer los empleadores a las obras sociales. Permanece vigente la llamada “cuota sindical” compulsiva que pagan los trabajadores (estén o no afiliados) a los gremios, aunque con un tope del 2% del salario mensual y por dos años. El tope baja al 0,5% en los aportes a las cámaras empresarias.
El Gobierno mantiene firme la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales. En el caso de los convenios que estuviesen vencidos, el Ministerio de Capital Humano convocará a las partes para renegociar dichos convenios. En los convenios vigentes por ultraactividad, por petición de cualquiera de las partes legitimadas, el PEN podrá decretar la suspensión de los efectos del acto de homologación cuando se alegare que su aplicación genera distorsiones económicas graves.
El proyecto creó la figura de repartidor independiente y habilitó la libertad de formas de contrato. La iniciativa establece que este vínculo no constituye una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente.
La reforma fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas, según el tipo de actividad. Los servicios “esenciales” deberán asegurar una cobertura del 75%, mientras que los servicios “trascendentales”, al menos el 50%.
El proyecto amplía el número de actividades alcanzadas: se incluyen, entre otros, los servicios educativos en sus tres niveles. Las fuerzas de seguridad deberán prestar cobertura en un 100%. Las asambleas de trabajadores tendrán que contar con autorización previa del empleador.
Derogados cuatro estatutos profesionales (viajante de comercio, peluquero, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía) transcurridos seis meses de la sanción de la ley. El estatuto del periodista profesional se derogará a partir del 1° de enero de 2027.
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POLITICA
El Gobierno oficializó la declaración de San Miguel de Tucumán como capital simbólica del país cada 9 de julio

El Gobierno oficializó la declaración de la ciudad de San Miguel de Tucumán como capital simbólica del país cada 9 de julio, con la promulgación de la de la Ley 27820.
La iniciativa establece que el reconocimiento alcance a la capital tucumana durante el Día de la Independencia y dispone que los actos centrales organizados por el Gobierno nacional para la fecha se realicen allí de forma permanente.
La medida apunta a consolidar el vínculo institucional entre la celebración nacional y la ciudad donde el Congreso de Tucumán declaró definitivamente la ruptura con la Corona española en 1816.
Esta medida se encuadra dentro de una serie de acuerdos que alcanzó el oficialismo con los sectores aliados en el Congreso para enviar un gesto político a los gobernadores. De hecho, también se ampliaron las cámaras federales de apelaciones en Tucumán. En su mayoría se trata de iniciativas sin costo fiscal pero con valor simbólico para los diputados provinciales a nivel local.
En ese sentido, otras de las iniciativas que se encuentran dentro de esta lista es la promulgación de la Ley 27823, que propone incorporar el ritual, la celebración y la peregrinación del Camino de Brochero al patrimonio cultural inmaterial de la República Argentina.
La declaración prevista se encuadra en la ley 26.118, que ratificó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. El texto identifica al Camino de Brochero como una práctica que reúne expresiones de devoción, recorridos de peregrinación y actividades culturales.
Según lo dispuesto, este ritual, la celebración y la peregrinación asociados a la ruta forman parte del patrimonio inmaterial argentino. La figura comprende prácticas, representaciones y conocimientos que las comunidades reconocen como parte de su herencia cultural.

La propuesta alcanza a una manifestación religiosa vinculada con la figura de José Gabriel del Rosario Brochero, conocido como el Cura Brochero, cuya devoción convoca actividades y peregrinaciones en territorio cordobés.
A su vez, declararon de interés el “Memorándum de entendimiento para la difusión y promoción” que une las rutas del Camino de Brochero y del Camino de Santiago de Compostela. El documento contempla la preservación, divulgación y promoción de ambas tradiciones.
De esta manera, garantizaron el desarrollo de actividades históricas, religiosas, culturales, académicas, sociales y turísticas relacionadas con la ruta gallega y la ruta brocheriana. El alcance incluye otras acciones que se vinculen con la celebración y la devoción en ambos itinerarios.
La ley impulsada por Alejandra Vigo recibió su aprobación definitiva a finales de agosto. La iniciativa ya había obtenido media sanción de la Cámara alta en septiembre de 2025.
La medida prevé que los peregrinos puedan acceder a un pasaporte para registrar el trayecto realizado. El mecanismo toma como referencia la experiencia del Camino de Santiago, en España.
El documento permitirá acreditar las etapas del recorrido y facilitará la participación de los viajeros en propuestas asociadas al turismo, la gastronomía y las artesanías.
POLITICA
El Gobierno promulgó la ley del acuerdo de libre comercio entre el Mercosur y Singapur

El Gobierno promulgó este martes la Ley 27.819, que ratifica el acuerdo de libre comercio entre el Mercosur y Singapur, firmado el 7 de diciembre de 2023 en Río de Janeiro. La decisión quedó oficializada mediante el Decreto 1010/2026, publicado en el Boletín Oficial, luego de que el Congreso completara su aprobación el pasado 26 de agosto.
La norma permite que Argentina complete el proceso interno necesario para ratificar el entendimiento, considerado el primero de estas características entre el bloque regional y un país del sudeste asiático.
El tratado está compuesto por 19 capítulos y establece reglas para diferentes áreas de la relación económica entre las partes.
Entre ellas aparecen el intercambio de bienes y servicios, las inversiones, las compras públicas, la propiedad intelectual, el comercio electrónico y las pequeñas y medianas empresas.
Qué establece el acuerdo comercial entre el Mercosur y Singapur
El Mercosur definió el entendimiento como un “acuerdo de nueva generación” por la cantidad y diversidad de disciplinas que incorpora.
“El acuerdo comercial con Singapur es un acuerdo de nueva generación: implica disciplinas modernas en materia de comercio de bienes y servicios, inversiones, compras públicas, propiedad intelectual, comercio electrónico y micro, pequeñas y medianas empresas”, señaló oficialmente el bloque.
Además de reducir y ordenar barreras vinculadas al intercambio comercial, el tratado busca establecer mayor previsibilidad regulatoria y mejores condiciones para las inversiones.
Según el Mercosur, el entendimiento “contribuirá al aumento del comercio, a una mayor previsibilidad regulatoria y a la creación de condiciones favorables para atraer inversiones”.
Su relevancia también está vinculada con la inserción del bloque en Asia: se trata del primer tratado de libre comercio del Mercosur con un país del sudeste asiático.
El fuerte respaldo que tuvo el tratado en el Congreso
El proyecto llegó a la promulgación después de conseguir un amplio respaldo de las principales fuerzas políticas.
El Senado le había dado media sanción de manera unánime en mayo. Luego, el 26 de agosto, la Cámara de Diputados lo convirtió en ley con 234 votos afirmativos, cuatro negativos y ninguna abstención.
Tras la aprobación parlamentaria, el canciller Pablo Quirno sostuvo que el entendimiento es “clave para la integración de Argentina con el mundo”.
“Seguimos generando las condiciones. El sector privado es el que tiene que salir a jugar. La Argentina es próspera”, afirmó.
POLITICA
El Gobierno promulgó la ley que declara a San Miguel de Tucumán como capital simbólica de la Argentina cada 9 de julio

El Gobierno promulgó la Ley 27.820 que declara a San Miguel de Tucumán como capital simbólica de la Argentina cada 9 de julio. La norma fue publicada en el Boletín Oficial de este martes mediante el Decreto 1006/2026. Además, la nueva normativa establece que en el Jardín de la República se realizarán los actos centrales por el Día de la Independencia.
“Declárase a la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, como ‘Capital simbólica de la República Argentina’ todos los días 9 de julio de cada año”, puede leerse en el primer artículo de la nueva legislación.
La iniciativa, aprobada el 26 de agosto por el Congreso, fue impulsada por las senadoras Beatriz Ávila y Sandra Mendoza. Luego de obtener el aval unánime del Senado con 67 votos afirmativos, tras su debate y aprobación previa en la Cámara baja, la propuesta completó su trámite parlamentario y quedó sancionada.
En el artículo 2 de la ley, puede leerse: “Establézcase que, en lo sucesivo, los actos centrales que organice el gobierno nacional, en conmemoración del aniversario de la Declaración de la Independencia Argentina, tendrán lugar en la ciudad de San Miguel de Tucumán”.
De esta manera, la norma que hasta el lunes se encontraba respaldada por un decreto del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), a partir de este martes cuenta con rango legal.
“Este es un proyecto de reivindicación al pueblo tucumano. Un proyecto que tiene que ver con la historia del norte argentino y la conformación de nuestra Nación. Allí no solamente se libró la batalla de Tucumán en 1812 a cargo del general Manuel Belgrano, sino que el norte tuvo una vital participación. Está el Éxodo Jujeño, la Batalla de Salta y, por supuesto, la de Tucumán”, fueron las palabras que utilizó Ávila en aquel entonces para referirse a su proyecto.
Durante esa misma alocución, la senadora también hizo hincapié en la importancia de que, el por entonces decreto, devenga en ley. “Hoy hay un decreto pero, para que la gente sepa, un decreto firmado por un Presidente está a tiro de otro decreto de otro Presidente que no le puede llegar a gustar este proyecto. Entonces, estas reivindicaciones tienen que salir por una ley del Congreso de la Nación”.
Durante el 9 de julio pasado, el presidente Javier Milei habló en cadena nacional desde la entrada a la Casa Histórica de la provincia de Tucumán, en el marco de la conmemoración del 210° aniversario del Día de la Independencia. “Es momento de hacer una renovación de los votos y ratificar nuestro compromiso con el Pacto de Mayo”, sostuvo el mandatario, que consiguió reeditar su foto de 2024 con diferentes gobernadores.
Al evento inaugural de las celebraciones por el 9 de julio en la capital Tucumán asistieron 13 mandatarios provinciales en medio de un escenario de negociaciones claves para conseguir apoyo frente a los nuevos proyectos parlamentarios que impulsa el oficialismo.
Este martes quedó establecido que las chances de que aquel cónclave que tuvo lugar en el Jardín de la República se repita, están más vigentes que nunca.
Decreto 1006/2026,Javier Milei,San Miguel de Tucumán,9 de julio,Día de la Independencia,Conforme a
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