ECONOMIA
Una provincia dejará de aplicar retenciones de Ingresos Brutos a las operaciones con billeteras virtuales

Las operaciones realizadas a través de billeteras virtuales en Misiones dejarán de estar sujetas a las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, considerados uno de los tributos más distorsivos. La medida representa un cambio en el régimen fiscal para quienes utilizan estos medios de pago electrónicos en la provincia.
La medida comenzará a regir el 1° de agosto y permitirá que usuarios de billeteras virtuales con acreditaciones mensuales de hasta $2.184.404, monto de referencia equivalente al límite vigente de la Categoría D del monotributo, reciban sus transferencias sin retenciones anticipadas de Ingresos Brutos.
Superado ese monto, las operaciones continuarán alcanzadas por el régimen de recaudación vigente, de acuerdo a los parámetros establecidos por la normativa tributaria.
Según estimaciones oficiales, el beneficio alcanzará a casi 200.000 misioneros, “fortaleciendo la liquidez de familias, emprendedores, trabajadores independientes y pequeños operadores económicos”, señalaron fuentes oficiales.

Vale mencionar que la normativa habilita al Ministerio de Hacienda a actualizar periódicamente los parámetros de exclusión, “de acuerdo con la evolución de la realidad económica y social de la provincia, garantizando la protección de los contribuyentes de menor capacidad contributiva y la eficiencia del sistema tributario”.
El gobernador Hugo Passalacqua explicó que “el objetivo de esta medida es neutralizar las retenciones para operaciones de escala menor, garantizando la percepción íntegra de las transferencias recibidas en dichos mecanismos electrónicos. A partir de la medida, los pequeños contribuyentes, emprendedores y usuarios de billeteras virtuales dispondrán de mayor capital de trabajo de manera inmediata”.
El mandatario agregó que la decisión contribuirá a mejorar el flujo de fondos de quienes utilizan estos medios de pago, fortaleciendo su capacidad de consumo, reinversión productiva y sostenimiento de actividades económicas.
“En definitiva, se trata de una optimización de la gestión fiscal, que aporta previsibilidad al circuito financiero local y asegura la eficiencia del sistema, permitiendo que los sectores con menor capacidad contributiva dispongan de sus recursos de manera íntegra, sin deducciones ni detrimentos previos”, concluyó.
En contraposición, cabe recordar que en octubre pasado el gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso que monotributistas, comerciantes y pequeños empresarios que cobran a través de cuentas en billeteras virtuales (como Mercado Pago, Personal Pay u otras) comiencen a recibir retenciones por Ingresos Brutos de manera similar a las que ya abonaban cuando cobraban en sus cuentas bancarias.
Vinculado a este tributo también, este martes el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires actualizó los topes de facturación que determinan las alícuotas sobre Ingresos Brutos.
Detalló que desde el 1° de junio, el nuevo umbral anual para actividades vinculadas a servicios públicos, restaurantes, hoteles, comunicaciones, servicios inmobiliarios, de alquiler, sociales, de salud, enseñanza y administración pública ascendió a $2.154.300.000. Previamente, ese límite se ubicaba en $2.004.000.000.

Para los servicios de comercialización y reparaciones, el monto anual subió de $364.000.000 a 391.128.000 pesos.
A criterio de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), “si la facturación creció por precios pero no por actividad real, el contribuyente no debería pagar más”.
Mientras tanto, el ministro de Economía, Luis Caputo, reveló días atrás sus intenciones de llamar a los gobernadores de cara a una reforma tributaria, a modo de pacto fiscal.
“La idea es comprometerlos para que la carga impositiva que viene de provincias y municipios, que son esencialmente Ingresos Brutos y tasas, que hoy son el costo más alto. Hay que hacer un esfuerzo desde el lado de provincias y municipios”, dijo el titular del Palacio de Hacienda.
Sucede que el impuesto a los Ingresos Brutos es distorsivo porque encarece todo lo que se produce y consume mediante el fenómeno de la “cascada”, dado que grava la facturación de cada etapa del proceso productivo y comercial, sin compensar lo ya tributado en etapas anteriores. Su peso central en la recaudación de las provincias dificulta su reforma o eliminación, aunque existe consenso técnico y empresarial sobre la necesidad de corregir estos problemas.
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ECONOMIA
Se liquidan las plantas y marcas de SanCor: la Justicia destrabó la licitación para vender lo que queda de la histórica láctea

Después de poco más de dos meses de parálisis, la Justicia de Rafaela habilitó este jueves la reapertura de la licitación para vender las seis plantas industriales y el paquete de marcas de SanCor. De esta manera, el proceso judicial de la histórica cooperativa láctea seguirá adelante, sin necesidad de empezar de cero, con las mismas reglas de base y una serie de correcciones puntuales ordenadas por el tribunal.
Los jueces Pablo Lorenzetti, María José Álvarez Tremea y Duilio Maximiliano Hail firmaron la resolución apenas dos días después de que la causa quedara en condiciones de ser resuelta.
El proceso estaba suspendido desde el 3 de julio, cuando la propia Cámara había frenado la licitación para revisar una serie de impugnaciones contra las reglas de venta aprobadas en junio por el juez de primera instancia Marcelo Gelcich. El nudo de la disputa era si los activos de SanCor —las seis plantas y las marcas— debían salir a la venta por separado o como una sola unidad económica. Quienes apelaron argumentaban que vender las fábricas sin las marcas, o las marcas sin las fábricas, destruiría valor en lugar de maximizarlo: una planta láctea sin las marcas bajo las cuales elaboró y comercializó sus productos históricamente queda reducida a instalaciones y maquinaria; a la inversa, quien compre las marcas no tiene ninguna obligación de seguir produciendo en esas fábricas.

Como advierte el fallo, en un expediente de estas características “el tiempo no es neutral”: cada mes de parálisis implica deterioro de activos, consumo de recursos de la quiebra y postergación de créditos de carácter alimentario. En juego están 914 puestos de trabajo —aunque ya se desvincularon 736 empleados desde que se decretó la quiebra en abril—, más de 1.500 acreedores y seis plantas industriales distribuidas entre Santa Fe y Córdoba.
Los cinco recursos no lograron anular el pliego, pero sí corregirlo
Contra las reglas de venta aprobadas en junio apelaron cinco partes. El síndico Juan Luis Tomat cuestionó que lo habían dejado afuera de la elaboración del pliego y que los valores de tasación no eran confiables. El empresario Gustavo Scaglione, a través de su empresa Fidulac S.A. —uno de los interesados en adquirir los activos—, impugnó la posibilidad de vender las plantas y las marcas por separado. Las otras tres partes —el fondo BLTFF B.V. y las fiduciarias SMD Delong S.A. e ITC Fiduciaria S.A.— reclamaban que la planta de Sunchales y las marcas “Mendicrim” y “Santa Brígida”, que figuran inscriptas a nombre de fideicomisos en garantía, no podían ser incluidas en la licitación ni transferidas al comprador antes de que la Justicia definiera a quién pertenecen.
El reclamo central era, en esencia, el mismo para todos: que los activos de SanCor no podían venderse fragmentados. Varias de las partes pedían directamente anular todo y empezar de cero.
La Cámara rechazó todos los recursos de nulidad. El tribunal consideró que los defectos señalados podían subsanarse mediante la apelación, sin necesidad de invalidar lo actuado. Y aunque los cinco recursos prosperaron de forma parcial, los camaristas subrayaron que “no hay, en rigor, vencedores ni vencidos”: las correcciones dispuestas benefician al procedimiento en su conjunto y no solo a los recurrentes. Los escritos de apelación sumaban más de 160 páginas; el fallo tiene 70.
Quiénes quieren comprar
Al momento de la suspensión, 10 empresas ya habían adquirido el pliego para participar como oferentes. Entre los interesados figuran la francesa Savencia —propietaria de la marca Milkaut—, Adecoagro —fabricante de Las Tres Niñas—, Punta del Agua, Elcor —marca La Tonadita— y La Tarantela, todas empresas del sector lácteo que ya habían tomado contacto con SanCor cuando surgieron los primeros rumores de quiebra el año pasado. También figura Gustavo Scaglione, dueño de Telefe y de medios en varias ciudades del país, quien ya había intentado en dos oportunidades rescatar a la cooperativa antes de la quiebra, sin éxito. Esas 10 empresas conservan su condición de participantes sin necesidad de volver a pagar el pliego.
Qué es lo que cambió
Las modificaciones ordenadas por la Cámara son concretas y operativas. En primer lugar, el comprador podrá optar por pagar en pesos al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina del día hábil anterior, sin que se alteren los valores base fijados en dólares. El precio mínimo de la oferta de conjunto se mantiene en USD 52,1 millones: USD 27,4 millones por las seis unidades productivas y USD 24,7 millones por el portafolio marcario.

Se eliminó además la cláusula del pliego que declaraba “meramente orientativa” la tasación técnica, algo que el propio síndico Tomat había cuestionado. La ley ata el precio base a la tasación efectuada, de modo que el instrumento reglamentario no puede desvincularse de ese respaldo. Por eso el ingeniero Pablo Bacchetta, tasador oficial de las plantas, deberá ampliar su informe con el valor probable de venta en el mercado de cada unidad y del conjunto, e informar cómo incidió el incendio del 7 de junio de 2026 en la planta de Sunchales —cuyo valor base ya había sido reducido de USD 3 millones a USD 2,4 millones tras el siniestro.
Otro cambio relevante que se introdujo fue que todos los informes de valuación, con sus papeles de trabajo, quedarán en el expediente sin restricciones y sin costo para su consulta. El acceso estaba condicionado al pago del arancel del data room —el mismo USD 10.000 que deben abonar los interesados en ofertar—. El tribunal explicó que esa barrera reduce la competencia y deprime el precio de venta.
En cuanto a la evaluación de las ofertas, la resolución de adjudicación deberá contener, como requisito de validez, la comparación expresa entre el resultado económico de la oferta por el conjunto y la sumatoria de las parciales, adjudicándose la alternativa más conveniente para los acreedores.
Las marcas de la disputa
El punto más delicado del fallo tiene que ver con la planta de Sunchales y las marcas “Mendicrim” y “Santa Brígida”, que figuran inscriptas a nombre de fideicomisos en garantía constituidos en 2016. El pliego original preveía venderlos y transferirlos al comprador de manera definitiva, con cancelación de las inscripciones fiduciarias, antes de que la Justicia definiera si esos bienes integran o no el patrimonio de SanCor.

La Cámara estableció un límite claro: una cláusula de un pliego no puede sustituir a una sentencia que todavía no existe. El tribunal revocó esa parte del número V.8 del pliego y el capítulo “Privilegios y Garantías” en cuanto disponían la transferencia irreversible y la cancelación de asientos registrales.
Pero tampoco sacó esos bienes de la licitación, porque excluirlos habría reducido el valor del conjunto y demorado el proceso. La solución diseñada funciona así: los activos controvertidos permanecen en el llamado, con advertencia expresa de la controversia en el pliego y en los edictos. Antes de la apertura de las ofertas se practicará la valuación individual de las marcas “Mendicrim” y “Santa Brígida” y se fijará por resolución fundada un coeficiente objetivo para calcular qué parte del precio les corresponde. Esa porción quedará depositada en una cuenta judicial a plazo fijo, indisponible y a la orden del juzgado.
SanCor fue declarada en quiebra el 22 de abril de este año, después de que la propia cooperativa la solicitara. El juez Gelcich había intentado durante más de un año sostener un concurso preventivo de acreedores —iniciado en febrero de 2025—, pero la deuda acumulada de más de USD 120 millones y unos 300 pedidos de quiebra de distintos acreedores hacían inviable cualquier salida. En su momento de mayor expansión, la empresa llegó a operar 14 plantas y empleaba a 4.000 personas; al momento de la quiebra, solo funcionaban seis plantas y quedaban 914 trabajadores, con producción muy por debajo de la capacidad instalada.
ECONOMIA
Nueva ley de Inocencia Fiscal: el paso a paso para ingresar dólares del colchón

El Senado dio luz verde a la medida, que traía el visto bueno de Diputados. El anuncio busca dar seguridad ante posibles denuncias de ARCA
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ECONOMIA
El Banco Ciudad bajó las tasas para refinanciar deudas en mora: cuáles son los requisitos para acceder


- Registrar deudas originadas en tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados exclusivamente por entidades financieras.
- Estar calificado en la Central de Deudores del Banco Central en Situación 2 (deudas con atraso entre 60 y 90 días) o en Situación 3 (deudas con atraso entre 90 y 180 días) días, al 1° de junio de 2026.
- Tener ingresos mensuales del grupo familiar inferiores a diez (10) salarios mínimos, lo que en la actualidad equivale a 3.678.000 pesos.
- Acreditar que las cuotas adeudadas representan más del 30% de los ingresos mensuales del hogar.
- Tener domicilio real en CABA con una antigüedad mínima de 2 años.
- Dueños de más de un inmueble.
- Propietarios de automóviles con una antigüedad menor a cinco (5) años, excepto aquellos destinados a actividades laborales.
- Titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios registrados.
- Tenedores de activos financieros (plazos fijos, títulos, bonos, cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión, acciones, moneda extranjera u otros) que excedan el total de la deuda reclamada.
- Toda persona que haya comprado dólares durante el período en que se generó la deuda a refinanciar.
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