Connect with us

POLITICA

La Corte Suprema cerró una demanda por daño ambiental en Vaca Muerta

Published

on



La Corte Suprema de Justicia cerró una demanda por daño ambiental en la zona de Vaca Muerta que impulsó la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA) contra un grupo de empresas.

Los demandados son YPF S.A. (absorbente de Astra CAPSA y de Apache Energía S.R.L. -antes Pioneer Natural Resource S.A.-); Pampa Energía (ex Petrobras Energía S.A. -absorbente de Petrolera Santa Fe S.R.L., Petrobras Argentina S.A. y Pecom Energía S.A.-); Pluspetrol Exploración y Producción S.A.; Chevron San Jorge S.R.L.; Medanito S.A. (antes Gas Medanito S.A.); Hidrocarburos del Neuquén S.A. (Hidenesa); CAPEX S.A.; Total Austral S.A.; Petroquímica Comodoro Rivadavia S.A. (PCR), Ingeniería SIMA S.A., Wintershall Energía S.A., Pan American Energy LLC Sucursal Argentina y Vista Oil & Gas Argentina S.A.U. (absorbente de Petrolera Entre Lomas).

Advertisement

La causa involucró al Estado Nacional (Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes y Secretaría de Energía) y a las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza y Neuquén.

El fallo subrayó que a lo largo del trámite de la causa, el máximo tribunal le advirtió a la actora sobre la “vaguedad e imprecisión” de su denuncia, pero hasta el momento no se aportaron datos concretos sobre el daño específico.

ExpoEFI 2026 en el Centro de Convenciones y Exposiciones (CEC) Horacio Rosatti. Presidente de la CSJN.Fabian Marelli

Es más, dijo la Corte, la entidad denunciante sólo se limitó a cuestionar de manera genérica la actividad hidrocarburífica “en cualquiera de sus formas”.

Advertisement

“La prueba ofrecida por la actora no persigue la corroboración de circunstancias fácticas, sino que pretende una investigación sobre las conjeturas formuladas en la demanda y sus ampliaciones, vinculadas al daño ambiental que presumiblemente generaría la actividad”, dijo la Corte.

Y señaló que la organización pretendía luego “incorporar eventualmente hechos relativos a daños ambientales colectivos de base interjurisdiccional luego de trabada la litis en la etapa de producción de la prueba, violando de ese modo el principio de congruencia, el debido proceso y el derecho de defensa en juicio”, sostuvieron el juez Horacio Rosatti y los conjueces Silvina Andalaf Casiello (Rosario), Rocío Alcalá (Resistencia) y Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas (Salta).

“Propone como puntos periciales de ingeniería ambiental que se ‘determine el estado ambiental de suelos, acuíferos y cursos de agua en las áreas operadas por cada demandada’; que ese análisis ‘debe identificar cuáles focos de contaminación constituyen fuentes activas de degradación de [los] recursos interjurisdiccionales”, dijo la Corte sobre la ONG denunciante.

Advertisement

Indicó que quienes plantearon la demanda quieren “que se identifiquen los focos de contaminación y que se establezca la atribución causal del daño a la actividad de cada operadora”.

Para el máximo tribunal, esto “demuestra que la actora no se encuentra en condiciones de precisar alguna circunstancia de tiempo, modo y lugar en que se habrían producido los hechos dañosos que denuncia y, menos aún, de atribuirles ni siquiera verosímilmente la interjurisdiccionalidad requerida en este proceso”.

Según su página web, Assupa es una ONG que ofrece “consultoría especializada para particulares individuos con problemas ambientales y legales, así como para empresas” que incluye “asesoramiento en convenios multimodales hidrocarburíferos, ofreciendo soluciones efectivas adaptadas a las necesidades”.

Advertisement

La entidad reclamó que se condenara a las empresas a realizar “todas las acciones necesarias para la recomposición integral de los daños colectivos ambientales causados por la actividad que desarrollan hasta la total desaparición de los agentes contaminantes del suelo y del aire, de las aguas superficiales y subterráneas, y para la reposición a su estado anterior de las extensas áreas desforestadas y sin vegetación a causa de la apertura de caminos, calles, locaciones, picadas, zanjas, canteras y toda otra actividad que hubiera ocasionado la pérdida del manto vegetal, de modo tal de revertir el proceso de desertificación que ello habría causado”.

También a “constituir el fondo de restauración ambiental previsto en el artículo 22 de la Ley General del Ambiente” y a adoptar “todas las medidas necesarias para evitar, en lo sucesivo, esta clase de perjuicios y, subsidiariamente, obtener la reparación de daños y perjuicios colectivos de ese modo originados”.

Tras repasar el trámite de la causa -ante la Secretaría de Originarios de la Corte Suprema-, el fallo afirmó que la actora había sido instada a presentar estudios ambientales como prueba o alguna evidencia que demuestre “la verosímil afectación”.

Advertisement

Sin embargo, Assupa se limitó a sostener que “todos los suelos adyacentes a todos y cada uno de los pozos y locaciones, todas las aguas superficiales y subterráneas y el aire –existentes en la cuenca neuquina– estarían contaminados con algunas de las sustancias que utilizarían las demandadas en su actividad».

La ONG no precisó qué suelos o qué tramos de los cursos de agua estarían contaminados, y, en su caso, de qué modo se produciría la contaminación dentro y fuera del área de concesión de cada empresa. “Tampoco dimensionó la magnitud y gravedad de las alteraciones presuntamente producidas”, dijo la Corte.

Para el tribunal, “la estrategia asumida por la asociación demandante consistente en asociar el daño ambiental a la actividad hidrocarburífera en general, o de recurrir a la simple operación aritmética de sumar los pozos y superficies explotadas por cada empresa y agruparlas sobre la base de su sola condición de explotadores de petróleo, constituye un vano esfuerzo por intentar demostrar que la presumible contaminación producida supera las fronteras provinciales donde supuestamente se produjeron cada uno de los incidentes ambientales que fueron denunciados”.

Advertisement

“No se trata de la aplicación mecánica o literal de disposiciones de índole procesal, sino de preservar el amplísimo campo de acción que ha sido puesto en manos de la gestión pública provincial por los artículos 41, 121 y 124 de la Constitución Nacional, en materia de poder de policía ambiental y, en especial, de control y fiscalización de la actividad hidrocarburífera, y de prevención y recomposición de la contaminación, propósito perseguido con la decisión adoptada el 30 de diciembre de 2014”, se resaltó.

El fallo acotó que al tiempo de interponer la demanda, la actora “se encontraba en condiciones de requerir la información necesaria a las autoridades nacionales y provinciales responsables de administrar y suministrar la información ambiental”.

Y añadió: “Sobre la base del estándar de diligencia exigible a la asociación actora en orden a su carácter de constituir una organización tendiente a la defensa del medio ambiente, dicha entidad debería contar en su poder con esa información, pues de lo contrario no se entiende de qué manera podría cumplir seriamente con los objetivos de su creación consistentes, precisamente, en la defensa de los superficiarios de la región patagónica de conformidad con lo que surge de la copia de su estatuto social”.

Advertisement

“En definitiva, pese a que en más de una ocasión durante el prolongado trámite de la causa esta Corte advirtió a la parte actora acerca de la vaguedad e imprecisión de sus afirmaciones relativas a los hechos en los que pretende sustentar su demanda, cabe concluir que no se encuentran cumplidas las condiciones necesarias para avanzar a la siguiente etapa procesal, debido a que no pudieron identificarse daños ambientales colectivos de carácter interjurisdiccional que remediar, presupuesto necesario para seguir adelante con un proceso de esta naturaleza”, se agregó.




Hernán Cappiello,Vaca Muerta,Conforme a,Vaca Muerta,,LN+. Horacio Marín dio nuevos detalles sobre la inversión de US$25.000 millones de YPF en Vaca Muerta,,Compró acciones de YPF por casi US$150 millones. El gurú de Wall Street Stanley Druckenmiller redobló su apuesta por Argentina,,Dato oficial. Desde la llegada de Milei hay 24.437 empresas menos y la caída ya supera a la de la pandemia

Advertisement

POLITICA

Condenan a un exjuez federal y a un funcionario de la Casación por intentar desviar la investigación por el asesinato de Mariano Ferreyra

Published

on



El Tribunal Oral Federal 8 condenó este jueves a dos exfuncionarios de la Cámara de Casación Federal, el máximo tribunal penal del país, por formar parte de una maniobra que intentó garantizar la impunidad del sindicalista José Luis Pedraza en la investigación por el asesinato del sindicalista y militante del Partido Obrero Mariano Ferreyra.

El exjuez federal de primera instancia y exsecretario de la Casación Octavio Luis Aráoz de Lamadrid fue encontrado culpable del delito de tráfico de influencias agravado y condenado a cinco años de prisión por buscar influir en aquel proceso judicial, valiéndose de su paso como secretario del excamarista Eduardo Rafael Riggi.

Advertisement
Octavio Aráoz de Lamadrid, a la izquierda, junto a su abogado, Juan Aráoz de Lamadrid

Luis Ameghino Escobar, en tanto, un exfuncionario a cargo de los sorteos de la Casación, fue condenado a tres años de prisión condicional por ser partícipe necesario del mismo delito.

El fallo fue dado a conocer hoy en la última audiencia del juicio oral. Fue firmado por el juez Nicolás Toselli y las magistradas María Gabriela López Iñíguez y Sabrina Namer. Los fundamentos se conocerán el 5 de agosto.

Las condenas estuvieron parcialmente alineadas con las que solicitó el fiscal del juicio, Marcelo Colombo. Según la acusación fiscal, Aráoz de Lamadrid y Escobar habrían vendido la posibilidad de injerir en el expediente que revisaba en la Casación el procesamiento de José Luis Pedraza, el extitular de la Unión Ferroviaria que fue luego condenado a 15 años de prisión por el asesinato de Ferreyra, ocurrido en octubre de 2010.

Advertisement
José Luis Pedraza, el fallecido líder de La FraternidadRodrigo Néspolo – Archivo

El tribunal también sostuvo que la conducta de un tercer involucrado en la trama, Ángel Stafforini, directivo de Belgrano Cargas, era constitutiva de cohecho activo, es decir, del pago de coimas, pero declaró la prescripción del delito y no fue condenado.

La cuarta imputada, Susana Rita Planas, también directiva de Belgrano Cargas, fue absuelta; y un quinto imputado, el espía de la SIDE Juan José Riquelme, que se jactaba de tener contactos en todos los niveles de la Justicia y respondía en los hechos a Pedraza, falleció durante el proceso.

En esta causa se revisó la puesta en marcha de un plan para garantizar la impunidad del sindicalista Pedraza. La Justicia activó escuchas telefónicas, allanamientos y otras medidas para recabar pruebas. Entre ellas, figura una factura de 2010 por un total de 370.000 pesos (cerca de 90.000 dólares) que Aráoz de Lamadrid emitió al Belgrano Cargas, el mismo día en que la fiscalía pidió la indagatoria de Pedraza en la causa principal.

Advertisement

También se incluyen fotografías e informes de inteligencia, 50.000 dólares secuestrados en la oficina de Aráoz Lamadrid y diversos mensajes entre los imputados. Algunos de ellos refieren a Escobar, el funcionario a cargo de los sorteos, como “el hombre de las teclas”.

Las defensas de los imputados sostuvieron sin embargo que no es posible vulnerar el sistema de sorteo de la Casación, que utiliza un algoritmo aleatorio imposible de manipular ni de predecir.

“Me informan del otro lado que son verdes”, señala Riquelme en uno de las comunicaciones interceptadas por la Justicia. “Me están allanando el estudio por este tema, corten todos los teléfonos”, le advertía Lamadrid a Stafforini, en otra.

Advertisement

Las condenas quedaron por debajo del pedido del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) que es querellante en el caso y había reclamado ocho años de prisión para Aráoz de Lamadrid y seis para Escobar.

El manifestante Ferreyra fue asesinado por un grupo de integrantes de la Unión Ferroviaria el 20 de octubre de 2010, durante una protesta de trabajadores tercerizados del Ferrocarril Roca que reclamaban un pase a planta permanente.




José Luis Pedraza,View this post on Instagram,Federico González del Solar,Poder Judicial,Violencia sindical,Conforme a,Poder Judicial,,Privatizaciones. Un gremio aeronáutico denunció a Milei y a Caputo por la tasación de Intercargo,,Industria en auge. Un juez rechazó frenar la nueva ley de Glaciares y la minería celebra el primer fallo a su favor,,Más de 5000 expedientes. El 81% de las causas por evasión se vieron beneficiadas por la Ley de Inocencia Fiscal

Advertisement
Continue Reading

POLITICA

La reacción de Javier Milei a la mejora en la actividad económica: “Está volando”

Published

on



El presidente Javier Milei celebró los números de actividad económica que difundió el Indec este jueves. “Actividad volando”, escribió el mandatario en sus redes sociales al compartir el mensaje de su funcionario.

“En marzo el Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) registró un crecimiento de 3,5% mensual en la serie desestacionalizada y de 5,5% en la comparación con igual mes de 2025. Con este registro, el EMAE desestacionalizado acumuló un crecimiento de 0,5% en relación a diciembre de 2025 y se ubicó en un nuevo máximo histórico”, explicó el ministro de Economía, Luis Caputo, en X.

Advertisement

El titular del Palacio de Hacienda resaltó: “14 de los 15 sectores del EMAE registraron crecimiento en la comparación interanual”. “En términos de su incidencia sobre el nivel general, se destacaron las subas en Agricultura, Ganadería, Caza y Silvicultura (+17,9% i.a.), Industria Manufacturera (+4,6% i.a.), Explotación de Minas y Canteras (+16,3% i.a.) y Transporte y Comunicaciones (+4,7% i.a.)”, detalló el funcionario.

En la misma línea, destacó: “El indicador tendencia-ciclo, que permite analizar la dinámica de largo plazo de la serie, creció 0,4% m/m y acumuló 25 meses consecutivos de crecimiento”.

Leé también: La actividad económica mostró signos de recuperación: tuvo una suba de 5,5% en marzo

Advertisement

El agro fue además el sector con mayor incidencia positiva sobre el índice general, seguido por la industria manufacturera y la explotación de minas y canteras. Entre los tres aportaron 2,7 puntos porcentuales al crecimiento interanual de la actividad económica.

En contraste, la única actividad que mostró una variación negativa fue Administración pública y defensa, con una caída del 1,2% interanual, según detalló el organismo estadístico.

Por su parte, solo Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria registró una caída en la comparación interanual y le restó 0,1 punto porcentual a la variación interanual del EMAE.

Advertisement

Todos los sectores que crecieron en marzo, según el INDEC

De los sectores relevados por el EMAE, hubo varios que mostraron mejoras:

  • Pesca: 30,9%
  • Agricultura, ganadería, caza y silvicultura: 17,9%
  • Explotación de minas y canteras: 16,3%
  • Intermediación financiera: 8,8%
  • Construcción: 7,6%
  • Impuestos netos de subsidios: 6,5%
  • Electricidad, gas y agua: 5,7%
  • Transporte y comunicaciones: 4,7%
  • Industria manufacturera: 4,6%
  • Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler: 2,4%
  • Comercio mayorista, minorista y reparaciones: 2,2%
  • Servicios sociales y de salud: 1%
  • Hoteles y restaurantes: 0,9%
  • Otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales: 0,8%
  • Enseñanza: 0,1%

Por su parte, la única rama de actividad con incidencia negativa fue “Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria”, que registró -1,2%.

Javier Milei, Luis Caputo, Ministerio de Economía

Advertisement
Continue Reading

POLITICA

La Justicia pidió información a la secretaría de Karina Milei por una supuesta contratación irregular

Published

on



La Justicia le solicitó a la Secretaría General de Presidencia, encabezada por Karina Milei, información específica sobre uno de sus contratos, en respuesta a una denuncia presentada por la diputada Marcela Pagano sobre presuntas irregularidades.

La persona que ahora quedó en la mira de la Justicia es Andrea Valeria Juárez, quien de acuerdo a la investigación del medio El Disenso en la que se basó la denuncia, asiste en cuestiones personales a Karina Milei, pero trabaja bajo la estructura de la Secretaría General de la Presidencia.

Advertisement

La fiscal Alejandra Mangano le dio impulso a la investigación ayer, al solicitar distintos informes a la secretaría de Karina Milei con el fin de obtener datos sobre la forma de contratación, las tareas asignadas a Juárez, sus horarios y otros detalles, dijo una fuente al tanto del caso.

En la denuncia se señala que Juárez afirmó en una entrevista a un medio extranjero que asiste a la hermana del presidente en cuestiones de estricto orden personal que “requieren de alguien de mucha confianza”.

“De acuerdo con información de carácter público y publicaciones periodísticas de investigación con sustento documental verificable, la ciudadana Andrea Valeria Juárez se encuentra contratada dentro de la estructura orgánica de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, bajo la modalidad contractual denominada “1303 – Personal Contratado SINEP», dice la denuncia.

Advertisement

Y sigue: “Dicho régimen contractual, conforme la normativa vigente del empleo público nacional, está diseñado para el cumplimiento de funciones administrativas o profesionales dentro del Estado, importando en todos los casos el desempeño efectivo de tareas en beneficio del organismo contratante y del interés público”.

Haciéndose eco de la investigación periodística, Pagano señala en la denuncia que la mujer asistió a la Casa Rosada en solo dos oportunidades durante 2025: el 6 de marzo, entre las 16:08 y las 17:48, y el 11 de agosto, entre las 13 y las 21:19 horas.

También se refiere a la hermana de Juárez, Laura Gisela, que figura como empleada de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y habría estado en el palco presidencial el día de la asunción de Milei.

Advertisement



Karina Milei,Conforme a,Karina Milei,,Desconfianza. El origen de la guerra entre Caputo y los Menem que detonó con una cuenta anónima en redes,,Acusaciones en redes. Martín Menem, sobre la interna en el Gobierno: “Yo no le mentí al Presidente”,,La interna oficialista. Sale a la luz el problema del liderazgo de Milei

Continue Reading

Tendencias