POLITICA
Ariel Lijo, como juez electoral, suspendió la elección de un académico para el Consejo de la Magistratura

A menos de 24 horas de la votación, la Justicia frenó la elección de un Colegio Electoral que elija a uno de los académicos que debe completar la integración del nuevo Consejo de la Magistratura a fin de año.
La decisión es nombrar al juez federal Ariel Lijo como juez electoral, subrogando a la jueza María Servini, que se encuentra de licencia. Se debía elegir al representante de los profesores de Derecho de las universidades nacionales en el Consejo de la Magistratura.
El magistrado hizo lugar a una medida cautelar y suspendió el cronograma que había aprobado el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que preveía votar mañana, jueves 24 de septiembre.
La decisión responde a un amparo presentado por el rector de la Universidad de Buenos Aires (UBA), Ricardo Gelpi, y el decano de la Facultad de Derecho, Leandro Vergara, con el patrocinio del abogado Alberto Spota.
Detrás del debate sobre el método hay una disputa de poder entre universidades. Cuando la UBA planteó esta misma objeción en 2022, sostuvo que el colegio electoral potencia el voto de las unidades que tienen pocos profesores titulares y minimiza la representación de las que tienen más, como la UBA y las universidades de Córdoba, Santa Fe y Lomas de Zamora.
El reglamento de entonces fijaba un titular y un suplente por cada 50 profesores del padrón de cada unidad académica. Como resultado, facultades con un solo profesor titular tenían un elector, igual que otras con varias decenas.
El rector de la UBA y el decano de Derecho pidieron que se declaren inconstitucionales y nulas la Resolución CE 1998/26 del CIN, del 5 de agosto pasado, y la Resolución P. 533/2026, que fijaron el reglamento y el calendario de la elección.
El problema es el método dispuesto en esas resoluciones. El CIN, que reúne a los rectores de las universidades públicas, estableció una elección indirecta.
Primero los profesores titulares regulares de las carreras de Abogacía de las universidades nacionales eligen representantes para un Colegio Electoral, y luego ese Colegio Electoral designa al representante ante el Consejo.
El cronograma preveía elegir el 24 de septiembre a los integrantes del Colegio Electoral y el 30 de septiembre al consejero. La UBA reclama que los profesores titulares voten directamente a su representante.
El juzgado aceptó el argumento de la UBA. Según el fallo, el colegio electoral nació en 2022 como una solución de emergencia. Ese año la Corte Suprema declaró inconstitucional la integración de 13 miembros de la ley 26.080 y obligó a volver a los 20 consejeros de la ley 24.937, con plazos muy cortos.
Por eso, sostiene la resolución, el CIN dejó de lado el régimen de voto directo de los pares que regía desde la Resolución CE 108/1998 y lo reemplazó por un esquema indirecto con carácter “excepcional” para ese proceso.
“Se habría establecido de manera definitiva un Reglamento Electoral que tuvo carácter de transitorio”, dice el fallo. Agrega que el cambio de sistema se hizo “sin contarse con mayores precisiones normativas”, lo que “justifica la incertidumbre planteada por los accionantes”.
Para el juzgado, la posible ilegalidad manifiesta está en haber vuelto a aplicar ese régimen excepcional. Según la resolución, eso podría afectar “la debida participación democrática y la legitimidad de origen de la representación académica”.
El fallo también aclaró que lo que está en debate es si los académicos deben elegirse por colegio electoral “o a través del voto directo, tal como lo hace el resto de los estamentos” del Consejo. El peligro en la demora se debe a que, si la votación se hacía mañana, la discusión de fondo quedaba abstracta. El juzgado también tuvo en cuenta el tiempo transcurrido.
Pasaron cuatro años desde el primer reclamo contra este sistema y la causa principal, que tramita en el fuero contencioso administrativo federal, todavía no tiene sentencia de fondo.
En ese expediente, medida la cautelar fue rechazada en 2022, la Cámara confirmó el trámite ordinario en abril de 2024 y un recurso de queja espera desde junio de ese año en la Corte Suprema.
La nueva presentación de la UBA había sido enviada primero a ese fuero por conexidad. Pero el 15 de septiembre la Cámara Nacional Electoral revocó esa decisión y le dio la competencia a la justicia electoral. El CIN interpuso un recurso extraordinario contra ese fallo, que todavía no fue resuelto. La resolución de hoy le da traslado hasta el lunes 28 a las 13.30 para que conteste la demanda.
La suspensión se produce en plena renovación del Consejo de la Magistratura. Todos los mandatos vencen el 18 de noviembre, salvo los de Horacio Rosatti, que sigue por ser presidente de la Corte, y Santiago Viola, designado por el Gobierno como representante del Ejecutivo.
Los jueces votan primero. El estamento judicial elegirá cuatro consejeros titulares y doce suplentes el 8 de octubre, en una competencia de cuatro listas. Los abogados votan después. Los profesionales con matrícula federal activa votarán el 20 de octubre para renovar las cuatro bancas del estamento.
Los académicos tienen dos bancas y una ya está cubierta. Diego Molea, rector de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, fue elegido por unanimidad por el CIN para el período 2026-2030. La banca en disputa es la del profesor titular de una facultad de Derecho nacional.
Los legisladores siguen otro camino. Los ocho representantes parlamentarios son designados por los presidentes de ambas cámaras a propuesta de los bloques. Esa designación también está en disputa, porque La Libertad Avanza pasó a ser primera minoría en Diputados y busca tener dos representantes propios en el Consejo. Con la cautelar, la banca de los profesores queda en suspenso hasta que se resuelva el fondo del caso.
Conforme a
POLITICA
La Corte dejó firme una condena contra el Banco Provincia y sus directores por no reportar operaciones sospechosas

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena dictada contra el Banco Provincia de Buenos Aires y sus directivos para que paguen una multa impuesta por la Unidad de Información Financiera (UIF) por no haber reportado como sospechosas determinadas operaciones de clientes.
Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó por inadmisibles los argumentos de la entidad y de los funcionarios sancionados.
El Banco Provincia planteaba su inmunidad frente a regulaciones federales amparadas en el Pacto de San José de Flores (PSJF), el acuerdo de paz firmado el 11 de noviembre de 1859 que permitió incorporar a la provincia de Buenos Aires a la estructura constitucional que el resto del país había aprobado en 1853.
Según su mirada, ese pacto brindaba inmunidad contra el poder de policía federal para la prevención del lavado de dinero, que ejerce la UIF en virtud de la Ley 25.246, y por ello el BPBA se encuentra exento de la imposición de cánones y sanciones.
Por Resolución 281/2018, la UIF aplicó multas a los miembros del Consejo de Administración, al oficial de cumplimiento y al Banco de la Provincia de Buenos Aires, por incumplimiento a la normativa antilavado.
Se les imputó no haber reportado operaciones sospechosas ni contar con sistemas de control y monitoreo establecidos por la UIF en su normativa.
A raíz del incumplimiento, que se habría producido entre 2010 y 2013, el organismo del Estado Nacional fijó multas a la entidad y a sus entonces directivos: Diego Rodrigo, José Pampuro (ya fallecido), Javier Mouriño, Omar Galdurralde, Rafael Perelmiter, Daniel Tillard, Gustavo Marangoni, Carlos Rafael Fernández y María Elena Helguera.
La entidad cuestionó la decisión: sostuvo que no había exigido infracción, que la normativa era demasiado indeterminada y que, por su carácter de banco provincial y por las garantías derivadas del Pacto de San José de Flores y de su Carta Orgánica, la normativa nacional no podía desplazar su régimen jurídico propio.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó las multas al sostener que el Banco Provincia se encuentra válidamente alcanzado por la Ley 25.246 y su normativa reglamentaria, y que la actuación de la UIF no vulnera el estatus jurídico especial del banco ni las prerrogativas derivadas del Pacto de San José de Flores, por tratarse de normas nacionales destinadas a la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo.
Contra ello, el Banco apeló la decisión. Y, tras oír la opinión de la Procuración General, la Corte Suprema desestimó por inadmisible el recurso de la entidad y dejó así firme la sentencia, salvo en el caso de Pampuro tras constatar su fallecimiento.
Conforme a
POLITICA
Una diputada del PRO cuestionó los cambios en discapacidad: “No era lo que veníamos trabajando”

El PRO cuestionó los cambios sobre discapacidad incluidos por el Gobierno en el proyecto de Presupuesto 2027 y reclamó un esquema permanente que garantice previsibilidad a las familias y los prestadores. Durante una entrevista en Infobae al Regreso, la diputada nacional Antonela Giampieri sostuvo que el partido continuará acompañando al oficialismo, aunque marcará límites cuando considere que las medidas se apartan de lo acordado.
“El Gobierno Nacional se equivocó al enviar, con el Presupuesto 2027, el texto que abordaba los derechos de las personas con discapacidad”, afirmó la legisladora. Según explicó, la propuesta oficial se apartaba de un esquema que había sido conversado previamente entre los bloques aliados. “Se equivoca porque va en contra de las personas con discapacidad, va en contra de sus derechos y no era lo que veníamos trabajando”, sostuvo.
Giampieri remarcó que la postura del PRO no implica un quiebre con La Libertad Avanza. “Somos aliados responsables, que acompañamos al Gobierno Nacional en todos los proyectos porque creemos que es así. Y también le marcamos límites cuando no creemos que ese es el camino correcto”, afirmó.
Antonela Giampieri defendió una ley permanente para discapacidad
La diputada cuestionó la continuidad de los esquemas de emergencia y defendió una solución de largo plazo para el sector. “No se puede vivir de emergencia en emergencia ni de parche en parche con la discapacidad”, planteó.
El dictamen de mayoría trabajado en el Congreso incorpora el nomenclador a la ley, de manera que los aranceles que reciben los prestadores tengan un marco establecido. “Lo que hace es que el nomenclador, que es lo que determina el pago de los prestadores y establece un piso, quede en la ley”, explicó.
Además, el proyecto contempla una actualización mensual vinculada con la inflación. “Conseguimos que el nomenclador se actualice todos los meses por inflación para no volver a un sistema que ya lo vimos en el gobierno kirchnerista, donde quedaron desactualizados”, señaló.
Según Giampieri, el proyecto enviado originalmente por el Poder Ejecutivo contemplaba eliminar esa herramienta. “El Gobierno buscaba eliminar el nomenclador”, afirmó.

La iniciativa también mantiene la prestación y el arancel único y establece, para quienes trabajan, un límite de ingresos equivalente a dos salarios mínimos para acceder a las pensiones. A su vez, incorpora capacitaciones para el personal de los prestadores.
El PRO pidió eliminar el capítulo seis del Presupuesto 2027
Giampieri sostuvo que el bloque del PRO comenzó a trabajar sobre las modificaciones apenas conoció el contenido del Presupuesto y que el dictamen fue construido junto con legisladores de distintos espacios.
“Esto lo construimos entre todos, no es que volvió el Gobierno Nacional a enviar un nuevo proyecto”, sostuvo.
La legisladora señaló que el oficialismo aceptaría eliminar el capítulo seis, que contenía las derogaciones cuestionadas por el PRO. “El capítulo seis, sí, exacto”, respondió al ser consultada sobre ese punto.
Para Giampieri, las diferencias sobre discapacidad no deberían afectar el vínculo general entre los bloques. “Es una interna de ellos que no queremos que salpique a la gente con discapacidad”, afirmó.

El debate general sobre el Presupuesto 2027 continuará en la Cámara de Diputados y, según anticipó la legisladora, las rondas de discusión comenzarán el 13 de octubre.
Giampieri también pidió a los bloques que no acompañaron el dictamen de mayoría que reconsideren su posición. “Le pido a la oposición que hoy no firmó el dictamen de mayoría que pueda ver el cambio y que lo vote”, expresó.
Finalmente, aseguró que el PRO seguirá el cumplimiento de las medidas si el proyecto avanza: “El PRO va a seguir de cerca que el nomenclador se siga actualizando por IPC, que los pagos lleguen y que el cronograma de pagos a los prestadores por la compensación se cumpla”.
–
Infobae te acompaña cada día en YouTube con entrevistas, análisis y la información más destacada, en un formato cercano y dinámico.
• De 7 a 9: Infobae al Amanecer: Nacho Giron, Luciana Rubinska y Belén Escobar.
• De 9 a 12: Infobae a las Nueve: Gonzalo Sánchez, Tatiana Schapiro, Ramón Indart y Cecilia Boufflet.
• De 12 a 15: Infobae al Mediodia: Maru Duffard, Andrei Serbin Pont, Fede Mayol y Facundo Kablan.
• De 15 a 18: Infobae a la Tarde: Manu Jove, Maia Jastreblansky y Paula Guardia Bourdin; rotan en la semana Marcos Shaw, Lara López Calvo y Tomás Trapé.
• De 18 a 21: Infobae al Regreso: Gonzalo Aziz, Diego Iglesias, Malena de los Ríos y Matías Barbería; rotan en la semana Gustavo Lazzari, Martín Tetaz y Mica Mendelevich
Seguinos en nuestro canal de YouTube @infobae.
PRO,Argentina,discapacidad,Presupuesto 2027
POLITICA
Elecciones en la Argentina 2027: fechas, cargos que se renuevan y todo lo que hay que saber

En 2027 se desarrollarán las próximas elecciones presidenciales en la Argentina. En dicho acto democrático se deciden los distintos cargos políticos como presidente, vicepresidente y gobernador, entre otros.
La importancia de este suceso es de tal relevancia que los ciudadanos buscan saber cuándo se vota en la Argentina y qué se elige.
En caso de continuar la instancia de elecciones primarias, las PASO serían el 8 de agosto de 2027. Así está establecida por la ley 26.571, que indica que esta votación debe hacerse el segundo domingo de agosto.
La elección general presidencial, o primera vuelta, se debe efectuar dentro de los dos meses anteriores a la conclusión del mandato del presidente en ejercicio. Por lo tanto, la votación presidencial de 2027 se debe realizar el domingo 24 de octubre.
En caso de requerirse un balotaje o segunda vuelta electoral, este evento debe darse dentro de los 30 días de celebrada la anterior. Eso significa que el balotaje se haría en noviembre de ser necesario.
Qué se elige y qué cargo se renuevan en las elecciones 2027
En las próximas elecciones se elegirán presidente, vicepresidente y distintas cantidades de bancas del Congreso Nacional (130 diputados y 24 senadores).
Sin embargo, la jornada electoral de 2027 no se limitará únicamente a las autoridades nacionales. Los votantes elegirán al jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, 21 provincias de Argentina definirán a sus próximos gobernadores. A ello se sumará la elección de intendentes y diversas autoridades locales, completando un amplio espectro de cargos.
Las jurisdicciones que eligen a sus máximas autoridades ejecutivas en 2027 son:
Cuándo se vota para presidente en la Argentina
Según la legislación vigente, el día de las elecciones generales debe llevarse a cabo el cuarto domingo de octubre, asegurando una fecha preestablecida para el electorado. De esta manera, las elecciones serían el domingo 24 de octubre de 2027.
El Título III del Código Electoral Nacional, sobre los actos preelectorales establece las normas sobre la convocatoria y fecha de elecciones. “La elección de cargos nacionales se realizará el cuarto domingo de octubre inmediatamente anterior a la finalización de los mandatos, sin perjuicio de las previsiones del artículo 148″, remarca la normativa.
A su vez, la legislación detalla sobre los plazos y la forma. “La convocatoria deberá hacerse con 90 días, por lo menos, de anticipación” y expresará:
Qué pasará con las PASO
El oficialismo busca una reforma electoral que termine con las PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias). Para ello la Constitución Nacional exige el apoyo de la mayoría absoluta en el Congreso, es decir la mitad más uno de la totalidad de sus miembros. En el caso del Senado, implica el voto afirmativo de 37 senadores.
Al momento, el oficialismo cuenta con 21 legisladores afines para eliminar las elecciones primarias; esto significa que le falta convencer a 16 senadores de otros espacios políticos.
Cuáles son las condiciones para evitar el balotaje
Según los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional, para que un candidato se imponga en primera vuelta debe sumar el 45% de los votos totales u obtener al menos el 40% y superar al contrincante más cercano por más de diez puntos porcentuales de diferencia.
De no cumplirse estas condiciones, se lleva a cabo una segunda vuelta entre los dos candidatos más votados en los comicios generales. El ganador del balotaje será quien ocupe el sillón de Rivadavia, sin importar la diferencia de votos entre ambos postulantes.
elecciones presidenciales,ley 26.571,legislación vigente,PASO,artículos 97 y 98,Agenda,Elecciones 2027
POLITICA2 días agoRadiografía del ajuste: Los flancos más criticados de la gestión de Javier Milei entre recortes sociales, crisis previsional y salarios de miseria
ECONOMIA2 días agoEl mercado ya detectó cuál es el bono estrella para posicionarse de cara a las elecciones
POLITICA2 días ago¿Cuándo habla Javier Milei frente a la Asamblea de las Naciones Unidas este 2026?


















