POLITICA
Caso Adorni: antes de terminar la refacción del departamento, uno de los hijos de la prestamista avisó que ya tenía comprador

La investigación judicial sobre el patrimonio de Manuel Adorni sumó en las últimas horas un elemento que refuerza las sospechas sobre cómo fue la operatoria inmobiliaria del departamento de Caballito: antes de finalizar las refacciones, uno de los hijos de la prestamista que intervino en la compra ya afirmaba tener un comprador para la propiedad.
El dato surge de un audio hallado en el celular de la inmobiliaria Rucci, secuestrado por la Policía Federal durante un operativo.
Según consta en el expediente, el 27 de octubre de 2025 un empleado de la inmobiliaria mantuvo una conversación con Martín Pablo Feijoo, hijo de la jubilada Beatriz Viegas. En ese intercambio, el representante de la firma le consultó si las obras en el departamento ya estaban terminadas y si existía intención de venderlo. La respuesta de Feijoo fue que la refacción aún no había concluido, pero que de todos modos “ya tenía un comprador”.
Ese registro es ahora analizado por la Justicia en el marco de una hipótesis más amplia: determinar si, al momento en que las jubiladas adquirieron el inmueble al exfutbolista Hugo Morales, ya estaba definida la secuencia de refaccionarlo y venderlo posteriormente a Adorni. La clave del expediente pasa por reconstruir esa cronología y establecer si hubo una planificación previa de la operación.
La inmobiliaria Rucci había participado de la venta del departamento de Morales a las jubiladas, por lo que un empleado de esa empresa sabía que Feijoo pensaba remodelarlo y luego venderlo. Ese fue el motivo por el que lo volvió a contactar.
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De acuerdo con la reconstrucción judicial, Morales había puesto en venta el departamento en mal estado. El propio exjugador explicó que la propiedad requería arreglos y que, ante la falta de interesados, aceptó una oferta menor. “Sabiendo que por ahí perdía un poco de plata o que lo podía arreglar, en ese momento se tomó la decisión. Lo vendimos contentos”, declaró días atrás.
La operación inicial se cerró en torno a los 200 mil dólares. El día de la escritura, según surge de la causa, estuvieron presentes dos jubiladas —Viegas y Claudia Sbabo— y los compradores identificados como Feijoo y otra persona de apellido Miano. El inmueble fue transferido en esas condiciones, con necesidad de refacción.
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Tiempo después, siempre según los registros incorporados al expediente, Feijoo habría ofrecido la propiedad a la inmobiliaria con imágenes que mostraban el departamento completamente renovado. Para cuando se concretó la venta a Adorni, la unidad estaba “impecable” y lista para habitar.
En ese punto aparece otro de los ejes centrales de la investigación: el margen económico de la operación. Adorni declaró haber comprado el departamento por 230 mil dólares, es decir, apenas 30 mil más que el valor abonado originalmente. Esa diferencia es la que genera interrogantes en la causa. “¿Las refacciones costaron tan solo 30 mil dólares?”, es una de las preguntas que, según fuentes del caso, surgen del análisis de la documentación.
El esquema de financiamiento también es objeto de estudio. De acuerdo con el expediente, Adorni aportó 30 mil dólares al momento de la compra y los 200 mil restantes fueron financiados por las propias vendedoras mediante una hipoteca sin intereses y con un plazo de devolución de un año. Ambas mujeres declararon no conocer al funcionario.
En paralelo, el fiscal federal Gerardo Pollicita avanzó con el análisis de la evolución patrimonial del jefe de Gabinete. La Justicia contabiliza distintos gastos en dólares realizados en los últimos años y busca contrastarlos con sus ingresos declarados como funcionario, cuyo salario se mantuvo congelado hasta enero.
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Entre esos movimientos figuran, según consta en la causa, los 30 mil dólares abonados al momento de la hipoteca del departamento de la calle Miró; otros 20 mil vinculados a la compra de una propiedad en el country Indio Cuá; 30 mil destinados a la cancelación parcial de una hipoteca previa; 7600 dólares por un vuelo a Punta del Este; 5000 dólares por la tasa de ingreso al country; y 5154 dólares por un pasaje aéreo de su esposa, Bettina Angeletti. Fuentes del caso sintetizan el cuadro con una frase: “A la Justicia hay una cuenta que no le cierra”.
En ese contexto, el juez federal Ariel Lijo autorizó nuevas medidas de prueba solicitadas por el fiscal. Entre ellas, pedidos de información al Registro Automotor, a la ANSES para reconstruir la historia laboral de una de las prestamistas, al Instituto de Vivienda de la Ciudad por un crédito vinculado a un inmueble de la esposa de Adorni y a YPF para determinar si percibió remuneraciones como miembro del directorio.
También se requirió información a ARBA sobre un lote en Indio Cuá, al Banco Galicia por los resúmenes completos de tarjetas de crédito del matrimonio y a la Comisión Nacional de Valores por eventuales operaciones bursátiles. A su vez, se libraron oficios a aerolíneas internacionales para precisar detalles sobre pasajes aéreos, incluyendo quién los compró y cómo se pagaron.
Mientras avanzan estas medidas, la Justicia continúa tomando testimonios. En ese marco, el miércoles declararon en Comodoro Py las dos jubiladas que financiaron la compra del departamento.
Manuel Adorni
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Los audios y los chats por el SIRA entre los involucrados en la causa: “A mí me cobran más o menos un 11 o un 12%”

El peritaje sobre uno de los teléfonos secuestrados a Martín Migueles, ex socio y amigo de Elías Piccirillo, reveló un sistema paralelo para acelerar los tiempos del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA). Migueles actuaba junto a otras personas, según surge de la causa que lleva adelante el fiscal Franco Picardi junto al juez Ariel Lijo.
En las conversaciones de WhatsApp obtenidas del teléfono de Migueles hay chats con una persona agendada como “Ariel Viken”, que en realidad se trata de Ariel Germán Saponara, un abogado que cumplía funciones en el Gobierno de la Ciudad. Según registros comerciales, ingresó en 2013 con un cargo en la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana.
El 2 de marzo de 2023, en plena vigencia del cepo cambiario, Saponora le escribe: “Martin como va. Che tenes algún contacto para liberar las declaraciones de importación. Yo tengo un amigo que entre todas las cometas se va al 15%. Pero capaz hay alguno por unos puntos menos. Son autoelevadores y repuestos de las mismas maquinas”.
Migueles le contesta: “Creo que tengo uno al 12″. La conversación avanza y Saponora agrega más datos: “Las SIRA son de 100 mil y del 150 mil. Tiene como 4. Esta gente está con máquinas. Y tengo varios !!! Se pueden sumar unos mangos ahi si las sacan bastante rapido en lo posible”.
El ex socio de Piccirillo luego manda un audio: “Si, boludo, esa yo la saco al toque, la saco rápido la SIRA y a mí me cobran más o menos un 11 o un 12 por ciento. Yo creo que dependiendo si tiene vuelta…o sea, si hay laburo yo creo que un 11 le podemos sacar. Al tipo ya le pasé un 13 y a ver si le puedo sacar un 10… Ahora te digo bien”.
En unos de los intercambios de 2023, Saponora asegura que está en el “ministerio”, sin dar precisiones. Llamativamente, en su sitio de Linkedin vigente figura como personal de Presidencia de la Nación.
“¿Qué haces Martín? ¿cómo andas? Sisi, quédate tranquilo. Pasa que estoy laburando acá en el Ministerio. Ya lo llamé y arreglamos. Ellos lo tienen que chequear con el despachante. No es que voy a salir corriendo. Que se queden tranquilos. Es Neme, boludo, Neme Sociedad Anónima. Son un monstruo, no se van a escapar, es un día más. Si no, prefiero no hacer nada. Si va a ser un rompedero de huevos tan grande prefiero no hacer nada y chau”, se escucha en un audio enviado el 14 de marzo.
La Justicia finalmente levantó este viernes el secreto de sumario en una de las causas que investiga el rulo financiero del dólar blue y en la que se detectaron irregularidades con el (SIRA). Antes de tomar esa decisión, Lijo ordenó este miércoles allanamientos en los domicilios de tres empresarios ligados al mundo financiero.
Según consta en el expediente, al que accedió este medio, las pruebas contra esos nuevos imputados surgieron del teléfono de Migueles.
“A lo largo del intercambio ambos interlocutores delinean con mayor precisión el esquema económico de la operatoria. Migueles explica que la aprobación de la SIRA podía obtenerse en un plazo aproximado de una semana o diez días como máximo, y propone estructurar la operación de modo tal que a la empresa importadora se le cobrará un 13% calculado sobre el valor del dólar informal (“al blue”), quedando para ellos un margen aproximado del 2% a dividir entre ambos, luego de afrontar el pago de las sumas necesarias para obtener la aprobación», dice el expediente que estaba bajo secreto de sumario hasta hoy.

En una conversación del 3 de marzo, Saponara le manda a Migueles los datos de la empresa interesada en realizar la operación, Nemes S H De Fuentes N y Mazza (CUIT 30-68529714-7), y le indica que el monto de la importación involucrada ascendía a US$54.600. Más adelante agrega que ya había hecho gestiones similares para esa empresa, e incluso refiere que también había intervenido en operaciones de este tipo junto con un amigo suyo, propietario de la firma TEFASA.
Noticia en desarrollo
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La Justicia rechazó suspender la nueva Ley de Glaciares tras una demanda de La Pampa y organizaciones ambientalistas

La Justicia federal rechazó este viernes el pedido de suspensión inmediata de la nueva Ley de Glaciares impulsado por el gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto. También acompañaban la iniciativa la Universidad Nacional de La Pampa y organizaciones ambientalistas.
La resolución fue firmada por el juez federal de Santa Rosa Juan José Baric, que pese a rechazar la cautelar, sí habilitó el avance de la demanda colectiva contra el Estado nacional.
Los demandantes sostuvieron que la nueva normativa “reduce el alcance de las áreas protegidas, flexibiliza el régimen de actividades prohibidas y debilita los mecanismos de control y evaluación ambiental”. Además, argumentaron que la reforma vulnera el “federalismo ambiental” previsto en la Constitución y afecta derechos vinculados al ambiente sano, el acceso al agua y la protección de las generaciones futuras.
En su presentación, pidieron como medida cautelar urgente que se suspendiera la aplicación de la ley en todo el territorio nacional hasta que hubiera una sentencia definitiva. También reclamaron que tanto el Estado nacional como las provincias se abstuvieran de habilitar actividades que pudieran afectar glaciares, ambientes periglaciares o cuencas hídricas.
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Entre los puntos cuestionados, señalaron que la nueva legislación modifica el funcionamiento del Inventario Nacional de Glaciares y otorga mayor margen de decisión a las provincias sobre qué áreas deben quedar protegidas.
Según la demanda, eso implicaría “un retroceso normativo” respecto del régimen anterior, ya que “el estándar uniforme de tutela cede ante un esquema en el cual la determinación efectiva de qué se protege y bajo qué condiciones depende, en aspectos sustanciales, de decisiones jurisdiccionales locales”.
También advirtieron sobre posibles consecuencias ambientales derivadas de actividades extractivas intensivas, como la minería, en zonas cercanas a glaciares y reservas de agua dulce.

Sin embargo, el magistrado rechazó la cautelar y consideró que no estaban acreditados los requisitos necesarios para suspender provisoriamente una ley aprobada por el Congreso.
Baric sostuvo que los actores no demostraron “con el grado de probabilidad suficiente” la existencia de un daño concreto e inminente y remarcó que la norma fue impugnada “en abstracto”. “El pedido cautelar no resulta un medio apto para satisfacer el interés especulativo de los actores”, afirmó el juez en el fallo.
En otro tramo de la resolución, citó jurisprudencia de la Corte Suprema y recordó que “ningún juez tiene en la República Argentina el poder de hacer caer la vigencia de una norma”.
Además, señaló que los demandantes “no plantean ninguna actividad concreta de daño actual” ni identificaron proyectos específicos o glaciares determinados que estuvieran siendo afectados por la nueva legislación.
Para el magistrado, tampoco quedó acreditado el “peligro en la demora” ni un perjuicio irreparable que justificara suspender la aplicación de la ley antes de una sentencia de fondo.
Pese al rechazo de la cautelar, el juez declaró “formalmente procedente” el amparo ambiental colectivo y ordenó correr traslado al Estado nacional, que deberá responder en un plazo de cinco días.
La causa ya fue inscripta en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema, luego de verificarse que no existían otros expedientes similares en trámite.
ley de glaciares, La Pampa, Justicia
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