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POLITICA

Confirman el procesamiento de Julio de Vido por enriquecimiento ilícito de unos 687.000 dólares

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La Cámara Federal confirmó el procesamiento del detenido exministro Julio de Vido y de su esposa, Alessandra Minnicelli, por supuesto enriquecimiento ilícito al no haber podido justificar un crecimiento patrimonial estimado en unos 687.000 dólares

El fallo ratificó también la acusación contra presuntos testaferros, aunque dictó la falta de mérito a una de las involucradas.

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De Vido está preso en la cárcel de Ezeiza, cumpliendo condena por el accidente ferroviario de Once, causa en la que fue sentenciado a 4 años de prisión como partícipe necesario de administración fraudulenta, un fallo que dejó firme la Corte Suprema de Justicia.

Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, jueces de la Cámara FederalTélam

Asimismo, De Vido fue condenado por la compra de trenes chatarra a España y Portugal por fraude a 4 años y a otra pena por fraude en la compra de gas natural licuado.

Actualmente tiene la agenda completa: es juzgado por la causa de los cuadernos de las coimas, con audiencias dos veces a la semana; enfrenta el juicio por supuestos pagos de sobornos en la causa Skanska por la ampliación de gasoductos y otro caso de supuestas coimas de la constructora Odeberecht, por dos plantas de depuración de AySa.

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Su situación de salud es delicada y es atendido en el hospital de la cárcel de Ezeiza. La semana pasada sufrió un nuevo revés judicial, cuando pidió ser excarcelado, pero el tribunal que lo condenó, con la firma del juez Ricardo Basílico, le negó ese beneficio.

Alessandra Minnicelli, mujer del exministro Julio De VidoArchivo

La decisión de confirmar el procesamiento de De Vido fue de los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, “por haber incrementado su patrimonio de forma apreciable” cuando fue ministro de Planificación entre 2004 y 2015 con Néstor y Cristina Kirchner, y cuando fue diputado entre 2015 y 2019, “sin justificación en sus ingresos legítimos o recursos lícitos registrados y declarados”.

La justicia le atribuye a De Vido no haber podido justificar un incremento patrimonial de al menos US$ 687.000.

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Le reprocharon no poder justificar y haber ocultado “mediante maniobras de simulación” un lujoso departamento en la Avenida del Libertador 2275/7, piso 10, unidad funcional 13 y 1/13 parte indivisa de unidad una complementaria, los cuales tendrían un valor de entre US$ 600.000 y US$ 730.000.

Ese inmueble fue adquirido a través de interpósitas personas y sociedades pantalla (como Uni-Vite Argentina S.A.). La operación se habría concretado mediante la compra del paquete accionario de la empresa por valores que rondaron los USD 597.000, simulando luego contratos de alquiler para justificar la residencia del matrimonio en el lugar.

A su vez se le reprocha al patrimonio tener dinero en efectivo oculto, como la suma no declarada de 90.000 dólares en una caja de seguridad a nombre de Alessandra Minnicelli en la sucursal Río Gallegos del Banco Patagonia.

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El tribunal confirmó el procesamiento de De Vido como autor del delito de enriquecimiento ilícito y el de su esposa, junto a Juan Manuel Sebastián Pérez y Susy Inés Bello Knoll.

A pesar de confirmar el núcleo de la acusación, la Cámara resolvió revocar el procesamiento y dictar la “falta de mérito” para Raquel Irene Flanzbaum, quien había sido procesada inicialmente como partícipe necesaria de la maniobra.

Como consecuencia, también se revocaron parcialmente los embargos y la inhibición general de bienes que pesaban sobre ella.

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Los camaristas fundamentaron esta decisión en el “menor involucramiento” de Flanzbaum en los hechos investigados en comparación con el resto de los acusados. Se habló de una intervención temporalmente reducida como accionista minoritaria (dueña apenas del 5% del paquete accionario de la empresa pantalla usada para la compra) y directora suplente.

A diferencia de otros imputados señalados como testaferros, que no tenían ingresos demostrables, Flanzbaum “declaró poseer bienes a su nombre y una actividad profesional en el país”.

Los jueces concluyeron que resta dilucidar el aspecto subjetivo de su accionar, es decir, si actuó con dolo o conocimiento del origen ilícito de los fondos, por lo que dictaron la falta de mérito y que se la siga investigando.

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Con esta decisión, De Vido quedó más cerca del juicio oral y público por este delito.




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Cómo seguirá la situación judicial de Edgardo Kueider tras haber sido condenado en Paraguay por intentar ingresar US$200.000 sin declarar

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La condena dictada este lunes por la Justicia de Paraguay no puso fin a la complicada situación judicial de Edgardo Kueider. Aunque el exsenador fue condenado a dos años de prisión por contrabando en grado de tentativa, la pena fue impuesta con suspensión de la ejecución, por lo que no será trasladado a una cárcel y continuará bajo prisión domiciliaria en Asunción.

La misma resolución alcanzó a su exsecretaria, Iara Guinsel, quien recibió una condena de un año y diez meses, también con suspensión de la ejecución de la pena. Ambos fueron encontrados culpables por intentar ingresar a Paraguay más de US$200.000 sin declarar en diciembre de 2024.

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Kueider y Guinsel cumplen prisión domiciliaria desde hace alrededor de un año y medio. Si la sentencia queda firme, ese tiempo empezará a ser descontado de las condenas impuestas, por lo que -en principio- solo les restarían algunos meses para completar la pena, aunque el plazo definitivo será determinado por la Justicia paraguaya.

Iara Guinsel Costa y Edgardo Kueider, luego de ser detenidos con más de US$200.000 en Paraguay. (Fotos: Archivo – Policía de Paraguay)

Las causas que enfrenta en la Argentina

Más allá de la condena de este lunes en Paraguay, el exsenador continúa involucrado en distintas investigaciones judiciales en la Argentina.

Junto con Guinsel, está procesado por presunto lavado de activos en una causa que investiga la compra de seis departamentos y sus respectivas cocheras en un edificio de lujo de Asunción.

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Además, enfrenta dos expedientes por presunto enriquecimiento ilícito. Uno tramita en el Juzgado de Garantías N° 2 de Concordia, en Entre Ríos, y el otro en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 1 de San Isidro.

La extradición sigue pendiente

En paralelo, la jueza federal Sandra Arroyo Salgado solicitó la extradición de Kueider para que responda ante la Justicia argentina. El pedido ya fue autorizado por las autoridades paraguayas, pero su ejecución todavía no se concretó.

La definición quedó supeditada a una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que deberá resolver qué tribunal argentino tendrá competencia para continuar con las investigaciones en su contra.

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Mientras esa cuestión permanece abierta, Kueider seguirá bajo prisión domiciliaria en Paraguay, donde comenzará a cumplir la condena impuesta por el Tribunal Especializado en Delitos Económicos y Anticorrupción de Asunción.

Edgardo Kueider, Paraguay, Justicia, condena

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La Justicia habilitó el cierre del programa Volver al Trabajo y el Gobierno avanzará con los vouchers de capacitación laboral

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La Cámara Federal de San Martín resolvió revocar la meóida cautelar que obligaba al Ministerio de Capital Humano a mantener el programa “Volver al Trabajo”, sucesor del Potenciar Trabajo, abriendo paso al cierre definitivo de este esquema de asistencia social en agosto. La decisión, dictada por los jueces Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Darío Fernández, deja sin la prestación mensual de 78.000 pesos a más de 900.000 beneficiarios en todo el país.

El tribunal de alzada anuló la resolución original del Juzgado Federal de Campana, que había ordenado sostener los pagos del programa hasta la implementación de una política pública alternativa. Los magistrados consideraron que mantener la transferencia constituía “un adelantamiento del veredicto final en favor de los demandantes”, permitiendo al Gobierno nacional avanzar con el reemplazo del plan por un sistema de vouchers de capacitación laboral.

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Los beneficiarios del programa, representados, entre otros por Andrea Liliana Ledesma, solicitó la medida cautelar para que el Estado Nacional mantuviera la vigencia de las prestaciones económicas o estableciera un dispositivo equivalente, hasta que se implementara de manera efectiva una política sustitutiva que garantizara niveles de protección iguales o superiores tanto en ingresos como en inclusión socio-laboral. Argumentaron que la suspensión del programa los privaba de un ingreso mensual, lo que generaba un perjuicio actual, concreto e inminente de orden patrimonial y social.

También sostuvieron que no reclamaban un derecho individual exclusivo, sino la protección de derechos individuales homogéneos, derivados de la decisión de finalizar el programa sin prever continuidad para los beneficiarios.

Sandra Pettovello, la ministra de Capital Humano, apeló la decisión de primera instancia, y la Cámara le dio la razón al gobierno de Javier Milei

El juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar bajo los siguientes fundamentos principales:

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  • Reconoció la existencia de una causa fáctica común, es decir la extinción del programa “Volver al Trabajo”, como hecho único que afectaba a todos los incluidos en el padrón.
  • Consideró que la acción colectiva era el medio idóneo para garantizar la tutela judicial efectiva, dada la dificultad para que los afectados accedieran individualmente a la justicia.
  • Señaló que la finalidad del programa era promover la inclusión social y mejorar las condiciones de vida de los hogares con mayor exclusión y vulnerabilidad social, por lo que el cese abrupto de la prestación generaba un riesgo de daño irreparable.
  • Enfatizó que, ante el peligro de un daño de extrema gravedad e irreparable, los requisitos para dictar medidas cautelares pueden flexibilizarse.
  • Destacó que la continuidad del programa debía mantenerse hasta que existiera una política pública sustitutiva real y comprobable, no considerándose suficiente la sola declaración de futuros reemplazos.

El Gobierno, a través del Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, apeló esa resolución, y la Cámara de Apelaciones de san Martín le dio la razón. Entre los puntos principales los camaristas sostuvieron:

  • Revocación de la medida cautelar que ordenaba al Estado Nacional continuar con los pagos del programa “Volver al Trabajo”.
  • Reconocimiento de la facultad del Poder Ejecutivo para definir y concluir programas sociales, sin que exista un derecho adquirido a la continuidad por parte de los beneficiarios.
  • Presunción de legitimidad de los actos estatales, lo que refuerza la autonomía del Gobierno en la gestión de fondos y políticas públicas.
  • Falta de cumplimiento de los requisitos legales para la admisión de una medida cautelar en este caso, por no haberse acreditado peligro en la demora ni verosimilitud en el derecho invocado.
  • Existencia de un nuevo programa alternativo presentado por el Gobierno, que sustituye al anterior esquema asistencial.
  • Impacto presupuestario: la Cámara consideró que la continuidad obligatoria de los pagos afectaría recursos públicos y alteraría el diseño de políticas oficiales.

La UTEP emitió un comunicado que critica la resolución judicial fecebook UTEP

Según la resolución, el programa “Volver al Trabajo” carecía de derecho adquirido para sus beneficiarios, ya que su vigencia estaba limitada a dos años.

La Cámara remarcó que las medidas cautelares no pueden interferir en la definición y ejecución de políticas públicas adoptadas por el Poder Ejecutivo, y subrayó que los requisitos legales para dictar una tutela provisoria no se hallaban satisfechos en este caso.

La decisión, a favor del recurso presentado por el Gobierno, argumenta que la continuidad forzada del programa representaba una intromisión judicial y consolidaba la permanencia de un sistema asistencialista bajo control de organizaciones sociales. Con este fallo, el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, recupera la potestad presupuestaria para reorientar los fondos y avanzar con el rediseño de las políticas sociales.

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El nuevo esquema diseñado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a cargo de Julio Cordero, redireccionará los recursos hacia empresas, centros formativos provinciales y organizaciones responsables de los talleres profesionales, en lugar de transferencias monetarias individuales.

Ante la decisión de los jueces, la Unión Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) difundió un comunicado en el que sostiene que: “La Justicia niega el derecho al salario a más de 900 mil trabajadores y en agosto no se va a cobrar el Volver al Trabajo. El hambre no espera. Seguiremos peleando por todas las vías por la continuidad del salario social complementario”.

El fallo de la Cámara Federal de San Martín

Desde la Casa Rosada afirman que los fondos liberados del programa financiarán la extensión de la doble jornada escolar en escuelas primarias situadas en zonas de mayor vulnerabilidad social.

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La resolución de la Cámara se dictó “con costas por su orden”, lo que significa que cada parte asumirá sus propios gastos judiciales, atendiendo a la complejidad y naturaleza del debate.

La anulación de la cautelar tendrá un efecto inmediato: desde agosto, los trabajadores de la economía popular empadronados dejarán de percibir la asignación mensual, impactando de manera directa en sectores informales de todo el país.

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La Fiscalía espera pericias clave para detectar dónde están los dólares del video de Jesica Cirio

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El fiscal federal Sergio Mola espera recibir en los próximos días una serie de pericias que considera determinantes para avanzar sobre una nueva línea de investigación en la causa por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero contra Martín Insaurralde y Jesica Cirio. Los informes apuntan a determinar si los fajos de dólares que aparecen en los videos pueden ser atribuidos formalmente a ambos.

La expectativa de la fiscalía está puesta en distintas medidas de prueba que fueron ordenadas en las últimas semanas y cuyos resultados podrían darle nuevos elementos para insistir con un avance procesal. Entre ellas figuran la pericia sobre la autenticidad de los videos, el análisis técnico del vestidor donde habrían sido grabados, la estimación de la cantidad de dinero que aparece en las imágenes y nuevas medidas patrimoniales.

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Según pudo saber TN de fuentes vinculadas al expediente, Mola ya considera que existen indicios suficientes para vincular ese dinero con Insaurralde. De hecho, esa fue una de las bases del pedido de detención que presentó anteriormente junto con la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac).

Sin embargo, el juez federal Luis Armella rechazó ese planteo por considerarlo prematuro. Ahora, el fiscal espera reforzar su posición con nuevas pruebas antes de volver a impulsar una medida procesal.

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Todavía no está definido de qué manera avanzará. Una de las posibilidades es solicitar una nueva declaración indagatoria. La otra alternativa es insistir con un nuevo pedido de detención. La estrategia dependerá de los resultados de las pericias que se incorporen al expediente.

Uno de los informes más esperados es el que realiza la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), que debe establecer si el video presenta algún tipo de manipulación o si fue generado mediante inteligencia artificial.

Además, la fiscalía busca determinar en qué momento fue grabado el material. La hipótesis bajo análisis es que las imágenes correspondan al período en el que Cirio e Insaurralde todavía eran pareja, entre 2022 y 2023.

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Otro punto central será establecer cuánto dinero aparece en las imágenes. La causa incorpora una pericia destinada a calcular el monto total de los fajos de dólares que se observan en el vestidor para luego contrastarlo con la información patrimonial declarada por los imputados.

En paralelo, los investigadores esperan el informe técnico definitivo sobre la inspección ocular realizada días atrás en la casa de Insaurralde en el country Fincas de San Vicente.

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Durante ese procedimiento, los especialistas detectaron rastros compatibles con una obra en el dormitorio principal. Según esa observación preliminar, el ambiente donde habría estado el vestidor presenta indicios de modificaciones.

Las fuentes consultadas indicaron además que en la vivienda encontraron sillones, una alfombra y una mesa pequeña en un sector que habría cambiado de disposición. También señalaron una particularidad que llamó la atención de los investigadores: todos los dormitorios tenían vestidor, excepto el principal.

Ese informe será relevante para establecer si el ambiente donde aparecen los fajos de dólares fue modificado antes del primer allanamiento realizado en 2024.

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La investigación también busca reconstruir qué ocurrió con el dinero que aparece en las imágenes. En ese marco, el fiscal solicitó un entrecruzamiento de llamadas telefónicas y un análisis de geolocalización para conocer con quiénes se comunicaron los imputados y por dónde se desplazaron durante el período en el que habría sido grabado el video.

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Ese pedido permanece en discusión porque las defensas cuestionaron la medida al considerar que afecta la privacidad de los involucrados. No obstante, el objetivo de la fiscalía es reconstruir los movimientos realizados en esos días para intentar determinar qué ocurrió con el dinero, ya que si el vestidor fue modificado posteriormente, los investigadores entienden que los dólares también debieron ser retirados de ese lugar.

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Otra de las medidas pendientes es la pericia contable sobre el patrimonio de los imputados. El informe todavía no incorpora las tasaciones de los inmuebles que integran el patrimonio investigado. Entre las propiedades que aún deben ser valuadas figuran la casa de San Vicente, la vivienda de Banfield y el resto de los inmuebles incluidos en la investigación. Esos valores serán incorporados al análisis patrimonial que busca determinar si existe correspondencia entre los bienes y los ingresos declarados.

Por el momento, no están previstas nuevas declaraciones testimoniales.

Martín Insaurralde, Jesica Cirio

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