POLITICA
El Gobierno modificó el esquema del servicio meteorológico para vuelos luego de que el SMN levantara el paro

Luego de que se levantara el paro convocado por el Servicio Meteorológico Nacional (SMN) para este viernes 24 de abril, el Gobierno nacional oficializó una serie de modificaciones en el esquema del servicio meteorológico para la navegación aérea. De esta manera, el organismo dejará de ser el único ente habilitado para brindar la información climática para los vuelos.
Por medio de la publicación del Decreto N° 274/2026, publicado en el Boletín Oficial, se estableció un nuevo marco para la prestación de este servicio estratégico, tras cambiarse el contenido del artículo 15 de la Ley 27.161 de Navegación Aérea.
De esta manera, el Poder Ejecutivo nacional dictaminó que “la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad Anónima (EANA S.A.) deberá prestar el Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea (MET), pudiendo hacerlo por sí o a través de terceros”.
En este sentido, la modificación implicará que la responsabilidad primaria de brindar el servicio meteorológico para la Navegación Aérea dejará de estar en manos del SMN, para quedar a cargo de la empresa de navegación aérea.

Además, la EANA S. A. también deberá verificar que el prestador del servicio cumpla con los estándares de calidad, de seguridad operacional y todos los requisitos establecidos por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
En cuanto al rol que tendrá el Servicio Meteorológico Nacional, el Gobierno dispuso que el organismo continuará prestando el servicio MET a la empresa de navegación aérea nacional de manera transitoria. De acuerdo con el documento oficial, deberán asistirlos por un plazo de hasta 180 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia de la norma.
Por este motivo, confirmaron que el 10% de la Tasa de Protección al Vuelo que era destinada al SMN para esta tarea dejará de ser depositado en sus arcas, para ser transferido “en forma automática en una cuenta escritural de la Cuenta Única del Tesoro destinada a tal efecto”.
Con respecto a los cambios estructurales que tendrá el servicio, las autoridades sostuvieron que la medida tenía el objetivo de «asegurar la continuidad del servicio” en medio de la situación de urgencia generada por la medida de fuerza anunciada.

En línea con esto, apuntaron que la modificación buscará “dotar al sistema de mayor flexibilidad operativa, diversificación de prestadores, separación de funciones regulatorias y operativas, y mecanismos que permitan asegurar la prestación continua de los servicios involucrados”.
La modificación se dio en medio de un contexto confrontativo entre los trabajadores del Servicio Meteorológico Nacional y el Gobierno, después de que se anunciara el cierre de 40 estaciones meteorológicas y la desvinculación de varios meteorólogos. En respuesta, habían convocado a un paro de tareas para la mañana de este viernes.
Ante las complicaciones que la medida habría de generar en el servicio aéreo en todo el país, las autoridades declararon que el cese de tareas incurría en la ilegalidad al comprometerse el funcionamiento de un servicio esencial.
Frente a esto, el secretario general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), Rodolfo Aguiar, confirmó que la convocatoria quedaba sin efecto. “Decidimos el levantamiento parcial de la medida de fuerza”, anunció en una publicación en la red social X.
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Pese a que los servicios funcionarán con normalidad, el jefe sindical comunicó que se realizará una asamblea general a las 10:30 horas en la sede central del Servicio Meteorológico Nacional, que se ubica sobre la Avenida Dorrego al 4019, entre Figueroa Alcorta y Lugones.
Por otro lado, el representante gremial denunció que “el Gobierno ataca el derecho a huelga del Servicio Meteorológico Nacional. La ilegalidad es la de la Secretaría de Trabajo”, tras argumentar que no existía normativa que hubiera declarado al servicio como esencial.
En línea con esto, Aguiar reclamó que, si para el Gobierno se trataba de un servicio vital, “lo traten como esencial de la manera que corresponde: con más presupuesto, equipos, tecnología y capacitación permanente”. Asimismo, apuntó que tampoco podían “despedir a más de 140 trabajadores”.
Finalmente, el líder gremial planteó que “lo que pretende el Gobierno es prohibir el derecho a la huelga” y concluyó que “ilegal no es una huelga comunicada en tiempo y forma; lo que es ilegal es la conducta de los funcionarios de este Gobierno que están incurriendo en numerosos delitos al poner en riesgo vidas humanas, pretendiendo hacer despegar aviones sin los informes meteorológicos”.
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POLITICA
Avanza la investigación contra Claudio “Chiqui” Tapia por presunto enriquecimiento ilícito

El juez federal Ariel Lijo hizo lugar al pedido del fiscal Gerardo Pollicita y ordenó la batería de medidas de prueba solicitadas en la causa que investiga por presunto enriquecimiento ilícito a Claudio “Chiqui” Tapia, presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y funcionario por la provincia de Buenos Aires de la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (Ceamse).
Así lo informaron a fuentes judiciales que intervienen en el caso.
Pollicita había impulsado formalmente la investigación la semana pasada y reclamado una veintena de medidas destinadas a reconstruir el patrimonio del dirigente.
Entre ellas, el fiscal pidió levantar el secreto fiscal y bancario de Tapia, requerir sus declaraciones juradas a ARCA, información sobre bienes a los registros de la propiedad y datos sobre cuentas, plazos fijos, préstamos y tarjetas al Banco Central.
Todo este paquete fue aprobado hoy por el juez Lijo.
También ordenó informes de operaciones sospechosas a la Unidad de Información Financiera (UIF), otros a la Comisión Nacional de Valores (CNV), información a más de 20 exchanges de criptomonedas solicitando la dirección de posibles billeteras virtuales a nombre de Tapia y legajos a la Conmebol sobre los cargos e ingresos percibidos por Tapia.
Asimismo, el juzgado solicitó a las oficinas públicas de CABA y de la Provincia de Buenos Aires las declaraciones juradas patrimoniales de Tapia con sus anexos reservados e intimó al Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (Ceamse) a entregar su legajo laboral completo e informe de ingresos
En esta causa, Tapia es investigado como funcionario de la Ceamse, un organismo mixto, encargado de la gestión de residuos en el AMBA, cuya representación bonaerense está en manos de Tapia.
Ese cargo, y no la presidencia de la AFA, habilita que pueda ser investigado bajo la figura de enriquecimiento ilícito, un delito que solo pueden cometer funcionarios públicos.
La causa proyecto otra sombra sobre el panorama judicial que tiene por delante el presidente de la AFA. Está procesado en una causa impositiva, en le fuero Penal Económico; fue alcanzado por una causa de posible lavado, alrededor de la quinta ligada a la AFA; y ahora toma forma en Comodoro Py este otro frente patrimonial.
La investigación se inició a partir de una denuncia del empresario Guillermo Tofoni, que cuestionó la evolución patrimonial del titular de la AFA entre 2016 y 2025.
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POLITICA
Discapacidad: el Gobierno quiere derogar la ley de emergencia y puntos históricos del sistema de prestaciones

El proyecto de Presupuesto 2027 presentado por el gobierno de Javier Milei impulsa un cambio de fondo en el sistema de prestaciones para personas con discapacidad. La propuesta abarca la derogación de varios artículos de la Ley de Emergencia en Discapacidad, y otros aspectos históricos del régimen que está vigente desde hace más de 30 años.
El corazón de la reforma apunta a modificar el Nomenclador de Prestaciones Básicas, que ya “no incluirá valores universales”, señala la redacción del presupuesto. Es decir, quedaría sin efecto el listado con aranceles de referencia para obras sociales, prepagas y prestadores que ofrecen servicios a las personas con discapacidad.
El otro punto fundamental es que se propone volver al esquema de pensión por invalidez, por el cual quienes cuenten con un Certificado Único de Discapacidad (CUD) no será garantía de acceso a las prestaciones. Tampoco se podrá percibir este beneficio si alguien cuenta con un empleo registrado.
La motosierra al andamiaje legal se observa en el Capítulo VI del Presupuesto 2027, donde los artículos 36 a 41 sustituyen o derogan aspectos clave de la ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, y modifican en forma permanente las leyes 13.478, que regulan las pensiones no contributivas por invalidez laboral, y la 24.901, que crea el sistema de prestaciones básicas de atención integral a la discapacidad, que rige desde 1997.
“El nuevo texto elimina dos principios fundamentales. Que los aranceles sean iguales para todas las obras sociales, prepagas y el Estado. Que esos aranceles se actualicen automáticamente mediante el índice de movilidad jubilatoria. Y ahora establecen expresamente que ‘la universalidad no implicará la homogeneidad de aranceles’, expuso el diputado de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro.

De esta forma, si bien la iniciativa garantiza formalmente “la universalidad de la atención” del sistema de prestaciones, la modificación desregula los aranceles obligatorios y “las modalidades de financiamiento”. Se lo reemplaza por un “piso mínimo prestacional común, definido por estándares de calidad, oportunidad y adecuación de la prestación”. Además, cada obra social o prepaga podrá definir valores y cubrir las terapias que quiera, según se desprende del proyecto en el análisis de la oposición.
“En criollo, eliminan el criterio de arancel único para todo el sistema y reemplazan una regla objetiva por un esquema fragmentado, discrecional e incierto para prestadores y personas con discapacidad”, cuestionó Ferraro desde su cuenta personal de X. “Toda esta crueldad, mientras el sector atraviesa una emergencia reconocida por ley, con instituciones al borde del cierre, prestaciones desactualizadas y miles de familias a la deriva”, apuntó.
Cómo se actualizarán los aranceles
Mientras se otorga mayor discrecionalidad a los prestadores privados, cuando el prestador es público, los aranceles de las prestaciones deberán ser fijados de forma trimestral por la Secretaría Nacional de Discapacidad. Es decir, lo define el Gobierno.
“Si ese ajuste no se realiza dentro del período previsto, el texto dispone que se utilizará como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)”, aclara el texto.
Otro de los puntos que se eliminan es el estudio anual de costos de cada prestación, que permitía incorporar a los aranceles los aumentos de componentes no reflejados en el IPC, que “era uno de los reclamos centrales de las federaciones de prestadores, advierten desde el peronismo”.

El diputado nacional Juan Marino, de Unión por la Patria, denunció que el proyecto enviado al Congreso busca “desmantelar la Ley de Emergencia en Discapacidad”, y calificó la maniobra como “ilegal e inconstitucional”. Puntualmente, agregó que, con la “fragmentación del sistema” al disolver los valores únicos en las prestaciones, habrá una “presión a la baja de los aranceles por parte de los grandes financiadores y riesgo para la continuidad de las prestaciones”.
El modelo de “invalidez laboral”
El texto sustituye el artículo 9° de la Ley 13.478, donde faculta al Poder Ejecutivo a otorgar “una pensión inembargable a toda persona sin suficientes recursos, no amparada por un régimen de previsión y mayor de setenta (70) años de edad o imposibilitada para trabajar, según los requisitos establecidos en la reglamentación”.
El cambio, para Marino, reinstaura el modelo de “invalidez laboral” y se abandona “el modelo social de derechos humanos fijado por la Convención y se regresa a un criterio médico anacrónico”.
“Se elimina por ley el Certificado Único de Discapacidad (CUD) como vía legal y directa de acceso a la pensión. Los requisitos de acceso ya no los define el Congreso: quedan totalmente librados a la discrecionalidad de la reglamentación del Ejecutivo», expuso el legislador desde su cuenta de redes sociales.
De la iniciativa, se desprende que queda eliminada la compatibilidad entre la pensión y el empleo registrado o el monotributo hasta dos salarios mínimos. Así lo define el nuevo artículo 37, al establecer que la “Pensión no Contributiva por Invalidez Laboral será incompatible con poseer un vínculo laboral formal y/o encontrarse inscripto en el régimen general y/o simplificado vigente”.
El proyecto también derogara el artículo 8 de la ley de emergencia en discapacidad, que garantizaba la cobertura médica obligatoria para titulares de pensiones no contributivas. Otro cambio es el bloqueo al traspaso automático de beneficios preexistentes, al derogarse el art. 9º de la Ley 27.793, impidiendo que quienes ya cobran una pensión pasen de oficio al nuevo esquema de protección social con todas sus garantías.
El artículo 38, además, quita las restricciones que impedían financiar estos programas con recortes a otras partidas de servicios sociales, según el análisis de Marino.
El debate en la Cámara de Diputados
La Cámara baja tenía previsto retomar hoy el debate sobre los proyectos para prorrogar la emergencia en discapacidad hoy a las 12.00, en un plenario informativo de las comisiones de Discapacidad y de Presupuesto y Hacienda.
El cronograma fue aprobado con 249 votos durante la última sesión. Entre los temas figuraban la paralización en el otorgamiento de pensiones no contributivas por invalidez laboral, el atraso en los pagos, el congelamiento de aranceles y el cierre de centros de día.
Lo cierto es que los cambios en el Presupuesto 2027 impactan en esta agenda legislativa. Desde la oposición se preparan para confrontar, y ponen en un lugar incómodo a los aliados. El diputado nacional Esteban Paulón, de Santa Fe, recordó que el proyecto apareció luego de que La Libertad Avanza promoviera, junto con aliados, una iniciativa propia para tratar la emergencia en discapacidad. “Es regresivo y supone la desaparición de las prestaciones universales”, concluyó.
POLITICA
Proponen medidas para fomentar el voto de los argentinos en el exterior ante la baja inscripción y participación

De 1,8 millones de argentinos residentes en el exterior, casi medio millón estuvo habilitado para votar en las elecciones presidenciales de 2023 y apenas poco más de 50.000 acudieron a las urnas de los respectivos consulados. Frente a este escenario, la Fundación Libertad y Progreso elaboró una serie de propuestas para facilitar e incentivar el voto en el exterior, en un “análisis preliminar”.
Las medidas que sugiere la institución dirigida por Agustín Etchebarne se enfocan en la comunicación y concientización mediante campañas segmentadas, la reducción de costos de los trámites junto con beneficios a futuro, y la simplificación y digitalización de los procesos.
En rigor, las propuestas apuntan, primero, a incentivar el cambio de domicilio en el DNI al exterior –único requisito para la inscripción automática en el Registro de Electores Residentes en el Exterior (RERE), que permite votar fuera del país– y, luego, a fomentar la participación.
Algunas propuestas serían de simple aplicación y solo dependerían de la voluntad de organismos como el Registro Nacional de las Personas (Renaper), la Cancillería, la Cámara Nacional Electoral (CNE) y los consulados, mientras que otras requerirían decretos del Poder Ejecutivo o la intervención del Congreso. Entre las propuestas, se encuentran:
La Fundación estima que hoy casi 2 millones de argentinos residen en el exterior, de los cuales más de 1,6 millones serían mayores de 16 años y, por ende, estarían en condiciones de votar. En 2025, el RERE no alcanzó el medio millón de inscriptos. Y en las elecciones del año pasado votaron apenas 27.381, una cifra considerablemente menor que en las de 2023 al tratarse de comicios legislativos.
Etchebarne, director general de la Fundación, planteó a que su objetivo es que “los argentinos que están en el exterior tengan mayor facilidad para mostrar dónde están y que tengan mayor posibilidad de votar”. “Hay 1,8 millones de argentinos afuera, que tienen derecho a votar, pero que no pueden ejercerlo si no lo saben. Hay un tema de campaña de difusión”, expresó.
Desde la institución comentaron esta iniciativa a integrantes del Gobierno para lograr un mayor compromiso del Estado en el fomento del voto exterior.
Claves del voto exterior
El voto en el exterior fue establecido por ley y reglamentado por decreto durante el menemismo. El gobierno de Mauricio Macri estableció la inscripción automática (en caso de tener domicilio en el exterior) y el voto por correo postal. La gestión de Alberto Fernández derogó el decreto que había habilitado esta última modalidad, mientras el presidente Javier Milei restituyó la posibilidad de ejercer el voto mediante correo postal.
El voto de los argentinos en el exterior es optativo a partir de los 16 años y puede ejercerse de forma presencial en la sede consular o por correo postal. Para votar por correspondencia hay que inscribirse desde 150 días hasta 120 días antes de la elección general.
Quienes votan desde el exterior solo pueden participar en elecciones nacionales. En concreto, elegir fórmula presidencial, diputados y senadores nacionales, y parlamentarios del Mercosur. No pueden votar en las Primarias Abiertas Simultáneas Obligatorias (PASO) ni en elecciones provinciales o municipales, pero sí en las generales nacionales y en el balotaje presidencial.
Es obligatorio figurar en el RERE, cuya inscripción es automática. Aquí está la clave: si es automática, ¿por qué solo figura cerca del 25% de quienes emigraron? Porque la inscripción depende de tener registrado un domicilio fuera de la Argentina en el DNI (al menos 180 días antes de la elección general), y muchos no lo hacen.
Según la Fundación Libertad y Progreso, el problema de fondo es el temor de los argentinos en el exterior a perder derechos al registrar formalmente su domicilio fuera del país, sobre todo en materia de cobertura de salud, jubilaciones, pensiones y programas sociales. Al no registrar ese domicilio, quedan fuera del RERE y no pueden votar en el exterior.
Sin embargo, la participación de los inscriptos también es baja. En la última década, entre los habilitados para votar, solo lo hizo entre el 3,8% y el 12,8% según datos de la Fundación, que lo atribuyó a la falta de información en la materia.
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