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POLITICA

La flota extranjeras china extrae en la milla 201 hasta cuatro veces más recursos naturales que la pesca argentina

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El mar negro se parte en dos: de un lado, la oscuridad; del otro, una ciudad flotante de luz blanca que se refleja sobre las olas que, a esa hora, cerca de las tres de la madrugada, se elevan a más de cuatro metros. Quien escribe esta nota está embarcado en uno de los cinco buques guardacostas de la Prefectura Naval Argentina (PFA) que patrulla la Zona Económica Exclusiva de nuestro país, las 200 millas marinas, esto es 370,4 kilómetros de la costa patagónica. El buque potero Chino Lurong Yuan Yu 669 avanza, según el capitán, a menos de dos nudos, menos de cuatro kilómetros por hora. La nave extranjera pesca en la milla 201, pero, si continúa en ese rumbo y velocidad, en pocos minutos ingresará en zona prohibida. Los prefectos están preparados para entrar en acción, primero una advertencia lumínica, después sonora, y por último disparos a babor y estribor.

La escena no se observa desde nuestra posición, pero los oficiales de la PNA imaginan que desde el puente, que los tripulantes chinos detectan a través de las pantallas de sonar como se desplaza una mancha compacta. Son miles de calamares Illex argentinus que ascienden a la superficie y caen en las redes atraídos por los focos.

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Visto desde un satélite, el conjunto de la flota depredadora, entre 300 y 500 embarcaciones concentradas en un radio de 90 kilómetros (50 millas)— forma una ciudad mediana en la profundidad de la noche cerrada.

Los buques pesqueros chinos, una ciudad flotante en la milla 201

En cubierta, una decena de marineros procedentes de países asiáticos como Indonesia, Filipinas, China y Vietnam trabajan a destajo. Los marineros lo arrojan a una canasta plástica los calamares atrapados. Los recipientes se llenan en minutos. Cuando el cardumen es abundante, explica el oficial de la PNA, los turnos se pueden extender hasta 16 horas.

En los camarotes, duermen, o al menos los intentan, los que terminaron la jornada anterior. Los expertos explican que, en esas embarcaciones, las literas están separadas por menos de medio metro. El ruido de los generadores es incesante, al igual que el balanceo del casco por el oleaje.

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Los poteros llevan semanas, meses sin atracar en un puerto. No hace falta: cada cierto tiempo, un carguero frigorífico aparece en el horizonte, se acoda al costado y recibe la carga. Repostan combustible, alimentos, a veces recambian parte de la tripulación. La pesca viaja directamente hacia China sin pasar por ningún control portuario.

Poco después ocurre lo que los oficiales argentinos que patrullan la ZEEA sabían que iba a suceder: el barco chino apaga el sistema de identificación automática (AIS). En las pantallas de seguimiento satelital de Buenos Aires, ubicado en la sede de Puerto Madero de la PNA, la embarcación desaparece, pero sigue pescando, ahora, dentro de la milla 200, en zona prohibida. En ese momento, la autoridad naval argentina comienza su trabajo para, o detener a la embarcación que depreda los recursos naturales nacionales sin autorización, aplicarle una multa y decomisar su carga, u obligarla a abandonar la Zona Económica Exclusiva Argentina.

Múltiples buques pesqueros extranjeros operan sobre el borde de la milla 201 en el Atlántico Sur, ilustrando la intensa presión sobre los recursos marinos argentinos. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Pero pescar en el límite de la milla 200, la denomina da milla 201 tiene nombre pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y una dimensión económica que la Fundación Latinoamericana de Sostenibilidad Pesquera (FULASP) acaba de poner en cifras: las flotas extranjeras que operan en la milla 201 extraen entre dos y cuatro veces más recursos que toda la industria pesquera argentina.

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Según el puntilloso trabajo al que accedió Infobae, mientras la pesca nacional desembarca entre 750.000 y 900.000 toneladas anuales, las estadísticas internacionales ubican las capturas de flotas extranjeras en el Atlántico Sudoccidental entre 1,5 y 3 millones de toneladas por año. Entre 400 y 600 buques provenientes principalmente de China, Corea del Sur y Taiwán operan anualmente en la región, según el estudio. Los niveles de extracción en la zona crecieron un 65% entre 2019 y 2024, y la flota china incrementó su esfuerzo pesquero un 85% en ese mismo período.

organización internacional dedicada a investigar delitos ambientales, pesca INDNR (ilegal, no declarada y no reglamentada), trabajo forzoso y explotación de recursos naturales, que ha confirmado que en el caso del calamar Illex la combinación de sobrepesca y malas condiciones ambientales “podría provocar un colapso poblacional en apenas un año, porque es una especie de ciclo muy corto”.

El calamar, en el centro de la tormenta

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El caso más preocupante para FULASP es el del calamar Illex argentinus, especie de ciclo biológico breve —vive apenas uno o dos años— y pieza central de la cadena alimentaria marina: es consumido por merluzas, mamíferos marinos, aves oceánicas y numerosas especies comerciales. Raúl Cereseto, presidente de la Fundación Latinoamericana de Sostenibilidad Pesquera, advirtió que “en el caso del calamar, que vive apenas uno o dos años y cumple un rol central en la cadena alimentaria, una mala combinación de sobrepesca y cambio ambiental puede generar que en el corto plazo estemos discutiendo no una pérdida económica, sino el agotamiento de recursos fundamentales para la pesca argentina y para todo el ecosistema del Atlántico Sur».

Pesca del calamar en Milla 201

La Environmental Justice Foundation, que en español se traduce como Fundación para la Justicia Ambiental (EJF), organización internacional dedicada a investigar delitos ambientales y pesca INDNR, confirmó que en el caso del Illex la combinación de sobrepesca y condiciones ambientales adversas “podría provocar un colapso poblacional en apenas un año”, precisamente por tratarse de una especie de ciclo muy corto.

Desde la central de PNA se realiza el seguimiento de los buques extranjeros que pescan de manera ilegal en la ZEEA

El antecedente más concreto ya ocurrió: en 2024, las propias autoridades pesqueras de las Islas Malvinas cancelaron la segunda temporada de calamar Loligo porque la biomasa estimada cayó por debajo del umbral de conservación de 10.000 toneladas.

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Prácticas de evasión y el rol de las banderas de conveniencia

Entre las tácticas documentadas por las autoridades argentinas y organizaciones ambientales se destacan el apagado deliberado del AIS, el empleo de redes de arrastre prohibidas y el uso de banderas de conveniencia. Desde 2020, embarcaciones de origen chino comenzaron a operar bajo pabellones de países como Vanuatu y Camerún para ocultar su procedencia real y eludir sanciones. En la temporada 2024-2025, al menos 13 buques con esas banderas fueron documentados en el límite de la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA), todos con salida desde puertos chinos y tripulaciones de esa nacionalidad.

La logística de la flota está diseñada para maximizar el tiempo en el mar: buques nodriza y cargueros frigoríficos se anclan en el borde de la ZEEA para reabastecer de combustible y alimentos a las embarcaciones menores y recibir la pesca capturada, lo que les permite operar durante meses sin tocar puerto.

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Frente a ese esquema, el gobierno argentino aplicó por primera vez una sanción de magnitud real. A través de una política de “tolerancia cero” coordinada entre la Prefectura Naval Argentina (PNA) y la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca, las autoridades impusieron una multa de $1.262 millones —incluyendo costos operativos por $799.000— al arrastrero Bao Feng, un buque de capital chino con bandera de Vanuatu perteneciente a la empresa Hai Shun Shipping Co.

El esfuerzo pesquero de la flota extraerá ha incrementado en los últimos años. (Cortesía de Milko Schvartzman)

El Bao Feng había sido detectado el 10 de enero por sistemas de vigilancia electrónica y satelital, cuando navegaba a menos de 6 nudos y ejecutó maniobras de arrastre dentro de la ZEEA. Tras verificar nuevas incursiones a fines de marzo, se le aplicó la sanción, equivalente a cerca de un millón de dólares y récord en la materia. La PNA también multó a otros dos buques de la misma empresa: el Hai Xing 2 y el Bao Win, detectados con patrones de navegación compatibles con actividad pesquera ilícita. Ante las sanciones, Vanuatu procedió a dar de baja a los tres buques de su registro nacional.

El procedimiento marcó un precedente al demostrar que la detección electrónica tiene el mismo valor probatorio que la intervención directa en el mar, algo que históricamente había impedido la aplicación de sanciones efectivas en un frente marítimo de esa extensión.

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Durante la Operación Mare Nostrum I, lanzada en febrero de 2025, la Armada Argentina desplegó aviones P-3 Orion y C-12 Huron, junto con las corbetas ARA Robinson y ARA Espora, e identificó unas 380 embarcaciones pesqueras extranjeras operando justo fuera del límite de la ZEEA.

La merluza, bajo presión

El fenómeno no se limita al calamar. Los propios informes pesqueros de las Islas Malvinas reconocen que la merluza hubbsi desova principalmente en aguas costeras patagónicas durante la primavera y el verano, y luego puede migrar hacia la plataforma de Malvinas para alimentarse. En 2024, allí se capturaron 54.714,5 toneladas de esa especie, el cuarto registro anual más alto desde 1989. La merluza de cola refuerza el mismo argumento de stock compartido: estudios genéticos y de micro química de otolitos sugieren conectividad entre el Atlántico Sudoccidental y el Pacífico Sudoriental, lo que indicaría que se trata del mismo stock explotado por Chile, Argentina y las islas.

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Relevamiento Milla 200 por parte de la autoridad naval argentina

La problemática no es exclusiva del Mar Argentino. Ecuador, Perú, Chile e Indonesia también han denunciado la presencia masiva de flotas chinas en sus zonas jurisdiccionales. En 2020, la Armada ecuatoriana reportó más de 300 embarcaciones operando cerca de las Islas Galápagos. Las pérdidas económicas para Argentina superan los 1.000 millones de dólares anuales, de acuerdo con estimaciones de la Subsecretaría de Pesca.

El esquema de Malvinas: un tercio de la pesca argentina bajo licencias británicas

A la presión de la flota extranjera en la milla 201 se suma otra denuncia de FULASP: el Reino Unido ha consolidado en las Islas Malvinas un modelo de explotación de recursos migratorios de origen argentino mediante la entrega de cuotas pesqueras a largo plazo —de hasta 25 años— a flotas de terceros países, sin control del Estado argentino.

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La investigación fue encabezada en los primeros días de abril por el propio Cereseto. A partir del cruce de datos públicos y privados, registros oficiales, información satelital y relevamientos propios, la fundación determinó que durante 2024 las capturas totales en aguas bajo control británico alcanzaron las 261.903 toneladas, uno de los niveles más altos de los últimos años. Dentro de ese volumen, el calamar Illex argentinus representó 146.689 toneladas, uno de los registros más elevados de la última década.

El esquema genera aproximadamente 1.000 millones de dólares por año y representa alrededor del 65% de los ingresos totales de las islas, con el Reino Unido recaudando casi 50 millones de dólares anuales en concepto de permisos. El circuito operativo carece de desarrollo productivo local: solo el 20% de lo capturado se descarga en Malvinas, el 10% se dirige al puerto de Montevideo y el 70% restante se transfiere directamente en alta mar hacia los países que reciben las cuotas. Para FULASP, ese volumen equivale a más de un tercio de toda la pesca argentina, y su extracción sin regulación del país de origen constituye un proceso de destrucción progresiva tanto del ecosistema marítimo como del entramado productivo nacional, con miles de empleos en riesgo.

Corporate Events,South America / Central America

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Una jueza federal de Río Grande ordenó frenar la explotación petrolera de Sea Lion en Malvinas

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La jueza federal de Río Grande, en Tierra del Fuego, Mariel Borruto, ordenó frenar la explotación petrolera del proyecto Sea Lion en torno a las islas Malvinas. Notificó a las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited que cesen las perforaciones y las emplazó a que en 10 días informen el grado de avance del proyecto.

De este modo, la magistrada hizo lugar a la medida cautelar solicitada por las asociaciones de Abogados, Abogados/as y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA) y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que litiga en este caso.

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El financiamiento principal (un 65%) del proyecto proviene de la empresa israelí Navitas Petroleum y el resto de la británica Rockhopper Exploration.

La magistrada, en una resolución de 17 carillas a la que accedió , dispuso además que Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum se abstengan de iniciar, continuar o ejecutar acción del proyecto Sea Lion, que en el fallo es mencionado como León Marino, en castellano.

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Además, prohibió eventuales ampliaciones y tareas en los pozos o instalaciones integrados al emprendimiento.

La prohibición alcanza a la perforación del lecho o subsuelo marino, la instalación permanente de infraestructura submarina para extracción o producción, la colocación de conductos, líneas de flujo y estructuras de fondeo.

Además, prohíbe la puesta en funcionamiento de unidades flotantes de producción, almacenamiento o descarga, el inicio de cualquier extracción comercial y también las obras terrestres y portuarias.

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La medida regirá hasta que se sustancie ante la autoridad ambiental nacional el procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en la Ley 25.675, o hasta que el propio juzgado disponga lo contrario.

En paralelo, la jueza intimó a las dos empresas a que, dentro de los diez días hábiles judiciales, informen bajo declaración jurada y con documentación respaldatoria el estado actual del proyecto: el cronograma de construcción y perforación, la cantidad y ubicación de los pozos proyectados, las unidades flotantes y de perforación contratadas.

Quiere saber la justicia, además, la nómina de contratistas y subcontratistas, la estructura societaria utilizada, las entidades financieras y aseguradoras involucradas, los desembolsos realizados y pendientes, los estudios ambientales y de riesgo de derrames ya realizados.

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También les ordenó preservar íntegramente, sin destruir, modificar u ocultar, toda la documentación técnica, ambiental, societaria, contractual, financiera y asegurativa vinculada al proyecto.

Noticia en desarrollo




proyecto Sea Lion,Hernán Cappiello,Islas Malvinas,Conforme a

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Los fundamentos del fallo que ordenó suspender el avance del proyecto petrolero Sea Lion en las Islas Malvinas

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La jueza federal Mariel Borruto, del Juzgado Federal de Río Grande, ordenó suspender el avance del proyecto hidrocarburífero Sea Lion, ubicado a unos 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas, en una medida cautelar dictada en el expediente FCR 13706/2026 a pedido del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA).

En su disposición, la jueza apuntó contra Rockhopper Exploration PLC y Navitas Petroleum Development and Production Limited. La resolución, además de frenar las obras, desarrolla en detalle los argumentos jurídicos que la sustentan, y está basada en distintos fundamentos.

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Eje ambiental

El primer fundamento es ambiental. La jueza tuvo por acreditado que ninguna autoridad argentina había iniciado un procedimiento de evaluación de impacto ambiental sobre el proyecto: un informe de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Jefatura de Gabinete, de febrero de este año, confirmó que no existía aviso de proyecto ni trámite iniciado con las empresas mencionadas.

La Ley General del Ambiente (25.675) exige esa evaluación previa para toda actividad capaz de degradar significativamente el ambiente y la Ley 26.659 prohíbe desarrollar actividades hidrocarburíferas en la plataforma continental argentina sin autorización nacional. Para el juzgado, esa omisión configura por sí misma la conducta antijurídica que permite actuar preventivamente: quien debía evaluar el riesgo ambiental no lo hizo y, aun así, avanzó con la ejecución de la obra.

El mapa de las empresas petroleras que explotan crudo en las Islas Malvinas (Foto: Rockhopper)

Ese razonamiento se apoya en el principio precautorio, según el cual la falta de certeza científica sobre el impacto de una actividad no puede usarse como excusa para postergar medidas de protección cuando existe riesgo de daño grave.

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La resolución citó también la jurisprudencia de la Corte Suprema en los fallos “Mendoza” —sobre la contaminación del Riachuelo— y “Halabi”, que reconocen al ambiente como un bien colectivo, indivisible y no apropiable individualmente, y la doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en su Opinión Consultiva OC-23/17 estableció que el derecho a un ambiente sano protege ecosistemas como el mar aun sin que exista una persona individualmente afectada. Sobre esa base, el juzgado concluyó que la función judicial ambiental no está limitada a intervenir una vez consumado el daño.

Eje en la soberanía

El segundo fundamento es la soberanía. Al analizar la legitimación de los demandantes, la jueza reconoció que la causa promovida por el CECIM “no se agota en una controversia técnico-ambiental”, porque involucra además la defensa de la soberanía nacional sobre Malvinas, a la que calificó como “bien colectivo indivisible” y “interés federal por antonomasia”.

Ese argumento le permitió sostener la competencia del juzgado sobre dos sociedades constituidas en el extranjero, en base al artículo 2603 del Código Civil y Comercial, que habilita a los jueces argentinos a dictar medidas cautelares aunque los bienes o las personas involucradas no se encuentren en el país. La resolución sostuvo que la Ley General del Ambiente y la Ley 26.659 son normas de aplicación inmediata que se imponen por sobre cualquier autorización o título extranjero que las empresas pudieran invocar.

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Una plataforma de la empresa Rockhopper, ahora apuntada por la justicia federal. (Foto TN)
Una plataforma de la empresa Rockhopper, ahora apuntada por la justicia federal. (Foto TN)

Peligro de demora

El tercer eje es el de la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, los dos requisitos clásicos de toda cautelar. La jueza consideró acreditada la verosimilitud a partir de la existencia y localización del proyecto, la magnitud de las obras previstas —23 pozos, una unidad flotante de producción y una ampliación portuaria en Puerto Argentino— y los antecedentes de las empresas: según documentación oficial incorporada al expediente, Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum LP ya habían sido alcanzadas por resoluciones de 2012, 2013 y 2022 que declararon “ilegales y clandestinas” sus actividades en la plataforma continental y dispusieron su inhabilitación para operar en el país por veinte años.

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El peligro en la demora, por su parte, surgió de que el proyecto ya había superado la etapa conceptual: las empresas habían adoptado la decisión final de inversión en diciembre de 2025 —rechazada formalmente por la Cancillería argentina el 11 de ese mes— y habían comenzado obras de adaptación de infraestructura, según la propia documentación de Rockhopper.

Alcance del fallo

La resolución aplicó, además, un criterio de proporcionalidad al definir el alcance de la medida. La jueza rechazó la fórmula que habían propuesto originalmente las organizaciones demandantes, que era mantener la suspensión hasta que las empresas obtuvieran un Certificado de Aptitud Ambiental: dado que Rockhopper ya tiene una inhabilitación de veinte años, esa condición habría convertido, en los hechos, una medida provisoria en una prohibición definitiva.

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Por eso, la suspensión regirá hasta que se sustancie ante la autoridad ambiental argentina el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, o hasta que el juzgado disponga lo contrario. Por el mismo criterio, difirió el pedido de bloquear de manera general nuevos contratos de financiación, pagos o transferencias de las empresas, al considerar que en esta etapa esa prohibición podría alcanzar a terceros no identificados, como bancos o aseguradoras, sin haber sido oídos.

La medida es provisoria y quedará sujeta a revisión una vez que Rockhopper y Navitas —intimadas a presentar en diez días hábiles información detallada sobre el estado del proyecto, sus contratistas, su estructura societaria y financiera— sean notificadas y puedan ejercer su defensa. Por tratarse de empresas domiciliadas en el exterior, esa notificación deberá tramitarse por la vía del Convenio de La Haya de 1965.

Islas Malvinas, Petróleo, justicia federal

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Cortocircuito y quiebre entre la Casa Rosada y sus diputados por la ley de discapacidad

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“Se incendió todo”, lamentaron desde el bloque de La Libertad Avanza (LLA) en Diputados luego de que se conociera que el proyecto de ley presupuesto 2027 enviado ayer a última hora por el Poder Ejecutivo elimina artículos clave de la ley de emergencia en discapacidad.

El asombro de los legisladores oficialistas quedó expuesto este mediodía en la comisión informativa, donde la oposición y los principales representantes de asociaciones y cámaras de prestadores expresaron su rechazo por las múltiples modificaciones y, sobre todo, por la quita de la actualización del nomenclador. Un punto central en la negociación con los aliados que desató malestar en el Pro y vuelve a foja cero las conversaciones.

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“Es lo contrario de lo que veníamos hablando”, se quejaron desde Pro, después de haberse reunido a primera hora de la mañana con representantes de LLA, entre ellos, la diputada Laura Rodríguez Machado -responsable de gestionar el diálogo con los aliados- en busca de alguna explicación sobre el giro repentino en la estrategia.

Sin embargo, fueron los mismos libertarios los que dejaron en claro su asombro ante la maniobra del Poder Ejecutivo. “Ahora vamos a volver a juntarnos. Tenemos que hablar de cero”, admitieron, en un intento de desmarcarse de la Casa Rosada. El episodio dejó al descubierto el cortocircuito y el quiebre que hubo entre el Poder Ejecutivo y sus representantes en la Cámara de Diputados.

El opositor Esteban Paulon, hoy, en la comisión informativa en DiputadosSoledad Aznarez –

Es que hasta última hora de ayer, LLA apostaba a que el Ministerio de Economía incluyera algún guiño a las demandas de los aliados en el presupuesto, que finalmente avanzó en sentido contrario.

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La distancia con la Casa Rosada también se hizo evidente cuando la exmacrista Silvana Giudici tomó la palabra durante la comisión y, en un intento por poner paños fríos al conflicto, remarcó la importancia de conseguir un dictamen el próximo 23 e hizo alusión a la división de poderes. “Creemos que este Congreso tiene un tiempo largo para luego tratar el presupuesto y debatir cuáles son las mejores condiciones, no solo las cláusulas mencionadas [por las eliminadas]”, apuntó, sin precisar cómo el oficialismo piensa avanzar en un proyecto de ley “superadora”.

Los cambios del presupuesto

Entre los cambios más resonantes que incluyó la Casa Rosada en el presupuesto propone eliminar el artículo 7 bis de la ley de emergencia, que hasta ahora establecía la actualización obligatoria, automática y mensual de los pagos a prestadores según el índice de IPC.

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El Poder Ejecutivo plantea que “el Nomenclador de prestaciones básicas no incluirá valores universales” y habilita a que cada obra social o prepaga fije sus propios valores en la negociación, sobre la base de un mínimo contemplado.

La jugada del Gobierno generó podría tener un costo político alto. “Cambia completamente la discusión”, resumieron cerca de la bancada de Cristian Ritondo.

No es la única modificación que introduce. El proyecto propone volver al esquema de pensión por invalidez, por el cual quienes cuenten con un Certificado Único de Discapacidad (CUD) no podrán percibir ningún tipo de compensación si registran un empleo. Además, deroga los artículos 5º, 8º, 9º y 14 de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad Nº 27.793.

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