ECONOMIA
La jugada de San Juan para obligar a que al menos 80% del empleo de empresas mineras sea local

A las puertas de un ciclo de inversiones que promete ser histórico de la mano de los mega-proyectos de cobre (como Josemaría, Los Azules, El Pachón y Altar) y bajo el paraguas normativo del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), el Gobierno de San Juan decidió mover su pieza regulatoria más ambiciosa y sofisticada. El Poder Ejecutivo provincial envió a la Cámara de Diputados el texto definitivo del proyecto de ley de Proveedores Mineros. La iniciativa no es un simple enunciado de buenas intenciones políticas: se trata de un andamiaje legal de precisión quirúrgica que busca obligar a las corporaciones multinacionales a volcar sus millonarios presupuestos de operación y construcción dentro de las fronteras provinciales.
El texto de la ley, al que accedió iProfesional en forma completa, se mete de lleno en la «letra chica» de los contratos de locación de obra, los pliegos de contratación, las estructuras de capital de las pymes locales y hasta la radicación fiscal de las flotas de camiones y camionetas. El objetivo de la administración sanjuanina es claro: desactivar de raíz el temido «efecto enclave» —donde las mineras extraen el recurso natural pero contratan sus grandes obras civiles, ingenierías complejas y servicios industriales de alto valor agregado con proveedores de Buenos Aires, Córdoba o el exterior—. El Ejecutivo busca maximizar el impacto socioeconómico local en un momento de fuerte recesión nacional y caída de la obra pública.
Sin embargo, el proyecto asume un desafío técnico monumental: ¿cómo forzar un compre local agresivo sin espantar los capitales de Wall Street o Toronto y sin violar los principios de libre comercio consagrados en la Constitución Nacional? La respuesta oficial quedó plasmada en una norma tan estricta en sus metas cuantitativas como flexible y blindada en sus aspectos interpretativos.
El mapa del empleo: el piso del 80% y el «cepo» del DNI por zona de influencia
El Título II del proyecto introduce una de las mayores presiones operativas para las compañías: el Plan de Desarrollo de Empleo Local. Según el artículo 5, las empresas mineras deberán presentar, con carácter de declaración jurada, un plan adecuado a cada etapa del yacimiento (prospección, exploración, construcción, explotación, cierre y post-cierre) cuyo objetivo central sea alcanzar una contratación de Trabajadores Locales equivalente al 80%.
La verdadera «letra chica» del artículo radica en cómo se calcula esta masa laboral. La norma establece que el 80% se medirá sobre el total de la nómina promedio anual de trabajadores vinculados al proyecto, computando de forma consolidada tanto los puestos directos de la empresa minera como los indirectos de todas sus contratistas y subcontratistas. Esto significa que las multinacionales ya no podrán desligarse del empleo local delegando las grandes obras civiles en constructoras nacionales; la operadora principal será la garante legal del cupo ante el Ministerio de Minería.
Para evitar las avivadas de trabajadores que mudan su domicilio fiscal de forma express atraídos por los altos sueldos mineros, el proyecto divide a los beneficiarios en dos categorías estrictas basadas en el domicilio real asentado en el Documento Nacional de Identidad (DNI) y ratificado por certificaciones de autoridad competente o constancias de servicios públicos activos:
- Trabajadores locales de comunidades de influencia: Son aquellos radicados en los departamentos donde se asienta el proyecto según lo aprobado en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Para ellos, se exige una antigüedad mínima de residencia continua de 24 meses.
- Trabajadores locales provinciales: Ubicados en el resto de los departamentos de San Juan, con una antigüedad mínima exigida de 12 meses.
El artículo 6 establece, además, un estricto orden de prelación para las búsquedas laborales. Las empresas deberán priorizar en primer lugar al desocupado del departamento de influencia directa, luego al de influencia indirecta, en tercer término al habitante del resto de San Juan, dejando en los escalones finales al residente de otra provincia argentina y, por último, al extranjero.
La barrera comercial: cuota del 60% de facturación y el filtro del RE.PRO.MIN.
Si el capítulo laboral es exigente, el Título III —enfocado en el desarrollo de proveedores locales— reconfigura por completo el mapa del negocio corporativo en la región. El artículo 9 determina que las mineras deben estructurar un plan para alcanzar una participación equivalente al 60% del monto total anual de adquisiciones y contrataciones del proyecto en manos de Proveedores Locales.
Para que un dólar gastado por la minera compute dentro de este cupo del 60%, el proveedor deberá contar con una inscripción vigente en el Registro de Proveedores Mineros de San Juan (RE.PRO.MIN.), un registro público, único y digital que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Minería de la provincia.
Los requisitos técnicos para ingresar al RE.PRO.MIN. (artículo 12) actúan como un verdadero filtro diseñado para desmantelar las llamadas «empresas fantasma» o meras oficinas comerciales de papel instaladas en San Juan por grandes corporaciones porteñas:
- Control del Capital y Beneficiario Final: La pyme que busque el certificado de proveedor local debe demostrar que al menos el 51% de su capital social (o de los votos que forman la voluntad social) pertenece a personas humanas con domicilio legal y fiscal en San Juan. El texto va más allá y exige que si los socios son personas jurídicas, se debe realizar el caminito de transparencia hasta acreditar la identidad de los «beneficiarios finales» de esos derechos societarios.
- Excepción por Inversión Real: El proyecto abre una ventana inteligente. Aquellas firmas de fuera de la provincia que no cumplan con el 51% de capital local podrán registrarse únicamente si demuestran que su «establecimiento principal» —donde se concentra la mayor parte de los procesos industriales de transformación o núcleo operativo— se encuentra físicamente ubicado en San Juan, respaldado por una antigüedad de entre 12 y 24 meses de facturación continua en la provincia, o mediante una inversión real comprobada y planes de transferencia tecnológica acordados con el Estado.
- Nacionalización de Patentes Vehiculares: En un fuerte guiño a la recaudación fiscal de los municipios y la provincia, el artículo 12, inciso 5, obliga a los proveedores a registrar y tributar el Impuesto Automotor en San Juan por la totalidad de los vehículos afectados al proyecto minero, ya sean propios, alquilados o contratados a terceros (con excepción de contratos de leasing).
Los «grises» de la ley: competitividad frente al riesgo de cartelización
Uno de los puntos que genera mayor debate y que las empresas mineras observan con recelo es el riesgo de que una exigencia de compre local obligatoria en porcentajes tan altos derive en una inflación artificial de costos o en cuellos de botella operativos. Construir tres o cuatro mega-proyectos de cobre en simultáneo en la cordillera sanjuanina demandará volúmenes de insumos, metalmecánica pesada, servicios de alta complejidad y logística que hoy exceden la capacidad instalada en la región.
El artículo 10, inciso 7, obliga a las mineras a ponderar las ofertas locales y a priorizar al proveedor industrial local (que agrega valor en talleres propios) por sobre el mero «proveedor comercial» (un intermediario que compra fuera de la provincia y revende en San Juan).
Frente al fantasma corporativo de la cartelización de precios internos, los redactores del proyecto introdujeron válvulas de escape técnicas muy precisas. El artículo 9 aclara explícitamente que las mineras podrán excluir de la base de cálculo del 60% aquellas contrataciones respecto de las cuales «no exista oferta local disponible en condiciones razonables de calidad, capacidad técnica, cantidad, oportunidad o precio de mercado».
Eso sí: la minera no podrá decidir la exclusión de forma unilateral o discrecional. Deberá presentar una exhaustiva justificación técnica ante la Autoridad de Aplicación acompañada de un plan de acción para desarrollar a futuro a proveedores locales en ese rubro vacante, salvando los casos donde el producto o servicio sea técnica o económicamente imposible de producir en San Juan.
El «escudo legal»: cómo el proyecto evita chocar con la Constitución
Fuentes del ámbito del derecho minero corporativo consultadas por iProfesional destacaron la astucia legal con la que se redactó el Artículo 2 de la norma, dedicado por entero a fijar los principios de interpretación de la ley. Esta sección opera, en la práctica, como un sofisticado escudo constitucional.
Históricamente, las leyes de compre local estrictas en las provincias mineras han caminado por la cuerda floja de la inconstitucionalidad, siendo vulnerables a planteos judiciales por violar el libre comercio interprovincial, discriminar a ciudadanos de otras regiones del país o establecer aduanas interiores encubiertas.
Para neutralizar de antemano cualquier impugnación ante la Corte Suprema de la Nación, el proyecto de ley de San Juan introduce taxativamente en su articulado el respeto absoluto por el Principio de libre competencia, el Principio de libertad de comercio y la Libertad de ejercer industria lícita, todos ellos garantizados por la Constitución Nacional.
El texto deja en claro que el fomento de la industria sanjuanina «en modo alguno debe implicar, significar, fomentar, facilitar o traer como consecuencia favorecer los acuerdos entre competidores o las concentraciones económicas». Tampoco podrá interpretarse como una «limitación, menoscabo o perturbación de la libertad de movimientos de los factores de producción». El artículo cierra ordenando que toda la estructura regulatoria de la ley debe aplicarse bajo estrictos criterios de «razonabilidad y proporcionalidad», desterrando la discrecionalidad administrativa del funcionario de turno.
El nuevo escenario bienal y las sanciones en juego
La ley obligará a las mineras a un ejercicio de planificación a largo plazo. Los planes de empleo y de proveedores locales tendrán un esquema de actualización e informe obligatorio cada dos años. En estas revisiones bienales, las compañías mineras deberán presentar sus reportes con carácter de declaración jurada, detallando los desvíos en los porcentajes, las justificaciones técnicas de mercado y los indicadores de impacto y sostenibilidad de sus programas de desarrollo comunitario voluntario (regulados en el artículo 4).
El cumplimiento de estos planes no será optativo. Aunque el texto analizado resguarda los principios de libre comercio, el incumplimiento injustificado de las declaraciones juradas y de las metas progresivas acordadas con el Ministerio de Minería expondrá a las compañías operadoras a penalidades severas que la reglamentación terminará de pulir, y que podrían ir desde fuertes multas económicas asociadas al valor de los minerales extraídos hasta el congelamiento de su inscripción en el Registro de Productores Mineros, un paso administrativo previo indispensable para poder exportar y operar comercialmente.
Con las cartas sobre la mesa, la Legislatura sanjuanina abre el debate de una de las normas más densas y cruciales para el futuro económico de la región. El desafío político de los diputados provinciales será no alterar el fino equilibrio del texto original: mantener los «dientes» necesarios para asegurar que los dólares de la minería de cobre irriguen con fuerza a las pymes y al trabajo local, sin transformar la ley en una traba burocrática rígida que termine enfriando los mismos proyectos que San Juan necesita para encender definitivamente su motor económico.
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ECONOMIA
La Argentina se ubica entre los países con mayor presión fiscal sobre el sector formal de la industria, según la UIA

En medio de los reclamos por la pérdida de competitividad, en un contexto crítico para la industria, la UIA presentó un informe que ubica a la Argentina en el primer puesto entre los países con mayor presión fiscal sobre el sector formal de la industria, en una muestra de 30 Estados. Respecto de 2023, el indicador marcó un aumento relevante.
El estudio establece una comparación con los países del G20, Sudamérica, Países Bajos, España y Suiza, que en conjunto representan el 81% del PBI mundial.
Se consideraron los 8 tributos más significativos del sistema tributario argentino: IVA, Impuesto a las Ganancias para Sociedades, Impuesto a los Débitos y Créditos, Impuesto al Patrimonio, derechos de exportación, Ingresos Brutos, tasas municipales y el Impuesto de Sellos.
La entidad, conducida por Martín Rappallini, señaló que la Argentina se ubica en el puesto 12° en términos de presión fiscal (recaudación/PBI) entre los 30 países analizados. Sin embargo, al considerar la carga tributaria sobre el sector formal, lidera el ranking con una presión del 56%, lo que implica un incremento de 6 puntos porcentuales en relación a 2023. Esto se debe a la elevada informalidad laboral.

Al presentar el informe en una conferencia de prensa, Carlos Abeledo, presidente del Departamento de Política Tributaria de la Unión Industrial, aseguró que observa una intención del equipo económico de bajar los impuestos, pero aún queda un largo camino por recorrer.
“El Gobierno nos ha dicho que en el mediano y largo plazo los beneficios impositivos del RIGI podrían extenderse al resto de la economía, una vez que la estabilización y el superávit fiscal estén consolidados”, contó el especialista, que estima que ello ocurrirá a fines de 2027 y principios de 2028.
Subrayó que “tenemos un sistema tributario regresivo, terminan pagando más impuestos las capas de menores recursos cuando consumen por el peso del IVA e Ingresos Brutos”.
A su turno, Rappallini destacó que la carga fiscal ha limitado el crecimiento y el empleo y que, en un marco de apertura económica, deja a muchas industrias fuera de la competencia global. Como dato relevante, el sector representa el 18% del PBI y genera el 28% de la recaudación y el 40% de Ganancias.
“Para nivelar la cancha, estamos pidiendo un pacto fiscal federal industrial”, agregó.
Cabe mencionar que el sector manufacturero se ubica un 10% por debajo de los niveles de 2022 y ya se perdieron 70.000 puestos de trabajo en el rubro desde mediados de 2023. Desde noviembre de 2023, desaparecieron 3.393 firmas industriales, de acuerdo a Politikon Chaco.
La principal preocupación para la mayoría de las empresas es la falta de ventas, derivada en gran medida de la caída del poder adquisitivo y de la competencia con los productos importados.
El informe indica que en el caso de Ganancias para las Sociedades, la Argentina ocupa el segundo lugar entre los países con mayor carga tributaria, con una alícuota máxima del 35% y un gravamen del 7% por dividendos. Como resultado, la carga efectiva sobre la renta empresarial asciende al 39,5%.
“De cada $100 de utilidad que tiene una empresa, $50 lo destina a pagar impuestos”, enfatizó Abeledo.
Colombia encabeza la lista, dado que la alícuota pasó del 31% al 35% por la reforma tributaria de 2022 y aplica una retención sobre dividendos del 20%.
En el ranking del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el país se posiciona en el cuarto lugar, detrás de Brasil, Uruguay e Italia. La UIA identificó 3 problemáticas adicionales:
- Generación estructural de saldos a favor técnicos de difícil absorción, que implican costos ocultos al inmovilizar capital de trabajo.
- Dificultades para la devolución o acreditación de los saldos a favor técnicos originados en exportaciones. El mecanismo previsto para el recupero del crédito fiscal presenta demoras que afectan la liquidez de las empresas.
- Demoras en la devolución de saldos de libre disponibilidad, generados por la proliferación de regímenes de retención y percepción.
La UIA resaltó que solo 4 países del relevamiento aplican el Impuesto a los Débitos y Créditos, el llamado impuesto al cheque. La Argentina se mantiene al frente del ranking de presión fiscal.
“Se impuso como un impuesto transitorio, como muleta, en 2001 y ya cumplió 25 años de vigencia. El Gobierno promete que lo va a eliminar pero supone el 7% de la recaudación, motivo por el cual pedir la derogación inmediata es casi una utopía. Proponemos que en una primera etapa se pueda utilizar como pago a cuenta de Ganancias e IVA”, afirmó Abeledo y señaló que su derogación va a desincentivar el uso de efectivo y, por ende, disminuir la informalidad.

En el caso del Impuesto al Patrimonio, si bien en 2024 se introdujeron cambios a través del REIBP (Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales), que redujeron la alícuota general, la Argentina continúa encabezando la lista de los países con mayor carga tributaria en este gravamen.
“Por efecto de este impuesto, lo que está blanco se negrea. Tiene un efecto muy nocivo en controlar la evasión”, expresó Abeledo.
En términos de comercio exterior, solo Argentina y Rusia aplican derechos de exportación, más conocidos como retenciones. La alícuota argentina es superior, alcanzando el 8,68%, frente al 3,9% registrado en Rusia.
Si bien el Gobierno eliminó el tributo para 4.411 posiciones arancelarias (88% de los productos industriales), estas solo representan cerca del 18% del valor total de las ventas al exterior del sector.
Este miércoles el Ejecutivo, mediante el Decreto 566/2026, dispuso la reducción a 0% de las retenciones para productos químicos, acero, aluminio, cobre, zinc, estaño y parte de la producción automotriz. Asimismo, se implementará una baja gradual hasta junio de 2027 para petroquímicos específicos, plásticos, fertilizantes seleccionados, caucho natural y sintético, y una parte importante de la cadena automotriz, que incluye automóviles, pick-ups, camiones, ómnibus, carrocerías y algunas autopartes.
En otro orden, a nivel provincial, la Argentina integra el reducido grupo de países que gravan con Ingresos Brutos; únicamente Italia y Canadá cuentan con un tributo comparable, aunque con menor carga impositiva. Abeledo lo denominó “el padre de las distorsiones” por el efecto cascada que tiene. En suma, “las provincias exceden su potestad tributaria porque se lo cobran a empresas que no están en su jurisdicción”, resaltó Abeledo.
En el ámbito municipal, constituye el único caso de la muestra donde se imponen tasas sobre la misma base imponible que dicho tributo. Laura Bermúdez, directora ejecutiva de la UIA, dijo: “Los municipios inventan tasas para financiarse”.
En el Impuesto de Sellos, el país también mantiene el primer puesto, ya que presenta una alícuota promedio superior al 1% y alcanza a “todo acto documentado de carácter oneroso con efectos en el país”. Abeledo opinó: “Debería derogarse porque complejiza la instrumentación de las operaciones”.

En este marco, la central fabril elaboró una serie de propuestas para mejorar la competitividad del sector transable, entre las que se encuentran:
- Reducción del costo laboral no salarial: se propone permitir el cómputo de hasta el 95% de las Contribuciones Patronales a cuenta de IVA y Ganancias, para los sectores intensivos en empleo, industriales y economías regionales. Esta medida incentiva la formalización de la actividad productiva.
- Establecer una alícuota única del 25% para el Impuesto a las Ganancias.
- Implementar la devolución automática de los saldos a favor de IVA para su compensación con otros impuestos y con saldos de libre disponibilidad, y eliminación de los regímenes de retención y percepción.
- Cuenta única tributaria para la automaticidad en la disponibilidad de saldos a favor y compensación entre impuestos.
- En el caso del Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios, se plantea permitir su cómputo como pago a cuenta del IVA y del Impuesto a las Ganancias: del 100% para las PyMEs y de manera gradual para el resto de las empresas (60%, 75% y 100% en los siguientes tres ejercicios), hasta su eliminación.
- Eliminación de los derechos de exportación para las Manufacturas de Origen Industrial (MOI) y alimentos elaborados.
- Aumento de reintegros de exportación para bienes industriales, alimentos y bebidas y economías regionales.
- Inclusión del concepto “Buen Contribuyente”.
- Actualización de valores en normas tributarias, atada a un índice público.
A su vez, la UIA cree necesario avanzar en un pacto fiscal federal que contemple la reducción gradual de las alícuotas de Ingresos Brutos hasta llegar al 0% en un plazo determinado.
También busca la actualización automática de los umbrales de ingresos que determinan las distintas alícuotas aplicables, mediante un índice público de referencia.
En cuanto a las tasas municipales, la UIA pide que se correspondan con la prestación concreta, efectiva e individualizada de un servicio y que sus importes sean proporcionales al costo de esa prestación, de acuerdo con lo previsto en la Constitución.
Por último, asegura que es importante que más provincias se adhieran a la Ley de Transparencia Fiscal y que haya un compromiso de estabilidad fiscal y jurídica por 30 años para dar certidumbre a las nuevas inversiones, tomando como referencia el RIGI.
La próxima reunión de la UIA con el ministro de Economía, Luis Caputo, para tratar estos temas será en agosto.
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ECONOMIA
Cazas F-16: a través de EE.UU., activan contrato para dotar a los aviones con misiles ultrapoderosos

Mientras el Gobierno activa la cuenta regresiva para el arribo de otra flotilla de F-16, las novedades en torno al equipamiento de los cazas en cuestión no dejan de multiplicarse. En ese sentido, y a muy poco de que varios pilotos argentinos completaran por primera vez una serie de vuelos en soledad, en lo que marcó otro avance en la formación de las tripulaciones locales, ahora se confirmó que el gobierno de los Estados Unidos otorgó un nuevo contrato que contempla la provisión de misiles aire-aire AIM-120 AMRAAM para equipar a, entre otras aeronaves, los aviones F-16 de la Fuerza Aérea Argentina (FAA). El pacto en cuestión contempla desembolsos por casi 400 millones de dólares.
Respecto de las características del contrato, se indicó que el contrato fue adjudicado a la firma Raytheon. Y que el acuerdo engloba a varios países que poseen pedidos en firme para la adquisición de misiles aire-aire de la familia AMRAAM. Uno de ellos es Argentina.
Estados Unidos interviene para dotar con misiles a los F-16 argentinos
En línea con lo anterior, el portal Zona Militar señala que el Departamento de Defensa norteamericano informó que la mencionada compañía «… ha recibido un contrato indefinido por un valor de u$s398.691.358 bajo la modalidad de costo reembolsable más honorarios fijos (cost-plus-fixed-fee) y reembolso de costos, destinado al programa de misiles aire-aire de alcance medio avanzado (AMRAAM)«.
Se añadió que: «El contrato contempla actividades de revisión de requisitos del sistema para las variantes D4/C9 y revisiones preliminares de diseño, incluyendo la validación del diseño y de los procesos de fabricación», y que involucra a los siguientes países: «Emiratos Árabes Unidos, Argentina, Australia, Bélgica, Bulgaria, Canadá, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Alemania, Hungría, Israel, Italia, Japón, Corea del Sur, Kuwait, Lituania, Marruecos, Países Bajos, Noruega, Perú, Polonia, Rumania, Singapur, España, Arabia Saudita, Suecia, Suiza, Turquía, Taiwán y el Reino Unido».
Además de intervenir en la negociación para la compra de los cazas a Dinamarca, a fines de octubre de 2024 el mismo Departamento de Estado de la potencia del norte autorizó la provisión de un paquete de armamento destinado a complementar al Sistema de Armas F-16AM/BM de la Fuerza Aérea Argentina.
En ese momento, se informó que dicho paquete incluía «36 misiles aire-aire BVR AIM-120C-8 AMRAAM (…)». En cuanto al armamento aire-tierra, este comprende la provisión de «102 bombas de propósito general MK-82 de 500 libras, 50 bombas guiadas por láser GBU-12 Paveway II y 102 espoletas programables FMU-152A/B».
Cuándo llegan más aviones F-16
De acuerdo a asesores y portavoces del oficialismo en sus canales de difusión, el Gobierno prevé traer durante el mes de septiembre los 6 aviones F-16 previstos para este año. Ese movimiento implica anticipar un trimestre el cronograma de entrega de las aeronaves acordado con Dinamarca.
El adelanto de la llegada de los cazas es un tema que la gestión presidencial que encabeza Javier Milei comenzó a negociar ya en el primer tramo de 2026. En plataformas alineadas con LLA como La Derecha Diario se señala que la medida también respondería a la rápida adaptación al sistema de armas que vienen exhibiendo los pilotos que entrenan con Top Aces.
La media docena de F-16 que aterrizará en la Argentina durante septiembre próximo también utilizará el Área Material Río Cuarto como base inicial de operaciones, siempre a la espera de un futuro traslado al complejo militar que se viene ampliando en Tandil, en la provincia de Buenos Aires.
Con relación al avance en el entrenamiento de las tripulaciones argentinas, los vuelos en soledad recientes contaron con la asistencia de Top Aces, la firma canadiense que da formación a las tripulaciones locales y que en su momento fue objeto de controversia por el abultado contrato abrochado con el oficialismo —del orden de los 33 millones de dólares—.
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ECONOMIA
Qué es la “enfermedad holandesa”: Fausto Spotorno explicó cuál es el mal económico que puede aquejar a la Argentina

El economista Fausto Spotorno planteó que Argentina necesita desarrollar un sistema financiero capaz de operar en dólares para canalizar el ahorro local hacia la inversión productiva.
A su entender, según dijo en diálogo con Infobae en Vivo, mientras no exista un esquema que permita ofrecer crédito en esa moneda, los ahorros de los argentinos continuarán fuera del sistema financiero doméstico o permanecerán inmovilizados.
“El ahorro en Argentina está en dólares. Si los argentinos empiezan a ahorrar en dólares y no tenemos un sistema financiero que dé crédito en dólares, nunca vamos a tener ese ahorro invirtiéndose en Argentina”, sostuvo.
En ese sentido, recordó que tras la crisis de 2001 desapareció el crédito en dólares. Según explicó, desde entonces los depósitos en esa moneda permanecen prácticamente inmovilizados en los bancos, lo que limita su aporte al financiamiento de la economía. “Si vos no tenés el crédito en dólares, no tenés el ahorro de los argentinos para financiar al sector productivo”, sostuvo.
Spotorno también analizó las causas del colapso de la convertibilidad. Señaló que el esquema original contemplaba un elevado nivel de reservas internacionales con una doble función: respaldar el valor de la moneda y asistir al sistema financiero frente a eventuales retiros masivos de depósitos. Sin embargo, aseguró que con el tiempo las reservas comenzaron a destinarse a múltiples objetivos y se fueron reduciendo.
“Cuando llegó una crisis financiera importante, no había dólares suficientes para sostener al mismo tiempo la convertibilidad y al sistema financiero. No se podían defender las dos cosas y ahí se cayó todo”, explicó.
Frente a ese desafío, consideró que una alternativa intermedia podría ser profundizar el desarrollo del mercado de capitales en dólares. A diferencia del sistema bancario, indicó, ese mercado no genera un multiplicador monetario, por lo que presenta menores riesgos de descalce financiero.

No obstante, advirtió que ese proceso todavía se encuentra en una etapa inicial. Si bien destacó el crecimiento de las sociedades de bolsa y el desarrollo de aplicaciones que ya compiten con los bancos tradicionales, sostuvo que la transformación llevará tiempo.
“Hoy casi todas las grandes sociedades de bolsa tienen aplicaciones muy buenas que compiten con los bancos. Los propios bancos también están entrando en ese negocio. Creo que el futuro va por ahí, pero todavía estamos en pañales”, concluyó.
¿Qué es la “enfermedad holandesa”?
Además, Spotorno se refirió al riesgo de la denominada “enfermedad holandesa”, un fenómeno económico que suele afectar a países que reciben un fuerte ingreso de divisas —por ejemplo, por exportaciones de recursos naturales— y que provoca una apreciación del tipo de cambio, restando competitividad a otros sectores de la economía.
Según explicó, una de las formas de mitigar ese problema es facilitar la circulación de capitales para evitar que los dólares queden inmovilizados dentro de la economía.
“Las soluciones que se entienden para un problema de enfermedad holandesa suelen ser habilitar lo mejor posible los flujos de capitales. Lo que querés es que esos dólares roten y no queden atrapados”, afirmó.
En ese sentido, señaló que otra herramienta es permitir que las empresas realicen pagos al exterior de manera directa, sin que todas las divisas deban ingresar y luego volver a salir a través del Banco Central.
“Una petrolera, por ejemplo, cuando tiene permitido hacerlo, puede realizar un pago al exterior directamente, en lugar de hacer entrar los dólares, pasar por toda la regulación del Banco Central y después volver a sacarlos”, explicó.
Por último, indicó que una tercera alternativa consiste en que el Banco Central acumule reservas internacionales durante los períodos de mayor ingreso de divisas. A su juicio, esa estrategia permite moderar la apreciación del tipo de cambio.
“Cuando el Banco Central compra dólares y acumula reservas, evita que el tipo de cambio se aprecie demasiado. Esa termina siendo una herramienta de defensa frente a ese fenómeno”, concluyó.
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