POLITICA
La Justicia frenó la eliminación del plan Volver al Trabajo, un foco de tensión de Pettovello con los piqueteros

El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, hizo lugar este martes a una medida cautelar solicitada por un grupo de beneficiarios del plan social Volver al Trabajo y frenó la eliminación de ese subsidio, una decisión que había tomado la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, que propone reemplazarlo por vouchers de capacitación.
El juez ordenó que el Gobierno mantenga los pagos (son de $78.000) a los beneficiarios. Los grupos piqueteros activaron protestas por la eliminación de este plan.
En un fallo de este martes, al que tuvo acceso , el juez González Charvay ordenó al Gobierno mantener los pagos a los beneficiarios del plan, con la advertencia de aplicar multas por cada día de incumplimiento. Le exigió “al Estado Nacional-Ministerio de Capital Humano que mantenga la vigencia de las prestaciones económicas que percibían los beneficiarios del Programa Volver al Trabajo, dentro del plazo de tres días de notificada la presente y hasta que se dicte sentencia definitiva, debiendo acompañar en autos las constancias de su cumplimiento bajo apercibimiento de aplicar astreintes por cada día de retardo”.
La demanda que aceptó el juez federal de Campana fue impulsada por un grupo de beneficiarios del plan Volver al Trabajo (Andrea Liliana Ledesma, Andrea Jorgelina Rivero, Agustina Pérez, Rodrigo Mario Esquivel y Ángel Ariel Berón), que plantearon una acción de amparo colectivo contra el cese del programa. Argumentaron que esa eliminación “constituye una medida regresiva en materia de derechos sociales e inconstitucionalidad por omisión”.
Los demandantes sostuvieron que son personas que trabajan en la economía popular “en situación de extrema vulnerabilidad socioeconómica estructural, que carecen de inserción formal en el mercado de trabajo y que dependen de la prestación del programa como principal o único ingreso”.
El juez argumentó que “el Estado Argentino, a través de la Acordada Nro. 5/2009 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, adhirió a las recomendaciones de ‘Las 100 Reglas de Brasilia’ sobre el acceso de la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, como son niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, adultos mayores, víctimas de violencia, enfermos, pobres, entre otras”. Y agregó que “la elaboración de estas reglas se erige en la necesidad de que el sistema judicial se configure como un instrumento para la defensa efectiva de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad, en la medida que éstas encuentran obstáculos mayores para su ejercicio”.
Las personas que presentaron la demanda afirmaron ser trabajadores de comedores y merenderos comunitarios, de centros comunitarios para personas con problemas de consumo de drogas, o desempeñarse como cartoneros.
La prestación finalizaba el 9 de abril y los grupos piqueteros (nucleados en la Unión de Trabajadores de la Economía Popular, el Frente de Lucha Piquetero y la organización Territorios en Lucha) lanzaron jornadas de protesta que incluyeron, el 7 de abril, piquetes en accesos a la Capital Federal y enfrentamientos con las fuerzas de seguridad.
El Gobierno anunció el 17 de marzo el fin del programa Volver al Trabajo (VAT) y su reemplazo por vouchers de capacitación en tren de impulsar la inserción laboral. Se trata del plan exPotenciar Trabajo, cuyo monto para sus 900.000 beneficiarios es de $78.000. Este mes, fue el último pago del plan. El ministerio preveía engrosar su presupuesto disponible, a partir de este ahorro. Cuando el presidente Javier Milei llegó a la Casa Rosada, se dispuso el congelamiento de diferentes programas sociales. Uno de ellos fue el exPotenciar Trabajo, que se ancló en los $78.000 desde diciembre de 2023 a la actualidad.
González Charvay es el juez federal que, en las últimas semanas, concentró en su juzgado tres expedientes en los que se investiga al presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, y al tesorero de la entidad, Pablo Toviggino. El juez federal de Lomas de Zamora Luis Armella le envió la causa en la que se investiga a la AFA por supuesto fraude con transferencias a empresas fantasma por 300 millones de dólares cobrados en Estados Unidos. Antes, había quedado a cargo de una denuncia similar de fraude, realizada por el agente de la FIFA Guillermo Tofoni, caso que le derivó la jueza de instrucción Paula Petazzi. También tiene en su juzgado la causa por la mansión de Pilar que se investiga si pertenece al tesorero de la AFA y mano derecha de Tapia. La Cámara Federal de Casación debe decidir el destino final de los expedientes.
el Gobierno,concentró en su juzgado,Javier Fuego Simondet,subsidios,Sandra Pettovello,Justicia,Conforme a,,En Jerusalén. Milei rindió un homenaje al papa Francisco en el Santo Sepulcro en medio de un fuerte operativo de seguridad,,Estrategia. El Gobierno incluiría la ficha limpia dentro de la reforma política para vencer la resistencia a derogar las PASO,,La celebración del Episcopado. Adorni encabezará la delegación de la Casa Rosada en la misa por Francisco que se hará en Luján,Subsidios,,Buenas noticias. Abbott anuncia ley de desarrollo que beneficiará a propietarios en Texas: cómo aplicar en abril 2026,,Hasta el 30 de julio. Texas ofrece millones de dólares en subsidios para infraestructura de agua,,$78.000 mensuales. Piqueteros anuncian cortes en la Ciudad y en puntos de todo el país para pedir que no anulen un plan
POLITICA
Reglamentaron el nuevo sistema de pago de indemnizaciones incluido en la Ley de Modernización Laboral

Mediante una serie de publicaciones que el Gobierno hizo esta madrugada en el Boletín Oficial, reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que había sido incluido en la reforma laboral aprobada a finales de febrero de este año.
Este cambio, implementado a partir de la Ley de Modernización Laboral, modifica el pago de las indemnizaciones y obligaciones laborales a trabajadores debidamente registrados en el sector privado. El decreto estableció cómo se conformarán y administrarán estos fondos, a quiénes alcanzarán, cómo se canalizarán los aportes y cuáles serán los procedimientos para la declaración, inversión y utilización de los recursos.
La norma determina que el FAL será dirigido a empleadores del sector privado, exceptuando las relaciones laborales expresamente excluidas por la ley y las del sector público. Los empleadores deberán constituir una cuenta individual en un fondo común de inversión o fideicomisos financieros mediante autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Solo estarán cubiertos los trabajadores que hayan sido registrados en tiempo y forma al menos doce meses antes de la extinción del vínculo.
Para garantizar la finalidad del sistema, la cobertura mínima a constituir estará definida por parámetros de suficiencia, liquidez y diversificación, que serán revisados periódicamente en función del contexto económico y laboral. La autoridad de aplicación establecerá los montos mínimos necesarios para cubrir las obligaciones aún en escenarios de despidos masivos o crisis de empleo.
El procedimiento prevé que cada empleador elija una entidad habilitada por la CNV, abra su cuenta individual y reciba un identificador único (“ID FAL”). La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) derivará las contribuciones mensuales a la cuenta correspondiente, integrando el pago a la declaración unificada de la seguridad social. Si el empleador no informa ID dentro de un mes, la CNV asignará de oficio un fondo o fideicomiso, garantizando la continuidad del sistema y la portabilidad de los recursos.
El empleador deberá declarar y abonar mensualmente la contribución, que será deducible del impuesto a las ganancias y permitirá una reducción equivalente de las contribuciones patronales a la seguridad social, salvo cuando la obligación de contribuir esté suspendida. Las inversiones del fondo estarán limitadas a instrumentos financieros y valores negociados en la Argentina, y la comisión total por administración no podrá superar el uno por ciento anual de los activos.
Cuando suceda una desvinculación laboral cubierta por el FAL, el empleador presentará una declaración jurada electrónica y la entidad habilitada verificará la información bancaria y registral del trabajador antes de transferir la suma indemnizatoria directamente a su cuenta, en un plazo máximo de cinco días hábiles. La responsabilidad sobre el cálculo de la indemnización será siempre del empleador.
El régimen contempla mecanismos de portabilidad para migrar los fondos a otra entidad habilitada, así como reglas para la transferencia de cuentas en casos de reorganización societaria, cesión de personal o transferencia de establecimientos. Los recursos en caso de disolución o extinción de la cuenta serán transferidos al empleador solo si no existen contingencias laborales pendientes, previa verificación de todas las autoridades competentes.
El decreto también prevé sanciones para quienes incumplan la obligación de contribuir al FAL, imponiendo multas y permitiendo la ejecución fiscal por parte de ARCA, mientras que los ingresos por sanciones se destinarán a los subsistemas de la seguridad social. Se declara exento del impuesto a los créditos y débitos bancarios a las cuentas del FAL y se garantiza la confidencialidad y seguridad de los datos intercambiados entre los organismos.
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El Gobierno reglamentó cambios significativos de la Ley de Modernización Laboral: cuáles son

El Gobierno reglamentó este lunes algunos cambios significativos correspondientes a la Ley de Modernización Laboral. Entre los puntos destacados del decreto 407/2026 que se publicó en Boletín Oficial se encuentran la registración del empleo, la negociación colectiva, el control de licencias médicas, los acuerdos de desvinculación, entre otros.
Esto repercute además en la implementación de esquemas digitales que promueven los sistemas electrónicos de notificación y comunicación entre empleadores, trabajadores y organismos estatales, y la simplificación de trámites.
El texto oficial recordó que la obligación de registrar trabajadores se cumple mediante los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y que, a partir de esta publicación,» los empleadores ya no tendrán que llevar los libros laborales (artículo 52 de la LCT) en soporte físico ni digital». El sistema digital del mencionado organismo centralizará las altas, bajas y las modificaciones de los datos laborales, lo que quedará a disposición de los organismos y entidades de trabajo y seguridad social.
En cuanto a los acuerdos extintivos de la contratación laboral por mutuo acuerdo (artículo 241), la autoridad administrativa deberá verificar la legalidad del acto, la inexistencia de vicios y la adecuada composición de intereses, según los parámetros del artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Otro de los cambios centrales alcanza al control de enfermedades del trabajador (artículo 210). Según el decreto, las prescripciones médicas que incluyan reposo “deberán ser emitidas electrónicamente mediante sistema de información o plataforma digital” en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias, y firmadas por profesionales habilitados ante la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud. Si existe una discrepancia insalvable entre el diagnóstico inicial y el control médico efectuado por el empleador, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial o al dictamen de institutos públicos o privados de reconocida trayectoria.
El Poder Ejecutivo también dispuso reglas sobre la documentación laboral y, en particular, sobre el recibo de haberes. La reglamentación exige que los recibos de haberes contengan información clara y comprensible. El empleador deberá detallar el costo laboral total, los conceptos involucrados en la relación y el monto final percibido por el trabajador.
Para los trámites jubilatorios, se estableció la obligación a ANSES de notificar a los empleadores y agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud sobre el inicio y la finalización del procedimiento.
Uno de los aspectos es el nuevo marco para las Empresas de Servicios Eventuales. El decreto reemplaza la normativa anterior, que había quedado desactualizada, y establece criterios de funcionamiento más flexibles y proporcionales. La exigencia de garantías se adecuará a la cantidad de trabajadores y a la dimensión de la empresa, eliminando rigideces que dificultaban la operación de empresas pequeñas y medianas.
En materia de negociación colectiva, el Gobierno definió que serán considerados vencidos los convenios cuyo plazo original ya haya expirado. En tanto, las asociaciones de empleadores y cámaras empresarias estarán legitimadas para participar en negociaciones colectivas si acreditan representación suficiente en el ámbito personal y territorial correspondiente, que no podrá ser inferior al 10 % de los trabajadores comprendidos. Si la convención aplica en más de una jurisdicción, la autoridad podrá admitir hasta dos representaciones adicionales del sector empleador.

La reglamentación también modifica el régimen sindical. Según el decreto, los cuerpos directivos de asociaciones sindicales deberán guardar una proporcionalidad razonable con el número de afiliados cotizantes; la autoridad de aplicación verificará nóminas con datos del Sistema Integrado Previsional Argentino y otras bases públicas; y, en casos de superposición de personería gremial, la asociación que la pretenda deberá superar a la que ya la posee por al menos un 5 % adicional de afiliados cotizantes.
La norma fijó además un plazo de 30 días para que la Secretaría de Trabajo convoque a los gremios para renegociar convenios colectivos vencidos, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero deberá adaptar en 120 días sus sistemas para absorber la registración laboral del sector de la construcción.
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El Gobierno designó a directores de la nueva obra social de las fuerzas federales

El Gobierno designó a tres directores titulares de la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), el organismo creado este año para administrar la cobertura de salud de dichas fuerzas. Los nombramientos fueron formalizados por el Ministerio de Seguridad Nacional y regirán con carácter ad honorem desde el 26 de mayo.
La normativa fue oficializada mediante la Resolución 486/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial y firmada por la ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva. De esta manera, el Poder Ejecutivo avanza en la conformación del directorio de la nueva entidad, cuya creación había sido establecida por el Decreto 88/2026.
Los designados son el prefecto general retirado Ricardo Alberto Fortini, el comandante mayor Andrés Esteban Barrera y el magíster Fernando Andrés Domínguez. Fortini representará a la Prefectura Naval Argentina, Barrera a la Gendarmería Nacional Argentina y Domínguez al Ministerio de Seguridad Nacional.
Además se le asignó una responsabilidad específica a Domínguez: el funcionario quedará facultado para asumir la representación legal y administrativa de la obra social cuando el presidente del directorio se encuentre ausente.
La OSFFESEG fue creada como un ente autárquico con personería jurídica propia y capacidad para actuar tanto en el ámbito del derecho público como del privado. Su estructura de conducción contempla un directorio integrado por cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes.
De acuerdo con el esquema aprobado por el Poder Ejecutivo, los integrantes del directorio son designados y removidos por el titular del Ministerio de Seguridad Nacional. Además, permanecen cuatro años en sus funciones y deben acreditar experiencia, conocimientos e idoneidad en materia de administración y gestión de organismos públicos o privados.
Por su parte, el ministerio señaló que la designación de los tres funcionarios resulta necesaria para constituir el directorio de la obra social. También indicó que los nombrados reúnen los requisitos de formación y experiencia previstos por la normativa que regula el funcionamiento de la entidad.
La creación de la OSFFESEG fue dispuesta en febrero mediante el Decreto 88/2026. En esa norma se estableció que, una vez puesta en vigencia la nueva obra social, debía avanzar de manera inmediata en la conformación de sus autoridades.
Entre las tareas previstas para esta obra social figuran la elaboración de un reglamento de funcionamiento, la definición de una estructura orgánica, la contratación de una sede y de sistemas operativos, además de la aprobación del programa médico que prestará la entidad.
Ministerio de Seguridad Nacional,Alejandra Monteoliva,Boletín Oficial,Fuerzas Armadas,Conforme a,,Cuáles son. El Gobierno reglamentó artículos de la reforma laboral: cambios en convenios, sindicatos y recibos de sueldo,,»Basta al fracasado modelo socialista». Milei felicitó a Abelardo de la Espriella por el resultado de la primera vuelta en Colombia,,Financiamiento universitario. La reforma propuesta por Milei está frenada en Diputados por falta de avales,Boletín Oficial,,Cuáles son. El Gobierno reglamentó artículos de la reforma laboral: cambios en convenios, sindicatos y recibos de sueldo,,De $70.000. El Gobierno confirmó el bono previsional de junio y fijó los nuevos haberes para jubilados y pensionados,,A partir de junio. El Gobierno oficializó los nuevos aumentos en las tarifas de luz y gas
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