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POLITICA

La Justicia ordenó la intervención de la UOM por irregularidades en las elecciones del gremio

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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo anuló la elección nacional de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), desplazó de su cargo al secretario general Abel Furlán y dispuso la intervención judicial del gremio por un plazo de 180 días.

La decisión fue tomada por la Sala VIII del tribunal laboral, que además declaró nulos los comicios realizados en la seccional Campana de la UOM, origen de una causa impulsada por la Lista Naranja, que había denunciado irregularidades en el proceso electoral desarrollado entre el 2 y el 4 de marzo de 2026.

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En un fallo de fuerte impacto político y sindical, los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González concluyeron que el proceso “no garantizó una elección confiable, segura ni transparente” y consideraron que se vulneraron principios de democracia y libertad sindical contemplados en la Constitución Nacional y en el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dispuso la intervención judicial del gremio por un plazo de 180 días. (Foto: CTA-Autónoma).

El eje central de la resolución estuvo puesto en el sistema de custodia de las urnas durante los tres días que duró la votación en Campana. Según señaló la Cámara, las urnas permanecían bajo control exclusivo de la Junta Electoral seccional dentro de la sede sindical, sin escrutinios provisorios diarios ni garantías suficientes sobre la inviolabilidad de los votos.

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Los magistrados remarcaron que las elecciones sindicales deben desarrollarse en una sola jornada, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas, y advirtieron que la extensión del proceso durante tres días requería controles reforzados que, según sostuvieron, no existieron.

Además, el tribunal cuestionó que se invitara a fiscales opositores a “pernoctar” dentro de la sede sindical para custodiar las urnas, algo que calificó como una medida “inaceptable e irrazonable”.

A partir de esas conclusiones, la Cámara declaró la nulidad de la elección en la seccional Campana y dejó sin efecto la designación de las autoridades locales y de los integrantes del Colegio Electoral que luego participaron de la elección nacional de la UOM.

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Según el fallo, esa situación terminó afectando directamente la validez de la elección realizada el 18 de marzo, en la que Abel Furlán había sido ratificado como secretario general del gremio metalúrgico.

“Si el Colegio Electoral se encontró deficientemente conformado nunca pudo haber elegido válidamente al Secretario General Nacional”, sostuvo el tribunal en la resolución.

El secretario de ATE, Rodolfo Aguiar, rechazó la intervención de la UOM y se solidarizó con el líder del gremio, Abel Furlán. (Foto: Captura de X/@rodoaguiar).
El secretario de ATE, Rodolfo Aguiar, rechazó la intervención de la UOM y se solidarizó con el líder del gremio, Abel Furlán. (Foto: Captura de X/@rodoaguiar).

Como consecuencia, la Justicia ordenó el cese inmediato de toda la conducción nacional de la UOM y dejó sin efecto las designaciones realizadas por las actuales autoridades desde su asunción. También dispuso la intervención judicial del sindicato por 180 días mientras se reorganiza el proceso institucional de la organización gremial.

La reacción de los gremios combativos

Minutos después de conocerse la decisión de la Justicia, el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, hizo un duro descargo en sus redes sociales. “No vamos a permitir que la Justicia y el Gobierno vulneren la autonomía de las organizaciones sindicales”, apuntó.

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Repudiamos esta intervención que violenta la voluntad de los trabajadores y pretende disciplinar a los dirigentes gremiales que luchan” agregó el líder sindical.

“Nos solidarizamos y apoyamos a los metalúrgicos de la UOM y a su secretario general Abel Furlán. ¡Nos quieren obedientes y subordinados pero no van a poder!“, finalizó Aguiar.

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La Justicia anuló las elecciones en la UOM, desplazó a Abel Furlán e intervino el sindicato

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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió este viernes anular las elecciones sindicales de la seccional Campana de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), realizadas entre el 2 y el 4 de marzo, así como la elección nacional de autoridades, llevada a cabo el 18 de marzo, y dispuso la intervención judicial del gremio.

La Sala VIII del tribunal, integrada por los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González, fundamentó esa decisión en la falta de garantías de “elección confiable, segura ni transparente” en el proceso electoral en la localidad bonaerense de Campana. El tribunal explicó que la mecánica adoptada para el resguardo y el recuento de votos durante los tres días de los comicios “destruyó la objetividad de todo el proceso” y vulneró los principios de libertad y democracia sindical establecidos en la Constitución Nacional y en tratados internacionales.

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El fallo indicó que la Lista Naranja, encabezada por Angel Derosso y que representó a la oposición en la UOM Zárate-Campana, presentó una denuncia por irregularidades ante la Junta Electoral de esa seccional el 3 de marzo en la que reclamó pérdida de confianza en el proceso electoral y solicitó que la elección se realizara en una sola jornada, con recuentos provisorios al cierre de cada día. De acuerdo con el expediente, la Junta Electoral seccional, alineada con Furlán, rechazó estos pedidos y optó por extender las elecciones a 3 jornadas, disponiendo que las urnas fueran custodiadas en la sede sindical bajo vigilancia de la propia Junta.

Policías durante la elección en la UOM Zárate-Campana

Según los jueces, no quedó probado que la Junta Electoral notificara formalmente a la Lista Naranja una respuesta fundamentada a su impugnación antes de la culminación de los comicios. El tribunal observó que la supuesta notificación presentada como prueba no resultó válida, ya que no hubo constancia fehaciente de su envío, ni tampoco se ofreció prueba informativa adicional por parte de las autoridades demandadas.

Entre los argumentos centrales, los camaristas remarcaron que la extensión de la elección durante 3 días y la ausencia de escrutinios provisorios diarios y públicos, como exige el estatuto de la UOM y el decreto reglamentario 467/88, imposibilitaron corroborar la autenticidad de los votos y la seguridad del sufragio. El fallo consideró además que la custodia unilateral de las urnas sin controles efectivos ni intervención de los fiscales de todas las listas “sepultó cualquier presunción de legitimidad y transparencia del comicio”.

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La sentencia, además, señaló que las autoridades lideradas por Furlán ofrecieron, como medida de seguridad, la posibilidad de que los apoderados opositores pernoctaran en la sede sindical para custodiar las urnas, lo cual fue calificado por la Cámara como una medida “inaceptable e irrazonable”, inadmisible para garantizar la inviolabilidad de las urnas.

Angel Derosso, candidato opositor en la UOM Zárate-Campana

El pronunciamiento judicial también invalidó la proclamación de ganadores de la lista Violeta y Azul, del oficialismo, realizada en la seccional Zárate-Campana al término del escrutinio final, y ordenó el cese inmediato de todos los funcionarios electos, entre ellos Abel Furlán como titular de la seccional y los miembros del Colegio Electoral vinculados con esa elección.

A nivel nacional, el tribunal determinó que la nulidad de la elección en Campana “impactó directamente en la conformación del Colegio Electoral” que eligió a Furlán como secretario general nacional de la UOM el 18 de marzo, por lo que consideró que la validez de ambos procesos era inescindible. En consecuencia, declaró la nulidad de la elección nacional y dispuso el cese inmediato de Abel Furlán como secretario general nacional, junto con los otros integrantes del secretariado.

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La Sala VIII de la Cámara de Apelaciones delTrabajo instruyó la intervención judicial de la UOM, tanto a nivel seccional como nacional, designando como interventor al Dr. Alberto Biglieri, y le otorgó un plazo de 180 días para convocar a nuevas elecciones bajo condiciones que aseguren transparencia y respeto a los principios de libertad sindical. El interventor tendrá a su cargo la administración, el control interno y la convocatoria a comicios, con la obligación de informar trimestralmente a la Cámara sobre el desarrollo de su gestión.

El congreso nacional de la UOM reeligió a Abel Furlán el 18 de marzo, pese a que el día anterior fue suspendido por la Justicia

La sentencia también estableció que el sindicato metalúrgico permanece acéfalo tras el cese de todas las autoridades surgidas de los comicios anulados y justificó la intervención como una medida judicial adecuada para restaurar el derecho a la libre asociación sindical, conforme lo previsto en la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales y el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El 17 de marzo, un día antes del Colegio Electoral de la UOM nacional, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había suspendido la proclamación y toma de posesión de autoridades electas en la Seccional Zárate-Campana de la UOM y pospuso la elección del Secretariado Nacional del sindicato prevista para el día siguiente, tras la denuncia por irregularidades en los comicios de principios de marzo en aquella filial gremial.

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Sin embargo, en abierto desafío a la Justicia, Furlán hizo igual el congreso suspendido y fue reelegido como líder de la UOM a nivel nacional por un período de 4 años tras el apoyo de 48 de las 53 seccionales en la votación, de la que participaron 270 de los 276 delegados.

“No fuimos notificados de nada”, argumentó ante Infobae un allegado a Furlán cuando fue consultado sobre por qué se hizo el congreso de la UOM pese a que hace 24 horas fue suspendido por orden de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

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La Justicia le negó la prisión domiciliaria al exjuez Bento, en la cárcel con una condena a 18 años

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La Cámara Federal de Casación le negó la prisión domiciliaria al exjuez federal de Mendoza Walter Bento, condenado en febrero de este año a una pena de 18 años de prisión por haber liderado una banda dedicada al cobro de sobornos a cambio de resoluciones judiciales favorables.

La Sala III de la Casación entendió que no había razones para cambiar el régimen de detención del exjuez, que fundó su pedido en la necesidad de restablecer el vínculo con su hijo, que sufre una discapacidad.

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La resolución, que lleva las firmas de los jueces Carlos Mahiques y Mariano Borinsky, dispone “rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Walter Ricardo Bento”.

Los jueces señalan que para resguardar los derechos del chico no es necesario concederle a Bento la prisión domiciliaria. Se añade que su hijo cuenta con el cuidado de su madre, de personal domiciliario y de profesionales de la salud, además de una cobertura de obra social, transporte y concurrencia a un centro de día.

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En respuesta parcial a su pedido y atendiendo un informe del Cuerpo Médico Forense que recomendó promover un proceso de “revinculación progresivo”, la Casación impuso un nuevo régimen de visitas del exjuez de 24 horas cada 14 días.

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Destituido y detenido en 2023 por el proceso que derivó en su condena de febrero, Bento esta preso en el penal de Cacheuta, Mendoza. Fue acusado de comandar una asociación ilícita junto a familiares, abogados, un exjefe policial y un supuesto socio que fue asesinado en 2020.

En febrero, el Tribunal lo encontró culpable de los delitos de lavado de activos y asociación ilícita, en calidad de jefe, además de enriquecimiento ilícito y falsedad ideológica.

Se ordenó el decomiso de una importante cantidad de bienes del juez y su familia, como inmuebles y vehículos de alta gama, para cubrir una multa de 540 millones de pesos.

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La esposa del juez, Marta Boiza, y su otro hijo, Nahuel, también fueron condenados a seis años y cinco años de prisión, respectivamente.




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La Justicia anuló las elecciones de la UOM y dispuso la intervención del gremio

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La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dispuso hoy la intervención por 180 días de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y ordenó el desplazamiento de toda su conducción. Consideró que hubo irregularidades en el proceso eleccionario que consagró a Abel Furlán como secretario general.

En un fallo de fuerte impacto, dado a conocer por el sitio Mundo Gremial, los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González, los mismos que hace tres semanas convalidaron la reforma laboral votada por el Congreso el 28 de febrero, concluyeron que el proceso electoral “no garantizó una elección confiable, segura ni transparente” y sostuvieron que se vulneraron principios de democracia y libertad sindical protegidos por la Constitución Nacional y el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

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Furlán, un dirigente muy ligado al kirchnerismo, se abrió de la conducción de la CGT y construyó el Frente de Sindicatos Unidos (FreSu), que mantiene una postura más combativa que la central obrera en su relacionamiento con el Gobierno.

De acuerdo a la resolución judicial, a la que accedió , el gremio metalúrgico quedará bajo el control del interventor judicial Alberto Bilgieri hasta que se regularice la situación. Biglieri, que es abogado, deberá convocar nuevamente a elecciones.

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El tribunal afirmó que la organización sindical quedó “acéfala”, ya que los mandatos anteriores habían vencido el 22 de marzo y las nuevas autoridades resultaron invalidadas por la sentencia.

La denuncia de irregularidades fue impulsada por la Lista Naranja de Campana, la seccional de origen de Furlán. Los opositores habían objetado el control de las urnas y cuestionaron el proceso eleccionario que consagró al oficialismo. Según el fallo, las urnas permanecían bajo control exclusivo de la Junta Electoral seccional en la sede sindical, sin escrutinios provisorios diarios y sin garantías suficientes sobre la inviolabilidad de los votos.

La Cámara remarcó que la elección debía realizarse en una sola jornada, salvo excepciones justificadas, y consideró que la extensión del proceso durante tres días exigía controles reforzados que no existieron. También cuestionó que se hubiera invitado a los fiscales opositores a “pernoctar” en la sede sindical para custodiar las urnas, algo que calificó de “inaceptable e irrazonable”.

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