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Ley de Discapacidad: la oposición busca frenar la eliminación de los incentivos fiscales de inclusión laboral

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El Gobierno sigue avanzando en contra de la ley de Emergencia en Discapacidad que se niega a aplicar. Por un lado, avanza en llevar la discusión a la Corte Suprema de Justicia y, por el otro, envió al Congreso un proyecto de ley sobre discapacidad que elimina buena parte de los derechos que tiene el colectivo.

Uno de los puntos que elimina el proyecto del oficialismo es el de los beneficios fiscales para las empresas que llevan adelante una política activa para la inclusión laboral.

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Desde la oposición buscan recuperar la agenda social y en ese camino el diputado de Unión por la Patria Cristian Andino presentó un proyecto de ley que busca transformar la inclusión de personas con discapacidad en el mundo laboral, y propone que las empresas integren este criterio dentro de sus políticas de Responsabilidad Social Empresaria (RSE).

La iniciativa, acompañada por Jorge Chica, Nancy Sand, Christian Zulli, Gabriela Pedrali, Pablo Todero y Jorge Araujo Hernández, fue remitida a las comisiones de Legislación del Trabajo, Discapacidad y Presupuesto y Hacienda.

El texto plantea que el sector privado adopte medidas concretas para garantizar la igualdad de oportunidades laborales, con la integración de la inclusión como un componente estratégico en sus políticas de sostenibilidad.

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Según el documento del proyecto, la propuesta abarca a todas las personas jurídicas y humanas que desarrollen actividades económicas en la Argentina, con adaptaciones específicas para micro, pequeñas y medianas empresas. El objetivo central es promover la inserción socio-productiva y la autonomía económica de las personas con discapacidad, con la articulación de incentivos y obligaciones para el sector privado.

El objetivo central es promover la inserción socio-productiva y la autonomía económica de las personas con discapacidad

Entre las acciones obligatorias para las empresas, se destaca la incorporación progresiva de personas con discapacidad a la plantilla de personal. Además, el proyecto exige la contratación de bienes y servicios a proveedores integrados por personas con discapacidad o que gestionen unidades productivas inclusivas, el apoyo a emprendimientos productivos asociados al sector y el desarrollo de programas comunitarios en las zonas de operación. El documento especifica que las empresas deberán contar con descripciones de puestos accesibles, mecanismos de selección igualitarios y protocolos de accesibilidad, así como medidas preventivas frente al acoso y la discriminación.

El texto del proyecto introduce un régimen de incentivos para las compañías que cumplan con los requisitos. Entre los beneficios se incluye la prioridad en contrataciones con el Estado nacional, acceso preferencial a financiamiento productivo, reducción del 50% en aportes y contribuciones patronales para empleados con discapacidad y la obtención del sello oficial de Empresa Socialmente Responsable e Inclusiva.

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El proyecto también garantiza que el acceso al empleo formal no provocará la pérdida de la Pensión No Contributiva por Discapacidad (PNC), una demanda histórica de organizaciones del sector.

La propuesta crea un Registro Nacional de Empresas Socialmente Responsables e Inclusivas, condición necesaria para acceder a los beneficios, y establece un sistema de indicadores para evaluar el cumplimiento, como la cantidad de personas empleadas, condiciones laborales, participación en cadenas de valor inclusivas e impacto social de los programas.

La autoridad de aplicación será definida por el Poder Ejecutivo Nacional, que deberá coordinar con organismos públicos y privados. Además, se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la normativa y dictar regulaciones complementarias.

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Los impulsores del proyecto sostienen que la iniciativa “busca transformar el paradigma de la inclusión laboral en la Argentina, pasando de la promoción voluntaria a la responsabilidad compartida y garantizando condiciones de igualdad real en el mercado de trabajo”, según consta en el proyecto de ley que ingresó en las últimas horas en la Cámara de Diputados.

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POLITICA

Anulan el fallo que consideró inocentes a los interventores kirchneristas del Incaa

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La Cámara Federal de Casación Penal anuló las absoluciones de dos exdirectores del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa) y de dos productores audiovisuales y mandó a dictar un nuevo fallo tras el juicio en el que fueron juzgados por defraudación.

En el proceso se investiga el manejo del Fondo de Fomento Cinematográfico en el período 2002-2013.

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Jorge Alvarez concibe al Instituto como una entidad al servicio del cine y la cultura argentina

Los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, hicieron lugar al recurso de casación del fiscal y ordenaron dictar un nuevo fallo.

El Tribunal Oral Federal N.º 2 había absuelto a los exdirectores del Incaa Liliana Mazure y Jorge Alvarez y a Fernando Rubén Sokolowicz y Pablo Luis Rovito, acusados del delito de defraudación en perjuicio de la administración pública.

El juicio estuvo a cargo de los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Néstor Costabel. Comenzó el 3 de junio de 2025 y culminó el 14 de octubre de ese año. Habían sido procesados hace 18 años por el juez Claudio Bonadio.

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Ahora, la Casación revocó las absoluciones y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

La causa se inició a raíz de una denuncia anónima en el año 2007. A lo largo del proceso estuvieron imputados distintos funcionarios públicos y productores audiovisuales y, finalmente, la fiscalía elevó a juicio a los tres presidentes que se sucedieron al frente del Incaa durante el período 2002-2013 (el primero, Jorge Coscia, falleció antes del comienzo del debate) y a tres productores audiovisuales.

Dos de ellos habían intervenido en una producción audiovisual alcanzada por la imputación (Fernando Rubén Sokolowicz y Pablo Luis Rovito) y el restante, Alejandro Juan Tossenberger, en otra. Este último fue absuelto por falta de acusación fiscal al cierre del debate.

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La maniobra investigada se relaciona con irregularidades en la suscripción y ejecución de convenios celebrados entre las autoridades del INCAA y distintos productores audiovisuales, en virtud de los cuales se habrían liberado indebidamente fondos del Fondo de Fomento Cinematográfico para la producción de proyectos audiovisuales.

La acusación señaló que los funcionarios que administraban los fondos no dispusieron de las medidas necesarias para comprobar la efectiva progresión de la obra cinematográfica. También se habían advertido presuntas falencias en las rendiciones de gastos que presentaron las productoras.

La fiscalía sostuvo que muchas de las producciones cinematográficas en cuestión nunca se hicieron, lo que, según la acusación, generó un perjuicio económico al Estado.

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El monto total del perjuicio económico causado al INCAA en los múltiples expedientes administrativos relevados en el caso, según el alegato final del fiscal, superaría los $16.000.000.

En las películas cuestionadas vinculadas a los dos productores respecto de quienes el fiscal mantuvo la acusación, el monto involucrado es de $1.600.000, a diciembre de 2013.

En su caso, el fiscal que instruyó el caso, Gerardo Pollicita, entendió que Sokolowicz y Rovito acordaron el proyecto “La Historia de América Latina”, una serie de 63 episodios (50 capítulos más un resumen de otros 13).

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Aunque los productores “percibieron la totalidad del aporte del INCAA”, que ascendió a $16.000.000, pago que se realizó durante las presidencias de Coscia y Álvarez, “solo se entregaron 18 de los 63 capítulos convenidos”, había sostenido la acusación.

La Sala IV consideró arbitrario el análisis de los hechos y el derecho efectuado por el tribunal oral y, por eso, anuló la conclusión absolutoria a la que arribó.

Sostuvo la Casación que el tribunal oral partió de una premisa equivocada para la determinación del alcance de los deberes a los cuales los presidentes del Incaa imputados en la causa debían adecuar el manejo del Fondo de Fomento Cinematográfico; y señalaron que ese error fue el que impactó en el examen de los hechos del caso.

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El fallo de Casación destacó que la ley de Fomento a la Actividad Cinematográfica Nacional, que sirvió de marco a los convenios, no podía ser considerada absoluta aun cuando la aplicación de fondos se tratara de una facultad discrecional que no había sido reglamentada.

Desde esa óptica, señalaron los camaristas que el correcto abordaje del caso implicaba el examen de la razonabilidad de la actuación de los funcionarios imputados, tomando en cuenta tanto la citada ley del cine como la de Ética en el Ejercicio de la Función Pública.

El juez Hornos mencionó que, a partir de la reforma constitucional de 1994 y de la aprobación de la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, el Estado argentino se comprometió a maximizar sus esfuerzos por enaltecer deberes y obligaciones en el ejercicio de la función pública, promoviendo la probidad y la transparencia.

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Y se comprometió a adoptar las medidas necesarias para establecer sistemas apropiados de contratación pública, basados en la transparencia, la competencia y criterios objetivos de adopción de decisiones, que sean eficaces, entre otras cosas, para prevenir la corrupción.

El juez Borinsky puso de resalto que los funcionarios públicos, en quienes el Estado deposita el cumplimiento y la ejecución de sus funciones en virtud del rol especial que desempeñan, son quienes mayores deberes y responsabilidades tienen hacia la sociedad y, precisamente por esa circunstancia, se reclama y espera que cumplan sus funciones con responsabilidad, ética y transparencia.

Puntualizó que el delito de defraudación agravada, en juego en el caso, puede asumir cualquiera de las modalidades de los fraudes previstos en el Código Penal, pero con la particularidad de que el sujeto pasivo de la conducta es el Estado, lo que constituye precisamente la razón de la agravante.

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Por otra parte, el tribunal revisor observó que el perjuicio patrimonial también fue descartado arbitrariamente en la sentencia absolutoria.

Advirtió que no se realizó un examen integral y razonado de los peritajes contables incorporados al debate, ya que se trata de prueba técnica especialmente destinada a esclarecer la existencia o no de uno de los requisitos para la configuración del delito imputado por el Ministerio Público Fiscal.

En particular, con relación al expediente que involucra la imputación del delito a dos productores, precisaron que el tribunal oral no había explicado con fundamentos suficientes cómo los incumplimientos contractuales de su parte, que fueron admitidos por el propio sentenciante, resultaban compatibles con la afirmación de que no hubo perjuicio patrimonial.

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absoluciones,Hernán Cappiello,Conforme a

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La OMS confirmó la salida de la Argentina y el Gobierno celebró la oficialización

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El Gobierno celebró este viernes la ratificación formal de la salida de la Argentina de la Organización Mundial de la Salud (OMS), una decisión impulsada por el presidente Javier Milei y anunciada oficialmente a comienzos de este año.

El secretario de Finanzas, Pablo Quirno, informó a través de sus redes sociales que la Asamblea Mundial de la Salud aprobó “por consenso” el retiro de la República Argentina de la Organización Mundial de la Salud, con efecto a partir del 17 de marzo de 2026.

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Según sostuvo el funcionario, la decisión “representa la culminación del proceso iniciado el año pasado por la firme voluntad” de Milei y “confirma la efectividad jurídica de la decisión soberana adoptada por la República Argentina”. El mensaje fue compartido por el Presidente.

El canciller Pablo Quirno confirmó la salida de Argentina de la Organización Mundial de la Salud. (Foto: captura X @pabloquirno)

El mensaje de Quirno remarcó además que el país “posee la capacidad sanitaria, técnica y la decisión política para proteger la salud de su población” y aseguró que la Argentina continuará dispuesta a cooperar internacionalmente “sobre la base de criterios científicos y técnicos y con pleno respeto por la soberanía de los Estados”.

Leé también: Javier Milei firma hoy el envío al Congreso del Súper RIGI, la ley de lobby y cambios en etiquetado frontal

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El funcionario también destacó el trabajo conjunto entre la Cancillería y el Ministerio de Salud durante el proceso de salida del organismo internacional y agradeció a los países que respaldaron la posición argentina.

“Quiero reconocer el trabajo coordinado entre la Cancillería y el Ministerio de Salud y agradecer especialmente a los países que nos apoyaron desde el principio”, expresó.

La decisión de abandonar la OMS había sido anunciada por el Gobierno nacional en medio de fuertes cuestionamientos de Milei al funcionamiento del organismo durante la pandemia de coronavirus y a las recomendaciones sanitarias impulsadas a nivel global.

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Desde la Casa Rosada sostienen que la salida apunta a reforzar la soberanía nacional en materia sanitaria y evitar condicionamientos externos en la definición de políticas públicas vinculadas a la salud.

El Gobierno había informado la decisión del Presidente en febrero del año pasado, en línea con la postura que tomó el mandatario estadounidense Donald Trump. “La OMS, junto al gobierno de Alberto Fernández, nos llevaron al encierro más grande de la humanidad y a la falta de independencia frente a la influencia política de algunos estados”, afirmó en aquel momento el vocero presidencial Manuel Adorni.

“Los argentinos no vamos a permitir que un organismo internacional intervenga en nuestra soberanía, mucho menos en nuestra salud”, fue la frase para justificar la decisión. Ese mismo argumento fue retomado en las últimas horas por Quirno.

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OMS, Gobierno, Javier Milei

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El Gobierno envía un nuevo paquete de leyes al Congreso

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El Gobierno nacional anunció este viernes el envío de un nuevo paquete de proyectos de ley al Congreso de la Nación. El temario incluye cuatro proyectos para ser tratados en los próximos meses y fue anunciado por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, a través de su cuenta de la red social X.

El envío se da en el final de una semana marcada por la escalada de la crisis interna que se desató tras la acusación del asesor presidencial, Santiago Caputo, contra el titular de la Cámara Baja, Martín Menem, por una cuenta anónima con la que se criticaba al gobierno. Las diferencias, aunque en el Gobierno apuntaban a que bajarían en las próximas horas, crecieron hasta la noche del jueves.

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En el paquete anunciado este viernes, figuran los siguientes proyectos:

– Super RIGI: amplía los beneficios impositivos a las empresas que comprometan inversiones.

Ludopatía: regula las apuestas para prevenir la enfermedad.

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Ley de Lobby: regula la gestión de intereses ante funcionarios públicos.

– Etiquetado frontal: acota las exigencias a las empresas para el etiquetado de los productos.

En tanto, la nueva Ley de Sociedades, inicialmente prevista para esta semana, se enviará la próxima.

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“En lo que queda de la jornada estaremos enviando al Congreso de la Nación los siguientes proyectos de ley: Ley de Ludopatía, Super RIGI, Ley de Lobby, Etiquetado Frontal”, consignó el ministro coordinador.

El “Súper RIGI”, fue anunciado semanas atrás por el presidente Javier Milei, y apunta a generar mayores beneficios impositivos que el régimen vigente, con el objetivo de atraer inversiones en industrias que actualmente no operan en el país.

La principal diferencia con el RIGI será la reducción de la alícuota del impuesto a las ganancias para las empresas, que pasará del 25% al 15%. Además, el esquema de amortización acelerada será más favorable para los proyectos alcanzados por el nuevo régimen.

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Según explicó quince días atrás el ministro de Economía, Luis Caputo, en conferencia de prensa, además de reducirse la vida útil fiscal al 60%,las inversiones podrán amortizarse en un 60% durante el primer año, un 20% en el segundo y el 20% restante en el tercero. De este modo, las empresas podrán recuperar la inversión a efectos fiscales en un plazo considerablemente más corto, con lo que se busca mejorar el flujo de fondos en las etapas iniciales de los proyectos.

Ley de etiquetado frontal. octógonos y sellosDaniel Basualdo

Con los cambios en la ley de etiquetado frontal, el Gobierno buscará derogar la norma que obliga a las alimenticias a colocar octógonos negros en los envases con advertencia sobre exceso de azúcares, sodio, grasas y calorías, que apuntan a promover una alimentación más saludable y que siempre fueron resistidos por las empresas.




May 22, 2026,conferencia de prensa,,Cecilia Devanna,Etiquetado frontal de alimentos,Conforme a,Etiquetado frontal de alimentos,,¿Adiós a los octógonos negros?. El Gobierno promueve cambios en la Ley de Etiquetado Frontal,,Las claves. Tras los cambios en los parámetros de la ley de etiquetado frontal, algunos alimentos perderán los octógonos negros,,Calorías, azúcares y grasas. Cambio de parámetros: que modificaciones hizo el Gobierno a la Ley de Etiquetado Frontal

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