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POLITICA

Piden que el Gobierno retire 14 pliegos de jueces porque alegan que su elección fue inconstitucional

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La organización Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) se presentó ante la Justicia para obligar al Poder Ejecutivo a que retire los pliegos de 14 jueces que fueron enviados al Senado, porque señala que fueron elegidos de manera inconstitucional.

La organización cuestiona que el Poder Ejecutivo, en lugar de elegir un nombre de cada terna, mezcló los nombres de varias ternas, con lo que no se cumplió la manda constitucional.

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Como medida cautelar, ACIJ le pidió al juez en lo contencioso administrativo federal Esteban Furnari que le ordene al Senado que “se abstenga de dar trámite” a esas designaciones.

El presidente Javier Milei y el ministro de Justicia, Juan Bautista MahiquesPresidencia

“Solicito en esta presentación que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable de dichos pliegos y que se ordene al Poder Ejecutivo de la Nación su retiro y la presentación de nuevas propuestas de candidatos y candidatas que utilicen todas y cada una de las ternas emitidas por el Consejo de la Magistratura de la Nación, de modo tal de no enviar más de un candidato por terna”, dice la presentación judicial.

“Se viola el procedimiento constitucional establecido porque se desconoce el carácter vinculante de las ternas elaboradas por el Consejo de la Magistratura en el proceso de selección de jueces. De las tres personas seleccionadas en la terna, que es la que tiene el mejor puntaje, el Poder ejecutivo elige una. Las tres personas tienen el mismo derecho a ser elegidas y se le solicita luego acuerdo al Senado”, explicó Celeste Fernández, codirectora ejecutiva de ACIJ.

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Indicó que en los concursos múltiples, con varias vacantes, se mandan tantas ternas como cargos a cubrir, pero en lugar de elegir un candidato de cada terna, el Poder Ejecutivo combina ternas. “Así, de una terna elige a más de una persona y de otra a ninguna. Y se viola el carácter vinculante de la terna”, advirtió.

Celeste Fernández, codirectora de ACIJPilar Camacho

Por eso, Fernández dijo que el proceso de selección de jueces queda “plagado de irregularidades”. Y agregó: “Lo que pedimos es que la Justicia y el Senado saneen esas irregularidades”.

El planteo de ACIJ abarca nueve concursos y candidatos para los fueros civil, comercial, criminal, contencioso administrativo y en la justicia federal de Comodoro Rivadavia.

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El artículo 99, inciso cuatro de la Constitución Nacional manda al Presidente proponer jueces de tribunales inferiores “en base a una propuesta vinculante en terna del Consejo de la Magistratura”, y el artículo 114 le asigna a ese organismo la función de “emitir propuestas en ternas vinculantes”.

Para ACIJ, el Presidente no puede elegir a alguien de afuera de la terna y está obligado a usar cada terna, todas las veces que la tenga a disposición. Si de una terna se eligen dos jueces, hay otra terna que queda descartada.

Una norma reglamentaria del Consejo de la Magistratura permite esta práctica, pero esa regulación también fue cuestionada por inconstitucional por ACIJ.

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La demanda le apunta también al artículo 47 del Reglamento de Concursos (resolución 7/14 del Consejo), que habilita expresamente al Ejecutivo a “apartarse” de las ternas para designar a los candidatos ubicados en primero y segundo lugar de cualquiera de las ternas ya resueltas.

El presidente Javier Milei envió 133 pliegos en poco más de tres meses al Senado y el jueves hay sesión para darle acuerdo a otros candidatos enviados por el Poder Ejecutivo, aunque ninguno de los 14 cuestionados ahora.

La organización recuerda además que la Corte Suprema, en la acordada 4/2026, admitió la necesidad de “reducir aún más potenciales ámbitos de discrecionalidad” en el sistema de selección.

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Refirió, de ese modo, a una propuesta de la Corte para cambiar el reglamento de designación de jueces que el Consejo de la Magistratura viene demorando.

ACIJ señaló que sobre los 67 pliegos remitidos entre el 30 de marzo y el 9 de abril detectó 14 casos con variaciones de cinco o más posiciones en el orden de mérito después de las entrevistas personales.

Los cuestionamientos de ACIJ son para Juan Pablo Ángel Sala, propuesto para el Juzgado Comercial N° 23 e integrante de la cuarta terna, de la que ya había sido designado Guillermo Mario Pesaresi (primer puesto) en el Juzgado N° 24. Con su pliego, la tercera terna quedó descartada por completo.

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Otro de los mencionados en la demanda es Gustavo Alejandro Roque Cultraro, propuesto para el Juzgado Comercial N° 10. Integra la primera terna, de la que ya fue designado Juan Pedro Giudici. Quedaron afuera la segunda y la quinta ternas.

En el Fuero Contencioso Administrativo Federal, Leonardo Marco Toia, propuesto para el Juzgado N° 7, integra la tercera terna, de la que ya fue designado Edgardo Walter Lara Correa, que ocupaba el tercer lugar. Se descartaron la primera y la quinta ternas.

En los tribunales orales en lo criminal de la Capital, Juan Manuel Mejuto, propuesto para el Tribunal Oral en lo Criminal N° 8, integra la octava terna, de la que ya había sido designada Ivana Quinteros, tercera de esa misma terna. La sexta y séptima terna quedan sin uso.

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A su vez Julio César Di Giorgio, propuesto para el Tribunal Oral N° 10 y Vanesa Silvana Alfaro integran la tercera terna, de la que ya fue designado Juan Carlos Riccardini, segundo en el orden. Es decir: los tres integrantes de una misma terna terminarían siendo jueces del mismo fuero. La segunda y la quinta ternas quedaron descartadas.

Para los juzgados en lo criminal de la Capital, Javier Rodrigo Pereyra fue propuesto para el Juzgado N° 3, Sebastián Rodrigo Ghersi para el Juzgado N° 45. Ambos integran la primera terna (Ghersi encabezaba el orden de mérito general). La segunda y la octava terna quedan sin candidatos, aunque alguna podría usarse para el Juzgado N° 37, para el que todavía no se propuso a nadie.

Ramiro Ariel Mariño fue propuesto para el Juzgado N° 54. Integra la segunda terna, de la que ya fue designada Paula Fuertes, primera de la lista. Quedan afuera la tercera, la cuarta, la sexta y la séptima terna.

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En el Fuero Civil de la Capital, Santiago Villagrán fue propuesto para el Juzgado Civil N° 19, José María Abram Luján fue propuesto para el Juzgado Civil N° 110, Florencia Inés Córdoba para el Juzgado Civil N° 66. Los tres salen de la quinta terna del concurso 420 (Villagrán la encabezaba, Abram Luján estaba segundo y Córdoba, tercera). En este caso toda la terna fue propuesta para un cargo de juez civil y se descartaron los candidatos de la primera, la tercera, la sexta y la octava terna.

En la justicia federal de Chubut, Sebastián Pedro Ruiz y Ángela Cecilia Pagano Mata fueron propuestos para los dos cargos de juez del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia. Los dos integran la primera terna. Como el concurso tenía apenas dos ternas, la segunda (encabezada por Pablo Javier Flores) quedó sin usar.




Hernán Cappiello,Conforme a

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El Gobierno oficializó la declaración de San Miguel de Tucumán como capital simbólica del país cada 9 de julio

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El Gobierno oficializó la declaración de la ciudad de San Miguel de Tucumán como capital simbólica del país cada 9 de julio, con la promulgación de la de la Ley 27820.

La iniciativa establece que el reconocimiento alcance a la capital tucumana durante el Día de la Independencia y dispone que los actos centrales organizados por el Gobierno nacional para la fecha se realicen allí de forma permanente.

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La medida apunta a consolidar el vínculo institucional entre la celebración nacional y la ciudad donde el Congreso de Tucumán declaró definitivamente la ruptura con la Corona española en 1816.

Esta medida se encuadra dentro de una serie de acuerdos que alcanzó el oficialismo con los sectores aliados en el Congreso para enviar un gesto político a los gobernadores. De hecho, también se ampliaron las cámaras federales de apelaciones en Tucumán. En su mayoría se trata de iniciativas sin costo fiscal pero con valor simbólico para los diputados provinciales a nivel local.

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En ese sentido, otras de las iniciativas que se encuentran dentro de esta lista es la promulgación de la Ley 27823, que propone incorporar el ritual, la celebración y la peregrinación del Camino de Brochero al patrimonio cultural inmaterial de la República Argentina.

La declaración prevista se encuadra en la ley 26.118, que ratificó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. El texto identifica al Camino de Brochero como una práctica que reúne expresiones de devoción, recorridos de peregrinación y actividades culturales.

Según lo dispuesto, este ritual, la celebración y la peregrinación asociados a la ruta forman parte del patrimonio inmaterial argentino. La figura comprende prácticas, representaciones y conocimientos que las comunidades reconocen como parte de su herencia cultural.

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La iniciativa declara de interés nacional el acuerdo de difusión entre el Camino de Brochero y el Camino de Santiago de Compostela en España

La propuesta alcanza a una manifestación religiosa vinculada con la figura de José Gabriel del Rosario Brochero, conocido como el Cura Brochero, cuya devoción convoca actividades y peregrinaciones en territorio cordobés.

A su vez, declararon de interés el “Memorándum de entendimiento para la difusión y promoción” que une las rutas del Camino de Brochero y del Camino de Santiago de Compostela. El documento contempla la preservación, divulgación y promoción de ambas tradiciones.

De esta manera, garantizaron el desarrollo de actividades históricas, religiosas, culturales, académicas, sociales y turísticas relacionadas con la ruta gallega y la ruta brocheriana. El alcance incluye otras acciones que se vinculen con la celebración y la devoción en ambos itinerarios.

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La ley impulsada por Alejandra Vigo recibió su aprobación definitiva a finales de agosto. La iniciativa ya había obtenido media sanción de la Cámara alta en septiembre de 2025.

La medida prevé que los peregrinos puedan acceder a un pasaporte para registrar el trayecto realizado. El mecanismo toma como referencia la experiencia del Camino de Santiago, en España.

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El documento permitirá acreditar las etapas del recorrido y facilitará la participación de los viajeros en propuestas asociadas al turismo, la gastronomía y las artesanías.

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El Gobierno promulgó la ley del acuerdo de libre comercio entre el Mercosur y Singapur

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El Gobierno promulgó este martes la Ley 27.819, que ratifica el acuerdo de libre comercio entre el Mercosur y Singapur, firmado el 7 de diciembre de 2023 en Río de Janeiro. La decisión quedó oficializada mediante el Decreto 1010/2026, publicado en el Boletín Oficial, luego de que el Congreso completara su aprobación el pasado 26 de agosto.

La norma permite que Argentina complete el proceso interno necesario para ratificar el entendimiento, considerado el primero de estas características entre el bloque regional y un país del sudeste asiático.

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El tratado está compuesto por 19 capítulos y establece reglas para diferentes áreas de la relación económica entre las partes.

Entre ellas aparecen el intercambio de bienes y servicios, las inversiones, las compras públicas, la propiedad intelectual, el comercio electrónico y las pequeñas y medianas empresas.

Qué establece el acuerdo comercial entre el Mercosur y Singapur

El Mercosur definió el entendimiento como un “acuerdo de nueva generación” por la cantidad y diversidad de disciplinas que incorpora.

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“El acuerdo comercial con Singapur es un acuerdo de nueva generación: implica disciplinas modernas en materia de comercio de bienes y servicios, inversiones, compras públicas, propiedad intelectual, comercio electrónico y micro, pequeñas y medianas empresas”, señaló oficialmente el bloque.

Además de reducir y ordenar barreras vinculadas al intercambio comercial, el tratado busca establecer mayor previsibilidad regulatoria y mejores condiciones para las inversiones.

Según el Mercosur, el entendimiento “contribuirá al aumento del comercio, a una mayor previsibilidad regulatoria y a la creación de condiciones favorables para atraer inversiones”.

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Su relevancia también está vinculada con la inserción del bloque en Asia: se trata del primer tratado de libre comercio del Mercosur con un país del sudeste asiático.

El fuerte respaldo que tuvo el tratado en el Congreso

El proyecto llegó a la promulgación después de conseguir un amplio respaldo de las principales fuerzas políticas.

El Senado le había dado media sanción de manera unánime en mayo. Luego, el 26 de agosto, la Cámara de Diputados lo convirtió en ley con 234 votos afirmativos, cuatro negativos y ninguna abstención.

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Tras la aprobación parlamentaria, el canciller Pablo Quirno sostuvo que el entendimiento es “clave para la integración de Argentina con el mundo”.

“Seguimos generando las condiciones. El sector privado es el que tiene que salir a jugar. La Argentina es próspera”, afirmó.

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El Gobierno promulgó la ley que declara a San Miguel de Tucumán como capital simbólica de la Argentina cada 9 de julio

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El Gobierno promulgó la Ley 27.820 que declara a San Miguel de Tucumán como capital simbólica de la Argentina cada 9 de julio. La norma fue publicada en el Boletín Oficial de este martes mediante el Decreto 1006/2026. Además, la nueva normativa establece que en el Jardín de la República se realizarán los actos centrales por el Día de la Independencia.

“Declárase a la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, como ‘Capital simbólica de la República Argentina’ todos los días 9 de julio de cada año”, puede leerse en el primer artículo de la nueva legislación.

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La ley que establece al Jardín de la República como nueva capital simbólica nacional

La iniciativa, aprobada el 26 de agosto por el Congreso, fue impulsada por las senadoras Beatriz Ávila y Sandra Mendoza. Luego de obtener el aval unánime del Senado con 67 votos afirmativos, tras su debate y aprobación previa en la Cámara baja, la propuesta completó su trámite parlamentario y quedó sancionada.

En el artículo 2 de la ley, puede leerse: “Establézcase que, en lo sucesivo, los actos centrales que organice el gobierno nacional, en conmemoración del aniversario de la Declaración de la Independencia Argentina, tendrán lugar en la ciudad de San Miguel de Tucumán”.

De esta manera, la norma que hasta el lunes se encontraba respaldada por un decreto del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), a partir de este martes cuenta con rango legal.

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El Decreto con el que se promulgó la ley

“Este es un proyecto de reivindicación al pueblo tucumano. Un proyecto que tiene que ver con la historia del norte argentino y la conformación de nuestra Nación. Allí no solamente se libró la batalla de Tucumán en 1812 a cargo del general Manuel Belgrano, sino que el norte tuvo una vital participación. Está el Éxodo Jujeño, la Batalla de Salta y, por supuesto, la de Tucumán”, fueron las palabras que utilizó Ávila en aquel entonces para referirse a su proyecto.

Durante esa misma alocución, la senadora también hizo hincapié en la importancia de que, el por entonces decreto, devenga en ley. “Hoy hay un decreto pero, para que la gente sepa, un decreto firmado por un Presidente está a tiro de otro decreto de otro Presidente que no le puede llegar a gustar este proyecto. Entonces, estas reivindicaciones tienen que salir por una ley del Congreso de la Nación”.

Durante el 9 de julio pasado, el presidente Javier Milei habló en cadena nacional desde la entrada a la Casa Histórica de la provincia de Tucumán, en el marco de la conmemoración del 210° aniversario del Día de la Independencia. “Es momento de hacer una renovación de los votos y ratificar nuestro compromiso con el Pacto de Mayo”, sostuvo el mandatario, que consiguió reeditar su foto de 2024 con diferentes gobernadores.

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Al evento inaugural de las celebraciones por el 9 de julio en la capital Tucumán asistieron 13 mandatarios provinciales en medio de un escenario de negociaciones claves para conseguir apoyo frente a los nuevos proyectos parlamentarios que impulsa el oficialismo.

Este martes quedó establecido que las chances de que aquel cónclave que tuvo lugar en el Jardín de la República se repita, están más vigentes que nunca.




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