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POLITICA

Imputaron a Jesica Cirio y a Martín Insaurralde por lavado de dinero y a Sofía Clerici por encubrimiento

Imputaron a Jesica Cirio y a Martín Insaurralde por enriquecimiento ilícito. (Foto: Instagram/jesicacirio – NA)Ulises Jaitt se refirió al detrás del escándalo por las fotos y videos de Sofía Clerici con Martín Insaurralde. (Foto: Instagram/minsaurralde_ – sofiaclericiok)

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En medio del Yategate, la fiscal federal de Lomas de Zamora, Cecilia Incardona, imputó esta tarde a Martín Insaurralde y a Jésica Cirio por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. En tanto, Sofía Clerici también fue acusada en la causa por encubrimiento de estos delitos.

Lo hizo en el marco de una denuncia presentada por el diputado Ricardo López Murphy y la senadora María Eugenia Talerico, cuya investigación involucra el supuesto acuerdo millonario del divorcio entre la conductora con el ex jefe de Gabinete bonaerense tras la separación.

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Según el periodista Carlos Pagni, Cirio le habría reclamado US$50 millones al dirigente, aunque él habría aceptado cerrar el acuerdo en US$25 millones.

La fiscal presentó su dictamen ante el juez Ernesto Kreplak, que subroga el juzgado federal 2 de Lomas de Zamora, a quien le requirió además una serie de medidas de prueba como el levantamiento del secreto fiscal, bancario y bursátil y movimientos migratorios de ambos.

Se trata de una de las tantas denuncias que se motorizó a partir de que la modelo Sofía Clerici ventiló en redes sociales que había compartido un viaje a Marbella, España, con el dirigente de Lomas de Zamora.

Ulises Jaitt se refirió al detrás del escándalo por las fotos y videos de Sofía Clerici con Martín Insaurralde. (Foto: Instagram/minsaurralde_ - sofiaclericiok)
Ulises Jaitt se refirió al detrás del escándalo por las fotos y videos de Sofía Clerici con Martín Insaurralde. (Foto: Instagram/minsaurralde_ – sofiaclericiok)

El juez Kreplak, además, quedará a cargo de otra denuncia en la que los imputados son Insaurralde y Clerici: esa causa estaba en manos del juez de Lomas de Zamora Federico Villena, quien se apartó este jueves.

El juez Villena se apartó y la causa recayó en el juzgado del hermano de un funcionario de PBA

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La causa por lavado de dinero y evasión fiscal, llamada Yategate, había sido asignada al juez federal de Lomas de Zamora, Federico Villena, quien este mediodía se inhibió y la pasó a otro juzgado.

Previo a la decisión del magistrado, el fiscal Sergio Mola había recusado su participación en la causa, bajo la acusación de una presunta amistad con el imputado. “No tengo, ni tuve amistad con el Sr. Martín Insaurralde, más allá de la relación protocolar o cordial, que pueda tener con cualquier intendente cuyo municipio se encuentre territorialmente bajo la jurisdicción que corresponde a la Justicia Federal de Lomas de Zamora”, explicó en el escrito por el cual se apartó. Alegó “violencia moral”.

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“Los argumentos del Sr. Fiscal, importan afirmaciones infundadas, montadas sobre versiones periodísticas sin verificación probatoria alguna, o sobre situaciones, que en modo alguno podrían afectar la investidura y objetividad de este magistrado”, agregó Villena en su descargo.

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POLITICA

Condenaron a 6 años de prisión a la mano derecha del sindicalista Marcelo Balcedo, preso en Uruguay por lavado de dinero

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de La Plata condenó a penas de 3 a 6 años de prisión y multas millonarias a ocho personas como integrantes de una asociación ilícita dedicada al lavado de activos proveniente de la defraudación por administración fraudulenta realizada en perjuicio del Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y Minoridad (SOEME) que dirigía Marcelo Balcedo, preso en Uruguay por lavado de dinero.

Además, el jueves pasado fijó penas de multa para cuatro personas jurídicas y ordenó el decomiso de inmuebles y de decenas de vehículos obtenidos por la organización con el producto de los delitos.

La penas de prisión impuestas en el final del juicio comprenden al apoderado del gremio y mano derecha del exsecretario general Balcedo, Mauricio Elías Yebra, y su exesposa, Silvia Hebe Canal; el empleado del sindicato y persona cercana a Balcedo, Hebert Raúl Da Cunha; el chofer y apoderado del sindicato, Pablo Andrés Landini; el exsecretario de Hacienda y Finanzas de la organización gremial, Francisco Alberto De Marco; el contador y jefe de tesorería, Julio César Pecollo; el gerente del cuerpo de asesores jurídicos, Guillermo Daniel Cháves; y el dueño de la concesionaria de automóviles El Chaqueñito -una de las personas jurídicas condenadas-, Sergio Omar Martínez.

Por otro lado, de acuerdo a lo requerido por la fiscalía tras la muerte de Myriam Reneé Chávez, la madre de Balcedo, el tribunal ordenó el decomiso sin condena de bienes que estaban registrados a su nombre. En tal sentido, ordenó la aplicación de lo previsto en el artículo 305 -segundo párrafo- del Código Penal de la Nación, que establece el decomiso aún sin condena penal “en operaciones de lavado de activos (…) cuando se hubiere podido comprobar la ilicitud de su origen, o del hecho material al que estuvieren vinculados, y el imputado no pudiere ser enjuiciado por motivo de fallecimiento, fuga, prescripción o cualquier otro motivo de suspensión o extinción de la acción penal, o cuando el imputado hubiere reconocido la procedencia o uso ilícito de los bienes”.

El resultado del debate oral fue promovido por el fiscal general Hernán Schapiro y la auxiliar fiscal Sara Cachione, quienes en su alegato habían considerado como agravantes en esta causa la naturaleza del hecho, la extensión del daño y los medios comisivos. Remarcaron entonces que adquirió especial relevancia la cuantiosa afectación al patrimonio del SOEME y, en consecuencia, el perjuicio a los miles de afiliados del sindicato. Mientras se espera que Balcedo termine su condena en Uruguay y sea extraditado a la Argentina.

El tribunal, integrado de manera unipersonal por el juez José Antonio Michilini, anunció que dará a conocer los fundamentos de la sentencia el próximo 25 de marzo.

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Las penas fueron las siguientes:

Mauricio Elías Yebra: 6 años de prisión y multa de $20.525.049,68 como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, y autor del delito de lavado de activos por el monto de $2.565.631,21, todos en concurso real entre sí.

Hebert Raúl Da Cunha: 4 años de prisión como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, todos en concurso real entre sí. Fue sobreseído del delito de lavado de activos dado que, tal como fue solicitado por la fiscalía, el tribunal declaró extinguida la acción penal por prescripción, “por no superar el monto de las maniobras de lavado los 150 salarios mínimos, vitales y móviles”.

Pablo Andrés Landini y Francisco Alberto De Marco: 4 años de prisión y multa por el monto de $6.687.840 y $54.255, respectivamente, como coautores del delito de asociación ilícita en calidad de miembros y del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, y como autores del delito de lavado de activos, todos en concurso real entre sí.

Sergio Omar Martínez: 4 años de prisión y multa por el monto de $117.464.772,88, como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y autor del delito de lavado de activos en concurso real.

Julio César Pecollo: 3 años de prisión y multa por el monto de $15.298.500, como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME y autor del delito de lavado de activos, todos en concurso real entre sí. En el veredicto se dejó expresa constancia que la pena fue reducida en 3 años, respecto de los 6 de prisión que le hubieran correspondido, de conformidad con los artículos 26, 29 -inc. 3°-, 40, 41, 41 ter del Código Penal, de acuerdo con la modificación realizada con la ley 27.304, conocida como “ley del arrepentido”.

Silvia Hebe Canal: 3 años de prisión en suspenso y multa por el monto de $13.701.383, como coautora del delito de asociación ilícita en calidad de miembro, autora del delito de lavado de activos y partícipe necesaria del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, en concurso real entre sí.

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Guillermo Daniel Cháves: 3 años de prisión en suspenso como coautor del delito de asociación ilícita en calidad de miembro y del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del SOEME, en concurso real entre sí. Fue absuelto respecto del delito de lavado de activos por el que fuera acusado.

La sentencia impuso a Pecollo, Canal y Cháves la obligación de fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal o del Patronato de Liberados, según corresponda por sus domicilios, por el plazo de tres años.

También condenó al pago de multas a cuatro personas jurídicas por el desvío de más de 500 millones de pesos entre 2012 y 2018 y por maniobras de lavado de activos: Edigráfica S.A., a la pena de multa por $117.279.923; Wifialte-Com S.A., a $31.533.125; Mundo Total Comunicaciones S.R.L., a $1.275.000; y El Chaqueñito S.A., a $73.415.483,05.

El tribunal no hizo lugar al pedido de pena respecto de la sociedad Emprendimientos y Gestiones Argenplat SRL requerido por la querella de la Unidad de Información Financiera.

Además, prorrogó la inhibición general de bienes de todas las personas condenadas y dispuso idéntica medida cautelar respecto de las sociedades involucradas, a fin de garantizar el pago de las sanciones dispuestas.

Finalmente, declaró extinguida la acción penal por fallecimiento de Myriam Reneé Chávez (madre de Balcedo) y, en consecuencia, dictó su sobreseimiento.

De acuerdo a lo requerido por el MPF, el tribunal ordenó diversos decomisos de  bienes pertenecientes a las personas imputadas y respecto de cuatro sociedades pertenecientes tanto a las y los imputados como a personas interpuestas para ocultar su titularidad.

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El tribunal señaló en el veredicto que el decomiso se ordenaba “por haberse acreditado que todos ellos resultaron ganancia, provecho o beneficio del delito”.

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