POLITICA
“Si sos trapito, te meto preso”: la advertencia de Jorge Macri tras la sanción de la nueva ley

Con el impulso del jefe de Gobierno, Jorge Macri, la Legislatura porteña aprobó ayer una reforma del Código Contravencional para endurecer las sanciones contra cuidacoches y limpiavidrios. También habilitará detenciones, con penas que van desde los 10 días hasta los 2 meses de cárcel, aumento de multas y sanciones para clubes y organizaciones vinculados con esas prácticas.
“Si sos trapito, te meto preso. Aprobamos una ley para meter presos a estos delincuentes que se creen dueños de la calle y viven de extorsionar a la gente de bien. Ley y orden”, celebró Macri en sus cuentas de redes sociales, tras lograr la sanción de la norma.
Con un video con imágenes alusivas a los cuidacoches y testimonios de personas afectadas, el alcalde porteño se diferenció de las gestiones anteriores, que habían establecido solo sanciones económicas para los trapitos.
“Dejaron que esta mafia se apropiara de las calles. Dejaron que una banda de extorsionadores decidiera dónde podías estacionar. Ya no hay más advertencia. ¿Sos trapito? Te meto preso», expresó en la secuencia audiovisual.
La Ley 6961 amplía las facultades de control del Gobierno porteño y de la Policía de la Ciudad, que podrá detener a quienes se apropien del espacio público y extorsionen a vecinos durante eventos masivos o en la vía pública. La reforma, que contó con 36 votos afirmativos, se consensuó con legisladores de distintas fuerzas políticas.
Entre mayo de 2025 y mayo de 2026 se registraron 13.149 contravenciones vinculadas con estas prácticas. Hasta ahora, las sanciones se limitaban a multas que Jorge Macri consideró “incobrables”: “¿Cuánto le importa una multa a un trapito? Se le ríen en la cara a la Policía”. El jefe de Gobierno sostuvo la nueva norma implica “tolerancia cero” contra esa práctica.
El texto de la ley explica que el esquema de penalizaciones económicas vigente era insuficiente. La baja entidad de las sanciones favorecía la repetición de la conducta y minaba la convivencia urbana. Ahora, se distingue entre infractores ocasionales y quienes organizan o coordinan el cobro ilegal, además de establecer agravantes para casos de intimidación, vulnerabilidad o persistencia.

Qué penas prevé la reforma
El nuevo régimen establece penas diferenciadas según el tipo de infracción y el contexto en que se cometa. En eventos masivos, cuando se demuestre organización previa o existencia de bandas, la detención será de 20 a 50 días. Para quienes cuiden coches de manera ilegal en cualquier calle, la detención será de 10 a 30 días. Los jefes, organizadores o promotores podrán recibir hasta 60 días de cárcel.
Las penas se duplicarán en situaciones de violencia, acoso o cuando se aproveche la vulnerabilidad del conductor o el entorno. El artículo 1 estipula que, si la conducta incluye intimidación, persistencia o desigualdad de género, la sanción se duplicará respecto de los mínimos y máximos previstos.

Los días de trabajo comunitario se amplían de dos a 20 a 45 días, mientras que las multas pasan de un rango de $50.000 a $285.000 a partir de $1.139.988 (de 1.200 a 7.000 UF).
El juez interviniente que intervenga en una detención tendrá que poner en conocimiento de los infractores la oferta de programas de asistencia a cargo del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, o el organismo a cargo. Pero también refuerzan una línea dura: quienes lideren o promuevan la actividad podrán ser excluidos de los programas estatales por dos años, en un intento de desalentar la repetición.
Alcance sobre eventos y clubes
La prohibición y las nuevas penas se aplicarán a cualquier evento realizado en la Ciudad, no solo a los deportivos o artísticos masivos. El área de control se amplía hasta 50 cuadras a la redonda del evento, y el horario de prohibición se extiende desde seis horas antes del inicio hasta tres horas después del final.

Si se comprueba la participación directa o indirecta de integrantes de clubes, instituciones u organizadores en la actividad ilegal, el Gobierno de la Ciudad podrá duplicar las multas, que pasarán de 10.000 UF a 20.000 UF (de $10 millones a $20 millones aproximadamente). Las clausuras preventivas subirán a un máximo de 90 días, frente a los 30 días previos.
La reforma parte del diagnóstico de que el fenómeno del “trapito” dejó de ser un “mero ofrecimiento informal”. Según lo aprobado, en muchas ocasiones la conducta involucra presión o intimidación directa. De esta manera, los conductores se ven forzados a pagar para evitar conflictos o represalias, en zonas que llegan a funcionar como “territorios” tomados por quienes ejercen el rol de cuidacoches.
POLITICA
La Argentina protestó ante Uruguay por un stand británico en una exposición que promociona las Malvinas como “Falklands”

La Argentina presentó una protesta formal ante la Cancillería de Uruguay por la presencia de un stand promovido por la Embajada Británica en la Exposición Internacional de Ganadería y Muestra Internacional Agro Industrial y Comercial del país vecino, más conocida como Expo Prado.
El reclamo se originó por la inclusión de referencias a las Islas Malvinas bajo la denominación “Falklands” y por la participación de representantes vinculados a las islas.
La queja fue canalizada a través de la Embajada Argentina en Montevideo mediante una nota enviada el 31 de agosto al Ministerio de Relaciones Exteriores uruguayo, según consignó el diario uruguayo El País, que dio a conocer el contenido de la presentación diplomática.
En la misiva, la representación argentina expresó su “rechazo” a la presencia del espacio dedicado a las islas dentro de la edición 2026 de la feria. Al mismo tiempo, destacó el respaldo histórico que Uruguay ha brindado a la posición argentina en el reclamo de soberanía sobre las Malvinas.
“Esta representación desea expresar su rechazo a la presencia del mencionado ‘escritorio’ de las Islas Malvinas en la edición 2026 de la feria Expo Prado. En este sentido, la República Argentina agradece y valora el constante apoyo de la República Oriental del Uruguay a la posición argentina en la cuestión Malvinas, el cual se expresa en los ámbitos nacional, bilateral, regional y multilateral”, señaló.
Asimismo, el gobierno argentino expresó, a través de su embajada, que se instaló “un ‘escenario isleño’ en el cual se distribuye material en español sobre las Islas Malvinas con la denominación incorrecta utilizada por el Reino Unido y folletos de contenido netamente político”.
El stand británico mostraba imágenes de las islas y propuestas orientadas a promover el destino entre los visitantes. Entre los elementos visibles figuraban piezas gráficas identificadas como “The Falkland Islands” y actividades promocionales vinculadas con productos originarios del archipiélago. Además, una de las ofertas del stand británico es una invitación a un “gin tasting”.
El texto enviado por la Cancillería argentina señaló que a la presencia de este puesto se sumó “la visita de ‘delegaciones’ del autodenominado ‘gobierno’ isleño, el cual no es reconocido” por ninguno de los dos Estados. Incluyeron, según la versión argentina, “en al menos dos oportunidades a pretendidos ‘legisladores’ de la autodenominada ‘Asamblea legislativa’ de las Islas Malvinas”.
“Frente a la posibilidad de que se verifique nuevamente la presencia de un ‘escenario isleño’ en el pabellón británico de la feria Expo Prado 2026, la República Argentina lamentaría profundamente que se aproveche el tradicional evento del agro uruguayo para promover el posicionamiento británico en las Islas Malvinas como si se trata de una entidad diferenciada de la República Argentina”, expresó el gobierno.
No es la primera vez que el gobierno argentino expresa una queja sobre un stand británico en la Expo Prado. En setiembre de 2022, 2017 y 2018 la embajada argentina transmitió idéntica preocupación.
@ExpoPrado,pic.twitter.com/n7GwyOyBCH,September 11, 2026,@ExpoPrado,pic.twitter.com/OiVGTupa44,September 13, 2026,No es la primera vez,Argentina,Uruguay,Islas Malvinas,Conforme a
POLITICA
La reacción de Sergio Schoklender tras haber sido condenado en la causa Sueños Compartidos

El exapoderado de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, Sergio Schoklender, habló este lunes tras ser condenado a dos años y nueve meses en la causa Sueños Compartidos por el desvío de fondos y aseguró que “está totalmente probado que no se cometió ningún delito”. “No se desvió un p… fondo”, enfatizó.
En declaraciones a la prensa en las afueras de Comodoro Py, Schoklender sostuvo que los jueces “no se animaron después de 15 años a reconocer el disparate que habían hecho y que comenzó con Oyarbide”, entonces lo que hacen profundizó el exfuncionario, “es poner una pena simbólica y tirarle todo el tema a la Cámara y a la Corte Suprema”.
“Qué se yo por qué De Vido resultó absuelto”, dijo tras ser consultado por la absolución del exministro de Planificación Federal.
Noticia que está siendo actualizada.-
Sergio Schocklender, Sueños Compartidos, Comodoro Py
POLITICA
El gobierno de Neuquén le otorgó la personería jurídica a una comunidad mapuche que se resiste a un desalojo

SAN CARLOS DE BARILOCHE.- En medio de una creciente tensión por la disputa de tierras en la zona de El Pedregoso, en Villa La Angostura, el gobernador de Neuquén, Rolando Figueroa, otorgó la personería jurídica a la comunidad mapuche Melo. La medida se formalizó mediante el Decreto 1402, refrendado por el ministro de Gobierno, Jorge Tobares, y publicado en una edición especial del Boletín Oficial provincial.
Con este acto administrativo, el Estado neuquino dio respuesta a un reclamo histórico que la comunidad tramitaba desde hacía 14 años. El reconocimiento oficial se apoya en un extenso marco normativo que incluye la Constitución Nacional y Provincial, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Ley 23.302, el Código Civil y Comercial de la Nación y convenios suscriptos con el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).
La resolución valida el estatuto comunitario de la lof Melo, asentado en el Paraje Paso Coihue (Departamento Los Lagos), donde se regulan sus pautas de organización y la elección de sus autoridades tradicionales.
La resolución del Poder Ejecutivo provincial se conoció apenas un día después de que trascendiera la emisión de un nuevo mandamiento de desalojo sobre el Lote Pastoril 42 (El Pedregoso), un predio de aproximadamente 625 hectáreas entre Villa La Angostura y Bariloche reclamado por María Cristina Broers.
El conflicto había registrado un momento crítico el 19 de agosto, cuando fuerzas policiales y del grupo GEOP ejecutaron una medida judicial que logró expulsar a la comunidad Quintriqueo, pero quedó inconclusa en el sector ocupado por la comunidad Melo debido a la resistencia comunitaria y a la presencia de menores de edad sin la asistencia requerida de organismos de protección.
Posteriormente, el juez civil de Villa La Angostura, Francisco Astoul Bonorino, ordenó librar un nuevo mandamiento de desahucio contra Pascual Felidoro Quintriqueo, la lof Kinxikew (Quintriqueo) y cualquier otro ocupante del inmueble.
Tras la firma del decreto provincial, el abogado defensor de ambas comunidades mapuches, Luis Virgilio Sánchez, solicitó formalmente la suspensión del desalojo en el expediente judicial al considerarlo un “hecho nuevo sobreviniente”.
En diálogo con , el letrado advirtió una inconsistencia procesal central: la lof Melo nunca fue parte demandada en la causa por interdicto de recobrar, ya que la acción judicial de la querella fue dirigida originalmente contra la comunidad Quintriqueo.
Sánchez subrayó que, tras el reconocimiento formal por parte del Estado, sus representados ya no pueden ser calificados como “simples ocupantes”. Y afirmó: “Así que los privados que se crean con derecho a desalojar deberían iniciar un nuevo proceso donde la lof Melo pueda ejercer su derecho de defensa”. El abogado agregó que un tribunal arbitral podría resultar ahora una salida apropiada para destrabar el conflicto.
Para fundamentar la solicitud de suspensión, la defensa invocó el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Lhaka Honhat vs. Argentina. En esa sentencia de 2020, la Corte condenó al Estado argentino por violar los derechos de comunidades indígenas en Salta y estableció estándares sobre propiedad comunitaria y tutela judicial efectiva.
Según explicó Sánchez, la condena del tribunal internacional le impone al Estado “en sentido amplio, incluso a los jueces”, la obligación ineludible de resguardar los derechos territoriales indígenas. Bajo esta premisa, sostuvo que, al haber otorgado la provincia el estatus jurídico a la comunidad Melo, las instituciones estatales quedan obligadas a garantizar dicha tutela efectiva y suspender la ejecución del desalojo.
Desde la lof Melo reaccionaron con firmeza ante la persistencia de la orden judicial y comunicaron su decisión de resistir. Integrantes de la comunidad expresaron: “Sin territorio no tenemos vida. Vamos a luchar por nuestro kvme felen (buen vivir) hasta las últimas consecuencias”.
En tanto, el lonko de la comunidad, Lucas Melo, ratificó la determinación de sostener la presencia en Paso Coihue junto a la comunidad Quintriqueo, remarcando el carácter indisoluble de su reclamo: “Esta lucha no la iniciamos los Melo por un lado y los Quintriqueo por el otro. La iniciamos juntos y la vamos a continuar juntos”.
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