ECONOMIA
La marca Peabody entró en concurso y blanqueó en la Justicia el quiebre brutal de su negocio

La crisis de la fabricante de electrodomésticos Peabody dio un paso decisivo en la Justicia. El Juzgado Comercial N°21 resolvió hoy la apertura del concurso preventivo de Goldmund S.A., la sociedad controlante de la marca, y dejó formalmente en marcha un proceso que la propia empresa había iniciado a comienzos de marzo para reestructurar su pasivo.
La resolución implica que el tribunal consideró acreditado el estado de cesación de pagos, habilitando así la negociación colectiva con acreedores bajo supervisión judicial. Al momento de la presentación, los registros del Banco Central mostraban deudas bancarias por casi $19.600 millones, aunque ese número no refleja la totalidad del pasivo concursal, que incluye compromisos comerciales, fiscales y financieros que ahora deberán verificarse dentro del expediente.
Lejos de tratarse de una jugada preventiva, la propia compañía dejó asentado en su presentación que el quiebre financiero ya se había producido. Según surge del expediente, el punto de inflexión se registró el 27 de febrero de este año, cuando no pudo afrontar un vencimiento por $290 millones, lo que derivó en la «ruptura de la cadena de pagos» y precipitó la convocatoria judicial.
Ese deterioro se profundizó en las semanas siguientes. De acuerdo con los últimos datos del Banco Central, la firma acumula 168 cheques rechazados por casi $553 millones, un indicador que refleja con mayor claridad el quiebre económico de la firma.
Alquiler impago y riesgo sobre la planta
Un dato clave es que el deterioro financiero ya impacta sobre la estructura operativa. En el expediente, Goldmund informó que ocupa su planta de La Tablada, sobre la avenida Crovara, en carácter de locataria y que, al momento de presentarse en concurso, mantenía impagos los alquileres de enero, febrero y marzo.
La deuda acumulada por esos cánones supera los $628 millones y abrió un conflicto directo con la locadora. Según reconoce la propia empresa, la situación «ha puesto en crisis la continuidad del vínculo contractual», dejando en una zona de incertidumbre la permanencia en su principal base operativa.
El contrato de locación, además, tiene fecha de vencimiento: 30 de junio de 2026, lo que agrega presión sobre el corto plazo y refuerza el riesgo de que la compañía deba redefinir su base productiva en medio del proceso concursal.
SIRAs, devaluación y capital de trabajo: la secuencia del quiebre
En el expediente, la compañía reconstruye una secuencia precisa del deterioro que combina factores regulatorios, financieros y operativos. Ubica el inicio del problema en el segundo semestre de 2023, en el marco del esquema de importaciones vigente, cuando, según sostiene, debió operar en condiciones que afectaron directamente su rentabilidad.
En ese contexto, introduce uno de los ejes más sensibles de su presentación: la dinámica de las SIRA. Según detalla, para poder sostener el flujo de importaciones, la empresa debió vender productos por debajo de su costo, lo que comenzó a erosionar su capital de trabajo y a generar un descalce progresivo.
Ese proceso se combinó con la acumulación de créditos fiscales que luego se transformarían en un factor crítico. En concreto, Goldmund afirma que llegó a acumular alrededor de $1.500 millones en concepto de IVA e Impuesto PAIS, que quedaron «fuertemente licuados» tras la devaluación de diciembre de 2023, profundizando el deterioro financiero.
A esto se sumaron las restricciones para acceder a divisas y las dificultades para cancelar deudas con proveedores del exterior, lo que obligó a la compañía a recurrir a mecanismos más costosos y terminó impactando en su caja. El resultado de esa secuencia, según reconoce la propia empresa, fue el default de febrero de 2026 que marcó el quiebre definitivo.
«Precios irrisorios», subfacturación y un mercado distorsionado
Uno de los puntos más duros del escrito aparece en la descripción del contexto competitivo. Allí, la empresa sostiene que «la abrupta apertura de los mercados a la importación… alentó la introducción masiva de productos a precios irrisorios», lo que, según plantea, desarmó la ecuación económica de la industria local.
El expediente aporta incluso ejemplos concretos: «productos cuyo valor real ronda los 20 dólares son declarados por montos sustancialmente inferiores, del orden de 8, 9 o 10 dólares», en referencia a prácticas de subfacturación que permiten ingresar mercadería a valores artificialmente bajos.
El diagnóstico se completa con una advertencia sobre la informalidad. Según la empresa, «se ha multiplicado una cantidad de galpones que, sin tributar impuestos, comercializan esta clase de productos importados», lo que genera una asimetría competitiva frente a las compañías formales y presiona a la baja los precios.
Ese planteo coincide con declaraciones recientes del dueño de la compañía, Dante Choi, quien sostuvo que «la ilegalidad tomó todo el mercado argentino» y que hoy la competencia se da contra productos que ingresan «subfacturados, sin certificaciones y en muchos casos por canales informales», al punto de estimar que estas prácticas alcanzan «al 70 u 80% del mercado».
Del modelo industrial al giro importador
A su vez, los números del expediente muestran también cómo cambió la forma en que la empresa hace negocios.
En 2025, Goldmund todavía mantenía un esquema con peso industrial: vendió más de 700.000 unidades, pero menos de la mitad eran de fabricación propia. Es decir, incluso antes del concurso, la compañía ya combinaba producción local con productos importados para completar su oferta.
En 2026, ese equilibrio se rompe. Las ventas caen con fuerza, apenas 83.676 unidades en lo que va del año y, al mismo tiempo, cambia la composición: más de la mitad de los productos vendidos ya son importados.
La facturación refuerza esa tendencia. En 2025 había superado los $47.000 millones, mientras que, en 2026, con datos parciales, ronda los $4.700 millones, en un contexto de caída del consumo y reacomodamiento del negocio.
En términos prácticos, lo que muestran los datos es un corrimiento claro: Peabody dejó de ser principalmente una fábrica para pasar a operar cada vez más como importadora y comercializadora, un cambio que no responde a una estrategia de expansión sino a la pérdida de competitividad de la producción local.
Paraguay, costos y reconfiguración productiva
En paralelo, la compañía detalla el esquema que sostiene actualmente su operación. Parte de la producción fue trasladada a Paraguay, donde fabrica principalmente la línea de climatización bajo un régimen de maquila.
La decisión, según explica en el expediente, responde a una diferencia estructural de costos. Goldmund estima que producir en ese país resulta entre 30% y 35% más barato, debido a salarios más bajos (en torno a u$s500 mensuales contra u$s2.000 en Argentina), menor carga impositiva, ausencia de aranceles sobre insumos importados y un régimen fiscal más liviano.
«El diferencial no responde a un único factor, sino a la acumulación de ventajas fiscales, laborales y arancelarias», sostiene la empresa, que concluye que ese esquema «torna económicamente inviable» concentrar la producción en la Argentina.
Ese proceso de relocalización ya había sido explicitado por su dueño, quien directamente afirmó que «no piensa volver a producir en Argentina», en un contexto en el que, según su visión, el negocio industrial dejó de ser sostenible.
Con la apertura formal del concurso, comienza ahora la etapa de verificación de créditos y negociación con acreedores. Pero los datos del expediente dejan un mensaje más amplio: el caso Peabody no refleja solo una crisis financiera puntual, sino el quiebre de un modelo productivo que, al menos para esta compañía, dejó de cerrar.
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ECONOMIA
Comercio celebró homologación de la paritaria y destacó el fallo a favor contra la reforma laboral

Sin cambios en la cuota solidaria y suba de aporte a la obra social. Cavalieri confirmó la participación de mercantiles de la marcha a la Plaza de Mayo
28/04/2026 – 07:18hs
La homologación de la paritaria de empleados de comercio fue tomada como una victoria por el gremio de mercantiles que lidera Armando Cavalieri, quien aprovechó la ocasión para destacar que el acuerdo con las cámaras empresariales es el resultado «de un diálogo maduro y responsable», al tiempo que ratificó la marcha a Plaza de Mayo convocada por la Confederación General del Trabajo (CGT) para rechazar el modelo económico del gobierno.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) también planteó que uno de los puntos cuestionados por la Casa Rosada era el valor de la cuota solidaria, señalando que «con la excusa de una modernización se pretendía asfixiar a los sindicatos». Al respecto, remarcó que «la discusión quedó saldada con la medida cautelar que fijó el Juzgado Federal N° 2 de San Martín, al suspender la aplicación de los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral n° 27.802, dando continuidad a todas las cláusulas convencionales y que establece que las empresas deben mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias pactadas, fundamentales para el funcionamiento de las organizaciones gremiales».
Sin cambios en la paritaria: cómo quedó la suba salarial
En la mañana del lunes, iProfesional informó que el sindicato de Comercio iba a exigir la reapertura de la paritaria si no era aprobada por el ministerio de Capital Humano, además de confirmar que acompañará la movilización a Plaza de Mayo, convocada por la Confederación General del Trabajo (CGT) para el próximo jueves. Por la tarde, la cartera que conduce Sandra Pettovello decidió homologar el acuerdo «sin ningún tipo de cambios», resaltó Cavalieri, sepultando los cuestionamientos del Ejecutivo a la cuota solidaria y el aumento de los aportes a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC).
El aumento pactado entre FAECYS y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA) consiste una mejora salarial del 5% pagadero en tres cuotas, además de un bono extraordinario de $120.000 para los trabajadores de todas las categorías. Los tramos del incremento son:
- 2% en abril
- 1,5% en mayo
- 1,5% en junio
El titular del gremio reiteró: «Somos plenamente conscientes de la difícil situación que atraviesa la economía y que impacta directamente tanto en el bolsillo de los trabajadores como en la operatividad de las pymes y los comercios de cercanía», pero advirtió sobre la necesidad de actualizar los haberes de la actividad.
Convocatoria a la Plaza de Mayo por el Día del Trabajador
La resolución del ministerio de Capital Humano «ordena» el cumplimiento de la paritaria para las respectivas cámaras que, dicho sea de paso, estaban cumpliendo con el pago de los incrementos salariales en tiempo y forma, principalmente para no desatar un conflicto.
Más allá de la decisión del gobierno, la Federación de Empleados de Comercio ratificó que «el 30 de abril a las 15 horas, junto con la CGT, marcharemos en favor del reclamo contra la caída del poder adquisitivo, la pérdida del salario y el endeudamiento de los asalariados», situación que implica «pérdida de derechos conquistados por los trabajadores y trabajadoras».
Indicó además que «también se realizará una celebración religiosa recordando al Papa Francisco«, y detalló que la columna de mercantiles contará con la participación de delegaciones y trabajadores y trabajadoras de todo el país, se movilizará de manera organizada hacia Plaza de Mayo.
Para cerrar, Cavalieri declaró: «Nuestro compromiso es en defensa del trabajo digno, el empleo registrado y los derechos laborales, y convocamos a todos los compañeros y compañeras a participar con unidad, conciencia y responsabilidad, confiando en que la jornada se desarrollará en un clima de tranquilidad y respeto democrático, siempre en defensa de los derechos laborales».
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ECONOMIA
El Gobierno aprobó el nuevo contrato de concesión para AySA en el marco de la privatización

El Gobierno nacional aprobó el modelo de Contrato de Concesión entre el Estado Nacional y la empresa Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA).
La resolución 543/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial establece las bases para una nueva etapa en la gestión y provisión de servicios esenciales a más de quince millones de habitantes.
La aprobación del contrato responde a la necesidad de dotar al proceso de privatización de AySA de un marco normativo preciso y actualizado, capaz de garantizar la continuidad en la prestación del servicio.
La decisión fue adoptada en el contexto de la implementación de la ley 27.742, que declaró “sujeta a privatización” a AySA y encomendó al Ejecutivo la organización de los procedimientos necesarios para llevar adelante la venta de la mayoría accionaria a un operador estratégico.
El contrato de concesión aprobado regula la provisión del servicio público de agua potable y recolección de desagües cloacales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en veinticinco partidos del conurbano bonaerense, incluyendo áreas densamente pobladas como La Matanza, Quilmes, Avellaneda, Lomas de Zamora, San Isidro, Tigre, Florencio Varela, Merlo y Morón, entre otros. Además, establece la prestación del servicio de recepción de efluentes cloacales en bloque en el partido de Berazategui, asegurando la cobertura de un territorio clave para la infraestructura sanitaria nacional.
A partir de la aprobación del contrato, requieren que AySA cumpla con el Plan de Acción de Transición por el período que resta del año en curso; y contemple la integración de metas y obligaciones que se extiendan más allá de ese plazo en el primer ciclo tarifario, comprendido entre enero de 2027 y diciembre de 2031.
Una de las características centrales del nuevo esquema es la preservación de la continuidad del servicio. El Ministerio de Economía, como autoridad de aplicación, tiene la responsabilidad de adoptar todas las medidas necesarias para evitar interrupciones y garantizar que la transición hacia la mayoría accionaria privada no afecte la calidad ni la cobertura de la prestación.

La venta de al menos el 51 % del paquete accionario de AySA a un operador estratégico será realizada a través de licitación pública nacional e internacional, mientras que el remanente podrá ser colocado en bolsas y mercados del país.
El nuevo contrato de concesión, que se firma entre el Estado Nacional y AySA, busca dotar de mayor claridad a los derechos y obligaciones de ambas partes, en línea con las recomendaciones del Informe Circunstanciado elaborado por la Agencia de Transformación de Empresas Públicas. Este informe remarcó la importancia de que la privatización implique no solo una transferencia de acciones, sino una transformación profunda que asegure la sustentabilidad, eficiencia y transparencia del servicio.
La medida también contempla la posibilidad de negociar las condiciones de retrocesión y extinción de contratos cuando sea necesario para avanzar en el proceso privatizador, tal como lo permite el marco normativo vigente. El contrato aprobado será la referencia para fijar los derechos y responsabilidades del futuro concesionario, así como para establecer los parámetros de control y fiscalización por parte de la autoridad concedente.
En las últimas horas, el Gobierno nacional dispuso limitar los incrementos mensuales en las tarifas de agua potable y desagües cloacales de Aguas y Saneamientos Argentinos (AySA) en el Área Metropolitana de Buenos Aires hasta agosto próximo. La medida, publicada mediante la resolución 14/2026 en el Boletín Oficial, estableció que los aumentos no podrán superar el 4% mensual hasta abril y, desde mayo hasta agosto, el límite descenderá al 3% por mes, siempre que el mecanismo de actualización oficial arroje un valor inferior.
La decisión fue adoptada tras la revisión de informes económico-financieros presentados por AySA y busca equilibrar la viabilidad económica de la concesionaria con la protección de los usuarios ante subas abruptas. El Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) modificó la resolución 53/25 para fijar estos topes, en un contexto donde el esquema tarifario vigente fue implementado en 2007 y actualizado por decreto en 2025, otorgando al ente funciones de control sobre la prestación, los aspectos económicos y la atención de reclamos.
ECONOMIA
Se homologó la suba de sueldo de empleados de comercio: cómo se liquidan abril y mayo

A casi un mes de haberse firmado el acuerdo paritario para los Empleados de Comercio por actualización salarial, el Gobierno, a través del Ministerio de Capital Humano, anunció la homologación del entendimiento.
Alcance de la homologación
Se homologan el acuerdo y las escalas salariales, con ciertas limitaciones y salvedades que la autoridad de aplicación señala en los considerandos:
Aporte solidario: Se recuerda que debe respetarse el porcentaje máximo previsto por el artículo 133 de la Ley 27.802.
Contribución especial (cláusula novena): Debe ser administrada por separado de los fondos sindicales comunes, conforme al Decreto 467/88.
Cláusula décima: Las manifestaciones de las partes no reemplazan el procedimiento del artículo 137 de la Ley 27.802 (aún no sustanciado, y son inoponibles a la autoridad de aplicación).
Claves del nuevo acuerdo
Con un incremento definido en 5% a liquidarse durante el período abril, mayo y junio, la mejora aplicable para los mercantiles de la rama general englobados en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75 prevé una alternativa a modo de anticipo en caso de aguidarse el escenario de incertidumbre.
Las partes pactaron un incremento salarial del 5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de marzo de 2026, con más las sumas no remunerativas a dicha fecha, señala el consultor Ignacio Barrios.
La mencionada suba del 5% se abonará de acuerdo al siguiente detalle: 2% a partir del mes de abril de 2026; 1,5% a partir del mes de mayo de 2026 y 1,5% a partir del mes de junio de 2026.
Por otra parte, se pactó el otorgamiento de una suma fija no remunerativa de $ 20.000, que se adicionará a la suma no remunerativa abonada a la fecha y que continuará en su carácter.
Asimismo, y con el objetivo de garantizar el normal funcionamiento y las obligaciones a las que debe hacer frente del sistema solidario de salud, en este caso la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC), las partes signatarias de la paritaria convinieron una contribución adicional y solidaria a cargo de los empleadores incluidos en este acuerdo colectivo.
Fuente: X
Lo pactado tiene vigencia desde el 1 de abril de 2026. Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Acceda a las nuevas escalas salariales completas para empleados de comercio:
Nuevo aumento de sueldo para Comercio: puntos clave del acuerdo
Aumento del 5% remunerativo escalonado
Se acordó un incremento remunerativo 5% sobre las escalas básicas del CCT 130/75 vigentes a marzo 2026, tomando como base de cálculo el básico más las sumas no remunerativas, escalonado de la siguiente manera:
- 2% a partir de abril 2026
- 1,5% a partir de mayo 2026
- 1,5% a partir de junio 2026
Base de cálculo: básicos convencionales de marzo 2026 + sumas no remunerativas vigentes a esa fecha, es decir $100.000.
Sumas no remunerativas y recomposición
Respecto a las sumas no remunerativas, se acordó lo siguiente:
a) Prorroga de sumas no remunerativas
- Se prorroga la incorporación de las sumas fijas no remunerativas de $40.000 y $60.000 hasta junio 2026.
- Se mantienen en iguales condiciones hasta ese mes.
- Se extinguen mes a mes, excepto los últimos $100.000 ($40.000+$60.000) del mes de junio 2026, que se incorporan a los básicos en julio 2026 en su valor nominal.
Concepto en recibo: «Incremento No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026».
b) Suma fija no remunerativa adicional
- $20.000 por mes en abril, mayo y junio 2026 (única suma, no acumulativa).
- Se extingue mes a mes, excepto los últimos $20.000 (junio 2026) que se incorporan a los básicos en julio 2026.
Concepto en recibo: «Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026».
Aclaraciones sobre estos conceptos no remunerativos:
En total, las sumas no remunerativas alcanzan los $120.000 y se pagarán de abril a junio, incorporándose a los básico de convenio recién en julio 2026.
Se toman en cuenta para calcular:
- Presentismo (art. 40 CCT 130/75)
- Antigüedad (art. 24 CCT 130/75)
- SAC, indemnizaciones por despido incausado, horas extras y vacaciones.
No generan aportes ni contribuciones a la seguridad social, excepto:
- Aportes y contribuciones a OSECAC
- Aportes de los trabajadores previstos en arts. 100 y 101 del CCT 130/75
- Aportes al INACAP
Proporcionalidad
Para trabajadores con jornada reducida, tiempo parcial, tareas discontinuas o ausencias injustificadas, los montos se liquidan en forma proporcional a la jornada laboral.
Vigencia y cláusula de revisión
Vigencia: desde el 1 de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2031 (5 años).
Reunión de revisión: en junio 2026 (a pedido de cualquiera de las partes) para analizar escalas y sumas frente a variaciones económicas.
Compromiso: cualquier aumento futuro será no remunerativo y no acumulativo.
Excepción para Tierra del Fuego
Los incrementos no son vinculantes para acuerdos salariales en Río Grande, pero constituyen el mínimo convencional.
Se reitera el compromiso del acuerdo de 28/05/2019 de convocar a las partes locales para evaluar adicionales zonales.
No absorción y compensación
No podrán ser absorbidos ni compensados:
- Incrementos sectoriales previos al acuerdo.
- Bonificaciones o gratificaciones (fin de año, navidad, etc.).
Sí podrán ser absorbidos (hasta su concurrencia):
Importes otorgados unilateralmente por empleadores desde el 1 de diciembre de 2025.
Si el Estado dicta alguna norma que otorgue incrementos, bonos o sumas, se absorberán mediante negociación colectiva.
Recomendación para adicionales empresa
Se recomienda a las empresas que pagan suplementos fijos por encima del CCT 130/75 que negocien su adecuación tomando como referencia los incrementos del presente acuerdo.
Contribución extraordinaria a OSECAC
La contribución adicional solidaria con destino a OSECAC que era de $8.500 pasa desde abril a $28.000 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75.
Se abona mientras el trabajador mantenga el contrato vigente.
Debe declararse e ingresarse a OSECAC dentro de los 10 días posteriores al vencimiento de cada mes.
Vigencia: por todo el plazo del presente acuerdo colectivo.
Ultraactividad
Además, se ratifican la plena vigencia de todas las cláusulas del CCT 130/75 y aquellas incorporadas o modificadas por acuerdos posteriores, en sus términos, alcances y efectos, por el plazo del presente convenio, que es hasta el 31 de marzo 2031.
Homologación y pagos anticipados
Las partes solicitan la homologación ante la Secretaría de Trabajo de la Nación.
Si hubiera vencimientos de plazos antes de la homologación, los empleadores abonarán con la mención «Pago anticipado a cuenta…».
Una vez homologado, esos anticipos se compensan con los rubros definitivos
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