POLITICA
Destraban la realización del juicio en ausencia contra los iraníes acusados del ataque a la AMIA

La Cámara Federal destrabó el avance de la realización del juicio en ausencia contra los acusados iraníes y libaneses del atentado contra la AMIA, a pesar de que los prófugos cuestionaron la constitucionalidad de ese procedimiento en la Cámara Federal de Casación Penal.
Los jueces de la Cámara Federal Mariano Llorens y Martín Irurzun revocaron la decisión del juez federal Daniel Rafecas, que había puesto reparos al avance del caso hasta tanto resuelva la Cámara de Casación sobre la validez del mecanismo legal impulsado por el gobierno de Javier Milei y organizaciones de la comunidad judía.
La lista de los acusados a los que se les aplicará el proceso de juicio en ausencia por el atentado a la AMIA son Ali Fallahijan, Ali Akbar Velayati, Moshen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Ahmad Reza Ashari (o Mohsen Randjbaran), Mohsen Rabbani, Salman Rauf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar.
El fiscal de la causa AMIA, Sebastián Basso, apeló la decisión de Rafecas y ahora la Cámara Federal dispuso hacer lugar a su reclamo.
Rafecas había paralizado el avance de la causa al argumentar que la defensa de los prófugos había apelado la constitucionalidad de la nueva ley de juicio en ausencia.
Basso sostuvo que había una contradicción, pues el suspender el trámite por una apelación desnaturalizaba el propósito mismo del juicio en ausencia, creado para evitar que el paso del tiempo y la fuga de los acusados frustren la justicia.
El juez Mariano Llorens se hizo eco del planteo y sostuvo que resulta “un absurdo constitucional” y contradictorio que el propio sistema judicial obstaculice el avance del proceso cuando el legislador creó esta herramienta específicamente para garantizar celeridad ante la incomparecencia de los imputados.
Llorens recordó que el ataque terrorista a la AMIA no es un delito ordinario, sino una “tragedia de excepcional trascendencia institucional” y advirtió que “no se puede soslayar que ya han pasado más de treinta años desde el atentado” sin que el Estado haya cumplido con su deber de brindar justicia.
Para fundamentar su decisión, el magistrado se apoyó en decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), del caso promovido por Memoria Activa, donde la Argentina fue condenada por denegación de justicia y el Estado admitió su culpa.
Recordó que el tribunal internacional obligó al Estado argentino a “remover todos los obstáculos, de facto y de jure, que mantienen la impunidad total en este caso” para establecer la verdad de lo ocurrido en un plazo razonable. Según Llorens, paralizar la causa en este contexto implica “profundizar el padecimiento de las víctimas”.
El juez Martín Irurzun respaldó la reactivación del expediente al sostener que el juicio en ausencia es un “sistema especial” y una “herramienta excepcional” limitada a los crímenes más graves del derecho de gentes.
Irurzun subrayó que “no es admisible anteponer obstáculos formales de derecho interno que puedan contribuir a que se impida la investigación, juzgamiento y eventual sanción de los responsables de graves violaciones de los derechos humanos”.
Consideró que la propia naturaleza y finalidad de la nueva ley implica que su aplicación no puede verse interrumpida por la simple interposición de un recurso extraordinario por parte de las defensas.
El camarista aclaró que juzgar en ausencia no significa rebajar los estándares de prueba ni vulnerar derechos. Explicó que la aplicación de este mecanismo “no modifica, no relaja y no exime” de seguir los principios procesales para descubrir la verdad, sino que, por el contrario, habilita el tránsito hacia la instancia oral que es el “cauce natural para un tratamiento y examen más profundo de los hechos” y las evidencias.
Con esta resolución, la Cámara ordenó al juez de primera instancia proceder con celeridad a concretar las notificaciones a los imputados a través de canales diplomáticos y consulares, y encaminar el caso hacia el debate oral y público.
destrabó,Hernán Cappiello,Atentado a la AMIA,Justicia Federal,Irán,Conforme a,Atentado a la AMIA,,Siempre insegura. La Argentina, un país especial en la guerra,,»El poder en las sombras». Piden la captura de la mano derecha del líder supremo iraní por el atentado contra la AMIA,,Juicio en ausencia es justicia
POLITICA
El Gobierno habilitó el uso de ingredientes para cosmética que antes estaban prohibidos

El Gobierno liberó el uso de una serie de ingredientes para productos cosméticos, de higiene personal y perfumes que hasta el momento estaban prohibidos por falta de inscripción correcta en el país. A través de la Disposición 2601/2026 publicada en el Boletín Oficial de este jueves, se habilitó la comercialización y la utilización de tres tipos de ácidos: el azelaico, el peróxido de benzoílo y la hidroquinona.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, compartió la medida en sus redes y dio más detalles sobre qué motivo la decisión. “Menos prohibiciones absurdas en cosmética”, celebró en su cuenta de X.
“La Argentina prohibía el uso de algunos ingredientes en la cosmética que el mundo entero usa hace décadas: el ácido azelaico (acné, rosácea y manchas y productos capilares), el peróxido de benzoílo (el antiacné más usado del planeta) y la hidroquinona para manchas. Todos se venden sin receta en Estados Unidos“, justificó.
Para cerrar, Sturzenegger sumó: “La Disposición 2601/26 —con firma de Luis Fontana, presidente de Anmat— libera el uso de estos ingredientes. Como dijimos muchas veces: un país normal no le prohíbe a su gente lo que el mundo usa todos los días. ¡VLLC!“.
Ahora se estableció un plazo de 12 meses para la adecuación. “Los productos de higiene personal, cosméticos y perfumes deben ser seguros bajo las condiciones normales o previsibles de uso. Además, es necesaria la actualización periódica de las listas de sustancias de uso en cosméticos (…)“, aclaró el anexo que acompaña al comunicado del Gobierno, firmado por el Mercosur.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) había suspendido recientemente en todo el país la comercialización, uso, distribución y publicidad de una decena de productos cosméticos que declaraban tener ácido azelaico, pero no contaban con la inscripción sanitaria en el organismo.
Esto alcanzaba a diferentes cremas, sueros y emulsiones de reconocidas marcas internacionales y nacionales, como The Ordinary, Paula’s Choice, Viva Dermo Skincare, Nine Less y Cos de Baha.
De acuerdo con la normativa vigente, la elaboración, importación y comercialización de cosméticos solo podía realizarse en establecimientos habilitados y con productos registrados ante la Anmat, bajo la supervisión de un profesional universitario matriculado. Cabe señalar que la Ley 16.463 prohíbe la circulación y distribución de productos impuros o ilegítimos, mientras que la resolución 155/98 establece los requisitos de autorización sanitaria.
Por otro lado, el organismo había advertido que la falta de inscripción impide “garantizar la eficacia, seguridad y formulación de los productos involucrados”, por lo que representan un “riesgo potencial para la salud de los consumidores”.
En su momento, la lista de productos que habían prohibido incluía:
A partir de la nueva medida del Gobierno, estos productos podrán comercializarse en todo el país.
ingredientes para productos cosméticos,Disposición 2601/2026,suspendido recientemente,Federico Sturzenegger,Salud,ANMAT,Conforme a,,Acusaciones en redes. Martín Menem, sobre la interna en el Gobierno: “Yo no le mentí al Presidente”,,Pesca ilegal. Quién es Pablo Ferrara Raisberg, el exfuncionario de Cancillería al que EE.UU. le quitó la visa,,“Callate y escuchá». Santoro mostró una foto de Leila Gianni haciendo campaña para él y la concejala lo cruzó,Federico Sturzenegger,,“¡Bingo!. Sturzenegger contó cómo productores argentinos se quedaron con gran parte de la cuota de miel europea,,A días de la marcha federal. Así fue la visita de Milei a la Universidad de San Andrés: hermetismo, seguridad y sorpresa entre los alumnos,,Festival de lobbies. La última gran pelea del primer mandato de Milei
POLITICA
La Cámara Nacional Electoral autorizó el uso de firmas digitales para iniciativas populares

La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió autorizar el empleo de una plataforma digital para la recolección de firmas electrónicas en el marco de la Ley de Iniciativa Legislativa Popular (24.747).
La medida beneficia a la organización no gubernamental Plan País Argentina y constituye un paso concreto para facilitar el ejercicio del derecho consagrado en el artículo 39 de la Constitución Nacional desde la reforma de 1994.
La resolución, firmada por unanimidad por los jueces Alberto Dalla Via, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, destacó que la iniciativa popular es un mecanismo de democracia semidirecta que permite a los ciudadanos presentar proyectos de ley ante la Cámara de Diputados.
Según el fallo, la efectividad de este derecho no puede verse limitada por obstáculos meramente instrumentales. Por ese motivo, la plataforma digital busca ampliar el acceso ciudadano mediante una infraestructura moderna, segura y verificable.
La CNE recordó su trayectoria en la modernización de los procedimientos electorales, plasmada en diversas acordadas a lo largo de los años, como las referidas a la incorporación de herramientas tecnológicas en el proceso electoral. En materia de iniciativas populares, el tribunal ya había adoptado medidas previas para facilitar su tramitación efectiva.
La plataforma habilitada permitirá a los ciudadanos adherir electrónicamente al proyecto de ley promovido por Plan País Argentina. El sistema garantizará la identificación del firmante, la autenticidad de la firma, la trazabilidad y la integridad de cada adhesión, con estándares de confiabilidad equivalentes o superiores a los del soporte papel tradicional.
Funcionará de manera complementaria a la recolección en formato físico y fue autorizada como prueba piloto, bajo la supervisión permanente del área informática de la CNE.
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Para que una iniciativa popular prospere, la ley 24.747 exige la adhesión de al menos el 1,5% del padrón electoral nacional, distribuido en al menos seis distritos.
Una vez alcanzadas las firmas, la Justicia Electoral verifica su autenticidad por muestreo antes de remitir el proyecto al Congreso. Históricamente, este mecanismo tenía un uso limitado en la Argentina debido a las exigencias logísticas de la recolección en papel, que demanda recursos significativos y tiempo.
Cámara Nacional Electoral, Congreso, Proyecto de ley
POLITICA
El Gobierno prepara un nuevo paquete desregulador: medicamentos en góndola, libre navegación y apertura inmobiliaria

El Gobierno ya tiene listo un nuevo paquete de desregulación económica que evalúa enviar al Congreso en los próximos días y que apunta a modificar regulaciones históricas en sectores sensibles de la economía. Contempla cambios en el sistema de venta de medicamentos, la navegación fluvial y el mercado inmobiliario.
La iniciativa es trabajada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado. En la cartera que conduce Federico Sturzenegger aseguran que el texto ya está redactado. “Hay que tener las cosas escritas para cuando haya una reunión y surja la oportunidad”, sostienen.
Según pudo saber de fuentes del Poder Ejecutivo, se trata de medidas orientadas a modificar el decreto-ley de cabotaje (19.492), de farmacias (17.565) y de corredores inmobiliarios (25.028).
Apuntan a reducir costos, aumentar la competencia y eliminar barreras de entrada en estas actividades económicas. Por fuera de este paquete, el Gobierno también evalúa enviar la derogación de la ley de etiquetado frontal, una norma resistida por parte de la industria alimenticia.
Uno de los capítulos centrales del texto apunta a la navegación y el cabotaje en los ríos argentinos. El Gobierno busca reflotar por ley parte de los cambios incluidos en el DNU 340/2025, rechazado por el Congreso, que avanzaba sobre la apertura del transporte fluvial a buques extranjeros.
Actualmente, se reserva el cabotaje nacional a embarcaciones argentinas, con tripulación local y oficiales nativos. El proyecto apuntaría a habilitar barcos extranjeros a que operen como si fueran naves locales y puedan realizar cabotaje interno mediante permisos temporarios de hasta 180 días renovables.
En la Casa Rosada sostienen que la apertura del mercado reduciría costos logísticos y mejoraría la competitividad exportadora, especialmente en provincias del norte del país. En el decreto resistido por el Congreso se quiso, además, declarar a la navegación comercial como servicio esencial y obligar a garantizar una prestación mínima del 75% durante conflictos sindicales.
Otro de los cambios sensibles impactaría sobre la comercialización de medicamentos. Actualmente -salvo la empresa Farmacity, que ganó un amparo en la Justicia-, las especialidades medicinales solo pueden venderse en farmacias y bajo supervisión farmacéutica. El Gobierno pretende flexibilizar ese esquema y permitir que los medicamentos de venta libre puedan exhibirse en góndolas y comercializarse fuera de las farmacias.
La iniciativa habilitaría la venta de, por ejemplo, analgésicos y antiácidos en otros establecimientos comerciales y ampliaría la posibilidad de comercialización online con entrega a domicilio. El objetivo oficial es eliminar la exclusividad de la farmacia física como único canal de expendio para determinados productos.
Parte de esos cambios ya habían sido incorporados en el DNU 70/23 impulsado por el presidente Javier Milei y su ministro de Desregulación. Sin embargo, algunos artículos fueron suspendidos cautelarmente por la Justicia tras planteos de entidades farmacéuticas, por lo que el Gobierno busca ahora consolidar esas modificaciones mediante una ley.
El paquete también incluye una fuerte desregulación del mercado inmobiliario. La ley actual exige un título universitario y matrícula habilitante para ejercer como corredor o martillero público. La reforma que analiza el Gobierno eliminaría esos requisitos y permitiría que cualquier persona pueda intermediar en operaciones inmobiliarias.
En el Ministerio de Desregulación sostienen que la matriculación obligatoria funciona como una barrera de entrada que encarece las operaciones y restringe la competencia. La intención es eliminar la obligatoriedad de los colegios profesionales y reducir los costos de intermediación que hoy afrontan compradores y vendedores. El oficialismo considera que la apertura del mercado podría facilitar las transacciones y ampliar la oferta de servicios.
Por fuera de ese paquete, el Gobierno también analiza avanzar contra la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado frontal. La norma, sancionada en 2022, obliga a incluir octógonos negros en los envases para advertir sobre excesos de azúcares, sodio, grasas y calorías, además de leyendas precautorias por cafeína y edulcorantes.
Según pudo saber , existe una fuerte presión de sectores de la industria alimenticia para derogar o modificar la legislación. En la cartera que conduce Sturzenegger argumentan que el Mercosur no tiene criterios uniformes de etiquetado y que las empresas deben adaptar envases y packaging según el país de destino, lo que incrementa costos logísticos y de producción.
Remarcan que Uruguay y Brasil cuentan con sistemas distintos al argentino. Mientras Uruguay utiliza octógonos con parámetros diferentes, Brasil aplica otro mecanismo de advertencias nutricionales y focaliza sus alertas principalmente en azúcares y grasas. La Casa Rosada considera que esa falta de homogeneidad regional afecta la competitividad de las empresas que operan en varios mercados del bloque.
Se trata de medidas de alto impacto económico y político que supondrán duras negociaciones para el Gobierno en el Congreso, donde varias de las reformas ya enfrentaron resistencias judiciales, sectoriales y parlamentarias en sus intentos anteriores.
ley de etiquetado frontal,@JMilei,pic.twitter.com/J9e52QHlmj,September 4, 2025,pic.twitter.com/oncWHSiwFj,December 16, 2024,Delfina Celichini,Congreso Nacional,Conforme a,,»Yo propuse tiros». Cómo escaló la guerra tuitera que Milei no quiere -o no puede- parar,,»Milei se siente un profeta». Macri cruzó a Martín Menem y cuestionó la “intolerancia” a la crítica en el Gobierno,,Razones de salud. Máximo Kirchner faltó a la sesión en la que el Gobierno recortó una ley que él impulsó,Congreso Nacional,,Nuestro sistema representativo,,Tregua momentánea. Patricia Bullrich y Karina Milei apelan al pragmatismo para evitar una nueva interna en el Gobierno,,Festival de lobbies. La última gran pelea del primer mandato de Milei
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